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Publicado en Internet el 09 Septiembre del 2003

VERSION DE SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALON DE SESIONES “LIC. BENITO JUAREZ GARCIA”, EL DIA VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.

 

 

 

Presidencia del C. Dip. Héctor Edgardo Suárez Córdova.

(Asistencia de veintidós ciudadanos Diputados)

 

- EL C. PRESIDENTE: (11:15 Hrs.) Honorable XVII Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, lunes 29 de septiembre del 2003, se abre la Sesión. Diputada Secretaria sírvase pasar y verificar el quórum legal y lista de asistencia, a los ciudadanos que nos acompañan se les pide guardar el orden pertinente para el desahogo de la Sesión.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente. “Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se encuentran 13 Diputados presentes, por lo cual hay quórum legal para el desahogo de la Sesión, Diputada Secretaria sírvase dar a conocer el orden del día. Señores Diputados, somos 24 Diputados oficialmente en este Pleno, en lugar de 25, acuérdese que está aplicando la licencia, por lo cual hay quórum legal.

- LA C. SECRETARIA: Sí, con gusto. El Orden del Día para Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, lunes 29 de septiembre del 2003.

1.- Toma de Protesta por los ciudadanos Fidel Corvera Quiñonez como Diputado de esta Honorable XVII Legislatura del Estado y Licenciado Víctor Manuel Vázquez Fernández, como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California.

2.- Aprobación del Acta de Sesión Ordinaria, celebrada el día 17 de Septiembre del 2003.

3.- Correspondencia Recibida.

4.- Correspondencia Despachada.

5.- Informe de Comisiones para Actos Especiales.

6.- Informes o Dictámenes que rindan las Comisiones Especiales o Permanentes.

7.- Asuntos Generales.

8.- Clausura.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, se somete a la consideración de la Asamblea para su aprobación el orden del día, Diputada Secretaria sirva efectuar la votación correspondiente. Bien, se hace constar la presencia del Diputado Ismael Quintero y el Diputado Leopoldo Morán, Gerardo Cortez también; Diputada Coordinadora, no…

- LA C. SECRETARIA: Sí, se solicita a los compañeros Diputados manifestar el sentido de su votación con respecto al orden del día de esta Sesión, de manera económica, sí hay mayoría Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, aprobado el orden del día pasamos al primer punto, toma de protesta de los ciudadanos Fidel Corvera Quiñonez, como Diputado de esta XVII Legislatura del Estado y Licenciado Víctor Manuel Vázquez Fernández, como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California; se solicita al ciudadano Fidel Corvera pasar al frente para llevar a cabo la toma de protesta correspondiente. Por lo que se solicita a los ciudadanos Diputados del público presente ponerse de pie. TOMA DE PROTESTA DEL DIPUTADO HASTA HOY SUPLENTE. PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 107 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA. CIUDADANO FIDEL CORVERA QUIÑONEZ: ¿PROTESTAIS GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANEN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE DIPUTADO DE LA HONORABLE XVII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE EL CONGRESO DEL ESTADO Y EL PUEBLO OS HA CONFERIDO MIRANDO EN TODO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION Y DEL ESTADO?

- EL C. FIDEL CORVERA QUIÑONEZ: Sí protesto.

- EL C. PRESIDENTE: SI ASI NO LO HICIERES EL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y EL PUEBLO OS LO DEMANDE. Bienvenido Diputado, puede ocupar su curul. Solicitamos a los ciudadanos que continúen de pie, Diputados y público que nos acompaña, para lo cual solicitamos al Lic. Víctor Manuel Vázquez Fernández pasar al frente de esta Legislatura, bienvenido. LICENCIADO VICTOR MANUEL VAZQUEZ FERNANDEZ: PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECEN LOS ARTICULOS 107 Y 109 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, PREGUNTO: ¿PROTESTAIS GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE AMBAS EMANEN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE MAGISTRADO NUMERARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE EL CONGRESO DEL ESTADO OS HA CONFERIDO, MIRANDO EN TODO MOMENTO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION Y DEL ESTADO?

- EL C. LIC. VICTOR MANUEL VAZQUEZ FERNANDEZ: Sí protesto.

- EL C. PRESIDENTE: SI ASI NO LO HICIEREIS QUE EL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA OS LO DEMANDE. ¡Felicidades! Bien, continuamos con el desahogo de la Sesión, ciudadano Magistrado está en libertad de poder continuar con nosotros o si su trabajo así lo requiere, continuar con el desahogo personal. Muchas gracias. Continuando con el Orden del día, pasamos al segundo punto, aprobación del Acta de Sesión Ordinaria del día 17 de septiembre del 2003, como es del conocimiento de los ciudadanos Diputados, la Acta se encuentra en el correo electrónico de cada uno de ustedes, se pregunta si tienen alguna enmienda qué hacer y de no ser así, se solicita la dispensa de la lectura, así como la aprobación de la misma. Diputada Secretaria sírvase efectuar la votación correspondiente; bien, se hace constar la presencia del Diputado Jesús Rosales y del Diputado Luévano Ruiz, y el Diputado Marcelino Hidalgo. Adelante Diputada Secretaria, para antes agradecemos la presencia en este Recinto de los Alumnos del Colegio de Bachilleres Plantel ciudad Morelos, del Quinto Semestre, bienvenidos. También agradecemos la presencia del Diputado con licencia, Enrique Acosta Fregozo, bienvenido.

- LA C. SECRETARIA: Se solicita a los compañeros Diputados manifestar el sentido de su votación con respecto al Acta de la Sesión anterior, de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Corvera, a favor.

- Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Leopoldo Morán, a favor.

- Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor.

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Rosalba Martín, a favor.

- Raquel Avilés, a favor.

- Suárez, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Hay mayoría.

“ACTA DE SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALON DE SESIONES “LIC. BENITO JUAREZ GARCIA”, EL DIA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES. Presidencia del C. Dip. Héctor Edgardo Suárez Córdova. Asistencia de veinticuatro ciudadanos Diputados. En la ciudad de Mexicali, Baja California, siendo las nueve horas con diez minutos del día miércoles diecisiete de septiembre del año dos mil tres, el Diputado Presidente solicita al Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz, funja como Secretario de esta Mesa Directiva,  asimismo  procede  a pasar lista de asistencia, contando con la presencia de los ciudadanos Diputados: Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Ferreiro Velazco José Alfredo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Suárez Córdova Héctor Edgardo y Zavala Márquez Catalino. No existiendo quórum para Sesionar, y de acuerdo al procedimiento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el Diputado Presidente decreta un receso de quince minutos, siendo las nueve horas con siete minutos; reanudándose la Sesión a las nueve horas con dieciocho minutos, una vez verificado el quórum por orden alfabético, contando con la asistencia de los ciudadanos Diputados: Acosta Fregozo Enrique, Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Castro Trenti Fernando Jorge, Cortez Mendoza Jesús Gerardo,  Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino; asimismo el diputado Presidente, justifica la inasistencia de la diputada Sánchez Medrano Laura. Por consiguiente, habiéndose cerciorado y declarado la existencia del quórum para sesionar, el Diputado Presidente le solicita a la Diputada Secretaria dar a conocer el Orden del Día que se propone para esta Sesión, siendo el siguiente: 1.- Aprobación del Acta de Sesión Ordinaria, celebrada los días 25 y 26 de agosto; así como Acta de Sesión Ordinaria del día 10 de septiembre del 2003. 2.- Correspondencia Recibida. 3.- Correspondencia Despachada. 4.- Informe de Comisiones para Actos Especiales. 5.- Informes o Dictámenes que rindan las Comisiones Especiales o Permanentes. 6.- Asuntos Generales. 7.- Clausura. Posteriormente, la Diputada Secretaria somete a consideración de la Asamblea, el Orden del Día, resultando aprobado en votación económica por mayoría. Enseguida, se procede a desahogar el Orden del Día establecido, iniciando con el primer punto, aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada los días 25 y 26 de agosto; así como Acta de Sesión Ordinaria del día 10 de septiembre del año en curso; asimismo el Diputado Presidente manifiesta que las Actas en mención se encuentran en el correo electrónico de cada uno de los ciudadanos Diputados; por tal motivo se pregunta si tienen alguna enmienda qué hacer, de no ser así se solicita la dispensa de la lectura, así como la aprobación de las mismas; resultando aprobadas ambas en votación económica por mayoría. Se continúa con el punto segundo “Correspondencia Recibida” y el Diputado Presidente menciona que en virtud de que fue entregada la relación con oportunidad a los ciudadanos Diputados, se solicita la dispensa de la lectura; resultando aprobada por mayoría. Siendo 70 oficios dirigidos a este Congreso del Estado. Acto seguido, se continúa con el tercer punto del Orden del Día, “Correspondencia Despachada”, en donde el Diputado Presidente menciona que en virtud de que fue entregada la relación con oportunidad a los ciudadanos Diputados, se solicita la dispensa de la lectura; resultando aprobada por mayoría. Siendo 21 oficios despachados a diferentes Dependencias. Así mismo, el Diputado Presidente manifiesta a los ciudadanos Diputados que tanto la correspondencia recibida como la despachada queda a su disposición. Posteriormente, se pasa al cuarto punto, “Informe de Comisiones para Actos Especiales” en donde el diputado Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, de lectura a las siguientes Declaratorias: Declara que es parte de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, la reforma al artículo 9 constitucional, contenida en el dictamen No. 314 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales aprobado por el pleno en sesión Ordinaria correspondiente al Tercer Período Ordinario de Sesiones, del Segundo Año del Ejercicio Legal de la XVII Legislatura Constitucional del Estado, celebrada en fecha 8 de julio del año dos mil tres; Declara que es parte de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, la adición de la fracción III al artículo 27 y modificación de la denominación del Capítulo Cuatro y la reforma a los artículos 38 y 39 contenidos en el dictamen No. 323 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales aprobados por el Pleno en sesión Ordinaria correspondiente al Tercer Período Ordinario de Sesiones del Segundo Año del Ejercicio Legal de la XVII Legislatura Constitucional del Estado, celebrada con fecha 17 de julio del año dos mil tres. A continuación el diputado Presidente, hace uso de la voz para dar a conocer lo siguiente: El día 17 de julio del presente año, en la sesión de pleno realizada en la ciudad de Ensenada Baja California, esta Presidencia a mi cargo con fundamento en el artículo 50, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentó oficio requiriendo a la Comisión Instructora, encargada de conocer de los procedimientos de juicio político que sigue este Congreso en contra de algunos servidores Públicos del Poder Judicial del Estado, para que en un término de 30 días, rindiera un informe sobre los avances y desarrollo de los asuntos encomendados, toda vez que el pasado diecisiete de agosto, venció el término para que dicha comisión presentara los informes solicitados, mismos que a la fecha no han recibido por la presidencia del Congreso, ni presentados a este Honorable Pleno, esta presidencia con fundamento en el Artículo 50, fracción VII en este acto, le señala a la Comisión Instructora antes mencionada un término de diez días, para que rinda el informe solicitado a esta Presidencia y a este Pleno. Dado en el Salón de Sesiones, Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo. Asimismo, da lectura también a lo siguiente: Con fecha 29 de abril del dos mil tres, el pleno de esta Honorable Asamblea, aprobó la integración de una comisión instructora para el Desarrollo del Procedimiento que con motivo de juicio político, esta Legislatura, sigue en contra del Presidente Municipal, Síndico y diversos Regidores del XVII Ayuntamiento de Ensenada, toda vez transcurridos varios meses de la creación de esta Comisión y la fecha no se ha rendido informe alguno de sus actuaciones, razón por la cual se desconoce el estado que guarda el procedimiento mencionado, esta Honorable Presidencia a mi cargo con fundamento en la facultad contenida en el Artículo 50, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en este acto requiere a la Comisión Instructora, antes mencionada, para que en un término que no exceda 30 días, rinda un informe sobre los avances y el desarrollo del asunto encomendado. Dado en Dado en el Salón de Sesiones, Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo. Del mismo modo, da lectura a lo siguiente: Con fecha 29 de octubre del 2002, el pleno de la Honorable XVII Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, aprobó la integración de una comisión instructora para que se avocara al desahogo del procedimiento que con motivo de juicio político, sigue este Congreso, en contra del Síndico Municipal del XVII Ayuntamiento de Tecate, toda vez que transcurridos poco más de diez meses de la creación de esta Comisión y a la fecha no se ha tenido informe remitido a la Presidencia y a este Pleno, razón por la cual se desconoce el estado que guarda el procedimiento mencionado, esta Honorable Presidencia a mi cargo, con fundamento en el Artículo 50, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en este acto requiere a la Comisión Instructora, antes mencionada para que en un término que no exceda de 30 días, rinda un informe sobre el avance y desarrollo de los asuntos encomendados. Dado en el Salón de Sesiones, Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo. Agotado el punto de Informe de Comisiones para Actos Especiales, se continúa con el quinto punto del Orden del Día, “Informes o Dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes”, en donde hace uso de la Tribuna el Diputado Arturo Alvarado González en su carácter de Presidente de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, para informar que dicha Comisión presentará ante el Pleno los siguientes Dictámenes: No. 52, 53 y 54. Enseguida, el Diputado José Antonio Araiza Regalado, presenta el Dictamen No. 52 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en donde se establecen los siguientes Puntos Resolutivos: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Emilio Castellanos Luján, y Lic. Gilberto Cota Alanís, en su carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, por el período del primero de enero al 31 de octubre y del 1º de noviembre al 31 de diciembre del 2001, respectivamente, por motivo de que se determinó diferencia de $ 1’906,542 al comparar el cierre presupuestal del ejercicio distribuido por partidas que asciende a $ 233’863,489, con el saldo que arroja el presupuesto de egresos por programas valuado, el cual muestra la cifra de $ 231’956,947, dicha diferencia no fue depurada ni aclarada, por lo que se desconoce los efectos que pudieran resultar; y por motivo de que no fue proporcionada la evidencia documental que compruebe la realización de las metas asentadas en los avances programáticos del Programa denominado “Administración e Impartición de Justicia” con presupuesto de egresos ejercido de $ 150’992,476, el cual representa aproximadamente el 65% del presupuesto ejercido, lo cual limitó la evaluación del avance programático conjuntamente con el ejercicio del gasto, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial y de la Cuenta Pública de Ingresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Emilio Castellanos Luján, y Lic. Gilberto Cota Alanís, en su carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, por el período del primero de enero al 31 de octubre y del 1º de noviembre al 31 de diciembre del 2001, respectivamente. TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque se determinó una diferencia no aclarada de $ 1’915,905 entre el saldo contable de Bienes Muebles con un importe de $ 24’710,614, con el saldo que arroja el padrón al cierre del ejercicio el cual fue de $ 22’794,709, mismo que no ha sido aclarado ni ajustado, desconociéndose el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al efectuarse la conciliación entre el padrón y registros contables; porque se tiene registrada en Cuentas de Orden la cantidad de $ 4’219,857 correspondiente a la aportación del Poder Ejecutivo destinada a la construcción de los Juzgados Civiles de la Ciudad de Tijuana B.C., además de $ 83’381,906 por la aportación del Fondo de Seguridad Pública (FOSEG) para la construcción de los Juzgados Civiles segunda y tercera etapa y Juzgados Penales en la Ciudad de Tijuana, B.C., dichos inmuebles fueron entregados por la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas del Estado (SAHOPE) y por el Comité Administrador de Infraestructura Pública y Educativa (CAIPE) mediante Actas de entrega-recepción para su operación, conservación y mantenimiento en los años 1999, 2000 y 2002 por la cantidad de $ 21’214,038 y en el 2002 la cantidad de $ 66’387,725, toda vez que dichas obras se ejecutaron en los años 1999, 2000 y 2001, a la fecha dichas construcciones y los terrenos en los que se encuentran asentadas están siendo utilizados por la Entidad, sin que se haya regularizado la propiedad a favor del Poder Judicial; y por motivo de que no se reconoce en los Estados Financieros adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana por la cantidad de $ 2’285,239 por consumo de agua del ejercicio y ejercicios anteriores, según oficio de gestión de cobro de este organismo, encontrándose actualmente en proceso de conciliación dicho saldo, debido a que la Entidad argumenta que dichos consumos no corresponden a dependencias del Poder Judicial, túrnese a la Contraloría, Organo dependiente y auxiliar del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los once días del mes de agosto del dos mil tres. Enseguida el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, hace uso de la Tribuna, para manifestar que en el dictamen se manifiesta que se está requiriendo a la Contraloría del Concejo de la Judicatura, pero esa Contraloría depende directamente del mismo órgano, manifiesta también que es necesaria una reforma integral al marco jurídico del Poder Judicial, para poder prever todas estas hipótesis que están generando que estas resoluciones, estas observaciones, no sean cumplimentadas. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 20 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel. Se abstiene de votar el diputado Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular con 20 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención, el dictamen No. 52 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado José Antonio Araiza Regalado. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el Diputado Francisco Rueda Gómez para presentar el Dictamen No. 53 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en donde se establecen los siguientes Puntos Resolutivos:

PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del Comité de Turismo y Convenciones de Rosarito, al C. C.P. Arnoldo Fitch Díaz, en su carácter de Presidente de la Entidad, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 2001, por motivo de que la Entidad durante el ejercicio erogó la cantidad de $ 205,168 por concepto de arrendamiento de terreno ubicado en el Ejido Mazatlán el cual es utilizado para llevar a cabo la Feria Rosarito, comprobando dicha erogación con recibos de pagos que no reúnen los requisitos fiscales, incumpliendo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; porque no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no fue aprobado por el Cabildo el Presupuesto de Egresos inicial por la cantidad de $ 1'964,006 ejerciéndose el gasto público sin aprobación previa,  así mismo se incumplió con lo establecido en el artículo 27, fracción II del ordenamiento legal en comento, toda vez que el Presupuesto de Egresos no fue remitido a través del Presidente Municipal al Congreso del Estado; adicionalmente se incumplió con lo señalado en el artículo 43, fracción IV, último párrafo de la citada Ley, debido a que durante el ejercicio se efectuaron adecuaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por $ 258,552 y transferencias por $ 583,157, omitiendo incluir la información relativa sobre los programas y sub-programas que se hayan creado o afectado; además se omitió incorporar y remitir al Congreso del Estado dentro de Cuenta Pública Anual, la información relativa al Cierre Presupuestal por Programas, no obstante sí fue proporcionada para su revisión, incumpliéndose consecuentemente con lo señalado en el artículo 15, fracción IV, inciso c) de la Ley de Fiscalización de Cuentas Públicas para el Estado de Baja California; porque no se afectó el Presupuesto de Egresos con los gastos correspondientes a las adquisiciones de activo fijo efectuadas durante el ejercicio, hasta por un monto de $ 115,959, reconocidos contablemente, observándose incumplimiento a lo señalado en el artículo 2 y 16 y demás disposiciones aplicables de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; porque la Entidad celebró convenio con el Ejecutivo Estatal en relación a la Coordinación en Materia de Promoción y Publicidad Turística, de fecha 20 de agosto del 2001, con el objeto de coordinar la aplicación, mecanismos de evaluación y control y las aportaciones del Estado, del Ejecutivo Federal, así como de la Iniciativa privada a través del COTUCO, obligándose a aportar cada una de las partes $ 400,000, que suman $ 1'200,000, observándose que no se dio cumplimiento a lo dispuesto en las cláusulas sexta y séptima, que señalan las ministraciones de recursos y las obligaciones del COTUCO, respectivamente, toda vez que no se recibieron los recursos del Ejecutivo Federal ni Estatal, así como en relación a las aportaciones de la iniciativa privada, estas fueron recibidas e inmediatamente transferidas al Ejecutivo Estatal, ocasionando la omisión en la información programática del ejercicio del programa y metas que se hubieran afectado con dicha aportación; y porque la Entidad incumplió con lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se efectuaron erogaciones por concepto de remuneraciones al personal de confianza por la cantidad de $ 514,770, las cuales no fueron afectadas en la partida específica correspondiente.

SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial y de la Cuenta Pública de Ingresos del Comité de Turismo y Convenciones de Rosarito, al C. C.P. Arnoldo Fitch Díaz, en su carácter de Presidente de la Entidad, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 2001.

TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el punto resolutivo primero, así como porque la Entidad el 18 de septiembre de 2000 celebró convenio con la empresa Rosarito - Ensenada, S.A. de C.V., (los promotores) para llevar a cabo el evento denominado "Paseo ciclista 50 millas Rosarito - Ensenada", los días 21 de abril y 29 de septiembre de 2001, estableciéndose en la cláusula novena de dicho convenio el pago de $ 0.50 dólar americano por cada corredor inscrito, habiéndose percibido ingresos por dicho concepto durante el ejercicio la cantidad de $ 56,843, sin haberse proporcionado documentación que muestre el número de participantes al evento en comento, existiendo incertidumbre sobre el monto percibido; porque la Entidad durante el ejercicio erogó la cantidad de $ 172,536 por concepto de adquisición de bienes y servicios, sin haberse obtenido 3 cotizaciones, incumpliendo con la política No. 3 establecida en la Norma Técnica Administrativa No. 6, relativa a la adquisición de bienes y servicios; y porque se incumplió lo señalado en el artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se omitió publicar el cierre presupuestal al nivel de Programas, publicándose en el Periódico Oficial del Estado de fecha 15 de marzo de 2002 a nivel de partidas; túrnese a la Sindicatura Municipal de Rosarito, para que en un plazo que no exceda de 60 días se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los 26 días del mes de agosto de dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, el dictamen No. 53 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el Diputado Arturo Alvarado González, para presentar el Dictamen No. 54 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en donde se establecen los siguientes Puntos Resolutivos: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial ni la Cuenta Pública de Egresos del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Baja California, a la C.M.C. María Teresa Armida Ayala Cañedo, en su carácter de Director Estatal de la Entidad, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2001; por motivo de que la Entidad remitió al Congreso del Estado la Cuenta Pública del ejercicio 2001, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, habiendo modificado con posterioridad sus estados financieros, sin que se hubiesen aclarado los movimientos practicados; porque la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 un saldo en bancos por la cantidad de $ 4’685,849, dentro del cual se incluye un importe de $ 4’287,745 que corresponde al saldo contable de 5 cuentas bancarias, las cuales presentan partidas en conciliación por cargos bancarios, depósitos no considerados, cargos por instrucción del cliente, traspasos, devoluciones, diferencias no registradas, importes no identificados, entre otros por la cantidad de $ 2'054,861, dichas partidas se encuentran en proceso de investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar, por otro lado existe diferencia por la cantidad de $ 171,503 al comparar el saldo contable según registros contables y el que se asienta en 2 conciliaciones bancarias, a su vez no se proporcionaron las conciliaciones bancarias de 8 cuentas las cuales se utilizan para la recepción de los ingresos de los planteles, dichas cuentas no presentan saldo; debido a que se tienen registrados bienes inmuebles por un importe de $ 15’540,182, cifra que no incluye actualización, de los cuales $ 2’040,755 corresponde al valor de los terrenos y $ 9’831,672 a los edificios y construcciones recibidos mediante acta entrega-recepción del Colegio de Nacional de Educación Profesional Técnica, y $ 3’667,755 a los bienes recibidos mediante acta entrega-recepción por parte del Gobierno del Estado, por conducto del Comité Administrador de Infraestructura Pública Educativa, sobre dichos inmuebles no se cuenta con la documentación legal que acredite su propiedad, mismos que son utilizados para la realización de las actividades propias de la Entidad, a su vez están en proceso de regularización 2 inmuebles donde se ubican las extensiones educativas Col. Progreso y San Felipe, los cuales no se tienen registrados en cuentas de orden; por motivo de que la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 bienes muebles por la cantidad de $ 37,032,838 de los cuales $ 4’690,027 corresponden al equipo recibido por parte del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, los cuales debieron haberse registrado en Cuentas de orden, toda vez que se recibieron en calidad de comodato y/o guarda y custodia, estos bienes se recibieron      $ 3’082,848 en el ejercicio 2000 y  $ 1’607,179 en el ejercicio 2001, estos últimos se registraron afectando $ 1’308,095 al Patrimonio, $ 6,329 disminuyendo los ingresos y $ 305,413 disminuyendo los activos fijos por transferencias entre planteles no correspondidas, a su vez los registros contables incluyen bienes muebles en desuso por la cantidad de $ 1,471,503 y equipo no localizado por la cantidad de $ 181,883, sobre los cuales no se han realizado las gestiones necesarias para su baja; debido a que los estados financieros del ejercicio fiscal 2001 no se reconocen los efectos de la inflación conforme las reglas del Boletín B-10 emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, así como no se efectuó y registro el cálculo de la depreciación de acuerdo a las prácticas contables de la Entidad, lo cual afecta la comparabilidad de la información financiera; y porque la Entidad no efectuó conciliación y depuración de los movimientos contables practicados para registrar las operaciones realizadas entre la Dirección Estatal, los Planteles y el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) que se reflejan en las cuentas controladoras de ingresos, subcuentas Remesas de Ingresos Propios, Remesas en Especie, Remesas Diversas, Transferencia y equipo, otros ingresos y Remesas en Efectivo, determinándose una diferencia neta no aclarada de    $ 150,079, cifra que se afectó disminuyéndose los ingresos del ejercicio; porque la Entidad no dio cumplimiento a lo dispuesto en la fracción VII, de la norma de control interno establecida para el ejercicio de los recursos, toda vez que durante el ejercicio se realizaron adquisiciones de bienes y servicios por un importe de $ 1’762,441, sin haber obtenido las 3 cotizaciones, establecidas por la norma mencionada; por motivo de que la Entidad no efectuó conciliación entre las cifras contables y presupuestos de ingresos y egresos, toda vez que en lo referente a ingresos la cifra contable ascendió a               $ 64’835,452 en tanto que el ingreso real fue por $ 66’162,203, existiendo una diferencia por la cantidad de $ 1'326,751, la cual no fue depurada ni aclarada, en los egresos contablemente se registraron $ 64’885,879, mientras que el presupuesto ejercido fue de $ 64’636,383, presentándose diferencia de más contablemente de $ 249,496, por lo que se desconoce el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar; así mismo porque no se dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se obtuvo con oportunidad la aprobación del Ejecutivo del Estado de la adecuación de la disponibilidad de las partidas presupuestales afectadas durante el ejercicio fiscal 2001, consistentes en ampliaciones por $ 1'239,216 y transferencias por $ 9'296,111, debido a que dicha aprobación se dio hasta el 31 de marzo del 2002, así mismo se autorizó extemporáneamente por la Junta Directiva hasta el 10 de mayo del 2002, conforme a lo dispuesto en el Artículo 7, fracción II de su Acuerdo de Creación, adicionalmente se incumplió con las disposiciones legales en comento, toda vez que no fueron aprobadas por el Ejecutivo del Estado ampliaciones presupuestales por           $ 330,488, ni se cuenta con la autorización por la Junta Directiva del cierre presupuestal; debido a que la Entidad no proporcionó los avances comparativos mensuales y acumulados por incisos y partidas de los Presupuestos de Ingresos y Egresos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 54, fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; y porque la Entidad no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 15, fracciones II, IV incisos b), c) y fracción V de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, y Artículo 43 último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se omitió remitir al Congreso del Estado la información relativa al cierre programático, especificando en su caso las causas que originaron las variaciones en lo correspondiente al alcance de 29 metas equivalentes al 23% de las 128 metas con que cuenta la estructura programática del programa único denominado "Proporcionar Servicios Educativos".

SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Baja California, a la C.M.C. María Teresa Armida Ayala Canedo, en su carácter de Director Estatal de la Entidad, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2001.

TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad incumplió con lo establecido en el Artículo 14-BIS de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C., debido a que se mantuvieron saldos promedios importantes en las cuentas bancarias, los cuales no se invirtieron durante el ejercicio, dejándose de generar los mejores rendimientos; y debido a que la Entidad aumentó su Patrimonio por la cantidad de $ 848,104 argumentando que dicho importe corresponde a ingresos obtenidos por concepto de colegiaturas, seguro estudiantil y materias del Programa de Complemento de Estudios para Ingresos a la Educación Superior (PROCEIS), entre otros, los cuales de acuerdo a su origen, debieron haber afectado el resultado del ejercicio, sin embargo se desconoce la procedencia de este importe, toda vez que los registros contables, carecen de soporte documental y estos hacen referencia al saldo que tenían las cuentas bancarias al momento de la afectación, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los 26 días del mes de agosto del dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular con 21 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, el dictamen No. 54 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, el diputado Presidente, manifiesta que en base al artículo 50, fracción VII, les requiere a las comisiones, presentar el trabajo que se les ha turnado en tiempo y forma, para poder desahogarlo y no tener el rezago que se ha ido manifestando. Enseguida, el Diputado Fernando Jorge Castro Trenti solicita el uso de la Tribuna para informar en su calidad de Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, que dicha Comisión presentará ante el Pleno los siguientes Dictámenes: No. 338, 340, 341, 342, 343, 345, 346, 348, 350, 349, 332, 325. A continuación, el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, hace uso de la Tribuna para presentar el Dictamen No. 338 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en donde se establece el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.- No se aprueba la “INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL CAPÍTULO SÉPTIMO DEL TÍTULO CUARTO DENOMINADO “DEL USO DE SUELO”, DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA”. DADO, en la Biblioteca “Héctor Terán Terán” del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los 27 días del mes de agosto del año dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 16 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan y Avilés Muñoz Raquel. Se abstienen de votar los diputados: Martín Navarro María Rosalba, y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 338 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 16 votos a favor, 0 votos en contra y 2 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la voz, la diputada María Rosalba Martín Navarro, para manifestar el sentido de su abstención, respecto del dictamen No. 338. Enseguida hace uso de la Tribuna el Diputado José de Jesús Martín Rosales Hernández para dar lectura al Dictamen No. 340 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en donde se establecen el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.-- Se aprueba la Iniciativa de Decreto que desincorpora del dominio público del Estado e incorpora al dominio privado del mismo, los lotes únicos de las Manzanas número 02 y 04 de la Colonia Popular General Mariano Matamoros, del Municipio de Tijuana, Baja California, para que se realicen las acciones necesarias para su formalización, mismos que se detallan a continuación.

Lote único de la Manzana número 02, con superficie 8,218.67 metros cuadrados.

Al Norte:      36.80 metros más 5.89 metros en línea curva con Calle Doctor Cos.

Al Sur:         34.80 metros más 4.51 metros en línea curva con Calle Don Joaquín Arias -–El Florido.

Al Este:        108.89 metros más 63.80 metros en línea curva más 13.14 metros con la Calle Capitán Tavares.

Al Oeste:      4.92 metros en línea curva más 111.21 metros más 101.57 metros en línea curva más 3.55 metros en línea curva con la Calle Brigadier Cruz.

Lote Unico de la Manzana número 04, con superficie 8,000.49 metros cuadrados.

Al Norte:      108.80 metros más 3.54 metros en línea curva con Calzada Pípila.

Al Sur:         48.78 metros más 4.24 metros en línea curva con Calle Don Joaquín Arias más 39.99 metros en línea curva más 65.55 metros en línea curva más 13.94 metros con Calle Doctor Iturriaga.

Al Este:        4.19 metros en línea curva más 17.05 metros más 7.93 metros en línea curva más 12.00 metros con Calle Doctor Cos.

Al Oeste:      4.92 metros en línea curva más 67.38 metros más 2.88 metros en línea curva con Calle Trinidad Tavares.

DADO.- en la Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes” del H. Poder Legislativo de Baja California en la ciudad de Mexicali, Baja California, el día 27 de agosto de 2003. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 15 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Castro Trenti Fernando Jorge, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Salazar Acuña Edmundo, vota en contra. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 340 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 15 votos a favor, 2 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado José de Jesús Martín Rosales Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el Diputado Enrique Acosta Fregozo para presentar el Dictamen No. 341 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en donde se establece el siguiente Punto Resolutivo: PRIMERO.- Se desincorpora del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado para incorporarse al dominio privado del mismo, el lote de terreno identificado como fracción restante del predio rústico denominado “La Reforma”, ubicado en la Delegación Maneadero, del Municipio de Ensenada, Baja California, ocupado actualmente por el asentamiento humano identificado como Colonia 2 de Septiembre, Sección II, con superficie de 16,202.95 m², que se integra por 11,747.231 m² destinada a uso habitacional y 4,455.719 m², de vialidades, que se identifican en el plano de lotificación autorizado por la CORETTE. SEGUNDO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado enajenar a título oneroso o gratuito según corresponda la superficie de 11,747.231 m², destinada a uso habitacional, previo estudio socioeconómico a favor de los posesionarios que detentan la posesión, con la finalidad de regularizar la situación jurídica de los ahí asentados, así como para que en su oportunidad se otorguen y firmen los títulos de propiedad correspondientes, y de facultar a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra del Estado, para que lleve a cabo los trabajos técnicos y la regularización de los mismos, siendo los gastos que por la regularización se originen con cargo a los adquirientes. TERCERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado, para enajenar a título gratuito a favor del Municipio de Ensenada, B.C. la superficie de 4,455.719 m² correspondiente a las vialidades para que pasen a formar parte del patrimonio del dominio público. TRANSITORIOS: PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Periódico Oficial del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Inscríbase el presente Decreto en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, del Municipio de Ensenada, Baja California. DADO. En Biblioteca “Héctor Terán Terán”del  H. Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali Baja California, a los  Veintisiete días del mes Agosto de Dos Mil Tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Ruiz Uribe Jesús Alejandro, se abstiene de emitir su voto. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 341 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 21 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado Enrique Acosta Fregozo. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Acto seguido, el Diputado Juan Terrazas Silva, hace uso de la Tribuna para dar lectura al Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.- Se aprueba SOLICITAR SE EXHORTE AL EJECUTIVO ESTATAL, EXPIDA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y PARA QUE POR SU CONDUCTO SE INSTRUYA A LAS SECRETARÍAS CONTEMPLADAS EN LOS TRANSITORIOS DE LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL, A FIN DE QUE REALICEN LAS ACCIONES QUE SEAN PERTINENTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO PREVISTO EN EL ORDENAMIENTO. Dado en el Salón de Comisiones ²Dr. Francisco Dueñas Montes² del Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, del Estado de Baja California, a los 11 días del mes de Septiembre del dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 22 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Juan Terrazas Silva. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Acto seguido, la Diputada Raquel Avilés Muñoz, hace uso de la Tribuna para dar lectura al Dictamen No. 343 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.- Se aprueba la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO referente a que:

Esta Soberanía envíe oficio solicitando al recientemente nombrado, Secretario de Turismo, Señor Rodolfo Elizondo Torres, nos informe a las Legislaturas Locales de los treinta y dos estados, que conforman la República Mexicana, a la brevedad, el estatus que presenta la propuesta de Ley General de Turismo, preparada por el departamento jurídico de la Secretaría a su cargo, que desde el mes de diciembre del año 2002, fue presentada en la ciudad de Campeche a los integrantes de la Comisión Nacional de Legisladores en materia de turismo y que a últimas fechas estaba por presentarse ante el Congreso de la Unión, para ser analizada por la nueva Legislatura federal, durante el mismo mes y año, según datos obtenidos de la Lic. Bertha Leticia Navarro Ochoa, ex Secretaria de dicha dependencia, en virtud de los argumentos vertidos en el cuerpo de este dictamen. DADO en la Sala  de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” de este Edificio del Poder Legislativo del Estado en la Ciudad de Mexicali, Baja California, el día once de septiembre  del año dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 343 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 21 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por la Diputada Raquel Avilés Muñoz. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, el Diputado Alfredo Ferreiro Velazco, hace uso de la Tribuna para dar lectura al Dictamen No. 345 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: PRIMERO: Se aprueba la “INICIATIVA DE LEY DEL INSTITUTO DE CULTURA DE BAJA CALIFORNIA”, para quedar como sigue:

INICIATIVA DE LEY DEL INSTITUTO

DE CULTURA DE BAJA CALIFORNIA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- El Instituto de Cultura de Baja California, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Para efectos de esta Ley, al Instituto de Cultura de Baja California, se le denominará como el “ICBC”. ARTÍCULO 2.- El domicilio legal del ICBC, será la ciudad de Mexicali, Baja California, sin perjuicio de establecer en otros municipios del Estado, las unidades administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. ARTÍCULO 3.- Se declara de interés social la preservación, promoción y difusión permanente de la cultura y las artes, con el fin de garantizar la participación organizada, plural y democrática de las comunidades que integran el Estado. ARTÍCULO 4.- El ICBC tiene por objeto preservar, promover y difundir la cultura y las artes, así como generar las condiciones necesarias para que la sociedad tenga acceso a bienes, servicios, actividades artísticas y culturales, como elementos esenciales del desarrollo humano integral, dentro de un marco de respeto y tolerancia a la diversidad cultural que nos identifica como Estado. ARTÍCULO 5.- Corresponde al ICBC, ser el órgano coordinador y gestor en el Estado de todas las estrategias necesarias para la preservación, promoción y difusión de la cultura y las artes; así como entidad pública coadyuvante de los tres ordenes de gobierno y de las instituciones u organismos privados de carácter cultural, artístico, educativo o de investigación que tengan proyectos y programas afines con la cultura y las artes en general.

CAPÍTULO II

DEL PATRIMONIO

ARTÍCULO 6.- El patrimonio del ICBC se integra por:

             I.      Las partidas presupuestales que le correspondan del Presupuesto de Egresos del Estado;

          II.      Los activos, bienes muebles e inmuebles que posee actualmente y los que por cualquier título adquiera para la consecución de sus fines, o con motivo de las actividades propias de su objeto;

       III.      Las aportaciones, transferencias, donaciones, legados, herencias y subsidios que hagan en su favor las instituciones u organismos federales, estatales, municipales, privados o no gubernamentales, así como por particulares;

        IV.      Los ingresos que obtenga por las actividades que desarrolle en cumplimiento de su objeto, y

           V.      Los rendimientos y demás ingresos que obtenga por la inversión de los recursos a que se refieren las fracciones anteriores.

ARTÍCULO 7.- El ICBC no podrá eximir parcial ni totalmente del pago de los derechos y productos propios, a las dependencias y entidades públicas, ni tampoco a los particulares, organismos e instituciones privadas o no gubernamentales, a excepción de los casos que expresamente determine el Ejecutivo del Estado.

ARTÍCULO 8.- Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del ICBC y los que se destinen a las actividades derivadas de su objeto, tendrán el carácter de inalienables e imprescriptibles.

ARTÍCULO 9.- El ICBC estará por su objeto, exento del pago de contribuciones estatales y municipales.

ARTÍCULO 10.- La extinción o fusión del ICBC, procederá cuando deje de cumplir con su objeto o su funcionamiento no resulte conveniente para la economía estatal o el interés público, siguiéndose para ello el procedimiento que establezca la Ley que regule la constitución, organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la administración pública del Estado de Baja California.

ARTÍCULO 11.- Dependerán del ICBC y se incorporan a su estructura orgánica, administrativa y normativa, los entes siguientes:

I.   En la ciudad de Mexicali, Baja California:

a)  Teatro del Estado;

b)  Biblioteca Pública Central;

c)  Galería de la Ciudad, y

d)  Antigua Casa de Gobierno y anexo.

II.   En la ciudad de Tijuana, Baja California: El Multiforo.

III.  En la ciudad de Rosarito, Baja California: La Galería de la Ciudad.

IV.  En la ciudad de Ensenada, Baja California:

a)   Teatro de la Ciudad, y

b)   Biblioteca Pública Benito Juárez.

V.  Aquellos que el Ejecutivo del Estado asigne en los términos de las leyes aplicables, y

VI.  Las demás unidades administrativas que establezca el Reglamento Interno del ICBC.

CAPÍTULO III

DE LAS ATRIBUCIONES DEL ICBC

ARTÍCULO 12.- Para el adecuado cumplimiento de su objeto, el ICBC tendrá las atribuciones siguientes:

I.                   Administrar, coordinar y conservar los bienes muebles e inmuebles destinados a la preservación, promoción y difusión cultural y artística en el Estado y, en general, aquellos que por razón del cumplimiento de su objeto están a su cargo;

II.                Fomentar la investigación, preservación, promoción y difusión de la cultura y las artes en general y, particularmente las que identifican a los bajacalifornianos;

III.             Proteger, conservar y difundir el patrimonio cultural del Estado;

IV.              Impulsar, apoyar y promover a las personas y grupos interesados en la difusión de la cultura y las artes en el Estado;

V.                 Coordinar y promover acciones conjuntas con los ayuntamientos del Estado en cuanto a programas y actividades en beneficio de la comunidad, así como la integración de las comisiones municipales para la preservación, promoción y difusión de la cultura y las artes;

VI.              Proponer directrices en materia de educación y capacitación artística, así como diseñar esquemas curriculares y extracurriculares de sensibilización a la cultura y el arte;

VII.           Editar conforme a su capacidad presupuestal, los libros de autores premiados en los concursos literarios del ICBC;

VIII.        Establecer conforme a su capacidad presupuestal, un programa para la edición o co-edición de obras de autores regionales;

IX.              Promover con editoriales nacionales, instituciones afines y fundaciones, la co-edición de obras agotadas que tengan un valor importante; la grabación de discos de música de compositores bajacalifornianos y, particularmente, la recopilación de aquellos trabajos producto de la investigación y la grabación digital o hecha en cualquier otro medio de reproducción, de documentales de divulgación que contribuyan al conocimiento del arte y la cultura en el Estado;

X.                 Fomentar las actividades culturales y artísticas entre el personal al servicio del Gobierno del Estado;

XI.              Fomentar actividades artísticas y culturales entre la población en general y, particularmente entre los sectores marginados de la población;

XII.           Reconocer a los residentes en el Estado y a los bajacalifornianos que se hayan distinguido en las distintas áreas de la cultura, artes, educación e investigación;

XIII.        Fomentar programas de intercambio cultural y artístico a nivel nacional y el extranjero para fortalecer el conocimiento y desarrollo de nuestros valores;

XIV.         Fomentar y llevar a cabo programas especiales tendientes a incorporar a los niños, jóvenes y personas con capacidades diferentes, en la iniciación de actividades artísticas y creativas, en coordinación con instituciones, sindicatos, sociedades y asociaciones civiles afines;

XV.            Interactuar con instituciones públicas, como complemento en aquellos programas que tiendan al fortalecimiento del desarrollo cultural y artístico del Estado, principalmente en áreas rurales;

XVI.         Formular estrategias que impulsen el reconocimiento del artista, así como de los promotores y gestores culturales o artísticos, dentro de los sectores público y privado;

XVII.      Proponer procedimientos e integrar jurados y comisiones dictaminadoras para los concursos, becas y premios que promueva el ICBC, o por los particulares o las personas morales legalmente constituidas que lo soliciten;

XVIII.   Promover, organizar y convocar en colaboración con otros órdenes de gobierno, instituciones u organismos públicos o privados, bienales, festivales o cualquier otro evento cultural y/o artístico de interés estatal;

XIX.          Conforme a su capacidad presupuestal, promover, coproducir, distribuir y/o vender montajes escénicos, libros, folletos, discos, videos documentales, material didáctico, catálogos y productos artísticos y artesanales;

XX.             Organizar eventos autofinanciables y/o patrocinados que generen ingresos, fijando el ICBC los derechos y productos de conformidad con el Reglamento Interno;

XXI.          Gestionar la instalación de sistemas electrónicos, de radio, televisión, internet o de cualquier otro tipo, para la promoción cultural y artística, ya sean propios o a través de convenios con diversas instancias, cumpliendo con lo dispuesto por las leyes federales y estatales vigentes en la materia;

XXII.       Participar dentro del ámbito de sus atribuciones, en el cumplimiento de los programas derivados de los convenios que celebre el Ejecutivo del Estado;

XXIII.    Promover y administrar la apertura de nuevos centros y fuentes de cultura y arte que respondan a las iniciativas y a los procesos socioculturales del Estado;

XXIV.     Promover y fomentar la adquisición de material didáctico y de lectura para personas con capacidades diferentes en centros culturales y bibliotecas;

XXV.        Coordinar y supervisar la Red Estatal de Bibliotecas Públicas y fungir como enlace con la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, conforme a los acuerdos de coordinación que se hubieren celebrado o se celebren con esa instancia Federal y/o los ayuntamientos;

XXVI.     Apoyar la descentralización de los bienes y servicios culturales y artísticos, en favor del fortalecimiento de los municipios del Estado;

XXVII.  Promover acciones interdisciplinarias y celebrar convenios de coordinación interinstitucional, con los entes públicos o privados que tengan interés en el desarrollo de la cultura y el arte en el Estado;

XXVIII.          Definir políticas y establecer estrategias que impulsen el desarrollo cultural de niños, jóvenes y adultos con capacidades diferentes, que motiven la participación de este sector de la sociedad en la actividad cultural del Estado, y

XXIX.     Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto, así como las que le confieran otras leyes y disposiciones aplicables.

CAPÍTULO IV

DE LA VINCULACIÓN CON EL SECTOR EDUCATIVO

ARTÍCULO 13.- Para el mejor cumplimiento de su objeto, el ICBC actuará de manera coordinada con la Secretaría de Educación y Bienestar Social, y con las entidades de la Administración Pública Paraestatal agrupadas en el sector, a través de la realización de las acciones siguientes:

I.                   Promocionar y gestionar cursos de capacitación, formación, profesionalización y especialización para los promotores y gestores culturales o artísticos;

II.                Trabajar coordinadamente con el sector educativo a través de los programas vigentes;

III.             Participar en el ámbito de su competencia, en la formulación y ejecución de los programas que señala el artículo 31, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California;

IV.              Coadyuvar en la capacitación de los instructores en materia de educación cultural y artística;

V.                 Crear, formar y promover talleres de disciplinas artísticas para personas con capacidades diferentes;

VI.              Colaborar en la supervisión y evaluación de los planes y programas establecidos en materia de educación cultural y artística, y

VII.           Las demás que sean necesarias para el desarrollo cultural, artístico y educativo en el Estado, cuando no contravengan lo dispuesto por esta Ley y demás disposiciones aplicables.

CAPÍTULO V

DE LOS ÓRGANOS DEL ICBC

SECCIÓN I

DE LA JUNTA DE GOBIERNO

ARTÍCULO 14.- Los órganos superiores del ICBC son:

I.  La Junta de Gobierno, y

II.  La Dirección General.

ARTÍCULO 15.- La máxima autoridad del ICBC, es la Junta de Gobierno que se integrará de la manera siguiente:

I.  Un Presidente, que será el Titular de la Secretaría de Educación y Bienestar Social, y

II. Los vocales, que serán:

a)  El Secretario General de Gobierno;

b)  El Secretario de Planeación y Finanzas;

c)  El Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano;

d)  El Oficial Mayor de Gobierno;

e) Un representante de las instituciones públicas de educación media superior, superior e institutos de investigación;

f)  Un representante de las instituciones privadas de educación media superior, superior e institutos de investigación, y

g)  Un representante de los organismos empresariales del sector privado en el Estado.

Cuando así lo considere necesario, la Junta de Gobierno podrá invitar a formar parte de la misma con derecho a voz pero sin voto, a los particulares o a los representantes de los organismos públicos o privados afines a su objeto.

ARTÍCULO 16.- Para el debido cumplimiento de sus atribuciones, la Junta de Gobierno contará con un Secretario Técnico, que será el Director General del ICBC, el cual podrá participar en las sesiones de la misma con derecho a voz pero sin voto.

ARTÍCULO 17.- Los vocales señalados por los incisos e), f), y g) de la fracción II, del artículo 15 de esta Ley, serán propuestos respectivamente, por las instituciones públicas o privadas de educación media superior, superior e institutos de investigación, así como por los organismos empresariales del sector privado en el Estado, y se elegirán conforme al procedimiento siguientes:

I.                   La Secretaría de Educación y Bienestar Social, será la responsable de convocar y supervisar el proceso de elección;

II.                Se convocará públicamente cada dos años, en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en la entidad, a las instituciones públicas o privadas de educación media superior, superior e institutos de investigación, así como a los organismos empresariales del sector privado en el Estado, para que presenten por conducto de sus representantes legales sus propuestas por escrito y acrediten la satisfacción de los requisitos solicitados;

III.             La convocatoria deberá cumplir por lo menos, con los requisitos siguientes:

a) Lugar, domicilio y plazo para la presentación de las propuestas;

b) Los documentos para acreditar el respaldo de la propuesta y la representación legal de la institución u organismo;

c)  Lugar y fecha en que se llevará a cabo la elección de los vocales objeto de la convocatoria;

d) Los requisitos para ser candidato a vocal, y

e)  Los demás que determine el Reglamento Interno.

IV.              La elección de los vocales a que se refiere este artículo podrá realizarse en la misma sesión, pero de manera separada.

V.                 La elección, según corresponda, se realizará mediante votación directa de los representantes legales de las instituciones públicas o privadas de educación media superior, superior e institutos de investigación, así como de los organismos empresariales del sector privado en el Estado, que asistan al evento. El candidato electo deberá contar con la mayoría de los votos acreditados;

VI.              En caso de que en una primera ronda exista empate o no se obtenga la cantidad de votos requeridos, se pasara a una siguiente ronda de votación, hasta determinar la mayoría, y

VII.           Los vocales designados durarán en su cargo dos años, pero podrán ser reelectos para un segundo período, siempre y cuando sean nuevamente propuestos por quienes tengan derecho a ello y cumplan con los requisitos que para tal efecto se exijan.

ARTÍCULO 18.- Cuando se trate de asuntos en que tengan interés, los Municipios del Estado podrán enviar representantes para que formen parte de la Junta de Gobierno con derecho a voz pero sin voto.

ARTÍCULO 19.- Cada miembro de la Junta de Gobierno, nombrará por escrito un suplente con funciones de propietario para que cubra sus ausencias temporales.

Las ausencias del Secretario Técnico, serán suplidas conforme a lo dispuesto por el artículo 27 de esta Ley.

ARTÍCULO 20.- La Junta de Gobierno, tendrá las atribuciones siguientes:

I.                   Analizar, discutir y aprobar en su caso, el programa de actividades del ICBC;

II.                Analizar, discutir y aprobar en su caso, el anteproyecto de presupuesto de egresos e ingresos del ICBC;

III.             Aprobar y presentar para su expedición, el proyecto de Reglamento Interno del ICBC, así como autorizar los manuales administrativos necesarios para su operación y las modificaciones que procedan;

IV.              Conocer de los informes, dictámenes y recomendaciones del Comisario, resolviendo lo conducente;

V.                 Otorgar a favor del Director General, poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio, con todas las facultades generales y especiales que requieren cláusula especial conforme a Ley. El poder para actos de dominio, se otorgará hasta por el importe equivalente a tres mil quinientas veces el salario mínimo general vigente en el Estado al momento de celebrarse la operación. En los casos en que se requiera efectuar una operación por un importe mayor al señalado, se deberá de recabar autorización específica de la Junta de Gobierno;

VI.              Analizar y aprobar en su caso, los informes que rinda el Director General;

VII.           Analizar y aprobar en su caso, la creación y supresión de plazas del ICBC;

VIII.        Acordar la celebración de convenios de colaboración y coordinación;

IX.              Aprobar anualmente previo informe del Comisario, los estados financieros y el cierre del ejercicio presupuestal para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y

X.                 Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de su objeto.

ARTÍCULO 21.- La Junta de Gobierno sesionará cada tres meses en forma ordinaria, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cada vez que se requiera y sea solicitado por el Presidente o la mayoría de sus integrantes.

De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien haya presidido la misma, así como por el Secretario Técnico o quien lo supla y demás integrantes presentes.

ARTÍCULO 22.- Para que las sesiones de la Junta de Gobierno sean válidas, será necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se trata de primera convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata de segunda convocatoria. Las decisiones de la Junta de Gobierno se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los términos que establezca el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 23.- Los cargos de la Junta de Gobierno serán honoríficos, por lo que no se percibirá retribución o compensación alguna.

SECCIÓN II

DE LA DIRECCIÓN GENERAL

ARTÍCULO 24.- Al frente del ICBC habrá un Director General, que será nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado.

ARTÍCULO 25.- Para ser Director General del ICBC se requiere cumplir con los requisitos siguientes:

I.                   Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II.                Ser mayor de treinta y menor de sesenta y cinco años al momento de la designación;

III.             Tener residencia efectiva en el Estado de por lo menos cinco años anteriores al día de la designación, y

IV.              Contar con una sólida trayectoria como promotor y gestor cultural o artístico.

ARTÍCULO 26.- El Director General de ICBC tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

I.                   Elaborar y presentar a la Junta de Gobierno para su análisis, discusión y aprobación el programa de actividades, así como el anteproyecto de presupuesto anual de egresos e ingresos del ICBC;

II.                Presentar ante la Junta de Gobierno, cada vez que esta lo solicite, los estados financieros, informes de índole administrativo o programático;

III.             Rendir un informe trimestral en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno, que contenga el avance programático, presupuestal y estados financieros;

IV.              Dirigir administrativa y técnicamente al ICBC, dando cumplimiento a su objeto;

V.                 Representar legalmente al ICBC, ante terceros y ante toda clase de autoridades civiles, administrativas y judiciales en los términos del mandato que le otorgue la Junta de Gobierno;

VI.              Proponer modificaciones a la estructura orgánica del ICBC, incluyendo la creación o supresión de plazas;

VII.           Nombrar y remover en su caso a los funcionarios del ICBC, debiendo contar con aprobación de la Junta de Gobierno, en los casos que ocupen niveles jerárquicos a partir de jefe de departamento;

VIII.        Promover reuniones extraordinarias de la Junta de Gobierno para dar a conocer asuntos relacionados con la programación, presupuesto de ingresos y egresos, proyectos estratégicos y eventuales, convenios y demás aspectos que requieran de una inmediata solución;

IX.              Ejecutar los acuerdos y disposiciones que la Junta de Gobierno le encomiende, así como asistir a las sesiones de la misma;

X.                 Celebrar los convenios de colaboración y coordinación que determine la Junta de Gobierno;

XI.              Elaborar el proyecto de Reglamento Interno y los manuales administrativos del ICBC, así como sus modificaciones, los cuales serán sometidos a la Junta de Gobierno para su aprobación;

XII.           Otorgar y revocar a favor de terceras personas, los poderes generales para pleitos y cobranzas y los especiales que requiera para la defensa y atención a demandas jurisdiccionales o reclamaciones relacionadas con el patrimonio y los fines del ICBC, conforme a los lineamientos señalados por la Junta de Gobierno, y

XIII.        Las demás que le confiera la Junta de Gobierno y otras disposiciones legales aplicables.

ARTÍCULO 27.- Las ausencias temporales del Director General que no excedan de quince días, serán suplidas por el titular del área administrativa del ICBC, quien en coordinación con el área responsable tomará las decisiones sobre los asuntos que se traten. Cuando las ausencias del Director General excedan de quince días y no tengan el carácter de definitivas, el Presidente de la Junta de Gobierno nombrará a su suplente.

CAPÍTULO VI

DEL CONSEJO CONSULTIVO

ARTÍCULO 28.- El ICBC contará con un Consejo Consultivo, como instancia de asesoría y consulta de la Junta de Gobierno y de la Dirección General, cuyas funciones serán de análisis y opinión especializada.

ARTÍCULO 29.- El Consejo Consultivo estará integrado por ciudadanos de reconocida trayectoria en el campo de las artes, investigación, educación, promoción y gestión artística o cultural, dos por cada uno de los municipios del Estado.

ARTÍCULO 30.- Los integrantes del Consejo Consultivo serán designados por la Junta de Gobierno a propuesta del Director General.

ARTÍCULO 31.- Para su funcionamiento el Consejo Consultivo contará con:

I.  Un presidente que será elegido por la Junta de Gobierno, entre los integrantes del Consejo Consultivo;

II.   Nueve vocales, y

III. Un Secretario Técnico adscrito al ICBC que será designado por el Director General, con derecho a voz pero sin voto y que para los efectos de quórum no se considerará como integrante.

ARTÍCULO 32.- Los integrantes del Consejo Consultivo durarán en su cargo tres años, pudiendo ser designados para un segundo período en los términos que establezca el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 33.- Los cargos del Consejo Consultivo serán honoríficos y quienes lo detenten o integren no percibirán retribución o compensación alguna por su desempeño.

ARTÍCULO 34.- El Consejo Consultivo sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada tres meses, y en forma extraordinaria cuando así lo determine el Presidente o la mayoría de sus integrantes.

Asimismo, el Consejo Consultivo podrá sesionar en forma colegiada o por disciplinas según corresponda, para resolver aquellas consultas realizadas por la Junta de Gobierno y/o la Dirección General sobre los planes, programas y proyectos a desarrollar por el ICBC.

De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien haya presidido la misma, así como por el Secretario Técnico o quien lo supla y demás integrantes presentes.

ARTÍCULO 35.- Para que las sesiones del Consejo Consultivo sean válidas, será necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se trata de primera convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata de segunda convocatoria. Las decisiones del Consejo Consultivo se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los términos que establezca el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 36.- El Consejo Consultivo tendrá las funciones siguientes:

I.                   Proponer la política cultural y artística para el funcionamiento del ICBC;

II.                Conocer y opinar sobre el programa anual del ICBC y estar en capacidad de recomendar las medidas correctivas en aquellos programas que así lo ameriten;

III.             Asesorar en todos aquellos aspectos en los que sea solicitada su opinión;

IV.              Auxiliar y apoyar en la integración de jurados o comisiones dictaminadoras;

V.                 Ser instancia de asesoría y consulta en todos los programas y proyectos del ICBC, y

VI.              Las demás que le confiera la Junta de Gobierno, la Dirección General y otras disposiciones legales aplicables.

CAPÍTULO VII

DEL PATRONATO

ARTÍCULO 37.- El ICBC contará con un Patronato que será el órgano auxiliar y de apoyo para el cumplimiento de su objeto.

ARTÍCULO 38.- Los integrantes del Patronato serán nombrados por invitación de la Junta de Gobierno.

El Patronato se integrará de la manera siguiente:

I.                   Un Presidente;

II.                Un Secretario;

III.             Un Tesorero, y

IV.              Dos vocales, quienes preferentemente deberán ser promotores y gestores culturales o artísticos reconocidos en el Estado.

ARTÍCULO 39.- Los cargos del Patronato serán honoríficos y quienes lo detenten o integren no percibirán retribución o compensación alguna por su desempeño.

ARTÍCULO 40.- Los integrantes del Patronato durarán en sus cargos tres años, pudiendo ser nombrados para un segundo período en los términos que establezca el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 41.- El Patronato sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada tres meses, y en forma extraordinaria cuando así lo determine el Presidente o la mayoría de sus integrantes.

De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien haya presidido la misma, así como por el Secretario o quien lo supla y demás integrantes presentes.

ARTÍCULO 42.- Para que las sesiones del Patronato sean válidas, será necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se trata de primera convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata de segunda convocatoria. Las decisiones del Patronato se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los términos que establezca el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 43.- Corresponde al Patronato:

I.                   Fortalecer al ICBC mediante la promoción de convenios, implementación de proyectos, programas y actividades que permitan el incremento de recursos materiales, financieros y técnicos;

II.                Manejar fondos y operar recursos financieros en instituciones de crédito, con el objeto de incrementar el patrimonio del ICBC;

III.             Rendir informes y estados financieros cada tres meses a la Dirección General y semestralmente a la Junta de Gobierno;

IV.              Promover y gestionar el incremento de los fondos del ICBC a través de la organización de subastas, rifas, eventos artísticos con recuperación económica y toda clase de actividades que sirvan para la recaudación de recursos necesarios para el mejor cumplimiento de su función, y

V.                 Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

CAPÍTULO VIII

DE LA VIGILANCIA DEL ICBC

ARTÍCULO 44.- La vigilancia del ICBC estará a cargo de un comisario público propietario y un suplente, que serán designados por el titular de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, y ejercerán las atribuciones que expresamente les confieran las leyes y demás disposiciones aplicables en la materia. El comisario público asistirá y participará en las sesiones de la Junta de Gobierno, con derecho a voz pero sin voto.

El ICBC contará dentro de su estructura con un órgano de control interno, que operará conforme a los lineamientos que emita la Dirección de Control y Evaluación  Gubernamental y ejercerá las funciones que le confieran la Ley de la materia y demás ordenamientos aplicables.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO.- Se abroga la Ley que Crea el Instituto de Cultura de Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 31 de marzo de 1989.

TERCERO.- Por esta única ocasión, el procedimiento para la elección de los vocales señalados en los incisos e), f), y g), de la fracción II, del artículo 15 de esta Ley, se ajustará a lo siguiente:

a)     El Secretario de Educación y Bienestar Social, publicará la convocatoria en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación estatal, dentro de los quince días siguientes a aquél en que entre en vigor esta Ley;

b)     La convocatoria a que se refiere el párrafo anterior, deberá indicar que se cuenta con quince días naturales para que se presenten las propuestas por escrito y se acrediten los requisitos que en su caso se soliciten, así como la fecha en que tendrá verificativo la elección;

c)      El Secretario de Educación y Bienestar Social, llevará a cabo el proceso de elección ante la presencia de los demás integrantes de la Junta de Gobierno y en la fecha señalada por la convocatoria, la cual no podrá exceder de quince días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas, y

d)     En caso de que en una primera ronda exista empate o no se obtenga la cantidad de votos requeridos, se realizarán tantas rondas como fuesen necesarias hasta determinar el ganador.

CUARTO.- Dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, el Secretario de Educación y Bienestar Social, convocará a la totalidad de los integrantes de la Junta de Gobierno al acto de instalación formal.

QUINTO.- El actual Director General del ICBC, continuará en el desempeño de sus funciones.

SEXTO.- Los actos, resoluciones, acuerdos y las disposiciones de carácter general, así como los poderes, mandatos y en lo general, las representaciones otorgadas y las facultades concedidas, emitidos y otorgados al amparo de la Ley que se abroga se consideraran vigentes, siempre y cuando no se opongan a este ordenamiento.

SÉPTIMO.- Los derechos laborales de los trabajadores del ICBC, serán respetados conforme a las disposiciones legales aplicables

OCTAVO.- Los integrantes del Consejo Consultivo y del Patronato, designados bajo el amparo de la Ley que se abroga, seguirán en sus cargos hasta en tanto se designen sustitutos, dentro de los sesenta días siguientes a la instalación de la Junta de Gobierno.

NOVENO.- Dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, el Titular del Poder Ejecutivo expedirá el Reglamento Interno del ICBC. DADO en el salón de sesiones “Francisco Dueñas Montes”, Mexicali, Baja California, a 11 de Septiembre de dos mil tres. A continuación, el diputado Presidente, decreta un receso de cinco minutos, el cual es solicitado por el diputado Juan Terrazas Silva, y lo secunda la Presidencia, siendo las diez horas con cuarenta y cinco minutos, y se reanuda la sesión, siendo las diez horas con cincuenta y cuatro minutos. Enseguida, el diputado Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia, contando con la presencia de los siguientes diputados: Acosta Fregozo Enrique, Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo,  Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. A continuación y existiendo quórum, para continuar con la sesión, y no habiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación el dictamen 345, resultando aprobado con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 345 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Alfredo Ferreiro Velazco. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida interviene en la Tribuna el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo para dar lectura al Dictamen No. 346 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: ÚNICO: Se aprueba la REFORMA A LOS ARTÍCULOS 254 Y 255 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, en los términos siguientes:

ARTICULO 254.- los Magistrados ...

I a la V ...

(Último párrafo derogado)

ARTICULO 255.- Los Magistrados Electorales desempeñarán su cargo durante tres años, sin poder ser ratificados en ningún caso.

(Segundo párrafo igual)

TRANSITORIO

UNICO: Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. DADO en la Sala “Francisco Dueñas Montes”, ubicado en el edificio del  Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali Capital del Estado de Baja California, el once de septiembre del dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 19 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Se abstienen de emitir su vota el diputado Hidalgo Silva Marcelino y el diputado Salazar Acuña Edmundo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 346 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 19 votos a favor, 0 votos en contra y 2 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la voz el Diputado Catalino Zavala Márquez, para dar lectura al Dictamen No. 348 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: Se aprueba la presente “INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO PARA EFECTO DE SOLICITAR SE GIRE ATENTO OFICIO AL EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA QUE SE ATIENDA LA NECESIDAD DE VIVIENDA DE LOS POSESIONARIOS ASENTADOS SOBRE EL DERECHO DE VIA DEL FFCC TIJUANA-TECATE Y SE RESUELVA POR LA VIA DEL DIALOGO”, para quedar en los términos siguientes: PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO: Primero: Que este H. Congreso, a través de la Mesa Directiva, gire atento oficio al Ejecutivo del Estado para que se atienda la necesidad de vivienda de los posesionarios asentados sobre el derecho de vía del FFCC Tijuana-Tecate y se resuelva por la vía del diálogo. Segundo: Que este H. Congreso acuerda delegar a la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra Pública, de seguimiento al acuerdo emanado de esta Soberanía en el punto resolutivo que antecede. DADO en el salón de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a 11  de septiembre de dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 19 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 348 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 19 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Catalino Zavala Márquez Catalino. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la voz el Diputado José de Jesús Rosales Hernández, para dar lectura al Dictamen No. 350 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.-- Se aprueba la Iniciativa de Decreto que desincorpora del dominio público del Estado e incorpora al dominio privado del mismo, 109 lotes, ubicados en los Fraccionamientos Nuevo Rosarito y Montecarlo, ambos en el Municipio Playas de Rosarito, Baja California, para que se realicen las acciones necesarias para su formalización, mismos que se detallan a continuación.

A) Fraccionamiento Nuevo Rosarito: Lotes numerados del 1 al 18 de la Manzana 23, con superficie de 3,483.77 metros cuadrados; del 1 al 36 de la Manzana 25, con superficie de 6881.50 metros cuadrados, del Municipio de Playas de Rosarito, Baja California; adquiridos conforme al Acuerdo de Autorización de Fraccionamiento Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, en fecha 2 de junio de 1995; mediante Contrato Privado de Donación, de fecha 22 de junio de 1996, inscrito bajo partida 6003566, Sección Civil, de fecha 6 de junio del 2001, en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Municipalidad de Playas de Rosarito, Baja California; predios que se identifican con las medidas y colindancias siguientes:

Manzana número 23

Lote número 1, con superficie de 301.8181 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 2.

Al Sur:         14.020 metros + LC. 5.2283 metros + LC 4.712 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Este:        13.477 metros con lote número 18.

Al Oeste:      10.7124 metros con Calle El Pípila.

Lote número 2, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 3.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 1.

Al Este:        8.00 metros con lote número 17.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 3, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 4.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 2.

Al Este:        8.00 metros con lote número 16.

Al Oeste:      8.00 metros con calle El Pípila.

Lote número 4, con superficie de 180.00 metros cuadrados

Al Norte:      22.50 metros con lote número 5.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 3.

Al Este:        8.00 metros con lote número 15.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 5, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 6.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 4.

Al Este:        8.00 metros con lote número 14.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 6, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 7.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 5.

Al Este:        8.00 metros con lote número 13.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 7, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 8.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 6.

Al Este:        8.00 metros con lote número 11.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 8, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 9.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 7.

Al Este:        8.00 metros con lote número 11.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 9, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con propiedad del señor Gaspar Muriel V.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 8.

Al Este:        8.00 metros con lote número 10.

Al Oeste:      8.00 metros con Calle El Pípila.

Lote número 10, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con propiedad del señor Gaspar Muriel V.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 11.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 9.

Lote número 11, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 10.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 12.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 8.

Lote número 12, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 11.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 13.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 7.

Lote número 13, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 12.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 14.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 6.

Lote número 14, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 13.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 15.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 5.

Lote número 15, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 14.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 16.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 4.

Lote número 16, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 15.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 17.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 3.

Lote número 17, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      22.50 metros con lote número 16.

Al Sur:         22.50 metros con lote número 18.

Al Este:        8.00 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      8.00 metros con lote número 2.

Lote número 18, con superficie de 301.959 metros cuadrados.

Al Norte:      22.500 metros con lote número 17.

Al Sur:         19.500 metros + LC. 4.712 con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari

Al Este:        10.4758 metros con Calle Nicolás Bravo.

Al Oeste:      3.477 metros con lote número 1.

Manzana número 25

Lote número 1, con superficie de 245.042 metros cuadrados.

Al Norte:      7.897 metros + LC. 4.712 M con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         11.000 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.500 metros con Lote número 2.

Al Oeste:      19.516 metros con Bulevar Don Isidro Álvarez Munguía.

Lote número 2, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.50 metros con lote número 3.

Al Oeste:      22.50 metros con lote número 1.

Lote número 3, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      0.088 metros + Lc=7.811 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         0.2001 metros + Lc=7.809 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.551 metros con Lote número 4.

Al Oeste:      22.500 metros con Bulevar Don Isidro Álvarez Munguía.

Lote número 4, con superficie de 180.967 metros cuadrados.

Al Norte:      Lc=8.052 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         Lc=8.035 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.710 metros con Lote número 5.

Al Oeste:      22.551 metros con lote número 3.

Lote número 5, con superficie de 182.696 metros cuadrados.

Al Norte:      Lc=8.146 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         Lc=8.098 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.984 metros con Lote número 6.

Al Oeste:      22.710 metros con lote número 4.

Lote número 6, con superficie de 374.856 metros cuadrados.

Al Norte:      Lc=8.276 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         Lc=24.976 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noreste:   24.186 metros con Lote número 7.

Al Oeste:      22.984 metros con lote número 5.

Lote número 7, con superficie de 190.913 metros cuadrados.

Al Noreste:   23.571 metros con lote número 8.

Al Suroeste:  24.186 metros con lote número 6.

Al Sureste:    8.393 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.599 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 8, con superficie de 186.654 metros cuadrados.

Al Noreste:   23.116 metros con lote número 9.

Al Suroeste:  23.571 metros con lote número 7.

Al Sureste:    8.241 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.363 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 9, con superficie de 183.566 metros cuadrados.

Al Noroeste: 22.796 metros con lote número 10.

Al Suroeste:  23.116 metros con lote número 8.

Al Sureste:    8.130 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.081 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 10, con superficie de 181.493 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.596 metros con lote número 11.

Al Suroeste:  22.796 metros con lote número 9.

Al Sureste:    8.055 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.081 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 11, con superficie de 181.493 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.506 metros con lote número 12.

Al Suroeste:  22.596 metros con lote número 10.

Al Sureste:    8.012 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.018 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 12, con superficie de 180.006 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50  metros con lote número 13.

Al Suroeste:  22.506 metros con lote número 11.

Al Sureste:    5.485 metros + LC. 2.5148 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 5.487 metros + LC. 2.5143 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 13, con superficie de 180.000 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 14.

Suroeste:      22.50 metros con lote número 12.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 14, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 15.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 13.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 15, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 16.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 14.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 16, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 17.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 15.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 17, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 18.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 16.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 18, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 19.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 17.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 19, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 20.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 18.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 20, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 21.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 19.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 21, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 22.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 20.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 22, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 23.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 21.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 23, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50  metros con lote número 24.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 22.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 24, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 25.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 23.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 25, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   25.00 metros con lote número 26.

Al Suroeste:  25.00 metros con lote número 24.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 26, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 27.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 25.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 27, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   25.00 metros con lote número 28.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 26.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 28, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 29.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 27.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 29, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 30.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 28.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 30, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   22.50 metros con lote número 31.

Al Suroeste:  22.50 metros con lote número 29.

Al Sureste:    8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 31, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Noreste:   23.003 metros con lote número 32.

Al Suroeste:  22.500 metros con lote número 30.

Al Sureste:    1.0506 metros  + LC. 6.829 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Noroeste: 1.050 metros y LC. 6.755 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Lote número 32, con superficie de 294.495 metros cuadrados.

Al Norte:      LC. 21.227 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari   

Al Sur:         4.916 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.757 metros con lote número 33.

Al Oeste:      23.003 metros con lote 31.

 

Lote número 33, con superficie de 180.414 metros cuadrados.

Al Norte:      3.1404 metros  + LC. 4.869 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Al Sur:         3.144 metros + LC. 4.897 metros con. paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.500 metros con  lote número 34.

Al Oeste:      22.757 metros con lote número 32.

Lote número 34, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari   

Al Sur:         8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.50 metros con lote número 35.

Al Oeste:      22.50 metros con lote 33.

Lote número 35, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari   

Al Sur:         8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.50 metros con lote número 36.

Al Oeste:      23.50 metros con lote 34.

Lote número 36, con superficie de 180.00 metros cuadrados.

Al Norte:      8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari   

Al Sur:         8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Este:        22.50 metros con paso de servicio/Manzana número 26.

Al Oeste:      22.50 metros con lote 35.

B) Fraccionamiento Montecarlo: Lotes numerados del 1 al 10 de la Manzana 3; del 1 al 13 de la Manzana 4; lotes 4, 5, 6, 8, 10 y 11 de la Manzana 5; 17 de la manzana 6; lotes del 1 al 14 de la Manzana 61; y lotes del 1 al 10 de la Manzana 65, los cuales cuentan con una superficie total en conjunto de 14,279.21 metros cuadrados; ubicados en el Municipio de Playas de Rosarito, Baja California; adquiridos conforme a la Acuerdo Modificatorio de Autorización de Fraccionamiento, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, en fecha 4 de noviembre de 1994, mediante Contrato Privado de Donación, de fecha 24 de noviembre de 1996, inscrito bajo partida 6003356, de la sección Civil, de fecha 8 de Mayo del 2001, del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, del Municipio de Playas de Rosarito Baja California; predios que se identifican con las medidas y colindancias siguientes.

Manzana número 3

Lote número 1, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20..00 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 2.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 2, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 1.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 3.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 3, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 2.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 4.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 4, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 3.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 5.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 5, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 4.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 6.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 6, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 5.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 7.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 7, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 6.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 8.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 8, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 7.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 9.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 9, con superficie de 250.00 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 8.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 10.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Bulevar Defensores de Baja California.

Lote número 10, con superficie de 227.86 metros cuadrados

Al Norte:      20.00 metros con lote número 1.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 3.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con bulevar Defensores de Baja California.

Manzana número 4

Lote número 1 con superficie de 316.06 metros cuadrados.

Al Norte:      21.02 metros con Fraccionamiento Colinas Aragón.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 2.

Al Este:        12.59 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      19.02 metros con lotes número 12 y 13.

Lote número 2 con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 1.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 3.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 11.

Lote número 3, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 2.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 4.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 10.

Lote número 4, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 3.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 5.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 9.

Lote número 5, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 4.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 6.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 8.

Lote número 6, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 5.

Al Sur:         20.00 metros con Calle División del Norte

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 7.

Lote número 7, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 8.

Al Sur:         20.00 metros con Calle División del Norte.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 6.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 9.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 7.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 5.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 9, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 10.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 8.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 4.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 11.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 9.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 3.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 12.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 10.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 2.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 12, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 13.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 11.

Al Este:        12.00 metros con Lote número 1.

Al Oeste:      12.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Lote número 13, con superficie de 204.58  metros cuadrados.

Al Norte:      20.01 metros con Fraccionamiento Colinas de Aragón.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 5.

Al Este:          7.02 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      13.44 metros con lote número 29.

Manzana número 5

Lote número 4, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 3.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 5.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 29.

Lote número 5, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 4.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 6.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 28.

Lote número 6, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 5.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 7.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 27.

Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 7.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 9.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con lote número 27

Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 8.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 11.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 3.

Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 10.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 12.

Al Este:        12.00 metros con Calle Isabel La Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 22.

Manzana número 6

Lote número 17, con superficie de 200.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con Lote número 8.

Al Sur:         20.00 metros con Calle 12 de Octubre.

Al Este:        10.00 metros con Lote número 16.

Al Oeste:      10.00 metros con Bulevar de los Lagos.

Manzana número 61

Lote número 1, con superficie de 411.47 metros cuadrados.

Al Norte:      30.33 metros con Fraccionamiento Colinas de Aragón.

Al Sur:         19.07 metros con lote número 2.

Al Este:        LC 27.05 metros con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 13, + 12.87 metros con lote número 14.

Lote número 2, con superficie de 254.61 metros cuadrados.

Al Norte:      19.07 metros con Lote número 1.

Al Sur:         22.49 metros con lote número 3.

Al Este:        LC= 10.12 metros +1.63 metros  con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 13, + 12.87 metros con lote número 14.

Lote número 3, con superficie de 264.59 metros cuadrados.

Al Norte:      22.49 metros con lote número 2.

Al Sur:         21.61 metros con lote número 4.

Al Este:        12.03 metros con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 11.

Lote número 4, con superficie de 254.03 metros cuadrados.

Al Norte:      21.61 metros con lote número 3.

Al Sur:         20.73 metros con lote número 5.

Al Este:        12.03 metros con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 10.

Lote número 5, con superficie de 243.47 metros cuadrados.

Al Norte:      20.73 metros con lote número 4.

Al Sur:         19.85 metros con lote número 6.

Al Este:        12.03 metros con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      12.00 metros con Lote número 9.

Lote número 6, con superficie de 433.22 metros cuadrados.

Al Norte:      19.85 metros con lote número 5.

Al Sur:         5.39 metros con Cerrada Isabel la Católica

Al Este:        7.07 metros +LC. 25.25 metros con Cerrada Isabel la Católica.

Al Oeste:      16.15 metros con Lote número 7 + 12.00 metros con lote número 8.

Lote número 7, con superficie de 347.23 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 8.

Al Sur:         6.40 y  metros con Cerrada Isabel la Católica

Al Este:        16.15 metros con lote número 6.

Al Oeste:      8.75 metros +LC. 20.01 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 9.

Al Sur:         20.00 y  metros con lote número 7.

Al Este:        12.00 metros con lote número 6.

Al Oeste:      12.00 metros con Calle Isabel Católica

Lote número 9, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 10.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 8.

Al Este:        12.00 metros con lote número 9.

Al Oeste:      8.75 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 11.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 9.

Al Este:        12.00 metros con lote número 4.

Al Oeste:      12.00 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 12.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 10.

Al Este:        12.00 metros con lote número 3.

Al Oeste:      12.00 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 12, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 13.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 11.

Al Este:        12.00 metros con lote número 2.

Al Oeste:      12.00 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 13, con superficie de 240.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 14.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 12.

Al Este:        12.00 metros con lote número 1.

Al Oeste:      12.00 metros con Calle Isabel Católica.

Lote número 14, con superficie de 321.56 metros cuadrados.

Al Norte:      21.02 metros con Fraccionamiento Colinas de Aragón.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 13.

Al Este:        12.87 metros con lote número 1.

Al Oeste:      19.29 metros con Calle Isabel Católica.

Manzana número 65

Lote número 1, con superficie de 349.45 metros cuadrados.

Al Norte:      28.42 metros con Fraccionamiento Colinas de Aragón.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 2.

Al Este:        14.46 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 2, con superficie de 250.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 1.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 3.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 3, con superficie de 250.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 2.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 4.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 4, con superficie de 250.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 3.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 5.

Al Este:        14.46 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 5, con superficie de 250.00 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 4.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 2.

Al Este:        12.50 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      12.50 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 6, con superficie de 335.90 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 5.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 7.

Al Este:        LC. 20.59 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      LC. 13.00 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 7, con superficie de 335.90 metros cuadrados.

Al Norte:      20.00 metros con lote número 6.

Al Sur:         20.00 metros con lote número 8.

Al Este:        LC. 20.59 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Oeste:      LC. 13.00 metros con Cerrada Isabel Católica.

Lote número 8, con superficie de 332.30 metros cuadrados.

Al Norte:      LC. 12.86 metros con Cerrada Isabel Católica.          

Al Sur:         LC. 20.37 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Este:              20.00 metros con lote número 7.

Al Oeste:            13.00 metros con lote número 9.

Lote número 9, con superficie de 300.00 metros cuadrados.

Al Norte:            15.00 metros con Cerrada Isabel Católica.          

Al Sur:               15.00 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Este:              20.00 metros con lote número 8.

Al Oeste:            13.00 metros con lote número 10.

Lote número 10, con superficie de 376.98 metros cuadrados.

Al Norte:      LC. 21.07 metros + 4.35 metros con Cerrada Isabel Católica.          

Al Sur:         LC. 23.95 metros con superficie no apta para el desarrollo urbano.

Al Este:              20.00 metros con lote número 9.

Al Oeste:              9.40 metros con Calle Isabel Católica.

DADO.- en la Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes” del H. Poder Legislativo de Baja California en la ciudad de Mexicali, Baja California, el día  11 de septiembre de 2003.

No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 16 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Hidalgo Silva Marcelino, se abstiene de votar. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 350 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 16 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado José de Jesús Rosales Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el Diputado Gerardo Cortez Mendoza, para dar lectura al Dictamen No. 349 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.- Se aprueba Iniciativa de Decreto que Reforma el Artículo 2 Fracción I, Inciso A), Puntos 1, 2 y 3, Inciso B), Puntos 1 y 2 del Inciso C) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 2

Al valor de los actos o actividades………

I.-……..

A).-………

1.- Con una graduación alcohólica de hasta 13.5º. G:L: 26.50%.

2.- Con una graduación alcohólica de más de 13.5 y hasta 20º. G.L.      31.50%

3.- Con una graduación alcohólica de más de 20º. G.L.                  63%

B).- Alcohol y alcohol desnaturalizado                                           63%

C).-………….

1.- Cigarros                                                                            115.5%

2.- Puros y otros tabacos labrados                                              21.94%

D) a la H).-………

Fracción II.-……….

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente Reforma entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Una vez aprobada la presente Iniciativa por esta H. Legislatura, por conducto de la Mesa Directiva de esta Soberanía, se remita formalmente la presente al Congreso de la Unión para su discusión y votación, de acuerdo a lo previsto en los Artículos 71 fracción III y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, anexando el diario de los debates que motive, así como el acta de la sesión donde se aprobó y demás constancias que el órgano de dirección considere para su trámite legislativo.

DADO.- En la Sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” del H. Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Baja California, a los 11 días del mes de septiembre de dos mil tres.

No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 20 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 349 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 20 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho, para dar lectura al Dictamen No. 332 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose los siguientes Puntos Resolutivos: PRIMERO.- Se aprueba la REMISIÓN DE LA INICIATIVA DE REFORMA AL ARTICULO 239 PUNTO 2, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES AL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, para su correspondiente aprobación y publicación, en su caso, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 239.-...

1.-..

2.- DEROGADO.

TRANSITORIOS

artículo PRIMERO.- La presente reforma entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobada que sea por esta Legislatura del Estado la presente Iniciativa, por conducto de la Mesa Directiva de esta Soberanía envíese formalmente al Congreso de la Unión para su discusión y votación de acuerdo a lo previsto por los artículos 71 fracción III y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, anexando el acta del Diario de los debates que motive, así como el acta de sesiones donde se aprobó y demás constancias que el órgano de dirección considere necesarios para su trámite legislativo.    

SEGUNDO.- Se aprueba la REFORMA AL ARTICULO 386 DE LA LEY DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 386.- DEROGADO.

TRANSITORIO:

ÚNICO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

TERCERO.- Se aprueba la REFORMA A LA FRACCION I, DEL ARTICULO 26 DE LA LEY PARA LA VENTA, ALMACENAJE Y CONSUMO PÚBLICO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue:

ARTICULO 26.-...

I.- En aquellos casos que establezcan las disposiciones federales en materia electoral;

II a la III...

...

TRANSITORIO:

ÚNICO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Dado en la Biblioteca “Héctor Terán Terán” del H. Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los Veintisiete días del mes de Agosto  de dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Salazar Castro Juan Manuel, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Se abstienen de emitir su voto, los diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo y Salazar Acuña Edmundo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 332 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 4 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el Diputado Fernando Jorge Castro Trenti, para dar lectura al Dictamen No. 325 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: PRIMERO.-  En  cumplimiento  a la ejecutoria de amparo número 17/2002-3, de fecha 23 de septiembre del 2002, confirmada por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito con fecha 20 de agosto del 2003, se deja insubsistente la determinación tomada en sesión de 29 de abril de 2001, en el sentido de no ratificar en el cargo de magistrado al C. Licenciado  Víctor  Manuel Vázquez Fernández. SEGUNDO.- En sustitución de la resolución de veintinueve de abril de 2001, se procede a emitir una diversa, cuyos puntos resolutivos quedan redactados en los términos siguientes:

PRIMERO: SE APRUEBA LA RATIFICACIÓN DEL LICENCIADO VICTOR MANUEL VAZQUEZ FERNÁNDEZ EN EL CARGO DE MAGISTRADO NUMERARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE VENÍA DESEMPEÑANDO, CON TODAS LAS CONSECUENCIAS LEGALES QUE GENERA LA RATIFICACIÓN. SEGUNDO: GIRESE OFICIO AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO,  EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PARA QUE A TRAVÉS DEL ÓRGANO COMPETENTE DE DICHO PODER JUDICIAL,  PROCEDA A DAR CURSO A TODAS LAS CONSECUENCIAS LEGALES QUE GENERA LA RATIFICACIÓN. TERCERO: NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL C. LICENCIADO VICTOR MANUEL VÁZQUEZ FERNÁNDEZ DE ESTA RESOLUCIÓN Y CÍTESELE PARA QUE RINDA LA PROTESTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 109, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA. CUARTO: PUBLÍQUESE EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. TERCERO.- Cumplimentado que sea lo anterior, infórmese al C. Juez Segundo de Distrito del Estado, del cabal cumplimiento de su ejecutoria del 23 de septiembre del 2002, remitiéndole copia certificada de las actuaciones que así lo justifiquen. DADO en el Salón “Francisco Dueñas Montes”, del Edifico de este H. Poder Legislativo, ubicado en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los diez días del mes de Septiembre de 2003. Enseguida hace uso de la Tribuna, el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, para  hacer una observación. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Zavala Márquez Catalino, emite su voto a favor en lo general y se reserva en el resolutivo segundo; y se abstiene de emitir su voto, el diputado Quintero Peña Ismael. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 325 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 22 votos a favor, 0 votos en contra, y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado Fernando Jorge Castro Trenti. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el diputado Catalino Zavala Márquez, para dar a conocer su reserva en lo particular, respecto del resolutivo segundo, del cual propone que quede como sigue: SEGUNDO: GIRESE OFICIO AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO,  EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PARA QUE A TRAVÉS DEL ÓRGANO COMPETENTE DE DICHO PODER JUDICIAL,  PROCEDA A DAR CURSO EN SUS TERMINOS A LA PRESENTE RESOLUCION. Acto continuo, hace uso de la voz el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, para manifestar que si es procedente la propuesta hecha por el diputado Catalino Zavala Márquez. A continuación, el diputado Presidente, solicita a la diputada Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia y contestan de presentes los diputados: Acosta Fregozo Enrique, Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Castro Trenti Fernando Jorge, Cortez Mendoza Jesús Gerardo,  Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. Asimismo, el diputado Presidente, manifiesta que los diputados que han contestado de presentes, tendrán derecho a emitir su voto. No existiendo oradores en contra de la reserva del diputado Catalino Zavala Márquez, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Se abstiene de emitir su voto, el diputado Ruiz Uribe Jesús Alejandro. El diputado Hidalgo Silva Marcelino,  vota en contra de la reserva. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobada la reserva presentada por el diputado Catalino Zavala Márquez, respectivo al resolutivo segundo, con 22 votos a favor, 1 votos en contra, y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado Catalino Zavala Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, el diputado Presidente, informa que recibió oficio de fecha 02 de septiembre del 2003, que turna el Presidente de la Comisión de Administración y Finanzas de la Oficialía Mayor, diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, por lo que declara un receso en la sala de trabajos y convoca a pleno privado a los ciudadanos diputados en un término de cinco minutos, siendo las doce horas. Enseguida y una vez verificado el quórum de manera visual, se reanuda la sesión siendo las trece horas con treinta y cinco minutos, para continuar con el último punto del orden del día, Asuntos Generales, en donde hace uso de la voz el diputado Enrique Acosta Fregozo, para solicitar licencia temporal, para separarse del cargo de diputado de la XVII Legislatura a partir del 25 de septiembre hasta el día 20 de octubre del dos mil tres, para participar en el proceso interno de la selección de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional. A continuación el diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma nominal, la dispensa de trámite de solicitud de licencia, presentada por el diputado Enrique Acosta Fregozo, resultando aprobada con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. A continuación el diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma nominal, la solicitud de licencia, presentada por el diputado Enrique Acosta Fregozo, resultando aprobada con 23 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara que la Soberanía de este Pleno, otorga licencia temporal al diputado Enrique Acosta Fregozo, la cual es aprobada con 23 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, a partir del 25 de septiembre y hasta el día 20 de octubre del dos mil tres. Continuando con el punto de Asuntos Generales, hace uso de la Tribuna el diputado Arturo Alvarado González, para presentar la INICIATIVA DE LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. Asimismo presenta también la INICIATIVA DE DECRETO QUE  REFORMA LOS  ARTICULO 27, 38 Y 39  DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA. El C. Presidente, turna la Iniciativa a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, asimismo la turna a la Comisión de Estudios Hacendarais. Enseguida el diputado Alvarado presenta el siguiente Punto de Acuerdo: UNICO.- Que este Congreso del Estado acuerde emitir un exhorto a los Ayuntamientos del Estado de Baja California para que en el marco de sus facultades analicen la posibilidad de expedir un Reglamento Municipal para la regulación de la práctica del Rodeo, con el fin de conservar su imagen y su esencia como expresión cultural y tradicional, y como competencia deportiva. El C. Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la Comisión de Legislación y a la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias. A continuación, el diputado Nicolás Osuna Aguilasocho, presenta Iniciativa de Acuerdo para solicitar la presencia del Secretario de Desarrollo Económico del Gobierno del Estado: UNICO: Gírese atento aviso al ciudadano Gobernador del Estado, Lic. Eugenio Elorduy Walther, solicitándole con todo respeto que tenga a bien instruir al ciudadano Secretario de Desarrollo Económico, Lic. Sergio Tlagiaprieta Nasri, a efecto de que comparezca ante esta Soberanía e informe de la marcha que sigue la economía de la entidad y lo relativo al proceso de revisión de la Ley de Fomento Económico y de la aplicación de la nueva Ley de Adquisiciones. El C. Presidente, turna el punto de acuerdo a la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, y a la Comisión de Desarrollo Económico. Enseguida hace uso de la voz el diputado Gerardo Cortez Mendoza, para presentar Iniciativa de Decreto que Reforma el segundo párrafo del artículo 123 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California. EL C. Presidente, turna la Iniciativa a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Asimismo, el diputado Gerardo Cortez Mendoza, presenta también el siguiente Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que la Comisión Especial de Investigación de la problemática del riesgo e Impacto Ambiental, se avoque a la resolución del conflicto de la gasera ubicada en la ciudad de Tijuana, a fin de que se logre reubicar el total de sus instalaciones, en la zona ya destinada para tal efecto en Valle Redondo, en las afueras de la ciudad. SEGUNDO: Se exhorte al Ejecutivo del Estado, a efecto de que realice las acciones pertinentes a fin de lograr la reubicación total de las instalaciones de la compañía de gas de Tijuana, y asimismo para que emita un Decreto en el que se prohiba establecer desarrollos habitacionales a los alrededores de la nueva ubicación de la compañía de gas de Tijuana, en Valle Redondo, así también se establezca la prohibición de que se autorice la formación de unidades habitacionales a los alrededores de la compañía de gas silza, ubicada en el Florido Viejo, a un costado de la carretera libre Tijuana-Tecate, con el fin de evitar, se repita el problema actual. El C. Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la Comisión Especial que se ha encomendado por el Pleno para atender estos asuntos. Enseguida, hace uso de la Tribuna el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, para manifestar que en días pasados, se presentó una Solicitud de un Punto de Acuerdo, referente al problema que tienen algunas escuelas del Estado, para contratar los servicios de agua y drenaje, dicha solicitud se turnó a la Comisión de Fiscalización, de lo cual, solicita que ojalá en la próxima reunión se dictamine y se presente al Pleno. El C. Presidente, informa que dicho Punto de Acuerdo se turnó a la Comisión de Legislación y Estudios Hacendarios. Asimismo, el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, presenta el siguiente Punto de Acuerdo: UNICO: Que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja California, acuerde enviar atento oficio al C. Gobernador del Estado, solicitándole tenga a bien, considerar la emisión de un decreto para la condonación de las deudas que mantienen las escuelas públicas, por servicios de suministro de agua potable y exentarlas en el pago de dicho servicio. Asimismo, solicita la dispensa de trámite. Enseguida y no existiendo oradores en contra, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma nominal, la dispensa de trámite solicitada por el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, resultando aprobada con 20 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Enseguida y una vez aprobada la dispensa de trámite solicitada por el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta la votación en forma nominal, resultando aprobada con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Cortez Mendoza Jesús Gerardo, se abstiene de emitir su voto. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Punto de Acuerdo, presentado por el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el diputado Leopoldo Morán Díaz, para presentar el siguiente Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que esta Legislatura, por conducto de su mesa directiva, turne el texto íntegro de esta Iniciativa a la Secretaría de Salud del Estado, a efecto de que mediante una campaña de información, difunda ante las instituciones y personas que integran el sistema estatal de salud, el catálogo de medicamentos genéricos intercambiables, elaborado por el concejo de salubridad general y recomiende su uso, así como también fomente la aplicación de las reglas que el rubro de expedición y prescripción de medicamentos establece el reglamento de la Ley General de Salud, en materia de insumos para la salud. SEGUNDO.- Que la Secretaría de Salud, informe a la sociedad, sobre la distinción entre un medicamento genérico intercambiable y uno de los denominados similares. El C. presidente, turna el punto de Acuerdo a la Comisión de Salud y a la Presidencia. A continuación, la diputada Raquel Avilés Muñoz, hace uso de la Tribuna, para informar al Congreso, lo siguiente: Que mediante puntos de acuerdo Económico, aprobados por esta Soberanía en las sesiones plenarias de fecha 17 de julio y 25 de agosto del año en curso, se instruyó a la Secretaría a mi cargo para que procediera notificar a los ciudadanos Lic. Félix Herrera Esquivel, Jaime Rico Jiménez, María Esther Rentería Ibarra y José Luis Cebrero Samaniego, los dictámenes referidos y procediera a correrles traslado con las copias de las pruebas desahogadas, después de su comparecencia ante la comisión Especial, encargada de dictaminar su ratificación como Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de Baja California, así como de los anexos técnicos adjuntados a la opinión emitida por el concejo de la Judicatura del Estado y les requiriera para que dentro del término de quince días hábiles siguientes al de la notificación, presenten por escritos las manifestaciones que a su derecho convenga, respecto de tales probanzas, lo anterior en cumplimiento a las sentencias de amparo, dictadas por el ciudadano Juez Segundo Distrito en el Estado, dentro de los expedientes No. 438-2002-4, 516-2002, 1438-2002-4 y 331-2002-1 respectivamente en los que la justicia federal considero necesario que este Honorable Congreso, procediera a realizar tal actividad. Enseguida y de nueva cuenta la diputada Raquel Avilés Muñoz, presenta el siguiente Punto de Acuerdo, referente al mejoramiento de la infraestructura carretera del Puerto de San Felipe Baja California, beneficio para el turismo: PRIMERO.- Que esta Soberanía, solicite atentamente al Lic. Jaime Rafael Díaz Ochoa, Presidente Municipal del XVII Ayuntamiento de Mexicali, informe al pleno del Congreso, los programas y proyectos que tiene previstos, que impactarán directamente en el Puerto de San Felipe en septiembre 2003 y hasta terminar su administración, incluyendo la participación que tendrá en la ampliación a cuatro carriles de la carretera Mexicali-San Felipe. SEGUNDO.- Que esta Soberanía solicite atentamente al Lic. Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado de Baja California, informe cuales son las gestiones que se están realizando o se realizarán en los próximos meses, para obtener el presupuesto necesario por parte de la federación para la ampliación a cuatro carriles en la carretera Mexicali-San Felipe. El diputado Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales y a la Comisión de Turismo. A continuación, hace uso de la Tribuna el diputado Ismael Quintero Peña, para presentar el siguiente Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que la Comisión de Investigación Especial de la Problemática del Riesgo e Impacto Ambiental respecto a la Instalación de las Centrales Generadoras de Energía Eléctrica y las Plantas Almacenadoras de Gas Natural se divida en dos, separando los asuntos de las Termoeléctricas y las Regasificadoras, debido a la amplitud y diversidad que refieren sus temas, además que estos obedecen a problemática diferente. SEGUNDO.- Que se forme la Comisión específica para que realice el Estudio, Análisis, Evaluación y Seguimiento de las Plantas Regasificadoras de Gas Natural que se pretenden instalar en las Costas de Baja California, la cual sea presidida por el promovente de esta iniciativa. TERCERO: Que por la importancia y urgencia del asunto y conforme a los artículos 31 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y el 119 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, solicito ante esta Soberanía que la presente Iniciativa de Acuerdo Económico sea sometida al trámite de pronta y obvia resolución. Enseguida el diputado Presidente, designa al diputado Edmundo Salazar Acuña como Secretario de la Mesa Directiva. Enseguida y no existiendo oradores en contra, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma nominal, la dispensa de trámite solicitada por el diputado Ismael Quintero Peña, resultando aprobada con 15 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia. Y Votan en contra los diputados: Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Terrazas Silva Juan y Suárez Córdova Héctor Edgardo. La diputada Martín Navarro María Rosalba se abstiene de votar. Acto continuo, el diputado Presidente decreta un receso de quince minutos, siendo las quince horas con tres minutos, el cual lo solicita el diputado Everardo Ramos García y se reanuda la sesión, siendo las quince horas con nueve minutos. Enseguida el diputado Presidente, le solicita al diputado Secretario, proceda a pasar lista de asistencia y contestan de presentes los diputados: Zavala Márquez Catalino, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel,  Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Morán Díaz Leopoldo, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Una vez verificado el quórum el diputado Presidente, le solicita a la diputada Avilés Muñoz Raquel, haga el favor de tomar la Secretaría de la Mesa Directiva. A continuación y retomando el tema anterior, en una primera ronda de oradores a favor y en contra del punto de acuerdo presentado por el diputado Ismael Quintero Peña, el diputado Presidente, le cede el uso de la voz al diputado Catalino Zavala Márquez, para solicitar que se mantenga la Comisión Especial, y que en el tema de regasificadoras, presida el diputado Ismael Quintero Peña y en el tema de las Termoeléctricas y gaseras, presida el diputado Marcelino Hidalgo Silva. A continuación, hace uso de la voz sobre el mismo tema la diputada María Rosalba Martín Navarro, para hacer un llamado de los ciudadanos diputados, a la cordura, ya que manifiesta que estos trabajos los llevaba la Comisión de Ecología, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Asuntos Indígenas, la cual preside, asimismo la diputada manifiesta que le parece que formar dos comisiones para un mismo asunto, más la Comisión que ella preside, le parece que se está desvirtuando el trabajo y se suma a la idea de que exista una sola Comisión Especial. Enseguida y sobre el mismo tema, hace uso de la voz el diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz. A continuación el diputado Arturo Alvarado González, hace uso de la Tribuna, para manifestar que la Comisión que se formó, se formó fuera de lo que marca la ley Orgánica, porque no se constituyó en el pleno y cree que se le debe de dar la formalidad y validez como lo marca la ley, asimismo manifiesta que es muy delicado, porque no nada más es un problema ecológico, tiene que ver con desarrollo económico, con infraestructura portuaria y con una serie de cuestiones laborales. A continuación, hace uso de la Tribuna el diputado Ismael Quintero Peña para manifestar que está de acuerdo con lo expresado por el diputado Arturo Alvarado, asimismo también está de acuerdo con la propuesta del diputado Catalino Zavala Márquez. A continuación el diputado Presidente, hace una aclaración, respecto a la Iniciativa presentada por el diputado Hidalgo que se estableció y aprobó en este pleno, crear esa Comisión Especial y a propuesta de algunos diputados, se fueron anexando las comisiones respectivas. Enseguida y no existiendo más oradores en contra del Punto de Acuerdo, el diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma nominal, el punto de acuerdo presentado por el diputado Ismael Quintero Peña, con el adéndum presentado por el diputado Catalino Zavala Márquez, resultando aprobado con 15 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Salazar Castro Juan Manuel, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Acosta Fregozo Enrique, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Salazar Acuña Edmundo y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Registran su voto en contra los siguientes diputados: Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel. Posteriormente el Diputado Presidente declara aprobado el Punto de Acuerdo presentado por el Diputado Ismael Quintero Peña, con el adéndum presentado por el diputado Catalino Zavala Márquez, con 15 votos a favor, 8 votos en contra y 0 abstenciones. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida el diputado Presidente, manifiesta que una vez formadas las comisiones, la Presidencia los exhorta a que intercambien información. A continuación el diputado Presidente, decreta un receso de quince minutos, siendo las trece horas con veintidós minutos y se reanuda la sesión, siendo las trece horas con treinta y seis minutos; y enseguida el diputado Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia y contestan de presentes los siguientes diputados: Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. Acto seguido, el Diputado Presidente, de acuerdo al procedimiento ley, le solicita a la diputada Secretaria, proceda de nueva cuenta a verificar el quórum por segunda ocasión y contestan de presentes los siguientes diputados: Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Morán Díaz Leopoldo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. A continuación el diputado Presidente, decreta otro receso de diez minutos, el cual es solicitado por el diputado Arturo Alvarado González y secundado por la diputado Luz Argelia Paniagua Figueroa, siendo las quince horas con treinta y siete minutos y se reanuda la sesión siendo las quince horas con cincuenta minutos; acto continuo el diputado Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, proceda a verificar el quórum de manera visual y no existiendo quórum, el diputado Presidente, solicita de nueva cuenta se vuelva a verificar el quórum y en virtud de no existir el quórum para continuar con la sesión, el diputado Presidente cierra la Sesión, y cita a los ciudadanos Diputados integrantes de la Honorable XVII Legislatura del Estado para el día veintidós de septiembre a las once horas en este Recinto Oficial, también manifiesta que el día veintidós de septiembre se hará la toma de protesta al C. Magistrado designado; asimismo, procede a declarar formalmente levantada la presente Sesión siendo las quince horas con cincuenta y un minutos del día miércoles diecisiete de septiembre del año dos mil tres”.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, una vez aprobada el Acta se pasa al tercer punto, correspondencia recibida, en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada uno de los ciudadanos Diputados la relación de la correspondencia recibida, se solicita a los mismos la dispensa de la lectura, Diputada Secretaria sírvase efectuar la votación correspondiente, de manera económica.

- LA C. SECRETARIA: Sí, solicitamos a los compañeros Diputados manifestarse, manifestar el sentido de su votación de manera económica; hay mayoría Diputado Presidente.

“1.- OFICIO No. 1404 de fecha 10 Septiembre y recibido el  15 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del ejercicio fiscal 2003, aprobada a la Entidad Paraestatal denominada "Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California" (ISESALUD). (Se anexa 1 Carpeta).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  2.- OFICIO No. 1406 de fecha 10 Septiembre y recibido el  15 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la Entidad Paraestatal  denominada "Promotora para el Desarrollo de las Comunidades Rurales y Populares de Mexicali".

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  3.- OFICIO No. 1421 de fecha 11 Septiembre y recibido el 15 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la Quinta Modificación Programática del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la Entidad  denominada "Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, B.C."

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  4.- OFICIO No. 1423 de fecha 30 Agosto y recibido el  15 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Sexta Modificación Programática y Quinta Modificación  Presupuestal del ejercicio fiscal 2003 aprobada a la Entidad Paraestatal Comisión de Servicios Públicos de Tijuana, B.C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  5.- OFICIO No. 1425 de fecha 12 Septiembre y recibido el 15 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía la reprogramación del Programa Operativo Anual para el III y IV trimestre de 2003, de los siguientes ramos  06 Procuraduría General de Justicia, 10 Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, 12 Secretaría de Fomento Agropecuario, 18 Dirección de Registro Público de la Propiedad y del Comercio. y 21 Secretaría de Seguridad Pública, se anexan dos engargolados.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  6.- ESCRITO de fecha 12 Septiembre y recibido el  17 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Rentería Ibarra María Ester, Magistrado Numerario Del Tribunal Superior De Justicia, Mexicali, Baja California, mediante el cual solicita le sea notificada personalmente, respecto de la ratificación o no de la suscrita como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia, en el domicilio que aparece señalado en los autos del juicio de amparo No.- 551/2002. Anexa original con una copia certificada de queja No.- 31/2000.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES así como a la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS LEGISLATIVOS

- LA C. SECRETARIA:  7.- OFICIO No. 8077 de fecha 17 Septiembre y recibido el  17 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Arango Pérez José Felix, Secretario Del XVII Ayuntamiento De Mexicali, Mexicali, B.C., mediante el cual envía la certificación del Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de septiembre de 2003, mediante el cual se aprobaron transferencias y ampliación de partidas del Presupuesto de Egresos de las Entidades Paramunicipales del Municipio de Mexicali, Baja California para el ejercicio Fiscal 2003.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  8.- OFICIO No. 8078 de fecha 17 Septiembre y recibido el  17 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Arango Pérez José Felix, Secretario Del XVII Ayuntamiento De Mexicali, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura, copia certificada del Acuerdo de Cabildo de fecha once de septiembre de 2003, mediante el cual se aprobaron las Transferencias y Ampliación de Partidas en el Presupuesto de Egresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal del 2003.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO

- LA C. SECRETARIA:  9.- OFICIO No. 209/2003 de fecha 12 Septiembre y recibido el  17 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente Del Tribunal Superior De Justicia Y Del Consejo De La Judicatura Del Estado De, Mexicali, B.C., mediante el cual envía copia del punto de acuerdo de la reunión del H. Consejo de la Judicatura celebrada el día 9 del año en curso, mediante el cual se autoriza el envío a este H. Congreso la documentación complementaria correspondiente al presupuesto por programas de ese Poder Judicial. ( Un engargolado).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  10.- OFICIO No. 177-IX-03 de fecha 12 Septiembre y recibido el  18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Ramos Camacho Carlos, Subdirector Administrativo Y Financiero de La Cesptecate, Tecate, B.C., mediante el cual envía los Estados Financieros y Flujo de Efectivo correspondiente al 31 de agosto del 2003. Anexa un engargolado.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  11.- OFICIO No. 2423 de fecha 08 Septiembre y recibido el  18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Reyna De La Fuente Armando, Encargado De La Unidad De Control De Gestión Y Documentación, México, D.F., mediante el cual dan respuesta a oficio No.- 3114, por el cual se solicita la transferencia y concesión de la autopista Escénica Tijuana-Ensenada y del Tramo La Rumorosa- Tecate, informa que la documentación fue turnada  para su atención a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE ESTUDIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTO.

- LA C. SECRETARIA: 12.- OFICIO de fecha 19 Agosto y recibido el  18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso Del Estado De Coahuila De Zaragoza, Saltillo, Coahuila, mediante el cual anexa copia del acuerdo, relativo a solicitar al Instituto Estatal del Deporte, que en lo sucesivo restrinja la colocación y promoción de bebidas alcohólicas en los eventos deportivos infantiles que se lleven a cabo en el Estado.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LA JUVENTUD Y EL DEPORTE

- LA C. SECRETARIA:  13.- OFICIO No. 1431 de fecha 10 Septiembre y recibido el 18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual remite a esta Legislatura la 3ra. Modificación a la Estructura Programática para el Ejercicio Fiscal 2003, aprobada al Centro de Salud Mental del Estado de Baja California (CESAM).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  14.- OFICIO No. 1433 de fecha 09 Septiembre y recibido el  18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura, la documentación que ampara la Quinta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada al lnstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California. (ISSSTECALI).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA: 15.- ESCRITO de fecha 17 Septiembre y recibido el  18 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Armenta Zanabia Rubén Ernesto, Síndico Procurador Del XVII Ayuntamiento De Mexicali, Mexicali, Baja California, mediante el cual por instrucciones del  C. Presidente Municipal, da contestación al oficio No.- 3127, relativo  al Dictamen No.- 335 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES.

- LA C. SECRETARIA:  16.- OFICIO No. 3525 de fecha 18 Septiembre y recibido el  19 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Díaz Lerma Manuel, Secretario De Seguridad Publica del Estado de B.C., Mexicali, B.C., mediante el cual hace una atenta invitación a la reunión de acercamiento con Asociaciones Políticas, en la cual se mostrará el papel fundamental que desempeñan dentro de los avances del Programa de Cultura y Economía de la Legalidad en Baja California. El cual se llevará a cabo el próximo 22 de septiembre a las 15:00 horas en el Centro de Convenciones del Hotel Araiza Inn, ubicado en Blvd. Benito Juárez #2220 en esta Ciudad.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN

- LA C. SECRETARIA:  17.- OFICIO No. 1437 de fecha 08 Septiembre y recibido el  19 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de Planeación y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la Primera Modificación Programática del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la Administradora de la Vía Corta Tijuana - Tecate (ADMICARGA).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA: 18.- OFICIO No. 1439 de fecha 08 Septiembre y recibido el  19 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de Planeación y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 2003, aprobada a la Entidad denominada, Administradora de la Vía Corta Tijuana - Tecate (ADMICARGA)

PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  19.- OFICIO No. 7906 de fecha 17 Septiembre y recibido el  19 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Dr. Vera González Francisco, Secretario De Salud Del Estado De B.C., Mexicali, B.C., mediante el cual da respuesta al Oficio No.- 3262, enviando  información sobre los programas para la educación mental que brinda esa Secretaría: Programa Académico de Internado Rotatorio de Postgrado, Programa Académico para pasantes de Servicio Social del área de la Salud, Programas operativos (Académicos) para Residentes de Postgrado del Hospital General de Mexicali. Programas operativos (Académicos) para Residentes de Postgrado del Hospital General de Tijuana, Programa operativo (Académico para Residentes del Centro de Salud mental. Programa Académico en modalidad técnica de la Escuela de Enfermería del Hospital General de Mexicali. Programa Académico en modalidad Licenciatura de la Escuela de Enfermería del Hospital General de Mexicali,. Demandas de personal de la Enfermería y demanda de apoyos de Enfermeras para el Sector Salud. Apoyos presupuestales para la Escuela de Enfermería del  Hospital General. ANEXA NUEVE ENGARGOLADOS)

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

- LA C. SECRETARIA:  20.- ESCRITO de fecha 04 Septiembre y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Gutiérrez Vidal Javier, Coordinado Del Consejo Estatal De Fomento A Las Actividades De Bienestar Y Desarrollo Social, Mexicali, B.C., mediante el cual comunica que el 9 de mayo ppdo., fue publicado el Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Bienestar y Desarrollo Social para el Estado de B.C., en el Periódico Oficial, así mismo la integración del Consejo Estatal y ponerse a sus órdenes y ser consultador en la planeación, elaboración y promoción de los Políticas públicas en materia social que tenga contemplada realizar esta institución.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

- LA C. SECRETARIA:  21.- CIRCULAR No. 217 de fecha 08 Septiembre y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso del Estado de Guanajuato, Guanajuato, Gto., mediante el cual anexan dictamen y el cuadro aprobado en sesión, en el que esa Legislatura se  adhiere al Punto de Acuerdo de la Legislatura del Estado de San Luis Potosí, a efecto de solicitar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se reforme la Ley de Aguas Nacionales y al Titular del Poder Ejecutivo Federal, que implante políticas públicas encaminadas a la capacitación de productores agrícolas.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE REGIMEN INTERNO Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

- LA C. SECRETARIA:  22.- ESCRITO de fecha 03 Septiembre y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso Del Estado De Coahuila De Zaragoza, Saltillo, Coahuila, mediante el cual en sesión celebrada el 2 de septiembre del actual, envía Punto de Acuerdo presentado por la Dip. Mary Telma Guajardo Villarreal del Grupo Parlamentario del P.R.D., se solicita al Congreso de la Unión se sirva autorizar más recursos económicos tanto para el Instituto Mexicano del Seguro Social como para otras Instituciones Públicas de Salud Nacionales.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE SALUD, BIENESTAR SOCIAL  Y DESARROLLO  HUMANO.

- LA C. SECRETARIA:  23.- OFICIO No. 2208 de fecha 17 Junio y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso del Estado de Aguascalientes, Aguascalientes, Ags., mediante el cual remite un ejemplar del Diario de Debates, editado por esa H. Legislatura del Estado de Aguascalientes, el cual contiene la Memoria Legislativa correspondiente al Primer Período Ordinario y Primer Período Extraordinario de Sesiones, así como las actividades de la Diputación Permanente dentro del Primer Año del Ejercicio Constitucional.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE EL ENVÍO. así como a la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA.

- LA C. SECRETARIA:  24.- OFICIO No. 216/03 de fecha 18 Septiembre y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente Del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de La Judicatura del Estado de, B.C., mediante el cual envía Punto de Acuerdo 3.38 de la reunión de ese consejo celebrado el día 2 de septiembre del año en curso, en el que se autoriza se tramite ante esta representación, aviso de transferencia de recursos de la partida 10136 "Reserva para incremento al sueldo de personal de base", del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial por la Cantidad de $ 1´671,802.00  M.N.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  25.- OFICIO No. 217/03 de fecha 18 Septiembre y recibido el  22 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia Y del Consejo de la Judicatura del Estado de, Mexicali, B.C., mediante el cual envía Punto de Acuerdo 3.39 de la reunión de ese Consejo celebrada el día 02 de septiembre del año en curso, mediante el cual se autoriza que se tramite ante esta representación, aviso de transferencia de recursos de partida 10236 "Reserva para incremento en sueldos al personal de confianza", del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial por la cantidad de $ 6´347.643.00 M.N.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  26.- INVITACION de fecha 23 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Ayuntamiento De Mexicali, Mexicali, mediante el cual el Patronato de las Fiestas del Sol y el XVII Ayuntamiento de Mexicali, invitan a la CEREMONIA DE INAUGURACION DE LAS FIESTAS DEL SOL 2003 CENTENARIO DE MEXICALI, evento que se llevará a cabo el 26 de septiembre a las 19:00 horas, en la explanada del acceso principal al FEX ( por Río Nuevo).

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.

- LA C. SECRETARIA:  27.- OFICIO de fecha 03 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso Del Estado De San Luis Potosí, San Luis, Potosí, mediante el cual con motivo a la culminación de las actividades de esa Legislatura, el Instituto de Investigaciones Legislativas envía los textos ORGANIZACIONES Y FUNCIONES, EVOLUCION DEL MARCO JURIDICO DEL PODER LEGISLATIVO Y LA INSTALACION DEL CONGRESO todos del Congreso del Estado de San Luis Potosí.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE EL ENVÍO. así como a la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA

- LA C. SECRETARIA:  28.- OFICIO No. 196/2003 de fecha 17 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Salazar Centeno Gerardo, Director De Relaciones Publicas Del Gobierno Del Estado., Mexicali, B.C., mediante el cual hacen una atenta invitación,  para formar parte del Presidium en el evento de celebración del "182 ANIVERSARIO DE LA CONSUMACION DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO", el día 27 de Septiembre en punto de las 9:00 horas en la explanada Municipal de esta ciudad.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.

- LA C. SECRETARIA:  29.- OFICIO No. 196/2003 de fecha 18 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Salazar Zenteno Gerardo, Director De Relaciones Publicas Del Gobierno Del Estado., Mexicali, B.C., mediante el cual hacen una atenta invitación para formar parte del Presidium en el evento de celebración del "238 ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE JOSE MARIA MORELOS Y PAVON", el día 30 de Septiembre, en punto de las 9:00 horas en la Escuela Primaria José María Morelos y Pavón.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.

- LA C. SECRETARIA: 30.- INVITACION de fecha 23 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Tagliapietra Nassri Sergio, Secretario De Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de B.C., mediante el cual el gobierno del Estado de B.C., por conducto de la Secretaría de Desarrollo Económico y la Secretaría de Economía, en coordinación con los Gobiernos Estatales de B.C. Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora, tienen el honor de invitarle para que asista y participe durante la SEMANA PYME REGIONAL que se llevará a cabo los días 5, 6 y 7 de noviembre del presente año, en el Gran Hotel de la ciudad de Tijuana, B.C.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.

- LA C. SECRETARIA: 31.- COPIA OFICIO No. 456/2003 de fecha 23 Septiembre y recibido el  23 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Solís Benavides Javier Lázaro, Director General del Instituto Estatal Electora., Mexicali, B.C., dirigido al Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de B.C., en el que se dirige con el propósito de reiterar la solicitud de ampliación presupuestal que mediante oficios números DGIEE/039/03 y DGIEE/321/03, le presentamos en fechas 29 de enero y 17 de junio del presente año.

PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  32.- OFICIO No. 1449 de fecha 18 Septiembre y recibido el  24 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de Planeación y Finanzas, Mexicali, B.C., en el que remite a esta H. Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 2003 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Consejo Estatal de Población de Baja California.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA: 33.- OFICIO No. DG-655/03 de fecha 15 Septiembre y recibido el  24 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Jiménez Payan José Carlos, Director General Del Colegios De Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de B.C.,  en el que envía Estados Financieros, Avances Programáticos y Avances Presupuestales al mes de Agosto del 2003, del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Baja California. (CECYTE)  Anexan 2 engargolados

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO así como a la COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.

- LA C. SECRETARIA:  34.- ESCRITO de fecha 12 Septiembre y recibido el  24 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Angeles Chacón Olympia, Magistrada, Mexicali, Baja California, en el que solicita el inicio de procedimiento para obtener la declaración de procedencia a fin de proceder penalmente en contral del Licenciado Eleazar Félix Verástegui galicia.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS LEGISLATIVOS.

- LA C. SECRETARIA:  35.- INVITACION de fecha 25 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Gobierno Del Estado, Mexicali, B.C., en el que le hacen una atenta invitación al arranque de la GIRA ESTATAL DE PREVENCION DEL DELITO 2003, a celebrarse el próximo 29 de septiembre, en punto de las 10:00 a.m. en la Explanada de la Casa Municipal de esta Ciudad.

- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACION

- LA C. SECRETARIA:  36.- ESCRITO de fecha 17 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Cárdenas Briseño María Erika, Coordinador de Difusión Cultural, Mexicali, B.C., mediante el cual solicita el patrocinio del Congreso del Estado de B.C., para la conformación y enriquecimiento de la Videoteca Jurídica de la Facultad de Derecho Mexicali, con la donación de material Videográfico Jurídico especializado o diversos en cualquier tipo de formato (VHS, CD, DVD,ETC.) que sirva de apoyo en la formación académica de los estudiantes.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la OFICIALIA MAYOR

- LA C. SECRETARIA: 37.- CIRCULAR No. 32/03 de fecha 13 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)  Congreso del Estado de Mérida, Yucatán, mediante el cual se comunica la elección del Presidente el Dip. Luis Armando Ríos Díaz, como Presidente de la Gran Comisión de la LVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Yucatán, quien durará en el cargo hasta concluir el Período Constitucional.

- EL C. PRESIDENTE: NOS DAMOS POR ENTERADOS. así como a la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA.

- LA C. SECRETARIA:  38.- OFICIO No. 5035 de fecha 23 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Islas León Guillermo Bernardo, Secretario Fedatario del H. Ayuntamiento de Ensenada, B.C., mediante el cual envía Acuerdo de Cabildo de fecha 9 de septiembre del año en curso, en el que se aprobaron las opiniones jurídicas de este H. Ayuntamiento, en relación a la Iniciativa de Reforma a los Artículos 27, Fracción III, Capítulo IV, 38 y 39 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; así mismo la Reforma de los Artículos 7 y 9 Fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.  

- EL C. PRESIDENTE: AGREGUESE AL EXPEDIENTE YA EXISTENTE así como a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES.

- LA C. SECRETARIA:  39.- OFICIO No. 9096 de fecha 15 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Martínez Aguirre Bernardo H., Secretario General de Gobierno, Mexicali, B.C., mediante el cual envían a consideración a esta Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto mediante el cual se autoriza la desincorporación del dominio público del Estado y su incorporación al dominio privado del mismo, el lote número 3 de la manzana número 21, del fraccionamiento El Descanso, en el Municipio de Tecate, Baja California.  Anexan expediente con documentación

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

- LA C. SECRETARIA:  40.- ESCRITO de fecha 19 Septiembre y recibido el  25 Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Cruz Carmona Isaías, Director De La Escuela Secundaria Técnica #34, Tijuana, Baja California., en el que solicita la intervención de este Congreso ante la instancias correspondientes, a fin de que a brevedad se programe y ejecute la introducción de la red de Drenaje en la Zona del Cañón del Sáinz, Colonias San Luis Norte/Sur y Emiliano Zapata de la Ciudad de Tijuana.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE DESARROLLO URBANO

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se hace constar la presencia del Diputado Juan Manuel Salazar Castro. Una vez aprobada la dispensa de la lectura, se pasa al cuarto punto del orden del día, correspondencia despachada, en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada uno de los ciudadanos Diputados la relación de la correspondencia despachada, se solicita a los mismos la dispensa de la lectura, Diputada Secretaria sírvase efectuar la votación correspondiente de manera económica.

- LA C. SECRETARIA: Sí, le solicitamos a los compañeros Diputados que estén a favor, que se sirvan manifestar en votación económica; sí hay mayoría Diputado Presidente.

Oficios dirigidos al Lic. Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado de Baja California, para su debida publicación en el Periódico Oficial del Estado: Oficio Nº 3411, Acuerdo Nº 128.- Cuentas Públicas del Poder Judicial del Estado de Baja California. Oficio Nº 3413     Acuerdo Nº 129.- Cuentas Públicas del Comité de Turismo y Convenciones de Rosarito. Oficio Nº 3412 Acuerdo Nº 130.- Cuentas Públicas del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Baja California. Oficio Nº 3423 Decreto Nº 210.- Se desincorpora del dominio Público del Estado e Incorpora el dominio privado del mismo, los Lotes únicos de las Manzanas número 02 y 04 de la Colonia Popular General Mariano Matamoros del Municipio de Ensenada, B.C. Oficio Nº 3421, Decreto Nº 211.- Mediante el cual se desincorpora del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado para incorporarse al dominio privado del mismo, el lote de terreno identificado como fracción restante del Predio Rústico denominado La Reforma  ubicado en la Delegación Maneaderos del Municipio de Ensenada, Baja California.  Oficio Nº 3420,   Decreto No 212.-  Mediante el cual se Reforma a los Artículos 254 y 255 de la Ley Orgánica  del Poder Judicial del Estado de Baja California. Oficio Nº 3449, Decreto No 214.-  Mediante el cual se Reforma el Art. 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. Oficio Nº 3422 de fecha 17 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Lic. Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado, mediante el cual se le envía Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en el cual se le solicita expida el reglamento de la Ley de Asistencia Social del Estado de Baja  California, y que para por su conducto se instruya a las Secretarías contempladas en los transitorios de la Ley de Asistencia Social a fin de que realice las acciones que sean pertinentes para dar cumplimiento a lo previsto en el ordenamiento. (Con lo anterior se da cumplimiento al Dictamen Nº 342 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aprobado en Sesión Ordinaria del día 17 de septiembre 2003). Oficio No. 3424 de fecha 17 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Lic. Eugenio Elorduy Walther,  Gobernador del Estado, mediante el cual se le solicita tenga a bien considerar la emisión de un Decreto para la condonación de las deudas que mantienen las Escuelas Públicas por servicios de suministro de agua potable y exentarlas en el pago de dicho servicio. Oficio Nº 3409 de fecha 19 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al C. Fidel Corvera Quiñones, Diputado Suplente, mediante el cual se le cita para el día lunes 29 de septiembre a las 11:00 horas en el Recinto Oficial de este H. Poder Legislativo, a fin de proceder a la Toma de Protesta de Ley correspondiente. Oficio Nº 3426 de fecha 18 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al C.P. Martín Domínguez Chiu, Síndico Procurador del H. XVII Ayuntamiento de Tijuana, mediante el cual se le envía copia certificada del Dictamen No. 47 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, respecto a las Cuentas Públicas del Sistema del Instituto Municipal del Deporte de Tijuana, correspondiente al ejercicio fiscal 2001, así como Acta de Sesión Ordinaria celebrada por la H. XVII Legislatura Constitucional del Estado los días 25 y 26 de agosto del año en curso. Oficio Nº 3425 de fecha 18 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al C.P. Abelardo Antillón Macías, Síndico Procurador del H. XVII Ayuntamiento de Ensenada, mediante el cual se le envía copia Certificada del Acta de Sesión Ordinaria celebrada los días 25 y 26 de septiembre del año en curso, así como Dictámenes  de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, 48 referente a las Cuentas Públicas del Instituto Municipal del Deporte y Recreación de Ensenada, B.C. por el Ejercicio Fiscal 2001,  y 50  referente a las Cuentas Públicas del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada, B.C. por el Ejercicio Fiscal del 2001. Oficio Nº 3410 de fecha 18 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Mgdo. Lic. José Palomino Castrejón, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de B.C., mediante el cual se le comunica que en Sesión Ordinaria celebrada el 17 de septiembre del año en curso, se acordó la ratificación del Lic. Víctor Manuel Vázquez Fernández, en el cargo de Magistrado Numerario de ese Tribunal. Oficio de fecha 18 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Lic. Víctor Manuel Vázquez Fernández, mediante el cual se le comunica su ratificación como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de B.C., citándosele para el día 29 de septiembre, a las 11:30 horas en este Congreso para la toma de protesta correspondiente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, tanto la correspondencia recibida como la despachada se pone a disposición de los ciudadanos Diputados. Bien, se pasa al quinto punto del orden del día, Informe de Comisiones para Actos Especiales, en virtud de que esta Presidencia no recibió informe alguno, se pasa al siguiente punto del orden del día, Informes o Dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes, Diputado Gerardo Cortez.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso Diputado Presidente, la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto presenta a consideración de la Honorable Asamblea Dictamen No. 40, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 883 mil 129 pesos que modifica el presupuesto a la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por el Diputado Arturo Alvarado. Dictamen No. 41, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2003 por la cantidad de 1 millón de pesos, que modifica el presupuesto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, que también será leído por el Diputado Arturo Alvarado. Dictamen No. 43, Iniciativa de Acuerdo Económico para que el Pleno acorde enviar oficio al Gobernador del Estado, solicitándole emita un Decreto para exentar a las Instituciones de Educación Pública Estatal el pago de los derechos de conexión de agua potable y drenaje, mismo que será leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho. Dictamen No. 44, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos del Estado, por el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 4 millones 226 mil 237 pesos que modifica el ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho. Dictamen No. 45, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe transferencia de partidas al presupuesto de egresos del Estado, por el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 3 millones de pesos que modifica el presupuesto asignado a la Secretaría de Seguridad Pública, mismo que será leído por el Diputado Francisco Rueda. Dictamen No. 46, solicitud de autorización para que el Poder Judicial efectúe ampliación de partidas a su presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 19 millones 500 mil pesos, mismo que será leído también por el Diputado Francisco Rueda. Dictamen No. 47, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe transferencias de partidas al presupuesto de egresos del Estado, para el ejercicio 2003 que modifica el presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, por la cantidad de 798 mil 788 pesos, que será leído por un servidor. Dictamen No. 48, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos, por la cantidad de 1 millón 446 mil 382 pesos, que modifica el presupuesto asignado a la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por un servidor. Y el Dictamen No. 49, es una solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe transferencias de partidas al presupuesto de egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 2 millones 973 mil 089 pesos, que modifica el presupuesto asignado a la Secretaría de Seguridad Pública, mismo que será leído por un servidor. Es cuanto, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 40 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuestos, el Diputado Arturo Alvarado González.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Buenos días, con el permiso de la Mesa Directiva, Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, Dictamen No. 40. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1256 recibido en el Congreso del Estado el día 15 de agosto del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 883,129 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se pretende ampliar los recursos a las partidas presupuestales 10301 Sueldos Tabulares al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 498,941, 10302 Erogaciones Adicionales al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 164,095, 10306 Gratificación de Fin de Año al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 113,729, 10307 Canasta Básica al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 19’340, 10308 Bono de Transporte al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 17,624 y 10332 Cuotas Patronales ISSSTECALI al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 69,400, todas del Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado establece en su oficio de solicitud, que derivado de la firma de los Anexos 3 y 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia
Fiscal Federal que celebraron el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Estado de Baja California que entró en vigor el día 1ero. de enero de 1997, se amplían al Gobierno del Estado las facultades de recaudación por concepto de cobro de impuestos federales en materia de Contribuyentes del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), contribuyentes del Régimen Intermedio y contribuyentes del 5% del pago sobre la utilidad en venta de bienes inmuebles de personas físicas; por lo que se amplía la base de contribuyentes atendidos en las recaudaciones, así como el trabajo de control del Padrón Fiscal que representan dichos contribuyentes, por lo que se hace necesario ampliar el presupuesto de egresos con la finalidad de crear 20 plazas de Analista Técnico, para ser asignados a la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que los Anexos 3 y 7 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, fueron publicados el 16 de abril del 2003 en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que mediante modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigentes a partir del 1 de enero del 2003, el H. Congreso de la Unión estimó conveniente establecer en el artículo 139 que en el régimen de pequeños contribuyentes, éstos puedan efectuar los pagos del impuesto en las entidades federativas donde obtengan sus ingresos, siempre que dichas entidades celebren convenio de coordinación para administrar dicho impuesto. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Primera del Anexo 3 en comento, el Estado ejercerá funciones operativas de administración de los ingresos derivados del Impuesto sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los denominados “pequeños contribuyentes”; por lo que para la administración de los ingresos el Estado ejercerá las funciones administrativas de verificación para la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, recaudación, comprobación, determinación y cobro en los términos de la legislación federal aplicable y conforme a lo dispuesto en las cláusulas de dicho Anexo 3. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Décima Primera del Anexo 3, se establece que el Estado percibirá como incentivo por la realización de las funciones operativas de administración de ingresos materia de este Anexo, el 100% de la recaudación correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, su actualización, recargos, multas, honorarios por notificación, gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, aplicable a los contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que mediante modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigentes a partir del 1 de enero de 2003, el H. Congreso de la Unión estimó conveniente establecer que los contribuyentes que tributen en el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales, efectúen un pago mensual a la tasa del 5% aplicable a la utilidad fiscal determinada de conformidad con el Artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El referido pago se entera ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa donde los contribuyentes obtengan sus ingresos sin que dicho pago mensual les genere una carga adicional, en virtud de que éstos podrán acreditar dicho impuesto contra los pagos provisionales determinados en el mismo mes de conformidad con el propio Artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que el H. Congreso de la Unión consideró procedente establecer que los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, efectúen un pago por cada enajenación, aplicando la tasa del 5% sobre la ganancia obtenida en los términos del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en las oficinas de las Entidades Federativas. Dicho pago será acreditable contra el pago provisional que se efectúe en los términos del Artículo 154 de la Ley, con lo cual no se genera carga adicional alguna a los contribuyentes. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Primera del Anexo 7 al Convenio de Colaboración señalado en considerandos  anteriores, el Estado ejercerá las funciones operativas de administración de los ingresos generados en su territorio derivados del Impuesto sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos del Artículo 136-Bis, de la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, dentro del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales; así como de los contribuyentes que tributen en los términos del Artículo 154-Bis, del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con los ingresos por la ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de la circunscripción territorial del Estado; por lo que para la administración de los ingresos en comento, el Estado ejercerá las funciones administrativas de recaudación, comprobación, determinación y cobro en los términos de la legislación federal aplicable y conforme a lo dispuesto en las Cláusulas del citado Anexo. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Novena del Anexo 7, el Estado percibirá como incentivo por la realización de las funciones operativas de administración de ingresos materia de este Anexo, el 100% de los pagos del impuesto, su actualización, recargos, multas, honorarios por notificación, gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, que realicen los contribuyentes de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 136-Bis y 154-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas considera que derivado de los Anexos 3 y 7 anteriormente descritos, se incrementará de manera considerable el trabajo en la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Planeación y Finanzas, motivo por el cual se pretende la creación de 20 plazas de Analista Técnico, para hacer frente a las obligaciones contenidas en los anexos antes referidos. CONSIDERANDO.- Que según la información proporcionada por la Secretaría de Planeación y Finanzas la plaza de Analista Técnico tendrá las siguientes funciones: 1.- Controlar el padrón de contribuyentes de Impuestos sobre la Renta; 2.- Registrar, empadronar y verificar el correcto cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta; 3.- Vigilar la aplicación correspondiente del procedimiento administrativo de ejecución de los contribuyentes de Impuestos sobre la Renta en REPECOS, intermedios y bienes inmuebles; y 4.- Emitir reportes e informes y estadísticas en general de la situación fiscal de los contribuyentes de Impuestos sobre la Renta en repecos, intermedios y bienes inmuebles. CONSIDERANDO.- Que el período de contratación previsto en la presente solicitud de ampliación comprende 5 meses, del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2003, lo cual se estima tendrá un costo de $ 866,232, sin embargo, considerando que el mes de agosto ya transcurrió, se corroboró con la Secretaría de Planeación y Finanzas que el período de contratación se ajustará, disminuyéndose en consecuencia a 4 meses, de septiembre a diciembre del presente año, por lo que al realizarse nuevamente los cálculos para determinar el costo de las 20 plazas se determinó una reducción de $ 173,247, por lo que se ajusta a la baja del monto de la modificación presupuestal de $ 866,232 para quedar en $ 692,985, en consecuencia las partidas presupuestales se ampliarán por los importes siguientes: 10301 por $ 399,153, 10302 por $ 142,216, 10306 por $ 66,525, 10307 por $ 15,472, 10308 por $ 14,099 y 10332 por $ 55,520. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación presupuestal, se propone utilizar recursos de fuentes propias adicionales a los presupuestados, lo cual consta en la información financiera generada por la propia Secretaría, misma que se encuentra en los archivos de la Contaduría Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1159/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 692,985 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas en las siguientes partidas:

PARTIDA

 

AMPLIACION

 

 

 

10301

Sueldos Tabulares al Personal por Tiempo y Obra Determinada

 $  399,153

10302

Erogaciones Adicionales al Personal por Tiempo y Obra Determinada

    142,216

10306

Gratificación de Fin de Año al Personal por Tiempo y Obra Determinada

     66,525

10307

Canasta Básica al Personal por Tiempo y Obra Determinada

     15,472

10308

Bono de Transporte al Personal por Tiempo y Obra Determinada

     14,099

 10332

Cuotas Patronales ISSSTECALI al Personal por Tiempo y Obra Determinada

     55,520

 

 

 $  692,985

 

 

 

- Se aprobó una cantidad menor a la que se está pidiendo por el hecho de que ya transcurrió algún tiempo y no fue utilizado, no iba a ser utilizado ese recurso al momento de que fue dictaminado- DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firman los integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto”.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 40 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, Diputada Secretaria sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, se solicita a los compañeros Diputados que manifiesten el sentido de su voto de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Fidel Corvera, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Morán Díaz, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez Jacobo, a favor.

- Rueda, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar?

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar?

- Luévano Ruiz, a favor.

- LA C. SECRETARIA: La votación por la Mesa Directiva.

- Rosalba Martín, a favor.

- Avilés, a favor.

- Suárez, abstención.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 17 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 17 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, se declara aprobado el Dictamen No. 40  de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el Dictamen 41 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Arturo Alvarado.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Nuevamente, con el permiso de la Mesa Directiva. Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, Dictamen No. 41. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 0896 recibido en el Congreso del Estado el día 20 de junio del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’000,000 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se creará la partida presupuestal 30305 Honorarios por Auditoría por un monto de $ 1’000,000, afectándose el código programático 07-10-361-30305. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30305 Honorarios por Auditorías se afecta por las asignaciones destinadas a cubrir el pago a terceros por la prestación de servicios profesionales por concepto de todo tipo de auditoría como auditorías de estados financieros. CONSIDERANDO.- Que la Dirección de Egresos del Estado mediante oficio 00913 del día 2 de junio del 2003 solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización para ampliar su presupuesto en $ 1’000,000 para afectar el código programático 07-10-361-30305, con el propósito de contratar los servicios de Contador Público Independiente con el fin de cumplir con los compromisos derivados de la firma del Contrato de Crédito celebrado por el Gobierno de Estado y por la Corporación Financiera de América del Norte, S.A. de C.V., para la creación del Programa Integral de Pavimentación y Calidad del Aire (PIPCA), el cual tiene como objetivo aumentar la cobertura de pavimentación en el Estado del 60% al 80% para el año 2007, estableciéndose en la Cláusula Décima Tercera, numeral 12, la obligación de la entrega de los Estados Financieros del Gobierno del Estado del ejercicio fiscal anterior dictaminados por un contador público independiente. CONSIDERANDO.- Que en Sesión de Pleno del Congreso del Estado celebrada el 15 de abril del presente año se expidió el Decreto No. 165 que fue publicado el 25 de abril del 2003, en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, en el cual se establece en su Artículo Primero que se autoriza a la Junta de Urbanización del Estado, para que realice las gestiones administrativas y financieras necesarias para acudir al Sistema Financiero Mexicano, a fin de obtener financiamiento hasta por la cantidad de $ 1,085’000,000 (MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), más los conceptos adicionales que se generen por intereses de cualquier tipo, comisiones y demás accesorios financieros, derivados por la apertura y disposición del financiamiento, incluyendo el impuesto al valor agregado; a través de una o varias líneas de crédito contratadas durante el presente año y hasta el año 2007, para llevar a cabo el Programa Integral de Pavimentación y Calidad del Aire. CONSIDERANDO.- Que en el Artículo Tercero del Decreto mencionado en el Considerando que antecede, se autoriza al Ejecutivo del Estado, para que acuda directamente al Sistema Financiero Mexicano, a fin de gestionar la obtención del referido financiamiento en los términos que precisa el Artículo Primero de este Decreto, o bien con este mismo fin, emita títulos de deuda pública pagaderos en moneda nacional, hasta por el mismo importe y conceptos. CONSIDERANDO.- Que el Programa Integral de Pavimentación y Calidad del Aire (PIPCA) tiene como objetivo el elevar el nivel de vida de los habitantes de las principales ciudades del Estado, mediante un programa de pavimentación, con la participación de ellos mismos y de los tres órdenes de gobierno, abatiendo el rezago de pavimentación existente hasta alcanzar cuando menos el 80% de cobertura, disminuyendo además las emisiones de polvo al medio ambiente contribuyendo así a mejorar la salud de los bajacalifornianos. CONSIDERANDO.- Que para financiar la etapa inicial del PIPCA, el 15 de agosto del 2003 el Gobierno del Estado de Baja California y la Corporación Financiera de América del Norte, S.A. de C.V celebraron el Contrato de Crédito No. COFIDAN 10-81/03, para el financiamiento parcial del Programa Integral de Pavimentación y Calidad del Aire (PIPCA), otorgándose un crédito hasta por la cantidad principal de $ 276’200,000.00. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Decimatercera numeral 12 del Contrato de Crédito mencionado, se establece que el Estado se compromete a entregar a COFIDAN a más tardar 180 días después del final de cada ejercicio fiscal, iniciando con el ejercicio fiscal de 2003, una copia de los estados financieros del ejercicio fiscal anterior, auditados por un Contador Público Independiente, preparados de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en México para Entidades del Sector Público (PCGA) y firmados por el funcionario autorizado correspondiente. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se verán afectados los programas, por lo cual la Dirección de Contabilidad agregará una actividad programática en cuanto a la atención a los Auditores en los meses de octubre del 2003 a marzo del 2004, a efectos de proporcionar la información necesaria para el dictamen de los Estados Financieros correspondientes. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación presupuestal, se propone utilizar recursos de fuentes propias adicionales a los presupuestados, lo cual consta en la información financiera generada por la propia Secretaría, misma que se encuentra en los archivos de la Contaduría Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la cual fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1156/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’000,000 (UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas, para crear la partida presupuestal 30305 Honorarios por Auditoría. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firman los integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto”.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, bien que a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 41 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, Diputada Secretaria sírvase  levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Sí, con mucho gusto, solicitamos a nuestros compañeros Diputados se sirvan manifestar el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Fidel Corvera, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Morán Díaz, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez Jacobo, a favor.

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Avilés, a favor.

- Suárez, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Se hace constar la presencia del Diputado Juan Terrazas para que pueda contar su voto, ciudadano Diputado, su voto.

- Terrazas Silva, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 19 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, se declara aprobado el Dictamen No. 41 de la Comisión de Estudios  Hacendarios y Presupuesto, con 19 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 43 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Nicolás Osuna.

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Buenos días, con su venia Diputado Presidente, compañeras, compañeros. La Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, les presentamos el Dictamen No. 43. “Honorable Asamblea:  Recibió esta Comisión para su análisis, estudio, dictamen y aprobación en su caso, Iniciativa de Acuerdo Económico, presentada por el C. Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), relativa a que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja California, solicite al Ejecutivo del Estado considerar la emisión de un Decreto, para la exención de los derechos de conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario sobre los terrenos destinados o que ocupan las Instituciones de Educación Pública que imparta el Estado. CONSIDERANDO.- Que en Sesión Ordinaria de Pleno del Congreso del Estado celebrada el 13 de mayo del año en curso, el C. Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, de conformidad con lo establecido por los Artículos 110 fracción III, 114 y 115 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentó Iniciativa de Acuerdo Económico que consigna “Que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja California acuerde enviar atento oficio al C. Gobernador del Estado, solicitándole tenga a bien considerar la emisión de un decreto, para la exención en el pago de conexión de servicios públicos de agua y drenaje a las instituciones de educación pública que imparta el Estado”. CONSIDERANDO.- Que el pago por la conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario encuadran en términos técnicos legales en las contribuciones por derechos, esto de acuerdo con lo establecido en el Artículo 157 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que los derechos por los servicios que prestan las Comisiones Estatales de Servicios Públicos se causan y pagan de conformidad con las tasas, cuotas y tarifas que se establecen en la Ley de Ingresos del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que de acuerdo a la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio 2003, en su Título Cuarto correspondiente a Derechos, particularmente en el Artículo 11, Sección I, inciso D, numeral 6, correspondiente al Municipio de Mexicali, se establece que el pago por Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario que le corresponden a los terrenos de propiedad gubernamental estarán exentos los destinados a escuelas; misma situación se contempla en el Municipio de Tijuana y Playas de Rosarito, según lo indica el mismo Artículo  11, en su Sección III, inciso C, numeral 6. CONSIDERANDO.- Que en cuanto al Municipio de Ensenada el Artículo 11 mencionado en el considerando anterior, en su Sección II, inciso D, numeral 5, inciso c) del mismo numeral, establece que en el caso de las escuelas y universidades públicas y privadas, la necesidad de abasto de agua e infraestructura, se determinará considerando 60 litros por alumno-día, agregando al personal docente, administrativo y de mantenimiento, adicionalmente a esta demanda se sumará la de instalaciones deportivas y áreas verdes. Así mismo que de conformidad con los Artículos 21 y 65 del Reglamento de Fraccionamientos del Estado tratándose de los apartados de este inciso, los dueños de los fraccionamientos, serán los obligados al pago de los derechos correspondientes para la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. CONSIDERANDO.- Que en cuanto al Municipio de Tecate el Artículo 11 en comento consigna en su Sección IV, inciso C, numeral 6, que los terrenos de propiedad gubernamental, sin excepción alguna, realizarán el pago por derechos de conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario; de la misma manera se indica que tratándose de los apartados de este inciso los dueños de los fraccionamientos y desarrollos, serán los obligados al pago de los derechos correspondientes para la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. CONSIDERANDO.- Que el Gobierno del Estado y el Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California (ISEP) son los obligados a pagar directamente los derechos de conexión al sistema de agua potable y alcantarillado sanitario, los derechos por las obras de introducción de redes, así como los derechos por consumo de agua, sobre los inmuebles destinados a los planteles escolares del sistema educativo estatal. CONSIDERANDO.- Que la Iniciativa promovida por el C. Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, evidentemente tiene una justificación social destacada, sin embargo es improcedente el fundamento y los términos en que fue planteada, debido principalmente a que la exención en los Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, en tratándose de terrenos gubernamentales destinados o que ocupen las instituciones de educación pública, se encuentra prevista en la Ley de Ingresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal 2003, en el apartado de los Derechos por los servicios que prestan las Comisiones Estatales de Servicios Públicos de Mexicali y Tijuana, en tanto que en lo relativo a los servicios que prestan las Comisiones Estatales de Ensenada y Tecate no se preveen exenciones, toda vez que los dueños de los fraccionamientos, desarrollos y terrenos, son los obligados al pago de los derechos correspondientes. CONSIDERANDO.- Que con la finalidad de que las contribuciones estatales a pagar por el sistema educativo estatal en los diversos Municipios del Estado se desarrollen en un clima de igualdad, equidad y proporcionalidad, debe ampliarse este beneficio fiscal a los derechos que prestan las Comisiones Estatales de Servicios Públicos de Ensenada y de Tecate, a efecto de darle el mismo tratamiento fiscal en todos los municipios, por lo cual es viable se promueva Iniciativa que reforma al Artículo 11, Sección II, inciso D), Punto 5, inciso c), penúltimo párrafo; y Sección IV, inciso C), punto 6, a efecto de que los terrenos destinados a instituciones de educación pública se exenten del pago de los Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio, la Comisión de Hacienda y Administración, solicitó al órgano de fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto, misma que fue vertida en términos de improcedencia mediante oficio DRE/1143/2003. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los Artículos 55, 61 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: ÚNICO.- No se aprueba la Iniciativa de Acuerdo Económico, relativa a solicitar al Ejecutivo del Estado considerar la emisión de un decreto, para la exención de los derechos de conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario sobre los terrenos destinados o que ocupen las instituciones de educación pública que imparta el Estado. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los dieciocho días del mes de septiembre del dos mil tres”. Es cuanto, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, bien, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 43, tiene el uso de la voz en contra de la resolución del Dictamen el Diputado Catalino Zavala.

- EL C. DIP. ZAVALA MARQUEZ: Cuando fue presentada esta Iniciativa por el Diputado Ferreiro, un servidor simpatizó con la misma y consideramos que no sólo cubría un aspecto de apoyo a las instituciones educativas, sino que también permitiría un aspecto de ahorro económico que pudiese destinarse a mejorar la infraestructura de dichas instituciones y evitar de alguna manera las llamadas cuotas o aportaciones de los padres de familia. En ese contexto se … que es facultad del Ejecutivo el establecer los acuerdos necesarios para exentar del pago en el caso de créditos fiscales de esta naturaleza. Si bien es cierto que existen en las diversas Leyes de Ingresos de las Comisiones Estatales en cada uno de los Municipios que establecen el pago, también es cierto que la legislación fiscal establece las facultades del Ejecutivo para eximir de dichos pagos bajo estas circunstancias, más tratándose de recursos que pueden significar apoyo al bolsillo de los padres de familia o apoyo a los centros educativos. Hay diversos Centros Educativos en el Estado, cuyo monto de adeudo a las Comisiones de Servicio Público es impagable, prácticamente. Me parece que no se está abordando este asunto en el contexto objetivo, con el alcance necesario y solamente se está dando una vuelta a un problema que tenemos en estos momentos en diversas escuelas; pero además si el pago de derechos se realiza, hablando de derechos, no del consumo, por la superficie de los predios, bueno prácticamente esto también es impagable. Pudiera establecerse seguramente aquí, que existen algunas partidas para que, a efecto de que el Ejecutivo reembolse dichos pagos a algunas instituciones o haga estos pagos; pero es un círculo … ver de manera objetiva este problema y no en términos o en una parte de la formalidad que establece la normatividad fiscal del Estado, que de ninguna manera estaría siendo violentada si se aprobase positivamente este acuerdo, o en todo caso tendríamos que buscar opciones y alternativas para apoyar a los centros educativos que imparte el propio Estado en Baja California. Por lo tanto, me parece que en ves de votar en contra de este Dictamen, valdría la pena revisarlo, regresarlo para efectos de estudiarlo en sus justos términos. Por lo tanto, yo pediría el voto en contra del Dictamen para efecto de que se regrese a Comisiones y pudiese hacerse la revisión adecuada.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, Diputado Rosales.

- EL C. DIP. ROSALES HERNANDEZ: Gracias Presidente. En muchas de las ocasiones hemos tocado nosotros aquí temas relacionados con las eximiciones de pago a muchas instituciones públicas, pero coincido con el Diputado Catalino Zavala en el sentido de que muchas veces no tomamos con objetividad esos temas; pero quiero decir que a ustedes les acuerdo que este tipo de temas, precisamente por esa falta de objetividad siempre vengan a redundar en presentar en esta, en este Pleno la exención o la eximición de pagos de quienes tienen esos adeudos con la dependencia encargada pues de esos servicios. Muchas de las veces encontramos que son los propios padres de familia los que aceptan y promueven no nada más situaciones del cobro de cuotas como ya lo hemos establecido aquí muchas veces, donde decimos que no se deben de cobrar, muchas veces los padres de familia propician ese tipo de cobros y muchas veces también los padres de familia se prestan para que no nada más sea en el, en esos servicios donde se autorice un incremento o recibir alguna cantidad de recursos, nos encontramos muchas de las veces que los padres de familia, inclusive en los propios uniformes están aceptando que, muchos Directores, muchos maestros pidan unas cantidades de recursos para hacerse provecho supuestamente de las propias instituciones y los edificios de las escuelas. Yo considero que estos temas no deben de ir dirigidos, nada más venir a presentar y tomarlos como banderas y decir, vamos a pedirle al Gobernador que no se les cobre, estoy de acuerdo con el Diputado Catalino de que seamos más objetivos y que busquemos unas formas de cómo buscar el sí cumplimiento de las obligaciones y no nomás de esas Instituciones, de las propias entidades públicas que cumplan como cada ciudadano que sí cumplen en sus pagos de sus servicios, lo hagan también los mismos; muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Diputado Ferreiro, tiene el uso de la voz.

- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO: Con su permiso señor Presidente. El objetivo y finalidad que persigue esta, este punto de acuerdo es este, viendo el gran problema que tienen todas las escuelas públicas del Estado, para darle mantenimiento a sus instalaciones cuando uno va como ciudadano, como Diputado va y los visita a la escuela si ve el gran problema que tienen para, pues para arreglar sus baños, para arreglar sus bibliotecas, para hacer una pequeña entradita que, techada, este, vemos que tienen problemas muy serios para eso, para arreglar, les falta recursos. Hay escuelas que están ubicadas en colonias pudientes, que están, sobre todo las que están en los centros de las Ciudades son colonias, hay gente que puede pagar; pero la gran mayoría, hay un problema muy serio para el, para el mantenimiento, buscar en el presupuesto del Estado como lo hemos hecho a veces, buscar en el presupuesto del Estado recursos para poder darles a las escuelas para su mantenimiento, pues es difícil, no es fácil, porque se tendría que, se ocupa un gran acuerdo para lograr esto, este, pero el problema lo vemos diario los Diputados cuando vamos a las escuelas, ustedes ven la gran necesidades, la solicitud de que para reparar una puerta, que para comprar material deportivo, ahorita están solicitando para hacer el, para sus clases de educación física que son inversiones de 8, 9 mil pesos, no las pueden hacer, traen problemas muy serios. Entonces, el planteamiento, el objetivo, a la mejor no fue planteado viene en su esencia, el planteamiento es de cómo liberarles a las escuelas, cómo liberarles a la Secretaría de Educación Pública recursos para que los pueda invertir en las escuelas, cómo lograr liberarles recursos, una forma, una forma era esa, aquí en el punto de acuerdo que viene redactado dice, en el punto de acuerdo que este, que en Tijuana, en Mexicali y en Rosarito sí están exentas las escuelas para la contratación de los servicios y que en Tecate y Ensenada no, este planteamiento se hizo así porque de hecho en Tecate hay un planteamiento de una escuela que todavía no se le conecta, que le están cobrando 70 mil pesos por conectarle el servicio de agua y drenaje y que no, y que está en un fraccionamiento autorizado, ¿verdad? aunque aquí dice que es obligación de los fraccionadores conectarle, pero hay una gran cantidad de escuelas que se construyen en fraccionamientos populares donde no hay este, irregulares que todavía siguen creciendo en los fraccionamientos irregulares. Entonces, yo le pediría al Pleno si fuera voluntad de todos los Diputados aquí presentes, que regresáramos este asunto este, a la Comisión para darle una, una estudiada con profundidad y poderle dar una solución a esto, dado que es un problema que tenemos este, que yo sé que afecta a las compañías de agua, porque es un recurso, pero las compañías de agua yo sé que están trabajando con mucha eficiencia y pueden hacer un gran esfuerzo por apoyar como cualquier empresa privada, apoyamos a escuelas con la eficiencia de nuestros recursos, yo creo que también las empresas de gobierno  pueden hacer un esfuerzo por apoyar a las escuelas de nuestro Estado, ¿no? Entonces, yo le pediría al Pleno señor Presidente que se regresara este asunto a la Comisión para poder estudiarlo y si hubiera que presentar alguna modificación, alguna Ley  o Reglamento que aquí se expone por la Comisión, este, lo pudiéramos presentar en este mismo acuerdo; muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado Ferreiro, ¿así lo establece la Comisión, regresarlo a Comisiones Diputado Cortez? ¿Me permiten ciudadanos Diputados? El Presidente hace una pregunta al Diputado Cortez, ¿entonces no? bien, tiene el uso de la voz el Diputado Arturo Alvarado, a favor del Dictamen.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Con el permiso de la Mesa Directiva. Yo voy a hablar a favor del Dictamen y exclusivamente de lo que trata el Dictamen, nada más, sin meternos con consumo, con uniformes o con cuotas o con otras cosas que se han comentado aquí. La solicitud que presentó el Diputado Ferreiro dice específicamente que, solicita que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado acuerde enviar atento oficio al ciudadano Gobernador, solicitándole tenga a bien considerar la emisión de un Decreto para la exención en el pago de conexión de servicios públicos de agua y drenaje. Exclusivamente la exención para la conexión, nada más, y si leyeron el Dictamen que les fue entregado hace ya algunos días, pues ahí viene muy claro los considerandos, la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2003, que es la que está vigente, en lo que corresponde a Mexicali, a Tijuana y a Rosarito ya lo contempla, contempla la exención, no tenemos porqué autorizar algo que ya está en la Ley de Ingresos. Y en el caso de Ensenada y de Tecate, la Ley de Ingresos contempla que el fraccionador que está creando un fraccionamiento nuevo, cuando done el terreno para, que por obligación tiene que hacerlo para escuela, él va a pagar el costo de la conexión del agua, entonces no podemos, no tenemos porqué autorizar otra cosa. Si ahorita existe alguna escuela que tenga un problema, una escuela que ya esté funcionando, que tenga un problema porque no ha pagado su derecho de conexión, vamos a autorizarle en el presupuesto de egreso que viene una partida para que paguen esa cantidad y salgan de ese problema; pero no tenemos porqué enredar las cosas ni meternos con otras situaciones cuando la Ley ya lo contempla y lo contempla muy claro, es así de sencillo, no tenemos porqué enredarnos en este asunto de las conexiones, efectivamente las escuelas tienen muchas carencias; pero este punto de acuerdo está pidiendo la exención de la conexión y ya existe, entonces no tenemos porqué, porqué irnos con la finta y tratar de rechazar un Dictamen, está bien fundamentada la opinión de la Contaduría, está bien fundamentado el acuerdo que, el dictamen que emitió la Comisión. Entonces, yo pido a mis compañeros que sí se vote y se rechace, porque, insisto, ya existe en la Ley; muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, adelante Diputado Ferreiro. ¿Va en contra o a favor? Diputado.

- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO: Nada más una pequeña aclaración, este, tan sólo en Tecate ha de haber como unas cuatro o cinco escuelas en formación que están en colonias irregulares, o sea el caso, cuando el fraccionamiento, cuando al fraccionador se le obliga pues se le conecta; pero a las escuelas que están en colonias irregulares pues, o sea hay que ayudarles a que se conecten, a la mejor está mal planteado el, por eso yo pido que se devuelva a Comisiones para darle una revisada, para ayudarles, porque este, ahorita puede haber dos o tres escuelas, pero en todas partes hay colonias irregulares, en Tijuana hay un montón de colonias o no sé si ya van tan adelantes o, ¿verdad? en Mexicali, en todo el Estado hay problemas. Entonces, yo les pediría que mejor lo analizáramos bien, a la mejor el planteamiento se presta a confusión, ¿verdad?

- EL C. PRESIDENTE: Bien, esta Presidencia considera suficientemente discutido el tema en relación a este Dictamen, ya se agotó el número de oradores que marca la propia Ley…

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: (Desde su curul) Voy a solicitar…

- EL C. PRESIDENTE: Adelante Diputado.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso Diputado Presidente. Unicamente exhortar a los compañeros para respaldar la petición del promovente de esta Iniciativa, para que se regrese a Comisión y ya en Comisión se le pueda hacer ahí la modificación a este, a esta solicitud o punto de acuerdo, más bien para que se homologuen los Municipios de Ensenada y de Tecate a la misma, al mismo derecho que tienen los Municipios de Mexicali, de Rosarito y de Tijuana. Entonces, ahí en Comisión se le pudiera hacer esa modificación para que ya posteriormente se vuelva a presentar el Dictamen; es cuanto, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, Diputada Secretaria una vez agotada la participación y dándole el uso de la voz al Presidente de la Comisión como lo marca la Ley Orgánica, le solicito someter a votación el Dictamen No. 43, de acuerdo como fue leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho, adelante Diputada.

- LA C. SECRETARIA: Sí con gusto Diputado Presidente, solicito a mis compañeros Diputados manifiesten el sentido de su votación, haciéndolo de manera nominal, comenzando por la derecha por favor.

- Catalino Zavala, en contra.

- Hidalgo Silva, en contra.

- Osuna Aguilasocho, en contra del Dictamen, y con la observación…

- EL C. PRESIDENTE: Se tiene que votar el procedimiento, no lo retiró…

- LA C. SECRETARIA: Es a favor de que se regrese…

- EL C. PRESIDENTE: Bien compañeros Diputados, estamos en el desahogo de una votación, vamos a concluir el procedimiento…

- LA C. SECRETARIA: Pero ya están hablando que, ¿qué se regrese? ¿Es a favor de que se regrese?…

- EL C. PRESIDENTE: Bien, ciudadanos Diputados estamos en el desahogo de una votación, vamos a concluir el procedimiento de votación.

- LA C. SECRETARIA: Lo que pasa es que hay una confusión Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: El Dictamen No. 43 si se vota en contra ciudadanos, entonces podrán solicitar que se regrese a Comisión, de acuerdo al procedimiento de la Ley, adelante por favor.

- Ismael Quintero, en contra.

- Fidel Corvera, en contra.

- Ferreiro, en contra.

- Salazar Castro, en contra.

- Ramos García, en contra.

- Ruiz Uribe, en contra.

- Morán Díaz, a favor del Dictamen, que se regrese a Comisiones.

- Cortez, a favor del Dictamen, que se regrese a Comisiones.

- Rueda, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza Antonio, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, en contra.

- Avilés, abstención.

- Suárez, en contra.

- LA C. SECRETARIA: Sí Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 9 votos a favor, 10 votos en contra y una abstención.

- EL C. PRESIDENTE: 9 votos a favor, 10 en contra, 1 abstención, se pregunta al Presidente de la Comisión si quiere regresar el Dictamen a la misma. Bien, este Dictamen es regresado a la Comisión y  hay que votarlo, gracias Diputado Arturo Alvarado, Diputada Secretaria sírvase levantar la votación correspondiente de manera nominal.

- LA C. SECRETARIA: Sí, solicito a mis compañeros Diputados que manifiesten el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Fidel Corvera, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Morán Díaz, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor.

- Rueda, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza Antonio, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Avilés, a favor.

- Suárez, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 21 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular, se regresa a Comisión el Dictamen No. 43 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por varios Diputados, pronunciados por el Presidente de la Comisión para su nuevo estudio, con 21 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Tiene el uso de la voz para el Dictamen 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Nicolás Osuna.

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Gracias Diputado Presidente, compañeras, compañeros. Honorable Asamblea: La Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto les presenta el Dictamen No. 44. “Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1322 recibido en el Congreso del Estado el día 29 de agosto del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 4’226,237 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se pretende ampliar los recursos a la partida presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores por $ 4’226,237, del Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas, afectándose los Códigos Programáticos 07-10-721, 07-10-722, 07-10-723, 07-10-724 y 07-10-729.CONSIDERANDO.- Que el catálogo de partidas del Gobierno del Estado consigna que la partida presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores, se afecta por las participaciones recibidas por los notificadores y ejecutores, en relación directa de las notificaciones y ejecuciones llevadas a cabo mediante un acuerdo celebrado para el pago de las mismas. CONSIDERANDO.- Que el 28 de agosto del 2003 el Director de Ingresos del Estado remitió oficio sin número a la Secretaría de Planeación y Finanzas, mediante el cual informa que la partida 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores, se encuentra agotada a dicha fecha, por tal virtud, se requiere apoyo, para cubrir los gastos de ejecución del período comprendido de octubre a diciembre del presente año. CONSIDERANDO.- Que la Dirección de Ingresos del Estado estima recaudar recursos por gastos de ejecución sobre impuestos estatales por un monto de $ 6’292,065, considerando que éstos serán a través de Verificación Fiscal Vehicular (Derechos y Tenencia)               $ 2’374,560, Impuesto sobre Nóminas $ 3’653,505 y Servicio a Domicilio          $ 264,000. CONSIDERANDO.- Que los gastos de ejecución que se pretenden cubrir, se derivan de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución de conformidad a los Artículos 14 y 144 del Código Fiscal del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que los gastos de ejecución que se cubren tanto a notificadores como a verificadores vehiculares, son por los importes siguientes: a los Notificadores por Impuesto Estatal $ 130.95, a los Notificadores por Impuesto Federal $ 234.00, a los Verificadores por Tenencia $ 234.00 y a los Notificadores de Derechos de Control Vehicular $ 87.30. CONSIDERANDO.- Que los gastos de ejecución antes de ser pagados a los ejecutores son recaudados e ingresados por medio de la Recaudación de Rentas del Estado, registrados contable y presupuestalmente como Aprovechamientos a través del inciso 406 Gastos de Ejecución e Intervención, obteniéndose al 31 de agosto del 2003 ingresos por estos conceptos por la cantidad de $ 10’681,763. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación presupuestal, se propone emplear recursos provenientes de los honorarios recaudados por los notificadores de requerimientos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales por concepto de Impuestos y Derechos Estatales. CONSIDERANDO.- Que los recursos con los que se cubrirá la ampliación a la partida presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores están condicionados a que las personas físicas y morales cubran los créditos fiscales requeridos por la autoridad a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, por lo que la partida 11018 se ejerce en relación directa al inciso de ingresos 406. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1189/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 4’226,237 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas en la partida presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Firman los integrantes de la Comisión”. Es cuanto, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, Diputado Secretario sírvase levantar la votación correspondiente.

- EL C. PROSECRETARIO: Empezamos la votación, por el lado derecho, si están de acuerdo en el Dictamen No. 44.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Fidel Corvera, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Morán Díaz, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez Jacobo, a favor.

- Rueda, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza Antonio, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar?

- Ramos García, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar?

- Salazar Castro, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: Por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Suárez, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: Bien Diputado Presidente, la votación es la siguiente, 19 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y en lo particular, con 19 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen No. 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los 29 días del mes de septiembre del año 2003. Tiene el uso de la voz para el Dictamen 45 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Francisco Rueda Gómez.

- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias Diputado Presidente, a nombre de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, me voy a permitir darle lectura al Dictamen No. 45, relativo a transferencia de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California. Compañeras, compañeros legisladores. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1339 recibido en el Congreso del Estado el día 2 de septiembre del 2003, por medio del cual el  C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar transferencia de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 3’000,000 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que se transferirán recursos a la partida presupuestal 30104 Servicio de Agua Potable por $ 3’000,000 de las partidas 20102 Material de Limpieza por $ 500,000, 20702 Material de Seguridad Pública por $ 1’500,000 y 30703 Traslado de Personas por $ 1’000,000 del Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública, bajo el código programático 21-20-574. CONSIDERANDO.- Que el 21 de mayo del 2003 la Secretaría de Seguridad Pública mediante oficio sin número solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas, transferencia de recursos por un monto de $ 3’000,000, para cubrir los gastos de Derechos de Conexión de Servicio de Agua Potable del CERESO del Hongo, los cuales se adeudan a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate. CONSIDERANDO.- Que el 20 de mayo del 2003 el Administrador General de Centros, mediante oficio AG/103/03 solicitó al Director Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública, se realicen los movimientos presupuestales correspondientes para el pago de Derechos de Conexión del CERESO del Hongo por la cantidad de $ 3’000,000, lo cual se adeuda a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate, con una reducción a las partidas presupuestales 20102 Material de Limpieza por           $ 500,000, 20702 Material de Seguridad Pública por $ 1’000,000 y 30703 Traslado de Personas por $ 1’000,000. CONSIDERANDO.- Que según reporte de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate el CERESO del Hongo tiene un adeudo por Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario al mes de agosto del 2003 por la cantidad de               $ 5’920,852, de los cuales corresponden $ 3’847,797 a Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable. CONSIDERANDO.- Que el adeudo por $ 3’847,797 se obtuvo de multiplicar las superficies que ocupa el Centro de Readaptación Social El Hongo, 24,898.30 m² de la Sección Mujeres, 37,391.70 m² del Estacionamiento y los 153,878.37 m² de la Zona de Restricción, que suman un total de 216,168.37 m² por la cuota de $ 17.80, establecida en el Artículo 11, Sección IV Municipio de Tecate, inciso c) numeral 6 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal 2003. CONSIDERANDO.- Que en relación a las partidas presupuestales que se pretenden reducir, funcionarios de la Secretaría de Planeación y Finanzas informaron que no se afectan las metas programadas en virtud de ser partidas de gasto corriente no consideradas como prioritarias e indispensables para cumplir con dicho fin. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1199/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 3’000,000 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública en las partidas presupuestales siguientes:

PARTIDA

 

AMPLIACION

REDUCCION

 

 

 

 

30104

Servicio de Agua Potable

$3’000,000

 $        1

20102

Material de Limpieza

 

     500,000

20702

Material de Seguridad Pública

 

   1’500,000

30703

Traslado de Personas

 

   1’000,000

 

 

___________

 ___________

 

 

$3’000,000

 $ 3’000,000

 

DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firmamos los integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto”. Hasta aquí el Dictamen No. 45, el cual se solicita de la manera más atenta se someta a consideración; gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 45 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, Diputado Secretario sírvase levantar la votación correspondiente.

- EL C. PROSECRETARIO: Claro que sí, se pone a consideración para votación el Dictamen No. 45 de la Comisión de Estudios Hacendarios, iniciando por el lado derecho, Diputado Catalino Zavala.

- Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Fidel Corvera, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Ruiz Uribe, abstención.

- Morán Díaz, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez Jacobo, a favor.

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? Por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, abstención.

- Suárez, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Ruiz Uribe, abstención.

- EL C. PROSECRETARIO: No, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: No, fue abstención, no, la otra. Diputado Uribe, verificando su voto, ¿fue abstención?

- EL C. DIP. RUIZ URIBE: (Desde su curul) Sí.

- EL C. PROSECRETARIO: Bien Diputado Presidente, la votación es la siguiente, 17 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y en lo particular, se declara aprobado el Dictamen No. 45, con 17 votos a favor, 0 en contra, 2 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los 29 días del mes de septiembre del año 2003. Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 46, el Diputado Francisco Rueda Gómez.

- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias Diputado Presidente, a nombre de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, me voy a permitir darle lectura al Dictamen No. 46 relativo a la ampliación de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial para el ejercicio fiscal del 2003. Compañeras y compañeros Legisladores. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio DDP-192/2003 recibido en el Congreso del Estado el día 25 de julio del 2003, por medio del cual el C. Lic. Mgdo. José Palomino Castrejón, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Poder Judicial, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 19’500,000 (DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.). CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que en el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003 se incluye el Ramo 02 correspondiente al Poder Judicial que fue autorizado por $ 303’367,000 registrado en el código programático 02-02-42020. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de ampliación presupuestal se pretende incrementar el monto de las partidas presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 3,017,641, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 13,317,720, 10205 Prima Vacacional al Personal de Confianza por $ 62,911, 10206 Gratificación de Fin de Año al Personal de Confianza por $ 524,363, 10216 Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 209,683, 10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 300,510, 20101 Materiales y Utiles para Administración por $ 50,705, 20301 Materiales de Construcción por $ 131,947, 20302 Material Eléctrico por $ 26,156, 20307 Herramientas Menores por $ 6,156, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 37,400, 20501 Combustibles por $ 31,038, 20801 Gastos Menores por $ 29,418, 30102 Servicio Telefónico por $ 62,445, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $ 121,000, 30206 Otros Arrendamientos por $ 179,099, 30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo por $ 3,300, 30415 Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros por $ 100,000, 51101 Adquisición de Computadoras por $ 715,065, 51106 Adquisición de Impresor Matricial por $ 66,132, 51108 Equipo de Cómputo Diverso por $ 48,899, 53101 Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 342,712, 53102 Equipo de Oficina por $ 20,900, 53501 Equipo de Telecomunicación y Telefonía por $ 8,800, 54501 Maquinaria y Equipo Eléctrico por $ 66,000, 54901 Maquinaria y Equipo Diverso por $ 20,000, las cuales suman un importe de $ 19’500,000. CONSIDERANDO.- Que la ampliación presupuestal que nos ocupa es con el fin de llevar a cabo la apertura de los Juzgados Tercero Familiar de Mexicali, Tercero Penal de Ensenada, Tercero Familiar de Tijuana y Segundo de Paz Civil de Mexicali, así como para cubrir el aumento en la compensación de los Jueces del Poder Judicial del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado mediante oficios DDP-015/2002, DDP-057/2003 y 0282/03 de fechas 20 de enero del 2003, 26 de enero del 2003 y 16 de mayo del 2003, respectivamente, remitidos al Secretario de Planeación y Finanzas, solicitó dictamen sobre la factibilidad financiera de la ampliación presupuestal por la cantidad de $ 19’500,000, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 43, fracción II, último párrafo. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en respuesta a las solicitudes a que se hace referencia en el Considerando anterior, informó al Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado mediante oficio número 1032 de fecha 11 de julio del 2003, que una vez analizada la solicitud de ampliación presupuestal por $ 19’500,000 a la luz de la proyección de ingresos al cierre del ejercicio fiscal 2003, en opinión de dicha Secretaría, sí es financieramente viable la propuesta de ampliación que solicita. CONSIDERANDO.- Que la ampliación presupuestal materia de análisis fue autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, lo cual se asienta en el Acuerdo 4.01 del Acta de Sesión de Pleno celebrada el 17 de julio del 2003. CONSIDERANDO.- Que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, mediante oficio DDP-130/2003 del 30 de mayo del 2003 informó a la Secretaría de Planeación y Finanzas que los recursos adicionales acordados por un monto de $ 19’500,000 que serán entregados durante el presente ejercicio fiscal serán aplicados para la dignificación de las percepciones de los Jueces en el Estado, toda vez que en el año 2002 un juez tenía una percepción total mensual de $ 38,840 y que a partir del mes de enero del presente año se les incrementó la percepción en $ 11,160 resultando un sueldo mensual integrado de $ 50,000, quedando con esto pendiente la dignificación de sueldos de los Secretarios Actuarios, Secretarios de Acuerdo y Secretarios de Estudio y Cuenta, con el fin de evitar que personal altamente calificado por la experiencia adquirida, emigre a otras instancias, como ocurre frecuentemente hacia órganos de impartición de justicia federales, por la gran discrepancia de salarios, asimismo estos recursos adicionales por $ 19’500,000, también incluyen la apertura de cuatro juzgados: Juzgado Tercero Penal en Ensenada, Juzgado Tercero de lo Familiar en Mexicali, Juzgado Tercero Familiar en Tijuana y Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali. CONSIDERANDO.- Que la apertura del Juzgado Tercero Penal de Ensenada es necesario debido a que en el Partido Judicial de Ensenada se cuenta actualmente con dos juzgados en materia penal siendo indispensable esta apertura, toda vez que en el 2000 se radicaron un total de 2,034 asuntos y en el 2002 según datos estadísticos al 31 de diciembre se recibieron 2,656 asuntos, esto es 622 juicios adicionales que representa un incremento del 31% en relación al ejercicio del 2000. CONSIDERANDO.- Que la apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Mexicali y Tercero de lo Familiar en Tijuana, son necesarios debido a que la carga de trabajo que se tiene es excesiva para poder satisfacer eficientemente la demanda social, ya que en las ciudades de Mexicali y Tijuana al 31 de diciembre del 2002 se atendieron en promedio un total de 1,567 y 2,338 asuntos, respectivamente. CONSIDERANDO.- Que el Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali es necesario debido a que en Mexicali existe un solo Juzgado de Paz Civil y de acuerdo a la estadística del 2002 se radicaron 4,483 inicios, los cuales representan una gran carga de trabajo lo que impide que la impartición de justicia sea pronta y expedita. CONSIDERANDO.- Que con la ampliación a las partidas presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 3’017,641, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 13’317,720, 10205 Prima Vacacional al Personal de Confianza por $ 62,911, 10206 Gratificación de Fin de Año al Personal de Confianza por $ 524,363, 10216 Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 209,683 y 10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 300,510, que suman la cantidad de $ 17’432,828, se cubrirá la contratación de 78 plazas de personal para los cuatro nuevos juzgados, lo cual representa un costo de $ 9’115,346, así como para cubrir el incremento en la compensación de 48 jueces correspondientes a los 48 Juzgados que han venido operando hasta antes de la apertura de los nuevos Juzgados, lo cual representa un costo de $ 8’317,483. CONSIDERANDO.- Que con el monto de $ 9’115,346 para cubrir la contratación de las 78 plazas, se cubrirá el sueldo de 36 plazas de personal las cuales fueron contratadas durante el mes de marzo del 2003 debido a la apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Mexicali y Tercero Penal en Ensenada lo cual representa un costo de $ 5’793,822, siendo la distribución de las plazas en el Juzgado Tercero Penal de Ensenada: 11 Auxiliares Administrativos, 2 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Primera Instancia y en el Juzgado Tercero de lo Familiar en Mexicali: 10 Auxiliares Administrativos, 3 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Primera Instancia; asimismo se proyecta cubrir la contratación de 42 plazas las cuales representan un monto de $ 3’321,524 por la apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Tijuana y el Segundo de Paz Civil en Mexicali , siendo la distribución de las plazas en el Juzgado Tercero de lo Familiar en Tijuana: 12 Auxiliares Administrativos, 4 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Primera Instancia y en el Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali: 10 Auxiliares Administrativos, 6 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Paz. CONSIDERANDO.- Que el monto solicitado para cubrir la contratación de las 78 plazas por $ 9’115,346 se ajustó a la baja en    $ 369,255 para quedar en $ 8’746,092, toda vez que la apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Tijuana y el Segundo de Paz Civil en Mexicali estaba proyectada para el mes de agosto, cambiándose la fecha de apertura para el mes de septiembre. CONSIDERANDO.- Que en relación al considerando anterior y en virtud del ajuste realizado por $ 369,255 el monto de la solicitud de modificación por $ 19’500,000 se ajusta a la baja para quedar en $ $ 19’130,745. CONSIDERANDO.- Que el monto solicitado en la partida presupuestal 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 13’317,720 se integra por el incremento a la compensación de los 48 jueces lo cual representa un costo anual de $ 8’317,483 y la diferencia de $ 5’000,237 corresponde a la compensación para el personal contratado y pendiente de contratar dada la apertura de los cuatro nuevos juzgados. CONSIDERANDO.- Que el incremento salarial a los 48 jueces ya existentes representa un costo de $ 8’317,483, dicho incremento se comenzó a cubrir a partir del mes de enero del presente año, conformándose estos por 45 Jueces de Primera Instancia y 3 Jueces de Paz Civil. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales se ampliará por $ 121,000, con el fin de cubrir el arrendamiento del inmueble donde se localiza el Juzgado Tercero Penal de Ensenada, de conformidad con el Contrato de Arrendamiento de Inmueble celebrado el 19 de febrero del 2003 por el Poder Judicial y la empresa Calderas California, S. de R. L. de C. V. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30206 Otros Arrendamientos se ampliará por $ 179,099, toda vez que no cuenta con suficiente saldo en la partida para cubrir el pago por la prestación del servicio proporcionado por la empresa KM DIGITAL, S.A. DE C.V. para lo que resta del presente ejercicio fiscal, por concepto de arrendamiento de máquinas fotocopiadoras. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 51101 Adquisición de Computadoras por $ 715,065, toda vez que en el mes de marzo se adquirió equipo de cómputo con un costo de $ 235,505, el cual se asignó a los Juzgados Tercero Penal Ensenada y Tercero Familiar Mexicali, así como también se proyecta la adquisición de equipo de cómputo diverso por un monto de $ 405,772 que se asignarán en el Juzgado Tercero Familiar Tijuana por un monto de $ 240,759 y en el Juzgado paz Civil Mexicali por un monto de $ 165,013. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 53101 Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 342,712, toda vez que durante los meses de marzo y abril se adquirió mobiliario y equipo para los Juzgados Tercero Penal Ensenada y Tercero Familiar Mexicali por un monto de $ 82,578 y $ 88,778 respectivamente, así como también se proyecta la adquisición de mobiliario y equipo por un monto de $ 260,229 que se asignarán en el Juzgado Tercero Familiar Tijuana por $ 131,754 y en el Juzgado de Paz Civil Mexicali por $ 128,475, erogaciones que en total ascienden a $ 431,585, resultando un faltante de 88,873, que será cubierto con reservas que se tienen en la partida presupuestal. CONSIDERANDO.- Que en relación con el aumento de las percepciones de los C.C. Jueces las metas de los programas no se verán modificadas, y en el caso de la apertura de los nuevos juzgados del Poder Judicial y en virtud de la dificultad de fijar metas al área jurisdiccional se estarán registrando y notificando las cargas de trabajo de los juzgados. CONSIDERANDO.- Que la presente solicitud de modificación presupuestal se cubrirá con ingresos de fuentes propias adicionales a los presupuestados correspondientes al Poder Ejecutivo, lo cual no implica endeudamiento alguno para el Estado. CONSIDERANDO.- Que el Poder Judicial ejerció recursos por $ 8’038,073 en las partidas presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 1,009,125, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 6,119,257, 10216 Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 78,190, 10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 97,978, 20101 Materiales y Utiles para Administración por $ 16,515, 20301 Materiales de Construcción por $ 81,947, 20302 Material Eléctrico por $ 15,156, 20307 Herramientas Menores  por $ 3,156, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 18,700, 20501 Combustibles por $ 6,867, 20801 Gastos Menores por $ 7,418, 30102 Servicio Telefónico por $ 15,744, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $ 55,000, 30206 Otros Arrendamientos por $ 21,586, 30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo por $ 2,100, 30415 Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros por $ 50,000, 51101 Adquisición de Computadoras por $ 235,505, 51106 Adquisición de Impresor Matricial por $ 6,930, 51108 Equipo de Cómputo Diverso por $ 7,617, 53101 Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 171,356, 53102 Equipo de Oficina por $ 10,450, 53501 Equipo de Comunicación y Telefonía por $ 2,476 y 54901 Maquinaria y Equipo Diverso por $ 5,000, toda vez que se aperturaron los Juzgados Tercero Penal en Ensenada y Tercero de lo Familiar en Mexicali en el mes de marzo del 2003, así como porque se incrementó la compensación a los CC. Jueces del Poder Judicial a partir del mes de enero del presente año, sin contar con la autorización previa del Congreso del Estado, de la disponibilidad de los recursos presupuestales, incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 41 y 43, fracción I y II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, se considera procedente su turnación a la Contraloría del Poder Judicial, para que se apliquen las medidas correctivas que correspondan y en su caso las sanciones administrativas que procedan. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Poder Judicial del Estado de B.C. por conducto del Presidente del Consejo de la Judicatura, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto, misma que fue vertida en términos de procedencia, mediante oficio DRPP/1201/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de         $ 19’130,745 (DIECINUEVE MILLONES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado en las siguientes partidas presupuestales:

 

PARTIDA

AMPLIACION

 

10201

Sueldos Tabulares al Personal de Confianza

$ 2’883,655

 

 

10202

Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza

  13’118,036

 

 

10205

Prima Vacacional al Personal de Confianza

       62,911

 

 

10206

Gratificación de Fin de Año al Personal de Confianza

      502,337

 

 

10216

Prestaciones Sociales al Personal de Confianza

      201,052

 

10232

Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza

      295,582

 

20101

Materiales y Utiles para Administración

       50,705

 

20301

Materiales de Construcción

      131,947

 

20302

Material Eléctrico

       26,156

 

20307

Herramientas Menores

        6,156

 

20308

Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo

       37,400

 

20501

Combustibles

       31,038

 

20801

Gastos Menores

       29,418

 

30102

Servicio Telefónico

       62,445

 

30201

Arrendamiento de Edificios y Locales

      121,000

 

30206

Otros Arrendamientos

      179,099

 

30408

Servicios de Vigilancia y Monitoreo

        3,300

 

30415

Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros

      100,000

 

51101

Adquisición de Computadoras

      715,065

 

51106

Adquisición de Impresor Matricial

       66,132

 

51108

Equipo de Cómputo Diverso

       48,899

 

53101

Mobiliario e Implementos de Oficina

      342,712

 

53102

Equipo de Oficina

       20,900

 

53501

Equipo de Comunicación y Telefonía

        8,800

 

54501

Maquinaria y Equipo Eléctrico

       66,000

 

54901

Maquinaria y Equipo Diverso

       20,000

 

 

 

 $ 19,130,745

 

SEGUNDO.- Con motivo de que se incumplió lo dispuesto en los Artículos 41 y 43, fracción I y II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, debido a que se ejercieron recursos por un monto de $ 8’038,073  con cargo a las partidas presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 1,009,125, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 6,119,257, 10216 Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 78,190, 10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 97,978, 20101 Materiales y Utiles para Administración por $ 16,515, 20301 Materiales de Construcción por $ 81,947, 20302 Material Eléctrico por    $ 15,156, 20307 Herramientas Menores por $ 3,156, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 18,700, 20501 Combustibles por      $ 6,867, 20801 Gastos Menores por $ 7,418, 30102 Servicio Telefónico por      $ 15,744, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $ 55,000, 30206 Otros Arrendamientos por $ 21,586, 30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo por $ 2,100, 30415 Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros por $ 50,000, 51101 Adquisición de Computadoras por $ 235,505, 51106 Adquisición de Impresor Matricial por $ 6,930, 51108 Equipo de Cómputo Diverso por $ 7,617, 53101 Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 171,356, 53102 Equipo de Oficina por $ 10,450, 53501 Equipo de Comunicación y Telefonía por $ 2,476 y 54901 Maquinaria y Equipo Diverso por $ 5,000, sin contar con la autorización previa del Congreso del Estado, túrnese a la Contraloría del Poder Judicial, para que se delimiten y apliquen las responsabilidades administrativas que en su caso correspondan, y se informe en un plazo que no exceda de 60 días al Congreso del Estado sobre las medidas aplicadas, para los efectos conducentes. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres”.

- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: .... Hasta aquí el dictamen No. 46, del cual se solicita de la manera más atenta, se someta a consideración, gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 46 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra y antes de iniciar la votación, se le solicita al personal de la Oficialía que comunique a los diputados que vamos a iniciar la votación, bien diputado Secretario, sírvase levantar la votación correspondiente.

- EL C. SECRETARIO: Claro que si diputado Presidente, se pone a consideración de esta Honorable Asamblea el dictamen No. 46 de la Comisión de Estudios Hacendarios, para su votación correspondiente, iniciando por el lado derecho.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Quintero Peña Ismael, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado que falte por votar?

- Hidalgo Silva Marcelino, a favor,

- EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado que falte por votar?, por la mesa directiva.

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, a favor,

- EL C. SECRETARIO: Bien diputado, la votación es la siguiente, 19 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y en lo particular, se declara aprobado el Dictamen número 46 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto con 19 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Se les comenta a los ciudadanos diputados que al momento de efectuar la votación, si no se encuentran en la Sala, cuenta como inasistencia de acuerdo a la Ley Orgánica, sumada las tres, nos veremos en la necesidad de hablar a los suplentes, por lo cual se les pide que permanezcan en la Sala, tiene el uso de la voz el diputado Gerardo Cortez, para el dictamen No. 47.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso diputado Presidente, la COMISION DE ESTUDIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTO presenta a consideración de la H. Asamblea DICTAMEN No. 47. Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1337 recibido en el Congreso del Estado el día 1 de septiembre del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar transferencia de partidas del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 798,788 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 98/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 16 de la Secretaría de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se incrementará el monto de los recursos a las partidas presupuestales 20101 Materiales y Utiles de Oficina por $ 33,000, 20102 Material de Limpieza por $ 48,000, 20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos por $ 30,500, 20204 Alimentación de Personal por $ 5,000, 20206 Agua y Hielo para Consumo Humano por $ 3,000, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 37,000, 20309 Materiales para Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina por $ 19,000, 20310 Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte por $ 10,000, 20502 Lubricantes y Aditivos por $ 5,000, 20601 Vestuario, Uniformes por $ 5,000, 20801 Gastos Menores Diversos por $ 7,000, 20802 Artículos de Cafetería por $ 33,356, 20803 Accesorios de Oficina por $ 34,000, 30103 Servicio de Energía Eléctrica por $ 86,000, 30104 Servicio de Agua Potable por $ 252, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $ 112,000, 30513 Servicio de Mantenimiento de Equipo de Transporte por $ 58,350, 30701 Pasajes por $ 69,000, 30702 Viáticos por $ 52,000, 30705 Hospedaje por $ 113,000, 30803 Recepciones y Celebraciones Varias por $ 20,000 y 51000 Mobiliario y Equipo de Informática por $ 18,331 y por otra parte se reducirán recursos asignados a las partidas presupuestales 20103 Material Didáctico y de Apoyo Informativo por $ 17,000, 20106 Materiales de Fotografía, Cinematografía y Video por $ 22,000, 20501 Combustibles por $ 91,000, 20304 Material para Ingeniería y Dibujo por $ 25,000, 20310 Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte por $ 3,000, 20801 Gastos Menores Diversos por $ 3,000, 30101 Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería por $ 20,000, 30102 Servicio Telefónico por $ 120,000, 30203 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo por $ 90,000, 30205 Arrendamiento de Vehículos por $ 73,458, 30206 Otros Arrendamientos por $ 156,000, 30303 Servicios de Informática por
$ 15,000, 30402 Fletes y Maniobras por $ 5,000, 30410 Servicio de Toma y Revelado de Fotografías por $ 20,000, 30601 Servicios de Difusión por $ 80,000, 30604 Producciones Diversas por $ 20,000, 30704 Peajes por
$ 20,000 y 52000 Equipo de Transporte por $ 18,331, todas ellas del Ramo 16 Secretaría de Desarrollo Social CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Desarrollo Social mediante oficio SDS/1347/03 de fecha 6 de agosto del 2003, solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización de la transferencia presupuestal por un monto de $ 798,788, la cual requiere para la operación normal de la Secretaría de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30103 Servicios de Energía Eléctrica por $ 86,000, con el fin de cubrir el pago por concepto de consumo de energía eléctrica de las oficinas donde se encuentran ubicadas las Delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en Rosarito, San Quintín y Tecate, toda vez que en esta partida presupuestal se autorizó asignación presupuestal solamente de $ 2,050, debido a que la Oficialía Mayor de Gobierno es la encargada de cubrir el costo de la energía eléctrica de estas delegaciones, sin embargo debido a que la Oficialía Mayor está realizando remodelaciones a estas oficinas, se tuvieron que rentar locales comerciales en donde se encuentran actualmente estas delegaciones, por lo que el consumo de energía eléctrica se pagará directamente por las oficinas delegacionales y no por Oficialía Mayor de Gobierno, por lo que se requiere contar con disponibilidad presupuestal suficiente. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30201 Arrendamientos de Edificios y Locales por $ 112,000, toda vez que Oficialía Mayor de Gobierno tiene contemplado ubicar las oficinas de las diferentes dependencias de Gobierno en un solo lugar, sin embargo las obras de remodelación se retrasaron por causas ajenas a esta Secretaría, motivo por el cual se postergó por varios meses más el pago de renta de los locales en donde se encuentran actualmente las Delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social y en consecuencia el presupuesto asignado para este fin no es suficiente para cubrir la renta de los mismos. CONSIDERANDO.- Que las partidas presupuestales 30701 Pasajes, 30702 Viáticos y 30705 Hospedaje se ampliarán por $ 69,000, $ 52,000 y $ 113,000, respectivamente, toda vez que de acuerdo a las nuevas disposiciones de los programas federales de la Secretaría de Desarrollo Social federal, ha ocasionado una mayor cantidad de viajes a la ciudad de México, D.F., y a los distintos Estados de la República Mexicana, de los que se tenían programados, por tal motivo el presupuesto inicial autorizado en estas partidas no será suficiente para cubrir el gasto por los meses que restan del presente año. CONSIDERANDO.- Que en relación a las otras partidas presupuestales que se pretenden modificar a la alza su disponibilidad presupuestal, se debe a un reajuste presupuestal para poder cumplir con los compromisos de los últimos meses del presente ejercicio fiscal; y en lo que respecta a las partidas presupuestales que se pretenden reducir, solo se transferirán recursos de 18 partidas que presentan ahorros presupuestales, por lo que no se verán afectadas las metas de los programas establecidos. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1253/2003. :(Una vez analizados los considerandos, vertidos en este dictamen, mismo que fue circulado con anterioridad a cada uno de los presentes, se vio la factibilidad de aprobar en Comisión la transferencia solicitada por esta dependencia, ya que tiene ahorros en algunas de sus partidas de gasto corriente y requiere transferir a otras partidas del mismo gasto corriente, una cantidad de recursos para poder solventar lo que resta del año de su ejercicio, por lo que una vez analizado cada una de las partidas que requieren la ampliación y la reducción para llevar a cabo esta petición).  Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 798,789 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 16 de la Secretaría de Desarrollo Social en las partidas presupuestales siguientes:

PARTIDA

 

AMPLIACION

REDUCCION

20101

Materiales y Utiles de Oficina

$    33,000

$

20102

Material de Limpieza

    48,000

 

20105

Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos

     30,500

 

20204

Alimentación de Personal

     5,000

 

20206

Agua y Hielo para Consumo Humano

     3,000

 

20308

Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo

      37,000

 

20309

Materiales para Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina

      19,000

 

20310

Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte

      10,000

 

20502

Lubricantes y Aditivos

     5,000

 

20601

Vestuario, Uniformes

     5,000

 

20801

Gastos Menores Diversos

     7,000

 

20802

Artículos de Cafetería

    33,356

 

20803

Accesorios de Oficina

    34,000

 

30103

Servicio de Energía Eléctrica

    86,000

 

30104

Servicio de Agua Potable

       252

 

30201

Arrendamiento de Edificios y Locales

   112,000

 

30513

Servicio de Mantenimiento de Equipo de Transporte

      58,350

 

30701

Pasajes

    69,000

 

30702

Viáticos

    52,000

 

30705

Hospedaje

   113,000

 

30803

Recepciones y Celebraciones Varias

    20,000

 

51000

Mobiliario y Equipo de Informática

    18,331

 

20103

Material Didáctico y de Apoyo Informativo

 

   17,000

20106

Materiales de Fotografía, Cinematografía y Video

 

     22,000

20501

Combustibles

 

   91,000

20304

Material para Ingeniería y Dibujo

 

   25,000

20310

Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte

 

      3,000

20801

Gastos Menores Diversos

 

    3,000

30101

Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería

 

   20,000

30102

Servicio Telefónico

 

  120,000

30203

Arrendamiento de Maquinaria y Equipo

 

   90,000

30205

Arrendamiento de Vehículos

 

   73,458

30206

Otros Arrendamientos

 

  156,000

30303

Servicios de Informática

 

   15,000

30402

Fletes y Maniobras

 

    5,000

30410

Servicio de Toma y Revelado de Fotografías

 

   20,000

30601

Servicios de Difusión

 

   80,000

30604

Producciones Diversas

 

   20,000

30704

Peajes

 

   20,000

52000

Equipo de Transporte

_________

   18,331

 

 

$ 798,789

$ 798,789

 

 

DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firmamos los diputados asistentes a dicha reunión, quienes en forma unánime aprobados dicho dictamen, es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado Secretario, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 47 de Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Si, con mucho gusto diputado Presidente, le solicito a los compañeros diputados que se sirvan manifestar el sentido de su voto, de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Hidalgo Silva Marcelino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Quintero Peña Ismael, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Avilés Múñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de veintiún votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria , una vez aprobado en lo general y en lo particular con 21 votos a favor, cero en contra, se declara aprobado el dictamen 47 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 48, el diputado Gerardo Cortez.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso diputado Presidente, la COMISION DE ESTUDIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTO presenta a la consideración de esta HONORABLE ASAMBLEA el dictamen No. 48. Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1257 recibido en el Congreso del Estado el día 15 de agosto del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’446,382 (UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la solicitud de modificación presupuestal por $ 1’446,382 se ampliarán las partidas presupuestales 20101 Materiales y Utiles de Oficina por $ 147,000, 20104 Materiales y Utiles de Impresión y Reproducción por $ 214,000, 20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos por $ 232,000, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 100,000, 30408 Servicio de Vigilancia y Monitoreo por $ 278,382, 30418 Trabajos de Imprenta por $ 15,000, 30512 Servicios de Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos por $ 100,000, 30601 Servicios de Difusión por $ 240,000 y 30607 Publicaciones Especiales por $ 120,000 del Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que la Dirección de Egresos del Estado a través de oficio sin número de fecha 4 de agosto del 2003 solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas que en atención a solicitud efectuada por el Titular de la Dirección de Ingresos, solicita autorización de ampliación presupuestal por un monto de $ 1’446,382, con el fin de afrontar los compromisos de gastos operativos generados por la ampliación de servicios de las Recaudaciones Auxiliares de Rentas del Estado, tanto en horario como en apertura de nuevos módulos de atención a la ciudadanía, ........

- EL C. PRESIDENTE: ¿Me permite diputado?, se les solicita a los ciudadanos diputados, Nicolás Osuna, Luz Argelia Paniagua y Antonio Regalado, que pasen a ocupar sus curules, o esta Presidencia les otorga permiso para retirarse del Pleno, adelante diputado.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: ¿Vuelvo a empezar?, tanto en horario como en apertura de nuevos módulos de atención a la ciudadanía, en los Municipios.......

- EL C. PRESIDENTE: Se les solicita, ¿Me permite diputado?, se les solicita a los presentes que no pueden interrumpir el desahogo de la sesión, es parte del protocolo de este recinto oficial, adelante diputado.

- EL C. PRESIDENTE: Tanto en horario como en apertura de nuevos módulos de atención a la ciudadanía, en los Municipios de Mexicali y Tijuana, representando un gasto adicional que no fue presupuestado para el presente ejercicio. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud establece que la ampliación de servicios de las Recaudaciones de Rentas, también se deriva de la firma de los Anexos 3 y 7 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, en donde se amplían al Gobierno del Estado las facultades de recaudación por cobro de impuestos federales en materia de Contribuyentes del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), contribuyentes del Régimen Intermedio y contribuyentes del 5% del pago sobre la utilidad en venta de bienes inmuebles de personas físicas, por tal motivo se amplía la base de contribuyentes atendidos en las recaudaciones, así como el trabajo de control del Padrón Fiscal que representan dichos contribuyentes. CONSIDERANDO.- Que el Gobierno Estatal y el Gobierno Federal firmaron los días 7 y 13 de marzo del 2003 los Anexos 3 y 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, los cuales fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado el día 17 de abril del 2003. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Primera del Anexo 3 se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en la fracción I de la cláusula octava del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, convienen en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración de los ingresos derivados del Impuesto Sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los denominados “pequeños contribuyentes”. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Primera del Anexo 7 se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado convienen en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración de los ingresos generados en su territorio derivados del Impuesto Sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos del artículo 136-Bis, de la Sección II del Capítulo II, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es decir, dentro del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales; así como de los contribuyentes que tributen en los términos del artículo 154-Bis, del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con los ingresos por la ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de la circunscripción territorial del Estado. CONSIDERANDO.- Que se ampliarán las partidas presupuestales 20101 Materiales y Utiles de Oficina por $ 147,000 y 20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos por $ 232,000, toda vez que se incrementó la emisión de invitaciones para el pago de licencias de conducir, revalidación de placas, recibos para pago de convenios de créditos fiscales y requerimientos para el pago de Derechos e Impuestos sobre Tenencia de Vehículos, generándose un mayor gasto en estas partidas. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 20104 Materiales y Utiles de Impresión y Reproducción por $ 214,000, toda vez que los contribuyentes han solicitado con mayor frecuencia los formatos de recibos oficiales utilizados en las Recaudaciones de Rentas del Estado, asimismo se mandaron imprimir 3 nuevos formatos para el pago de impuestos federales, por ampliación de facultades dentro del Convenio de Colaboración Administrativa descrito anteriormente. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 100,000, con el fin de cubrir las adquisiciones de refacciones y accesorios tales como discos duros, tarjetas electrónicas y de video entre otras y que son requeridas en la Dirección de Ingresos del Estado. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo se ampliará por $ 278,382, toda vez que se contrataron guardias de seguridad privada y guardias comerciales de la Dirección de Seguridad Pública para cuidar, vigilar y salvaguardar los dineros, los bienes, las instalaciones y sobre todo el personal adscritos a la dependencia en mención. CONSIDERANDO.- Que se creará la partida presupuestal 30418 Trabajos de Imprenta asignándole recursos por $ 15,000, debido a la urgente necesidad de imprimir nuevos formatos de pago de Impuestos Federales los cuales deben estar a disposición del contribuyente y considerando la saturación de los Talleres Gráficos del Estado, se mandaron elaborar estos formatos de pago fuera de dicha dependencia. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30512 Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos por $ 100,000, para contratar un proveedor externo que preste el mantenimiento al equipo de cómputo, toda vez que no se cuenta con el personal técnico suficiente, considerando que se cuenta con más de 200 equipos de cómputo para atender una demanda en trámites de placas y licencias incrementada en relación al año de 2002 en un 30%, equivalente a 86,645 trámites y se requiere mantener en óptimas condiciones el equipo de cómputo con que cuentan las Recaudaciones Auxiliares de Rentas de los Municipios de Tijuana, Ensenada, Tecate y Rosarito. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30601 Servicio de Difusión por $ 240,000, toda vez que se implementó un programa de difusión en coordinación con Comunicación Social para dar a conocer al público en general los vencimientos de sus obligaciones y comunicarles que para este año existen decretos de condonación de recargos y para informar a los ciudadanos de las nuevas alternativas de pago que fueron creadas en este primer semestre del año. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30607 Publicaciones Especiales se ampliará por $ 120,000, debido a que se elaboraron 25 lonas, las cuales fueron distribuidas en las Recaudaciones de Rentas, 1,000 Posters de publicidad y 10,000 volantes con el fin de dar a conocer las ubicaciones de las nuevas alternativas de pago. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación presupuestal, se propone utilizar recursos de fuentes propias adicionales a los presupuestados, lo cual consta en la información financiera generada por la propia Secretaría, misma que se encuentra en los archivos de la Contaduría Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1252/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto: RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’446,382 (UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas en las partidas presupuestales siguientes:

 

PARTIDA

 

AMPLIACION

 

 

 

20101

Materiales y Utiles de Oficina

 $   147,000

20104

Materiales y Utiles de Impresión y Reproducción

    214,000

20105

Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos


    232,000

20308

Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo

    100,000

30408

Servicio de Vigilancia y Monitoreo

    278,382

30418

Trabajos de Imprenta

     15,000

30512

Servicios de Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos


    100,000

30601

Servicios de Difusión

    240,000

30607

Publicaciones Especiales

    120,000

 

 

 $ 1’446,382

 

 

DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firmamos los diputados asistentes a dicha comisión, mismos que votamos en forma unánime a favor de dicho dictamen, es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 48 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria, sírvase....

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: (Desde su curul) Señor Presidente, solicito un receso por favor.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se otorga un receso de cinco minutos por esta Presidencia. (Receso: 12:30 horas; reanuda: 12:35 horas) nominal por favor.

- LA C. SECRETARIA: Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Múñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Corvera Quiñonez Fidel, Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco.....

- EL C. PRESIDENTE: Se les solicita a los ciudadanos diputados, ocupen sus curules por favor.

- LA C. SECRETARIA: Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan, Zavala Márquez Catalino. Contamos con la presencia de veintidós diputados en esta Sala diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se reanuda la sesión habiendo el quórum legal, diputada Secretaria, estamos en el procedimiento de votación del dictamen No. 48 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Si, con mucho gusto diputado Presidente, le solicito a mis compañeros diputados que hagan el favor de manifestar el sentido de su voto de manera nominal, comenzando por favor por la derecha

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte por votar?,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- LA C. SECRETARIA: La votación por la Mesa Directiva

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Avilés Múñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de veinte votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen número 48 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen No. 49 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el diputado Gerardo Cortez.

- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Ultimo, con su permiso diputado Presidente, la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, presenta a consideración de la Honorable Asamblea el Dictamen número 49. Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1057 recibido en el Congreso del Estado el día 17 de julio del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar transferencia de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 2’273,089 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que funcionario de la Secretaría de Planeación y Finanzas informó que el monto correcto de la presente solicitud de transferencia presupuestal es por $ 2’973,089, toda vez que por error en el oficio de solicitud se asentó la cantidad de $ 2’273,089. CONSIDERANDO.- Que se transferirán recursos a la partida presupuestal 20202 Alimentación de Personas en Centros de Readaptación Social por $ 2’973,089, de la partida presupuestal 30902 Programa de Rehabilitación de Internos, bajo los siguientes códigos programáticos: 21-20-552, 21-20-562, 21-20-571, 21-20-573 y 21-20-574. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Seguridad Pública mediante oficio SSP-2793-03 de fecha 07 de julio del 2003 solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas, se promoviera ante el Congreso del Estado transferencia de recursos presupuestales por la cantidad de $ 2’973,089, con el fin de cubrir los gastos de alimentación de los internos que se encuentran recluidos en los diferentes Centros de Readaptación Social del Estado, en virtud del incremento de internos en estos Centros de Readaptación Social y la calidad de alimentación que se les está proporcionando, toda vez que en el 2002 la población fue de 13,399 internos y a la fecha se encuentran recluidos 14,208 internos CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 20202 Alimentación de Personas en Centros de Readaptación Social por $ 2’973,089, con el fin de destinar recursos a los Centros de Readaptación Social de Tijuana por $ 773,089 y para el Centro de Readaptación Social del Hongo por $ 2’200,000, debido a que estos Centros son los que presentan un mayor problema en la disponibilidad presupuestal en materia de alimentación. CONSIDERANDO.- Que el incremento en los costos de alimentación de los internos se debe a que cuando los internos ya pasaron por el proceso de desintoxicación implementado dentro del programa de reconstrucción personal, dentro de este programa y con motivo del retiro de la droga se incrementa el apetito y con ello la cantidad de alimento suministrado el cual puede llegar hasta un 200% más de la alimentación proporcionada normalmente, en la cual se incluyen productos derivados del cacao y azúcar, y que con el fin de no descompensar al interno se necesita mantener los mismos gramajes proporcionados en el programa, el cual se va disminuyendo paulatinamente hasta llegar a un estándar. CONSIDERANDO.- Que tan solo en los CERESOS de Tijuana y del Hongo en Tecate se estima contar con 977 y 610 internos más al cierre del ejercicio 2003, en relación con el cierre del ejercicio 2002. CONSIDERANDO.- Que se reducirá la partida presupuestal 30902 Programa de Rehabilitación de Internos por $ 2’973,089, toda vez que se implementó un programa denominado “Reconstrucción Personal” coordinado por la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Salud, cuyo costo de operación anual ya fue cubierto, contándose con disponibilidad presupuestal en esta partida. CONSIDERANDO.- Que dentro del Programa Operativo Anual se establecen las metas “Incorporación a Internos a Programas de Readaptación y Deshabituación” tanto en Mexicali, Tijuana y Ensenada, las cuales de autorizarse la presente modificación presupuestal podrán ser cubiertas en su totalidad, por lo que con la presente transferencia no se verán modificadas las metas programadas. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1254/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto: RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 2’973,089 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública en las partidas presupuestales siguientes:

 

PARTIDA

 

AMPLIACION

REDUCCION

20202

Alimentación de Personas en Centros de Readaptación Social

$ 2’973,089

$

30902

Programa de Rehabilitación de Internos

___________

  2’973,089

 

 

$ 2’973,089

$ 2’973,089

 

 

 

DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Firmamos los diputados que estuvimos presentes en dicha reunión de la Comisión, mismos que votamos a favor, unánimente de dicho dictamen, es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la Asamblea, el dictamen No. 49 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados que manifiesten el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Avilés Múñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de veinte votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen número 49 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Gerardo Cortez Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Adelante diputado.

- EL C. DIP. RODRIGUEZ JACOBO: Con permiso de la Presidencia, me permito someter a consideración de esta Soberanía los dictámenes que serán presentados por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en ausencia de nuestro Presidente de esta Comisión, ausencia justificada, el diputado Fernando Jorge Castro Trenti, primer dictamen es el 347, es una Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico, para que el Congreso del Estado, solicite al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, promueva la aprobación de un monto para ampliar el techo financiero de la escuela preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, que será leído y expuesto ante ustedes, por el C. Diputado Catalino Zavala Márquez; el dictamen 331, Iniciativa de Decreto que adiciona el artículo 38 Bis de la Ley de Puertos, a efecto de que sea remitido al Congreso de la Unión, quien es competente para legislar en esta materia, será expuesto por el diputado Leopoldo Morán Díaz, es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias, diputado Rodríguez Jacobo, Secretario de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, tiene el uso de la voz para el dictamen 347 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales el diputado Catalino Zavala Márquez.

- EL C. DIP. ZAVALA MARQUEZ: Compañeros diputados, compañeras diputadas, COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES DICTAMEN NÚMERO 347 HONORABLE ASAMBLEA: La Comisión que suscribe, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 28 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 61, 62, 70, 110, 113, 117, 122, 123, 124 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, recibió para su estudio, análisis y dictaminación la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO PARA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO SOLICITE AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO PROMUEVA LA APROBACION DE UN MONTO PARA AMPLIAR EL TECHO FINANCIERO DE LA ESCUELA PREPARATORIA FEDERAL LAZARO CARDENAS, EN LA CIUDAD DE TIJUANA A FIN DE QUE SE ABRAN DIEZ NUEVOS GRUPOS EN EL TURNO VESPERTINO PARA EL CICLO ESCOLAR 2003-2004 Y SE ATIENDA A QUINIENTOS ESTUDIANTES DE PRIMER SEMESTRE, presentada por el Diputado Catalino Zavala Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, misma que se dictamina con base en los siguientes, ANTECEDENTES: I.- Con fecha 11 de Agosto de 2003, el Diputado Catalino Zavala Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución  Democrática, presentó la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO anteriormente detallada. II.- Recibida que fue la Iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva de acuerdo a la facultad conferida por el artículo 50 fracción II inciso f), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California en su momento la turno a esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Por lo que en cumplimiento con lo previsto en los artículos 62, 63 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se realiza el presente Dictamen, bajo los términos siguientes: ANÁLISIS Y ESTUDIO DE LA INICIATIVA: MOTIVACION: De la exposición de motivos de la iniciativa de reforma resalta lo aseverado por el autor, en el sentido de que: “…año con año, al inicio de un nuevo ciclo escolar, miles de estudiantes no pueden ingresar a una escuela pública, por falta de cupo, por lo que al carecer de escasos recursos y no contar con las condiciones económicas de poder inscribirse en una escuela privada, como es en la mayoría de los casos, optan por dejar de estudiar, siendo esto un grave problema para el Estado, debido a que al tener tiempo libre y no incorporarse a la vida productiva, pueden  éstos jóvenes inclinarse por asumir conductas antisociales.  Son miles los aspirantes a ingresar a una escuela pública de educación media superior los que se quedarán fuera en este ciclo escolar 2003-2004, como es el caso de los un mil 500 jóvenes que no pudieron ingresar a la Preparatoria Federal “Lázaro Cárdenas”, ubicada en la ciudad de Tijuana, escuela que recibió un total de solicitudes de ingreso de 3 mil 150 jóvenes. Esta preparatoria fue fundada por cooperación en 1946, y en el año de 1960 se incorpora a la UABC. Diez años más tarde, adopta su nombre actual y en el año 1972, el Plan de Estudios de seis semestres, además del turno matutino; el servicio social obligatorio y la capacitación de los estudiantes para el trabajo. A partir de 1982 se incorpora al programa de Bachillerato Internacional que congrega a más de mil escuelas de otros países y que permite cursar un plan de estudios que cuenta con nivel de excelencia académica. La preparatoria Lázaro Cárdenas, tiene como objetivos, brindar una educación formativa y propedéutica, de acuerdo al Plan de Estudios del bachillerato general de la Secretaría de Educación Pública; así como ofrecer capacitación para el trabajo, para el fortalecimiento profesional y/o la incorporación al sector productivo. Actualmente desarrolla en los estudiantes 10 capacitaciones para incorporarlos a la vida productiva como son: Administración, laboratorio clínico, tramitación aduanal, comunicación, dibujo arquitectónico, trabajo social, mecánica dental, contabilidad, informática y electrónica.  La Preparatoria Lázaro Cárdenas, cuenta actualmente con 60 aulas, biblioteca y los laboratorios de informática, química, física, biología, análisis instrumental, contabilidad y electrónica. Iniciará este nuevo ciclo con 60 grupos ubicados en el turno matutino, 21 en el vespertino y 4 en el nocturno, que es un horario básicamente para trabajadores.” INTENCION LEGISLATIVA.  Como solución a esta problemática, se presentó la Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico en mención realizando el planteamiento de que el Congreso del Estado a través de la Mesa Directiva solicite al Titular del Poder Ejecutivo Estatal de acuerdo a lo establecido por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines del Fondo Fideicomitido- se promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos estudiantes de primer semestre. INTERPRETACION DE LA INICIATIVA DE REFORMA. I.- ASPECTO GENERAL.  El fideicomiso nace a la vida jurídica mexicana a principios de 1925, al promulgarse la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, que refleja cierta influencia derivada de las labores de la Convención Bancaria que había tenido lugar un año antes. En su artículo 73 dicha Ley disponía que: “los bancos de fideicomiso sirven los intereses del público en varias formas y principalmente administrando los capitales que se les confían e interviniendo con la representación común de los suscriptores o tenedores de bonos hipotecarios, al ser emitidos éstos o durante el tiempo de su vigencia.” La Ley de Bancos de Fideicomiso del 30 de Junio de 1926, incorporada a la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios de agosto del mismo año, recoge una nueva influencia: la versión del fideicomiso como un mandato irrevocable transmisor de bienes; versión abandonada más tarde. Por último, la ley vigente elimina la noción del mandato para consagrar la concepción de “destino” de bienes a un fin determinado. La relación fiduciaria en el derecho mexicano solamente puede revestir carácter contractual. Desde el momento de su creación ambas partes adquieren derechos y obligaciones correlativos: el desempeño del cargo por lo que hace al fiduciario, el pago de sus honorarios por cuanto al fideicomitente, reduciendo tales derechos y obligaciones a su expresión más simple. El artículo 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece que “en virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos  y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.” Y el artículo 392 de la misma Ley señala las causas por las que un fideicomiso puede extinguirse y son siete a saber: “Artículo 392 El fideicomiso se extingue: I.- Por la realización del fin para el cual fue constituido; II.- Por hacerse éste imposible; III.- Por hacerse imposible el cumplimiento de la condición suspensiva de que dependa o no haberse verificado dentro del término señalado al constituirse el fideicomiso o, en su defecto, dentro del plazo de 20 años siguientes a su constitución; IV.- Por haberse cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto; V. Por convenio escrito entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario; VI.- Por revocación hecha por el fideicomitente, cuando éste se haya reservado expresamente ese derecho al constituir el fideicomiso; y VII.- En el caso del párrafo final del artículo 386.” En cuanto a la legislación estatal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California establece lo siguiente en relación a la figura del fideicomiso: “ARTICULO 53.- En uso de sus atribuciones y para cumplir la realización de proyectos específicos, ejecución de obras especiales, fomentar actividades prioritarias para el desarrollo estatal o satisfacer las disposiciones del Artículo 4o. de esta Ley, el Gobierno del Estado podrá afectar en fideicomiso bienes y valores patrimoniales, ostentando el carácter de fideicomitente y señalando la Dependencia o Entidad en quien recaiga el carácter de fideicomisario. ARTICULO 54.- Para lograr el control eficaz del régimen patrimonial y financiero de los fideicomisos, en todo comité técnico que se constituya como órgano de dirección, deberán participar la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de la Contraloría General y la Secretaría de Planeación y Presupuesto, quienes coadyuvarán al cumplimiento de lo que dispone el Artículo 46 de esta Ley.” II.- ASPECTO PARTICULAR. Del estudio a la Iniciativa de Acuerdo Económico en mención se desprende su finalidad, siendo que la Mesa Directiva de la actual Legislatura del Estado solicite al titular del Poder Ejecutivo Estatal -de acuerdo a lo establecido por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines del Fondo Fideicomitido- promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos estudiantes de primer semestre. Para mayor abundamiento se transcriben a continuación las cláusulas primera y cuarta del contrato del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California: CLAUSULAS: PRIMERA: CONSTITUCION Y OBJETO.- EL PODER DEL EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA CONSTITUYE EN ESTE ACTO EN EL BANCO BILBAO VIZCAYA-MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, DIVISION FIDUCIARIA, QUIEN LO ACEPTA, UN FIDEICOMISO PUBLICO DE ADMINISTRACION, QUE SERVIRA DE INSTRUMENTO PARA ESTABLECER UN MECANISMO AGIL Y TRANSPARENTE PARA EJERCER EL 5% DE LOS INGRESOS TOTALES QUE SE OBTENGAN POR CONCEPTO DE RECAUDACION DEL IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL EN LA REALIZACION DE PROGRAMAS Y ACCIONES ENCAMINADAS A: A).- APOYAR LA SEGURIDAD PUBLICA EN EL ESTADO;  B).- FOMENTAR LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION; Y, C).- FORTALECER LAS COMISIONES Y CONSEJOS DE DESARROLLO ECONOMICO. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2000 Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. ………………. ………………. CUARTA: FINES DEL FONDO FIDEICOMITIDO.- EL FONDO FIDEICOMITIDO EN EL PRESENTE FIDEICOMISO, DEBERA INVERTIRSE UNICAMENTE EN LAS ACCIONES ALUDIDAS EN LA CLAUSULA PRIMERA DE ESTE CONTRATO, CONFORME A LO SIGUIENTE:

………………. B).- EDUCACION: APOYAR LOS PROYECTOS QUE EN ESTA MATERIA PRESENTEN EL CONSEJO ESTATAL DE PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION, LOS ORGANISMOS PUBLICOS O PRIVADOS Y LAS INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA, RELACIONADOS CON CAPACITACION PARA ALUMNOS Y PROFESORES, ELEVAR LA CALIDAD EDUCACIONAL OTORGAMIENTO DE BECAS Y OTROS PROYECTOS RELACIONADOS CON LA MATERIA, CUYAS ACCIONES INCIDAN EN LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. LOS RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES SEÑALADAS EN ESTE INCISO NO PODRAN SER SUPERIORES AL 10% DEL TOTAL DE LAS APORTACIONES ENTREGADAS AL FIDEICOMISO.” Por su parte la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal 2003, señala en su Capítulo II lo siguiente: CAPITULO II IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL. ARTICULO 3.- El impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo personal se causa con una tasa de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.80% De los ingresos estatales que se obtengan por este impuesto se destinará el 5% a un fideicomiso empresarial que tendrá como objetivos: a).-  Apoyar a la seguridad pública en el Estado. b).- Fomento a la Participación Social en Educación. c).- Fortalecimiento de las Comisiones y Consejos de Desarrollo Económico. d).- Creación del Programa Estatal de Guarderías en coordinación con el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en el Estado.  De lo antes expuesto se desprende que efectivamente uno de los fines del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California radica en apoyar los proyectos que en materia educativa se presenten, de manera tal que al existir las condiciones adecuadas es viable destinar una cantidad de dinero proveniente del Fideicomiso en referencia al fomento de la educación en el estado. No presupone impedimento jurídico alguno el que la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas tenga como origen de sus recursos financieros a la Autoridad Educativa Federal denominada Secretaría de Educación Pública, dado que esa es su naturaleza jurídica en atención al decreto por el que fue creada dicha institución educativa. No pasa desapercibido a esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales el que la educación es una de las garantías individuales de que goza todo mexicano -de acuerdo a nuestra Carta Magna- y es por lo que considera adecuado dirigirse al titular del Poder Ejecutivo del Estado para que éste gestione ante el titular del Poder Ejecutivo Federal el incremento de los recursos federales que en materia educativa se asignan a las escuelas federales de nivel medio superior existentes en el Estado de Baja California; además de darle a conocer la situación actual que la educación media superior atraviesa y de manera particular la notoria necesidad de apoyos financieros para la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas. Por lo que con fundamento en lo antes expuesto se arriba a los siguientes CONSIDERANDOS PRIMERO.- Efectivamente es facultad de los Diputados presentar Iniciativas de Ley o de reformas a una Ley, de Decreto y de Acuerdo Económico con fundamento en lo preceptuado por los artículos 28 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 110 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. SEGUNDO.- Con fecha 11 de Agosto de 2003, el C. Diputado Lic. Catalino Zavala Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución  Democrática, presentó la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO PARA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO SOLICITE AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO PROMUEVA LA APROBACION DE UN MONTO PARA AMPLIAR EL TECHO FINANCIERO DE LA ESCUELA PREPARATORIA FEDERAL LAZARO CARDENAS, A FIN DE QUE SE ABRAN DIEZ NUEVOS GRUPOS EN EL TURNO VESPERTINO PARA EL CICLO ESCOLAR 2003-2004 Y SE ATIENDA A QUINIENTOS ESTUDIANTES DE PRIMER SEMESTRE. TERCERO.- Que la finalidad de la presente Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico radica en que este Honorable Congreso del Estado a través de la Mesa Directiva solicite al Titular del Poder Ejecutivo Estatal -de acuerdo a lo establecido por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines del Fondo Fideicomitido- promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos estudiantes de primer semestre.  CUARTO.- Del estudio al contrato del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California se deriva que en sus cláusulas primera y cuarta se establece como uno de los objetos de dicho fideicomiso el fomento a la educación; entendiéndose por tal, y de acuerdo a la cláusula cuarta, las actividades tendientes a apoyar los proyectos que en esa materia presenten el Consejo Estatal de Participación Social en la Educación, los Organismos Públicos o Privados y las Instituciones de Enseñanza, relacionados con capacitación para alumnos y profesores, elevar la calidad educacional, otorgamiento de becas y otros proyectos relacionados con la materia, cuyas acciones incidan en la circunscripción territorial del Estado de Baja California.  QUINTO.- Si bien uno de los fines del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California radica en apoyar los proyectos que en materia educativa se presenten, de manera tal que al existir las condiciones adecuadas es viable destinar una cantidad de dinero proveniente del Fideicomiso en referencia al fomento de la educación en el estado.  SEXTO.- Una vez estudiado el planteamiento del autor del punto de acuerdo económico, esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales  estima oportuno solicitar respetuosamente al titular del Ejecutivo del Estado para que en el ámbito de su competencia, tenga a bien atender la inaplazable demanda de recursos financieros para la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas. SEPTIMO.- Debido a la importancia que la educación reviste para el desarrollo integral del individuo, esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales considera conveniente que la Mesa Directiva de este Poder Legislativo del Estado envíe un oficio al titular del Poder Ejecutivo estatal para exhortarlo a que gestione ante el titular del Poder Ejecutivo Federal el incremento de los recursos federales que en materia educativa se asignan a las escuelas federales de nivel medio superior existentes en el Estado de Baja California; además de darle a conocer la situación actual que la educación media superior atraviesa y que no permite que todos los jóvenes que desean estudiar dicho nivel educativo puedan hacerlo ya que las escuelas son insuficientes. OCTAVO.- La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales llevó a cabo un análisis minucioso de la Iniciativa en estudio y determinó aprobar el presente Dictamen en los presentes términos, por unanimidad de votos de los Diputados presentes: Fernando Jorge Castro Trenti, Ricardo Rodríguez Jacobo, Raúl Felipe Luevano Ruíz, José de Jesús Martín Rosales y José Alfredo Ferreiro Velazco.  Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe somete a consideración de la Honorable Asamblea de la XVII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, el siguiente punto: RESOLUTIVO: UNICO.- Se aprueba enviar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado un oficio mediante el cuál se le exhorte a gestionar ante el titular del Poder Ejecutivo Federal el incremento de los recursos federales que en materia educativa se asignan a las escuelas federales de nivel medio superior existentes en el Estado de Baja California, como es el caso de la Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas de la Ciudad de Tijuana, misma que requiere el ampliar su techo financiero para satisfacer la demanda de creación de cuando menos diez grupos en respuesta a la apremiante necesidad estudiantil de contar con esos espacios educativos. Además, darle a conocer la situación actual por la que atraviesa la educación media superior, al no permitirse que todos los jóvenes que desean estudiar dicho nivel educativo puedan hacerlo ya que las escuelas son insuficientes. Dado en el Salón de Comisiones "Dr. Francisco Dueñas Montes" del Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California a los 11 días del mes de Septiembre de 2003. COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES DICTAMEN NUMERO 347 DIPUTADO FERNANDO JORGE CASTRO TRENTI. PRESIDENTE COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen 347 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria sírvase someter a votación el dictamen 347, diputados vamos a iniciar la votación, por lo cual se les solicita ocupar sus curules, adelante diputada.

- LA C. SECRETARIA: Gracias, solicitamos a los compañeros diputados manifestar el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Hidalgo Silva Marcelino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Avilés Múñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de esta votación es de veintiún votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 21 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen número 347 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en los términos que fue leído por el Diputado Catalino Zavala Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 331, el diputado Leopoldo Morán Díaz.

- EL C. DIP. MORAN DIAZ: Con su venia señor Presidente, compañeros diputados, compañeras diputadas, COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES  DICTAMEN No. 331 HONORABLE ASAMBLEA: La Comisión que suscribe, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 61 fracción I, 62 fracción XVII, 110 fracción I, 115 fracción I, 116, 122 y 124 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, recibió para su estudio, análisis y dictaminación, INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTICULO 38 BIS A LA LEY DE PUERTOS,  presentada ante esta Soberanía por el DIPUTADO LEOPOLDO MORÁN DÍAZ, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional,....

- EL C. PRESIDENTE: ¿Me permite diputado?, Diputado Luévano, si nos permite continuar con el desahogo de la Sesión, gracias diputado adelante.

- EL C. DIP. MORAN DIAZ: Misma que se dictamina con base en los siguientes, ANTECEDENTES I.- Con fecha 17 de Julio de 2003, el C. DIPUTADO LEOPOLDO MORÁN DÍAZ, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, presentó ante la Asamblea la Iniciativa de Reforma anteriormente señalada; II.- Recibida que fue la iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva, Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, de acuerdo a la facultad conferida por el Artículo 50 fracción II, inciso f), y fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, la turnó a esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; III.- Una vez recibida y analizada la Iniciativa de referencia, estudiada que fue la misma en todos y cada uno de sus términos, la Comisión que suscribe en cumplimiento con lo previsto en la fracción III del Artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, realizó el presente Dictamen,  bajo los términos siguientes: ANÁLISIS Y ESTUDIO DE LA INICIATIVA: A) ASPECTOS GENERALES I.- INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTICULO 38 BIS A LA LEY DE PUERTOS. De la exposición de motivos que se acompaña a la Iniciativa en cuestión, se desprenden los siguientes razonamientos: Ensenada es un puerto dinámico, de vocación múltiple, importante por su actividad comercial, pesquera y turística; colocado como uno de los puertos de mayor crecimiento económico a nivel mundial, por su proximidad a la creciente zona del noroeste de México y zona sudoeste de los Estados Unidos de América. La actividad portuaria de Ensenada, a través de todo este tiempo, ha logrado mantenerse a pesar de la caída que tuvo en sus operaciones tanto por factores nacionales como internacionales tales como el embargo atunero. En junio de 1994, el puerto de Ensenada cambia la forma de administrarse debido a la creación de la Administración Portuaria Integral de Ensenada mejor conocida como “API” la cual tiene su fundamento en la Ley de Puertos, promulgada en 1993 y que busca asentar el nuevo marco de operación de los puertos mexicanos. La API tiene como principal objetivo administrar, supervisar, controlar y promocionar bienes, servicios y actividades dentro del Recinto Portuario y opera con utilidades y recursos propios logrando su autosuficiencia financiera, gracias a los ingresos que obtiene por concepto de cesiones, tarifas portuarias y prestación de servicios. Las APIs no prestan, en general, los servicios portuarios directamente sino que lo hacen a través de empresas privadas a las que las APIs otorgan concesiones o permisos. El manejo de lo contenedores y de carga general lo prestan, prácticamente, empresas privadas. Por otra parte, cada API cubre una contraprestación anual al Gobierno Federal por el uso, explotación y aprovechamiento del Recinto Portuario y su poligonal envolvente. El marco jurídico en el que se sustentan las operaciones y actividades de la administración portuaria está sustentado por la Ley de Puertos, la ley de Navegación, las reglas de Operación y las distintas disposiciones legales que aplican a su actividad. Actualmente, el Gobierno Federal participa mayoritariamente en el capital de las 18 Apis constituidas como Entidades Paraestatales, tal es el caso de la API de Ensenada donde el Gobierno Federal tiene casi el total del capital accionario, sin ninguna participación del Estado o Municipio donde se ubica el puerto. En diciembre del año pasado, el Congreso de la Unión estableció en el artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, la obligación para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de transferir, de manera no onerosa, el 20 % de la acciones de la sociedad mercantil Administración Portuaria Integral a los Gobiernos de los Estados el 6% de las mismas a los municipios donde se encuentren operando las referidas administraciones portuarias integrales, siempre y cuando así lo soliciten los Estados y los Municipios interesados y se trate de administraciones en que la Federación tenga el 76 % de la acciones. Al amparo de dicha disposición obligatoria para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Soberanía tuvo a bien exhortar al Ejecutivo de nuestro Estado Lic. Eugenio Elorduy Walther y al Presidente del XVII Ayuntamiento de Ensenada, Dr. Jorge Catalán Sosa, para que solicitaran, de manera oficial, al Ejecutivo Federal y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la transferencia onerosa respecto de la administración  portuaria integral ubicada en Ensenada, donde el gobierno Federal tiene la posesión de un porcentaje mayor al 76%. No obstante y a pesar de las múltiples gestiones y variados esfuerzos que ha estado realizando desde comienzos del año el gobierno estatal y municipal para concretar la transferencia onerosa la Secretaría de Hacienda, así como la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aún no han terminado por concretar dicha transferencia  por una serie de causas, tanto técnicas como contables; lo anterior, hace prácticamente nugatoria la disposición del Congreso de la Unión contenida en la Ley de Ingresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal. Tan larga ha sido la espera que en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2003, se estableció nuevamente, en el artículo Sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2003, con vigencia por todo este año, el mismo contenido del artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos 2002, con la finalidad de facilitar la conclusión de los procesos de transferencia no onerosa que los Estados y Municipios solicitaron durante la vigencia de la Ley de Ingresos para el 2002. El hecho es que si al concluir el presente ejercicio fiscal, de nueva cuenta no se logra transferir al estado y Municipios los porcentajes de capital a que se refiere la Ley de Ingresos de la Federación, dejará en total estado de incertidumbre no solo a nuestras entidades Públicas, sino también a los demás gobiernos estatales y municipales que llegaran a solicitar esta transferencia no onerosa. La falta de observancia de esta disposición, por parte de las Dependencias Federales haría que, aún cuando se ordenara en la siguiente Ley de Ingresos dicha transferencia, dentro de su vigencia anual, se correría el riesgo de que, nuevamente, las dependencias federales siguieran sin beneficiar, a los Gobiernos Estatales y Municipales. Es indudable que el Estado de Baja California y el Municipio de Ensenada, cuentan con plena capacidad para administrar este tipo de organismos y tendrían en la transferencia no onerosa de las API’S un importante ingreso no sólo para sanear sus ya mermadas finanzas, sino también para planear, a largo plazo, el desarrollo de nuestras regiones, así que en muchos casos, dependen precisamente de la actividad portuaria, ya sea en el mar de Cortéz o en Pacífico. En este sentido se propone que para concretar en definitiva la transferencia de las API’S en beneficio de estados y municipios, así como para remediar lo escaso de la vigencia de la Ley de Ingresos, se propone modificar la Ley de Puertos, ordenamiento en el que esta prevista la existencia de las Administradoras Portuarias Integrales, a efecto de establecer ahí que las API’S, cuyas acciones pertenezcan en más del 76% al Gobierno Federal, serán transferidas de manera onerosa en un 20% a los Gobiernos Estatales y en un 6% a los de los Ayuntamientos que así lo soliciten, es decir, tal y como originalmente se prevé en la Ley de Ingresos de la Federación, pero a cambio tendrá una vigencia de carácter permanente y no transitoria como actualmente sucede. II.- ANTECEDENTES DE LA REFORMA PRETENDIDA En congruencia con el Programa de Modernización de la Infraestructura Portuaria y del reordenamiento de sus servicios, el 28 de septiembre de 1992 se expide el decreto para la extinción del órgano desconcentrado Puertos Mexicanos, así como para privatizar la operación de los puertos, reservándose para la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la atención de las funciones de autoridad en materia portuaria, mientras que la operación y la prestación de los servicios será atendida por los particulares.  En virtud de la importancia del nuevo marco funcional de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de puertos y marina mercante y a efecto de favorecer la participación de los sectores social y privado, en julio de 1993 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la creación de la Unidad para la Coordinación de Puertos y Marina Mercante, a fin de ejercer la autoridad marítima y portuaria, así como para regular la operación y la prestación de los servicios relativos. La estructura básica autorizada el 5 de julio de 1993 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hasta el nivel de dirección general, contempló la creación de la Unidad para la Coordinación de Puertos y Marina Mercante y la Dirección General de Puertos, así como el cambio de denominación de la Dirección General de Puertos y Marina Mercante por la de Marina Mercante. El 19 de marzo de 1994 se publica en el Diario Oficial el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría, en el que se determina un nuevo arreglo organizacional que contempla cambios en la denominación de algunas unidades administrativas y la creación de otras. Dentro de las áreas de nueva creación, se encuentra la citada unidad que cambió su denominación a Coordinación General de Puertos y Marina Mercante y las direcciones generales de Puertos y de Capitanías; las 2 primeras fueron autorizadas en julio de 1993, sujetas a que se modificara el Reglamento Interior y la última fue creada en marzo de dicho año, las cuales se instrumentan con la responsabilidad de regular, coordinar y vigilar la descentralización y operación del sistema marítimo portuario. En congruencia con las normas vigentes en materia organizacional determinadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con lo establecido en el Programa de Mediano Plazo para el Cierre de la Administración, en junio de 1994 se integró un nuevo esquema organizacional para esta dependencia, con el propósito de lograr el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles, incrementar los niveles de eficiencia y productividad y alcanzar una mayor calidad de los servicios. En la presente administración se inició un proceso de modernización administrativa orientado a obtener el óptimo aprovechamiento de recursos, lo que ha propiciado que las unidades administrativas modifiquen sus estructuras con el propósito de estar en congruencia con los requerimientos actuales de operación y sobre la base de incrementar los niveles de productividad de la Secretaría. III.- DE LA PRETENSIÓN LEGISLATIVA: La presente Iniciativa de reforma, propone modificar la Ley de Puertos, ordenamiento en el que está prevista la existencia de las Administradoras Portuarias Integrales, a efecto de establecer que las (API’S), cuyas acciones pertenezcan en más del 76% al Gobierno Federal, serán transferidas de manera onerosa en un 20% a los Gobiernos Estatales y en un 6% a los de los Ayuntamientos que así lo soliciten, es decir, tal y como originalmente se prevé en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2003, de esta forma, se tendrá una vigencia de carácter permanente y no transitoria como sucede en la actualidad. IV.- RÉGIMEN  JURÍDICO: Para efectos de determinar la viabilidad o inviabilidad de la Iniciativa en cuestión, procederemos a estudiar y analizar los ordenamientos legales aplicables al caso, mismos que se transcriben para su mayor comprensión: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: ARTÍCULO 116.- . . .      Los Poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas: ... CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA: ARTÍCULO 27.-  Son facultades del Congreso: I... II.- Iniciar ante el Congreso de la Unión las leyes y decretos que sean de la competencia del Poder Legislativo de la Federación, así como proponer la reforma o derogación de unas y de otras; III a la  XXXV.-... LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: ARTÍCULO 61.- Las Comisiones de Dictamen Legislativo, serán las siguientes: I.- De Legislación y Puntos Constitucionales. II a la III… ARTÍCULO 63.- Para el cumplimiento de las atribuciones señaladas en el artículo que antecede la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales solicitará a la Dirección de Asuntos Jurídicos Legislativos el estudio y análisis respectivo. ARTÍCULO 116.- Las Iniciativas de Ley o Decreto deberán sujetarse a los trámites siguientes: I.- Dictamen de Comisiones; II.- Discusión; y, III.- Votación. ARTÍCULO 117.- Toda iniciativa deberá presentarse al Presidente del Congreso por escrito y firmada, con su exposición de motivos en la cual exponga su autor o autores las consideraciones jurídicas, políticas, sociales o económicas que justifican, explican, motivan y dan procedencia a la proposición de creación, reforma, derogación o abrogación de una Ley, artículo de la misma o decreto. ... ARTÍCULO 118.- Todas las iniciativas se turnarán por el Presidente del Congreso a las Comisiones de Dictamen Legislativo que corresponda conforme a la presente Ley; una vez estudiadas, analizadas y discutidas formularán el dictamen correspondiente, sujetándolo a votación en los términos del artículo 149 de esta Ley. B).- ASPECTOS PARTICULARES: 1.- ANÁLISIS Y ESTUDIO DE LA INICIATIVA A efecto de iniciar este estudio, es oportuno y comprender que de la pretensión del legislador se desprende la importancia que sobre esta tiene la aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, en cuanto al artículo sexto transitorio, siendo esta aprobación un antecedente directo, y se dio debido al consenso que a nivel federal se ha establecido en torno a las Entidades Federativas, ya se considera que en la actualidad se encuentran política, social y económicamente con la madurez necesaria para hacerse cargo paulatinamente de las potestades tributarias que concentra la Federación, en este sentido, es oportuno señalar como antecedente que los grupos parlamentarios con representación legislativa, en la Cámara de Senadores, se pronunciaron en Diciembre del 2001, para efecto de que se adicionará el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2002.  Esta adición dispone como en la actual ley de ingresos del Ejercicio Fiscal a este año correspondiente, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transferirá, de manera no onerosa, el 20 por ciento de las acciones de la sociedad mercantil, administración portuaria integral, la APIS, a los gobiernos de los Estados, y el 6 por ciento de las mismas a los municipios donde éstas se encuentran operando, siempre y cuando los municipios interesados así lo soliciten y se trate de administraciones en las que la Federación tenga más del 76 por ciento de las acciones. En este orden, es oportuno manifestar que con la aprobación unánime de este artículo, se puso de manifiesto que independientemente de las diferencias partidistas e ideológicas, todos los partidos políticos coinciden en el que es necesario reformar el marco fiscal de carácter federalista, y que es necesario fortalecer las finanzas de los Estados y Municipios, para lograr impulsar el desarrollo regional y coadyuvar a reducir la desigualdad entre las distintas regiones del país. Por lo que se ha concluido que Federalismo y descentralización, son conceptos que aún en condiciones de diferencias partidistas y de poderes suscitan el acuerdo de todos. Esta convicción del Poder Legislativo Federal de impulsar una serie de instrumentos con auténtico sentido federalista, es contemplada inclusive por el propio Poder Ejecutivo Federal, ya que en el Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006, estima necesario continuar impulsando mediante la transferencia a los estados de las entidades, propiedad de la Federación o de sus activos. Pero más allá de la aprobación de instrumentos legales encaminados a resolver la necesidad latente y creciente de las entidades y municipios, de contar con mayores recursos y que no pueden explotar nuevas fuentes tributarias, es necesario velar por el cumplimiento cabal y oportuno de las mismas.  En este orden, el proponente de la iniciativa de decreto referida argumenta que las Administraciones Portuarias Integrales, tienen como principal objetivo administrar, supervisar, controlar y promocionar bienes, servicios y actividades dentro del Recinto Portuario y opera con utilidades y recursos propios logrando su autosuficiencia financiera, gracias a los ingresos que obtiene por concepto de cesiones, tarifas portuarias y prestación de servicios. En este entendido, se rigen por el Programa Maestro de Desarrollo del Puerto, el cual tiene una vigencia de 5 años y es exclusivo de cada puerto, en esta ocasión se cuenta con el segundo programa maestro que comprende 2000-2005. Por otra parte, la API cubre una contraprestación anual al Gobierno Federal por el uso, explotación y aprovechamiento del Recinto Portuario y su poligonal envolvente. Por lo que la propuesta del Legislador, plantea la modificación a la Ley de Puertos, a efecto de que se establezca en dicho ordenamiento el mandato presupuestal expresado por el artículo sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, ya que como se ha acotado, a pesar de las múltiples gestiones y variados esfuerzos que en nuestro Estado han realizado desde inicio del año el Gobierno Estatal y Municipal de Ensenada, para concretar la transferencia no onerosa, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Comunicaciones y Transportes, no han terminado de concretar dicha transferencia. Ahora bien, a efecto de que ser claros en el análisis de la iniciativa se transcribe a continuación el artículo cuya reforma se propone por el autor de la iniciativa y posteriormente se emiten los comentarios respectivos.

LEY DE PUERTOS PROPUESTA DEL LEGISLADOR INICIALISTA ARTÍCULO 38 BIS.- Los Gobiernos de los Estados y Municipios donde se encuentren operando las administraciones portuarias integrales, tendrán derecho a participar de sus acciones. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la encargada de transferir a título no oneroso un 20 % a los Estados y un 6%  a los Municipios interesados, siempre y cuando: I.- El Estado o municipio lo soliciten a la Secretaría de Hacienda o al Ejecutivo Federal, y  II.- La Federación tenga más del 76 % de las acciones de la Administradora Portuaria Integral de que se trate.

ARTICULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los Gobiernos Estatales y Municipales que con fundamento en el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, y la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003, hubieren solicitado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la transferencia no onerosa de las administradoras portuarias integrales que se encuentren en sus respectivos territorios, se entenderá que también solicitan la transferencia en los términos del Artículo 38 bis del presente Decreto. TERCERO.- Quedan sin efecto y por tanto se derogan, todas las disposiciones  que se opongan a lo establecido en el presente Decreto. CUARTO.- Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. QUINTO.- Una vez hecho lo ordenado en el artículo anterior, túrnese la presente iniciativa al Congreso de la Unión para efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo que esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, considera que es necesario que se de reconocimiento a las facultades tributarias de los Estados y los Municipios, para que estos cuenten con recursos para poder lograr su desarrollo, por lo que la propuesta del Legislador al pretender reformar la Ley de Puertos, con el objeto de establecer en el artículo 38 bis, una disposición que ha sido contemplada en las Leyes de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales 2002 y 2003, normas transitorias, que rigen para un plazo fijo y al término del cual automáticamente queda abolida su vigencia, consideramos oportuno el que dicha disposición  se establezca en una norma permanente como lo es, la Ley en comento, dadas las características propias que las leyes deben cumplir como son la generalidad y permanencia. En este sentido, de lo argüido con anterioridad, se considera procedente la reforma referida, ya que como hemos señalado, a nuestro parecer, es necesario el avance en el esquema fiscal federalista. El cual solo se logrará en la mediada en que proporcione a los Estados y municipios mayores potestades tributarias, administradas hasta hoy por la federación, para que con ello cuenten con mas recursos para su desarrollo, por lo que la Comisión que suscribe, estima viable la reforma aludida al artículo en comento, coincidiendo en la necesidad de reformar la ley en comentario. 2.- DE LOS ARTICULOS TRANSITORIOS. En otro orden concebimos a los artículos transitorios como aquellos que se incorporan para regular las situaciones especiales originadas con motivo de la expedición y aplicación de nuevas leyes o normas, o con la abolición y sus efectos, de otras anteriores, por tal motivo, debemos  considerar la importancia que revisten toda vez que prevén o resuelven diversos supuestos que con carácter temporal o transitorio, provocan las innovaciones legislativas; viniendo a ser complementarios de aquellos que regulan lo que es la materia propia de la ley o decreto, siendo en consecuencia normas anexas, que solo tienen vigencia con el articulado principal, y que al cumplir su propósito quedan sólo como un dato formal histórico, junto a las normas principales cuya característica es la permanencia. En este entendido, los artículos transitorios se consideran procedentes, solo cabe hacer una observación en el artículo transitorio quinto,  se considera oportuno,  que se manifieste la mención del artículo 71 de la Carta Magna, ya que es en este artículo donde se faculta a las Legislaturas locales para iniciar leyes o decretos además de que para hacerlo mas completo la mención de que se acompañe el acta del diario de los debates que origine la presente iniciativa. Una vez realizado el anterior análisis, se da cuenta de los razonamientos que llevaron a esta Comisión a resolver la viabilidad de la Iniciativa en comento, por lo que se exponen los siguientes: CONSIDERANDOS PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, iniciar ante el Congreso de la Unión las leyes y decretos que sean de la competencia del Poder Legislativo de la Federación, así como proponer la reforma o derogación de unas y otras, de conformidad con lo previsto por los artículos 27 fracción II y 28 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. SEGUNDO.- Que dentro de las atribuciones de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, se encuentra la de conocer los asuntos que están relacionados con las facultades legislativas, acorde con lo previsto por el artículo 61 fracción XVII  de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California. TERCERO.- Que la iniciativa de reforma en análisis reúne los requisitos que señala el artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, consistentes en que sea presentada por escrito y firmada, ante el Presidente del Congreso del Estado con la exposición de motivos en la que se expongan las consideraciones jurídicas, políticas, sociales o económicas que justifican, explican, motivan y dan procedencia a la proposición de creación, reforma, derogación o abrogación de una ley o artículo. CUARTO.- Que con la presente Iniciativa el promovente de la misma pretende modificar la Ley de Puertos, ordenamiento en el que esta previsto la existencia de las Administradoras Portuarias Integrales, (API’S), a efecto de que en aquellas en las cuales las acciones pertenezcan en más del 76% al Gobierno Federal, serán transferidas de manera onerosa en un 20% a los Gobiernos Estatales y en un 6% a los de los Ayuntamientos que así lo soliciten, es decir, tal y como originalmente se previo en las Leyes de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales del 2002 y 2003, pero en un ordenamiento con vigencia de carácter permanente y no transitoria como sucede en la actualidad. QUINTO.- Que es menester señalar, que la iniciativa presentada a esta Honorable Asamblea Legislativa, no es violatoria de las disposiciones vigentes, ni precepto legal alguno, sino que pretende contemplar en una disposición de manera permanente como lo es, el artículo 38 Bis de la Ley de Puertos, la pretensión contenida en los artículos sextos transitorios de las Leyes de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales 2002 y 2003. SEXTO.- Que la Comisión que suscribe, considera necesario el avance en el esquema fiscal federalista para que se proporcione a los Estados y municipios mayores potestades tributarias, administradas hasta hoy por la federación, para que con ello cuenten con mas recursos para su desarrollo, por lo que la propuesta del Legislador, toda vez que contribuye a este avance se considera viable y procedente. SEPTIMO.- Que el presente dictamen fue aprobado por el voto de los diputados quienes deciden resolver a favor el sentido del presente dictamen.  Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente punto: RESOLUTIVO: ÚNICO.- Se aprueba la REMISIÓN DE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LEY DE PUERTOS, AL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, para su correspondiente aprobación y publicación, en su caso, para quedar como sigue: ARTÍCULO 38 BIS.- Los Gobiernos de los Estados y Municipios donde se encuentren operando las administraciones portuarias integrales, tendrán derecho a participar de sus acciones. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la encargada de transferir a título no oneroso un 20 % a los Estados y un 6%  a los Municipios interesados, siempre y cuando: I.- El Estado o municipio lo soliciten a la Secretaría de Hacienda o al Ejecutivo Federal, y  II.- La Federación tenga más del 76 % de las acciones de la Administradora Portuaria Integral de que se trate. ARTICULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los Gobiernos Estatales y Municipales que con fundamento en el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, y la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003, hubieren solicitado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la transferencia no onerosa de las administradoras portuarias integrales que se encuentren en sus respectivos territorios, se entenderá que también solicitan la transferencia en los términos del Artículo 38 bis del presente Decreto. TERCERO.- Quedan sin efecto y por tanto se derogan, todas las disposiciones  que se opongan a lo establecido en el presente Decreto. CUARTO.- Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. QUINTO.- Una vez cumplimentado lo señalado en el artículo anterior, túrnese la presente iniciativa al Congreso de la Unión para efectos de los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, anexando el acta del Diario de los debates que motive, así como el acta de sesiones donde se aprobó. DADO en el Salón de Usos Múltiples del Edificio Municipal del H. Ayuntamiento en la Ciudad de Playas de Rosarito, Baja California, el Primero de Agosto del dos mil tres. (El dictamen de la Comisión correspondiente, fue aprobatorio en su, por unanimidad, es cuanto, señor Presidente, diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen 331 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, no habiendo oradores en contra, diputada secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Si, con gusto Diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados que emitan el sentido de su voto de manera nominal, comenzando por la derecha por favor.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Hidalgo Silva Marcelino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Terrazas Silva Juan, a favor,

- Martín Navarro María Rosalba, a favor,

- Avilés Múñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de veinte votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones, se declara aprobado el dictamen No. 331 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en los términos que fue leído por el diputado Leopoldo Morán Díaz. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz el diputado Arturo Alvarado González.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALES: Con el permiso de la Mesa Directiva, la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, presenta a este Pleno los siguientes dictámenes, Dictamen 44, Cuentas Públicas  del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, por el ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar el diputado Francisco Rueda; Dictamen No. 56, Cuentas Públicas del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, por el ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar el diputado Antonio Araiza; Dictamen 59, Cuentas Públicas del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, por el ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar un servidor; Dictamen No. 60, Cuentas Públicas del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado por el ejercicio Fiscal dos mil dos, que va a presentar el diputado Alfredo Ferreiro; y Punto de Acuerdo de la Comisión sobre una resolución de la Contraloría que estaba pendiente de dictaminar en la Comisión que va a presentar un servidor.

- EL C. PRESIDENTE: Punto de Acuerdo de la Contraloría, ¿Cual es el dictamen?

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Es sobre el asunto .....

- EL C. PRESIDENTE: ¿Otra vez?

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Lo que pasa es que, ya vez que la Contraloría resolvió pero mediante escrito.

- EL C. PRESIDENTE: Aja. Bien tiene el uso de la voz para el dictamen 44 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, el diputado Francisco Rueda Gómez.

- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias diputado Presidente, a nombre de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, me voy a permitir darle lectura al dictamen No. 44, relativo a la opinión de las Cuentas Públicas del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, del dos mil uno. Compañeras y compañeros Legisladores, COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO DICTAMEN NO. 44 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/OP059/2003 de fecha 29 de abril del 2003, mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, Fideicomiso Irrevocable de Administración e Inversión, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre del 2001. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de abril del 2002 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 3 de julio del 2002, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros al Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 29 de abril del 2003, se llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2001. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, fracción XII, en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local. SEGUNDO.- Que el Artículo 61, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por los siguientes puntos: a).- Se efectuaron registros contables en el rubro de Patrimonio, principalmente por aplicaciones de aportaciones, sin estar debidamente respaldados con la documentación correspondiente por un importe neto de $ 4’573,484. b).- En la trigésima primera sesión ordinaria del Comité Técnico del FOSEG, celebrada el 22 de agosto del 2001, se acordó aceptar la comprobación del Gobierno del Estado por las cantidades de $ 30'898,286 y $ 10'053,350 como aportaciones estatales en especie de los ejercicios fiscales de 1999 y 2000 del Programa de Dotaciones Complementarias, reconociéndose en consecuencia incremento al Patrimonio por la suma de $ 40'951,636, en tanto que, por este mismo importe se disminuyó el patrimonio por el reconocimiento de aplicaciones de aportaciones sin documentación comprobatoria que lo sustente, por aportaciones estatales $ 31'682,150 y por aplicaciones de aportaciones federales $ 9'269,486, los cuales están reflejadas en el Gasto Público del Gobierno del Estado; por otra parte, el importe de $ 9'269,486 fue reembolsado al Gobierno del Estado al considerarse que se ejercieron recursos propios para implementar el Programa de Dotaciones Complementarias, no obstante que al cierre del ejercicio fiscal 2001 el Gobierno del Estado adeuda a FOSEG $ 18'265,146 por concepto de aportaciones del ejercicio 2000 para el Programa en comento; así mismo en cuanto a los movimientos de cargo al Patrimonio señalados se desconoce las bases para determinar dichos montos, toda vez que no fue proporcionada la documentación que justifique y compruebe fehacientemente las erogaciones efectuadas, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C. c).- Se registró contablemente como aplicación en Patrimonio diverso equipo adquirido durante el ejercicio con recursos aportados por la Federación y el Estado, por un importe de $ 4’665,269, de los cuales no se localizaron las actas de entrega-recepción, donde se acredite la entrega de los bienes a las Entidades públicas beneficiadas. d).- El Gobierno del Estado aportó en exceso un importe de $ 2’796,259 toda vez que en el Convenio de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal de 1999 se determinó una aportación estatal de $ 82'491,279, habiéndose aportado $ 85'287,538, sin embargo no se registró al cierre del ejercicio pasivo a favor del Gobierno del Estado por el importe aportado en exceso. e).- La Entidad reconoció en sus estados financieros, aplicaciones al Patrimonio por $ 5'324,396 derivados de los recursos generados con rendimientos financieros, siendo superiores a las ampliaciones al Patrimonio generadas por dicho concepto por $ 3'066,091, las aplicaciones en exceso ascienden a $ 2'258,305. f).-         La Entidad no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se solicitó aprobación del Ejecutivo del Estado de las modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por $ 119'253,036 y creaciones por $ 60'173,282 de partidas en el Presupuesto de Egresos autorizado. g).- La Entidad no publicó sus Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre del 2001 en el Periódico Oficial del Estado incumpliendo a los Artículos 8 y 12 de la Ley para el Control y Vigilancia de los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos; así mismo, no publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de febrero del 2001 el Presupuesto de Egresos aprobado por partida omitiendo en su publicación el desglose a nivel de programas y partidas, cumpliendo parcialmente con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, y a la fecha no se ha publicado el cierre del ejercicio presupuestal SEXTO.- Que de conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todas sus aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público. SEPTIMO.- Que mediante oficio número 031163 de fecha 31 de julio del 2003, la Entidad remitió documentación e información adicional con el propósito de solventar algunas observaciones que fueron consignadas como solventadas en la opinión de la Contaduría Mayor, una vez analizada la misma, se concluye que se solventaron parcialmente los puntos 1 y 3. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial del Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Alejandro González Alcocer y C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, en su carácter de Presidente del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de octubre del 2001, por motivo de que se efectuaron registros contables en el rubro de Patrimonio, principalmente por aplicaciones de aportaciones, sin estar debidamente respaldados con la documentación correspondiente por un importe neto de $ 4’573,484; porque en la trigésima primera sesión ordinaria del Comité Técnico del FOSEG, celebrada el 22 de agosto del 2001, se acordó aceptar la comprobación del Gobierno del Estado por las cantidades de $ 30'898,286 y $ 10'053,350 como aportaciones estatales en especie de los ejercicios fiscales de 1999 y 2000 del Programa de Dotaciones Complementarias, reconociéndose en consecuencia incremento al Patrimonio por la suma de $ 40'951,636, en tanto que, por este mismo importe se disminuyó el patrimonio por el reconocimiento de aplicaciones de aportaciones sin documentación comprobatoria que lo sustente, por aportaciones estatales $ 31'682,150 y por aplicaciones de aportaciones federales $ 9'269,486, los cuales están reflejadas en el Gasto Público del Gobierno del Estado; por otra parte, el importe de $ 9'269,486 fue reembolsado al Gobierno del Estado al considerarse que se ejercieron recursos propios para implementar el Programa de Dotaciones Complementarias, no obstante que al cierre del ejercicio fiscal 2001 el Gobierno del Estado adeuda a FOSEG $ 18'265,146 por concepto de aportaciones del ejercicio 2000 para el Programa en comento; así mismo en cuanto a los movimientos de cargo al Patrimonio señalados se desconoce las bases para determinar dichos montos, toda vez que no fue proporcionada la documentación que justifique y compruebe fehacientemente las erogaciones efectuadas, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C.; así mismo porque se registró contablemente como aplicación en Patrimonio diverso equipo adquirido durante el ejercicio con recursos aportados por la Federación y el Estado, por un importe de $ 4’665,269, de los cuales no se localizaron las actas de entrega-recepción, donde se acredite la entrega de los bienes a las Entidades públicas beneficiadas; debido a que el Gobierno del Estado aportó en exceso un importe de $ 2’796,259 toda vez que en el Convenio de Seguridad Pública para el ejercicio fiscal de 1999 se determinó una aportación estatal de $ 82'491,279, habiéndose aportado $ 85'287,538, sin embargo no se registró al cierre del ejercicio pasivo a favor del Gobierno del Estado por el importe aportado en exceso; y por motivo que se reconocieron en los estados financieros, aplicaciones al Patrimonio por $ 5'324,396 derivados de los recursos generados con rendimientos financieros, siendo superiores a las ampliaciones al Patrimonio generadas por dicho concepto por $ 3'066,091, las aplicaciones en exceso ascienden a $ 2'258,305. SEGUNDO.- Es se otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial del Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Eugenio Elorduy Walther e Ing. Armando Arteaga King, en su carácter de Presidente del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del primero de noviembre al 31 de diciembre del 2001. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Alejandro González Alcocer y C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, en su carácter de Presidente del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de octubre del 2001 y a los CC. Lic. Eugenio Elorduy Walther e Ing. Armando Arteaga King, en su carácter de  Presidente del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del primero de noviembre al 31 de diciembre del 2001. CUARTO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se solicitó aprobación del Ejecutivo del Estado de las modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por $ 119'253,036 y creaciones por $ 60'173,282 de partidas en el Presupuesto de Egresos autorizado; y por motivo que no se publicaron los Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre del 2001 en el Periódico Oficial del Estado, incumpliendo lo dispuesto en los  Artículos 8 y 12 de la Ley para el Control y Vigilancia de los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos; así mismo, porque se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el día 23 de febrero del 2001 el Presupuesto de Egresos aprobado, omitiéndose en su publicación el desglose a nivel de programas y partidas, cumpliéndose parcialmente con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, y porque no se ha publicado el cierre del ejercicio presupuestal, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los once días del mes de agosto del dos mil tres. Y firmamos los integrantes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, hasta aquí el dictamen No. 44, del cual se solicita de la manera más atenta se someta a consideración, gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la Asamblea el dictamen 44 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria, sírvase someter a votación el mismo.

- LA C. SECRETARIA: Si, con mucho gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados emitir el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Zavala Márquez Catalino, a favor,

- Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor,

- Quintero Peña Ismael, a favor,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, en contra,

 - Salazar Castro Juan Manuel, a favor,

- Ramos García Everardo, a favor,

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,

- Rueda Gómez Francisco, a favor,

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,

- Araiza Regalado José Antonio, a favor,

- Alvarado González Arturo, a favor,

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?,

-  Morán Díaz Leopoldo, a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Martín Navarro María Rosalba, en contra,

- Avilés Muñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor Edgardo, en contra,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de diecisiete votos a favor, dos votos en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Tres en contra.

- LA C. SECRETARIA: Ruiz y Rosalba.

- EL C. PRESIDENTE: Y yo.

- LA C. SECRETARIA: Ah, tu también. Bien, dieciséis, tres y cero.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, gracias una vez aprobado en lo general y en lo particular con 17 votos a favor, 3 en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen 44 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 56 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público; el diputado Antonio Araiza Regalado.

- EL C. DIP. ARAIZA REGALADO: Con permiso de la Mesa Directiva, buenas tardes tengan todos. COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO DICTAMEN NO. 56 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/OP065/2003 de fecha 11 de agosto del 2003, mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre del 2001. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de abril del 2002 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 17 de octubre del 2001, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros al XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 5 de julio del 2002, se llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2001. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, fracción XII, en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local. SEGUNDO.- Que el Artículo 61, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por los siguientes puntos: a).- La Entidad al 31 de diciembre del 2001, presenta diversas partidas en conciliación tales como: depósitos no considerados por el banco por
$ 47,408, cargos bancarios por la cantidad de $ 620,067 provenientes de los ejercicios 1996, 1998, 1999, 2000 y 2001; cheques de caja cobrados por $ 691,744 que provienen del ejercicio 1998, movimientos bancarios que no han sido aclarados a la fecha, por otro lado la Entidad utiliza la cuenta bancaria No. 0446 761399 contratada con la institución de crédito Bancomer S.A., la cual presenta un saldo de $ 195,890 al 31 de diciembre del 2001, cuenta que se utiliza para el pago de estímulos económicos de Carrera Magisterial del magisterio municipal, misma que no se encuentra registrada contablemente, omitiéndose en consecuencia el registro contable y presupuestal de ingresos y egresos por aproximadamente la cantidad de $ 3’744,617 y $ 3’287,357, respectivamente. b).- La Entidad efectuó la cancelación de cuentas por cobrar de deudores diversos, préstamos al personal, convenios por daños al Patrimonio de la Entidad por la cantidad de $ 248,608, así como cargos bancarios no aclarados por la cantidad de $ 115,007, por considerarlos irrecuperables, sin mostrar evidencia de las gestiones de cobro o aclaraciones efectuadas y sin la autorización de Cabildo, por otro lado dentro del saldo de cuentas por cobrar se encuentra registrado un importe de $ 181,911 por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos los cuales provienen de los ejercicios de 1992 a 1999, mismos que se presume fueron entregados para el pago de contribuciones municipales, de este importe no se localizaron cheques por la cantidad de $ 81,906. c).- Se presenta como adeudo en litigio al 31 de diciembre del 2001 el importe de $ 250,555 derivado de las transferencias bancarias efectuadas el mes de septiembre del 2001 a favor del C. Rosendo Alberto Abarca Núñez a la Ciudad de Pachuca Hidalgo, con el fin de cubrir los gastos aduanales y el almacenaje de 48 vehículos que presuntamente serían donados por parte de la Dirección General de Aduanas de la Ciudad de Pachuca Hidalgo a la Entidad, situación que no se documentó; debido a que no se recibieron los vehículos, ni se realizó la devolución del importe de las transferencias bancarias se promovió el 28 de mayo del 2002 ante la Procuraduría General de Justicia del Estado denuncia penal por la comisión de delito de fraude, en contra de Rogelio Sotomayor y Rosendo Alberto Abarca Núñez. d).-         Se determinó diferencia por $ 8’482,141 entre el saldo contable de Bienes Muebles de $ 218’393,209 y el importe que arrojan los padrones emitidos por Oficialía Mayor por $ 224’662,499 y el área de Policía Comercial  por $ 2’212,851 los cuales suman un total de $ 226’875,350, misma que se encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieren resultar al concluirse su aclaración. e).- La Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo Decimosegundo Transitorio del Decreto Nº 166, disminuyendo de su patrimonio bienes inmuebles por un valor de $ 6’060,873, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin que al cierre del ejercicio se hayan tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cabal cumplimiento al procedimiento de desincorporación,  así mismo no se ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por el Municipio de Tijuana y los bienes reconocidos por el Municipio de Playas de Rosarito. f).- La Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $ 2,241’261,854, correspondiente a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, de los ejercicios 1993, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 mismos que se encuentran registrados contablemente en Cuentas de Orden; así mismo, se tiene registrado dentro de las Cuentas de Orden, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie 32,150 m2, el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de $ 41’473,500 que incluye terreno y construcción, del cual no ha sido regularizada su propiedad, toda vez que aún cuando en el Decreto Nº 194 expedido por la X Legislatura Constitucional del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California de fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público para incorporarse al dominio privado del Gobierno del Estado y su enajenación a titulo gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C., no se ha formalizado su donación, a su vez mediante el Decreto No. 345 publicado en el Periódico Oficial del Estado de B.C. de fecha 14 de septiembre del 2001, se autorizó la desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado al dominio privado de 13 lotes ubicados en distintos desarrollos del Municipio de Tijuana, B.C., autorizando al Ejecutivo del Estado, la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana para que se incorporen al patrimonio del dominio público municipal y se destinen a los usos que se especifican, mismos que no se registraron en cuentas de orden hasta en tanto se formalicen. g).-Se asignó mediante el oficio No. 1923 de fecha 05 de marzo de 1997 por parte de Oficialía Mayor de Gobierno, el predio identificado con clave catastral 2CF-252-101 con una superficie de 118,476.616 m2, polígono interior delimitado por los carriles de la vialidad Libramiento Oriente en la Delegación de La Mesa, condicionándose la asignación a que el Ayuntamiento de Tijuana concerte convenio para restituirle al C. Angel Fernández Quintana el monto de $ 1’000,000 correspondiente al anticipo que el particular pagó al Gobierno del Estado al celebrar contrato de promesa de venta de fecha 24 de julio de 1995, a efecto de que el Gobierno del Estado esté en condiciones de transmitir la propiedad mediante escritura pública a favor del Ayuntamiento de Tijuana; actualmente el inmueble es utilizado como lanzadera de transporte público, habiéndose celebrado convenio sin vencimiento con empresas transportistas. A la fecha no se ha realizado la negociación con el particular, por lo tanto no se ha regularizado la propiedad a favor de la Entidad, por otra parte el predio en mención no ha sido incorporado al padrón de predios asignados para su uso al Ayuntamiento por el Gobierno del Estado. h).- La Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por consumo de agua y convenios de obra, existiendo una diferencia de menos en registros contables por la cantidad de $ 8’660,476, toda vez que la CESPT presenta un adeudo por la cantidad de $ 19’666,507, cifra que no incluye recargos, de los cuales se encuentran registrados en Cuentas de Orden $ 7’366,856 y $ 3’639,175 como pasivo. Con fecha 18 de octubre del 2001 se celebró Convenio de Coordinación entre el Ayuntamiento, la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y Entidades Paramunicipales para la liquidación de los adeudos al 31 de agosto del 2001 por $ 26’496,604, cifra que se integra por adeudo del Ayuntamiento por $ 12’733,832 y de Organismos Paramunicipales de $ 13’762,772, estableciéndose que el Ayuntamiento pagará el crédito fiscal con bienes inmuebles de su propiedad en los que se ubican instalaciones hidráulicas operadas por la Comisión, dicho convenio no ha sido autorizado por el Cabildo ni por el Consejo de Administración de la CESPT. i).- Se presenta en los estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de
$ 1’645,606 que se integra por los saldos provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 2000 los cuales no han sido liquidados o depurados en su caso, por otro lado la Entidad efectuó la cancelación de pasivo subcuenta diversos por un importe de $ 400,535, el cual corresponde a partidas bancarias no aclaradas, esto sin proporcionar evidencia de la depuración de la cuenta y la autorización de Cabildo. j).- Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 7 de septiembre de 1999 se autorizó al Ejecutivo Municipal celebrar contratos administrativos para la prestación del servicio público de arrastre y almacenamiento de vehículos, con personas físicas y morales que acreditaran tener la capacidad necesaria para llevarlos a cabo, conviniéndose que el servicio se prestaría en auxilio de las delegaciones municipales, por el período del 1 de diciembre de 1998 al 30 de noviembre del 2001, incumpliéndose las Cláusulas Octava y Décima Quinta de los contratos celebrados, desconociéndose los montos que debieron recibirse, toda vez que no se reconocieron ingresos por los porcentajes de participación derivados de los servicios prestados durante el ejercicio, solo se obtuvo recuperación de los convenios de pago celebrados por las participaciones de ejercicios anteriores, convenios que se incumplieron, toda vez que no se recuperó la totalidad de los mismos, quedando un adeudo de $ 1’193,928 al 31 de diciembre del 2001, importe no reconocido contablemente al cierre del ejercicio, así mismo no se proporcionaron las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, no obstante no se ejerció la acción estipulada en la Cláusula Décima Sexta, toda vez que no se procedió a la rescisión de los contratos por el incumplimiento de las empresas prestadoras de servicios a las cláusulas que establecen que las empresas cobrarán a los particulares los derechos por el servicio de arrastre y almacenamiento de acuerdo a las cuotas tarifarías previstas en la Ley de Ingresos vigente y enterarán semanalmente al Ayuntamiento el 15% y 10% de los derechos generados efectivamente pagados, cabe señalar que en los contratos celebrados se omitió incluir el cobro de los impuestos adicionales del 15% y 10%, impuestos que no se cubrieron. k).- La Entidad no ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio de transferencia de funciones, organización y operación para la vigilancia del cumplimiento de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California y el Ayuntamiento de Tijuana, B. C. el cual en sus Cláusulas Cuarta y Octava establece: “Las actas e informes levantados por el Ayuntamiento de Tijuana por violación a lo referente en el Artículo 27 de la Ley, serán remitidas a el Gobierno del Estado para la calificación de la sanción correspondiente dentro de las 48 horas siguientes a su envío, quedando el proceso administrativo de ejecución a cargo de el Ayuntamiento de Tijuana” a su vez “ El Ayuntamiento de Tijuana realizará la vigilancia para el exacto cumplimiento de la Ley, pero sujeto a las disposiciones contenidas en el presente convenio”, toda vez que no se proporcionó evidencia de las actas e informes elaborados en las inspecciones realizadas a los negocios, actualmente la Entidad presenta una relación de 260 permisionarios los cuales no han revalidado sus permisos, a su vez no se mostró evidencia del cumplimiento al Artículo 16 de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California, el cual establece “Los permisos y las actualizaciones para servicios adicionales deberán ser revalidados ante el ejecutivo durante el mes de junio de cada año, de lo contrario operará la cancelación automática del permiso” así mismo se incumplió con el Artículo 31 punto 10 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal 2001, el cual establece “Quienes no revaliden sus permisos en forma oportuna o quienes lo hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la ley de la materia, causarán una sanción económica de 20 a 150 S.D.G.V., independientemente de las sanciones administrativas a que tuviese lugar. No procederá sanción alguna cuando se haya presentado y otorgado prórroga para la revalidación de permisos por parte del Cabildo. Las prórrogas o plazos otorgados serán por única vez y no podrán exceder de 90 días naturales”, toda vez que existen 260 permisos no revalidados de acuerdo al padrón proporcionado por la Secretaría del Ayuntamiento, el cual no se encuentra valuado ni registrado contablemente, de estos algunos permisos comprenden adeudos por los períodos de 1997 al 2001, por otro lado la Entidad tiene registrado en cuentas de orden el padrón de adeudos por convenios de pago por revalidaciones y permisos nuevos emitido por la Tesorería Municipal el cual está valuado en $ 1’197,865, mismo que se encuentra en proceso de depuración, toda vez que cuenta con 5 convenios duplicados por un importe de $ 411,116 y 3 convenios liquidados por un importe de $ 151,840. l).- Los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 1’919,447 de adeudos por cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policíaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 9 años debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana B.C., para el ejercicio fiscal del 2001, por otro lado, este saldo incluye un importe de $ 335,607 que de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 190 Fracción IV de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de B.C. se presume que ya prescribieron, por lo que no se pueden ejercitar acciones de cobro, de este un importe de $ 288,167, corresponde a empresas que ya desaparecieron, resultando ser cuentas incobrables, esto por la falta oportuna de su requerimiento. m).- La Entidad al 31 de diciembre del 2001 presenta en Cuentas de Orden Rezagos de Impuesto Predial por la cantidad de $ 159’298,447, que corresponde a los adeudos de contribuyentes por rezagos de la cuenta corriente del ejercicio 2001, toda vez que contablemente se reconoce únicamente el rezago del último ejercicio fiscal, dicho saldo difiere en $ 501’080,551 con el padrón de Rezagos proporcionado por la Dirección de Administración Urbana, el cual presenta 130,371 claves catastrales con adeudos por un importe de $ 660’378,998, dicho padrón se encuentra en proceso de depuración desconociéndose los efectos que puedan resultar; por otro lado se desconoce el origen y justificación de los movimientos efectuados durante el ejercicio, dado que el padrón al 31 de diciembre del 2000 presentó un saldo por recuperar por la cantidad de $ 453’302,629, se recaudó en el ejercicio por concepto de rezago de Impuesto Predial la cantidad de $ 35’261,171 de acuerdo a los registros contables, y los adeudos de la cuenta corriente en el ejercicio 2001 asciende a $ 159’298,447, por lo tanto considerando lo anterior se tendría un saldo teórico del padrón de rezagos por un importe de $ 577’339,905, el cual difiere en $ 83’039,093 con el importe del padrón proporcionado por la Dirección de Administración Urbana; por lo que respecta al Padrón de Línea Amarilla no se ha homologado con la información que proporcionan los recibos de ingresos, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaría de $ 1 por metro lineal, arrojando al 31 de diciembre del 2001 la cifra de $ 6’787,516, en tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón, dado que estos se expiden sobre la base de cuota tarifaría establecida en la Ley de Ingresos vigente, por otro lado no se mostraron las gestiones realizadas durante el ejercicio para la recuperación de los adeudos, dicho padrón cuenta con adeudos duplicados por la cantidad de $ 120,798, y se omitió el registro de adeudos por la cantidad de $ 61,258; por lo que corresponde al padrón de Multas de Reglamentos éste presenta un saldo el cual se encuentra registrado en cuentas de orden al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 199,255, del cual se desconoce su integración; en tanto que el padrón de Impuesto por Plusvalía presenta un saldo al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 28’244,892, de los cuales por un monto de $ 1’403,118 se detectaron adeudos que presentan diferencias por la cantidad de $ 870,497, entre el saldo reflejado en el padrón y los adeudos según los expedientes individuales de contribuyentes. n).- Durante el ejercicio 2001 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo III de Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 36’244,370, los cuales generaron intereses financieros de acuerdo a los cálculos efectuados por la Entidad por $ 897,595, obteniéndose en global recursos hasta por $ 37’141,965 de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión pública por la cantidad de $ 36’282,365 y según registros contables de $ 35’206,535, determinándose una diferencia entre ambas cifras de $ 1’075,830; por otra parte la Entidad no proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios provenientes de la inversión temporal de los excedentes. Considerando que los recursos recibidos por la Entidad ascendieron a la cantidad de $ 36’244,370, y que los recursos ejercidos según registros contables fueron por un monto de $ 35’206,535, se tiene un remanente disponible por la cantidad de $ 1’037,835, siendo que la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones de este fondo presenta un saldo acreedor al cierre del ejercicio de $ 3’995,804, arrojando una diferencia no aclarada en bancos de $ 5’033,639, consecuencia de que no se lleve un control estricto de estos recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados.

ñ)      La Entidad ejecutó la obra denominada “Reloj Monumental Tijuana 2000” a la cual se le asignaron recursos presupuestales por $ 6’400,000 en el ejercicio 2000, de los cuales se ejercieron $ 4’374,100 en dicho ejercicio, refrendándose $ 2'025,900 para el ejercicio 2001, año en que se aplicó a la obra la cantidad de $ 6’025,795 (cifra que no incluye obras y erogaciones complementarias no capitalizadas por $ 4’412,911, obras del entorno al reloj), afectándose diversos programas y partidas presupuestales, al respecto no hubo autorización expresa del Cabildo de la asignación de recursos adicionales por la cantidad de $ 3’999,895 para cubrir el incremento en el costo de la obra en comento. o).- La Entidad celebró contrato No. DOSPM-2000-AD-113 de fecha 17 de noviembre del 2000, para llevar a cabo la obra consistente en construcción de la estructura metálica del reloj monumental Tijuana 2000, Tijuana, B.C. por un monto de $ 4’149,920, mismo que fue adjudicado  al C. Ing. José Espinoza Skinfield basándose en acuerdo de adjudicación directa de contrato de obra por excepciones previstas en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas, Equipamiento Suministros y Servicios Relacionados con la Misma, siendo lo anterior inapropiado toda vez que no aplica dicho artículo al no reunirse las condiciones de que el beneficiado del contrato fuera el único con capacidad de realizarla, por tratarse ésta de una obra de ingeniería realizada con materiales comunes, por lo que la Entidad incumplió con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley en referencia. Así mismo con base al proyecto original se obtuvieron los conceptos y cantidades de obra, posteriormente se celebró convenio adicional mediante el cual el proyecto fue modificado de tal forma que finalmente se realizó conforme a un proyecto distinto al original, los motivos principales de la celebración del convenio fue incluir trabajos extraordinarios por un monto de $ 2’671,646 los cuales representaron el 71% con respecto al costo original contratado, considerándose lo anterior como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California, el cual establece que: “las entidades contratantes podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente el proyecto... y dichas modificaciones no podrán, en modo alguno afectar las condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del objeto del contrato original”; asimismo, la Entidad elaboró, autorizó y efectuó el pago de las estimaciones Nos. 1 y 5 que contenían trabajos que no se habían realizado por un importe de $ 1’340,412 los días 25, 31 de enero y 31 de mayo del 2001, respectivamente, lo anterior determinado conforme a lo asentado en la bitácora de obra, en la cual se establece que los días 27 de febrero del 2001 se tienen habilitados y junteados 56.40 mts. de estructura del arco y el día 14 de junio del 2001 se inician trabajos del forro de la cubierta de la estructura; por otra parte, la Entidad proporcionó al contratista por concepto de anticipo un 30% del monto contratado por un importe de $ 1’216,011.80 con los cuales realizó la compra de equipo como camión plataforma de 3 y 10 toneladas y camión grúa de 30 toneladas por un importe de $ 523,600, por lo cual no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de la Ley Estatal en comento, el cual establece que para el inicio de los trabajos se otorgará un 10% y un 20% para la compra de equipo y materiales de instalación permanente. p)- En la conciliación contable-presupuestal de ingresos y egresos se presentan en conciliación movimientos de ingresos duplicados por $ 978,243 que se afectaron presupuestalmente no obstante que se efectuó la corrección contable correspondiente, así mismo se incluyen en resultados partidas de gastos por $ 2’597,494 que no se afectaron presupuestalmente, que corresponden afectaciones a las partidas 242 Mantenimiento de Vehículos y Maquinaria $ 1’217,856, 634 Aportaciones ISSSTECALI, Policías $ 120,225, adquisiciones de bienes muebles de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial por $ 673,955 y diferencia no aclarada de $ 585,458, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas que la integran. q)- La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta 289 y 308 días posteriores al plazo de Ley, respectivamente; así como porque no se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos mensuales, mismas que se agrupan en 18 puntos. r)- La Apertura Programática con la cual se sustentó el Presupuesto de Egresos, los avances trimestrales programáticos, así como las modificaciones presupuestales efectuadas al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal del 2001, no fueron remitas al Congreso del Estado de Baja California de conformidad con lo previsto en los Artículos 27, 43 Fracción IV y 56 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; no obstante dicha información sí fue proporcionada para efectos de la revisión de la Cuenta Pública; adicionalmente se observó la falta de cierre programático acumulado según se establece en el Artículo 43 último párrafo del ordenamiento legal en comento. s).- La Entidad basó la elaboración del Presupuesto de Egresos en una Apertura Programática integrada por 246 Programas y 3,668 actividades de las cuales 393 actividades describen la unidad de medida como “No cuantificable”, situación que limitó medir los resultados de las actividades logradas en el transcurso del ejercicio y del cierre programático de las mismas de conformidad con lo previsto en los Artículos 56, 56 Bis, 58 y 59 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEXTO.- Que de conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todas sus aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., a los CC. Lic. Juan Manuel Gastélum Buenrostro y Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y en su carácter de Presidentes Municipales, por el período del primero al 29 de enero del 2001 y del 30 de enero al 30 de noviembre del 2001 y al
C.P. Roberto Zavala Gutiérrez en su carácter de Tesorero por el período del primero de enero al 30 de noviembre del 2001, y a los CC. José de Jesús González Reyes y C.P. Gerardo Rocha Centeno en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre del 2001, por motivo de que la Entidad al 31 de diciembre del 2001, presenta diversas partidas en conciliación tales como: depósitos no considerados por el banco por $ 47,408, cargos bancarios por la cantidad de $ 620,067 provenientes de los ejercicios 1996, 1998, 1999, 2000 y 2001; cheques de caja cobrados por $ 691,744 que provienen del ejercicio 1998, movimientos bancarios que no han sido aclarados a la fecha, por otro lado la Entidad utiliza la cuenta bancaria No. 0446 761399 contratada con la institución de crédito Bancomer S.A., la cual presenta un saldo de $ 195,890 al 31 de diciembre del 2001, cuenta que se utiliza para el pago de estímulos económicos de Carrera Magisterial del magisterio municipal, misma que no se encuentra registrada contablemente, omitiéndose en consecuencia el registro contable y presupuestal de ingresos y egresos por aproximadamente la cantidad de $ 3’744,617 y $ 3’287,357, respectivamente; debido a que la Entidad efectuó la cancelación de cuentas por cobrar de deudores diversos, préstamos al personal, convenios por daños al Patrimonio de la Entidad por la cantidad de $ 248,608, así como cargos bancarios no aclarados por la cantidad de $ 115,007, por considerarlos irrecuperables, sin mostrar evidencia de las gestiones de cobro o aclaraciones efectuadas y sin la autorización de Cabildo, por otro lado dentro del saldo de cuentas por cobrar se encuentra registrado un importe de $ 181,911 por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos los cuales provienen de los ejercicios de 1992 a 1999, mismos que se presume fueron entregados para el pago de contribuciones municipales, de este importe no se localizaron cheques por la cantidad de $ 81,906; porque se determinó diferencia por $ 8’482,141 entre el saldo contable de Bienes Muebles de $ 218’393,209 y el importe que arrojan los padrones emitidos por Oficialía Mayor por $ 224’662,499 y el área de Policía Comercial por $ 2’212,851 los cuales suman un total de $ 226’875,350, misma que se encuentra sujeta a conciliación y aclaración; desconociéndose los efectos que pudieren resultar al concluirse su aclaración; así mismo debido a que la Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por consumo de agua y convenios de obra, existiendo una diferencia de menos en registros contables por la cantidad de $ 8’660,476, toda vez que la CESPT presenta un adeudo por la cantidad de $ 19’666,507, cifra que no incluye recargos, de los cuales se encuentran registrados en Cuentas de Orden $ 7’366,856 y $ 3’639,175 como pasivo. Con fecha 18 de octubre del 2001 se celebró Convenio de Coordinación entre el Ayuntamiento, la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y Entidades Paramunicipales para la liquidación de los adeudos al 31 de agosto del 2001 por $ 26’496,604, cifra que se integra por adeudo del Ayuntamiento por $ 12’733,832 y de Organismos Paramunicipales de $ 13’762,772, estableciéndose que el Ayuntamiento pagará el crédito fiscal con bienes inmuebles de su propiedad en los que se ubican instalaciones hidráulicas operadas por la Comisión, dicho convenio no ha sido autorizado por el Cabildo ni por el Consejo de Administración de la CESPT; además porque se presenta en los estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $ 1’645,606 que se integra por los saldos provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 2000 los cuales no han sido liquidados o depurados en su caso, por otro lado la Entidad efectuó la cancelación de pasivo subcuenta diversos por un importe de $ 400,535, el cual corresponde a partidas bancarias no aclaradas, esto sin proporcionar evidencia de la depuración de la cuenta y la autorización de Cabildo; debido a que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 7 de septiembre de 1999 se autorizó al Ejecutivo Municipal celebrar contratos administrativos para la prestación del servicio público de arrastre y almacenamiento de vehículos, con personas físicas y morales que acreditaran tener la capacidad necesaria para llevarlos a cabo, conviniéndose que el servicio se prestaría en auxilio de las delegaciones municipales por el período del 1 de diciembre de 1998 al 30 de noviembre del 2001, incumpliéndose las Cláusulas Octava y Décima Quinta de los contratos celebrados, desconociéndose los montos que debieron recibirse, toda vez que no se reconocieron ingresos por los porcentajes de participación derivados de los servicios prestados durante el ejercicio, solo se obtuvo recuperación de los convenios de pago celebrados por las participaciones de ejercicios anteriores, convenios que se incumplieron, toda vez que no se recuperó la totalidad de los mismos, quedando un adeudo de $ 1’193,928 al 31 de diciembre del 2001, importe no reconocido contablemente al cierre del ejercicio, así mismo no se proporcionaron las fianzas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, no obstante no se ejerció la acción estipulada en la Cláusula Décima Sexta, toda vez que no se procedió a la rescisión de los contratos por el incumplimiento de las empresas prestadoras de servicios a las cláusulas que establecen que las empresas cobrarán a los particulares los derechos por el servicio de arrastre y almacenamiento de acuerdo a las cuotas tarifarías previstas en la Ley de Ingresos vigente y enterarán semanalmente al Ayuntamiento el 15% y 10% de los derechos generados efectivamente pagados, cabe señalar que en los contratos celebrados se omitió incluir el cobro de los impuestos adicionales del 15% y 10%, impuestos que no se cubrieron. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., a los CC. Lic. Juan Manuel Gastélum Buenrostro y Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y en su carácter de Presidentes Municipales, por el período del primero al 29 de enero del 2001 y del 30 de enero al 30 de noviembre del 2001 y al C.P. Roberto Zavala Gutiérrez en su carácter de Tesorero por el período del primero de enero al 30 de noviembre del 2001, y a los CC. José de Jesús González Reyes y C.P. Gerardo Rocha Centeno en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre del 2001. TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad presenta como adeudo en litigio al 31 de diciembre del 2001 el importe de $ 250,555 derivado de las transferencias bancarias efectuadas el mes de septiembre del 2001 a favor del C. Rosendo Alberto Abarca Núñez a la Ciudad de Pachuca Hidalgo, con el fin de cubrir los gastos aduanales y el almacenaje de 48 vehículos que presuntamente serían donados por parte de la Dirección General de Aduanas de la Ciudad de Pachuca Hidalgo a la Entidad, situación que no se documentó; debido a que no se recibieron los vehículos, ni se realizó la devolución del importe de las transferencias bancarias se promovió el 28 de mayo del 2002 ante la Procuraduría General de Justicia del Estado denuncia penal por la comisión de delito de fraude, en contra de Rogelio Sotomayor y Rosendo Alberto Abarca Núñez; debido a que la Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo Decimosegundo Transitorio del Decreto Nº 166, disminuyendo de su patrimonio bienes inmuebles por un valor de $ 6’060,873, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin que al cierre del ejercicio se hayan tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cabal cumplimiento al procedimiento de desincorporación,  así mismo no se ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por el Municipio de Tijuana y los bienes reconocidos por el Municipio de Playas de Rosarito; debido a que la Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $ 2,241’261,854, correspondiente a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, de los ejercicios 1993, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 mismos que se encuentran registrados contablemente en Cuentas de Orden; así mismo, se tiene registrado dentro de las Cuentas de Orden, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie 32,150 m2, el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de $ 41’473,500 que incluye terreno y construcción, del cual no ha sido regularizada su propiedad, toda vez que aún cuando en el Decreto
Nº 194 expedido por la X Legislatura Constitucional del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California de fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público para incorporarse al dominio privado del Gobierno del Estado y su enajenación a titulo gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C., no se ha formalizado su donación, a su vez mediante el Decreto No. 345 publicado en el Periódico Oficial del Estado de B.C. de fecha 14 de septiembre del 2001, se autorizó la desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado al dominio privado de 13 lotes ubicados en distintos desarrollos del Municipio de Tijuana, B.C., autorizando al Ejecutivo del Estado, la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana para que se incorporen al patrimonio del dominio público municipal y se destinen a los usos que se especifican, mismos que no se registraron en cuentas de orden hasta en tanto se formalicen; por motivo de que se asignó mediante el oficio No. 1923 de fecha 05 de marzo de 1997 por parte de Oficialía Mayor del Gobierno del Estado, el predio identificado con clave catastral 2CF-252-101 con una superficie de 118,476.616 m2, polígono interior delimitado por los carriles de la vialidad Libramiento Oriente en la Delegación de La Mesa, condicionándose la asignación a que el Ayuntamiento de Tijuana concerte convenio para restituirle al C. Angel Fernández Quintana el monto de $ 1’000,000 correspondiente al anticipo que el particular pagó al Gobierno del Estado al celebrar contrato de promesa de venta de fecha 24 de julio de 1995, a efecto de que el Gobierno del Estado esté en condiciones de transmitir la propiedad mediante escritura pública a favor del Ayuntamiento de Tijuana; actualmente el inmueble es utilizado como lanzadera de transporte público, habiéndose celebrado convenio sin vencimiento con empresas transportistas. A la fecha no se ha realizado la negociación con el particular, por lo tanto no se ha regularizado la propiedad a favor de la Entidad, por otra parte el predio en mención no ha sido incorporado al padrón de predios asignados para su uso al Ayuntamiento por el Gobierno del Estado; así mismo porque la Entidad no ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio de transferencia de funciones, organización y operación para la vigilancia del cumplimiento de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California y el Ayuntamiento de Tijuana, B. C. el cual en sus Cláusulas Cuarta y Octava establece: “Las actas e informes levantados por el Ayuntamiento de Tijuana por violación a lo referente en el Artículo 27 de la Ley, serán remitidas a el Gobierno del Estado para la calificación de la sanción correspondiente dentro de las 48 horas siguientes a su envío, quedando el proceso administrativo de ejecución a cargo de el Ayuntamiento de Tijuana” a su vez “ El Ayuntamiento de Tijuana realizará la vigilancia para el exacto cumplimiento de la Ley, pero sujeto a las disposiciones contenidas en el presente convenio”, toda vez que no se proporcionó evidencia de las actas e informes elaborados en las inspecciones realizadas a los negocios, actualmente la Entidad presenta una relación de 260 permisionarios los cuales no han revalidado sus permisos, a su vez no se mostró evidencia del cumplimiento al Artículo 16 de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California, el cual establece “Los permisos y las actualizaciones para servicios adicionales deberán ser revalidados ante el ejecutivo durante el mes de junio de cada año, de lo contrario operará la cancelación automática del permiso” así mismo se incumplió con el Artículo 31 punto 10 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal 2001, el cual establece “Quienes no revaliden sus permisos en forma oportuna o quienes lo hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la ley de la materia, causarán una sanción económica de 20 a 150 S.D.G.V., independientemente de las sanciones administrativas a que tuviese lugar. No procederá sanción alguna cuando se haya presentado y otorgado prórroga para la revalidación de permisos por parte del Cabildo. Las prórrogas o plazos otorgados serán por única vez y no podrán exceder de 90 días naturales”, toda vez que existen 260 permisos no revalidados de acuerdo al padrón proporcionado por la Secretaría del Ayuntamiento, el cual no se encuentra valuado ni registrado contablemente, de estos algunos permisos comprenden adeudos por los períodos de 1997 al 2001, por otro lado la Entidad tiene registrado en cuentas de orden el padrón de adeudos por convenios de pago por revalidaciones y permisos nuevos emitido por la Tesorería Municipal el cual está valuado en $ 1’197,865, mismo que se encuentra en proceso de depuración, toda vez que cuenta con 5 convenios duplicados por un importe de $ 411,116 y 3 convenios liquidados por un importe de $ 151,840; porque los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 1’919,447 de adeudos por cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policíaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 9 años debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana B.C., para el ejercicio fiscal del 2001, por otro lado, este saldo incluye un importe de $ 335,607 que de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 190 Fracción IV de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de B.C. se presume que ya prescribieron, por lo que no se pueden ejercitar acciones de cobro, de este un importe de $ 288,167, corresponde a empresas que ya desaparecieron, resultando ser cuentas incobrables, esto por la falta oportuna de su requerimiento; debido a que la Entidad al 31 de diciembre del 2001 presenta en Cuentas de Orden Rezagos de Impuesto Predial por la cantidad de $ 159’298,447, que corresponde a los adeudos de contribuyentes por rezagos de la cuenta corriente del ejercicio 2001, toda vez que contablemente se reconoce únicamente el rezago del último ejercicio fiscal, dicho saldo difiere en $ 501’080,551 con el padrón de Rezagos proporcionado por la Dirección de Administración Urbana, el cual presenta 130,371 claves catastrales con adeudos por un importe de $ 660’378,998, dicho padrón se encuentra en proceso de depuración desconociéndose los efectos que puedan resultar; por otro lado se desconoce el origen y justificación de los movimientos efectuados durante el ejercicio, dado que el padrón al 31 de diciembre del 2000 presentó un saldo por recuperar por la cantidad de $ 453’302,629, se recaudó en el ejercicio por concepto de rezago de Impuesto Predial la cantidad de $ 35’261,171 de acuerdo a los registros contables, y los adeudos de la cuenta corriente en el ejercicio 2001 asciende a $ 159’298,447, por lo tanto considerando lo anterior se tendría un saldo teórico del padrón de rezagos por un importe de $ 577’339,905, el cual difiere en $ 83’039,093 con el importe del padrón proporcionado por la Dirección de Administración Urbana; por lo que respecta al Padrón de Línea Amarilla no se ha homologado con la información que proporcionan los recibos de ingresos, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaría de $ 1 por metro lineal, arrojando al 31 de diciembre del 2001 la cifra de $ 6’787,516, en tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón, dado que estos se expiden sobre la base de cuota tarifaría establecida en la Ley de Ingresos vigente, por otro lado no se mostraron las gestiones realizadas durante el ejercicio para la recuperación de los adeudos, dicho padrón cuenta con adeudos duplicados por la cantidad de $ 120,798, y se omitió el registro de adeudos por la cantidad de $ 61,258; por lo que corresponde al padrón de Multas de Reglamentos éste presenta un saldo el cual se encuentra registrado en cuentas de orden al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 199,255, del cual se desconoce su integración; en tanto que el padrón de Impuesto por Plusvalía presenta un saldo al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 28’244,892, de los cuales por un monto de $ 1’403,118 se detectaron adeudos que presentan diferencias por la cantidad de $ 870,497, entre el saldo reflejado en el padrón y los adeudos según los expedientes individuales de contribuyentes; porque durante el ejercicio 2001 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo III de Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 36’244,370, los cuales generaron intereses financieros de acuerdo a los cálculos efectuados por la Entidad por $ 897,595, obteniéndose en global recursos hasta por $ 37’141,965 de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión pública por la cantidad de $ 36’282,365 y según registros contables de $ 35’206,535, determinándose una diferencia entre ambas cifras de $ 1’075,830; por otra parte la Entidad no proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios provenientes de la inversión temporal de los excedentes. Considerando que los recursos recibidos por la Entidad ascendieron a la cantidad de
$ 36’244,370, y que los recursos ejercidos según registros contables fueron por un monto de $ 35’206,535, se tiene un remanente disponible por la cantidad de $ 1’037,835, siendo que la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones de este fondo presenta un saldo acreedor al cierre del ejercicio de $ 3’995,804, arrojando una diferencia no aclarada en bancos de $ 5’033,639, consecuencia de que no se lleve un control estricto de estos recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados; por motivo de que la Entidad ejecutó la obra denominada “Reloj Monumental Tijuana 2000” a la cual se le asignaron recursos presupuestales por $ 6’400,000 en el ejercicio 2000, de los cuales se ejercieron $ 4’374,100 en dicho ejercicio, refrendándose $ 2'025,900 para el ejercicio 2001, año en que se aplicó a la obra la cantidad de $ 6’025,795 (cifra que no incluye obras y erogaciones complementarias no capitalizadas por $ 4’412,911, obras del entorno al reloj), afectándose diversos programas y partidas presupuestales, al respecto no hubo autorización expresa del Cabildo de la asignación de recursos adicionales por la cantidad de $ 3’999,895 para cubrir el incremento en el costo de la obra en comento; así mismo porque la Entidad celebró contrato No. DOSPM-2000-AD-113 de fecha 17 de noviembre del 2000, para llevar a cabo la obra consistente en construcción de la estructura metálica del reloj monumental Tijuana 2000, Tijuana, B.C. por un monto de $ 4’149,920, mismo que fue adjudicado  al C. Ing. José Espinoza Skinfield basándose en acuerdo de adjudicación directa de contrato de obra por excepciones previstas en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas, Equipamiento Suministros y Servicios Relacionados con la Misma, siendo lo anterior inapropiado toda vez que no aplica dicho artículo al no reunirse las condiciones de que el beneficiado del contrato fuera el único con capacidad de realizarla, por tratarse ésta de una obra de ingeniería realizada con materiales comunes, por lo que la Entidad incumplió con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley en referencia. Así mismo con base al proyecto original se obtuvieron los conceptos y cantidades de obra, posteriormente se celebró convenio adicional mediante el cual el proyecto fue modificado de tal forma que finalmente se realizó conforme a un proyecto distinto al original, los motivos principales de la celebración del convenio fue incluir trabajos extraordinarios por un monto de $ 2’671,646 los cuales representaron el 71% con respecto al costo original contratado, considerándose lo anterior como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California, el cual establece que: “las entidades contratantes podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente el proyecto... y dichas modificaciones no podrán, en modo alguno afectar las condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del objeto del contrato original”; asimismo, la Entidad elaboró, autorizó y efectuó el pago de las estimaciones Nos. 1 y 5 que contenían trabajos que no se habían realizado por un importe de $ 1’340,412 los días 25, 31 de enero y 31 de mayo del 2001, respectivamente, lo anterior determinado conforme a lo asentado en la bitácora de obra, en la cual se establece que los días 27 de febrero del 2001 se tienen habilitados y junteados 56.40 mts. de estructura del arco y el día 14 de junio del 2001 se inician trabajos del forro de la cubierta de la estructura; por otra parte, la Entidad proporcionó al contratista por concepto de anticipo un 30% del monto contratado por un importe de $ 1’216,011.80 con los cuales realizó la compra de equipo como camión plataforma de 3 y 10 toneladas y camión grúa de 30 toneladas por un importe de $ 523,600, por lo cual no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de la Ley Estatal en comento, el cual establece que para el inicio de los trabajos se otorgará un 10% y un 20% para la compra de equipo y materiales de instalación permanente; debido a que en la conciliación contable-presupuestal de ingresos y egresos se presentan en conciliación movimientos de ingresos duplicados por $ 978,243 que se afectaron presupuestalmente no obstante que se efectuó la corrección contable correspondiente, así mismo se incluyen en resultados partidas de gastos por $ 2’597,494 que no se afectaron presupuestalmente, que corresponden afectaciones a las partidas 242 Mantenimiento de Vehículos y Maquinaria $ 1’217,856, 634 Aportaciones ISSSTECALI, Policías $ 120,225, adquisiciones de bienes muebles de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial por $ 673,955 y diferencia no aclarada de $ 585,458, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas que la integran; por motivo de que la Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta 289 y 308 días posteriores al plazo de Ley, respectivamente; así como porque no se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos mensuales, además debido a que la Apertura Programática con la cual se sustentó el Presupuesto de Egresos, los avances trimestrales programáticos, así como las modificaciones presupuestales efectuadas al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal del 2001, no fueron remitas al Congreso del Estado de Baja California de conformidad con lo previsto en los Artículos 27, 43 Fracción IV y 56 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; no obstante dicha información sí fue proporcionada para efectos de la revisión de la Cuenta Pública; adicionalmente se observó la falta de cierre programático acumulado según se establece en el Artículo 43 último párrafo del ordenamiento legal en comento; y porque la Entidad basó la elaboración del Presupuesto de Egresos en una Apertura Programática integrada por 246 Programas y 3,668 actividades de las cuales 393 actividades describen la unidad de medida como “No cuantificable”, situación que limitó medir los resultados de las actividades logradas en el transcurso del ejercicio y del cierre programático de las mismas de conformidad con lo previsto en los Artículos 56, 56 Bis, 58 y 59 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, túrnese a la Sindicatura del XVII Ayuntamiento de Tijuana Baja California, para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes.
DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil tres. COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO, es cuanto ciudadano Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 56, de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados, manifestar el sentido de su votación, de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.

- Zavala Márquez Catalino, abstención,

- Hidalgo Silva Marcelino, a favor, 

- Nicolás Osuna Aguilasocho, en contra,

- Ramos García Everardo, abstención,

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor, 

- Quintero Peña Ismael, a favor, 

- Ruiz Uribe Jesús Alejandro, abstención,

- Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor, 

- Salazar Castro Juan Manuel, a favor, 

- Morán Díaz Leopoldo, a favor, 

- Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor, 

- Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor, 

- Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor, 

- Rueda Gómez Francisco, a favor, 

- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor, 

- Araiza Regalado José Antonio, a favor, 

- Alvarado González Arturo, a favor, 

- Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor, 

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa directiva.

- Martín Navarro María Rosalba, abstención,

- Avilés Muñoz Raquel, a favor,

- Suárez Córdova Héctor, abstención.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de quince votos a favor, un voto en contra y cinco abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 15 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones se declara aprobado el Dictamen 56 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Araiza Regalado. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 59 de la Comisión de Fiscalización el diputado Arturo Alvarado González.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Con el permiso de la mesa directiva. Comisión de Fiscalización del Gasto Público, Dictamen No. 59. Honorable Asamblea.

Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/OP074/2003 de fecha 20 de agosto del 2003, mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre del 2001.

Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes

A N T E C E D E N T E S :

PRIMERO.- Con fecha 1° de abril del 2002 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

SEGUNDO.- Con fecha 18 de octubre del 2002, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros al I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental.

TERCERO.- Con fecha 15 de agosto del 2002, se llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2001.

C O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, fracción XII, en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local.

SEGUNDO.- Que el Artículo 61, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de dictamen legislativo.

TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por los siguientes puntos:

a).-    La Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 en la cuenta de Almacén de materiales saldo de $ 204,210 el cual no incluye el importe de las refacciones existentes a esa fecha, dichas refacciones no se encuentran valuadas ni registradas contablemente; sin que exista control contable ni administrativo sobre las mismas como se detalla; así mismo en el almacén se mantiene material obsoleto el cual no se encuentra registrado contablemente.

b).-    Se determinó diferencia por $ 711,334 al comparar el saldo contable de bienes muebles de $ 21’031,909 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $ 21’743,243, dicha diferencia no ha sido conciliada ni aclarada, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el programa de conciliación entre el padrón y los registros contables, por otro lado, se tienen bienes muebles en desuso considerados chatarra, de los cuales a la fecha no se han tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cumplimiento al procedimiento de desincorporación y por lo tanto a su baja contable.

c).-     Se tiene registrado en Inversiones fijas y en Cuentas de Orden inmuebles por la cantidad de $ 11’269,849 y $ 40’498,826, respectivamente, de los cuales se carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso; adicionalmente, le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez no han sido registrados contablemente, por otro lado con fecha 18 de diciembre de 1998 se publicó la autorización del Fraccionamiento Villas Campestres, el cual señala una superficie a donar a favor del Ayuntamiento de 7,133.44 m2, la cual no se encuentra regularizada la propiedad como patrimonio inmobiliario ni registrada en cuentas de orden.

d).-    Se presenta en la cuenta de Pagos Anticipados al 31 de diciembre del 2001 un importe de $ 241,549, de los cuales $ 57,927 corresponden a anticipos pendientes de comprobar, por entregas de efectivo efectuadas en el ejercicio de 1999 a los Comités de Vecinos y Planteles Educativos para la realización de obras, las cuales no se han aplicado contablemente, siendo que dichas obras ya se concluyeron, por otro lado la Entidad efectuó aportación municipal al Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California (FOSEG) por la cantidad de $ 86,657 para la adquisición de patrullas afectándose el resultado del ejercicio como egresos debiéndose afectar la cuenta de Pagos Anticipados.

e).-    La Entidad celebró Convenios de Regularización de Fraccionamientos para regularizar el desarrollo de los fraccionamientos: Chula Vista, Santa Lucía, Misión del Mar I y La Mina, conviniéndose el pago de las donaciones a favor del Gobierno Municipal del 10% de la superficie vendible para los usos que determine la autoridad municipal, debido a que las áreas de donación se encuentran vendidas y ocupadas parcialmente; así mismo, celebró Contrato de Dación de Pago para convenir el pago anticipado en especie de futuras donaciones por la autorización de fraccionamientos, y se autorizó mediante Acuerdo de Cabildo el programa de Construcción del Edificio del Palacio Municipal confiriéndose al Director de Desarrollo Urbano y Ecología la facultad de disponer de las áreas de donación de diversos fraccionamientos autorizados o en proceso de autorización con el objeto de obtener recursos para la ejecución de la obra en comento, contraviniendo lo dispuesto en los Artículos 114 y 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California que establecen que son bienes del dominio público municipal los inmuebles donados al Municipio por la autorización de fraccionamientos, los cuales podrán ser desincorporados mediante autorización que expida la Legislatura local, cuando por algún motivo dejen de ser útiles para fines de servicio público; además se celebró convenio de fecha 26 de enero del 2000 para autorizar la acción de urbanización del Fraccionamiento Villa Turística, sobre el cual la Entidad no proporcionó Acuerdo de Cabildo donde se establezca la autorización del fraccionamiento ni el convenio de donación correspondiente, consecuentemente no  se encuentran registrados los predios contablemente en Cuentas de Orden.

f).-     El 15 de junio del 2000 se celebró Convenio de Transferencia y/o Permuta, correspondiente a siete polígonos de asentamientos humanos definidos en el Plano de Certificación de Derechos Ejidales de los fraccionamientos denominados: Independencia, Benito Juárez y Ampliación Benito Juárez, Ampliación Lucio Blanco,  Reforma y  Ampliación  Reforma, Lucio Blanco, Ampliación Constitución, 17 de agosto de 1938, Coronado y Parque Industrial Rosarito; estableciéndose en la Cláusula Primera de dicho documento que el Comisariado Ejidal del Ejido Mazatlán dona a favor del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C. las superficies de 377,450.18 m², 68,060.84 m², 209,045.02 m² y 18,904.06 m² correspondientes al 10% de donación municipal sin uso específico, 3% de área escolar, 3% de área verde y área de equipamiento, según se precisa como “anticipo o ajuste que haya en los fraccionamientos descritos...”; en esta misma cláusula se consigna que también se donan superficies de terreno fuera de los polígonos de los asentamientos humanos referidos, localizados en la Parcela 38 con superficie de 1,296.00 m², Parcela 42 con superficie de 38,116.20 m² y Parcela 50 con superficie de 41,691.26 m², la superficie en global de las donaciones ascienden a 754,563.56 m², de las cuales sólo se tiene registrada contablemente en Cuentas de Orden la superficie de 7,436.88 m², correspondiente al predio No. 1 de la manzana 70 de la Parcela 16 en la Colonia Benito Juárez donde se construyó Subestación de Policía con un valor catastral de $ 1’338,640, dado que cuenta con el deslinde, sin embargo dicho predio aún no sido desincorporado del Régimen Ejidal.

g).-    La Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 cuenta por pagar a favor del Gobierno Federal y Estatal por la cantidad de $ 3’877,602 derivado de la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios 1998, 1999, 2000 y 2001 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima Terrestre, como se describe en el ANEXO 5; así mismo se presenta pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana por la cantidad de $ 1’100,828 por concepto de consumo de agua de los ejercicios 1999, 2000 y 2001, y pasivo a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) por la cantidad de $ 7’557,968 integrado por el saldo del convenio celebrado el 29 de septiembre del 2000, por las cuotas y aportaciones no enteradas por los meses de julio de 1999 a septiembre del 2000, así como las cuotas y aportaciones de los meses de noviembre y diciembre del 2000 y los meses de mayo a diciembre del 2001, mismo que difiere en $ 141,134 con el importe confirmado por el ISSSTECALI de $ 7’699,102 sin incluir accesorios.

h).-    La Entidad presenta en cuentas por pagar al 31 de diciembre del 2001 bajo el concepto saldos por depurar de administraciones anteriores la cantidad de $ 827,693, la cual se integra por el importe neto de cuentas con naturaleza deudora y acreedora, las cuales no han sido recuperadas, liquidadas o en su caso depuradas.

i).-     Se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes del Impuesto Predial al 31 de diciembre del 2001, por la cantidad de $ 14’698,958 por ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial, resultante de comparar las cifras que arroja el padrón al 31 de diciembre del 2000 por $ 82’132,046, disminuyéndole los pagos recibidos durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 4’201,178 e incrementándole los adeudos del 2001 no cubiertos durante el ejercicio por $ 31’290,157, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $ 109’221,025, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos al 31 de diciembre de 2001 asciende a $ 187’461,706, importe que incluye recargos, multas y gastos de ejecución por la cantidad de $ 92’939,639, dicha diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad, así mismo el padrón se encuentra en proceso de depuración, dado que éste incluye adeudos de claves catastrales que corresponden al Municipio de Tijuana, así mismo el padrón presenta 183 claves catastrales las cuales omiten períodos de adeudos, por otro lado existe diferencia por la cantidad de $ 23,759 entre el saldo que arroja el padrón de multas de tránsito por la cantidad de $ 2’364,607 y los registros contables por $ 2’340,848; por lo que respecta a Línea Amarilla éste presenta un saldo por recuperar al 31 de diciembre del 2001 de $ 149,458, el cual no fue susceptible de compararse con el padrón, toda vez que éste no se encuentra valuado, a su vez se omitió el registro contable de adeudos derivados de la celebración de convenios por los conceptos de 3% de supervisión de obra, obras de pavimentación, impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles y transmisión de dominio, permisos nuevos de alcoholes y remate de vehículos por la cantidad de $ 3’229,221.

j).-     Los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 201,011 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policíaca prestados directamente por el Departamento de Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal 2001.

k).-    La Entidad no proporcionó evidencia documental de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en la fracción I y segundo párrafo del Artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, así como que será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno Estatal y el Municipio la autorización de los recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal para la realización del Programa de Desarrollo Institucional Municipal por $ 34,568, por otro lado no se dio cumplimiento a lo establecido en el manual operativo del Ramo 33, toda vez que no se celebraron los convenios de concertación correspondientes por lo que se desconoce cual fue la aportación real de la comunidad en las obras realizadas.

l).-     La Entidad reconoció presupuestalmente y no contablemente como ingresos propios, ingresos transitorios por $ 5’294,483 derivados principalmente de la recaudación del 20% de la participación estatal y federal correspondiente a la Zona Federal Marítima Terrestre y Multas Federales no Fiscales, así como omitió afectar presupuestalmente la cantidad de $ 993,354 correspondientes a participaciones efectivamente percibidas en el mes de diciembre del 2001; en relación a los egresos se determinó diferencia neta no aclarada de más en el presupuesto de $ 6’773,454 resultante de comparar las afectaciones a las partidas presupuestales y contables de egresos, así como se practicaron ajustes contables a diversas partidas de gastos mismos que no se afectaron presupuestalmente por el importe neto de $ 788,371, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas en conciliación no aclaradas.

m).-   Existe incertidumbre sobre la documentación comprobatoria que sustenta el gasto por “la auditoria realizada a los estados financieros de la Comisión Federal de Electricidad” sobre el juicio con el Ayuntamiento de Playas de Rosarito, esto por la cantidad de $ 82,500, toda vez que con fecha 20 de agosto del 2001 se solicitó se cubriera dicho pago, con fecha 29 de noviembre la Tesorería Municipal solicitó la autorización ante la Mesa de Autorizaciones de Regidores, siendo el prestador del servicio Consultoría Fiscal Torres y Asociados, S.C., sociedad que se presume inexistente fiscalmente, dicho servicio fue liquidado el 29 de noviembre del 2001, amparándose el gasto con el recibo de honorarios No. 154 de fecha 20 de julio del 2001, observándose además que no corresponde la firma de la persona que recibió el cheque con la identificación que sustenta la entrega del mismo; dicho servicio consistió en un peritaje elaborado por la C.P. Rosaura Cabrera Bautista presentado el día 11 de abril del 2002 ante el Magistrado Instructor de la Décima Primera Sala Metropolitana del H. Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, dichas operaciones fueron sujetas a investigación por la Sindicatura Municipal, derivándose denuncia penal promovida el 15 de agosto del 2002 ante la Procuraduría de Justicia del Estado de B.C.

n).-    La Entidad durante el ejercicio percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 12’828,588, se generaron intereses por la cantidad de $ 42,238, obteniéndose recursos en global por la cantidad de $ 12’870,826, de los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron $ 11’849,236, cifra que incluye pago duplicado al contratista Integral Sumatoria de Servicios, S.A. de C.V. por $ 273,687 el cual no ha sido recuperado, quedando un remanente por ejercer de $ 1’021,590, mismo que al compararlo con la cuenta bancaria que se utilizó para controlar las entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de más en registros contables por $ 48,172, toda vez que el saldo de la cuenta bancaria en la que se depositaron las aportaciones del Fondo IV presenta un saldo contable al cierre del ejercicio de $ 1’069,762; por otro lado, se utilizaron recursos por $ 4’469,748 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos se aplicaron; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, por lo que respecta a la publicación de los resultados obtenidos al cierre del ejercicio según publicación de fecha 24 de enero del 2002 se señaló un importe de recursos recibidos y ejercidos por la cantidad de $ 12’012,283.

ñ).-    Se celebró Convenio de administración de obra con el Gobierno del Estado de Baja California de fecha 28 de marzo del 2001, en el cual se establecieron las bases para el desarrollo de obras de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la Infraestructura Educativa en planteles escolares de nivel básico, habiéndose recibido la cantidad de $ 1’000,000 los cuales se registraron como ingresos, a su vez se registró como egresos la cantidad de $ 983,630 correspondiente a los recursos ejercidos en el desarrollo de las obras comprobándose el gasto con copias de facturas en algunos casos expedidas a nombre del Gobierno del Estado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público que consigna “… La comprobación del gasto público se efectuará con la documentación original…”; por lo que respecta a la diferencia por $ 16,370 se reintegró la cantidad de $ 8,045 al Gobierno del Estado al igual que la documentación comprobatoria original que respalda la aplicación de los recursos ejercidos, siendo las afectaciones contables y presupuestales improcedentes, toda vez que la Entidad sólo fue intermediaria entre el Gobierno del Estado y los beneficiarios del programa de Infraestructura Educativa.

o).-    Existe diferencia por la cantidad de $ 3’834,777 entre el importe ejercido durante el ejercicio en la ejecución de obras normales según registros contables por la cantidad de $ 25’229,727, importe que incluye la capitalización de la construcción del edificio del Palacio Municipal por un importe de $ 11’900,413 y la “Relación de obras públicas, adquisiciones y servicios relacionados con las mismas al cierre del ejercicio fiscal 2001” proporcionada por la Coordinación administrativa de obra que arroja la cantidad de $ 21’394,950, cifra que incluye $ 3’641,727 de obra ejecutada con recursos del Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), sin embargo los registros contables no incluyen la totalidad de los programas de obra realizados en el ejercicio, toda vez que no se consideraron los recursos ejercidos del PAFEF por un importe de $ 5’386,418, los cuales fueron ejercidos en la construcción del Palacio Municipal etapa III y IV, así como el pago recibido en especie consistente en la construcción de muros perimetrales del edificio del Palacio Municipal y obras de pavimentación por un importe de $ 4’151,408, los cuales se recepcionaron según constancia de cumplimiento de obra de fecha 13 de noviembre del 2001, por otro lado fue solicitada información de los expedientes de obra la cual no fue proporcionada.

p).-    Se realizaron diversas erogaciones en el ejercicio afectando las partidas de viáticos, promociones artísticas sociales y culturales e informe de gobierno por la cantidad de $ 226,559, de los cuales $ 91,415 corresponden a las cenas ofrecidas con motivo del 15 de septiembre y del 3er. informe de gobierno y $ 135,144 al viaje realizado a las Ciudades de Alicante y Madrid España, sobre este último se desconoce quienes participaron en el viaje, la justificación y/o beneficios obtenidos para la Entidad.

q).-    La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en 352 y 152 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, así como porque no se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos mensuales, mismas que se agrupan en 26 puntos.

r).-     La Entidad incumplió con lo previsto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se apoyó para la elaboración del Presupuesto de Egresos en programas que señalen objetivos, metas, beneficios y unidades responsables de su ejecución en 10 programas que equivalen al 17% de sus 59 programas, incumpliendo consecuentemente con lo dispuesto en los Artículos 26, 56 Bis, 58, 59 y 61 de dicha Ley, a su vez en la apertura programática no fueron cuantificadas las metas ni se especificó la unidad de medida de las mismas; en cuanto a las modificaciones presupuestales efectuadas durante el ejercicio que incluyeron ampliaciones por $ 58’549,660, de las cuales $ 28’728,080 no fueron autorizadas por el Cabildo antes de ejercerse, así como disminuciones por $ 10’154,622 y transferencias por $ 2’846,199, dichas modificaciones no se acompañaron con la información relativa sobre los programas y subprogramas que se hayan creado o modificados, ni se manifestó en forma expresa por la Entidad la no modificación de programas y subprogramas; así mismo no se proporcionó información sobre las justificaciones que les dieron origen, mismas que debieron sustentar las solicitudes de autorización ante el Cabildo, adicionalmente dentro de la Cuenta Pública Anual remitida al Congreso del Estado no se adjuntó la información relativa al Cierre del Ejercicio Programático (acumulado) de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 15 y 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California y 43, fracción IV y último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.

s).-     La Entidad no efectuó conciliación entre las partidas de gasto de Inmuebles y construcciones correspondientes al grupo 500 con un presupuesto ejercido de $ 50’639,669, contra las cifras contables de $ 29’660,369 y el cierre de inversión de obra pública por $ 21’394,950 que no incluye las obras ejecutadas con recursos del Ramo 33, Fondo III Infraestructuras Municipal y Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios por $ 2’577,556 y $ 1’614,032, respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudieran resultar al efectuarse la misma.

t).-     La Entidad celebró contrato No. C-PRON-01-ROS-EP-005C de fecha 6 de marzo del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. III etapa por un monto de $ 9’679,109, el cual le fue rescindido a la empresa por incumplimiento al contrato, originando que no se amortizara el total de anticipo concedido quedando un saldo por anticipo no amortizado de $ 470,367 el cual a la fecha no se ha recuperado; asimismo, no se aplicaron penas  convencionales al contratista por incumplimiento al programa de obra por un monto de $ 167,953. Por otra parte, se realizaron modificaciones al contrato mediante convenios, reduciéndose el monto del contrato a $ 6’665,837 por la eliminación de algunas partidas y conceptos del presupuesto original, y a su vez se dieron de alta por obra extraordinaria 161 conceptos por un monto de $ 3’627,299 que representaron el 37% con respecto al costo original contratado; igualmente, se celebró contrato No. C-OPM-PRON-01-ROS-EP-021 de fecha 5 de octubre del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en albañilería y acabados en primer y segundo nivel del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. por un monto $ 1’423,937.80, posteriormente se celebraron convenios incrementando el monto a $ 2’323,540.89, mediante estos convenios se incluyeron 59 conceptos extraordinarios por un monto de $ 1’153,867.48 los cuales representaron el 81% con respecto al costo original contratado, con las modificaciones realizadas en los contratos respectivos se considera que la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en las fracciones III, V, VI y XIV del Artículo 17 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California; por otra parte, se celebró contrato No. C-PAFEF-01-ROS-EP-005D de fecha 30 de julio del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. IV etapa por un monto de $ 2’095,681, posteriormente se celebró convenio adicional incrementando el monto a $ 3’677,079, los motivos principales de la celebración del convenio fueron incluir 74 conceptos extraordinarios por un monto de $ 1’837,098 los cuales representaron el 88% con respecto al costo originalmente contratado, por lo anterior se considera que no se dio cumplimiento a lo establecido en las fracciones III, VIII y X del Artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

SEXTO.- Que de conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todas sus aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos

R E S O L U T I V O S :

PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial y la Cuenta Pública de Egresos del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre del 2001 y a los CC. Luis Enrique Díaz Félix y C.P. Alfredo Quintero Ruiz en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período comprendido del primero al 31 de diciembre de 2001; por motivo de que se determinó diferencia por $ 711,334 al comparar el saldo contable de bienes muebles de $ 21’031,909 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $ 21’743,243, dicha diferencia no ha sido conciliada ni aclarada, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el programa de conciliación entre el padrón y los registros contables, por otro lado, se tienen bienes muebles en desuso considerados chatarra, de los cuales a la fecha no se han tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cumplimiento al procedimiento de desincorporación y por lo tanto a su baja contable; porque se tiene registrado en Inversiones fijas y en Cuentas de Orden inmuebles por la cantidad de $ 11’269,849 y $ 40’498,826, respectivamente, de los cuales se carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso; adicionalmente, le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez no han sido registrados contablemente, por otro lado con fecha 18 de diciembre de 1998 se publicó la autorización del Fraccionamiento Villas Campestres, el cual señala una superficie a donar a favor del Ayuntamiento de 7,133.44 m2, la cual no se encuentra regularizada la propiedad como patrimonio inmobiliario ni registrada en cuentas de orden; debido a que se presenta en la cuenta de Pagos Anticipados al 31 de diciembre del 2001 un importe de $ 241,549, de los cuales $ 57,927 corresponden a anticipos pendientes de comprobar, por entregas de efectivo efectuadas en el ejercicio de 1999 a los Comités de Vecinos y Planteles Educativos para la realización de obras, las cuales no se han aplicado contablemente, siendo que dichas obras ya se concluyeron, por otro lado la Entidad efectuó aportación municipal al Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California (FOSEG) por la cantidad de $ 86,657 para la adquisición de patrullas afectándose el resultado del ejercicio como egresos debiéndose afectar la cuenta de Pagos Anticipados; además porque la Entidad presenta en cuentas por pagar al 31 de diciembre del 2001 bajo el concepto saldos por depurar de administraciones anteriores la cantidad de $ 827,693, la cual se integra por el importe neto de cuentas con naturaleza deudora y acreedora, las cuales no han sido recuperadas, liquidadas o en su caso depuradas; además porque la Entidad reconoció presupuestalmente y no contablemente como ingresos propios, ingresos transitorios por $ 5’294,483 derivados principalmente de la recaudación del 20% de la participación estatal y federal correspondiente a la Zona Federal Marítima Terrestre y Multas Federales no Fiscales, así como omitió afectar presupuestalmente la cantidad de $ 993,354 correspondientes a participaciones efectivamente percibidas en el mes de diciembre del 2001; en relación a los egresos se determinó diferencia neta no aclarada de más en el presupuesto de $ 6’773,454 resultante de comparar las afectaciones a las partidas presupuestales y contables de egresos, así como se practicaron ajustes contables a diversas partidas de gastos mismos que no se afectaron presupuestalmente por el importe neto de $ 788,371, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas en conciliación no aclaradas; así mismo porque se celebró Convenio de administración de obra con el Gobierno del Estado de Baja California de fecha 28 de marzo del 2001, en el cual se establecieron las bases para el desarrollo de obras de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la Infraestructura Educativa en planteles escolares de nivel básico, habiéndose recibido la cantidad de $ 1’000,000 los cuales se registraron como ingresos, a su vez se registró como egresos la cantidad de $ 983,630 correspondiente a los recursos ejercidos en el desarrollo de las obras comprobándose el gasto con copias de facturas en algunos casos expedidas a nombre del Gobierno del Estado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público que consigna “… La comprobación del gasto público se efectuará con la documentación original…”; por lo que respecta a la diferencia por $ 16,370 se reintegró la cantidad de $ 8,045 al Gobierno del Estado al igual que la documentación comprobatoria original que respalda la aplicación de los recursos ejercidos, siendo las afectaciones contables y presupuestales improcedentes, toda vez que la Entidad sólo fue intermediaria entre el Gobierno del Estado y los beneficiarios del programa de Infraestructura Educativa; porque existe diferencia por la cantidad de $ 3’834,777 entre el importe ejercido durante el ejercicio en la ejecución de obras normales según registros contables por la cantidad de $ 25’229,727, importe que incluye la capitalización de la construcción del edificio del Palacio Municipal por un importe de $ 11’900,413 y la “Relación de obras públicas, adquisiciones y servicios relacionados con las mismas al cierre del ejercicio fiscal 2001” proporcionada por la Coordinación administrativa de obra que arroja la cantidad de $ 21’394,950, cifra que incluye $ 3’641,727 de obra ejecutada con recursos del Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), sin embargo los registros contables no incluyen la totalidad de los programas de obra realizados en el ejercicio, toda vez que no se consideraron los recursos ejercidos del PAFEF por un importe de $ 5’386,418, los cuales fueron ejercidos en la construcción del Palacio Municipal etapa III y IV, así como el pago recibido en especie consistente en la construcción de muros perimetrales del edificio del Palacio Municipal y obras de pavimentación por un importe de $ 4’151,408, los cuales se recepcionaron según constancia de cumplimiento de obra de fecha 13 de noviembre del 2001, por otro lado fue solicitada información de los expedientes de obra la cual no fue proporcionada; por motivo de que se realizaron diversas erogaciones en el ejercicio afectando las partidas de viáticos, promociones artísticas sociales y culturales e informe de gobierno por la cantidad de $ 226,559, de los cuales $ 91,415 corresponden a las cenas ofrecidas con motivo del 15 de septiembre y del 3er. informe de gobierno y $ 135,144 al viaje realizado a las Ciudades de Alicante y Madrid España, sobre este último se desconoce quienes participaron en el viaje, la justificación y/o beneficios obtenidos para la Entidad; porque la Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en 352 y 152 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, así como porque no se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos mensuales, mismas que se agrupan en 26 puntos; porque la Entidad incumplió con lo previsto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se apoyó para la elaboración del Presupuesto de Egresos en programas que señalen objetivos, metas, beneficios y unidades responsables de su ejecución en 10 programas que equivalen al 17% de sus 59 programas, incumpliendo consecuentemente con lo dispuesto en los Artículos 26, 56 Bis, 58, 59 y 61 de dicha Ley, a su vez en la apertura programática no fueron cuantificadas las metas ni se especificó la unidad de medida de las mismas; en cuanto a las modificaciones presupuestales efectuadas durante el ejercicio que incluyeron ampliaciones por $ 58’549,660, de las cuales $ 28’728,080 no fueron autorizadas por el Cabildo antes de ejercerse, así como disminuciones por $10’154,622 y transferencias por $ 2’846,199, dichas modificaciones no se acompañaron con la información relativa sobre los programas y subprogramas que se hayan creado o modificados, ni se manifestó en forma expresa por la Entidad la no modificación de programas y subprogramas; así mismo no se proporcionó información sobre las justificaciones que les dieron origen, mismas que debieron sustentar las solicitudes de autorización ante el Cabildo, adicionalmente dentro de la Cuenta Pública Anual remitida al Congreso del Estado no se adjuntó la información relativa al Cierre del Ejercicio Programático (acumulado) de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 15 y 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California y 43, fracción IV y último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; y porque la Entidad no efectuó conciliación entre las partidas de gasto de Inmuebles y construcciones correspondientes al grupo 500 con un presupuesto ejercido de $ 50’639,669, contra las cifras contables de $ 29’660,369 y el cierre de inversión de obra pública por $ 21’394,950 que no incluye las obras ejecutadas con recursos del Ramo 33, Fondo III Infraestructuras Municipal y Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios por $ 2’577,556 y $ 1’614,032, respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudieran resultar al efectuarse la misma.

SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre del 2001 y a los CC. Luis Enrique Díaz Félix y C.P. Alfredo Quintero Ruiz en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período comprendido del primero al 31 de diciembre de 2001.

TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 en la cuenta de Almacén de materiales saldo de $ 204,210 el cual no incluye el importe de las refacciones existentes a esa fecha, dichas refacciones no se encuentran valuadas ni registradas contablemente; sin que exista control contable ni administrativo sobre las mismas como se detalla; así mismo en el almacén se mantiene material obsoleto el cual no se encuentra registrado contablemente; debido a que la Entidad celebró Convenios de Regularización de Fraccionamientos para regularizar el desarrollo de los fraccionamientos: Chula Vista, Santa Lucía, Misión del Mar I y La Mina, conviniéndose el pago de las donaciones a favor del Gobierno Municipal del 10% de la superficie vendible para los usos que determine la autoridad municipal, debido a que las áreas de donación se encuentran vendidas y ocupadas parcialmente; así mismo, celebró Contrato de Dación de Pago para convenir el pago anticipado en especie de futuras donaciones por la autorización de fraccionamientos, y se autorizó mediante Acuerdo de Cabildo el programa de Construcción del Edificio del Palacio Municipal confiriéndose al Director de Desarrollo Urbano y Ecología la facultad de disponer de las áreas de donación de diversos fraccionamientos autorizados o en proceso de autorización con el objeto de obtener recursos para la ejecución de la obra en comento, contraviniendo lo dispuesto en los Artículos 114 y 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California que establecen que son bienes del dominio público municipal los inmuebles donados al Municipio por la autorización de fraccionamientos, los cuales podrán ser desincorporados mediante autorización que expida la Legislatura local, cuando por algún motivo dejen de ser útiles para fines de servicio público; además se celebró convenio de fecha 26 de enero del 2000 para autorizar la acción de urbanización del Fraccionamiento Villa Turística, sobre el cual la Entidad no proporcionó Acuerdo de Cabildo donde se establezca la autorización del fraccionamiento ni el convenio de donación correspondiente, consecuentemente no  se encuentran registrados los predios contablemente en Cuentas de Orden; por motivo de que el 15 de junio del 2000 se celebró Convenio de Transferencia y/o Permuta, correspondiente a siete polígonos de asentamientos humanos definidos en el Plano de Certificación de Derechos Ejidales de los fraccionamientos denominados: Independencia, Benito Juárez y Ampliación Benito Juárez, Ampliación Lucio Blanco,  Reforma y  Ampliación  Reforma, Lucio Blanco, Ampliación Constitución, 17 de agosto de 1938, Coronado y Parque Industrial Rosarito; estableciéndose en la Cláusula Primera de dicho documento que el Comisariado Ejidal del Ejido Mazatlán dona a favor del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C. las superficies de 377,450.18 m², 68,060.84 m², 209,045.02 m² y 18,904.06 m² correspondientes al 10% de donación municipal sin uso específico, 3% de área escolar, 3% de área verde y área de equipamiento, según se precisa como “anticipo o ajuste que haya en los fraccionamientos descritos...”; en esta misma cláusula se consigna que también se donan superficies de terreno fuera de los polígonos de los asentamientos humanos referidos, localizados en la Parcela 38 con superficie de 1,296.00 m², Parcela 42 con superficie de 38,116.20 m² y Parcela 50 con superficie de 41,691.26 m², la superficie en global de las donaciones ascienden a 754,563.56 m², de las cuales sólo se tiene registrada contablemente en Cuentas de Orden la superficie de 7,436.88 m², correspondiente al predio No. 1 de la manzana 70 de la Parcela 16 en la Colonia Benito Juárez donde se construyó Subestación de Policía con un valor catastral de $ 1’338,640, dado que cuenta con el deslinde, sin embargo dicho predio aún no sido desincorporado del Régimen Ejidal; porque la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 cuenta por pagar a favor del Gobierno Federal y Estatal por la cantidad de $ 3’877,602 derivado de la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios 1998, 1999, 2000 y 2001 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima Terrestre, como se describe en el ANEXO 5; así mismo se presenta pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana por la cantidad de $ 1’100,828 por concepto de consumo de agua de los ejercicios 1999, 2000 y 2001, y pasivo a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) por la cantidad de $7’557,968 integrado por el saldo del convenio celebrado el 29 de septiembre del 2000, por las cuotas y aportaciones no enteradas por los meses de julio de 1999 a septiembre del 2000, así como las cuotas y aportaciones de los meses de noviembre y diciembre del 2000 y los meses de mayo a diciembre del 2001, mismo que difiere en $ 141,134 con el importe confirmado por el ISSSTECALI de $ 7’699,102 sin incluir accesorios; así mismo debido a que se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes del Impuesto Predial al 31 de diciembre del 2001, por la cantidad de $ 14’698,958 por ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial, resultante de comparar las cifras que arroja el padrón al 31 de diciembre del 2000 por $ 82’132,046, disminuyéndole los pagos recibidos durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 4’201,178 e incrementándole los adeudos del 2001 no cubiertos durante el ejercicio por $ 31’290,157, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $ 109’221,025, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos al 31 de diciembre de 2001 asciende a $ 187’461,706, importe que incluye recargos, multas y gastos de ejecución por la cantidad de $ 92’939,639, dicha diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad, así mismo el padrón se encuentra en proceso de depuración, dado que éste incluye adeudos de claves catastrales que corresponden al Municipio de Tijuana, así mismo el padrón presenta 183 claves catastrales las cuales omiten períodos de adeudos, por otro lado existe diferencia por la cantidad de $ 23,759 entre el saldo que arroja el padrón de multas de tránsito por la cantidad de $ 2’364,607 y los registros contables por $ 2’340,848; por lo que respecta a Línea Amarilla éste presenta un saldo por recuperar al 31 de diciembre del 2001 de $149,458, el cual no fue susceptible de compararse con el padrón, toda vez que éste no se encuentra valuado, a su vez se omitió el registro contable de adeudos derivados de la celebración de convenios por los conceptos de 3% de supervisión de obra, obras de pavimentación, impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles y transmisión de dominio, permisos nuevos de alcoholes y remate de vehículos por la cantidad de $ 3’229,221; además porque los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 201,011 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policíaca prestados directamente por el Departamento de Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal 2001; debido a que la Entidad no proporcionó evidencia documental de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en la fracción I y segundo párrafo del Artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, así como que será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno Estatal y el Municipio la autorización de los recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal para la realización del Programa de Desarrollo Institucional Municipal por$ 34,568, por otro lado no se dio cumplimiento a lo establecido en el manual operativo del Ramo 33, toda vez que no se celebraron los convenios de concertación correspondientes por lo que se desconoce cual fue la aportación real de la comunidad en las obras realizadas; por motivo de que existe incertidumbre sobre la documentación comprobatoria que sustenta el gasto por “la auditoria realizada a los estados financieros de la Comisión Federal de Electricidad” sobre el juicio con el Ayuntamiento de Playas de Rosarito, esto por la cantidad de $ 82,500, toda vez que con fecha 20 de agosto del 2001 se solicitó se cubriera dicho pago, con fecha 29 de noviembre la Tesorería Municipal solicitó la autorización ante la Mesa de Autorizaciones de Regidores, siendo el prestador del servicio Consultoría Fiscal Torres y Asociados, S.C., sociedad que se presume inexistente fiscalmente, dicho servicio fue liquidado el 29 de noviembre del 2001, amparándose el gasto con el recibo de honorarios No. 154 de fecha 20 de julio del 2001, observándose además que no corresponde la firma de la persona que recibió el cheque con la identificación que sustenta la entrega del mismo; dicho servicio consistió en un peritaje elaborado por la
C.P. Rosaura Cabrera Bautista presentado el día 11 de abril del 2002 ante el Magistrado Instructor de la Décima Primera Sala Metropolitana del H. Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, dichas operaciones fueron sujetas a investigación por la Sindicatura Municipal, derivándose denuncia penal promovida el 15 de agosto del 2002 ante la Procuraduría de Justicia del Estado de B.C.; así mismo porque la Entidad durante el ejercicio percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 12’828,588, se generaron intereses por la cantidad de $ 42,238, obteniéndose recursos en global por la cantidad de $ 12’870,826, de los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron $11’849,236, cifra que incluye pago duplicado al contratista Integral Sumatoria de Servicios, S.A. de C.V. por $ 273,687 el cual no ha sido recuperado, quedando un remanente por ejercer de $ 1’021,590, mismo que al compararlo con la cuenta bancaria que se utilizó para controlar las entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de más en registros contables por $ 48,172, toda vez que el saldo de la cuenta bancaria en la que se depositaron las aportaciones del Fondo IV presenta un saldo contable al cierre del ejercicio de $ 1’069,762; por otro lado, se utilizaron recursos por $ 4’469,748 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos se aplicaron; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, por lo que respecta a la publicación de los resultados obtenidos al cierre del ejercicio según publicación de fecha 24 de enero del 2002 se señaló un importe de recursos recibidos y ejercidos por la cantidad de $ 12’012,283; y porque la Entidad celebró contrato No. C-PRON-01-ROS-EP-005C de fecha 6 de marzo del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. III etapa por un monto de $ 9’679,109, el cual le fue rescindido a la empresa por incumplimiento al contrato, originando que no se amortizara el total de anticipo concedido quedando un saldo por anticipo no amortizado de $ 470,367 el cual a la fecha no se ha recuperado; asimismo, no se aplicaron penas  convencionales al contratista por incumplimiento al programa de obra por un monto de
$ 167,953. Por otra parte, se realizaron modificaciones al contrato mediante convenios, reduciéndose el monto del contrato a $ 6’665,837 por la eliminación de algunas partidas y conceptos del presupuesto original, y a su vez se dieron de alta por obra extraordinaria 161 conceptos por un monto de $ 3’627,299 que representaron el 37% con respecto al costo original contratado; igualmente, se celebró contrato No. C-OPM-PRON-01-ROS-EP-021 de fecha 5 de octubre del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en albañilería y acabados en primer y segundo nivel del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. por un monto $ 1’423,937.80, posteriormente se celebraron convenios incrementando el monto a $ 2’323,540.89, mediante estos convenios se incluyeron 59 conceptos extraordinarios por un monto de $ 1’153,867.48 los cuales representaron el 81% con respecto al costo original contratado, con las modificaciones realizadas en los contratos respectivos se considera que la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en las fracciones III, V, VI y XIV del Artículo 17 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California; por otra parte, se celebró contrato No. C-PAFEF-01-ROS-EP-005D de fecha 30 de julio del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. IV etapa por un monto de $ 2’095,681, posteriormente se celebró convenio adicional incrementando el monto a $ 3’677,079, los motivos principales de la celebración del convenio fueron incluir 74 conceptos extraordinarios por un monto de $ 1’837,098 los cuales representaron el 88% con respecto al costo originalmente contratado, por lo anterior se considera que no se dio cumplimiento a lo establecido en las fracciones III, VIII y X del Artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, túrnese a la Sindicatura del
II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California, para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes.

D A D O en la Sala de Juntas de la Contaduria Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil tres. Firman los integrantes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputados, queda a consideración de la Asamblea, ciudadanos diputados el Dictamen No. 59 de la Comisión de Legislación, perdón de la Comisión de Fiscalización, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria sírvase someterlo a votación.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, le solicito a mis compañeros  diputados que manifiesten  el sentido de su votación, comenzando por la derecha en forma nominal, gracias.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Corvera Quiñonez Fidel, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Jesús Ruiz, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Morán, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor.

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza, a favor.

- Arturo Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Rosalba Martín, a favor.

- Avilés, a favor.

- Suárez, abstención.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención se declara aprobado el dictamen No. 59 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, con los terminos que fue leído por el diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 60 de la Comisión de Fiscalización, el diputado Alfredo Ferreiro, para antes agradecemos la presencia de la Regidora del XVII Ayuntamiento Lucina Guadarama.

- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO: Con su permiso señor Presidente, Comisión de Fiscalización del Gasto Público. Dictamen No. 60. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/0P075/2003 de fecha 8 de septiembre del 2003, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de B.C., por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre del 2002.

Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes

A N T E C E D E N T E S :

PRIMERO.- Con fecha 25 de marzo del 2003 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

SEGUNDO.- Con fecha 18 de junio del 2003, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las  Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental.

TERCERO.- Con fecha 8 de septiembre del 2003, se llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2002.

C O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII, en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local.

SEGUNDO.- Que el Artículo 61 Fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de dictamen legislativo.

TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.

QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción.

SEXTO.- Que de conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto

R E S O L U T I V O :

UNICO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, a la C. Lic. Rocela Armida Roa Rivera, en su carácter de Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, por el período del primero de enero al 31 de diciembre del 2002, respectivamente.

DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil tres. Atentamente la Comisión de Fiscalización del Gasto Público.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado queda a consideración de la Asamblea ciudadanos diputados el Dictamen 60 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria sírvase levantar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, solicitamos a los compañeros diputados que manifiesten su sentido de su votación de manera nominal por favor comenzando por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Corvera Quiñonez, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Ruiz Uribe, a favor.

- Morán, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor.

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza Antonio, a favor.

- Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Raquel Avilés, a favor.

- Suárez, a favor. 

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de la votación es de 22 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 22 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen 60 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz el Presidente de la Comisión de Fiscalización  del Gasto Público, para presentar Punto de Acuerdo de la Comisión sobre la resolución de la Contraloría del Estado, en relación al Dictamen 340 de la Inmobiliaria Estatal de Ensenada.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Con su permiso nuevamente, diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, Honorable Asamblea: En uso de nuestras atribuciones como Diputados integrantes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público de la H. XVII Legislatura del Estado de Baja California y de acuerdo con los preceptos constitucionales contenidos en la fracción I de los artículos 27 y 28 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, asimismo en los artículos 110 fracción III, 114, 115 fracción I, 117, 118 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, nos permitimos someter a esta H. Soberanía, INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO a través de la cual se propone a este H. Congreso del Estado que exhorte a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que realice investigación a los servidores públicos que participaron en la tramitación del procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades instruido en contra del C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, sustentándose ésta, al tenor de la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública de Inmobiliaria Estatal de Ensenada correspondiente al ejercicio fiscal de 1998 realizada por el Congreso del Estado, la Comisión de Hacienda y Administración de la XVI Legislatura Constitucional del Estado en sesión celebrada el 30 de agosto del 2000 emitió Dictamen número 340, el cual se turnó y analizó en el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 19 de septiembre del mismo año, mismo que posteriormente en fecha 09 de octubre de 2000 fue remitido a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para efectos de que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente.

En el Resolutivo Primero del Dictamen No. 340, se asentó que no se aprueba la Cuenta Pública de Egresos al C. Ing. Rubén Angel Ayub Martínez, en su carácter de Director General de la Entidad, por el período del primero de enero al primero de septiembre de 1998, entre otras salvedades, porque se ejecutó la obra de electrificación parcial de la Colonia El Nazareno, ubicada en el Valle de San Quintín Municipio de Ensenada, B.C. sin que ésta se hubiere autorizado por la Junta de Gobierno y sin que tuviera la factibilidad del servicio de suministro de agua potable, por lo cual la obra una vez realizada fue desmantelada y reutilizados los materiales recuperados en otra obra de electrificación ubicada en la Colonia Rancho Nuevo. Por lo anterior, se ejercieron gastos innecesarios y no recuperables por un importe de $ 59,201 por los conceptos de la mano de obra para instalar la red en la Colonia El Nazareno $ 29,396 y del desmantelamiento y acarreo de los materiales recuperados hasta la Colonia Rancho Nuevo $ 29,805, éstos trabajos los realizó otra empresa que la Entidad contrató para realizar la obra de electrificación de la Colonia Rancho Nuevo.

En razón a lo anterior, en fecha 11 de julio del 2002 el C.P. José Cervantes Govea, Director General de Control y Evaluación Gubernamental, remitió al Presidente de la entonces Comisión de Hacienda y Administración oficio DCEG/0431/02 en donde manifiesta que al dar seguimiento al Dictamen 340 correspondiente a las Cuentas Públicas de la Inmobiliaria Estatal de Ensenada, correspondiente al ejercicio fiscal de 1998, se determinó la Responsabilidad Administrativa del Servidor Público ING. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, siguiéndosele el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades correspondiente.

Señalando así mismo que al procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades antes aludido, recayó la Resolución de fecha 31 de diciembre del 2001 en la cual se determinó sancionarlo con INHABILITACION TEMPORAL, SANCION ECONOMICA, REPARACION DEL DAÑO OCASIONADO EN MENOSCABO DEL ERARIO PUBLICO ESTATAL, pero en virtud de que las facultades de esa Autoridad para sancionar al servidor público en mención, ya habían prescrito al momento de dictar la citada resolución SE RESOLVIO NO EJECUTAR NINGUNA DE LAS SANCIONES MENCIONADAS en atención al artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Es decir, no obstante que la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, determinó la procedencia de las anteriores sanciones en base a que del procedimiento realizado de conformidad a la Ley de Responsabilidades se demostró plenamente que el servidor público en comento infringió lo dispuesto por el artículo 42 fracciones I, II, III, XXI y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California, toda vez que se acreditaron las conductas que se le imputaron consistentes en ordenar, contratar y ejecutar la obra de electrificación sin cumplir con los requisitos técnicos legales necesarios para ello, lo que tuvo como consecuencia un daño al erario público por un monto de $ 203,579.99 (DOSCIENTOS  TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.).

Es decir, tal como se desprende de la Resolución dictada por la Dirección de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, el C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, resultó administrativamente responsable de los hechos que se le imputan, no obstante de conformidad al artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de fecha 31 de enero de 1984, las facultades de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para imponer las sanciones previstas por dicha Ley de Responsabilidades ya habían prescrito.

Efectivamente, en el caso señalado, el plazo para la prescripción es de tres años, toda vez que la responsabilidad es estimable en dinero y el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor excede de diez veces el salario mínimo en el Estado. En virtud de que dicho plazo transcurrió al momento de dictarse resolución, legalmente no fue posible imponer sanción alguna, toda vez que las facultades de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental ya habían prescrito.

El Congreso del Estado cumplió en tiempo, informando a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental mediante oficio 3646 de fecha 09 de octubre del dos mil respecto del Dictamen 340 de Cuenta Pública de Inmobiliaria Estatal de Ensenada respecto del ejercicio fiscal de 1998, llevando a cabo la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental procedimiento de determinación de responsabilidades y dictando resolución en fecha 31 de diciembre del año dos mil uno.

Del análisis de la resolución antes señalada se desprende que la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental recibió el citado Dictamen en fecha 11 de octubre del dos mil, cuando ya habían transcurrido dos años tres meses de que el servidor público de referencia cometió la irregularidad, faltando nueve meses para que operara la prescripción, no obstante, dictó resolución catorce meses después de haber recibido el Dictamen por parte del Congreso del Estado.

Del actuar de los servidores públicos de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental que tramitaron el procedimiento de determinación de responsabilidades en contra del C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, se presume que incumplieron lo establecido por la Ley de Responsabilidades por no haber resuelto en tiempo el procedimiento de referencia, con lo cual se originó la prescripción de las facultades para imponer sanciones a dicho servidor público.

Por lo antes señalado, y toda vez que existe la presunción de que los servidores públicos que tramitaron el procedimiento administrativo en contra del C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, dolosamente ocultaron información relativa a dicho expediente y/o retardaron dicho procedimiento para efectos de lograr la prescripción de facultades de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para sancionar al servidor público en mención, con fundamento en los artículos 110 fracción III, 114, 115 fracción I, 117 y 118 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, nos permitimos presentar a esta H. Asamblea Legislativa la siguiente INICIATIVA DE:

ACUERDO ECONOMICO

UNICO.- QUE ESTA SOBERANIA EXHORTE A LA DIRECCION DE CONTROL Y EVALUACION GUBERNAMENTAL PARA QUE INICIE INVESTIGACION DEL ACTUAR DE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPARON EN LA TRAMITACION DEL EXPEDIENTE DE DETERMINACION DE RESPONSABILIDADES EN CONTRA DEL C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, RELATIVO AL DICTAMEN 340 DE LA CUENTA PUBLICA DE INMOBILIARIA ESTATAL DE ENSENADA PARA EFECTOS DE DETERMINAR SI INCURRIERON EN RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, TODA VEZ QUE EXISTE LA PRESUNCION DE QUE OCULTARON INFORMACION RELATIVA A DICHO EXPEDIENTE Y/O RETARDARON EL CURSO DEL CITADO PROCEDIMIENTO, IMPONIENDO EN SU CASO LAS SANCIONES QUE CORRESPONDAN, ASI MISMO DE PRESUMIRSE LA TIPIFICACION DE ALGUN DELITO PENAL SE PRESENTE DENUNCIA PENAL ANTE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE, INFORMANDOSE AL H. CONGRESO DEL ESTADO EN UN PLAZO DE 60 DIAS SOBRE LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACION Y DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a los 29 días del mes de septiembre del año dos mil tres. Firman los integrantes de la Comisión de Fiscalización.

- EL C. PRESIDENTE: Bien gracias diputado, se turna a la Comisión de Legislación.

- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: (hace uso de la tribuna)  Bueno la intención, este es un punto  de Acuerdo que ya resolvio la Comisión de Fiscalización, que es la competente para ver estos asuntos, lo que estamos bajando el resultado de un acuerdo de la Comisión, para que se somete a votación aquí y se proceda exhortar a la Contraloría, no es una Iniciativa y ningún dictamen que tenga que ir a comisiones.

- EL C. PRESIDENTE: Bien le vamos a dar, esta Presidencia otorga cinco minutos de receso para que los integrantes de la Comisión de Fiscalización, suscriban el documento (13:40 horas). Se reanuda a las (13:45 horas) sírvase verificar el quórum.

- LA C. SECRETARIA: Tenemos la presencia de doce diputados en la Sala.

- EL C. PRESIDENTE: Bien no hay el quórum requerido por esta Mesa Directiva para los ciudadanos diputados, por segunda intensión y ocasión, diputada Secretaria sírvase pasar lista de manera económica.

- LA C. SECRETARIA: Son dieciocho.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, con dieciocho  diputados abrimos y reanudamos la sesión. Ciudadanos diputados queda a su consideración la Iniciativa de Acuerdo Económico presentada por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, relativo a la resolución de la Contraloría del Estado del Dictamen 340 de la Inmobiliaria Estatal de Ensenada, no habiendo oradores en contra diputada Secretaria sírvase someterla a consideración.

- LA C. SECRETARIA: Con mucho gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados manifestar el sentido de su votación de manera nominal comenzando por la derecha, por favor.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Corvera Quiñonez, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Jesús Ruiz, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor,

- Rueda, a favor.

- Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza, a favor.

- Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Raquel Avilés, a favor.

- Héctor Suárez, abstención.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención se declara aprobado el Punto de Acuerdo Económico de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público en los términos que fue leído por el diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Se pregunta a los  ciudadanos Presidentes de las Comisiones si tienen algún dictamen que rendir, bien agotados los dictamenes, se pasa al septimo punto del Orden del Día “Asuntos Generales”, se pregunta a los ciudadanos diputados si tienen algún asunto que tratar.

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Señores diputados un servidores tiene apuntados dos.

- EL C. PRESIDENTE: Bien diputado Nicolás Osuna, para antes damos la bienvenida también al diputado de la XV Legislatura Juan Hernández Rodríguez.

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Muchas gracias, ciudadano diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente de la Honorable Congreso del Estado de Baja California, ciudadanas, ciudadanos, compañeras y compañeros diputados. Nicolás Osuna Aguilasocho, en mi carácter de Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y con las facultades establecidas en el artículo 28 fracción I  de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como los artículos 110 fracción I, 112, 115 fracción I, 116, 117 y correspondientes de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito presentar a la consideración del Pleno de esta Honorable XVII Legislatura, Iniciativa de reformas y adición al artículo séptimo del Estado Libre y Soberano de Baja California, lo anterior en los términos de la siguiente: Exposición de Motivos: 1.- La Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue reformada en su artículo 6º  para adicionar el siguiente párrafo: “el derecho a la información será garantizado por el Estado”. 2.- Esta garantía individual y social, viene a complementar la garantía del derecho de prensa constituido en el artículo séptimo de la Carta Magna Nacional. 3.- Tanto una como otra, de estas garantías individuales son elementos básicos para dar lugar a la implementación de la democracia en nuestro país. 4.- La creación de la garantía de acceso a la información pública, parte de la expedición de La Declaración Universal de los Derechos Humanos que fue adoptada por la Organización de las Naciones Unidas, entre las cuales se encuentra México como uno de los firmantes. 5.- Esta Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada y proclamada el 10 de Diciembre de 1948, por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas públicas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”. 6.- Dentro de esta Declaración Universal se encuentra el Artículo 19 que a la letra dice: “Artículo 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.  7.- Bajo estos principios el Estado Mexicano, reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 7º, el cual establece: “Artículo 7.- Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito”. “ Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delito de prensa, sean encarcelados los expendedores, “papeleros”, operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquellos”. 8.- Posteriormente reformó el artículo 6º, de la Carta Magna Federal, para quedar como sigue: “Artículo 6.- La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado”. 9.- Bajo estos parámetros jurídicos, se ha busacado que el Estado de Baja California se tenga acceso a la información pública, y al mismo tiempo se protejan los derechos de opinión. Para tener acceso a la información pública, se presentó y fue aprobada una Ley General de Documentación, para efecto de que las autoridades en el Estado se prepararan en la organización de sus archivos para tener disponible la documentación en forma fácil y accesible. Ahora se pretende que el acceso a la información pública sea como todas las garantías públicas de que gozamos, es decir, mediante procedimientos sencillos y legales. 10.- Pero además se pretende que estas garantías queden contempladas debidamente en la Constitución Local, para hacer más fácil su interpretación y aplicación en las leyes secundarias del Estado. 11.- Para comprender lo establecido por esta garantía de acceso a la información pública, es menester transcribir lo siguiente: DEMOCRACIA, CONTROL DE PODER Y COMUNICACION MASIVA. Una de las propiedades necesarias (aunque no suficiente) que debe ser satisfecha para que el funcionamiento político de un Estado pueda ser denotado por el término “Democrático”, es un adecuado control y equilibrio de los poderes que en el coexisten. Como se ha dicho anteriormente, dicho control requiere de una opinión pública fuerte que requiere de un adecuado ejercicio del derecho a la información (en sentido amplio), el que a su vez presupone un buen régimen de protección para los profesionales de la información. La condición de control del poder es válida no únicamente para los tradicionales poderes del Estado, sino también para los poderes fácticos, entre los que se encuentran los medios de comunicación masiva. El secreto profesional del periodista. Según comenta Ernesto Villanueva, un destacado jurista: “los  antecedentes de esta figura jurídica provienen del Common Low y se remontan al siglo XVI, a propósito del “voto de honor”, basados en la convicción de que un caballero no debía divulgar las noticias obtenidas en confidencia por atentar la privacidad de su comunicación”.En la actualidad y tal como ha sido indicado anteriormente, el secreto profesional de los periodistas constituye un caso específico del derecho de comunicar información veraz de interés publico por cualquier medio de difusión. A través de el, información que de otra forma permanecería desconocida, es transmitida por un informante a un periodista comprometido a guardar sus fuentes en el anonimato, para que la de a conocer públicamente. De esta manera, se materializa el derecho a la información y se contribuye a la configuración de la opinión pública que manifestándose a través de las instituciones conducentes, puede proceder a controlar los abusos del poder Estatal. Entre la información susceptible de ser transmitida mediante la mecánica descrita, se encuentra aquella que, siendo de interés público, trata de mantenerse oculta por parte del Estado. El doctrinista Marc Carrillo, considera que el derecho a la comunicación comprende el “derecho a comunicar y recibir información veraz de interés público por cualquier medio de difusión”. Este se subdivide en dos subcategorías que son: “El derecho a comunicar información veraz de interés público por cualquier medio de difusión” y el “derecho a recibir información veraz de interés público por cualquier medio de difusión”. Este último comprende “El derecho a recibir información generada por los órganos del Estado” y el “derecho a recibir información proveniente de otras vías (entre las que se encuentra la prensa). El secreto profesional de los periodistas, queda ubicado como un subcategoría del derecho de comunicar información, el cual es presupuesto por el derecho a recibir información, que a su vez es condición indispensable para la conformación de la opinión pública capaz de controlar el ejercicio abusivo del poder  Estatal y para el ejercicio de la democracia. Para Ernesto Villanueva “…el secreto profesional del periodista puede definirse como el derecho o el deber que tienen los periodistas a negarse a revelar la identidad de sus fuentes informativas, a su empresa, a terceros y a las autoridades administrativas y judiciales”. Las razones que subyacen a mantener en secreto las fuentes son básicamente: a).- Proteger de posibles represalias por haber transmitido la información; b).- Salvaguardar la credibilidad en la discreción del periodista; c) Garantizar que la continuidad en el flujo de la información de interés público que es transmitida a los periodistas para su publicación no se vea interrumpida y con ella puedan verse disminuidas el ejercicio de los derechos a  comunicar y a recibir información. Según Gabriel Cisneros -otro destacado jurista-, en materia de secreto profesional………… el interés que se tutela no es el de los profesionales, sino el de los ciudadanos de recibir, a su través, una información veraz. Para marc Carrillo, el bien jurídico protegido es el derecho a comunicar y recibir información veraz, idea que se complementa con lo expresado, que dice:….. “el fundamento del secreto profesional reside, en primera instancia, en el interés colectivo y la dimensión colectiva de su contenido, que facilita un ejercicio integral del derecho a la información”. Por lo anteriormente establecido, consideramos que el derecho a recibir información pública veraz, incluye el derecho a proteger el derecho al secreto profesional de los periodistas, para lo cual se presenta a consideración del Pleno de esta H. Asamblea Legislativa, la siguiente:

INICIATIVA DE REFORMA Y ADICION A LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA.

PRIMERO.- Se reforma y adiciona el artículo 7º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, adicionando un párrafo octavo para quedar como sigue:

Artículo 7º.-…………

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En el Estado de Baja California, se reconoce como una extensión de la libertad de pensamiento, el derecho de todo individuo para poder acceder a la información pública sin más restricción que los que establezcan la intimidad y el interés público, de acuerdo con la Ley de la materia, así como el secreto profesional, particularmente el que deriva de la difusión de los hechos y de las ideas a través de los medios de comunicación.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Túrnese el presente Decreto a los Ayuntamientos del Estado, para continuar con el proceso legislativo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

SEGUNDO.- La presente reforma y adición entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Mexicali, Baja California, a 29 de Septiembre del 2003. Atentamente su servidor Dip. Nicolás Osuna Aguilasocho. Es cuanto diputado Presidente.

- LA C. VICEPRESIDENTA: Muchas gracias diputado, no hay cuidado diputado, se envía a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

- EL C. PRESIDENTE: Es correcto bien, ya turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales por la Vicepresidenta Rosalba Martín Navarro, el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Nicolás Osuna. Adelante diputado con el segundo punto de Acuerdo.

- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Con este nos vamos. Ciudadano Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente del Honorable Congreso del Estado de Baja California. Ciudadanas y ciudadanos diputados. Su servidor Nicolás Osuna Aguilasocho, en mi carácter de Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y con las facultades establecidas en el artículo 28 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en los artículos 110 fracción I, 112, 115 fracción I, 116, 117 y correspondientes de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito presentar a la consideración del Pleno de esta H. XVII Legislatura, iniciativa que reforma la Ley de Hacienda del Estado de  Baja California, y deroga el impuesto ambiental, bajo la siguiente: Exposición de Motivos: En diciembre pasado, en el marco de la aprobación de la Ley Estatal de Ingresos, para el ejercicio fiscal del 2003, esta Honorable XVII Legislatura tuvo a bien reformar la Ley de Hacienda del Estado para crear la figura impositiva denominada IMPUESTO AMBIENTAL, la cual se incorporo al cuerpo de la Ley de ingresos que ante esta soberanía presentó el titular del Ejecutivo del Estado. En esta misma coyuntura legislativa, el XVII Ayuntamiento de Mexicali, envió a este Congreso para su análisis y aprobación, su proyecto de Ley de Ingresos en cuyo articulado contenía la figura del IMPUESTO ECOLOGICO, destinada a gravar las emisiones de las plantas generadoras de energía eléctrica establecidas en esta jurisdicción municipal, que resultó aprobada para su aplicación con una vigencia de solamente un año, sin que ello implicara la introducción de reformas a la Ley de Hacienda Municipal. Como es del dominio público, la figura fiscal del IMPUESTO AMBIENTAL fue elaborada en coordinación por la Secretaría de Planeación y Finanzas y la Dirección de Ecología del Estado, como una medida permanente orientada a promover el desarrollo sustentable de la entidad. Con este instrumento fiscal se buscaba gravar las emisiones de monóxido de carbono  a la atmósfera, que hicieran en gran volumen las fuentes fijas que para sus procesos industriales de producción utilicen combustibles fósiles y que además tales emisiones estuvieran dentro de los rangos que establece la ley de ingresos del Estado. Los ingresos que por tal concepto se obtuviesen serían destinados en un noventa por ciento a programas de infraestructura urbana tendientes a disminuir las sustancias nocivas en el aire y el resto al fondo ambiental que prevé la Ley de Protección al Ambiente para el Estado de Baja California. Sin embargo, una vez que entró en vigor dicho impuesto, se dejó sentir la inconformidad de organismos empresariales de nuestro Estado, que consideraron al Impuesto Ambiental como una medida recaudatoria y solicitaron abrir un espacio para el diálogo y el debate razonado sobre esta medida, el cual se concedió y concretó durante los primeros meses del año en curso. De manera simultanea, el Pleno de este Congreso aprobó solicitar al Ejecutivo del Estado que decretara una exención del gravamen hasta el día treinta de Abril del presente año, para garantizar así la consistencia y viabilidad de dialogo con la representación empresarial. Gracias a este ejercicio de apertura fue posible evitar un efecto no deseado en la planta productiva de la entidad, que se pudo ver obligada a recurrir al juicio de amparo para suspender por esa vía la aplicación de este nuevo gravamen. Una reacción semejante es la que suscitó el establecimiento del Impuesto Ecológico, que fue tomado como un “cambio de reglas” en el fomento de las inversiones en la entidad y en el terreno de los hechos no ha podido ser aplicado al detectársele serias inconsistencias. Al concluir el trabajo de las mesas del dialogo que este Congreso instaló con la representación empresairal, se puso de manifiesto la total ausencia de consenso sobre el tema del impuesto ambiental,  determinándose promover la prolongación del régimen de exención por el resto del ejercicio fiscal. Este ejercicio dejó plena constancia del grado de responsabilidad y madurez política de este Poder Legislativo, que supo entender la legítima preocupación del sector productivo y su disposición a contribuir al cuidado del medio ambiente, por la vía de la colaboración y el apoyo a los programas ecológicos gubernamentales. Igualmente esta experiencia ha sido propicia para reflexionar sobre el proceso que se debe de seguir para crear nuevos impuestos, particularmente por razones ambientales, los cuales exigen considerar previamente una serie de factores tal y como ha sucedido en los países europeos, en donde consumidores y empresarios han podido lograr que no entren cargas fiscales nuevas o se incrementen algunos impuestos existentes por razones ambientales sin que simultáneamente se apliquen reducciones en otros impuestos. Por esta razón, se han presentado en paquete los instrumentos fiscales ambientales con las reducciones de impuestos al trabajo o la renta, en lo que se ha llamado las “Reformas fiscales ambientales”. En nuestro país cada vez se ve mas próxima la posibilidad de lograr una reforma hacendaria integral, en donde seguramente se planteará la posibilidad de incorporar en la legislación nacional la figura de los  impuestos ambientales, tal y como lo viene promoviendo entre sus integrantes la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), cuyos países miembros en las últimas dos décadas introdujeron nuevos impuestos y modificaron impuestos existentes con el fin de alcanzar objetivos ambientales, actuando siempre con una visión integral. Esta reforma hacendaria habrá de ser de fundamental importancia para el desarrollo económico, político y social del país, y por ello la importancia de crear las mejores condiciones posibles en la relación de los ordenes de gobierno con los diversos sectores de la sociedad. Se trata de debatir sobre el proyecto de nación que queremos, en donde sin duda se habrán de definir las políticas recaudatorias y presupuestales, orientadas a resolver los grandes problemas que tenemos en le país y en cada uno de sus estados, y en donde la cuestión ambiental  ocupa un apartado de gran importancia en la agenda pública. Pero este histórico proceso se tendrá que dar de manera abierta y participativa, sin acciones unilaterales o discrecionales. Estamos entrando en una nueva etapa en la vida nacional, en donde los grandes acuerdos sobre los asuntos de interés general deberán de ser tomados con la participación de todos los sectores de la sociedad civil. En este sentido es que se plantea reformar la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, para derogar el Impuesto Ambiental a efecto de estar en igualdad de condiciones con el resto de los estados del país que vienen promoviendo la celebración de la Convención Nacional Hacendaria y de no afectar la competitividad de la planta productiva de la entidad. Más aun cuando la planta productiva del estado atraviesa por fuertes y graves problemas que se reflejan en la pérdida de empleos que afectan a miles de familias bajacalifornianas. Hoy la prioridad es reactivar el crecimiento económico y la generación de empleos, y para ello resulta de fundamental importancia brindar estímulos a la inversión y sobre todo, certidumbre y confianza en las reglas del juego. Con la firme convicción de que esta lectura es compartida por todos los diputados integrantes de esta legislatura, y de que más allá de las diferencias políticas todos estamos conscientes de nuestra alta responsabilidad y que por ello sabemos escuchar el sentir de la  sociedad, es que planteo dar marcha atrás a la creación del impuesto ambiental y dejar el tema sujeto a los acuerdos que en la materia emanen de la futura Convención Nacional Hacendaria. Es por lo antes expuesto y fundado que me permito proponer la siguiente

INICIATIVA QUE REFORMA LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

ARTICULO PRIMERO.- Se elimina el Capítulo XX de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, denominado “IMPUESTO AMBIENTAL”.

ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan los artículos 156-15 al 156-21 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, quedando como sigue:

ARTICULO 156-15.- Derogado.

ARTICULO 156-16.- Derogado.

ARTICULO 156-17.- Derogado.

ARTICULO 156-18.- Derogado.

ARTICULO 156-19.- Derogado.

ARTICULO 156-20.- Derogado.

ARTICULO 156-21.- Derogado.

TRANSITORIO

UNICO.- La presente reforma y derogación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.

Dado en el Salón de sesiones “Lic. Benito Juárez García” del Poder Legislativo del Estado de Baja California. Mexicali, Baja California, a 29 de septiembre de 2003. Atentamente, Dip. Nicolás Osuna Aguilasocho. Es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, se turna a la Comisión de Legislación y Estudios Hacendarios y Ecología, así es. Bien tiene el uso de la voz la diputada Luz Argelia Paniagua.

- LA C. DIP. PANIAGUA FIGUEROA: Con su venia diputado Presidente. Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.  Ciudadano Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente de la H. XVII Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, Presente. Compañeras Diputadas, compañeros diputados, Honorable Asamblea: Los suscritos integrantes de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la H. XVII Legislatura Constitucional del Estado, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 36 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en lo establecido en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, sometemos a la consideración de este Honorable Pleno, la presente INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO atendiendo lo siguiente: Exposición de Motivos. En Sesión Ordinaria del día 11 de diciembre de 2002, el diputado José de Jesús Martín Rosales Hernández, presentó Punto de Acuerdo Económico relativo a que este Congreso a través de esta Comisión reconozca la trayectoria de la Orquesta de Baja California, para que esta Soberanía la nombre “Embajadora de la Cultura de Baja California”; asimismo se analice la posibilidad de apoyar con mahores recursos presupuestales a la Orquesta, para el cumplimiento de sus programas en el ejercicio del año 2003. En el año 2001, la Orquesta de Baja California fue nominada por la Academia Latina de Artes y Ciencias de la Grabación Inc., al premio Grammy Latino en la categoría de mejor álbum clásico por su disco “Tango mata Danzón mata Tango”. La Orquesta de Baja California fue fundada en el año de 1990 por los maestros Juan Echeverría y Edurdo García Barrios, tiene su sede en el Centro Cultural Tijuana y se define como un ensamble de solistas que interpreta música de todos los géneros, desde el barroco hasta música de nuestros días y en todas las combinaciones del repertorio de cámara hasta la música sinfónica, la Orquesta de Baja California reconoce la producción de los artistas del Noroeste de México, de los compositores méxico-anericanos, así como de los autores hispanoamericanos, incluyendo en sus repertorios música contemporánea de diversas regiones expresamente compuesta para el ensamble. Las presentaciones de la orquesta incluyen diversas giras en México y Estados Unidos, en foros como la Sala Nezahualcóyotl, Centro Nacional de las Artes, el Festival de Música de Cámara en San Miguel de Allende, el Big Theater de los Angeles County of Art, Auditorio Sherwood del Museo de Arte Contemporáneo en San Diego, Copley Hall de esta misma ciudad, el California Center of the Arts en Escondico, California. La Dirección Ejecutiva de la Orquesta de Baja California está en manos del maestro Roberto Limón y desde el 2001 el maestro Eduardo Diazmuñoz es nombrado Director Musical Titular de la orquesta. Es acertada la apreciación del diputado José de Jesús Rosales Hernández quien expresa que “la cultura imprime la identidad a nuestra sociedad y a su gente. La cultura es la vivencia de valores transmitida a través de generaciones, como también lo son las manifestaciones de la vida de las personas enla actualidad. Se desenvuelve de las formas y en las instituciones mas variadas y define el modo completo en nuestra convivencia. No es por lo tanto, una acción exclusiva del Gobierno, sino competencia compartida con la sociedad.” En ese tenor es menester enaltecer los logros obtenidos por esta prestigiada institución artística misma que ha destacado en a nivel nacional e internacional, recibiendo diversos reconocimientos. El nombre de nuestro Estado ha sido colocado en alto por la Orquesta de Baja California, y esto quedó demostrado una vez más con su presentación exitosa en el Palacio de Bellas Artes del pasado 21 de agosto, por lo que es justo reconocer el talento y la deidación de todos los integrantes de la misma, por eso coincidimos en que esta Honorable Legislatura reconozca la labor cultural de esta institución artística. Cabe precisar que respecto a la posibilidad de apoyar con mayores recursos presupuestales a la Orquesta de Baja California para el cumplimiento de sus programas en el ejercicio del año 2003, esta Soberanía aprobó el pasado mes de diciembre el presupuesto de egresos para el Estado de Baja California por $3,084,000.00, monto superior al del ejercicio fiscal anterior. Se reafirma con ello el compromiso de esta Legislatura de respaldar los proyectos culturales tan importantes que desarrolla esta destacada institución artística.  CONSIDERANDOS. PRIMERO.- Que es facultad de los Diputados presentar ante el Pleno de esta Soberanía, iniciativas de acuerdo económico, de conformidad a lo establecido en el Artículo 36 de la Constitución Política Local y 26, 44, 114 fracción III y 121 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Que la Orquesta de Baja California ha sido reconocida internacionalmente, destacando la nominación al Grammy en el año0 2001, por su disco “Danzón mata Tanto mata Danzón”, por la Academia Latina de Artes y Ciencias de la Grabación, Inc. Que es una asociación que cada año otorga el preciado galardón en reconocimiento a la excelencia para lograr con ello una amplia conciencia sobre la diversidad cultural y contribuciones de los artistas latinos. TERCERO.- Que los integrantes de la Comisión resolvimos apoyar unánimemente el presente documento en sesión de trabajo de fecha once de febrero de dos mil tres, coincidiendo en que el Congreso del Estado es el espacio ideal para reconocer en nombre de nuestros ciudadanos la loable labor cultural de la Orquesta de Baja California y que el Ejecutivo del Estado es quien debe realizar el nombramiento de “Embajadora de la Cultura de Baja California” que propone el legislador originalmente. Por los anteriores antecedentes y considerandos, esta Comisión somete a la consideración de esta Honorable Asamblea para su aprobación, la siguiente:

INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO.

PRIMERO.- Que este Congreso del Estado de Baja California reconozca en Sesión Ordinaria que indique a la Mesa Directiva, a la Orquesta de Baja California por su destacada y exitosa trayectoria. Para ese efecto instrúyase a la Oficialía Mayor de este Congreso que entregue invitación a la Orquesta de Baja California, para que se realice el reconocimiento en las instalaciones de este Congreso del Estado.

Segundo.- Remítase el presente acuerdo al Ejecutivo del Estado para que en el ámbito de sus atribuciones nombre a la Orquesta de Baja California “Embajadora de la Cultura de Baja California”. Mexicali, Baja California a los veintinueve días del mes de septiembre del dos mil tres, por al Comisión de Educación y Cultura, Ciencia y Tecnología, su servidora Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, Secretario Diputado Everardo Ramos García, Vocales Diputada Rosalba Martín Navarro, Diputado Catalino Zavala Márquez, Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz, Diputado Leopoldo Morán Díaz. Solicito a esta Presidencia de la Mesa Directiva de ser posible a la siguiente Sesión pudieramos someterlo a votación y bueno a su consideración si el día de hoy lo deciden bueno, esta bien.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias, si diputada como es un punto de Acuerdo de ya una Comisión expecifica puede someterse a votación de este Honorable Pleno, bien Juan Terrazas, diputado Prosecretario sírvase tomar la Secretaria de esta Mesa, ciudadano diputados queda a consideración de ustedes la Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico presentado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, no habiendo oradores en contra diputado Secretario sírvase levantar la votación correspondiente en donde existe un solo resolutivo que este Congreso reconozca a la Orquesta de Baja California por destacada y existosa trayectoria y la nombre como Embajadora de la Cultura bajacaliforniana, adelante diputado.

- EL C. PROSECRETARIO: Claro que sí diputado Presidente, se pone a consideración del Pleno el Punto de Acuerdo Económico presentado por la Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, iniciando por el lado derecho.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor por la Orquesta de Baja California.

- Osuna Aguilasocho, a favor.

- Corvera Quiñonez, a favor.

- Isamel Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Jesús Ruiz, a favor.

- Ramos, a favor.

- Leopoldo Morán, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez, a favor.

- Rueda, a favor.

- Raúl Luévano Ruiz, a favor.

- Araiza, a favor.

- Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: Algún diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Suárez, a favor.

- EL C. PROSECRETARIO: Diputado Presidente la votación es a favor con  21 votos, 0 en contra y 0 abstenciones el resutado de la votación del presente Dictamen.

- EL C. PRESIDENTE: Bien tiene el uso de la voz la diputada Luz Argelia Paniagua.

- LA C. DIP. PANIAGUA FIGUEROA: Con su venia diputado Presidente, Honorable Asamblea: En ejercicio de lo dispuesto por el artículo 36 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como lo establecido por los artículos 39, 55 y 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, los suscritos Diputados Nicolás Osuna Aguilasocho y Luz Argelia Paniagua Figueroa, como integrantes de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, comparecemos ante esta Soberanía para promover Iniciativa de Acuerdo Económico, todo esto bajo la siguiente EXPOSICION DE MOTIVOS: Que con fecha 29 de octubre del 2002, el Pleno de este Congreso del Estado resolvió integrar la Comisión Instructora con la finalidad de instruir el procedimiento de revocación de mandato al Sindico Procurador del XVII Ayuntamiento de Tecate, Baja California, Ciudadano Abel Basilio Montiel, la cual se conformo de la siguiente manera Diputado Enrique Acosta Fregozo, Presidente; Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz, Secretario y Dip. José de Jesús Martín Rosales Hernández, vocal. Que con fecha 12 de febrero del 2003, el Pleno  de este Congreso del Estado, resolvió integrar la Comisión Instructora, con la finalidad de instruir el Juicio Político en contra de los Exmagistrados  Raúl González Arias, Maria Esther Renteria Ibarra, José Luis Cebreo Samaniego, Félix Herrera Esquivel, Olympia Angeles Chacón, Jesús Espinoza Orozco, Jaime Rico Jiménez, Víctor Manuel Vázquez, Oscar Valenzuela Avila, Marco Antonio Jiménez Carrillo; así como en contra de los Magistrados Sergio Peñuela Romo, Emilio Castellanos Luján y Marco Antonio López Magaña, la cual fue presentada ante  esta Soberanía por el Ciudadano Eleasar Felix Verastegui Galicia de conformidad con lo previsto en los artículo 8, 91, 92, 93 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; Artículo 118, 119 y 120 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en el Estado; Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10 y 12 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California, la cual se conformo de la siguiente manera, Diputado Enrique Acosta Fregozo, Presidente. Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz, Secretario y Diputado José Antonio Araiza Regalado, Vocal. TERCERO.- Que con fecha 17 de septiembre del dos mil tres, el diputado Enrique Acosta Fregozo, presento al Pleno del Honorable Congreso del Estado de Baja California, solicitud de Licencia Temporal del cargo hasta el 20 de octubre del dos mil tres, la cual le fue concedida por el Pleno del Congreso del Estado en la citada sesión. CUARTO.- Que en caso de los procedimientos de Juicio Político mencionado, estos deben concluir antes del 25 de octubre del presente año, asimismo en el caso de procedimiento de revocación de mandato en contra del ciudadano Abel Basilio Montiel, este debe ser desahogado  con la puntualidad y expedites de vida, motivos por los cuales es de urgente y obvia resolución, en que este Pleno tome las medidas necesarias, a fin continuar con los procedimientos hasta su conclusión respectiva. QUINTO.- En función de lo anterior se propone en primer termino restructurar la integración de la Comisión Instructura relativo al Procedimiento de revocación de mandato referida, considerando al diputado. José Antonio Araiza Regalado, que actualmente funge como vocal de la presente comisión para que asuma el cargo de Presidente de la misma y al diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova funja como Secretario y el diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz como vocal, en segundo termino se propone restructurar  la integración de la Comisión Instructura de los procedimientos de juicio político antes citado, considerando al Diptuado Raúl Felipe Luévano Ruiz  que actualmente funje como Secretario de la Presente Comisión, asuma el cargo de Presidente de la misma y el diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, funja como Secretario y el diputado José Antonio Araiza Regalado como vocal. Por lo antes expuesto se somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Acuerdo Económico:

Primero.- Se aprueba que la Comisión Instructora a efecto de continuar con el procedimiento de revocación de mandato en contra del Ciudadano Abel Basilio Montiel se integra de la siguiente manera:

Presidente: Diputado José Antonio Araiza Regalado

Secretario: Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova.

Vocal: Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz.

Segundo.- Se aprueba que la Comisión Instructora a efecto de continuar con el procedimiento de juicio político en contra de Raúl González Arias, María Esther Rentería Ibarra, José Luis Cebrero Samaniego, Félix Herrera Esquivel, Olympia Angeles Chacón, Jesús Espinoza Orozco, Jaime Rico Jiménez, Víctor Manuel Vázquez, Oscar Valenzuela Avila, Marco Antonio Jiménez Carrillo, Sergio Peñuela Romo, Emilio Castellanos Luján y Marco Antonio López Magaña, se integra de la siguiente manera:

Presidente: Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz.

Secretario: Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova.

Vocal: Diputado José Antonio Araiza Regalado.

Tercero.- En atención a lo dispuesto por el Artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, se solicita que la presente iniciativa sea dispensa del trámite correspondiente, en virtud de su notoria, urgencia e importancia. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo en la ciudad de Mexicali, Baja California a los 29 días del mes de septiembre del 2003. Atentamente Diputados Nicolás Osuna Aguilasocho, Presidente; Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, Vicepresidenta. Es cuanto.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada, queda a consideración de los señores diputados el documento Iniciativa de Acuerdo Económico, diputado Ruiz Uribe.

- EL C. DIP. RUIZ URIBE: No, estaba muy bien todo  simplemente para que se agregue en el punto de acuerdo el tema de la otra comisión que está acéfala porque yo renuncie ya hace bastante tiempo, entonces que de una vez en el mismo punto se resolviera esto, yo pediría un receso de cinco minutos para que se puedan poner de acuerdo.

- EL C. PRESIDENTE: Cinco minutos (14:30 horas). Parece bien a los ciudadanos diputados, estamos esperando un documento final al parecer, se solicita a los ciudadanos diputados pasan a ocupar sus curules para reanudar la sesión (14:40 horas) Diputada Secretaria sírvase verificar de manera visual el quórum legal.

- LA C. SECRETARIA: 18 diputados.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, con 18 diputados  se reanuda la sesión, ciudadanos diputados a la propuesta de Iniciativa de Acuerdo Económico presentada por el diputado Nicolás Osuna y Luz Argelia Paniagua Figueroa, se anexa la propuesta hecha por el diputado Jesús Alejandro Ruiz Uribe, relativa al Juicio Político en contra del Alcalde del Municipio de Ensenada Jorge Antonio Catalán Sosa y Regidores del Ayuntamiento para quedar como sigue: Presidente: Diputado Arturo Alvarado González; Secretario Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova; Vocal Diputado Leopoldo Morán Díaz. Bien diputada Secretaría si no hay ninguna intervención por parte de los ciudadanos diputados sírvase someter a votación el presente Punto de Acuerdo.

- LA C. SECRETARIA: Con mucho gusto diputado Presidente, solicito a los compañeros diputados que se sirvan manifestar el sentido de su votación con respecto a este Punto de Acuerdo Económico de manera nominal, por favor comenzando por la derecha.

- Catalino Zavala, a favor.

- Hidalgo Silva, a favor.

- Corvera Quiñónez, a favor.

- Ismael Quintero, a favor.

- Ferreiro, a favor.

- Salazar Castro, a favor.

- Ramos García, a favor.

- Jesús Ruiz, abstención.

- Leopoldo Morán, a favor.

- Jesús Rosales, a favor.

- Cortez, a favor.

- Rodríguez Jacobo, a favor.

- Rueda, a favor.

- Araiza, a favor.

- Alvarado, a favor.

- Paniagua, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún diputado que falte por votar?

- Luévano Ruiz, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.

- Terrazas Silva, a favor.

- Rosalba Martín, a favor.

- Avilés, a favor.

- Suárez, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en contra y una abstención.

- EL C. PRESIDENTE: Bien diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, se declara Aprobado el Punto de Acuerdo Económico de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias  en los términos que fue leído por la diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Bien terminando esta participación, se le cede el uso de la voz al diputado Fidel Corvera para hacer uso de la Tribuna, es la última participación en asuntos generales. Si adelante diputado.

-  EL C. DIP. CORVERA QUIÑONEZ: Con su permiso diputado Presidente, Honorables diputadas, Honorables diputados, respetables, medios de comunicación, distinguidas personas que nos honran con su presencia  en este Recinto, me fortalece la presencia de mi familia y de mis amigos mas cercanos en esta Sala, atendiendo la invitación de la Honorable Cámara de Diputado, a través del Presidente del Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, para asumir esta responsabilidad que con mucho gusto acepto, acepte a la hora de la toma de protesta, con todo respeto le digo que al igual que todos los que vivimos en este Estado, no desconozco la problemática que prevalece, por esa razón y consensando mi Fracción Parlamentaria y las demás, apoyaré todas las Iniciativas  de Ley, de reforma que se promuevan en beneficios de los intereses de la sociedad bajacaliforniana, en mi permanencia en el progreso, en el Congreso perdón me permite, me permitirá legislar el Ramo de la competencia del Estado, observando para el caso los requisitos establecidos, en cuestión de la gestoría daremos seguimiento a todos los planteamientos que nos hagan nuestros compañeros representados, ante las Dependencias correspondientes a que haya lugar, nos ponemos a las ordenes de nuestros compañeros campesinos productores de los alimentos que llegan a nuestra mesa, respetando la comisión que al rubro aquí se encuentra para esa cuestión y por último quiero expresar a todos mi respeto, antes de solicitárselos para mi persona, muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, muy amable, bien, una vez agotada las intervenciones de los ciudadanos diputados, ciudadanos si nos permiten no ha concluido la sesión favor de tomar sus curules. Agotado el Orden del Día se cita a los ciudadanos diputados integrantes de la XVII Legislatura del Estado, para el día de mañana martes treinta de septiembre, a las  21:00 horas, a la Sesión Previa en donde se habrá de elegir a los ciudadanos diputados que integran la Mesa Directiva del Primer Período Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Legal, asimismo en el mismo día de mañana a las veintitrés horas a la Sesión Ordinaria de Clausura de este Tercer Período Ordinario de Sesiones, la cual se llevará a cabo  en este Recinto Oficial, se levanta la sesión. (Timbre: 14:50 horas).

 

 

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