VERSION DE SESION
ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALON DE SESIONES “LIC. BENITO
JUAREZ GARCIA”, EL DIA VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.
Presidencia del C. Dip. Héctor Edgardo Suárez Córdova.
(Asistencia de
veintidós ciudadanos Diputados)
- EL C. PRESIDENTE: (11:15 Hrs.) Honorable XVII Legislatura
Constitucional del Estado de Baja California, lunes 29 de septiembre del 2003,
se abre la Sesión. Diputada Secretaria sírvase pasar y verificar el quórum
legal y lista de asistencia, a los ciudadanos que nos acompañan se les pide
guardar el orden pertinente para el desahogo de la Sesión.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto
Diputado Presidente. “Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio,
Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro
María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa
Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo
Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz
Uribe Jesús Alejandro, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor
Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, se encuentran 13 Diputados presentes, por lo
cual hay quórum legal para el desahogo de la Sesión, Diputada Secretaria
sírvase dar a conocer el orden del día. Señores Diputados, somos 24 Diputados oficialmente
en este Pleno, en lugar de 25, acuérdese que está aplicando la licencia, por lo
cual hay quórum legal.
- LA C. SECRETARIA: Sí, con gusto. El Orden del Día para Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, lunes
29 de septiembre del 2003.
1.- Toma de Protesta por los ciudadanos Fidel Corvera Quiñonez como
Diputado de esta Honorable XVII Legislatura del Estado y Licenciado Víctor
Manuel Vázquez Fernández, como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Baja California.
2.- Aprobación del Acta de Sesión Ordinaria, celebrada el día 17 de
Septiembre del 2003.
3.- Correspondencia Recibida.
4.- Correspondencia Despachada.
5.- Informe de Comisiones para Actos Especiales.
6.- Informes o Dictámenes que rindan las Comisiones Especiales o
Permanentes.
7.- Asuntos Generales.
8.- Clausura.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, se somete a la
consideración de la Asamblea para su aprobación el orden del día, Diputada
Secretaria sirva efectuar la votación correspondiente. Bien, se hace constar la
presencia del Diputado Ismael Quintero y el Diputado Leopoldo Morán, Gerardo
Cortez también; Diputada Coordinadora, no…
- LA C. SECRETARIA: Sí, se solicita a los compañeros Diputados
manifestar el sentido de su votación con respecto al orden del día de esta
Sesión, de manera económica, sí hay mayoría Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
Diputada Secretaria, aprobado el orden del día pasamos al primer punto, toma de
protesta de los ciudadanos Fidel Corvera Quiñonez, como Diputado de esta XVII
Legislatura del Estado y Licenciado Víctor Manuel Vázquez Fernández, como
Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja
California; se solicita al ciudadano Fidel Corvera pasar al frente para llevar
a cabo la toma de protesta correspondiente. Por lo que se solicita a los
ciudadanos Diputados del público presente ponerse de pie. TOMA DE PROTESTA DEL
DIPUTADO HASTA HOY SUPLENTE. PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO
107 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA.
CIUDADANO FIDEL CORVERA QUIÑONEZ: ¿PROTESTAIS GUARDAR Y HACER GUARDAR LA
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO
DE BAJA CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANEN, DESEMPEÑANDO LEAL Y
PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE DIPUTADO DE LA HONORABLE XVII LEGISLATURA
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE EL CONGRESO DEL ESTADO Y EL
PUEBLO OS HA CONFERIDO MIRANDO EN TODO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION Y
DEL ESTADO?
- EL C. FIDEL CORVERA QUIÑONEZ:
Sí protesto.
- EL C. PRESIDENTE: SI ASI NO LO
HICIERES EL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y EL PUEBLO OS LO DEMANDE.
Bienvenido Diputado, puede ocupar su curul. Solicitamos a los ciudadanos que
continúen de pie, Diputados y público que nos acompaña, para lo cual
solicitamos al Lic. Víctor Manuel Vázquez Fernández pasar al frente de esta
Legislatura, bienvenido. LICENCIADO VICTOR MANUEL VAZQUEZ FERNANDEZ: PARA DAR
CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECEN LOS ARTICULOS 107 Y 109 DE LA CONSTITUCION
POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, PREGUNTO: ¿PROTESTAIS
GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE AMBAS
EMANEN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE MAGISTRADO NUMERARIO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE EL
CONGRESO DEL ESTADO OS HA CONFERIDO, MIRANDO EN TODO MOMENTO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD
DE LA UNION Y DEL ESTADO?
- EL C. LIC. VICTOR MANUEL
VAZQUEZ FERNANDEZ: Sí protesto.
- EL C. PRESIDENTE: SI ASI NO LO
HICIEREIS QUE EL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA OS LO DEMANDE.
¡Felicidades! Bien, continuamos con el desahogo de la Sesión, ciudadano
Magistrado está en libertad de poder continuar con nosotros o si su trabajo así
lo requiere, continuar con el desahogo personal. Muchas gracias. Continuando
con el Orden del día, pasamos al segundo punto, aprobación del Acta de Sesión
Ordinaria del día 17 de septiembre del 2003, como es del conocimiento de los
ciudadanos Diputados, la Acta se encuentra en el correo electrónico de cada uno
de ustedes, se pregunta si tienen alguna enmienda qué hacer y de no ser así, se
solicita la dispensa de la lectura, así como la aprobación de la misma.
Diputada Secretaria sírvase efectuar la votación correspondiente; bien, se hace
constar la presencia del Diputado Jesús Rosales y del Diputado Luévano Ruiz, y
el Diputado Marcelino Hidalgo. Adelante Diputada Secretaria, para antes
agradecemos la presencia en este Recinto de los Alumnos del Colegio de
Bachilleres Plantel ciudad Morelos, del Quinto Semestre, bienvenidos. También
agradecemos la presencia del Diputado con licencia, Enrique Acosta Fregozo,
bienvenido.
- LA C. SECRETARIA: Se solicita a los compañeros Diputados manifestar el
sentido de su votación con respecto al Acta de la Sesión anterior, de manera
nominal, comenzando por favor por la derecha.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor.
- Osuna Aguilasocho, a favor.
- Corvera, a favor.
- Quintero, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Leopoldo Morán, a favor.
- Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez, a favor.
- Rueda, a favor.
- Luévano Ruiz, a favor.
- Araiza, a favor.
- Arturo Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún
Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por votar? La votación
por la Mesa Directiva.
- Rosalba Martín, a favor.
- Raquel Avilés, a favor.
- Suárez, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Hay mayoría.
“ACTA DE
SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALON DE SESIONES “LIC.
BENITO JUAREZ GARCIA”, EL DIA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.
Presidencia del C. Dip. Héctor Edgardo Suárez Córdova. Asistencia de
veinticuatro ciudadanos Diputados. En la ciudad de Mexicali, Baja California,
siendo las nueve horas con diez minutos del día miércoles diecisiete de
septiembre del año dos mil tres, el Diputado Presidente solicita al Diputado
Raúl Felipe Luévano Ruiz, funja como Secretario de esta Mesa Directiva, asimismo
procede a pasar lista de
asistencia, contando con la presencia de los ciudadanos Diputados: Alvarado
González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Ferreiro Velazco José Alfredo,
Luévano Ruiz Raúl Felipe, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael,
Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez
Francisco, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Suárez Córdova Héctor Edgardo y Zavala
Márquez Catalino. No existiendo quórum para Sesionar, y de acuerdo al
procedimiento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el Diputado Presidente
decreta un receso de quince minutos, siendo las nueve horas con siete minutos;
reanudándose la Sesión a las nueve horas con dieciocho minutos, una vez
verificado el quórum por orden alfabético, contando con la asistencia de los
ciudadanos Diputados: Acosta Fregozo Enrique, Alvarado González Arturo, Araiza
Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Castro Trenti Fernando Jorge,
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Ferreiro
Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín
Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua
Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez
Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco,
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel,
Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino;
asimismo el diputado Presidente, justifica la inasistencia de la diputada
Sánchez Medrano Laura. Por consiguiente, habiéndose cerciorado y declarado la
existencia del quórum para sesionar, el Diputado Presidente le solicita a la
Diputada Secretaria dar a conocer el Orden del Día que se propone para esta
Sesión, siendo el siguiente: 1.- Aprobación del Acta de Sesión Ordinaria,
celebrada los días 25 y 26 de agosto; así como Acta de Sesión Ordinaria del día
10 de septiembre del 2003. 2.- Correspondencia Recibida. 3.- Correspondencia
Despachada. 4.- Informe de Comisiones para Actos Especiales. 5.- Informes o
Dictámenes que rindan las Comisiones Especiales o Permanentes. 6.- Asuntos
Generales. 7.- Clausura. Posteriormente, la Diputada Secretaria somete a
consideración de la Asamblea, el Orden del Día, resultando aprobado en votación
económica por mayoría. Enseguida, se procede a desahogar el Orden del Día
establecido, iniciando con el primer punto, aprobación del Acta de la Sesión
Ordinaria celebrada los días 25 y 26 de agosto; así como Acta de Sesión
Ordinaria del día 10 de septiembre del año en curso; asimismo el Diputado
Presidente manifiesta que las Actas en mención se encuentran en el correo electrónico
de cada uno de los ciudadanos Diputados; por tal motivo se pregunta si tienen
alguna enmienda qué hacer, de no ser así se solicita la dispensa de la lectura,
así como la aprobación de las mismas; resultando aprobadas ambas en votación
económica por mayoría. Se continúa con el punto segundo “Correspondencia
Recibida” y el Diputado Presidente menciona que en virtud de que fue entregada
la relación con oportunidad a los ciudadanos Diputados, se solicita la dispensa
de la lectura; resultando aprobada por mayoría. Siendo 70 oficios dirigidos a
este Congreso del Estado. Acto seguido, se continúa con el tercer punto del
Orden del Día, “Correspondencia Despachada”, en donde el Diputado Presidente
menciona que en virtud de que fue entregada la relación con oportunidad a los
ciudadanos Diputados, se solicita la dispensa de la lectura; resultando
aprobada por mayoría. Siendo 21 oficios despachados a diferentes Dependencias.
Así mismo, el Diputado Presidente manifiesta a los ciudadanos Diputados que
tanto la correspondencia recibida como la despachada queda a su disposición.
Posteriormente, se pasa al cuarto punto, “Informe de Comisiones para Actos
Especiales” en donde el diputado Presidente, le solicita a la diputada
Secretaria, de lectura a las siguientes Declaratorias: Declara que es parte de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, la
reforma al artículo 9 constitucional, contenida en el dictamen No. 314 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales aprobado por el pleno en
sesión Ordinaria correspondiente al Tercer Período Ordinario de Sesiones, del
Segundo Año del Ejercicio Legal de la XVII Legislatura Constitucional del
Estado, celebrada en fecha 8 de julio del año dos mil tres; Declara que es
parte de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California, la adición de la fracción III al artículo 27 y modificación de la
denominación del Capítulo Cuatro y la reforma a los artículos 38 y 39
contenidos en el dictamen No. 323 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales aprobados por el Pleno en sesión Ordinaria correspondiente al
Tercer Período Ordinario de Sesiones del Segundo Año del Ejercicio Legal de la
XVII Legislatura Constitucional del Estado, celebrada con fecha 17 de julio del
año dos mil tres. A continuación el diputado Presidente, hace uso de la voz
para dar a conocer lo siguiente: El día 17 de julio del presente año, en la
sesión de pleno realizada en la ciudad de Ensenada Baja California, esta
Presidencia a mi cargo con fundamento en el artículo 50, fracción VII de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, presentó oficio requiriendo a la Comisión
Instructora, encargada de conocer de los procedimientos de juicio político que
sigue este Congreso en contra de algunos servidores Públicos del Poder Judicial
del Estado, para que en un término de 30 días, rindiera un informe sobre los
avances y desarrollo de los asuntos encomendados, toda vez que el pasado
diecisiete de agosto, venció el término para que dicha comisión presentara los
informes solicitados, mismos que a la fecha no han recibido por la presidencia
del Congreso, ni presentados a este Honorable Pleno, esta presidencia con
fundamento en el Artículo 50, fracción VII en este acto, le señala a la
Comisión Instructora antes mencionada un término de diez días, para que rinda
el informe solicitado a esta Presidencia y a este Pleno. Dado en el Salón de
Sesiones, Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo. Asimismo, da
lectura también a lo siguiente: Con fecha 29 de abril del dos mil tres, el
pleno de esta Honorable Asamblea, aprobó la integración de una comisión
instructora para el Desarrollo del Procedimiento que con motivo de juicio
político, esta Legislatura, sigue en contra del Presidente Municipal, Síndico y
diversos Regidores del XVII Ayuntamiento de Ensenada, toda vez transcurridos
varios meses de la creación de esta Comisión y la fecha no se ha rendido
informe alguno de sus actuaciones, razón por la cual se desconoce el estado que
guarda el procedimiento mencionado, esta Honorable Presidencia a mi cargo con
fundamento en la facultad contenida en el Artículo 50, fracción VII de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, en este acto requiere a la Comisión
Instructora, antes mencionada, para que en un término que no exceda 30 días,
rinda un informe sobre los avances y el desarrollo del asunto encomendado. Dado
en Dado en el Salón de Sesiones, Benito Juárez García, del Honorable Poder
Legislativo. Del mismo modo, da lectura a lo siguiente: Con fecha 29 de octubre
del 2002, el pleno de la Honorable XVII Legislatura del Congreso del Estado de
Baja California, aprobó la integración de una comisión instructora para que se
avocara al desahogo del procedimiento que con motivo de juicio político, sigue
este Congreso, en contra del Síndico Municipal del XVII Ayuntamiento de Tecate,
toda vez que transcurridos poco más de diez meses de la creación de esta
Comisión y a la fecha no se ha tenido informe remitido a la Presidencia y a
este Pleno, razón por la cual se desconoce el estado que guarda el
procedimiento mencionado, esta Honorable Presidencia a mi cargo, con fundamento
en el Artículo 50, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en
este acto requiere a la Comisión Instructora, antes mencionada para que en un
término que no exceda de 30 días, rinda un informe sobre el avance y desarrollo
de los asuntos encomendados. Dado en el Salón de Sesiones, Benito Juárez
García, del Honorable Poder Legislativo. Agotado el punto de Informe de
Comisiones para Actos Especiales, se continúa con el quinto punto del Orden del
Día, “Informes o Dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o
Permanentes”, en donde hace uso de la Tribuna el Diputado Arturo Alvarado
González en su carácter de Presidente de la Comisión de Fiscalización del Gasto
Público, para informar que dicha Comisión presentará ante el Pleno los
siguientes Dictámenes: No. 52, 53 y 54. Enseguida, el Diputado José Antonio
Araiza Regalado, presenta el Dictamen No. 52 de la Comisión de Fiscalización
del Gasto Público, en donde se establecen los siguientes Puntos Resolutivos:
PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del Poder Judicial del
Estado de Baja California, a los CC. Lic. Emilio Castellanos Luján, y Lic.
Gilberto Cota Alanís, en su carácter de Presidentes del Consejo de la
Judicatura del Estado de Baja California y del Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Baja California, por el período del primero de enero al 31 de
octubre y del 1º de noviembre al 31 de diciembre del 2001, respectivamente, por
motivo de que se determinó diferencia de $ 1’906,542 al comparar el cierre
presupuestal del ejercicio distribuido por partidas que asciende a $
233’863,489, con el saldo que arroja el presupuesto de egresos por programas
valuado, el cual muestra la cifra de $ 231’956,947, dicha diferencia no fue
depurada ni aclarada, por lo que se desconoce los efectos que pudieran
resultar; y por motivo de que no fue proporcionada la evidencia documental que
compruebe la realización de las metas asentadas en los avances programáticos
del Programa denominado “Administración e Impartición de Justicia” con
presupuesto de egresos ejercido de $ 150’992,476, el cual representa
aproximadamente el 65% del presupuesto ejercido, lo cual limitó la evaluación
del avance programático conjuntamente con el ejercicio del gasto, de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Es de
otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial y de la
Cuenta Pública de Ingresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a
los CC. Lic. Emilio Castellanos Luján, y Lic. Gilberto Cota Alanís, en su
carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja
California y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California,
por el período del primero de enero al 31 de octubre y del 1º de noviembre al
31 de diciembre del 2001, respectivamente. TERCERO.- Con motivo de lo señalado
en el Resolutivo Primero, así como porque se determinó una diferencia no
aclarada de $ 1’915,905 entre el saldo contable de Bienes Muebles con un
importe de $ 24’710,614, con el saldo que arroja el padrón al cierre del
ejercicio el cual fue de $ 22’794,709, mismo que no ha sido aclarado ni
ajustado, desconociéndose el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar
al efectuarse la conciliación entre el padrón y registros contables; porque se
tiene registrada en Cuentas de Orden la cantidad de $ 4’219,857 correspondiente
a la aportación del Poder Ejecutivo destinada a la construcción de los Juzgados
Civiles de la Ciudad de Tijuana B.C., además de $ 83’381,906 por la aportación
del Fondo de Seguridad Pública (FOSEG) para la construcción de los Juzgados
Civiles segunda y tercera etapa y Juzgados Penales en la Ciudad de Tijuana,
B.C., dichos inmuebles fueron entregados por la Secretaría de Asentamientos
Humanos y Obras Públicas del Estado (SAHOPE) y por el Comité Administrador de
Infraestructura Pública y Educativa (CAIPE) mediante Actas de entrega-recepción
para su operación, conservación y mantenimiento en los años 1999, 2000 y 2002
por la cantidad de $ 21’214,038 y en el 2002 la cantidad de $ 66’387,725, toda
vez que dichas obras se ejecutaron en los años 1999, 2000 y 2001, a la fecha
dichas construcciones y los terrenos en los que se encuentran asentadas están
siendo utilizados por la Entidad, sin que se haya regularizado la propiedad a
favor del Poder Judicial; y por motivo de que no se reconoce en los Estados
Financieros adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de
Tijuana por la cantidad de $ 2’285,239 por consumo de agua del ejercicio y
ejercicios anteriores, según oficio de gestión de cobro de este organismo,
encontrándose actualmente en proceso de conciliación dicho saldo, debido a que
la Entidad argumenta que dichos consumos no corresponden a dependencias del
Poder Judicial, túrnese a la Contraloría, Organo dependiente y auxiliar del
Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, para que en un plazo
que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan
y se informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes. DADO en la
Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali,
B.C., a los once días del mes de agosto del dos mil tres. Enseguida el diputado
Ricardo Rodríguez Jacobo, hace uso de la Tribuna, para manifestar que en el
dictamen se manifiesta que se está requiriendo a la Contraloría del Concejo de
la Judicatura, pero esa Contraloría depende directamente del mismo órgano, manifiesta
también que es necesaria una reforma integral al marco jurídico del Poder
Judicial, para poder prever todas estas hipótesis que están generando que estas
resoluciones, estas observaciones, no sean cumplimentadas. No existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita
a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando
aprobado con 20 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez
Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar
Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz
Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales
Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo
Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José
Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas
Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel. Se abstiene de
votar el diputado Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado
Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular con 20
votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención, el dictamen No. 52 de la
Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por
el Diputado José Antonio Araiza Regalado. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los
diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida, hace uso
de la Tribuna el Diputado Francisco Rueda Gómez para presentar el Dictamen No.
53 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en donde se establecen
los siguientes Puntos Resolutivos:
PRIMERO.- No se aprueba la
Cuenta Pública de Egresos del Comité de Turismo y Convenciones de Rosarito, al
C. C.P. Arnoldo Fitch Díaz, en su carácter de Presidente de la Entidad, por el
período del primero de enero al 31 de diciembre de 2001, por motivo de que la
Entidad durante el ejercicio erogó la cantidad de $ 205,168 por concepto de
arrendamiento de terreno ubicado en el Ejido Mazatlán el cual es utilizado para
llevar a cabo la Feria Rosarito, comprobando dicha erogación con recibos de pagos
que no reúnen los requisitos fiscales, incumpliendo con lo establecido en el
artículo 37 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
de Baja California; porque no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
18 último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, toda vez que no fue aprobado por el Cabildo el
Presupuesto de Egresos inicial por la cantidad de $ 1'964,006 ejerciéndose el
gasto público sin aprobación previa, así
mismo se incumplió con lo establecido en el artículo 27, fracción II del
ordenamiento legal en comento, toda vez que el Presupuesto de Egresos no fue
remitido a través del Presidente Municipal al Congreso del Estado;
adicionalmente se incumplió con lo señalado en el artículo 43, fracción IV,
último párrafo de la citada Ley, debido a que durante el ejercicio se
efectuaron adecuaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por $
258,552 y transferencias por $ 583,157, omitiendo incluir la información relativa
sobre los programas y sub-programas que se hayan creado o afectado; además se
omitió incorporar y remitir al Congreso del Estado dentro de Cuenta Pública
Anual, la información relativa al Cierre Presupuestal por Programas, no
obstante sí fue proporcionada para su revisión, incumpliéndose consecuentemente
con lo señalado en el artículo 15, fracción IV, inciso c) de la Ley de
Fiscalización de Cuentas Públicas para el Estado de Baja California; porque no
se afectó el Presupuesto de Egresos con los gastos correspondientes a las
adquisiciones de activo fijo efectuadas durante el ejercicio, hasta por un
monto de $ 115,959, reconocidos contablemente, observándose incumplimiento a lo
señalado en el artículo 2 y 16 y demás disposiciones aplicables de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; porque la Entidad
celebró convenio con el Ejecutivo Estatal en relación a la Coordinación en
Materia de Promoción y Publicidad Turística, de fecha 20 de agosto del 2001,
con el objeto de coordinar la aplicación, mecanismos de evaluación y control y
las aportaciones del Estado, del Ejecutivo Federal, así como de la Iniciativa
privada a través del COTUCO, obligándose a aportar cada una de las partes $
400,000, que suman $ 1'200,000, observándose que no se dio cumplimiento a lo
dispuesto en las cláusulas sexta y séptima, que señalan las ministraciones de
recursos y las obligaciones del COTUCO, respectivamente, toda vez que no se
recibieron los recursos del Ejecutivo Federal ni Estatal, así como en relación
a las aportaciones de la iniciativa privada, estas fueron recibidas e
inmediatamente transferidas al Ejecutivo Estatal, ocasionando la omisión en la
información programática del ejercicio del programa y metas que se hubieran
afectado con dicha aportación; y porque la Entidad incumplió con lo previsto en
el artículo 37 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, toda vez que se efectuaron erogaciones por concepto
de remuneraciones al personal de confianza por la cantidad de $ 514,770, las
cuales no fueron afectadas en la partida específica correspondiente.
SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública
Patrimonial y de la Cuenta Pública de Ingresos del Comité de Turismo y Convenciones
de Rosarito, al C. C.P. Arnoldo Fitch Díaz, en su carácter de Presidente de la
Entidad, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 2001.
TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el punto resolutivo primero, así
como porque la Entidad el 18 de septiembre de 2000 celebró convenio con la
empresa Rosarito - Ensenada, S.A. de C.V., (los promotores) para llevar a cabo
el evento denominado "Paseo ciclista 50 millas Rosarito - Ensenada",
los días 21 de abril y 29 de septiembre de 2001, estableciéndose en la cláusula
novena de dicho convenio el pago de $ 0.50 dólar americano por cada corredor
inscrito, habiéndose percibido ingresos por dicho concepto durante el ejercicio
la cantidad de $ 56,843, sin haberse proporcionado documentación que muestre el
número de participantes al evento en comento, existiendo incertidumbre sobre el
monto percibido; porque la Entidad durante el ejercicio erogó la cantidad de $
172,536 por concepto de adquisición de bienes y servicios, sin haberse obtenido
3 cotizaciones, incumpliendo con la política No. 3 establecida en la Norma
Técnica Administrativa No. 6, relativa a la adquisición de bienes y servicios;
y porque se incumplió lo señalado en el artículo 30 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se
omitió publicar el cierre presupuestal al nivel de Programas, publicándose en
el Periódico Oficial del Estado de fecha 15 de marzo de 2002 a nivel de
partidas; túrnese a la Sindicatura Municipal de Rosarito, para que en un plazo
que no exceda de 60 días se apliquen las medidas correctivas que correspondan y
se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO en la Sala de Juntas
de la Contaduría Mayor de Hacienda del H. Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali,
Baja California, a los 26 días del mes de agosto de dos mil tres. No existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente solicita
a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando
aprobado con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez
Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar
Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos
García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín,
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco,
Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan,
Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo
general como en lo particular con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 0
abstenciones, el dictamen No. 53 de la Comisión de Fiscalización del Gasto
Público en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez.
Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable
Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del
Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el Diputado Arturo Alvarado
González, para presentar el Dictamen No. 54 de la Comisión de Fiscalización del
Gasto Público, en donde se establecen los siguientes Puntos Resolutivos:
PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial ni la Cuenta Pública de
Egresos del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Baja
California, a la C.M.C. María Teresa Armida Ayala Cañedo, en su carácter de
Director Estatal de la Entidad, por el período comprendido del 1 de enero al 31
de diciembre del 2001; por motivo de que la Entidad remitió al Congreso del
Estado la Cuenta Pública del ejercicio 2001, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California, habiendo modificado con posterioridad sus
estados financieros, sin que se hubiesen aclarado los movimientos practicados;
porque la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 un saldo en bancos por
la cantidad de $ 4’685,849, dentro del cual se incluye un importe de $
4’287,745 que corresponde al saldo contable de 5 cuentas bancarias, las cuales
presentan partidas en conciliación por cargos bancarios, depósitos no
considerados, cargos por instrucción del cliente, traspasos, devoluciones,
diferencias no registradas, importes no identificados, entre otros por la
cantidad de $ 2'054,861, dichas partidas se encuentran en proceso de
investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar,
por otro lado existe diferencia por la cantidad de $ 171,503 al comparar el
saldo contable según registros contables y el que se asienta en 2
conciliaciones bancarias, a su vez no se proporcionaron las conciliaciones
bancarias de 8 cuentas las cuales se utilizan para la recepción de los ingresos
de los planteles, dichas cuentas no presentan saldo; debido a que se tienen
registrados bienes inmuebles por un importe de $ 15’540,182, cifra que no
incluye actualización, de los cuales $ 2’040,755 corresponde al valor de los
terrenos y $ 9’831,672 a los edificios y construcciones recibidos mediante acta
entrega-recepción del Colegio de Nacional de Educación Profesional Técnica, y $
3’667,755 a los bienes recibidos mediante acta entrega-recepción por parte del
Gobierno del Estado, por conducto del Comité Administrador de Infraestructura
Pública Educativa, sobre dichos inmuebles no se cuenta con la documentación
legal que acredite su propiedad, mismos que son utilizados para la realización
de las actividades propias de la Entidad, a su vez están en proceso de
regularización 2 inmuebles donde se ubican las extensiones educativas Col.
Progreso y San Felipe, los cuales no se tienen registrados en cuentas de orden;
por motivo de que la Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 bienes
muebles por la cantidad de $ 37,032,838 de los cuales $ 4’690,027 corresponden
al equipo recibido por parte del Colegio Nacional de Educación Profesional
Técnica, los cuales debieron haberse registrado en Cuentas de orden, toda vez que
se recibieron en calidad de comodato y/o guarda y custodia, estos bienes se
recibieron $ 3’082,848 en el
ejercicio 2000 y $ 1’607,179 en el
ejercicio 2001, estos últimos se registraron afectando $ 1’308,095 al
Patrimonio, $ 6,329 disminuyendo los ingresos y $ 305,413 disminuyendo los
activos fijos por transferencias entre planteles no correspondidas, a su vez
los registros contables incluyen bienes muebles en desuso por la cantidad de $
1,471,503 y equipo no localizado por la cantidad de $ 181,883, sobre los cuales
no se han realizado las gestiones necesarias para su baja; debido a que los
estados financieros del ejercicio fiscal 2001 no se reconocen los efectos de la
inflación conforme las reglas del Boletín B-10 emitido por el Instituto
Mexicano de Contadores Públicos, así como no se efectuó y registro el cálculo
de la depreciación de acuerdo a las prácticas contables de la Entidad, lo cual
afecta la comparabilidad de la información financiera; y porque la Entidad no
efectuó conciliación y depuración de los movimientos contables practicados para
registrar las operaciones realizadas entre la Dirección Estatal, los Planteles
y el Centro de Asistencia y Servicios Tecnológicos (CAST) que se reflejan en
las cuentas controladoras de ingresos, subcuentas Remesas de Ingresos Propios,
Remesas en Especie, Remesas Diversas, Transferencia y equipo, otros ingresos y
Remesas en Efectivo, determinándose una diferencia neta no aclarada de $ 150,079, cifra que se afectó disminuyéndose
los ingresos del ejercicio; porque la Entidad no dio cumplimiento a lo
dispuesto en la fracción VII, de la norma de control interno establecida para
el ejercicio de los recursos, toda vez que durante el ejercicio se realizaron
adquisiciones de bienes y servicios por un importe de $ 1’762,441, sin haber
obtenido las 3 cotizaciones, establecidas por la norma mencionada; por motivo
de que la Entidad no efectuó conciliación entre las cifras contables y
presupuestos de ingresos y egresos, toda vez que en lo referente a ingresos la
cifra contable ascendió a $
64’835,452 en tanto que el ingreso real fue por $ 66’162,203, existiendo una
diferencia por la cantidad de $ 1'326,751, la cual no fue depurada ni aclarada,
en los egresos contablemente se registraron $ 64’885,879, mientras que el
presupuesto ejercido fue de $ 64’636,383, presentándose diferencia de más
contablemente de $ 249,496, por lo que se desconoce el efecto de posibles
ajustes que pudieran resultar; así mismo porque no se dio cumplimiento a lo
previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se
obtuvo con oportunidad la aprobación del Ejecutivo del Estado de la adecuación
de la disponibilidad de las partidas presupuestales afectadas durante el
ejercicio fiscal 2001, consistentes en ampliaciones por $ 1'239,216 y
transferencias por $ 9'296,111, debido a que dicha aprobación se dio hasta el
31 de marzo del 2002, así mismo se autorizó extemporáneamente por la Junta Directiva
hasta el 10 de mayo del 2002, conforme a lo dispuesto en el Artículo 7,
fracción II de su Acuerdo de Creación, adicionalmente se incumplió con las
disposiciones legales en comento, toda vez que no fueron aprobadas por el
Ejecutivo del Estado ampliaciones presupuestales por $ 330,488, ni se cuenta con la
autorización por la Junta Directiva del cierre presupuestal; debido a que la
Entidad no proporcionó los avances comparativos mensuales y acumulados por
incisos y partidas de los Presupuestos de Ingresos y Egresos, de conformidad
con lo previsto en el Artículo 54, fracción II de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; y porque la Entidad
no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 15, fracciones II, IV incisos
b), c) y fracción V de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, y Artículo 43 último párrafo de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda
vez que se omitió remitir al Congreso del Estado la información relativa al
cierre programático, especificando en su caso las causas que originaron las
variaciones en lo correspondiente al alcance de 29 metas equivalentes al 23% de
las 128 metas con que cuenta la estructura programática del programa único
denominado "Proporcionar Servicios Educativos".
SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública
de Ingresos del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Baja
California, a la C.M.C. María Teresa Armida Ayala Canedo, en su carácter de
Director Estatal de la Entidad, por el período comprendido del 1 de enero al 31
de diciembre del 2001.
TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como
porque la Entidad incumplió con lo establecido en el Artículo 14-BIS de la Ley
de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C., debido a que se
mantuvieron saldos promedios importantes en las cuentas bancarias, los cuales
no se invirtieron durante el ejercicio, dejándose de generar los mejores
rendimientos; y debido a que la Entidad aumentó su Patrimonio por la cantidad
de $ 848,104 argumentando que dicho importe corresponde a ingresos obtenidos
por concepto de colegiaturas, seguro estudiantil y materias del Programa de Complemento
de Estudios para Ingresos a la Educación Superior (PROCEIS), entre otros, los
cuales de acuerdo a su origen, debieron haber afectado el resultado del
ejercicio, sin embargo se desconoce la procedencia de este importe, toda vez
que los registros contables, carecen de soporte documental y estos hacen
referencia al saldo que tenían las cuentas bancarias al momento de la
afectación, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para
que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas
que correspondan y se informe al Congreso del Estado para los efectos
conducentes. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la
Ciudad de Mexicali, B.C., a los 26 días del mes de agosto del dos mil tres. No
existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma
nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti
Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz
Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo,
Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe,
Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz
Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz
Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente
declara aprobado tanto en lo general como en lo particular con 21 votos a
favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, el dictamen No. 54 de la Comisión de
Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue leído por el Diputado
Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito
Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la
Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días
del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, el diputado
Presidente, manifiesta que en base al artículo 50, fracción VII, les requiere a
las comisiones, presentar el trabajo que se les ha turnado en tiempo y forma,
para poder desahogarlo y no tener el rezago que se ha ido manifestando.
Enseguida, el Diputado Fernando Jorge Castro Trenti solicita el uso de la
Tribuna para informar en su calidad de Presidente de la Comisión de Legislación
y Puntos Constitucionales, que dicha Comisión presentará ante el Pleno los
siguientes Dictámenes: No. 338, 340, 341, 342, 343, 345, 346, 348, 350, 349,
332, 325. A continuación, el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, hace uso de la
Tribuna para presentar el Dictamen No. 338 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, en donde se establece el siguiente Punto Resolutivo:
UNICO.- No se aprueba la “INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL CAPÍTULO
SÉPTIMO DEL TÍTULO CUARTO DENOMINADO “DEL USO DE SUELO”, DE LA LEY DE
DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA”. DADO, en la Biblioteca
“Héctor Terán Terán” del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali,
Baja California, a los 27 días del mes de agosto del año dos mil tres. No
existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma
nominal, resultando aprobado con 16 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo
Enrique, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de
Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda
Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Alvarado González Arturo, Terrazas
Silva Juan y Avilés Muñoz Raquel. Se abstienen de votar los diputados: Martín
Navarro María Rosalba, y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el
Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular
el Dictamen No. 338 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
con 16 votos a favor, 0 votos en contra y 2 abstenciones, en los términos que
fue leído por el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Dado en el Salón de
Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A
continuación, hace uso de la voz, la diputada María Rosalba Martín Navarro,
para manifestar el sentido de su abstención, respecto del dictamen No. 338.
Enseguida hace uso de la Tribuna el Diputado José de Jesús Martín Rosales
Hernández para dar lectura al Dictamen No. 340 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, en donde se establecen el siguiente Punto Resolutivo:
UNICO.-- Se aprueba la Iniciativa de Decreto que desincorpora del dominio
público del Estado e incorpora al dominio privado del mismo, los lotes únicos
de las Manzanas número 02 y 04 de la Colonia Popular General Mariano Matamoros,
del Municipio de Tijuana, Baja California, para que se realicen las acciones
necesarias para su formalización, mismos que se detallan a continuación.
Lote único de la Manzana número 02, con superficie 8,218.67 metros
cuadrados.
Al Norte: 36.80
metros más 5.89 metros en línea curva con Calle Doctor Cos.
Al Sur: 34.80
metros más 4.51 metros en línea curva con Calle Don Joaquín Arias -–El Florido.
Al Este: 108.89
metros más 63.80 metros en línea curva más 13.14 metros con la Calle Capitán
Tavares.
Al Oeste: 4.92
metros en línea curva más 111.21 metros más 101.57 metros en línea curva más
3.55 metros en línea curva con la Calle Brigadier Cruz.
Lote Unico de la Manzana número 04, con superficie 8,000.49 metros
cuadrados.
Al Norte: 108.80
metros más 3.54 metros en línea curva con Calzada Pípila.
Al Sur: 48.78
metros más 4.24 metros en línea curva con Calle Don Joaquín Arias más 39.99
metros en línea curva más 65.55 metros en línea curva más 13.94 metros con
Calle Doctor Iturriaga.
Al Este: 4.19
metros en línea curva más 17.05 metros más 7.93 metros en línea curva más 12.00
metros con Calle Doctor Cos.
Al Oeste: 4.92
metros en línea curva más 67.38 metros más 2.88 metros en línea curva con Calle
Trinidad Tavares.
DADO.- en la Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes” del H. Poder
Legislativo de Baja California en la ciudad de Mexicali, Baja California, el
día 27 de agosto de 2003. No existiendo oradores en contra del Dictamen de
referencia, el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta
a votación en forma nominal, resultando aprobado con 15 votos a favor, de los
ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino,
Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Castro Trenti
Fernando Jorge, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín,
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl
Felipe, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María
Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado
Salazar Acuña Edmundo, vota en contra. Acto seguido, el Diputado Presidente
declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 340
de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con 15 votos a favor,
2 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por el
Diputado José de Jesús Martín Rosales Hernández. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los
diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. Enseguida, hace uso
de la Tribuna el Diputado Enrique Acosta Fregozo para presentar el Dictamen No.
341 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en donde se
establece el siguiente Punto Resolutivo: PRIMERO.- Se desincorpora del patrimonio del dominio
público del Gobierno del Estado para incorporarse al dominio privado del mismo,
el lote de terreno identificado como fracción restante del predio rústico
denominado “La Reforma”, ubicado en la Delegación Maneadero, del Municipio de
Ensenada, Baja California, ocupado actualmente por el asentamiento humano
identificado como Colonia 2 de Septiembre, Sección II, con superficie de
16,202.95 m², que se integra por 11,747.231 m² destinada a uso habitacional y
4,455.719 m², de vialidades, que se identifican en el plano de lotificación
autorizado por la CORETTE. SEGUNDO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado
enajenar a título oneroso o gratuito según corresponda la superficie de
11,747.231 m², destinada a uso habitacional, previo estudio socioeconómico a
favor de los posesionarios que detentan la posesión, con la finalidad de
regularizar la situación jurídica de los ahí asentados, así como para que en su
oportunidad se otorguen y firmen los títulos de propiedad correspondientes, y
de facultar a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
del Estado, para que lleve a cabo los trabajos técnicos y la regularización de
los mismos, siendo los gastos que por la regularización se originen con cargo a
los adquirientes. TERCERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado, para enajenar
a título gratuito a favor del Municipio de Ensenada, B.C. la superficie de
4,455.719 m² correspondiente a las vialidades para que pasen a formar parte del
patrimonio del dominio público. TRANSITORIOS: PRIMERO.- El presente Decreto
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Periódico Oficial del
Estado de Baja California. SEGUNDO.- Inscríbase el presente Decreto en el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio, del Municipio de Ensenada, Baja
California. DADO. En Biblioteca “Héctor Terán Terán”del H. Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali Baja California, a los
Veintisiete días del mes Agosto de Dos Mil Tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma
nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti
Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo,
Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez
Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza
Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia,
Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez
Córdova Héctor Edgardo. El diputado Ruiz Uribe Jesús Alejandro, se abstiene de
emitir su voto. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en
lo general como en lo particular el Dictamen No. 341 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, con 21 votos a favor, 0 votos en contra
y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado Enrique Acosta
Fregozo. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Acto seguido, el Diputado Juan Terrazas Silva, hace uso de la Tribuna para dar
lectura al Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.- Se
aprueba SOLICITAR SE EXHORTE AL EJECUTIVO ESTATAL, EXPIDA EL REGLAMENTO DE LA
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y PARA QUE POR SU
CONDUCTO SE INSTRUYA A LAS SECRETARÍAS CONTEMPLADAS EN LOS TRANSITORIOS DE LA
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL, A FIN DE QUE REALICEN LAS ACCIONES QUE SEAN
PERTINENTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO PREVISTO EN EL ORDENAMIENTO. Dado en el
Salón de Comisiones ²Dr. Francisco Dueñas Montes² del Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, del Estado
de Baja California, a los 11 días del mes de Septiembre del dos mil tres. No
existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente
solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal,
resultando aprobado con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala
Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo,
Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando
Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García
Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez
Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano
Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo,
Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María
Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el
Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular
el Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
con 22 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que
fue leído por el Diputado Juan Terrazas Silva. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Acto seguido, la Diputada Raquel Avilés Muñoz,
hace uso de la Tribuna para dar lectura al Dictamen No. 343 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto
Resolutivo: UNICO.- Se
aprueba la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO referente a que:
Esta Soberanía envíe oficio
solicitando al recientemente nombrado, Secretario de Turismo, Señor Rodolfo
Elizondo Torres, nos informe a las Legislaturas Locales de los treinta y dos
estados, que conforman la República Mexicana, a la brevedad, el estatus que
presenta la propuesta de Ley General de Turismo, preparada por el departamento
jurídico de la Secretaría a su cargo, que desde el mes de diciembre del año
2002, fue presentada en la ciudad de Campeche a los integrantes de la Comisión
Nacional de Legisladores en materia de turismo y que a últimas fechas estaba
por presentarse ante el Congreso de la Unión, para ser analizada por la nueva
Legislatura federal, durante el mismo mes y año, según datos obtenidos de la
Lic. Bertha Leticia Navarro Ochoa, ex Secretaria de dicha dependencia, en
virtud de los argumentos vertidos en el cuerpo de este dictamen. DADO en la
Sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas
Montes” de este Edificio del Poder Legislativo del Estado en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, el día once de septiembre del año dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma
nominal, resultando aprobado con 21 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Acosta Fregozo
Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo,
Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez
Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza
Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia,
Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez
Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado
tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 343 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, con 21 votos a favor, 0 votos en contra
y 0 abstenciones, en los términos que fue leído por la Diputada Raquel Avilés
Muñoz. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A
continuación, el Diputado Alfredo Ferreiro Velazco, hace uso de la Tribuna para
dar lectura al Dictamen No. 345 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: PRIMERO: Se
aprueba la “INICIATIVA DE LEY DEL INSTITUTO DE CULTURA DE BAJA CALIFORNIA”,
para quedar como sigue:
INICIATIVA DE LEY DEL INSTITUTO
DE CULTURA DE BAJA CALIFORNIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO
1.- El Instituto de Cultura de Baja California, es un organismo público
descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Para efectos de
esta Ley, al Instituto de Cultura de Baja California, se le denominará como el
“ICBC”. ARTÍCULO 2.- El domicilio legal del ICBC, será la ciudad de Mexicali,
Baja California, sin perjuicio de establecer en otros municipios del Estado,
las unidades administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de su
objeto. ARTÍCULO 3.- Se declara de interés social la preservación, promoción y
difusión permanente de la cultura y las artes, con el fin de garantizar la
participación organizada, plural y democrática de las comunidades que integran
el Estado. ARTÍCULO 4.- El ICBC tiene por objeto preservar, promover y difundir
la cultura y las artes, así como generar las condiciones necesarias para que la
sociedad tenga acceso a bienes, servicios, actividades artísticas y culturales,
como elementos esenciales del desarrollo humano integral, dentro de un marco de
respeto y tolerancia a la diversidad cultural que nos identifica como Estado.
ARTÍCULO 5.- Corresponde al ICBC, ser el órgano coordinador y gestor en el
Estado de todas las estrategias necesarias para la preservación, promoción y
difusión de la cultura y las artes; así como entidad pública coadyuvante de los
tres ordenes de gobierno y de las instituciones u organismos privados de
carácter cultural, artístico, educativo o de investigación que tengan proyectos
y programas afines con la cultura y las artes en general.
CAPÍTULO II
DEL PATRIMONIO
ARTÍCULO 6.- El patrimonio del ICBC se integra por:
I.
Las partidas presupuestales que le
correspondan del Presupuesto de Egresos del Estado;
II.
Los activos, bienes muebles e
inmuebles que posee actualmente y los que por cualquier título adquiera para la
consecución de sus fines, o con motivo de las actividades propias de su objeto;
III.
Las aportaciones, transferencias,
donaciones, legados, herencias y subsidios que hagan en su favor las
instituciones u organismos federales, estatales, municipales, privados o no
gubernamentales, así como por particulares;
IV.
Los ingresos que obtenga por las
actividades que desarrolle en cumplimiento de su objeto, y
V.
Los rendimientos y demás ingresos
que obtenga por la inversión de los recursos a que se refieren las fracciones
anteriores.
ARTÍCULO 7.- El ICBC no podrá eximir parcial ni totalmente del pago de
los derechos y productos propios, a las dependencias y entidades públicas, ni
tampoco a los particulares, organismos e instituciones privadas o no gubernamentales,
a excepción de los casos que expresamente determine el Ejecutivo del Estado.
ARTÍCULO 8.- Los bienes inmuebles que formen parte del patrimonio del
ICBC y los que se destinen a las actividades derivadas de su objeto, tendrán el
carácter de inalienables e imprescriptibles.
ARTÍCULO 9.- El ICBC estará por su objeto, exento del pago de
contribuciones estatales y municipales.
ARTÍCULO 10.- La extinción o fusión del ICBC, procederá cuando deje de
cumplir con su objeto o su funcionamiento no resulte conveniente para la
economía estatal o el interés público, siguiéndose para ello el procedimiento
que establezca la Ley que regule la constitución, organización, funcionamiento
y control de las entidades paraestatales de la administración pública del Estado
de Baja California.
ARTÍCULO 11.- Dependerán del ICBC y se incorporan a su estructura
orgánica, administrativa y normativa, los entes siguientes:
I. En la ciudad de Mexicali,
Baja California:
a) Teatro del Estado;
b) Biblioteca Pública Central;
c) Galería de la Ciudad, y
d) Antigua Casa de Gobierno y
anexo.
II. En la ciudad de Tijuana,
Baja California: El Multiforo.
III. En la ciudad de Rosarito,
Baja California: La Galería de la Ciudad.
IV. En la ciudad de Ensenada,
Baja California:
a) Teatro de la Ciudad, y
b) Biblioteca Pública Benito
Juárez.
V. Aquellos que el Ejecutivo del
Estado asigne en los términos de las leyes aplicables, y
VI. Las demás unidades
administrativas que establezca el Reglamento Interno del ICBC.
CAPÍTULO III
DE LAS ATRIBUCIONES DEL ICBC
ARTÍCULO 12.- Para el adecuado cumplimiento de su objeto, el ICBC tendrá
las atribuciones siguientes:
I.
Administrar, coordinar y conservar
los bienes muebles e inmuebles destinados a la preservación, promoción y
difusión cultural y artística en el Estado y, en general, aquellos que por
razón del cumplimiento de su objeto están a su cargo;
II.
Fomentar la investigación,
preservación, promoción y difusión de la cultura y las artes en general y,
particularmente las que identifican a los bajacalifornianos;
III.
Proteger, conservar y difundir el
patrimonio cultural del Estado;
IV.
Impulsar, apoyar y promover a las
personas y grupos interesados en la difusión de la cultura y las artes en el
Estado;
V.
Coordinar y promover acciones
conjuntas con los ayuntamientos del Estado en cuanto a programas y actividades
en beneficio de la comunidad, así como la integración de las comisiones
municipales para la preservación, promoción y difusión de la cultura y las
artes;
VI.
Proponer directrices en materia de
educación y capacitación artística, así como diseñar esquemas curriculares y
extracurriculares de sensibilización a la cultura y el arte;
VII.
Editar conforme a su capacidad
presupuestal, los libros de autores premiados en los concursos literarios del
ICBC;
VIII.
Establecer conforme a su capacidad
presupuestal, un programa para la edición o co-edición de obras de autores
regionales;
IX.
Promover con editoriales nacionales,
instituciones afines y fundaciones, la co-edición de obras agotadas que tengan
un valor importante; la grabación de discos de música de compositores
bajacalifornianos y, particularmente, la recopilación de aquellos trabajos
producto de la investigación y la grabación digital o hecha en cualquier otro
medio de reproducción, de documentales de divulgación que contribuyan al
conocimiento del arte y la cultura en el Estado;
X.
Fomentar las actividades culturales
y artísticas entre el personal al servicio del Gobierno del Estado;
XI.
Fomentar actividades artísticas y
culturales entre la población en general y, particularmente entre los sectores
marginados de la población;
XII.
Reconocer a los residentes en el
Estado y a los bajacalifornianos que se hayan distinguido en las distintas
áreas de la cultura, artes, educación e investigación;
XIII.
Fomentar programas de intercambio
cultural y artístico a nivel nacional y el extranjero para fortalecer el
conocimiento y desarrollo de nuestros valores;
XIV.
Fomentar y llevar a cabo programas
especiales tendientes a incorporar a los niños, jóvenes y personas con
capacidades diferentes, en la iniciación de actividades artísticas y creativas,
en coordinación con instituciones, sindicatos, sociedades y asociaciones
civiles afines;
XV.
Interactuar con instituciones
públicas, como complemento en aquellos programas que tiendan al fortalecimiento
del desarrollo cultural y artístico del Estado, principalmente en áreas
rurales;
XVI.
Formular estrategias que impulsen el
reconocimiento del artista, así como de los promotores y gestores culturales o
artísticos, dentro de los sectores público y privado;
XVII.
Proponer procedimientos e integrar
jurados y comisiones dictaminadoras para los concursos, becas y premios que
promueva el ICBC, o por los particulares o las personas morales legalmente
constituidas que lo soliciten;
XVIII.
Promover, organizar y convocar en
colaboración con otros órdenes de gobierno, instituciones u organismos públicos
o privados, bienales, festivales o cualquier otro evento cultural y/o artístico
de interés estatal;
XIX.
Conforme a su capacidad
presupuestal, promover, coproducir, distribuir y/o vender montajes escénicos,
libros, folletos, discos, videos documentales, material didáctico, catálogos y
productos artísticos y artesanales;
XX.
Organizar eventos autofinanciables
y/o patrocinados que generen ingresos, fijando el ICBC los derechos y productos
de conformidad con el Reglamento Interno;
XXI.
Gestionar la instalación de sistemas
electrónicos, de radio, televisión, internet o de cualquier otro tipo, para la
promoción cultural y artística, ya sean propios o a través de convenios con
diversas instancias, cumpliendo con lo dispuesto por las leyes federales y
estatales vigentes en la materia;
XXII.
Participar
dentro del ámbito de sus atribuciones, en el cumplimiento de los programas
derivados de los convenios que celebre el Ejecutivo del Estado;
XXIII.
Promover
y administrar la apertura de nuevos centros y fuentes de cultura y arte que
respondan a las iniciativas y a los procesos socioculturales del Estado;
XXIV.
Promover y fomentar la adquisición
de material didáctico y de lectura para personas con capacidades diferentes en
centros culturales y bibliotecas;
XXV.
Coordinar
y supervisar la Red Estatal de Bibliotecas Públicas y fungir como enlace con la
Red Nacional de Bibliotecas Públicas, conforme a los acuerdos de coordinación
que se hubieren celebrado o se celebren con esa instancia Federal y/o los
ayuntamientos;
XXVI.
Apoyar la descentralización de los
bienes y servicios culturales y artísticos, en favor del fortalecimiento de los
municipios del Estado;
XXVII.
Promover acciones
interdisciplinarias y celebrar convenios de coordinación interinstitucional,
con los entes públicos o privados que tengan interés en el desarrollo de la
cultura y el arte en el Estado;
XXVIII.
Definir políticas y establecer
estrategias que impulsen el desarrollo cultural de niños, jóvenes y adultos con
capacidades diferentes, que motiven la participación de este sector de la
sociedad en la actividad cultural del Estado, y
XXIX.
Las demás que sean necesarias para
el cumplimiento de su objeto, así como las que le confieran otras leyes y
disposiciones aplicables.
CAPÍTULO IV
DE LA VINCULACIÓN CON EL SECTOR EDUCATIVO
ARTÍCULO 13.- Para el mejor cumplimiento de su objeto, el ICBC actuará
de manera coordinada con la Secretaría de Educación y Bienestar Social, y con
las entidades de la Administración Pública Paraestatal agrupadas en el sector,
a través de la realización de las acciones siguientes:
I.
Promocionar y gestionar cursos de
capacitación, formación, profesionalización y especialización para los
promotores y gestores culturales o artísticos;
II.
Trabajar coordinadamente con el
sector educativo a través de los programas vigentes;
III.
Participar en el ámbito de su
competencia, en la formulación y ejecución de los programas que señala el
artículo 31, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de Baja California;
IV.
Coadyuvar en la capacitación de los
instructores en materia de educación cultural y artística;
V.
Crear, formar y promover talleres de
disciplinas artísticas para personas con capacidades diferentes;
VI.
Colaborar en la supervisión y
evaluación de los planes y programas establecidos en materia de educación cultural
y artística, y
VII.
Las demás que sean necesarias para
el desarrollo cultural, artístico y educativo en el Estado, cuando no
contravengan lo dispuesto por esta Ley y demás disposiciones aplicables.
CAPÍTULO V
DE LOS ÓRGANOS DEL ICBC
SECCIÓN I
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
ARTÍCULO 14.- Los órganos superiores del ICBC son:
I. La Junta de Gobierno, y
II. La Dirección General.
ARTÍCULO 15.- La máxima autoridad del ICBC, es la Junta de Gobierno que
se integrará de la manera siguiente:
I. Un Presidente, que será el
Titular de la Secretaría de Educación y Bienestar Social, y
II. Los vocales, que serán:
a) El Secretario General de
Gobierno;
b) El Secretario de Planeación y
Finanzas;
c) El Secretario de
Infraestructura y Desarrollo Urbano;
d) El Oficial Mayor de Gobierno;
e) Un representante de las instituciones públicas de educación media
superior, superior e institutos de investigación;
f) Un representante de las
instituciones privadas de educación media superior, superior e institutos de
investigación, y
g) Un representante de los
organismos empresariales del sector privado en el Estado.
Cuando así lo considere necesario, la Junta de Gobierno podrá invitar a
formar parte de la misma con derecho a voz pero sin voto, a los particulares o
a los representantes de los organismos públicos o privados afines a su objeto.
ARTÍCULO 16.- Para el debido cumplimiento de sus atribuciones, la Junta
de Gobierno contará con un Secretario Técnico, que será el Director General del
ICBC, el cual podrá participar en las sesiones de la misma con derecho a voz
pero sin voto.
ARTÍCULO 17.- Los vocales señalados por los incisos e), f), y g) de la
fracción II, del artículo 15 de esta Ley, serán propuestos respectivamente, por
las instituciones públicas o privadas de educación media superior, superior e
institutos de investigación, así como por los organismos empresariales del
sector privado en el Estado, y se elegirán conforme al procedimiento
siguientes:
I.
La Secretaría de Educación y
Bienestar Social, será la responsable de convocar y supervisar el proceso de
elección;
II.
Se convocará públicamente cada dos
años, en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor circulación en
la entidad, a las instituciones públicas o privadas de educación media
superior, superior e institutos de investigación, así como a los organismos
empresariales del sector privado en el Estado, para que presenten por conducto
de sus representantes legales sus propuestas por escrito y acrediten la
satisfacción de los requisitos solicitados;
III.
La convocatoria deberá cumplir por
lo menos, con los requisitos siguientes:
a) Lugar, domicilio y plazo para la presentación de
las propuestas;
b) Los documentos para acreditar el respaldo de la
propuesta y la representación legal de la institución u organismo;
c) Lugar y fecha
en que se llevará a cabo la elección de los vocales objeto de la convocatoria;
d) Los requisitos para ser candidato a vocal, y
e) Los demás
que determine el Reglamento Interno.
IV.
La elección de los vocales a que se
refiere este artículo podrá realizarse en la misma sesión, pero de manera
separada.
V.
La elección, según corresponda, se
realizará mediante votación directa de los representantes legales de las
instituciones públicas o privadas de educación media superior, superior e
institutos de investigación, así como de los organismos empresariales del
sector privado en el Estado, que asistan al evento. El candidato electo deberá
contar con la mayoría de los votos acreditados;
VI.
En caso de que en una primera ronda
exista empate o no se obtenga la cantidad de votos requeridos, se pasara a una
siguiente ronda de votación, hasta determinar la mayoría, y
VII.
Los vocales designados durarán en su
cargo dos años, pero podrán ser reelectos para un segundo período, siempre y
cuando sean nuevamente propuestos por quienes tengan derecho a ello y cumplan
con los requisitos que para tal efecto se exijan.
ARTÍCULO 18.- Cuando se trate de asuntos en que tengan interés, los
Municipios del Estado podrán enviar representantes para que formen parte de la
Junta de Gobierno con derecho a voz pero sin voto.
ARTÍCULO 19.- Cada miembro de la Junta de Gobierno, nombrará por escrito
un suplente con funciones de propietario para que cubra sus ausencias
temporales.
Las ausencias del Secretario Técnico, serán suplidas conforme a lo
dispuesto por el artículo 27 de esta Ley.
ARTÍCULO 20.- La Junta de Gobierno, tendrá las atribuciones siguientes:
I.
Analizar, discutir y aprobar en su
caso, el programa de actividades del ICBC;
II.
Analizar, discutir y aprobar en su
caso, el anteproyecto de presupuesto de egresos e ingresos del ICBC;
III.
Aprobar y presentar para su
expedición, el proyecto de Reglamento Interno del ICBC, así como autorizar los
manuales administrativos necesarios para su operación y las modificaciones que
procedan;
IV.
Conocer de los informes, dictámenes
y recomendaciones del Comisario, resolviendo lo conducente;
V.
Otorgar a favor del Director
General, poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y
dominio, con todas las facultades generales y especiales que requieren cláusula
especial conforme a Ley. El poder para actos de dominio, se otorgará hasta por
el importe equivalente a tres mil quinientas veces el salario mínimo general
vigente en el Estado al momento de celebrarse la operación. En los casos en que
se requiera efectuar una operación por un importe mayor al señalado, se deberá
de recabar autorización específica de la Junta de Gobierno;
VI.
Analizar y aprobar en su caso, los
informes que rinda el Director General;
VII.
Analizar y aprobar en su caso, la
creación y supresión de plazas del ICBC;
VIII.
Acordar la celebración de convenios
de colaboración y coordinación;
IX.
Aprobar anualmente previo informe
del Comisario, los estados financieros y el cierre del ejercicio presupuestal
para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y
X.
Las demás que resulten necesarias
para el adecuado cumplimiento de su objeto.
ARTÍCULO 21.- La Junta de Gobierno sesionará cada tres meses en forma
ordinaria, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cada vez que se requiera
y sea solicitado por el Presidente o la mayoría de sus integrantes.
De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien
haya presidido la misma, así como por el Secretario Técnico o quien lo supla y
demás integrantes presentes.
ARTÍCULO 22.- Para que las sesiones de la Junta de Gobierno sean
válidas, será necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se
trata de primera convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata
de segunda convocatoria. Las decisiones de la Junta de Gobierno se tomarán por
mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los
términos que establezca el Reglamento Interno.
ARTÍCULO 23.- Los cargos de la Junta de Gobierno serán honoríficos, por
lo que no se percibirá retribución o compensación alguna.
SECCIÓN II
DE LA DIRECCIÓN GENERAL
ARTÍCULO 24.- Al frente del ICBC habrá un Director General, que será
nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado.
ARTÍCULO 25.- Para ser
Director General del ICBC se requiere cumplir con los requisitos siguientes:
I.
Ser ciudadano mexicano en pleno
ejercicio de sus derechos;
II.
Ser mayor de treinta y menor de
sesenta y cinco años al momento de la designación;
III.
Tener residencia efectiva en el
Estado de por lo menos cinco años anteriores al día de la designación, y
IV.
Contar con una sólida trayectoria
como promotor y gestor cultural o artístico.
ARTÍCULO 26.- El Director General de ICBC tendrá las facultades y
obligaciones siguientes:
I.
Elaborar y presentar a la Junta de
Gobierno para su análisis, discusión y aprobación el programa de actividades,
así como el anteproyecto de presupuesto anual de egresos e ingresos del ICBC;
II.
Presentar ante la Junta de Gobierno,
cada vez que esta lo solicite, los estados financieros, informes de índole
administrativo o programático;
III.
Rendir un informe trimestral en
sesión ordinaria de la Junta de Gobierno, que contenga el avance programático,
presupuestal y estados financieros;
IV.
Dirigir administrativa y
técnicamente al ICBC, dando cumplimiento a su objeto;
V.
Representar legalmente al ICBC, ante
terceros y ante toda clase de autoridades civiles, administrativas y judiciales
en los términos del mandato que le otorgue la Junta de Gobierno;
VI.
Proponer modificaciones a la
estructura orgánica del ICBC, incluyendo la creación o supresión de plazas;
VII.
Nombrar y
remover en su caso a los funcionarios del ICBC, debiendo contar con aprobación
de la Junta de Gobierno, en los casos que ocupen niveles jerárquicos a partir
de jefe de departamento;
VIII.
Promover reuniones extraordinarias
de la Junta de Gobierno para dar a conocer asuntos relacionados con la
programación, presupuesto de ingresos y egresos, proyectos estratégicos y
eventuales, convenios y demás aspectos que requieran de una inmediata solución;
IX.
Ejecutar los acuerdos y
disposiciones que la Junta de Gobierno le encomiende, así como asistir a las
sesiones de la misma;
X.
Celebrar los convenios de
colaboración y coordinación que determine la Junta de Gobierno;
XI.
Elaborar el proyecto de Reglamento
Interno y los manuales administrativos del ICBC, así como sus modificaciones,
los cuales serán sometidos a la Junta de Gobierno para su aprobación;
XII.
Otorgar y revocar a favor de
terceras personas, los poderes generales para pleitos y cobranzas y los
especiales que requiera para la defensa y atención a demandas jurisdiccionales
o reclamaciones relacionadas con el patrimonio y los fines del ICBC, conforme a
los lineamientos señalados por la Junta de Gobierno, y
XIII.
Las demás que le confiera la Junta
de Gobierno y otras disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 27.- Las ausencias temporales del Director General que no
excedan de quince días, serán suplidas por el titular del área administrativa
del ICBC, quien en coordinación con el área responsable tomará las decisiones
sobre los asuntos que se traten. Cuando las ausencias del Director General
excedan de quince días y no tengan el carácter de definitivas, el Presidente de
la Junta de Gobierno nombrará a su suplente.
CAPÍTULO VI
DEL CONSEJO CONSULTIVO
ARTÍCULO 28.- El ICBC contará con un Consejo Consultivo, como instancia
de asesoría y consulta de la Junta de Gobierno y de la Dirección General, cuyas
funciones serán de análisis y opinión especializada.
ARTÍCULO 29.- El Consejo Consultivo estará integrado por ciudadanos de
reconocida trayectoria en el campo de las artes, investigación, educación,
promoción y gestión artística o cultural, dos por cada uno de los municipios
del Estado.
ARTÍCULO 30.- Los integrantes del Consejo Consultivo serán designados
por la Junta de Gobierno a propuesta del Director General.
ARTÍCULO 31.- Para su funcionamiento el Consejo Consultivo contará con:
I. Un presidente que será elegido
por la Junta de Gobierno, entre los integrantes del Consejo Consultivo;
II. Nueve vocales, y
III. Un Secretario Técnico adscrito al ICBC que será designado por el
Director General, con derecho a voz pero sin voto y que para los efectos de
quórum no se considerará como integrante.
ARTÍCULO 32.- Los integrantes del Consejo Consultivo durarán en su cargo
tres años, pudiendo ser designados para un segundo período en los términos que
establezca el Reglamento Interno.
ARTÍCULO 33.- Los cargos del Consejo Consultivo serán honoríficos y
quienes lo detenten o integren no percibirán retribución o compensación alguna
por su desempeño.
ARTÍCULO 34.- El Consejo Consultivo sesionará de manera ordinaria por lo
menos una vez cada tres meses, y en forma extraordinaria cuando así lo
determine el Presidente o la mayoría de sus integrantes.
Asimismo, el Consejo Consultivo podrá sesionar en forma colegiada o por
disciplinas según corresponda, para resolver aquellas consultas realizadas por
la Junta de Gobierno y/o la Dirección General sobre los planes, programas y
proyectos a desarrollar por el ICBC.
De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien
haya presidido la misma, así como por el Secretario Técnico o quien lo supla y
demás integrantes presentes.
ARTÍCULO 35.- Para que las sesiones del Consejo Consultivo sean válidas,
será necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se trata de
primera convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata de
segunda convocatoria. Las decisiones del Consejo Consultivo se tomarán por
mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los
términos que establezca el Reglamento Interno.
ARTÍCULO 36.- El Consejo Consultivo tendrá las funciones siguientes:
I.
Proponer la política cultural y
artística para el funcionamiento del ICBC;
II.
Conocer y opinar sobre el programa
anual del ICBC y estar en capacidad de recomendar las medidas correctivas en
aquellos programas que así lo ameriten;
III.
Asesorar en todos aquellos aspectos
en los que sea solicitada su opinión;
IV.
Auxiliar y apoyar en la integración
de jurados o comisiones dictaminadoras;
V.
Ser instancia de asesoría y consulta
en todos los programas y proyectos del ICBC, y
VI.
Las demás que le confiera la Junta
de Gobierno, la Dirección General y otras disposiciones legales aplicables.
CAPÍTULO VII
DEL PATRONATO
ARTÍCULO 37.- El ICBC contará con un Patronato que será el órgano
auxiliar y de apoyo para el cumplimiento de su objeto.
ARTÍCULO 38.- Los integrantes del Patronato serán nombrados por
invitación de la Junta de Gobierno.
El Patronato se integrará de la manera siguiente:
I.
Un Presidente;
II.
Un Secretario;
III.
Un Tesorero, y
IV.
Dos vocales, quienes preferentemente
deberán ser promotores y gestores culturales o artísticos reconocidos en el
Estado.
ARTÍCULO 39.- Los cargos del Patronato serán honoríficos y quienes lo
detenten o integren no percibirán retribución o compensación alguna por su
desempeño.
ARTÍCULO 40.- Los integrantes del Patronato durarán en sus cargos tres
años, pudiendo ser nombrados para un segundo período en los términos que
establezca el Reglamento Interno.
ARTÍCULO 41.- El Patronato sesionará de manera ordinaria por lo menos
una vez cada tres meses, y en forma extraordinaria cuando así lo determine el
Presidente o la mayoría de sus integrantes.
De cada sesión se levantará un acta que deberá ser firmada por quien
haya presidido la misma, así como por el Secretario o quien lo supla y demás
integrantes presentes.
ARTÍCULO 42.- Para que las sesiones del Patronato sean válidas, será
necesaria la asistencia de la mayoría de sus integrantes si se trata de primera
convocatoria, y cualesquiera que sea la asistencia si se trata de segunda
convocatoria. Las decisiones del Patronato se tomarán por mayoría de votos y en
caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
La elaboración y notificación de las convocatorias, se realizará en los
términos que establezca el Reglamento Interno.
ARTÍCULO 43.- Corresponde al Patronato:
I.
Fortalecer al ICBC mediante la
promoción de convenios, implementación de proyectos, programas y actividades
que permitan el incremento de recursos materiales, financieros y técnicos;
II.
Manejar fondos y operar recursos
financieros en instituciones de crédito, con el objeto de incrementar el
patrimonio del ICBC;
III.
Rendir informes y estados
financieros cada tres meses a la Dirección General y semestralmente a la Junta
de Gobierno;
IV.
Promover y gestionar el incremento
de los fondos del ICBC a través de la organización de subastas, rifas, eventos
artísticos con recuperación económica y toda clase de actividades que sirvan
para la recaudación de recursos necesarios para el mejor cumplimiento de su
función, y
V.
Las demás que resulten necesarias
para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
CAPÍTULO VIII
DE LA VIGILANCIA DEL ICBC
ARTÍCULO 44.- La vigilancia del ICBC estará a cargo de un comisario
público propietario y un suplente, que serán designados por el titular de la
Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, y ejercerán las atribuciones
que expresamente les confieran las leyes y demás disposiciones aplicables en la
materia. El comisario público asistirá y participará en las sesiones de la
Junta de Gobierno, con derecho a voz pero sin voto.
El ICBC contará dentro de su estructura con un órgano de control
interno, que operará conforme a los lineamientos que emita la Dirección de
Control y Evaluación Gubernamental y
ejercerá las funciones que le confieran la Ley de la materia y demás
ordenamientos aplicables.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- Se abroga la Ley que Crea el Instituto de Cultura de Baja
California, publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 31 de marzo
de 1989.
TERCERO.- Por esta única ocasión, el procedimiento para la elección de
los vocales señalados en los incisos e), f), y g), de la fracción II, del
artículo 15 de esta Ley, se ajustará a lo siguiente:
a)
El Secretario de Educación y
Bienestar Social, publicará la convocatoria en el Periódico Oficial del Estado
y en un diario de mayor circulación estatal, dentro de los quince días
siguientes a aquél en que entre en vigor esta Ley;
b)
La convocatoria a que se refiere el
párrafo anterior, deberá indicar que se cuenta con quince días naturales para
que se presenten las propuestas por escrito y se acrediten los requisitos que
en su caso se soliciten, así como la fecha en que tendrá verificativo la
elección;
c)
El Secretario de Educación y
Bienestar Social, llevará a cabo el proceso de elección ante la presencia de
los demás integrantes de la Junta de Gobierno y en la fecha señalada por la
convocatoria, la cual no podrá exceder de quince días naturales siguientes al
vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas, y
d)
En caso de que en una primera ronda
exista empate o no se obtenga la cantidad de votos requeridos, se realizarán
tantas rondas como fuesen necesarias hasta determinar el ganador.
CUARTO.- Dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor de
esta Ley, el Secretario de Educación y Bienestar Social, convocará a la
totalidad de los integrantes de la Junta de Gobierno al acto de instalación
formal.
QUINTO.- El actual Director General del ICBC, continuará en el desempeño
de sus funciones.
SEXTO.- Los actos, resoluciones, acuerdos y las disposiciones de
carácter general, así como los poderes, mandatos y en lo general, las
representaciones otorgadas y las facultades concedidas, emitidos y otorgados al
amparo de la Ley que se abroga se consideraran vigentes, siempre y cuando no se
opongan a este ordenamiento.
SÉPTIMO.- Los derechos laborales de los trabajadores del ICBC, serán
respetados conforme a las disposiciones legales aplicables
OCTAVO.- Los integrantes del Consejo Consultivo y del Patronato,
designados bajo el amparo de la Ley que se abroga, seguirán en sus cargos hasta
en tanto se designen sustitutos, dentro de los sesenta días siguientes a la
instalación de la Junta de Gobierno.
NOVENO.- Dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en
vigor de esta Ley, el Titular del Poder Ejecutivo expedirá el Reglamento
Interno del ICBC. DADO en el salón de sesiones “Francisco Dueñas Montes”,
Mexicali, Baja California, a 11 de Septiembre de dos mil tres. A continuación,
el diputado Presidente, decreta un receso de cinco minutos, el cual es
solicitado por el diputado Juan Terrazas Silva, y lo secunda la Presidencia,
siendo las diez horas con cuarenta y cinco minutos, y se reanuda la sesión,
siendo las diez horas con cincuenta y cuatro minutos. Enseguida, el diputado
Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia,
contando con la presencia de los siguientes diputados: Acosta Fregozo Enrique,
Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz Raquel,
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Ferreiro
Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín
Navarro María Rosalba, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Osuna Aguilasocho
Nicolás, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Ruiz Uribe Jesús
Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor
Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. A continuación y
existiendo quórum, para continuar con la sesión, y no habiendo oradores en
contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada
Secretaria lo someta a votación el dictamen 345, resultando aprobado con 18
votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo
Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo,
Salazar Castro Juan Manuel, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Morán Díaz Leopoldo,
Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez
Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio,
Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan,
Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo
general como en lo particular el Dictamen No. 345 de la Comisión de Legislación
y Puntos Constitucionales, con 18 votos a favor, 0 votos en contra y 0
abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Alfredo Ferreiro
Velazco. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Enseguida interviene en la Tribuna el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo para
dar lectura al Dictamen No. 346 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: ÚNICO: Se
aprueba la REFORMA A LOS ARTÍCULOS 254 Y 255 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, en los términos siguientes:
ARTICULO 254.- los Magistrados ...
I a la V ...
(Último párrafo derogado)
ARTICULO 255.- Los Magistrados Electorales
desempeñarán su cargo durante tres años, sin poder ser ratificados en ningún
caso.
(Segundo párrafo igual)
TRANSITORIO
UNICO: Las presentes reformas
entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial
del Estado de Baja California. DADO en la Sala “Francisco Dueñas Montes”,
ubicado en el edificio del Honorable
Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali Capital del Estado de Baja
California, el once de septiembre del dos mil tres. No existiendo oradores en
contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada
Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando aprobado con 19
votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna
Aguilasocho Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel,
Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo,
Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez
Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza
Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia,
Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez
Córdova Héctor Edgardo. Se abstienen de emitir su vota el diputado Hidalgo
Silva Marcelino y el diputado Salazar Acuña Edmundo. Acto seguido, el Diputado
Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el
Dictamen No. 346 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con
19 votos a favor, 0 votos en contra y 2 abstenciones, en los términos que fue
leído por el Diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los
veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace
uso de la voz el Diputado Catalino Zavala Márquez, para dar lectura al Dictamen
No. 348 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: Se aprueba la presente
“INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO PARA EFECTO DE SOLICITAR SE GIRE ATENTO OFICIO
AL EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA QUE SE ATIENDA LA NECESIDAD DE VIVIENDA DE LOS
POSESIONARIOS ASENTADOS SOBRE EL DERECHO DE VIA DEL FFCC TIJUANA-TECATE Y SE
RESUELVA POR LA VIA DEL DIALOGO”, para quedar en los términos siguientes: PUNTO
DE ACUERDO ECONOMICO: Primero: Que este H. Congreso, a través de la Mesa
Directiva, gire atento oficio al Ejecutivo del Estado para que se atienda la
necesidad de vivienda de los posesionarios asentados sobre el derecho de vía
del FFCC Tijuana-Tecate y se resuelva por la vía del diálogo. Segundo: Que este
H. Congreso acuerda delegar a la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra Pública,
de seguimiento al acuerdo emanado de esta Soberanía en el punto resolutivo que
antecede. DADO en el salón de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” del
Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de
Baja California, a 11 de septiembre de
dos mil tres. No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el
Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en
forma nominal, resultando aprobado con 19 votos a favor, de los ciudadanos
Diputados: Zavala Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho
Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar
Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández
José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo,
Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio,
Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba,
Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido, el Diputado
Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular el
Dictamen No. 348 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con
19 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue
leído por el Diputado Catalino Zavala Márquez Catalino. Dado en el Salón de
Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres.
Enseguida, hace uso de la voz el Diputado José de Jesús Rosales Hernández, para
dar lectura al Dictamen No. 350 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto Resolutivo: UNICO.-- Se
aprueba la Iniciativa de Decreto que desincorpora del dominio público del
Estado e incorpora al dominio privado del mismo, 109 lotes, ubicados en los
Fraccionamientos Nuevo Rosarito y Montecarlo, ambos en el Municipio Playas de
Rosarito, Baja California, para que se realicen las acciones necesarias para su
formalización, mismos que se detallan a continuación.
A) Fraccionamiento Nuevo Rosarito: Lotes numerados del 1 al 18 de la
Manzana 23, con superficie de 3,483.77 metros cuadrados; del 1 al 36 de la
Manzana 25, con superficie de 6881.50 metros cuadrados, del Municipio de Playas
de Rosarito, Baja California; adquiridos conforme al Acuerdo de Autorización de
Fraccionamiento Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja
California, en fecha 2 de junio de 1995; mediante Contrato Privado de Donación,
de fecha 22 de junio de 1996, inscrito bajo partida 6003566, Sección Civil, de
fecha 6 de junio del 2001, en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
de la Municipalidad de Playas de Rosarito, Baja California; predios que se
identifican con las medidas y colindancias siguientes:
Manzana número 23
Lote número 1, con superficie de 301.8181 metros cuadrados.
Al Norte: 22.50 metros con
lote número 2.
Al Sur: 14.020
metros + LC. 5.2283 metros + LC 4.712 metros con Calle Licenciado Carlos
Salinas de Gortari.
Al Este: 13.477
metros con lote número 18.
Al Oeste: 10.7124
metros con Calle El Pípila.
Lote número 2, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 3.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 1.
Al Este: 8.00
metros con lote número 17.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 3, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 4.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 2.
Al Este: 8.00
metros con lote número 16.
Al Oeste: 8.00
metros con calle El Pípila.
Lote número 4, con superficie de 180.00 metros
cuadrados
Al Norte: 22.50
metros con lote número 5.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 3.
Al Este: 8.00
metros con lote número 15.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 5, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 6.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 4.
Al Este: 8.00
metros con lote número 14.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 6, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 7.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 5.
Al Este: 8.00
metros con lote número 13.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 7, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 8.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 6.
Al Este: 8.00
metros con lote número 11.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 8, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 9.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 7.
Al Este: 8.00
metros con lote número 11.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 9, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con propiedad del señor Gaspar Muriel V.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 8.
Al Este: 8.00
metros con lote número 10.
Al Oeste: 8.00
metros con Calle El Pípila.
Lote número 10, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con propiedad del señor Gaspar Muriel V.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 11.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 9.
Lote número 11, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 10.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 12.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 8.
Lote número 12, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 11.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 13.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 7.
Lote número 13, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 12.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 14.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 6.
Lote número 14, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 13.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 15.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 5.
Lote número 15, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 14.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 16.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 4.
Lote número 16, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 15.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 17.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 3.
Lote número 17, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.50
metros con lote número 16.
Al Sur: 22.50
metros con lote número 18.
Al Este: 8.00
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 8.00
metros con lote número 2.
Lote número 18, con superficie de 301.959 metros
cuadrados.
Al Norte: 22.500
metros con lote número 17.
Al Sur: 19.500
metros + LC. 4.712 con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari
Al Este: 10.4758
metros con Calle Nicolás Bravo.
Al Oeste: 3.477
metros con lote número 1.
Manzana número 25
Lote número 1, con superficie de 245.042 metros
cuadrados.
Al Norte: 7.897
metros + LC. 4.712 M con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: 11.000
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.500
metros con Lote número 2.
Al Oeste: 19.516
metros con Bulevar Don Isidro Álvarez Munguía.
Lote número 2, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte:
8.00 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur:
8.00 metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.50
metros con lote número 3.
Al Oeste: 22.50
metros con lote número 1.
Lote número 3, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte:
0.088 metros + Lc=7.811 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: 0.2001
metros + Lc=7.809 metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.551
metros con Lote número 4.
Al Oeste: 22.500
metros con Bulevar Don Isidro Álvarez Munguía.
Lote número 4, con superficie de 180.967 metros
cuadrados.
Al Norte: Lc=8.052
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: Lc=8.035
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.710
metros con Lote número 5.
Al Oeste: 22.551
metros con lote número 3.
Lote número 5, con superficie de 182.696 metros
cuadrados.
Al Norte: Lc=8.146
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: Lc=8.098
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.984
metros con Lote número 6.
Al Oeste: 22.710
metros con lote número 4.
Lote número 6, con superficie de 374.856 metros
cuadrados.
Al Norte: Lc=8.276
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: Lc=24.976
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noreste: 24.186
metros con Lote número 7.
Al Oeste: 22.984
metros con lote número 5.
Lote número 7, con superficie de 190.913 metros
cuadrados.
Al Noreste: 23.571
metros con lote número 8.
Al Suroeste: 24.186
metros con lote número 6.
Al Sureste: 8.393
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.599
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 8, con superficie de 186.654 metros
cuadrados.
Al Noreste: 23.116
metros con lote número 9.
Al Suroeste: 23.571
metros con lote número 7.
Al Sureste: 8.241
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.363
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 9, con superficie de 183.566 metros
cuadrados.
Al Noroeste: 22.796
metros con lote número 10.
Al Suroeste: 23.116
metros con lote número 8.
Al Sureste: 8.130
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.081
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 10, con superficie de 181.493 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.596
metros con lote número 11.
Al Suroeste: 22.796
metros con lote número 9.
Al Sureste: 8.055
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.081
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 11, con superficie de 181.493 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.506
metros con lote número 12.
Al Suroeste: 22.596
metros con lote número 10.
Al Sureste: 8.012
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.018
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 12, con superficie de 180.006 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50 metros con lote número 13.
Al Suroeste: 22.506
metros con lote número 11.
Al Sureste: 5.485
metros + LC. 2.5148 metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 5.487
metros + LC. 2.5143 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 13, con superficie de 180.000 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 14.
Suroeste: 22.50
metros con lote número 12.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 14, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 15.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 13.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00metros
con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 15, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 16.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 14.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 16, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 17.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 15.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 17, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 18.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 16.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 18, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 19.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 17.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 19, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 20.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 18.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 20, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 21.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 19.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 21, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 22.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 20.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 22, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 23.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 21.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 23, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50 metros con lote número 24.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 22.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 24, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 25.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 23.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 25, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 25.00
metros con lote número 26.
Al Suroeste: 25.00
metros con lote número 24.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 26, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 27.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 25.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 27, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 25.00
metros con lote número 28.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 26.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 28, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 29.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 27.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 29, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 30.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 28.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 30, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 22.50
metros con lote número 31.
Al Suroeste: 22.50
metros con lote número 29.
Al Sureste: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 31, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Noreste: 23.003
metros con lote número 32.
Al Suroeste: 22.500
metros con lote número 30.
Al Sureste: 1.0506
metros + LC. 6.829 metros con paso de
servicio/Manzana número 26.
Al Noroeste: 1.050
metros y LC. 6.755 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Lote número 32, con superficie de 294.495 metros
cuadrados.
Al Norte: LC.
21.227 metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari
Al Sur: 4.916
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.757
metros con lote número 33.
Al Oeste: 23.003
metros con lote 31.
Lote número 33, con superficie de 180.414 metros
cuadrados.
Al Norte: 3.1404
metros + LC. 4.869 metros con Calle
Licenciado Carlos Salinas de Gortari.
Al Sur: 3.144
metros + LC. 4.897 metros con. paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.500
metros con lote número 34.
Al Oeste: 22.757
metros con lote número 32.
Lote número 34, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari
Al Sur: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.50
metros con lote número 35.
Al Oeste: 22.50
metros con lote 33.
Lote número 35, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari
Al Sur: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.50
metros con lote número 36.
Al Oeste: 23.50
metros con lote 34.
Lote número 36, con superficie de 180.00 metros
cuadrados.
Al Norte: 8.00
metros con Calle Licenciado Carlos Salinas de Gortari
Al Sur: 8.00
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Este: 22.50
metros con paso de servicio/Manzana número 26.
Al Oeste: 22.50
metros con lote 35.
B)
Fraccionamiento Montecarlo: Lotes numerados del 1 al 10 de la Manzana 3; del 1
al 13 de la Manzana 4; lotes 4, 5, 6, 8, 10 y 11 de la Manzana 5; 17 de la
manzana 6; lotes del 1 al 14 de la Manzana 61; y lotes del 1 al 10 de la
Manzana 65, los cuales cuentan con una superficie total en conjunto de
14,279.21 metros cuadrados; ubicados en el Municipio de Playas de Rosarito,
Baja California; adquiridos conforme a la Acuerdo Modificatorio de Autorización
de Fraccionamiento, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja
California, en fecha 4 de noviembre de 1994, mediante Contrato Privado de
Donación, de fecha 24 de noviembre de 1996, inscrito bajo partida 6003356, de
la sección Civil, de fecha 8 de Mayo del 2001, del Registro Público de la
Propiedad y del Comercio, del Municipio de Playas de Rosarito Baja California;
predios que se identifican con las medidas y colindancias siguientes.
Manzana número 3
Lote número 1, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20..00 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 2, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 1.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 3, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 4.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 4, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 5, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 4.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 6.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 6, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 7.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 7, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 6.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 8, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 7.
Al Sur: 20.00 metros con lote
número 9.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 9, con superficie de 250.00 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 10.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Bulevar Defensores de Baja California.
Lote número 10, con superficie de 227.86 metros
cuadrados
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 1.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
bulevar Defensores de Baja California.
Manzana número 4
Lote número 1 con superficie de 316.06 metros cuadrados.
Al Norte: 21.02 metros con
Fraccionamiento Colinas Aragón.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Este: 12.59 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 19.02 metros con
lotes número 12 y 13.
Lote número 2 con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 1.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 11.
Lote número 3, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 2.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 4.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 10.
Lote número 4, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con Lote
número 3.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 9.
Lote número 5, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 4.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 6.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 8.
Lote número 6, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 5.
Al Sur: 20.00 metros con
Calle División del Norte
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 7.
Lote número 7, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 8.
Al Sur: 20.00 metros con
Calle División del Norte.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 6.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 9.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 7.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 5.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 9, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 10.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 4.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 11.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 9.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 3.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 12.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 10.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 2.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 12, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 13.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 11.
Al Este: 12.00 metros con
Lote número 1.
Al Oeste: 12.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Lote número 13, con superficie de 204.58
metros cuadrados.
Al Norte: 20.01 metros con
Fraccionamiento Colinas de Aragón.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Este: 7.02 metros con Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 13.44 metros con
lote número 29.
Manzana número 5
Lote número 4, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 3.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 29.
Lote número 5, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 4.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 6.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 28.
Lote número 6, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 5.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 7.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 27.
Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 7.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 9.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
lote número 27
Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con Lote
número 8.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 11.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 3.
Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 10.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 12.
Al Este: 12.00 metros con
Calle Isabel La Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 22.
Manzana número 6
Lote número 17, con superficie de 200.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
Lote número 8.
Al Sur: 20.00 metros con
Calle 12 de Octubre.
Al Este: 10.00 metros con
Lote número 16.
Al Oeste: 10.00 metros con
Bulevar de los Lagos.
Manzana número 61
Lote número 1, con superficie de 411.47 metros cuadrados.
Al Norte: 30.33 metros con
Fraccionamiento Colinas de Aragón.
Al Sur: 19.07 metros con
lote número 2.
Al Este: LC 27.05 metros con
Cerrada Isabel la Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 13, + 12.87 metros con lote número 14.
Lote número 2, con superficie de 254.61 metros cuadrados.
Al Norte: 19.07 metros con
Lote número 1.
Al Sur: 22.49 metros con
lote número 3.
Al Este: LC= 10.12 metros
+1.63 metros con Cerrada Isabel la
Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 13, + 12.87 metros con lote número 14.
Lote número 3, con superficie de 264.59 metros cuadrados.
Al Norte: 22.49 metros con
lote número 2.
Al Sur: 21.61 metros con
lote número 4.
Al Este: 12.03 metros con
Cerrada Isabel la Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 11.
Lote número 4, con superficie de 254.03 metros cuadrados.
Al Norte: 21.61 metros con
lote número 3.
Al Sur: 20.73 metros con
lote número 5.
Al Este: 12.03 metros con
Cerrada Isabel la Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 10.
Lote número 5, con superficie de 243.47 metros cuadrados.
Al Norte: 20.73 metros con
lote número 4.
Al Sur: 19.85 metros con
lote número 6.
Al Este: 12.03 metros con
Cerrada Isabel la Católica.
Al Oeste: 12.00 metros con
Lote número 9.
Lote número 6, con superficie de 433.22 metros cuadrados.
Al Norte: 19.85 metros con
lote número 5.
Al Sur: 5.39 metros con
Cerrada Isabel la Católica
Al Este: 7.07 metros +LC.
25.25 metros con Cerrada Isabel la Católica.
Al Oeste: 16.15 metros con
Lote número 7 + 12.00 metros con lote número 8.
Lote número 7, con superficie de 347.23 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Sur: 6.40 y metros con Cerrada Isabel la Católica
Al Este: 16.15 metros con
lote número 6.
Al Oeste: 8.75 metros +LC.
20.01 metros con Calle Isabel Católica.
Lote número 8, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 9.
Al Sur: 20.00 y metros con lote número 7.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 6.
Al Oeste: 12.00 metros con
Calle Isabel Católica
Lote número 9, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 10.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 9.
Al Oeste: 8.75 metros con
Calle Isabel Católica.
Lote número 10, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 11.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 9.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 4.
Al Oeste: 12.00 metros con
Calle Isabel Católica.
Lote número 11, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 12.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 10.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 3.
Al Oeste: 12.00 metros con
Calle Isabel Católica.
Lote número 12, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 13.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 11.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 2.
Al Oeste: 12.00 metros con
Calle Isabel Católica.
Lote número 13, con superficie de 240.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 14.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 12.
Al Este: 12.00 metros con
lote número 1.
Al Oeste: 12.00 metros con
Calle Isabel Católica.
Lote número 14, con superficie de 321.56 metros cuadrados.
Al Norte: 21.02 metros con
Fraccionamiento Colinas de Aragón.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 13.
Al Este: 12.87 metros con
lote número 1.
Al Oeste: 19.29 metros con
Calle Isabel Católica.
Manzana número 65
Lote número 1, con superficie de 349.45 metros cuadrados.
Al Norte: 28.42 metros con
Fraccionamiento Colinas de Aragón.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Este: 14.46 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 2, con superficie de 250.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 1.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 3, con superficie de 250.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 4.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 4, con superficie de 250.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 3.
Al Sur: 20.00 metros con lote
número 5.
Al Este: 14.46 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 5, con superficie de 250.00 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 4.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 2.
Al Este: 12.50 metros con
superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: 12.50 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 6, con superficie de 335.90 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 5.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 7.
Al Este: LC. 20.59 metros
con superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: LC. 13.00 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 7, con superficie de 335.90 metros cuadrados.
Al Norte: 20.00 metros con
lote número 6.
Al Sur: 20.00 metros con
lote número 8.
Al Este: LC. 20.59 metros
con superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Oeste: LC. 13.00 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Lote número 8, con superficie de 332.30 metros cuadrados.
Al Norte: LC. 12.86 metros con
Cerrada Isabel Católica.
Al Sur: LC. 20.37 metros
con superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Este: 20.00 metros con lote número 7.
Al Oeste: 13.00 metros con lote número 9.
Lote número 9, con superficie de 300.00 metros cuadrados.
Al Norte: 15.00 metros con Cerrada Isabel
Católica.
Al Sur: 15.00 metros con superficie no apta para
el desarrollo urbano.
Al Este: 20.00 metros con lote número 8.
Al Oeste: 13.00 metros con lote número 10.
Lote número 10, con superficie de 376.98 metros cuadrados.
Al Norte: LC. 21.07 metros +
4.35 metros con Cerrada Isabel Católica.
Al Sur: LC. 23.95 metros
con superficie no apta para el desarrollo urbano.
Al Este: 20.00 metros con lote número 9.
Al Oeste: 9.40 metros con Calle Isabel Católica.
DADO.- en la Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes” del H. Poder
Legislativo de Baja California en la ciudad de Mexicali, Baja California, el
día 11 de septiembre de 2003.
No existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente solicita a
la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal, resultando
aprobado con 16 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Osuna Aguilasocho
Nicolás, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar
Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández
José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rueda Gómez Francisco,
Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González
Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel
y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado Hidalgo Silva Marcelino, se
abstiene de votar. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto
en lo general como en lo particular el Dictamen No. 350 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, con 16 votos a favor, 0 votos en contra
y 1 abstención, en los términos que fue leído por el Diputado José de Jesús
Rosales Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez
García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable
XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes
de agosto del año dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el
Diputado Gerardo Cortez Mendoza, para dar lectura al Dictamen No. 349 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente
Punto Resolutivo: UNICO.- Se aprueba Iniciativa de Decreto que Reforma el Artículo
2 Fracción I, Inciso A), Puntos 1, 2 y 3, Inciso B), Puntos 1 y 2 del Inciso C)
de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar de la
siguiente manera:
Artículo 2
Al valor de los actos o actividades………
I.-……..
A).-………
1.- Con una graduación alcohólica de hasta 13.5º. G:L:
26.50%.
2.- Con una graduación alcohólica de más de 13.5 y
hasta 20º. G.L. 31.50%
3.- Con una graduación alcohólica de más de 20º.
G.L. 63%
B).- Alcohol y alcohol desnaturalizado 63%
C).-………….
1.- Cigarros
115.5%
2.- Puros y otros tabacos labrados
21.94%
D) a la H).-………
Fracción II.-……….
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Reforma entrará en vigor a partir del día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Una vez aprobada la presente Iniciativa por esta H.
Legislatura, por conducto de la Mesa Directiva de esta Soberanía, se remita
formalmente la presente al Congreso de la Unión para su discusión y votación,
de acuerdo a lo previsto en los Artículos 71 fracción III y 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, anexando el diario de
los debates que motive, así como el acta de la sesión donde se aprobó y demás
constancias que el órgano de dirección considere para su trámite legislativo.
DADO.- En la Sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” del H.
Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Baja California, a los 11 días del
mes de septiembre de dos mil tres.
No
existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado Presidente
solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal,
resultando aprobado con 20 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala
Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero
Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro
Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales
Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo
Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José
Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas
Silva Juan, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Acto seguido,
el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo
particular el Dictamen No. 349 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, con 20 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, en
los términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza. Dado
en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder
Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de
Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil tres.
A continuación, hace uso de la Tribuna el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho,
para dar lectura al Dictamen No. 332 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, estableciéndose los siguientes Puntos Resolutivos: PRIMERO.- Se aprueba la REMISIÓN DE LA INICIATIVA DE
REFORMA AL ARTICULO 239 PUNTO 2, DEL CODIGO FEDERAL
DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES AL HONORABLE CONGRESO DE
LA UNION, para su correspondiente aprobación y publicación, en su caso, para
quedar como sigue:
ARTÍCULO 239.-...
1.-..
2.- DEROGADO.
TRANSITORIOS
artículo PRIMERO.- La presente reforma entrará en vigor a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobada que sea por esta
Legislatura del Estado la presente Iniciativa, por conducto de la Mesa
Directiva de esta Soberanía envíese formalmente al Congreso de la Unión para su
discusión y votación de acuerdo a lo previsto por los artículos 71 fracción III
y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, anexando el
acta del Diario de los debates que motive, así como el acta de sesiones donde
se aprobó y demás constancias que el órgano de dirección considere necesarios
para su trámite legislativo.
SEGUNDO.- Se aprueba la
REFORMA AL ARTICULO 386 DE LA LEY DE INSTITUCIONES Y
PROCESOS ELECTORALES DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 386.- DEROGADO.
TRANSITORIO:
ÚNICO.- La presente reforma entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
TERCERO.- Se aprueba la
REFORMA A LA FRACCION I, DEL ARTICULO 26 DE LA LEY
PARA LA VENTA, ALMACENAJE Y CONSUMO PÚBLICO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DEL ESTADO
DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue:
ARTICULO 26.-...
I.- En aquellos casos que establezcan las
disposiciones federales en materia electoral;
II a la III...
...
TRANSITORIO:
ÚNICO.- La presente reforma entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en la Biblioteca “Héctor Terán Terán” del H. Poder Legislativo, en la
ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los Veintisiete
días del mes de Agosto de dos mil tres.
No existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma
nominal, resultando aprobado con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Salazar Castro Juan Manuel,
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García
Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez
Mendoza Jesús Gerardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza
Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia,
Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez
Córdova Héctor Edgardo. Se abstienen de emitir su voto, los diputados: Zavala
Márquez Catalino, Hidalgo Silva Marcelino, Ferreiro Velazco José Alfredo y
Salazar Acuña Edmundo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado
tanto en lo general como en lo particular el Dictamen No. 332 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, con 18 votos a favor, 0 votos en contra
y 4 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Nicolás Osuna
Aguilasocho. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”,
del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura
del Estado de Baja California, a los veinticinco días del mes de agosto del año
dos mil tres. A continuación, hace uso de la Tribuna el Diputado Fernando Jorge
Castro Trenti, para dar lectura al Dictamen No. 325 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, estableciéndose el siguiente Punto
Resolutivo: PRIMERO.- En cumplimiento
a la ejecutoria de amparo número 17/2002-3, de fecha 23 de septiembre
del 2002, confirmada por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto
Circuito con fecha 20 de agosto del 2003, se deja insubsistente la
determinación tomada en sesión de 29 de abril de 2001, en el sentido de no
ratificar en el cargo de magistrado al C. Licenciado Víctor
Manuel Vázquez Fernández. SEGUNDO.- En sustitución de la resolución de
veintinueve de abril de 2001, se procede a emitir una diversa, cuyos puntos
resolutivos quedan redactados en los términos siguientes:
PRIMERO: SE APRUEBA LA RATIFICACIÓN DEL LICENCIADO VICTOR MANUEL VAZQUEZ
FERNÁNDEZ EN EL CARGO DE MAGISTRADO NUMERARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE VENÍA DESEMPEÑANDO, CON TODAS LAS
CONSECUENCIAS LEGALES QUE GENERA LA RATIFICACIÓN. SEGUNDO: GIRESE OFICIO AL
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE DEL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PARA QUE A TRAVÉS DEL ÓRGANO COMPETENTE
DE DICHO PODER JUDICIAL, PROCEDA A DAR
CURSO A TODAS LAS CONSECUENCIAS LEGALES QUE GENERA LA RATIFICACIÓN. TERCERO:
NOTIFIQUESE PERSONALMENTE AL C. LICENCIADO VICTOR MANUEL VÁZQUEZ FERNÁNDEZ DE
ESTA RESOLUCIÓN Y CÍTESELE PARA QUE RINDA LA PROTESTA A QUE SE REFIERE EL
ARTÍCULO 109, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA
CALIFORNIA. CUARTO: PUBLÍQUESE EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA. TERCERO.- Cumplimentado que sea lo anterior, infórmese al C. Juez
Segundo de Distrito del Estado, del cabal cumplimiento de su ejecutoria del 23
de septiembre del 2002, remitiéndole copia certificada de las actuaciones que
así lo justifiquen. DADO en el Salón “Francisco Dueñas Montes”, del Edifico de
este H. Poder Legislativo, ubicado en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a
los diez días del mes de Septiembre de 2003. Enseguida hace uso de la Tribuna,
el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, para
hacer una observación. No existiendo oradores en contra del Dictamen de
referencia el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria lo someta a
votación en forma nominal, resultando aprobado con 22 votos a favor, de los
ciudadanos Diputados: Hidalgo Silva Marcelino, Osuna Aguilasocho Nicolás,
Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña
Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García
Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez
Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano
Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo,
Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María
Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado
Zavala Márquez Catalino, emite su voto a favor en lo general y se reserva en el
resolutivo segundo; y se abstiene de emitir su voto, el diputado Quintero Peña
Ismael. Acto seguido, el Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo
general como en lo particular el Dictamen No. 325 de la Comisión de Legislación
y Puntos Constitucionales, con 22 votos a favor, 0 votos en contra, y 1
abstención, en los términos que fue leído por el Diputado Fernando Jorge Castro
Trenti. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del
Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días del mes de
agosto del año dos mil tres. Enseguida, hace uso de la Tribuna el diputado
Catalino Zavala Márquez, para dar a conocer su reserva en lo particular,
respecto del resolutivo segundo, del cual propone que quede como sigue:
SEGUNDO: GIRESE OFICIO AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
ESTADO, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE
DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PARA QUE A TRAVÉS DEL ÓRGANO
COMPETENTE DE DICHO PODER JUDICIAL,
PROCEDA A DAR CURSO EN SUS TERMINOS A LA PRESENTE RESOLUCION. Acto
continuo, hace uso de la voz el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo, para
manifestar que si es procedente la propuesta hecha por el diputado Catalino
Zavala Márquez. A continuación, el diputado Presidente, solicita a la diputada
Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia y contestan de presentes los
diputados: Acosta Fregozo Enrique, Alvarado González Arturo, Araiza Regalado
José Antonio, Avilés Muñoz Raquel, Castro Trenti Fernando Jorge, Cortez Mendoza
Jesús Gerardo, Ferreiro Velazco José
Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María
Rosalba, Morán Díaz Leopoldo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz
Argelia, Quintero Peña Ismael, Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo,
Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Ruiz Uribe Jesús
Alejandro, Salazar Acuña Edmundo, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova
Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. Asimismo, el
diputado Presidente, manifiesta que los diputados que han contestado de
presentes, tendrán derecho a emitir su voto. No existiendo oradores en contra
de la reserva del diputado Catalino Zavala Márquez, el Diputado Presidente
solicita a la Diputada Secretaria lo someta a votación en forma nominal,
resultando aprobado con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala
Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro
Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Castro
Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Morán
Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús
Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl
Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua
Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés
Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Se abstiene de emitir su voto, el
diputado Ruiz Uribe Jesús Alejandro. El diputado Hidalgo Silva Marcelino, vota en contra de la reserva. Acto seguido,
el Diputado Presidente declara aprobada la reserva presentada por el diputado
Catalino Zavala Márquez, respectivo al resolutivo segundo, con 22 votos a
favor, 1 votos en contra, y 1 abstención, en los términos que fue leído por el
Diputado Catalino Zavala Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado
“Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de
la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los diecisiete días
del mes de septiembre del año dos mil tres. A continuación, el diputado
Presidente, informa que recibió oficio de fecha 02 de septiembre del 2003, que
turna el Presidente de la Comisión de Administración y Finanzas de la Oficialía
Mayor, diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, por lo que declara un receso en
la sala de trabajos y convoca a pleno privado a los ciudadanos diputados en un
término de cinco minutos, siendo las doce horas. Enseguida y una vez verificado
el quórum de manera visual, se reanuda la sesión siendo las trece horas con
treinta y cinco minutos, para continuar con el último punto del orden del día,
Asuntos Generales, en donde hace uso de la voz el diputado Enrique Acosta
Fregozo, para solicitar licencia temporal, para separarse del cargo de diputado
de la XVII Legislatura a partir del 25 de septiembre hasta el día 20 de octubre
del dos mil tres, para participar en el proceso interno de la selección de
Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario
Institucional. A continuación el diputado Presidente solicita a la Diputada
Secretaria someta a votación en forma nominal, la dispensa de trámite de
solicitud de licencia, presentada por el diputado Enrique Acosta Fregozo,
resultando aprobada con 22 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala
Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro
Velazco José Alfredo, Salazar Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge,
Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos García Everardo, Morán
Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús
Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl
Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua
Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés
Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. A continuación el diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma
nominal, la solicitud de licencia, presentada por el diputado Enrique Acosta
Fregozo, resultando aprobada con 23 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael,
Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña
Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Acosta Fregozo Enrique, Ruiz Uribe Jesús
Alejandro, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José
de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda
Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio,
Alvarado González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan,
Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. Acto seguido, el Diputado Presidente declara que la Soberanía de este
Pleno, otorga licencia temporal al diputado Enrique Acosta Fregozo, la cual es
aprobada con 23 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, a partir del 25 de
septiembre y hasta el día 20 de octubre del dos mil tres. Continuando con el punto
de Asuntos Generales, hace uso de la Tribuna el diputado Arturo Alvarado
González, para presentar la INICIATIVA DE LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. Asimismo presenta también la INICIATIVA DE DECRETO
QUE REFORMA LOS ARTICULO 27, 38 Y 39 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA. El C. Presidente, turna la Iniciativa a la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, asimismo la turna a la Comisión
de Estudios Hacendarais. Enseguida el diputado Alvarado presenta el siguiente
Punto de Acuerdo: UNICO.- Que este Congreso del Estado acuerde emitir un
exhorto a los Ayuntamientos del Estado de Baja California para que en el marco
de sus facultades analicen la posibilidad de expedir un Reglamento Municipal
para la regulación de la práctica del Rodeo, con el fin de conservar su imagen
y su esencia como expresión cultural y tradicional, y como competencia
deportiva. El C. Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la Comisión de
Legislación y a la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias. A
continuación, el diputado Nicolás Osuna Aguilasocho, presenta Iniciativa de
Acuerdo para solicitar la presencia del Secretario de Desarrollo Económico del
Gobierno del Estado: UNICO: Gírese atento aviso al ciudadano Gobernador del
Estado, Lic. Eugenio Elorduy Walther, solicitándole con todo respeto que tenga
a bien instruir al ciudadano Secretario de Desarrollo Económico, Lic. Sergio
Tlagiaprieta Nasri, a efecto de que comparezca ante esta Soberanía e informe de
la marcha que sigue la economía de la entidad y lo relativo al proceso de
revisión de la Ley de Fomento Económico y de la aplicación de la nueva Ley de
Adquisiciones. El C. Presidente, turna el punto de acuerdo a la Comisión de
Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, y a la Comisión de Desarrollo
Económico. Enseguida hace uso de la voz el diputado Gerardo Cortez Mendoza,
para presentar Iniciativa de Decreto que Reforma el segundo párrafo del
artículo 123 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja
California. EL C. Presidente, turna la Iniciativa a la Comisión de Legislación
y Puntos Constitucionales. Asimismo, el diputado Gerardo Cortez Mendoza,
presenta también el siguiente Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que la Comisión Especial
de Investigación de la problemática del riesgo e Impacto Ambiental, se avoque a
la resolución del conflicto de la gasera ubicada en la ciudad de Tijuana, a fin
de que se logre reubicar el total de sus instalaciones, en la zona ya destinada
para tal efecto en Valle Redondo, en las afueras de la ciudad. SEGUNDO: Se
exhorte al Ejecutivo del Estado, a efecto de que realice las acciones
pertinentes a fin de lograr la reubicación total de las instalaciones de la
compañía de gas de Tijuana, y asimismo para que emita un Decreto en el que se
prohiba establecer desarrollos habitacionales a los alrededores de la nueva
ubicación de la compañía de gas de Tijuana, en Valle Redondo, así también se
establezca la prohibición de que se autorice la formación de unidades habitacionales
a los alrededores de la compañía de gas silza, ubicada en el Florido Viejo, a
un costado de la carretera libre Tijuana-Tecate, con el fin de evitar, se
repita el problema actual. El C. Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la
Comisión Especial que se ha encomendado por el Pleno para atender estos
asuntos. Enseguida, hace uso de la Tribuna el diputado Alfredo Ferreiro
Velazco, para manifestar que en días pasados, se presentó una Solicitud de un
Punto de Acuerdo, referente al problema que tienen algunas escuelas del Estado,
para contratar los servicios de agua y drenaje, dicha solicitud se turnó a la
Comisión de Fiscalización, de lo cual, solicita que ojalá en la próxima reunión
se dictamine y se presente al Pleno. El C. Presidente, informa que dicho Punto
de Acuerdo se turnó a la Comisión de Legislación y Estudios Hacendarios.
Asimismo, el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, presenta el siguiente Punto de
Acuerdo: UNICO: Que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja
California, acuerde enviar atento oficio al C. Gobernador del Estado,
solicitándole tenga a bien, considerar la emisión de un decreto para la
condonación de las deudas que mantienen las escuelas públicas, por servicios de
suministro de agua potable y exentarlas en el pago de dicho servicio. Asimismo,
solicita la dispensa de trámite. Enseguida y no existiendo oradores en contra,
el Diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en
forma nominal, la dispensa de trámite solicitada por el diputado Alfredo
Ferreiro Velazco, resultando aprobada con 20 votos a favor, de los ciudadanos
Diputados: Zavala Márquez Catalino, Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña
Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar Castro Juan Manuel, Salazar
Acuña Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Ramos
García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín,
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl
Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva
Juan, Martín Navarro María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. Enseguida y una vez aprobada la dispensa de trámite solicitada por el
diputado Alfredo Ferreiro Velazco, el Diputado Presidente solicita a la
Diputada Secretaria someta la votación en forma nominal, resultando aprobada
con 18 votos a favor, de los ciudadanos Diputados: Zavala Márquez Catalino,
Osuna Aguilasocho Nicolás, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo,
Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ruiz Uribe Jesús Alejandro,
Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús
Martín, Rodríguez Jacobo Ricardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado
José Antonio, Alvarado González Arturo, Terrazas Silva Juan, Martín Navarro
María Rosalba, Avilés Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. El diputado
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, se abstiene de emitir su voto. Acto seguido, el
Diputado Presidente declara aprobado tanto en lo general como en lo particular
el Punto de Acuerdo, presentado por el diputado Alfredo Ferreiro Velazco, con
18 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención. Dado en el Salón de
Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres. A
continuación, hace uso de la Tribuna el diputado Leopoldo Morán Díaz, para
presentar el siguiente Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que esta Legislatura, por
conducto de su mesa directiva, turne el texto íntegro de esta Iniciativa a la
Secretaría de Salud del Estado, a efecto de que mediante una campaña de
información, difunda ante las instituciones y personas que integran el sistema
estatal de salud, el catálogo de medicamentos genéricos intercambiables,
elaborado por el concejo de salubridad general y recomiende su uso, así como
también fomente la aplicación de las reglas que el rubro de expedición y
prescripción de medicamentos establece el reglamento de la Ley General de
Salud, en materia de insumos para la salud. SEGUNDO.- Que la Secretaría de
Salud, informe a la sociedad, sobre la distinción entre un medicamento genérico
intercambiable y uno de los denominados similares. El C. presidente, turna el
punto de Acuerdo a la Comisión de Salud y a la Presidencia. A continuación, la
diputada Raquel Avilés Muñoz, hace uso de la Tribuna, para informar al
Congreso, lo siguiente: Que mediante puntos de acuerdo Económico, aprobados por
esta Soberanía en las sesiones plenarias de fecha 17 de julio y 25 de agosto
del año en curso, se instruyó a la Secretaría a mi cargo para que procediera
notificar a los ciudadanos Lic. Félix Herrera Esquivel, Jaime Rico Jiménez,
María Esther Rentería Ibarra y José Luis Cebrero Samaniego, los dictámenes
referidos y procediera a correrles traslado con las copias de las pruebas
desahogadas, después de su comparecencia ante la comisión Especial, encargada
de dictaminar su ratificación como Magistrados del Tribunal Superior de
Justicia del Poder Judicial de Baja California, así como de los anexos técnicos
adjuntados a la opinión emitida por el concejo de la Judicatura del Estado y
les requiriera para que dentro del término de quince días hábiles siguientes al
de la notificación, presenten por escritos las manifestaciones que a su derecho
convenga, respecto de tales probanzas, lo anterior en cumplimiento a las
sentencias de amparo, dictadas por el ciudadano Juez Segundo Distrito en el
Estado, dentro de los expedientes No. 438-2002-4, 516-2002, 1438-2002-4 y
331-2002-1 respectivamente en los que la justicia federal considero necesario
que este Honorable Congreso, procediera a realizar tal actividad. Enseguida y
de nueva cuenta la diputada Raquel Avilés Muñoz, presenta el siguiente Punto de
Acuerdo, referente al mejoramiento de la infraestructura carretera del Puerto
de San Felipe Baja California, beneficio para el turismo: PRIMERO.- Que esta
Soberanía, solicite atentamente al Lic. Jaime Rafael Díaz Ochoa, Presidente Municipal
del XVII Ayuntamiento de Mexicali, informe al pleno del Congreso, los programas
y proyectos que tiene previstos, que impactarán directamente en el Puerto de
San Felipe en septiembre 2003 y hasta terminar su administración, incluyendo la
participación que tendrá en la ampliación a cuatro carriles de la carretera
Mexicali-San Felipe. SEGUNDO.- Que esta Soberanía solicite atentamente al Lic.
Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado de Baja California, informe
cuales son las gestiones que se están realizando o se realizarán en los
próximos meses, para obtener el presupuesto necesario por parte de la
federación para la ampliación a cuatro carriles en la carretera Mexicali-San
Felipe. El diputado Presidente, turna el Punto de Acuerdo a la Comisión de Legislación
y Puntos Constitucionales y a la Comisión de Turismo. A continuación, hace uso
de la Tribuna el diputado Ismael Quintero Peña, para presentar el siguiente
Punto de Acuerdo: PRIMERO.- Que la Comisión de Investigación Especial de la
Problemática del Riesgo e Impacto Ambiental respecto a la Instalación de las
Centrales Generadoras de Energía Eléctrica y las Plantas Almacenadoras de Gas
Natural se divida en dos, separando los asuntos de las Termoeléctricas y las
Regasificadoras, debido a la amplitud y diversidad que refieren sus temas,
además que estos obedecen a problemática diferente. SEGUNDO.- Que se forme la
Comisión específica para que realice el Estudio, Análisis, Evaluación y
Seguimiento de las Plantas Regasificadoras de Gas Natural que se pretenden
instalar en las Costas de Baja California, la cual sea presidida por el
promovente de esta iniciativa. TERCERO: Que por la importancia y urgencia del
asunto y conforme a los artículos 31 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California y el 119 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo, solicito ante esta Soberanía que la presente Iniciativa de Acuerdo
Económico sea sometida al trámite de pronta y obvia resolución. Enseguida el
diputado Presidente, designa al diputado Edmundo Salazar Acuña como Secretario
de la Mesa Directiva. Enseguida y no existiendo oradores en contra, el Diputado
Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a votación en forma
nominal, la dispensa de trámite solicitada por el diputado Ismael Quintero
Peña, resultando aprobada con 15 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo,
Salazar Castro Juan Manuel, Salazar Acuña Edmundo, Ramos García Everardo, Morán
Díaz Leopoldo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús
Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Luévano Ruiz Raúl
Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado González Arturo, Paniagua
Figueroa Luz Argelia. Y Votan en contra los diputados: Acosta Fregozo Enrique,
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Terrazas Silva Juan y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. La diputada Martín Navarro María Rosalba se abstiene de votar. Acto
continuo, el diputado Presidente decreta un receso de quince minutos, siendo las
quince horas con tres minutos, el cual lo solicita el diputado Everardo Ramos
García y se reanuda la sesión, siendo las quince horas con nueve minutos.
Enseguida el diputado Presidente, le solicita al diputado Secretario, proceda a
pasar lista de asistencia y contestan de presentes los diputados: Zavala
Márquez Catalino, Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Salazar
Castro Juan Manuel, Salazar Acuña
Edmundo, Castro Trenti Fernando Jorge, Ruiz Uribe Jesús Alejandro, Acosta
Fregozo Enrique, Ramos García Everardo, Osuna Aguilasocho Nicolás, Morán Díaz
Leopoldo, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez
Francisco, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Alvarado
González Arturo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Terrazas Silva Juan, Avilés
Muñoz Raquel y Suárez Córdova Héctor Edgardo. Una vez verificado el quórum el
diputado Presidente, le solicita a la diputada Avilés Muñoz Raquel, haga el
favor de tomar la Secretaría de la Mesa Directiva. A continuación y retomando
el tema anterior, en una primera ronda de oradores a favor y en contra del
punto de acuerdo presentado por el diputado Ismael Quintero Peña, el diputado
Presidente, le cede el uso de la voz al diputado Catalino Zavala Márquez, para
solicitar que se mantenga la Comisión Especial, y que en el tema de
regasificadoras, presida el diputado Ismael Quintero Peña y en el tema de las
Termoeléctricas y gaseras, presida el diputado Marcelino Hidalgo Silva. A
continuación, hace uso de la voz sobre el mismo tema la diputada María Rosalba
Martín Navarro, para hacer un llamado de los ciudadanos diputados, a la
cordura, ya que manifiesta que estos trabajos los llevaba la Comisión de
Ecología, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Asuntos Indígenas, la cual preside,
asimismo la diputada manifiesta que le parece que formar dos comisiones para un
mismo asunto, más la Comisión que ella preside, le parece que se está
desvirtuando el trabajo y se suma a la idea de que exista una sola Comisión
Especial. Enseguida y sobre el mismo tema, hace uso de la voz el diputado Raúl
Felipe Luévano Ruiz. A continuación el diputado Arturo Alvarado González, hace
uso de la Tribuna, para manifestar que la Comisión que se formó, se formó fuera
de lo que marca la ley Orgánica, porque no se constituyó en el pleno y cree que
se le debe de dar la formalidad y validez como lo marca la ley, asimismo
manifiesta que es muy delicado, porque no nada más es un problema ecológico,
tiene que ver con desarrollo económico, con infraestructura portuaria y con una
serie de cuestiones laborales. A continuación, hace uso de la Tribuna el
diputado Ismael Quintero Peña para manifestar que está de acuerdo con lo
expresado por el diputado Arturo Alvarado, asimismo también está de acuerdo con
la propuesta del diputado Catalino Zavala Márquez. A continuación el diputado
Presidente, hace una aclaración, respecto a la Iniciativa presentada por el
diputado Hidalgo que se estableció y aprobó en este pleno, crear esa Comisión
Especial y a propuesta de algunos diputados, se fueron anexando las comisiones
respectivas. Enseguida y no existiendo más oradores en contra del Punto de
Acuerdo, el diputado Presidente solicita a la Diputada Secretaria someta a
votación en forma nominal, el punto de acuerdo presentado por el diputado
Ismael Quintero Peña, con el adéndum presentado por el diputado Catalino Zavala
Márquez, resultando aprobado con 15 votos a favor, de los ciudadanos Diputados:
Zavala Márquez Catalino, Salazar Castro Juan Manuel, Osuna Aguilasocho Nicolás,
Quintero Peña Ismael, Ferreiro Velazco José Alfredo, Acosta Fregozo Enrique,
Castro Trenti Fernando Jorge, Ramos García Everardo, Morán Díaz Leopoldo,
Rodríguez Jacobo Ricardo, Rueda Gómez Francisco, Alvarado González Arturo,
Paniagua Figueroa Luz Argelia, Salazar Acuña Edmundo y Suárez Córdova Héctor
Edgardo. Registran su voto en contra los siguientes diputados: Ruiz Uribe Jesús
Alejandro, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Cortez Mendoza Jesús
Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Araiza Regalado José Antonio, Terrazas Silva
Juan, Martín Navarro María Rosalba y Avilés Muñoz Raquel. Posteriormente el
Diputado Presidente declara aprobado el Punto de Acuerdo presentado por el
Diputado Ismael Quintero Peña, con el adéndum presentado por el diputado
Catalino Zavala Márquez, con 15 votos a favor, 8 votos en contra y 0
abstenciones. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”,
del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Enseguida el diputado Presidente, manifiesta que una vez formadas las
comisiones, la Presidencia los exhorta a que intercambien información. A
continuación el diputado Presidente, decreta un receso de quince minutos,
siendo las trece horas con veintidós minutos y se reanuda la sesión, siendo las
trece horas con treinta y seis minutos; y enseguida el diputado Presidente, le
solicita a la diputada Secretaria, proceda a pasar lista de asistencia y
contestan de presentes los siguientes diputados: Araiza Regalado José Antonio,
Avilés Muñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe,
Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez
Francisco, Suárez Córdova Héctor Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez
Catalino. Acto seguido, el Diputado Presidente, de acuerdo al procedimiento
ley, le solicita a la diputada Secretaria, proceda de nueva cuenta a verificar
el quórum por segunda ocasión y contestan de presentes los siguientes
diputados: Alvarado González Arturo, Araiza Regalado José Antonio, Avilés Muñoz
Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo, Luévano Ruiz Raúl Felipe, Morán Díaz
Leopoldo, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales
Hernández José de Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco, Suárez Córdova Héctor
Edgardo, Terrazas Silva Juan y Zavala Márquez Catalino. A continuación el
diputado Presidente, decreta otro receso de diez minutos, el cual es solicitado
por el diputado Arturo Alvarado González y secundado por la diputado Luz
Argelia Paniagua Figueroa, siendo las quince horas con treinta y siete minutos
y se reanuda la sesión siendo las quince horas con cincuenta minutos; acto
continuo el diputado Presidente, le solicita a la diputada Secretaria, proceda
a verificar el quórum de manera visual y no existiendo quórum, el diputado
Presidente, solicita de nueva cuenta se vuelva a verificar el quórum y en
virtud de no existir el quórum para continuar con la sesión, el diputado
Presidente cierra la Sesión, y cita a los ciudadanos Diputados integrantes de
la Honorable XVII Legislatura del Estado para el día veintidós de septiembre a
las once horas en este Recinto Oficial, también manifiesta que el día veintidós
de septiembre se hará la toma de protesta al C. Magistrado designado; asimismo,
procede a declarar formalmente levantada la presente Sesión siendo las quince
horas con cincuenta y un minutos del día miércoles diecisiete de septiembre del
año dos mil tres”.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, una vez aprobada el Acta se pasa al tercer punto,
correspondencia recibida, en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada
uno de los ciudadanos Diputados la relación de la correspondencia recibida, se
solicita a los mismos la dispensa de la lectura, Diputada Secretaria sírvase
efectuar la votación correspondiente, de manera económica.
- LA C.
SECRETARIA: Sí, solicitamos a los compañeros Diputados manifestarse, manifestar
el sentido de su votación de manera económica; hay mayoría Diputado Presidente.
“1.- OFICIO No. 1404 de fecha 10 Septiembre y recibido
el 15 Septiembre 2003 del mismo, que
remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas,
Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la documentación que ampara
la Segunda Modificación Presupuestal del ejercicio fiscal 2003, aprobada a la
Entidad Paraestatal denominada "Instituto de Servicios de Salud Pública
del Estado de Baja California" (ISESALUD). (Se anexa 1 Carpeta).
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
2.- OFICIO No. 1406 de fecha 10 Septiembre y recibido el 15 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas,
Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la documentación que ampara
la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la
Entidad Paraestatal denominada
"Promotora para el Desarrollo de las Comunidades Rurales y Populares de
Mexicali".
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
3.- OFICIO No. 1421 de fecha 11 Septiembre y recibido el 15 Septiembre
2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De
Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., en el que remite a esta Legislatura la
Quinta Modificación Programática del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la
Entidad denominada "Comisión
Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, B.C."
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
4.- OFICIO No. 1423 de fecha 30 Agosto y recibido el 15 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas,
Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que
ampara la Sexta Modificación Programática y Quinta Modificación Presupuestal del ejercicio fiscal 2003
aprobada a la Entidad Paraestatal Comisión de Servicios Públicos de Tijuana,
B.C.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
5.- OFICIO No. 1425 de fecha 12 Septiembre y recibido el 15 Septiembre
2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De
Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía la reprogramación
del Programa Operativo Anual para el III y IV trimestre de 2003, de los
siguientes ramos 06 Procuraduría General
de Justicia, 10 Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, 12
Secretaría de Fomento Agropecuario, 18 Dirección de Registro Público de la
Propiedad y del Comercio. y 21 Secretaría de Seguridad Pública, se anexan dos
engargolados.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
6.- ESCRITO de fecha 12 Septiembre y recibido el 17 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Rentería Ibarra María Ester, Magistrado Numerario Del Tribunal
Superior De Justicia, Mexicali, Baja California, mediante el cual solicita le
sea notificada personalmente, respecto de la ratificación o no de la suscrita
como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia, en el domicilio
que aparece señalado en los autos del juicio de amparo No.- 551/2002. Anexa
original con una copia certificada de queja No.- 31/2000.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LEGISLACION
Y PUNTOS CONSTITUCIONALES así como a la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
LEGISLATIVOS
- LA C. SECRETARIA:
7.- OFICIO No. 8077 de fecha 17 Septiembre y recibido el 17 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Arango Pérez José Felix, Secretario Del XVII Ayuntamiento De
Mexicali, Mexicali, B.C., mediante el cual envía la certificación del Acuerdo
de Cabildo de fecha 11 de septiembre de 2003, mediante el cual se aprobaron
transferencias y ampliación de partidas del Presupuesto de Egresos de las Entidades
Paramunicipales del Municipio de Mexicali, Baja California para el ejercicio
Fiscal 2003.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
8.- OFICIO No. 8078 de fecha 17 Septiembre y recibido el 17 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Arango Pérez José Felix, Secretario Del XVII Ayuntamiento De
Mexicali, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura, copia
certificada del Acuerdo de Cabildo de fecha once de septiembre de 2003,
mediante el cual se aprobaron las Transferencias y Ampliación de Partidas en el
Presupuesto de Egresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el
Ejercicio Fiscal del 2003.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
- LA C. SECRETARIA:
9.- OFICIO No. 209/2003 de fecha 12 Septiembre y recibido el 17 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente Del Tribunal
Superior De Justicia Y Del Consejo De La Judicatura Del Estado De, Mexicali,
B.C., mediante el cual envía copia del punto de acuerdo de la reunión del H.
Consejo de la Judicatura celebrada el día 9 del año en curso, mediante el cual
se autoriza el envío a este H. Congreso la documentación complementaria correspondiente
al presupuesto por programas de ese Poder Judicial. ( Un engargolado).
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
10.- OFICIO No. 177-IX-03 de fecha 12 Septiembre y recibido el 18 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) C. Ramos Camacho Carlos, Subdirector Administrativo Y Financiero de La
Cesptecate, Tecate, B.C., mediante el cual envía los Estados Financieros y
Flujo de Efectivo correspondiente al 31 de agosto del 2003. Anexa un engargolado.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
11.- OFICIO No. 2423 de fecha 08 Septiembre y recibido el 18 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Reyna De La Fuente Armando, Encargado De La Unidad De Control De
Gestión Y Documentación, México, D.F., mediante el cual dan respuesta a oficio
No.- 3114, por el cual se solicita la transferencia y concesión de la autopista
Escénica Tijuana-Ensenada y del Tramo La Rumorosa- Tecate, informa que la
documentación fue turnada para su
atención a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE ESTUDIOS
HACENDARIOS Y PRESUPUESTO.
- LA C. SECRETARIA: 12.- OFICIO de fecha 19 Agosto y
recibido el 18 Septiembre 2003 del
mismo, que remite el(la) Congreso Del
Estado De Coahuila De Zaragoza, Saltillo, Coahuila, mediante el cual anexa
copia del acuerdo, relativo a solicitar al Instituto Estatal del Deporte, que
en lo sucesivo restrinja la colocación y promoción de bebidas alcohólicas en
los eventos deportivos infantiles que se lleven a cabo en el Estado.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE LA
JUVENTUD Y EL DEPORTE
- LA C. SECRETARIA:
13.- OFICIO No. 1431 de fecha 10 Septiembre y recibido el 18 Septiembre
2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De
Planeación Y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual remite a esta
Legislatura la 3ra. Modificación a la Estructura Programática para el Ejercicio
Fiscal 2003, aprobada al Centro de Salud Mental del Estado de Baja California
(CESAM).
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
14.- OFICIO No. 1433 de fecha 09 Septiembre y recibido el 18 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario De Planeación Y Finanzas,
Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura, la documentación que
ampara la Quinta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada
al lnstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno
y Municipios del Estado de Baja California. (ISSSTECALI).
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA: 15.- ESCRITO de
fecha 17 Septiembre y recibido el 18
Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Lic. Armenta Zanabia Rubén
Ernesto, Síndico Procurador Del XVII Ayuntamiento De Mexicali, Mexicali, Baja
California, mediante el cual por instrucciones del C. Presidente Municipal, da contestación al oficio
No.- 3127, relativo al Dictamen No.- 335
de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES.
- LA C. SECRETARIA:
16.- OFICIO No. 3525 de fecha 18 Septiembre y recibido el 19 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) C. Díaz Lerma Manuel, Secretario De Seguridad Publica del Estado de
B.C., Mexicali, B.C., mediante el cual hace una atenta invitación a la reunión
de acercamiento con Asociaciones Políticas, en la cual se mostrará el papel
fundamental que desempeñan dentro de los avances del Programa de Cultura y
Economía de la Legalidad en Baja California. El cual se llevará a cabo el
próximo 22 de septiembre a las 15:00 horas en el Centro de Convenciones del Hotel
Araiza Inn, ubicado en Blvd. Benito Juárez #2220 en esta Ciudad.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN
- LA C. SECRETARIA:
17.- OFICIO No. 1437 de fecha 08 Septiembre y recibido el 19 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de Planeación y Finanzas,
Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la Primera
Modificación Programática del Ejercicio Fiscal 2003, aprobada a la
Administradora de la Vía Corta Tijuana - Tecate (ADMICARGA).
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA: 18.- OFICIO No. 1439 de fecha 08
Septiembre y recibido el 19 Septiembre
2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de
Planeación y Finanzas, Mexicali, B.C., mediante el cual envía a esta
Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal
del Ejercicio Fiscal de 2003, aprobada a la Entidad denominada, Administradora
de la Vía Corta Tijuana - Tecate (ADMICARGA)
PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL
GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
19.- OFICIO No. 7906 de fecha 17 Septiembre y recibido el 19 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Dr. Vera González Francisco, Secretario De Salud Del Estado De B.C.,
Mexicali, B.C., mediante el cual da respuesta al Oficio No.- 3262,
enviando información sobre los programas
para la educación mental que brinda esa Secretaría: Programa Académico de
Internado Rotatorio de Postgrado, Programa Académico para pasantes de Servicio
Social del área de la Salud, Programas operativos (Académicos) para Residentes
de Postgrado del Hospital General de Mexicali. Programas operativos
(Académicos) para Residentes de Postgrado del Hospital General de Tijuana,
Programa operativo (Académico para Residentes del Centro de Salud mental.
Programa Académico en modalidad técnica de la Escuela de Enfermería del
Hospital General de Mexicali. Programa Académico en modalidad Licenciatura de
la Escuela de Enfermería del Hospital General de Mexicali,. Demandas de
personal de la Enfermería y demanda de apoyos de Enfermeras para el Sector
Salud. Apoyos presupuestales para la Escuela de Enfermería del Hospital General. ANEXA NUEVE ENGARGOLADOS)
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
- LA C. SECRETARIA:
20.- ESCRITO de fecha 04 Septiembre y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Gutiérrez Vidal Javier, Coordinado Del Consejo Estatal De Fomento A
Las Actividades De Bienestar Y Desarrollo Social, Mexicali, B.C., mediante el
cual comunica que el 9 de mayo ppdo., fue publicado el Reglamento de la Ley de
Fomento a las Actividades de Bienestar y Desarrollo Social para el Estado de
B.C., en el Periódico Oficial, así mismo la integración del Consejo Estatal y
ponerse a sus órdenes y ser consultador en la planeación, elaboración y
promoción de los Políticas públicas en materia social que tenga contemplada
realizar esta institución.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
DESARROLLO SOCIAL
- LA C. SECRETARIA:
21.- CIRCULAR No. 217 de fecha 08 Septiembre y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Congreso del Estado de
Guanajuato, Guanajuato, Gto., mediante el cual anexan dictamen y el cuadro
aprobado en sesión, en el que esa Legislatura se adhiere al Punto de Acuerdo de la Legislatura
del Estado de San Luis Potosí, a efecto de solicitar a la Cámara de Diputados
del Congreso de la Unión, se reforme la Ley de Aguas Nacionales y al Titular
del Poder Ejecutivo Federal, que implante políticas públicas encaminadas a la
capacitación de productores agrícolas.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE REGIMEN
INTERNO Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS
- LA C. SECRETARIA:
22.- ESCRITO de fecha 03 Septiembre y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Congreso Del Estado De Coahuila
De Zaragoza, Saltillo, Coahuila, mediante el cual en sesión celebrada el 2 de
septiembre del actual, envía Punto de Acuerdo presentado por la Dip. Mary Telma
Guajardo Villarreal del Grupo Parlamentario del P.R.D., se solicita al Congreso
de la Unión se sirva autorizar más recursos económicos tanto para el Instituto
Mexicano del Seguro Social como para otras Instituciones Públicas de Salud
Nacionales.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE SALUD,
BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO HUMANO.
- LA C. SECRETARIA:
23.- OFICIO No. 2208 de fecha 17 Junio y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Congreso del Estado de
Aguascalientes, Aguascalientes, Ags., mediante el cual remite un ejemplar del
Diario de Debates, editado por esa H. Legislatura del Estado de Aguascalientes,
el cual contiene la Memoria Legislativa correspondiente al Primer Período
Ordinario y Primer Período Extraordinario de Sesiones, así como las actividades
de la Diputación Permanente dentro del Primer Año del Ejercicio Constitucional.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE EL ENVÍO. así como a
la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA.
- LA C. SECRETARIA:
24.- OFICIO No. 216/03 de fecha 18 Septiembre y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente Del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de La Judicatura del Estado de, B.C.,
mediante el cual envía Punto de Acuerdo 3.38 de la reunión de ese consejo
celebrado el día 2 de septiembre del año en curso, en el que se autoriza se
tramite ante esta representación, aviso de transferencia de recursos de la
partida 10136 "Reserva para incremento al sueldo de personal de
base", del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial por la Cantidad de $
1´671,802.00 M.N.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
25.- OFICIO No. 217/03 de fecha 18 Septiembre y recibido el 22 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Palomino Castrejón José, Magistrado Presidente del Tribunal
Superior de Justicia Y del Consejo de la Judicatura del Estado de, Mexicali,
B.C., mediante el cual envía Punto de Acuerdo 3.39 de la reunión de ese Consejo
celebrada el día 02 de septiembre del año en curso, mediante el cual se
autoriza que se tramite ante esta representación, aviso de transferencia de
recursos de partida 10236 "Reserva para incremento en sueldos al personal
de confianza", del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial por la
cantidad de $ 6´347.643.00 M.N.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
26.- INVITACION de fecha 23 Septiembre y recibido el 23 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ayuntamiento De Mexicali,
Mexicali, mediante el cual el Patronato de las Fiestas del Sol y el XVII
Ayuntamiento de Mexicali, invitan a la CEREMONIA DE INAUGURACION DE LAS FIESTAS
DEL SOL 2003 CENTENARIO DE MEXICALI, evento que se llevará a cabo el 26 de septiembre
a las 19:00 horas, en la explanada del acceso principal al FEX ( por Río
Nuevo).
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.
- LA C. SECRETARIA:
27.- OFICIO de fecha 03 Septiembre y recibido el 23 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Congreso Del Estado De San Luis
Potosí, San Luis, Potosí, mediante el cual con motivo a la culminación de las
actividades de esa Legislatura, el Instituto de Investigaciones Legislativas
envía los textos ORGANIZACIONES Y FUNCIONES, EVOLUCION DEL MARCO JURIDICO DEL
PODER LEGISLATIVO Y LA INSTALACION DEL CONGRESO todos del Congreso del Estado
de San Luis Potosí.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE EL ENVÍO. así como a
la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA
- LA C. SECRETARIA:
28.- OFICIO No. 196/2003 de fecha 17 Septiembre y recibido el 23 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) C. Salazar Centeno Gerardo, Director De Relaciones Publicas Del Gobierno
Del Estado., Mexicali, B.C., mediante el cual hacen una atenta invitación, para formar parte del Presidium en el evento
de celebración del "182 ANIVERSARIO DE LA CONSUMACION DE LA INDEPENDENCIA
DE MEXICO", el día 27 de Septiembre en punto de las 9:00 horas en la
explanada Municipal de esta ciudad.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.
- LA C. SECRETARIA:
29.- OFICIO No. 196/2003 de fecha 18 Septiembre y recibido el 23 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) C. Salazar Zenteno Gerardo, Director De Relaciones Publicas Del Gobierno
Del Estado., Mexicali, B.C., mediante el cual hacen una atenta invitación para
formar parte del Presidium en el evento de celebración del "238
ANIVERSARIO DEL NATALICIO DE JOSE MARIA MORELOS Y PAVON", el día 30 de
Septiembre, en punto de las 9:00 horas en la Escuela Primaria José María
Morelos y Pavón.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.
- LA C. SECRETARIA: 30.- INVITACION de fecha 23
Septiembre y recibido el 23 Septiembre
2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Tagliapietra Nassri Sergio, Secretario
De Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de B.C., mediante el cual el
gobierno del Estado de B.C., por conducto de la Secretaría de Desarrollo
Económico y la Secretaría de Economía, en coordinación con los Gobiernos
Estatales de B.C. Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora, tienen el honor de
invitarle para que asista y participe durante la SEMANA PYME REGIONAL que se
llevará a cabo los días 5, 6 y 7 de noviembre del presente año, en el Gran
Hotel de la ciudad de Tijuana, B.C.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACIÓN.
- LA C. SECRETARIA: 31.- COPIA OFICIO No. 456/2003 de
fecha 23 Septiembre y recibido el 23
Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) C. Solís Benavides Javier Lázaro,
Director General del Instituto Estatal Electora., Mexicali, B.C., dirigido al
Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del
Estado de B.C., en el que se dirige con el propósito de reiterar la solicitud
de ampliación presupuestal que mediante oficios números DGIEE/039/03 y
DGIEE/321/03, le presentamos en fechas 29 de enero y 17 de junio del presente
año.
PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE FISCALIZACION DEL
GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
32.- OFICIO No. 1449 de fecha 18 Septiembre y recibido el 24 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Ing. Arteaga King Armando, Secretario de Planeación y Finanzas,
Mexicali, B.C., en el que remite a esta H. Legislatura la documentación que
ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 2003
aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Consejo Estatal de Población de
Baja California.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA: 33.- OFICIO No. DG-655/03 de fecha
15 Septiembre y recibido el 24
Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la) Ing. Jiménez Payan José Carlos,
Director General Del Colegios De Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado
de B.C., en el que envía Estados
Financieros, Avances Programáticos y Avances Presupuestales al mes de Agosto
del 2003, del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Baja
California. (CECYTE) Anexan 2
engargolados
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO así como a la COMISION DE FISCALIZACION DEL
GASTO PUBLICO.
- LA C. SECRETARIA:
34.- ESCRITO de fecha 12 Septiembre y recibido el 24 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Angeles Chacón Olympia, Magistrada, Mexicali, Baja California, en
el que solicita el inicio de procedimiento para obtener la declaración de
procedencia a fin de proceder penalmente en contral del Licenciado Eleazar
Félix Verástegui galicia.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la DIRECCION DE ASUNTOS
JURIDICOS LEGISLATIVOS.
- LA C. SECRETARIA:
35.- INVITACION de fecha 25 Septiembre y recibido el 25 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Gobierno Del Estado, Mexicali,
B.C., en el que le hacen una atenta invitación al arranque de la GIRA ESTATAL
DE PREVENCION DEL DELITO 2003, a celebrarse el próximo 29 de septiembre, en
punto de las 10:00 a.m. en la Explanada de la Casa Municipal de esta Ciudad.
- EL C. PRESIDENTE: SE AGRADECE LA INVITACION
- LA C. SECRETARIA:
36.- ESCRITO de fecha 17 Septiembre y recibido el 25 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Cárdenas Briseño María Erika, Coordinador de Difusión Cultural,
Mexicali, B.C., mediante el cual solicita el patrocinio del Congreso del Estado
de B.C., para la conformación y enriquecimiento de la Videoteca Jurídica de la
Facultad de Derecho Mexicali, con la donación de material Videográfico Jurídico
especializado o diversos en cualquier tipo de formato (VHS, CD, DVD,ETC.) que
sirva de apoyo en la formación académica de los estudiantes.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la OFICIALIA MAYOR
- LA C. SECRETARIA: 37.- CIRCULAR No. 32/03 de fecha
13 Septiembre y recibido el 25
Septiembre 2003 del mismo, que remite el(la)
Congreso del Estado de Mérida, Yucatán, mediante el cual se comunica la
elección del Presidente el Dip. Luis Armando Ríos Díaz, como Presidente de la
Gran Comisión de la LVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Yucatán,
quien durará en el cargo hasta concluir el Período Constitucional.
- EL C. PRESIDENTE: NOS DAMOS POR ENTERADOS. así como
a la OFICIALIA DE PARTES, ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA.
- LA C. SECRETARIA:
38.- OFICIO No. 5035 de fecha 23 Septiembre y recibido el 25 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Islas León Guillermo Bernardo, Secretario Fedatario del H.
Ayuntamiento de Ensenada, B.C., mediante el cual envía Acuerdo de Cabildo de
fecha 9 de septiembre del año en curso, en el que se aprobaron las opiniones jurídicas
de este H. Ayuntamiento, en relación a la Iniciativa de Reforma a los Artículos
27, Fracción III, Capítulo IV, 38 y 39 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California; así mismo la Reforma de los Artículos 7 y
9 Fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California.
- EL C. PRESIDENTE: AGREGUESE AL EXPEDIENTE YA
EXISTENTE así como a la COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES.
- LA C. SECRETARIA:
39.- OFICIO No. 9096 de fecha 15 Septiembre y recibido el 25 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Martínez Aguirre Bernardo H., Secretario General de Gobierno,
Mexicali, B.C., mediante el cual envían a consideración a esta Legislatura para
su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto mediante el cual se
autoriza la desincorporación del dominio público del Estado y su incorporación
al dominio privado del mismo, el lote número 3 de la manzana número 21, del
fraccionamiento El Descanso, en el Municipio de Tecate, Baja California. Anexan expediente con documentación
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
- LA C. SECRETARIA:
40.- ESCRITO de fecha 19 Septiembre y recibido el 25 Septiembre 2003 del mismo, que remite
el(la) Lic. Cruz Carmona Isaías, Director De La Escuela Secundaria Técnica #34,
Tijuana, Baja California., en el que solicita la intervención de este Congreso
ante la instancias correspondientes, a fin de que a brevedad se programe y
ejecute la introducción de la red de Drenaje en la Zona del Cañón del Sáinz,
Colonias San Luis Norte/Sur y Emiliano Zapata de la Ciudad de Tijuana.
- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la COMISION DE
DESARROLLO URBANO
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, se hace constar la presencia del Diputado Juan Manuel Salazar
Castro. Una vez aprobada la dispensa de la lectura, se pasa al cuarto punto del
orden del día, correspondencia despachada, en virtud de que fue entregada con
oportunidad a cada uno de los ciudadanos Diputados la relación de la
correspondencia despachada, se solicita a los mismos la dispensa de la lectura,
Diputada Secretaria sírvase efectuar la votación correspondiente de manera
económica.
- LA C. SECRETARIA: Sí, le solicitamos a los compañeros Diputados que
estén a favor, que se sirvan manifestar en votación económica; sí hay mayoría
Diputado Presidente.
Oficios
dirigidos al Lic. Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado de Baja
California, para su debida publicación en el Periódico Oficial del Estado:
Oficio Nº 3411, Acuerdo Nº 128.- Cuentas Públicas del Poder Judicial del Estado
de Baja California. Oficio Nº 3413 Acuerdo
Nº 129.- Cuentas Públicas del Comité de Turismo y Convenciones de Rosarito.
Oficio Nº 3412 Acuerdo Nº 130.- Cuentas Públicas del Colegio de Educación
Profesional Técnica del Estado de Baja California. Oficio Nº 3423 Decreto Nº
210.- Se desincorpora del dominio Público del Estado e Incorpora el dominio
privado del mismo, los Lotes únicos de las Manzanas número 02 y 04 de la
Colonia Popular General Mariano Matamoros del Municipio de Ensenada, B.C.
Oficio Nº 3421, Decreto Nº 211.- Mediante el cual se desincorpora del
patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado para incorporarse al
dominio privado del mismo, el lote de terreno identificado como fracción
restante del Predio Rústico denominado La Reforma ubicado en la Delegación Maneaderos del
Municipio de Ensenada, Baja California.
Oficio Nº 3420, Decreto No
212.- Mediante el cual se Reforma a los
Artículos 254 y 255 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial del Estado de Baja California. Oficio Nº 3449,
Decreto No 214.- Mediante el cual se
Reforma el Art. 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Baja California. Oficio Nº 3422 de fecha 17 de septiembre y despachado el 22
del mismo, dirigido al Lic. Eugenio Elorduy Walther, Gobernador del Estado,
mediante el cual se le envía Dictamen No. 342 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, en el cual se le solicita expida el reglamento de la
Ley de Asistencia Social del Estado de Baja
California, y que para por su conducto se instruya a las Secretarías
contempladas en los transitorios de la Ley de Asistencia Social a fin de que
realice las acciones que sean pertinentes para dar cumplimiento a lo previsto
en el ordenamiento. (Con lo anterior se da cumplimiento al Dictamen Nº 342 de
la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aprobado en Sesión
Ordinaria del día 17 de septiembre 2003). Oficio No. 3424 de fecha 17 de
septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Lic. Eugenio Elorduy
Walther, Gobernador del Estado, mediante
el cual se le solicita tenga a bien considerar la emisión de un Decreto para la
condonación de las deudas que mantienen las Escuelas Públicas por servicios de
suministro de agua potable y exentarlas en el pago de dicho servicio. Oficio Nº
3409 de fecha 19 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al C.
Fidel Corvera Quiñones, Diputado Suplente, mediante el cual se le cita para el
día lunes 29 de septiembre a las 11:00 horas en el Recinto Oficial de este H.
Poder Legislativo, a fin de proceder a la Toma de Protesta de Ley
correspondiente. Oficio Nº 3426 de fecha 18 de septiembre y despachado el 22
del mismo, dirigido al C.P. Martín Domínguez Chiu, Síndico Procurador del H.
XVII Ayuntamiento de Tijuana, mediante el cual se le envía copia certificada
del Dictamen No. 47 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, respecto
a las Cuentas Públicas del Sistema del Instituto Municipal del Deporte de
Tijuana, correspondiente al ejercicio fiscal 2001, así como Acta de Sesión
Ordinaria celebrada por la H. XVII Legislatura Constitucional del Estado los
días 25 y 26 de agosto del año en curso. Oficio Nº 3425 de fecha 18 de
septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al C.P. Abelardo Antillón
Macías, Síndico Procurador del H. XVII Ayuntamiento de Ensenada, mediante el
cual se le envía copia Certificada del Acta de Sesión Ordinaria celebrada los
días 25 y 26 de septiembre del año en curso, así como Dictámenes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público,
48 referente a las Cuentas Públicas del Instituto Municipal del Deporte y
Recreación de Ensenada, B.C. por el Ejercicio Fiscal 2001, y 50
referente a las Cuentas Públicas del Consejo de Urbanización Municipal
de Ensenada, B.C. por el Ejercicio Fiscal del 2001. Oficio Nº 3410 de fecha 18
de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Mgdo. Lic. José
Palomino Castrejón, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
B.C., mediante el cual se le comunica que en Sesión Ordinaria celebrada el 17
de septiembre del año en curso, se acordó la ratificación del Lic. Víctor
Manuel Vázquez Fernández, en el cargo de Magistrado Numerario de ese Tribunal.
Oficio de fecha 18 de septiembre y despachado el 22 del mismo, dirigido al Lic.
Víctor Manuel Vázquez Fernández, mediante el cual se le comunica su
ratificación como Magistrado Numerario del Tribunal Superior de Justicia del
Estado de B.C., citándosele para el día 29 de septiembre, a las 11:30 horas en
este Congreso para la toma de protesta correspondiente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, tanto la
correspondencia recibida como la despachada se pone a disposición de los
ciudadanos Diputados. Bien, se pasa al quinto punto del orden del día, Informe
de Comisiones para Actos Especiales, en virtud de que esta Presidencia no
recibió informe alguno, se pasa al siguiente punto del orden del día, Informes
o Dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes, Diputado
Gerardo Cortez.
- EL C.
DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso Diputado Presidente, la Comisión de
Estudios Hacendarios y Presupuesto presenta a consideración de la Honorable
Asamblea Dictamen No. 40, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo
efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos del Estado, para el
ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 883 mil 129 pesos que modifica el
presupuesto a la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por
el Diputado Arturo Alvarado. Dictamen No. 41, solicitud de autorización para
que el Poder Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos
del Estado para el ejercicio fiscal 2003 por la cantidad de 1 millón de pesos,
que modifica el presupuesto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, que
también será leído por el Diputado Arturo Alvarado. Dictamen No. 43, Iniciativa
de Acuerdo Económico para que el Pleno acorde enviar oficio al Gobernador del
Estado, solicitándole emita un Decreto para exentar a las Instituciones de
Educación Pública Estatal el pago de los derechos de conexión de agua potable y
drenaje, mismo que será leído por el Diputado Nicolás Osuna Aguilasocho.
Dictamen No. 44, solicitud de autorización para que el Poder Ejecutivo efectúe
ampliación de partidas al presupuesto de egresos del Estado, por el ejercicio fiscal
2003, por la cantidad de 4 millones 226 mil 237 pesos que modifica el ramo 07
de la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por el Diputado
Nicolás Osuna Aguilasocho. Dictamen No. 45, solicitud de autorización para que
el Poder Ejecutivo efectúe transferencia de partidas al presupuesto de egresos
del Estado, por el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 3 millones de
pesos que modifica el presupuesto asignado a la Secretaría de Seguridad
Pública, mismo que será leído por el Diputado Francisco Rueda. Dictamen No. 46,
solicitud de autorización para que el Poder Judicial efectúe ampliación de
partidas a su presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2003, por la cantidad
de 19 millones 500 mil pesos, mismo que será leído también por el Diputado
Francisco Rueda. Dictamen No. 47, solicitud de autorización para que el Poder
Ejecutivo efectúe transferencias de partidas al presupuesto de egresos del
Estado, para el ejercicio 2003 que modifica el presupuesto de la Secretaría de
Desarrollo Social, por la cantidad de 798 mil 788 pesos, que será leído por un
servidor. Dictamen No. 48, solicitud de autorización para que el Poder
Ejecutivo efectúe ampliación de partidas al presupuesto de egresos, por la
cantidad de 1 millón 446 mil 382 pesos, que modifica el presupuesto asignado a
la Secretaría de Planeación y Finanzas, mismo que será leído por un servidor. Y
el Dictamen No. 49, es una solicitud de autorización para que el Poder
Ejecutivo efectúe transferencias de partidas al presupuesto de egresos del
Estado, para el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de 2 millones 973 mil
089 pesos, que modifica el presupuesto asignado a la Secretaría de Seguridad
Pública, mismo que será leído por un servidor. Es cuanto, Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 40 de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuestos, el Diputado Arturo Alvarado
González.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Buenos días, con el permiso de la Mesa
Directiva, Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, Dictamen No. 40.
“Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen
y aprobación en su caso, el Oficio 1256 recibido en el Congreso del Estado el
día 15 de agosto del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King,
Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar
ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el
ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 883,129 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y
TRES MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto
asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.-
Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio
fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión
Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico
Oficial del Estado de Baja California el 31 de diciembre del mismo año.
CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal se
pretende ampliar los recursos a las partidas presupuestales 10301 Sueldos
Tabulares al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $ 498,941, 10302
Erogaciones Adicionales al Personal por Tiempo y Obra Determinada por $
164,095, 10306 Gratificación de Fin de Año al Personal por Tiempo y Obra
Determinada por $ 113,729, 10307 Canasta Básica al Personal por Tiempo y Obra
Determinada por $ 19’340, 10308 Bono de Transporte al Personal por Tiempo y
Obra Determinada por $ 17,624 y 10332 Cuotas Patronales ISSSTECALI al Personal
por Tiempo y Obra Determinada por $ 69,400, todas del Ramo 07 de la Secretaría
de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y
Finanzas del Estado establece en su oficio de solicitud, que derivado de la firma
de los Anexos 3 y 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia
Fiscal Federal que
celebraron el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, y el Estado de Baja California que entró en vigor el día 1ero.
de enero de 1997, se amplían al Gobierno del Estado las facultades de
recaudación por concepto de cobro de impuestos federales en materia de
Contribuyentes del Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), contribuyentes
del Régimen Intermedio y contribuyentes del 5% del pago sobre la utilidad en
venta de bienes inmuebles de personas físicas; por lo que se amplía la base de
contribuyentes atendidos en las recaudaciones, así como el trabajo de control
del Padrón Fiscal que representan dichos contribuyentes, por lo que se hace
necesario ampliar el presupuesto de egresos con la finalidad de crear 20 plazas
de Analista Técnico, para ser asignados a la Dirección de Ingresos de la
Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que los Anexos 3 y 7 del
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, fueron
publicados el 16 de abril del 2003 en el Periódico Oficial del Estado de Baja
California. CONSIDERANDO.- Que mediante modificaciones a la Ley del Impuesto
sobre la Renta, vigentes a partir del 1 de enero del 2003, el H. Congreso de la
Unión estimó conveniente establecer en el artículo 139 que en el régimen de
pequeños contribuyentes, éstos puedan efectuar los pagos del impuesto en las
entidades federativas donde obtengan sus ingresos, siempre que dichas entidades
celebren convenio de coordinación para administrar dicho impuesto.
CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Primera del Anexo 3 en
comento, el Estado ejercerá funciones operativas de administración de los
ingresos derivados del Impuesto sobre la Renta, tratándose de los
contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II
del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los
denominados “pequeños contribuyentes”; por lo que para la administración de los
ingresos el Estado ejercerá las funciones administrativas de verificación para
la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, recaudación,
comprobación, determinación y cobro en los términos de la legislación federal
aplicable y conforme a lo dispuesto en las cláusulas de dicho Anexo 3.
CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Décima Primera del Anexo 3,
se establece que el Estado percibirá como incentivo por la realización de las
funciones operativas de administración de ingresos materia de este Anexo, el
100% de la recaudación correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, su
actualización, recargos, multas, honorarios por notificación, gastos de
ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del Artículo 21
del Código Fiscal de la Federación, aplicable a los contribuyentes que tributen
en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del
Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que mediante modificaciones a la Ley
del Impuesto sobre la Renta, vigentes a partir del 1 de enero de 2003, el H.
Congreso de la Unión estimó conveniente establecer que los contribuyentes que
tributen en el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades
Empresariales, efectúen un pago mensual a la tasa del 5% aplicable a la
utilidad fiscal determinada de conformidad con el Artículo 127 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta. El referido pago se entera ante las oficinas
autorizadas de la Entidad Federativa donde los contribuyentes obtengan sus
ingresos sin que dicho pago mensual les genere una carga adicional, en virtud
de que éstos podrán acreditar dicho impuesto contra los pagos provisionales
determinados en el mismo mes de conformidad con el propio Artículo 127 de la
Ley del Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que el H. Congreso de la Unión
consideró procedente establecer que los contribuyentes que obtengan ingresos
por la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones,
efectúen un pago por cada enajenación, aplicando la tasa del 5% sobre la
ganancia obtenida en los términos del Capítulo IV del Título IV de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, en las oficinas de las Entidades Federativas. Dicho
pago será acreditable contra el pago provisional que se efectúe en los términos
del Artículo 154 de la Ley, con lo cual no se genera carga adicional alguna a
los contribuyentes. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Primera
del Anexo 7 al Convenio de Colaboración señalado en considerandos anteriores, el Estado ejercerá las funciones
operativas de administración de los ingresos generados en su territorio
derivados del Impuesto sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que
tributen en los términos del Artículo 136-Bis, de la Sección II del Capítulo II
del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, dentro del
régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales; así
como de los contribuyentes que tributen en los términos del Artículo 154-Bis,
del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en
relación con los ingresos por la ganancia de la enajenación de terrenos,
construcciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de la
circunscripción territorial del Estado; por lo que para la administración de
los ingresos en comento, el Estado ejercerá las funciones administrativas de
recaudación, comprobación, determinación y cobro en los términos de la
legislación federal aplicable y conforme a lo dispuesto en las Cláusulas del
citado Anexo. CONSIDERANDO.- Que de conformidad con la Cláusula Novena del
Anexo 7, el Estado percibirá como incentivo por la realización de las funciones
operativas de administración de ingresos materia de este Anexo, el 100% de los
pagos del impuesto, su actualización, recargos, multas, honorarios por
notificación, gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el
séptimo párrafo del Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, que
realicen los contribuyentes de conformidad con lo dispuesto en los Artículos
136-Bis y 154-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas considera que
derivado de los Anexos 3 y 7 anteriormente descritos, se incrementará de manera
considerable el trabajo en la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Planeación
y Finanzas, motivo por el cual se pretende la creación de 20 plazas de Analista
Técnico, para hacer frente a las obligaciones contenidas en los anexos antes
referidos. CONSIDERANDO.- Que según la información proporcionada por la
Secretaría de Planeación y Finanzas la plaza de Analista Técnico tendrá las
siguientes funciones: 1.- Controlar el padrón de contribuyentes de Impuestos
sobre la Renta; 2.- Registrar, empadronar y verificar el correcto cumplimiento
de obligaciones fiscales de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta; 3.-
Vigilar la aplicación correspondiente del procedimiento administrativo de
ejecución de los contribuyentes de Impuestos sobre la Renta en REPECOS,
intermedios y bienes inmuebles; y 4.- Emitir reportes e informes y estadísticas
en general de la situación fiscal de los contribuyentes de Impuestos sobre la
Renta en repecos, intermedios y bienes inmuebles. CONSIDERANDO.- Que el período
de contratación previsto en la presente solicitud de ampliación comprende 5
meses, del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2003, lo cual se estima tendrá un
costo de $ 866,232, sin embargo, considerando que el mes de agosto ya
transcurrió, se corroboró con la Secretaría de Planeación y Finanzas que el
período de contratación se ajustará, disminuyéndose en consecuencia a 4 meses,
de septiembre a diciembre del presente año, por lo que al realizarse nuevamente
los cálculos para determinar el costo de las 20 plazas se determinó una
reducción de $ 173,247, por lo que se ajusta a la baja del monto de la modificación
presupuestal de $ 866,232 para quedar en $ 692,985, en consecuencia las
partidas presupuestales se ampliarán por los importes siguientes: 10301 por $
399,153, 10302 por $ 142,216, 10306 por $ 66,525, 10307 por $ 15,472, 10308 por
$ 14,099 y 10332 por $ 55,520. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y
Finanzas en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente
ampliación presupuestal, se propone utilizar recursos de fuentes propias
adicionales a los presupuestados, lo cual consta en la información financiera
generada por la propia Secretaría, misma que se encuentra en los archivos de la
Contaduría Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo
del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado,
solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias,
ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos
autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso
del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son
competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se
establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado
de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión
de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización
denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue
vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1159/2003. Por lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de
Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por
la cantidad de $ 692,985 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100
M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de
Planeación y Finanzas en las siguientes partidas:
|
PARTIDA
|
|
AMPLIACION
|
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|
|
|
10301
|
Sueldos Tabulares al
Personal por Tiempo y Obra Determinada
|
$
399,153
|
|
10302
|
Erogaciones Adicionales al
Personal por Tiempo y Obra Determinada
|
142,216
|
|
10306
|
Gratificación de Fin de Año
al Personal por Tiempo y Obra Determinada
|
66,525
|
|
10307
|
Canasta Básica al Personal
por Tiempo y Obra Determinada
|
15,472
|
|
10308
|
Bono de Transporte al
Personal por Tiempo y Obra Determinada
|
14,099
|
|
10332
|
Cuotas Patronales
ISSSTECALI al Personal por Tiempo y Obra Determinada
|
55,520
|
|
|
|
$
692,985
|
|
|
|
|
|
|
|
|
- Se aprobó una cantidad menor a la
que se está pidiendo por el hecho de que ya transcurrió algún tiempo y no fue
utilizado, no iba a ser utilizado ese recurso al momento de que fue
dictaminado- DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del
Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los
dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil tres. Y firman los
integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto”.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen
No. 40 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo
oradores en contra, Diputada Secretaria sírvase levantar la votación
correspondiente.
- LA C.
SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, se solicita a los compañeros
Diputados que manifiesten el sentido de su voto de manera nominal, comenzando
por favor por la derecha.
- Catalino
Zavala, a favor.
- Hidalgo
Silva, a favor.
- Osuna
Aguilasocho, a favor.
- Fidel
Corvera, a favor.
- Ismael
Quintero, a favor.
- Ferreiro,
a favor.
- Salazar
Castro, a favor.
- Ramos
García, a favor.
- Morán
Díaz, a favor.
- Cortez, a
favor.
- Rodríguez
Jacobo, a favor.
- Rueda, a
favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar?
- Paniagua,
a favor.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar?
- Luévano
Ruiz, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: La votación por la Mesa Directiva.
- Rosalba
Martín, a favor.
- Avilés, a
favor.
- Suárez,
abstención.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 17 votos a
favor, 0 votos en contra y 1 abstención.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 17
votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, se declara aprobado el Dictamen No.
40 de la Comisión de Estudios
Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Arturo
Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez
García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable
XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil
tres. Tiene el uso de la voz para el Dictamen 41 de la Comisión de Estudios
Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Arturo Alvarado.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Nuevamente, con el permiso de
la Mesa Directiva. Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, Dictamen No.
41. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y
aprobación en su caso, el Oficio 0896 recibido en el Congreso del Estado el día
20 de junio del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King,
Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar
ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el
ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’000,000 (UN MILLON DE PESOS
00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría
de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del
Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por
el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de
diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de
diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de
modificación presupuestal se creará la partida presupuestal 30305 Honorarios
por Auditoría por un monto de $ 1’000,000, afectándose el código programático
07-10-361-30305. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30305 Honorarios
por Auditorías se afecta por las asignaciones destinadas a cubrir el pago a
terceros por la prestación de servicios profesionales por concepto de todo tipo
de auditoría como auditorías de estados financieros. CONSIDERANDO.- Que la
Dirección de Egresos del Estado mediante oficio 00913 del día 2 de junio del
2003 solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización para
ampliar su presupuesto en $ 1’000,000 para afectar el código programático
07-10-361-30305, con el propósito de contratar los servicios de Contador
Público Independiente con el fin de cumplir con los compromisos derivados de la
firma del Contrato de Crédito celebrado por el Gobierno de Estado y por la
Corporación Financiera de América del Norte, S.A. de C.V., para la creación del
Programa Integral de Pavimentación y Calidad del Aire (PIPCA), el cual tiene
como objetivo aumentar la cobertura de pavimentación en el Estado del 60% al
80% para el año 2007, estableciéndose en la Cláusula Décima Tercera, numeral
12, la obligación de la entrega de los Estados Financieros del Gobierno del
Estado del ejercicio fiscal anterior dictaminados por un contador público
independiente. CONSIDERANDO.- Que en Sesión de Pleno del Congreso del Estado
celebrada el 15 de abril del presente año se expidió el Decreto No. 165 que fue
publicado el 25 de abril del 2003, en el Periódico Oficial del Estado de Baja
California, en el cual se establece en su Artículo Primero que se autoriza a la
Junta de Urbanización del Estado, para que realice las gestiones
administrativas y financieras necesarias para acudir al Sistema Financiero
Mexicano, a fin de obtener financiamiento hasta por la cantidad de $
1,085’000,000 (MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), más los
conceptos adicionales que se generen por intereses de cualquier tipo,
comisiones y demás accesorios financieros, derivados por la apertura y
disposición del financiamiento, incluyendo el impuesto al valor agregado; a
través de una o varias líneas de crédito contratadas durante el presente año y
hasta el año 2007, para llevar a cabo el Programa Integral de Pavimentación y
Calidad del Aire. CONSIDERANDO.- Que en el Artículo Tercero del Decreto
mencionado en el Considerando que antecede, se autoriza al Ejecutivo del
Estado, para que acuda directamente al Sistema Financiero Mexicano, a fin de
gestionar la obtención del referido financiamiento en los términos que precisa
el Artículo Primero de este Decreto, o bien con este mismo fin, emita títulos
de deuda pública pagaderos en moneda nacional, hasta por el mismo importe y
conceptos. CONSIDERANDO.- Que el Programa Integral de Pavimentación y Calidad
del Aire (PIPCA) tiene como objetivo el elevar el nivel de vida de los habitantes
de las principales ciudades del Estado, mediante un programa de pavimentación,
con la participación de ellos mismos y de los tres órdenes de gobierno,
abatiendo el rezago de pavimentación existente hasta alcanzar cuando menos el
80% de cobertura, disminuyendo además las emisiones de polvo al medio ambiente
contribuyendo así a mejorar la salud de los bajacalifornianos. CONSIDERANDO.-
Que para financiar la etapa inicial del PIPCA, el 15 de agosto del 2003 el
Gobierno del Estado de Baja California y la Corporación Financiera de América
del Norte, S.A. de C.V celebraron el Contrato de Crédito No. COFIDAN 10-81/03,
para el financiamiento parcial del Programa Integral de Pavimentación y Calidad
del Aire (PIPCA), otorgándose un crédito hasta por la cantidad principal de $
276’200,000.00. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Decimatercera numeral 12 del
Contrato de Crédito mencionado, se establece que el Estado se compromete a
entregar a COFIDAN a más tardar 180 días después del final de cada ejercicio
fiscal, iniciando con el ejercicio fiscal de 2003, una copia de los estados
financieros del ejercicio fiscal anterior, auditados por un Contador Público
Independiente, preparados de conformidad con los Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados en México para Entidades del Sector Público (PCGA) y
firmados por el funcionario autorizado correspondiente. CONSIDERANDO.- Que con
la presente solicitud de modificación presupuestal se verán afectados los
programas, por lo cual la Dirección de Contabilidad agregará una actividad
programática en cuanto a la atención a los Auditores en los meses de octubre
del 2003 a marzo del 2004, a efectos de proporcionar la información necesaria
para el dictamen de los Estados Financieros correspondientes. CONSIDERANDO.-
Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio de solicitud señala que
para cubrir la presente ampliación presupuestal, se propone utilizar recursos
de fuentes propias adicionales a los presupuestados, lo cual consta en la
información financiera generada por la propia Secretaría, misma que se
encuentra en los archivos de la Contaduría Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del
Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, solicitar
autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias,
ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos
autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es
facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la
administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto,
solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su
opinión al respecto la cual fue vertida en términos de procedencia mediante
oficio DRPP/1156/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe
se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y
se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’000,000
(UN MILLON DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo
07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas, para crear la partida
presupuestal 30305 Honorarios por Auditoría. DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los dieciocho días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Y firman los integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto”.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputado, bien que a consideración de la Asamblea el
Dictamen No. 41 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no
habiendo oradores en contra, Diputada Secretaria sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C.
SECRETARIA: Sí, con mucho gusto, solicitamos a nuestros compañeros Diputados se
sirvan manifestar el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por
favor por la derecha.
- Catalino
Zavala, a favor.
- Hidalgo
Silva, a favor.
- Osuna
Aguilasocho, a favor.
- Fidel
Corvera, a favor.
- Ismael
Quintero, a favor.
- Ferreiro,
a favor.
- Salazar
Castro, a favor.
- Ramos
García, a favor.
- Morán
Díaz, a favor.
- Cortez, a
favor.
- Rodríguez
Jacobo, a favor.
- Rueda, a
favor.
- Luévano
Ruiz, a favor.
- Araiza, a
favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por
votar? La votación por la Mesa Directiva.
- Terrazas
Silva, a favor.
- Rosalba
Martín, a favor.
- Avilés, a
favor.
- Suárez, a
favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Se hace constar la presencia del Diputado Juan Terrazas para que
pueda contar su voto, ciudadano Diputado, su voto.
- Terrazas
Silva, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 19 votos a
favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria. Una vez aprobado en lo general y en lo
particular, se declara aprobado el Dictamen No. 41 de la Comisión de
Estudios Hacendarios y Presupuesto, con
19 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, en los términos que fue leído
por el Diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los veintinueve días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 43
de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado Nicolás
Osuna.
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Buenos días, con su venia Diputado
Presidente, compañeras, compañeros. La Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto, les presentamos el Dictamen No. 43. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su análisis,
estudio, dictamen y aprobación en su caso, Iniciativa de Acuerdo Económico,
presentada por el C. Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, integrante del
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), relativa a
que el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja California, solicite
al Ejecutivo del Estado considerar la emisión de un Decreto, para la exención
de los derechos de conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado
sanitario sobre los terrenos destinados o que ocupan las Instituciones de Educación
Pública que imparta el Estado. CONSIDERANDO.- Que en Sesión Ordinaria de Pleno
del Congreso del Estado celebrada el 13 de mayo del año en curso, el C.
Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, de conformidad con lo establecido por
los Artículos 110 fracción III, 114 y 115 fracción I de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo, presentó Iniciativa de Acuerdo Económico que consigna “Que
el Pleno de este Poder Legislativo del Estado de Baja California acuerde enviar
atento oficio al C. Gobernador del Estado, solicitándole tenga a bien
considerar la emisión de un decreto, para la exención en el pago de conexión de
servicios públicos de agua y drenaje a las instituciones de educación pública
que imparta el Estado”. CONSIDERANDO.- Que el pago por la conexión a los sistemas
de agua potable y alcantarillado sanitario encuadran en términos técnicos
legales en las contribuciones por derechos, esto de acuerdo con lo establecido
en el Artículo 157 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que los derechos por los servicios que prestan las Comisiones
Estatales de Servicios Públicos se causan y pagan de conformidad con las tasas,
cuotas y tarifas que se establecen en la Ley de Ingresos del Estado de Baja
California. CONSIDERANDO.- Que de acuerdo a la Ley de Ingresos del Estado de
Baja California para el ejercicio 2003, en su Título Cuarto correspondiente a
Derechos, particularmente en el Artículo 11, Sección I, inciso D, numeral 6,
correspondiente al Municipio de Mexicali, se establece que el pago por Derechos
de Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario que le
corresponden a los terrenos de propiedad gubernamental estarán exentos los
destinados a escuelas; misma situación se contempla en el Municipio de Tijuana
y Playas de Rosarito, según lo indica el mismo Artículo 11, en su Sección III, inciso C, numeral 6.
CONSIDERANDO.- Que en cuanto al Municipio de Ensenada el Artículo 11 mencionado
en el considerando anterior, en su Sección II, inciso D, numeral 5, inciso c)
del mismo numeral, establece que en el caso de las escuelas y universidades
públicas y privadas, la necesidad de abasto de agua e infraestructura, se
determinará considerando 60 litros por alumno-día, agregando al personal
docente, administrativo y de mantenimiento, adicionalmente a esta demanda se
sumará la de instalaciones deportivas y áreas verdes. Así mismo que de
conformidad con los Artículos 21 y 65 del Reglamento de Fraccionamientos del
Estado tratándose de los apartados de este inciso, los dueños de los fraccionamientos,
serán los obligados al pago de los derechos correspondientes para la prestación
de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. CONSIDERANDO.- Que
en cuanto al Municipio de Tecate el Artículo 11 en comento consigna en su
Sección IV, inciso C, numeral 6, que los terrenos de propiedad gubernamental,
sin excepción alguna, realizarán el pago por derechos de conexión a los
sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario; de la misma manera se
indica que tratándose de los apartados de este inciso los dueños de los
fraccionamientos y desarrollos, serán los obligados al pago de los derechos
correspondientes para la prestación de los servicios de agua potable y
alcantarillado sanitario. CONSIDERANDO.-
Que el Gobierno del Estado y el Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos
de Baja California (ISEP) son los obligados a pagar directamente los derechos
de conexión al sistema de agua potable y alcantarillado sanitario, los derechos
por las obras de introducción de redes, así como los derechos por consumo de
agua, sobre los inmuebles destinados a los planteles escolares del sistema
educativo estatal. CONSIDERANDO.- Que la Iniciativa promovida por el C.
Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco, evidentemente tiene una justificación
social destacada, sin embargo es improcedente el fundamento y los términos en
que fue planteada, debido principalmente a que la exención en los Derechos de
Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, en tratándose
de terrenos gubernamentales destinados o que ocupen las instituciones de
educación pública, se encuentra prevista en la Ley de Ingresos del Estado de
Baja California, para el ejercicio fiscal 2003, en el apartado de los Derechos
por los servicios que prestan las Comisiones Estatales de Servicios Públicos de
Mexicali y Tijuana, en tanto que en lo relativo a los servicios que prestan las
Comisiones Estatales de Ensenada y Tecate no se preveen exenciones, toda vez
que los dueños de los fraccionamientos, desarrollos y terrenos, son los
obligados al pago de los derechos correspondientes. CONSIDERANDO.- Que con la
finalidad de que las contribuciones estatales a pagar por el sistema educativo
estatal en los diversos Municipios del Estado se desarrollen en un clima de
igualdad, equidad y proporcionalidad, debe ampliarse este beneficio fiscal a
los derechos que prestan las Comisiones Estatales de Servicios Públicos de
Ensenada y de Tecate, a efecto de darle el mismo tratamiento fiscal en todos
los municipios, por lo cual es viable se promueva Iniciativa que reforma al
Artículo 11, Sección II, inciso D), Punto 5, inciso c), penúltimo párrafo; y
Sección IV, inciso C), punto 6, a efecto de que los terrenos destinados a
instituciones de educación pública se exenten del pago de los Derechos de
Conexión al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. CONSIDERANDO.-
Que es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de
la administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio, la Comisión de Hacienda y Administración, solicitó al
órgano de fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al
respecto, misma que fue vertida en términos de improcedencia mediante oficio
DRE/1143/2003. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los Artículos
55, 61 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de
la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: ÚNICO.- No se aprueba la
Iniciativa de Acuerdo Económico, relativa a solicitar al Ejecutivo del Estado
considerar la emisión de un decreto, para la exención de los derechos de
conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario sobre los
terrenos destinados o que ocupen las instituciones de educación pública que
imparta el Estado. DADO.- En la Sala
de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo,
en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los dieciocho días del mes de
septiembre del dos mil tres”. Es cuanto, Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, bien, queda a
consideración de la Asamblea el Dictamen No. 43, tiene el uso de la voz en
contra de la resolución del Dictamen el Diputado Catalino Zavala.
- EL C. DIP. ZAVALA MARQUEZ: Cuando fue presentada
esta Iniciativa por el Diputado Ferreiro, un servidor simpatizó con la misma y
consideramos que no sólo cubría un aspecto de apoyo a las instituciones
educativas, sino que también permitiría un aspecto de ahorro económico que
pudiese destinarse a mejorar la infraestructura de dichas instituciones y
evitar de alguna manera las llamadas cuotas o aportaciones de los padres de
familia. En ese contexto se … que es facultad del Ejecutivo el establecer los
acuerdos necesarios para exentar del pago en el caso de créditos fiscales de
esta naturaleza. Si bien es cierto que existen en las diversas Leyes de
Ingresos de las Comisiones Estatales en cada uno de los Municipios que
establecen el pago, también es cierto que la legislación fiscal establece las
facultades del Ejecutivo para eximir de dichos pagos bajo estas circunstancias,
más tratándose de recursos que pueden significar apoyo al bolsillo de los
padres de familia o apoyo a los centros educativos. Hay diversos Centros
Educativos en el Estado, cuyo monto de adeudo a las Comisiones de Servicio
Público es impagable, prácticamente. Me parece que no se está abordando este
asunto en el contexto objetivo, con el alcance necesario y solamente se está
dando una vuelta a un problema que tenemos en estos momentos en diversas
escuelas; pero además si el pago de derechos se realiza, hablando de derechos, no
del consumo, por la superficie de los predios, bueno prácticamente esto también
es impagable. Pudiera establecerse seguramente aquí, que existen algunas
partidas para que, a efecto de que el Ejecutivo reembolse dichos pagos a
algunas instituciones o haga estos pagos; pero es un círculo … ver de manera
objetiva este problema y no en términos o en una parte de la formalidad que
establece la normatividad fiscal del Estado, que de ninguna manera estaría
siendo violentada si se aprobase positivamente este acuerdo, o en todo caso
tendríamos que buscar opciones y alternativas para apoyar a los centros
educativos que imparte el propio Estado en Baja California. Por lo tanto, me
parece que en ves de votar en contra de este Dictamen, valdría la pena
revisarlo, regresarlo para efectos de estudiarlo en sus justos términos. Por lo
tanto, yo pediría el voto en contra del Dictamen para efecto de que se regrese
a Comisiones y pudiese hacerse la revisión adecuada.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, Diputado
Rosales.
- EL C. DIP. ROSALES HERNANDEZ: Gracias Presidente. En
muchas de las ocasiones hemos tocado nosotros aquí temas relacionados con las
eximiciones de pago a muchas instituciones públicas, pero coincido con el
Diputado Catalino Zavala en el sentido de que muchas veces no tomamos con
objetividad esos temas; pero quiero decir que a ustedes les acuerdo que este
tipo de temas, precisamente por esa falta de objetividad siempre vengan a
redundar en presentar en esta, en este Pleno la exención o la eximición de
pagos de quienes tienen esos adeudos con la dependencia encargada pues de esos
servicios. Muchas de las veces encontramos que son los propios padres de
familia los que aceptan y promueven no nada más situaciones del cobro de cuotas
como ya lo hemos establecido aquí muchas veces, donde decimos que no se deben
de cobrar, muchas veces los padres de familia propician ese tipo de cobros y
muchas veces también los padres de familia se prestan para que no nada más sea
en el, en esos servicios donde se autorice un incremento o recibir alguna
cantidad de recursos, nos encontramos muchas de las veces que los padres de
familia, inclusive en los propios uniformes están aceptando que, muchos
Directores, muchos maestros pidan unas cantidades de recursos para hacerse
provecho supuestamente de las propias instituciones y los edificios de las
escuelas. Yo considero que estos temas no deben de ir dirigidos, nada más venir
a presentar y tomarlos como banderas y decir, vamos a pedirle al Gobernador que
no se les cobre, estoy de acuerdo con el Diputado Catalino de que seamos más
objetivos y que busquemos unas formas de cómo buscar el sí cumplimiento de las
obligaciones y no nomás de esas Instituciones, de las propias entidades
públicas que cumplan como cada ciudadano que sí cumplen en sus pagos de sus
servicios, lo hagan también los mismos; muchas gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Diputado Ferreiro, tiene el uso de
la voz.
- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO: Con su permiso señor
Presidente. El objetivo y finalidad que persigue esta, este punto de acuerdo es
este, viendo el gran problema que tienen todas las escuelas públicas del
Estado, para darle mantenimiento a sus instalaciones cuando uno va como
ciudadano, como Diputado va y los visita a la escuela si ve el gran problema
que tienen para, pues para arreglar sus baños, para arreglar sus bibliotecas,
para hacer una pequeña entradita que, techada, este, vemos que tienen problemas
muy serios para eso, para arreglar, les falta recursos. Hay escuelas que están
ubicadas en colonias pudientes, que están, sobre todo las que están en los
centros de las Ciudades son colonias, hay gente que puede pagar; pero la gran
mayoría, hay un problema muy serio para el, para el mantenimiento, buscar en el
presupuesto del Estado como lo hemos hecho a veces, buscar en el presupuesto
del Estado recursos para poder darles a las escuelas para su mantenimiento,
pues es difícil, no es fácil, porque se tendría que, se ocupa un gran acuerdo
para lograr esto, este, pero el problema lo vemos diario los Diputados cuando
vamos a las escuelas, ustedes ven la gran necesidades, la solicitud de que para
reparar una puerta, que para comprar material deportivo, ahorita están
solicitando para hacer el, para sus clases de educación física que son
inversiones de 8, 9 mil pesos, no las pueden hacer, traen problemas muy serios.
Entonces, el planteamiento, el objetivo, a la mejor no fue planteado viene en
su esencia, el planteamiento es de cómo liberarles a las escuelas, cómo
liberarles a la Secretaría de Educación Pública recursos para que los pueda
invertir en las escuelas, cómo lograr liberarles recursos, una forma, una forma
era esa, aquí en el punto de acuerdo que viene redactado dice, en el punto de
acuerdo que este, que en Tijuana, en Mexicali y en Rosarito sí están exentas
las escuelas para la contratación de los servicios y que en Tecate y Ensenada
no, este planteamiento se hizo así porque de hecho en Tecate hay un
planteamiento de una escuela que todavía no se le conecta, que le están
cobrando 70 mil pesos por conectarle el servicio de agua y drenaje y que no, y
que está en un fraccionamiento autorizado, ¿verdad? aunque aquí dice que es
obligación de los fraccionadores conectarle, pero hay una gran cantidad de
escuelas que se construyen en fraccionamientos populares donde no hay este,
irregulares que todavía siguen creciendo en los fraccionamientos irregulares.
Entonces, yo le pediría al Pleno si fuera voluntad de todos los Diputados aquí
presentes, que regresáramos este asunto este, a la Comisión para darle una, una
estudiada con profundidad y poderle dar una solución a esto, dado que es un
problema que tenemos este, que yo sé que afecta a las compañías de agua, porque
es un recurso, pero las compañías de agua yo sé que están trabajando con mucha
eficiencia y pueden hacer un gran esfuerzo por apoyar como cualquier empresa
privada, apoyamos a escuelas con la eficiencia de nuestros recursos, yo creo
que también las empresas de gobierno
pueden hacer un esfuerzo por apoyar a las escuelas de nuestro Estado, ¿no?
Entonces, yo le pediría al Pleno señor Presidente que se regresara este asunto
a la Comisión para poder estudiarlo y si hubiera que presentar alguna
modificación, alguna Ley o Reglamento
que aquí se expone por la Comisión, este, lo pudiéramos presentar en este mismo
acuerdo; muchas gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado Ferreiro, ¿así lo
establece la Comisión, regresarlo a Comisiones Diputado Cortez? ¿Me permiten
ciudadanos Diputados? El Presidente hace una pregunta al Diputado Cortez,
¿entonces no? bien, tiene el uso de la voz el Diputado Arturo Alvarado, a favor
del Dictamen.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ: Con el permiso de la
Mesa Directiva. Yo voy a hablar a favor del Dictamen y exclusivamente de lo que
trata el Dictamen, nada más, sin meternos con consumo, con uniformes o con cuotas
o con otras cosas que se han comentado aquí. La solicitud que presentó el
Diputado Ferreiro dice específicamente que, solicita que el Pleno de este Poder
Legislativo del Estado acuerde enviar atento oficio al ciudadano Gobernador,
solicitándole tenga a bien considerar la emisión de un Decreto para la exención
en el pago de conexión de servicios públicos de agua y drenaje. Exclusivamente
la exención para la conexión, nada más, y si leyeron el Dictamen que les fue
entregado hace ya algunos días, pues ahí viene muy claro los considerandos, la
Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2003, que es la que está vigente, en lo
que corresponde a Mexicali, a Tijuana y a Rosarito ya lo contempla, contempla
la exención, no tenemos porqué autorizar algo que ya está en la Ley de
Ingresos. Y en el caso de Ensenada y de Tecate, la Ley de Ingresos contempla
que el fraccionador que está creando un fraccionamiento nuevo, cuando done el
terreno para, que por obligación tiene que hacerlo para escuela, él va a pagar
el costo de la conexión del agua, entonces no podemos, no tenemos porqué
autorizar otra cosa. Si ahorita existe alguna escuela que tenga un problema,
una escuela que ya esté funcionando, que tenga un problema porque no ha pagado
su derecho de conexión, vamos a autorizarle en el presupuesto de egreso que
viene una partida para que paguen esa cantidad y salgan de ese problema; pero
no tenemos porqué enredar las cosas ni meternos con otras situaciones cuando la
Ley ya lo contempla y lo contempla muy claro, es así de sencillo, no tenemos
porqué enredarnos en este asunto de las conexiones, efectivamente las escuelas
tienen muchas carencias; pero este punto de acuerdo está pidiendo la exención
de la conexión y ya existe, entonces no tenemos porqué, porqué irnos con la
finta y tratar de rechazar un Dictamen, está bien fundamentada la opinión de la
Contaduría, está bien fundamentado el acuerdo que, el dictamen que emitió la
Comisión. Entonces, yo pido a mis compañeros que sí se vote y se rechace,
porque, insisto, ya existe en la Ley; muchas gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias Diputado, adelante
Diputado Ferreiro. ¿Va en contra o a favor? Diputado.
- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO: Nada más una pequeña
aclaración, este, tan sólo en Tecate ha de haber como unas cuatro o cinco
escuelas en formación que están en colonias irregulares, o sea el caso, cuando
el fraccionamiento, cuando al fraccionador se le obliga pues se le conecta;
pero a las escuelas que están en colonias irregulares pues, o sea hay que
ayudarles a que se conecten, a la mejor está mal planteado el, por eso yo pido
que se devuelva a Comisiones para darle una revisada, para ayudarles, porque
este, ahorita puede haber dos o tres escuelas, pero en todas partes hay
colonias irregulares, en Tijuana hay un montón de colonias o no sé si ya van
tan adelantes o, ¿verdad? en Mexicali, en todo el Estado hay problemas.
Entonces, yo les pediría que mejor lo analizáramos bien, a la mejor el
planteamiento se presta a confusión, ¿verdad?
- EL C. PRESIDENTE: Bien, esta Presidencia considera
suficientemente discutido el tema en relación a este Dictamen, ya se agotó el
número de oradores que marca la propia Ley…
- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: (Desde su curul) Voy a
solicitar…
- EL C. PRESIDENTE: Adelante Diputado.
- EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso Diputado
Presidente. Unicamente exhortar a los compañeros para respaldar la petición del
promovente de esta Iniciativa, para que se regrese a Comisión y ya en Comisión
se le pueda hacer ahí la modificación a este, a esta solicitud o punto de acuerdo,
más bien para que se homologuen los Municipios de Ensenada y de Tecate a la
misma, al mismo derecho que tienen los Municipios de Mexicali, de Rosarito y de
Tijuana. Entonces, ahí en Comisión se le pudiera hacer esa modificación para
que ya posteriormente se vuelva a presentar el Dictamen; es cuanto, Diputado
Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, Diputada Secretaria una vez
agotada la participación y dándole el uso de la voz al Presidente de la
Comisión como lo marca la Ley Orgánica, le solicito someter a votación el
Dictamen No. 43, de acuerdo como fue leído por el Diputado Nicolás Osuna
Aguilasocho, adelante Diputada.
- LA C. SECRETARIA: Sí con gusto Diputado Presidente,
solicito a mis compañeros Diputados manifiesten el sentido de su votación, haciéndolo
de manera nominal, comenzando por la derecha por favor.
- Catalino
Zavala, en contra.
- Hidalgo
Silva, en contra.
- Osuna
Aguilasocho, en contra del Dictamen, y con la observación…
- EL C.
PRESIDENTE: Se tiene que votar el procedimiento, no lo retiró…
- LA C.
SECRETARIA: Es a favor de que se regrese…
- EL C.
PRESIDENTE: Bien compañeros Diputados, estamos en el desahogo de una votación,
vamos a concluir el procedimiento…
- LA C.
SECRETARIA: Pero ya están hablando que, ¿qué se regrese? ¿Es a favor de que se
regrese?…
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, ciudadanos Diputados estamos en el desahogo de una votación,
vamos a concluir el procedimiento de votación.
- LA C.
SECRETARIA: Lo que pasa es que hay una confusión Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: El Dictamen No. 43 si se vota en contra ciudadanos, entonces podrán
solicitar que se regrese a Comisión, de acuerdo al procedimiento de la Ley,
adelante por favor.
- Ismael
Quintero, en contra.
- Fidel
Corvera, en contra.
- Ferreiro,
en contra.
- Salazar
Castro, en contra.
- Ramos
García, en contra.
- Ruiz
Uribe, en contra.
- Morán
Díaz, a favor del Dictamen, que se regrese a Comisiones.
- Cortez, a
favor del Dictamen, que se regrese a Comisiones.
- Rueda, a
favor.
- Jesús
Rosales, a favor.
- Luévano
Ruiz, a favor.
- Araiza
Antonio, a favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- Paniagua,
a favor.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por
votar? La votación por la Mesa Directiva.
- Terrazas
Silva, a favor.
- Rosalba
Martín, en contra.
- Avilés,
abstención.
- Suárez,
en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Sí Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 9 votos
a favor, 10 votos en contra y una abstención.
- EL C.
PRESIDENTE: 9 votos a favor, 10 en contra, 1 abstención, se pregunta al
Presidente de la Comisión si quiere regresar el Dictamen a la misma. Bien, este
Dictamen es regresado a la Comisión y
hay que votarlo, gracias Diputado Arturo Alvarado, Diputada Secretaria
sírvase levantar la votación correspondiente de manera nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Sí, solicito a mis compañeros Diputados que manifiesten el sentido
de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.
- Catalino
Zavala, a favor.
- Hidalgo
Silva, a favor.
- Osuna
Aguilasocho, a favor.
- Ismael
Quintero, a favor.
- Fidel
Corvera, a favor.
- Ferreiro,
a favor.
- Salazar
Castro, a favor.
- Ramos
García, a favor.
- Morán
Díaz, a favor.
- Cortez, a
favor.
-
Rodríguez, a favor.
- Rueda, a
favor.
- Jesús
Rosales, a favor.
- Luévano
Ruiz, a favor.
- Araiza
Antonio, a favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- Paniagua,
a favor.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte por
votar? La votación por la Mesa Directiva.
- Terrazas
Silva, a favor.
- Rosalba
Martín, a favor.
- Avilés, a
favor.
- Suárez, a
favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de 21 votos a
favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo
particular, se regresa a Comisión el Dictamen No. 43 de la Comisión de Estudios
Hacendarios y Presupuesto, en los términos que fue leído por varios Diputados,
pronunciados por el Presidente de la Comisión para su nuevo estudio, con 21
votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Tiene el uso de la voz para el
Dictamen 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, el Diputado
Nicolás Osuna.
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO: Gracias Diputado Presidente, compañeras,
compañeros. Honorable Asamblea: La Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto les presenta el Dictamen No. 44. “Recibió esta Comisión para su
estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1322 recibido en
el Congreso del Estado el día 29 de agosto del 2003, por medio del cual el C.
Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita
autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de
Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $
4’226,237 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE
PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la
Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de
Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue
aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el
23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado de
Baja California el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la
presente solicitud de modificación presupuestal se pretende ampliar los
recursos a la partida presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y
Ejecutores por $ 4’226,237, del Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y
Finanzas, afectándose los Códigos Programáticos 07-10-721, 07-10-722,
07-10-723, 07-10-724 y 07-10-729.CONSIDERANDO.-
Que el catálogo de partidas del Gobierno del Estado consigna que la partida
presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores, se afecta por
las participaciones recibidas por los notificadores y ejecutores, en relación
directa de las notificaciones y ejecuciones llevadas a cabo mediante un acuerdo
celebrado para el pago de las mismas. CONSIDERANDO.-
Que el 28 de agosto del 2003 el Director de Ingresos del Estado remitió oficio
sin número a la Secretaría de Planeación y Finanzas, mediante el cual informa
que la partida 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores, se encuentra
agotada a dicha fecha, por tal virtud, se requiere apoyo, para cubrir los gastos
de ejecución del período comprendido de octubre a diciembre del presente año.
CONSIDERANDO.- Que la Dirección de Ingresos del Estado estima recaudar recursos
por gastos de ejecución sobre impuestos estatales por un monto de $ 6’292,065,
considerando que éstos serán a través de Verificación Fiscal Vehicular
(Derechos y Tenencia) $
2’374,560, Impuesto sobre Nóminas $ 3’653,505 y Servicio a Domicilio $ 264,000. CONSIDERANDO.- Que los
gastos de ejecución que se pretenden cubrir, se derivan de la aplicación del
Procedimiento Administrativo de Ejecución de conformidad a los Artículos 14 y
144 del Código Fiscal del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que los
gastos de ejecución que se cubren tanto a notificadores como a verificadores
vehiculares, son por los importes siguientes: a los Notificadores por Impuesto
Estatal $ 130.95, a los Notificadores por Impuesto Federal $ 234.00, a los
Verificadores por Tenencia $ 234.00 y a los Notificadores de Derechos de
Control Vehicular $ 87.30. CONSIDERANDO.-
Que los gastos de ejecución antes de ser pagados a los ejecutores son
recaudados e ingresados por medio de la Recaudación de Rentas del Estado,
registrados contable y presupuestalmente como Aprovechamientos a través del
inciso 406 Gastos de Ejecución e Intervención, obteniéndose al 31 de agosto del
2003 ingresos por estos conceptos por la cantidad de $ 10’681,763. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su oficio
de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación presupuestal, se
propone emplear recursos provenientes de los honorarios recaudados por los
notificadores de requerimientos para el cumplimiento de las obligaciones
fiscales por concepto de Impuestos y Derechos Estatales. CONSIDERANDO.- Que los recursos con los que
se cubrirá la ampliación a la partida presupuestal 11018 Participaciones a
Notificadores y Ejecutores están condicionados a que las personas físicas y
morales cubran los créditos fiscales requeridos por la autoridad a través del
Procedimiento Administrativo de Ejecución, por lo que la partida 11018 se
ejerce en relación directa al inciso de ingresos 406. CONSIDERANDO.-
Que es obligación del Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de
Planeación y Finanzas del Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado
para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas
al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de
ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo
43, fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del
Titular del Ejecutivo del Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y
Decretos que redunden en beneficio del pueblo y velar por la conservación del
orden, tranquilidad y seguridad del Estado, según se establece en el Artículo
49, fracciones II y III de la Constitución Política del Estado de Baja
California. CONSIDERANDO.- Que es
facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la
administración que son competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto,
solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su
opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante
oficio DRPP/1189/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe
se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al
Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal
del 2003, por la cantidad de $ 4’226,237 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS
MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto
asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas en la partida
presupuestal 11018 Participaciones a Notificadores y Ejecutores. DADO.- En la
Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder
Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días
del mes de septiembre del año dos mil tres. Firman los integrantes de la
Comisión”. Es cuanto, Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen
No. 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo
oradores en contra, Diputado Secretario sírvase levantar la votación
correspondiente.
- EL C.
PROSECRETARIO: Empezamos la votación, por el lado derecho, si están de acuerdo
en el Dictamen No. 44.
- Hidalgo
Silva, a favor.
- Osuna Aguilasocho,
a favor.
- Ismael
Quintero, a favor.
- Fidel
Corvera, a favor.
- Ferreiro,
a favor.
- Morán
Díaz, a favor.
- Cortez, a
favor.
- Rodríguez
Jacobo, a favor.
- Rueda, a
favor.
- Jesús
Rosales, a favor.
- Luévano
Ruiz, a favor.
- Araiza
Antonio, a favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- Paniagua,
a favor.
- EL C.
PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar?
- Ramos
García, a favor.
- EL C.
PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar?
- Salazar
Castro, a favor.
- EL C.
PROSECRETARIO: Por la Mesa Directiva.
- Terrazas
Silva, a favor.
- Rosalba
Martín, a favor.
- Suárez, a
favor.
- EL C.
PROSECRETARIO: Bien Diputado Presidente, la votación es la siguiente, 19 votos
a favor, 0 en contra, 0 abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y en lo
particular, con 19 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones, se declara
aprobado el Dictamen No. 44 de la Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Nicolás Osuna
Aguilasocho. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del
Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura, a los 29 días del mes de septiembre del año 2003. Tiene el uso de
la voz para el Dictamen 45 de la Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto, el Diputado Francisco Rueda Gómez.
- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias Diputado Presidente, a nombre de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, me voy a permitir darle lectura
al Dictamen No. 45, relativo a transferencia de partidas presupuestales del
Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California. Compañeras, compañeros
legisladores. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su estudio,
análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1339 recibido en el
Congreso del Estado el día 2 de septiembre del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King, Secretario de
Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar transferencia de
partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 3’000,000
(TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al
Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que el
Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal
del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria
celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial
del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que se transferirán
recursos a la partida presupuestal 30104 Servicio de Agua Potable por $
3’000,000 de las partidas 20102 Material de Limpieza por $ 500,000, 20702
Material de Seguridad Pública por $ 1’500,000 y 30703 Traslado de Personas por
$ 1’000,000 del Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública, bajo el código
programático 21-20-574. CONSIDERANDO.- Que el 21 de mayo del 2003 la Secretaría
de Seguridad Pública mediante oficio sin número solicitó a la Secretaría de
Planeación y Finanzas, transferencia de recursos por un monto de $ 3’000,000,
para cubrir los gastos de Derechos de Conexión de Servicio de Agua Potable del
CERESO del Hongo, los cuales se adeudan a la Comisión Estatal de Servicios Públicos
de Tecate. CONSIDERANDO.- Que el 20 de mayo del 2003 el Administrador General
de Centros, mediante oficio AG/103/03 solicitó al Director Administrativo de la
Secretaría de Seguridad Pública, se realicen los movimientos presupuestales
correspondientes para el pago de Derechos de Conexión del CERESO del Hongo por
la cantidad de $ 3’000,000, lo cual se adeuda a la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Tecate, con una reducción a las partidas presupuestales
20102 Material de Limpieza por
$ 500,000, 20702 Material de Seguridad Pública por $ 1’000,000 y 30703
Traslado de Personas por $ 1’000,000. CONSIDERANDO.- Que según
reporte de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate el CERESO del
Hongo tiene un adeudo por Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario al mes de agosto del 2003 por la cantidad de $ 5’920,852, de los cuales
corresponden $ 3’847,797 a Derechos de Conexión al Sistema de Agua Potable. CONSIDERANDO.-
Que el adeudo por $ 3’847,797 se obtuvo de multiplicar las superficies que
ocupa el Centro de Readaptación Social El Hongo, 24,898.30 m² de la Sección
Mujeres, 37,391.70 m² del Estacionamiento y los 153,878.37 m² de la Zona de
Restricción, que suman un total de 216,168.37 m² por la cuota de $ 17.80,
establecida en el Artículo 11, Sección IV Municipio de Tecate, inciso c)
numeral 6 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio
fiscal 2003. CONSIDERANDO.- Que en relación a las partidas presupuestales que
se pretenden reducir, funcionarios de la Secretaría de Planeación y Finanzas
informaron que no se afectan las metas programadas en virtud de ser partidas de
gasto corriente no consideradas como prioritarias e indispensables para cumplir
con dicho fin. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del
Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado,
solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias,
ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos
autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso
del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que sean
competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se
establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado
de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión
de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización
denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto la que fue
vertida en términos de procedencia mediante oficio DRPP/1199/2003. Por lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas
presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el
ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 3’000,000 (TRES MILLONES DE
PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la
Secretaría de Seguridad Pública en las partidas presupuestales siguientes:
|
PARTIDA
|
|
AMPLIACION
|
REDUCCION
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|
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|
|
|
|
30104
|
Servicio de Agua Potable
|
$3’000,000
|
$
1
|
|
20102
|
Material de Limpieza
|
|
500,000
|
|
20702
|
Material de Seguridad Pública
|
|
1’500,000
|
|
30703
|
Traslado de Personas
|
|
1’000,000
|
|
|
|
___________
|
___________
|
|
|
|
$3’000,000
|
$ 3’000,000
|
DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Y firmamos los integrantes de la Comisión de Estudios Hacendarios
y Presupuesto”. Hasta aquí el Dictamen No. 45, el cual se solicita de la manera
más atenta se someta a consideración; gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
Diputado, queda a consideración de la Asamblea el Dictamen No. 45 de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra,
Diputado Secretario sírvase levantar la votación correspondiente.
- EL C.
PROSECRETARIO: Claro que sí, se pone a consideración para votación el Dictamen
No. 45 de la Comisión de Estudios Hacendarios, iniciando por el lado derecho,
Diputado Catalino Zavala.
- Zavala, a
favor.
- Hidalgo
Silva, a favor.
- Osuna
Aguilasocho, a favor.
- Ismael
Quintero, a favor.
- Fidel
Corvera, a favor.
- Ferreiro,
a favor.
- Ramos
García, a favor.
- Ruiz
Uribe, abstención.
- Morán
Díaz, a favor.
- Jesús
Rosales, a favor.
- Cortez, a
favor.
- Rodríguez
Jacobo, a favor.
- Rueda, a
favor.
- Luévano
Ruiz, a favor.
- Arturo
Alvarado, a favor.
- Paniagua,
a favor.
- EL C.
PROSECRETARIO: ¿Algún Diputado que falte por votar? ¿Algún Diputado que falte
por votar? Por la Mesa Directiva.
- Terrazas
Silva, a favor.
- Rosalba
Martín, abstención.
- Suárez, a
favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Ruiz Uribe, abstención.
- EL C.
PROSECRETARIO: No, a favor.
- EL C.
PRESIDENTE: No, fue abstención, no, la otra. Diputado Uribe, verificando su
voto, ¿fue abstención?
- EL C.
DIP. RUIZ URIBE: (Desde su curul) Sí.
- EL C.
PROSECRETARIO: Bien Diputado Presidente, la votación es la siguiente, 17 votos
a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias Diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y en lo
particular, se declara aprobado el Dictamen No. 45, con 17 votos a favor, 0 en
contra, 2 abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Francisco
Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del Honorable
Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del
Estado de Baja California, a los 29 días del mes de septiembre del año 2003.
Tiene el uso de la voz para el Dictamen No. 46, el Diputado Francisco Rueda
Gómez.
- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias Diputado Presidente, a
nombre de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, me voy a permitir
darle lectura al Dictamen No. 46 relativo a la ampliación de Presupuesto de
Egresos del Poder Judicial para el ejercicio fiscal del 2003. Compañeras y
compañeros Legisladores. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión para su
estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio DDP-192/2003
recibido en el Congreso del Estado el día 25 de julio del 2003, por medio del
cual el C. Lic. Mgdo. José Palomino Castrejón, Presidente del Tribunal Superior
de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California,
solicita autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del
Poder Judicial, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $
19’500,000 (DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).
CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para
el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado
en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el
Periódico Oficial del Estado de Baja California el 31 de diciembre del mismo
año. CONSIDERANDO.- Que en el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California para el ejercicio fiscal del 2003 se incluye el Ramo 02
correspondiente al Poder Judicial que fue autorizado por $ 303’367,000
registrado en el código programático 02-02-42020. CONSIDERANDO.- Que con la
presente solicitud de ampliación presupuestal se pretende incrementar el monto
de las partidas presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza
por $ 3,017,641, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $
13,317,720, 10205 Prima Vacacional al Personal de Confianza por $ 62,911, 10206
Gratificación de Fin de Año al Personal de Confianza por $ 524,363, 10216
Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 209,683, 10232 Cuotas
ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 300,510, 20101 Materiales y Utiles
para Administración por $ 50,705, 20301 Materiales de Construcción por $
131,947, 20302 Material Eléctrico por $ 26,156, 20307 Herramientas Menores por
$ 6,156, 20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 37,400,
20501 Combustibles por $ 31,038, 20801 Gastos Menores por $ 29,418, 30102
Servicio Telefónico por $ 62,445, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales
por $ 121,000, 30206 Otros Arrendamientos por $ 179,099, 30408 Servicios de
Vigilancia y Monitoreo por $ 3,300, 30415 Patentes, Regalías, Licencias de Uso y
Otros por $ 100,000, 51101 Adquisición de Computadoras por $ 715,065, 51106
Adquisición de Impresor Matricial por $ 66,132, 51108 Equipo de Cómputo Diverso
por $ 48,899, 53101 Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 342,712, 53102
Equipo de Oficina por $ 20,900, 53501 Equipo de Telecomunicación y Telefonía
por $ 8,800, 54501 Maquinaria y Equipo Eléctrico por $ 66,000, 54901 Maquinaria y Equipo Diverso
por $ 20,000, las cuales suman un importe de $ 19’500,000. CONSIDERANDO.- Que
la ampliación presupuestal que nos ocupa es con el fin de llevar a cabo la
apertura de los Juzgados Tercero Familiar de Mexicali, Tercero Penal de
Ensenada, Tercero Familiar de Tijuana y Segundo de Paz Civil de Mexicali, así
como para cubrir el aumento en la compensación de los Jueces del Poder Judicial
del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que el Presidente del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado mediante oficios
DDP-015/2002, DDP-057/2003 y 0282/03 de fechas 20 de enero del 2003, 26 de enero
del 2003 y 16 de mayo del 2003, respectivamente, remitidos al Secretario de
Planeación y Finanzas, solicitó dictamen sobre la factibilidad financiera de la
ampliación presupuestal por la cantidad de $ 19’500,000, en cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 43, fracción II, último párrafo. CONSIDERANDO.- Que la
Secretaría de Planeación y Finanzas en respuesta a las solicitudes a que se
hace referencia en el Considerando anterior, informó al Magistrado Presidente
del Tribunal Superior de Justicia del Estado mediante oficio número 1032 de
fecha 11 de julio del 2003, que una vez analizada la solicitud de ampliación
presupuestal por $ 19’500,000 a la luz de la proyección de ingresos al cierre
del ejercicio fiscal 2003, en opinión de dicha Secretaría, sí es financieramente
viable la propuesta de ampliación que solicita. CONSIDERANDO.- Que la
ampliación presupuestal materia de análisis fue autorizada por el Pleno del
Consejo de la Judicatura del Estado, lo cual se asienta en el Acuerdo 4.01 del
Acta de Sesión de Pleno celebrada el 17 de julio del 2003. CONSIDERANDO.- Que
el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura
del Estado, mediante oficio DDP-130/2003 del 30 de mayo del 2003 informó a la
Secretaría de Planeación y Finanzas que los recursos adicionales acordados por
un monto de $ 19’500,000 que serán entregados durante el presente ejercicio
fiscal serán aplicados para la dignificación de las percepciones de los Jueces
en el Estado, toda vez que en el año 2002 un juez tenía una percepción total
mensual de $ 38,840 y que a partir del mes de enero del presente año se les
incrementó la percepción en $ 11,160 resultando un sueldo mensual integrado de
$ 50,000, quedando con esto pendiente la dignificación de sueldos de los
Secretarios Actuarios, Secretarios de Acuerdo y Secretarios de Estudio y
Cuenta, con el fin de evitar que personal altamente calificado por la
experiencia adquirida, emigre a otras instancias, como ocurre frecuentemente
hacia órganos de impartición de justicia federales, por la gran discrepancia de
salarios, asimismo estos recursos adicionales por $ 19’500,000, también
incluyen la apertura de cuatro juzgados: Juzgado Tercero Penal en Ensenada,
Juzgado Tercero de lo Familiar en Mexicali, Juzgado Tercero Familiar en Tijuana
y Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali. CONSIDERANDO.- Que la apertura del
Juzgado Tercero Penal de Ensenada es necesario debido a que en el Partido
Judicial de Ensenada se cuenta actualmente con dos juzgados en materia penal
siendo indispensable esta apertura, toda vez que en el 2000 se radicaron un
total de 2,034 asuntos y en el 2002 según datos estadísticos al 31 de diciembre
se recibieron 2,656 asuntos, esto es 622 juicios adicionales que representa un
incremento del 31% en relación al ejercicio del 2000. CONSIDERANDO.- Que la
apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Mexicali y Tercero de lo
Familiar en Tijuana, son necesarios debido a que la carga de trabajo que se
tiene es excesiva para poder satisfacer eficientemente la demanda social, ya
que en las ciudades de Mexicali y Tijuana al 31 de diciembre del 2002 se
atendieron en promedio un total de 1,567 y 2,338 asuntos, respectivamente.
CONSIDERANDO.- Que el Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali es necesario
debido a que en Mexicali existe un solo Juzgado de Paz Civil y de acuerdo a la
estadística del 2002 se radicaron 4,483 inicios, los cuales representan una
gran carga de trabajo lo que impide que la impartición de justicia sea pronta y
expedita. CONSIDERANDO.- Que con la ampliación a las partidas presupuestales
10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 3’017,641, 10202
Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $ 13’317,720, 10205 Prima
Vacacional al Personal de Confianza por $ 62,911, 10206 Gratificación de Fin de
Año al Personal de Confianza por $ 524,363, 10216 Prestaciones Sociales al
Personal de Confianza por $ 209,683 y 10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de
Confianza por $ 300,510, que suman la cantidad de $ 17’432,828, se cubrirá la
contratación de 78 plazas de personal para los cuatro nuevos juzgados, lo cual
representa un costo de $ 9’115,346, así como para cubrir el incremento en la
compensación de 48 jueces correspondientes a los 48 Juzgados que han venido
operando hasta antes de la apertura de los nuevos Juzgados, lo cual representa
un costo de $ 8’317,483. CONSIDERANDO.- Que con el monto de $ 9’115,346 para
cubrir la contratación de las 78 plazas, se cubrirá el sueldo de 36 plazas de
personal las cuales fueron contratadas durante el mes de marzo del 2003 debido
a la apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Mexicali y Tercero
Penal en Ensenada lo cual representa un costo de $ 5’793,822, siendo la
distribución de las plazas en el Juzgado Tercero Penal de Ensenada: 11
Auxiliares Administrativos, 2 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos
y 1 Juez de Primera Instancia y en el Juzgado Tercero de lo Familiar en
Mexicali: 10 Auxiliares Administrativos, 3 Secretarios Actuarios, 4 Secretarios
de Acuerdos y 1 Juez de Primera Instancia; asimismo se proyecta cubrir la
contratación de 42 plazas las cuales representan un monto de $ 3’321,524 por la
apertura de los Juzgados Tercero de lo Familiar en Tijuana y el Segundo de Paz
Civil en Mexicali , siendo la distribución de las plazas en el Juzgado Tercero
de lo Familiar en Tijuana: 12 Auxiliares Administrativos, 4 Secretarios
Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Primera Instancia y en el
Juzgado Segundo de Paz Civil en Mexicali: 10 Auxiliares Administrativos, 6
Secretarios Actuarios, 4 Secretarios de Acuerdos y 1 Juez de Paz.
CONSIDERANDO.- Que el monto solicitado para cubrir la contratación de las 78
plazas por $ 9’115,346 se ajustó a la baja en
$ 369,255 para quedar en $ 8’746,092, toda vez que la apertura de los
Juzgados Tercero de lo Familiar en Tijuana y el Segundo de Paz Civil en
Mexicali estaba proyectada para el mes de agosto, cambiándose la fecha de
apertura para el mes de septiembre. CONSIDERANDO.- Que en relación al
considerando anterior y en virtud del ajuste realizado por $ 369,255 el monto
de la solicitud de modificación por $ 19’500,000 se ajusta a la baja para
quedar en $ $ 19’130,745. CONSIDERANDO.- Que el monto solicitado en la partida
presupuestal 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $
13’317,720 se integra por el incremento a la compensación de los 48 jueces lo
cual representa un costo anual de $ 8’317,483 y la diferencia de $ 5’000,237
corresponde a la compensación para el personal contratado y pendiente de
contratar dada la apertura de los cuatro nuevos juzgados. CONSIDERANDO.- Que el
incremento salarial a los 48 jueces ya existentes representa un costo de $
8’317,483, dicho incremento se comenzó a cubrir a partir del mes de enero del
presente año, conformándose estos por 45 Jueces de Primera Instancia y 3 Jueces
de Paz Civil. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30201 Arrendamiento de
Edificios y Locales se ampliará por $ 121,000, con el fin de cubrir el
arrendamiento del inmueble donde se localiza el Juzgado Tercero Penal de
Ensenada, de conformidad con el Contrato de Arrendamiento de Inmueble celebrado
el 19 de febrero del 2003 por el Poder Judicial y la empresa Calderas
California, S. de R. L. de C. V. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal
30206 Otros Arrendamientos se ampliará por $ 179,099, toda vez que no cuenta
con suficiente saldo en la partida para cubrir el pago por la prestación del
servicio proporcionado por la empresa KM DIGITAL, S.A. DE C.V. para lo que
resta del presente ejercicio fiscal, por concepto de arrendamiento de máquinas
fotocopiadoras. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 51101
Adquisición de Computadoras por $ 715,065, toda vez que en el mes de marzo se
adquirió equipo de cómputo con un costo de $ 235,505, el cual se asignó a los
Juzgados Tercero Penal Ensenada y Tercero Familiar Mexicali, así como también
se proyecta la adquisición de equipo de cómputo diverso por un monto de $
405,772 que se asignarán en el Juzgado Tercero Familiar Tijuana por un monto de
$ 240,759 y en el Juzgado paz Civil Mexicali por un monto de $ 165,013.
CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 53101 Mobiliario e
Implementos de Oficina por $ 342,712, toda vez que durante los meses de marzo y
abril se adquirió mobiliario y equipo para los Juzgados Tercero Penal Ensenada
y Tercero Familiar Mexicali por un monto de $ 82,578 y $ 88,778
respectivamente, así como también se proyecta la adquisición de mobiliario y
equipo por un monto de $ 260,229 que se asignarán en el Juzgado Tercero
Familiar Tijuana por $ 131,754 y en el Juzgado de Paz Civil Mexicali por $
128,475, erogaciones que en total ascienden a $ 431,585, resultando un faltante
de 88,873, que será cubierto con reservas que se tienen en la partida
presupuestal. CONSIDERANDO.- Que en relación con el aumento de las percepciones
de los C.C. Jueces las metas de los programas no se verán modificadas, y en el
caso de la apertura de los nuevos juzgados del Poder Judicial y en virtud de la
dificultad de fijar metas al área jurisdiccional se estarán registrando y notificando
las cargas de trabajo de los juzgados. CONSIDERANDO.- Que la presente solicitud
de modificación presupuestal se cubrirá con ingresos de fuentes propias
adicionales a los presupuestados correspondientes al Poder Ejecutivo, lo cual
no implica endeudamiento alguno para el Estado. CONSIDERANDO.- Que el Poder
Judicial ejerció recursos por $ 8’038,073 en las partidas presupuestales 10201
Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $ 1,009,125, 10202 Erogaciones
Adicionales al Personal de Confianza por $ 6,119,257, 10216 Prestaciones
Sociales al Personal de Confianza por $ 78,190, 10232 Cuotas ISSSTECALI al
Personal de Confianza por $ 97,978, 20101 Materiales y Utiles para
Administración por $ 16,515, 20301 Materiales de Construcción por $ 81,947,
20302 Material Eléctrico por $ 15,156, 20307 Herramientas Menores por $ 3,156, 20308 Refacciones y Accesorios
para Equipo de Cómputo por $ 18,700, 20501 Combustibles por $ 6,867, 20801
Gastos Menores por $ 7,418, 30102 Servicio Telefónico por $ 15,744, 30201 Arrendamiento
de Edificios y Locales por $ 55,000, 30206 Otros Arrendamientos por $ 21,586,
30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo por $ 2,100, 30415 Patentes,
Regalías, Licencias de Uso y Otros por $ 50,000, 51101 Adquisición de
Computadoras por $ 235,505, 51106 Adquisición de Impresor Matricial por $
6,930, 51108 Equipo de Cómputo Diverso por $ 7,617, 53101 Mobiliario e
Implementos de Oficina por $ 171,356, 53102 Equipo de Oficina por $ 10,450,
53501 Equipo de Comunicación y Telefonía por $ 2,476 y 54901 Maquinaria y
Equipo Diverso por $ 5,000, toda vez que se aperturaron los Juzgados Tercero
Penal en Ensenada y Tercero de lo Familiar en Mexicali en el mes de marzo del
2003, así como porque se incrementó la compensación a los CC. Jueces del Poder
Judicial a partir del mes de enero del presente año, sin contar con la
autorización previa del Congreso del Estado, de la disponibilidad de los
recursos presupuestales, incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 41 y 43,
fracción I y II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, se considera procedente su turnación a la
Contraloría del Poder Judicial, para que se apliquen las medidas correctivas
que correspondan y en su caso las sanciones administrativas que procedan. CONSIDERANDO.-
Que es obligación del Poder Judicial del Estado de B.C. por conducto del
Presidente del Consejo de la Judicatura, solicitar autorización al Congreso del
Estado para efectuar las transferencias, ampliación, creación o supresión de
partidas al Presupuesto de Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes
de ejercer la modificación solicitada, de conformidad con lo previsto en el
Artículo 43, fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el legislar sobre todos los ramos de la administración que son
competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar Leyes y Decretos según se
establece en el Artículo 27, fracción I de la Constitución Política del Estado
de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin de normar su criterio la Comisión
de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó al Organo de Fiscalización
denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión al respecto, misma que fue
vertida en términos de procedencia, mediante oficio DRPP/1201/2003. Por lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS:
PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación de partidas presupuestales
al Presupuesto de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California,
para el ejercicio fiscal 2003, por la cantidad de $ 19’130,745 (DIECINUEVE MILLONES
CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), que
modifica el presupuesto asignado en las siguientes partidas presupuestales:
|
PARTIDA
|
AMPLIACION
|
|
10201
|
Sueldos Tabulares al Personal de Confianza
|
$ 2’883,655
|
|
|
10202
|
Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza
|
13’118,036
|
|
|
10205
|
Prima Vacacional al Personal de Confianza
|
62,911
|
|
|
10206
|
Gratificación de Fin de Año al Personal de Confianza
|
502,337
|
|
|
10216
|
Prestaciones Sociales al Personal de Confianza
|
201,052
|
|
|
10232
|
Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza
|
295,582
|
|
|
20101
|
Materiales y Utiles para Administración
|
50,705
|
|
|
20301
|
Materiales de Construcción
|
131,947
|
|
|
20302
|
Material Eléctrico
|
26,156
|
|
|
20307
|
Herramientas Menores
|
6,156
|
|
|
20308
|
Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo
|
37,400
|
|
|
20501
|
Combustibles
|
31,038
|
|
|
20801
|
Gastos Menores
|
29,418
|
|
|
30102
|
Servicio Telefónico
|
62,445
|
|
|
30201
|
Arrendamiento de Edificios y Locales
|
121,000
|
|
|
30206
|
Otros Arrendamientos
|
179,099
|
|
|
30408
|
Servicios de Vigilancia y Monitoreo
|
3,300
|
|
|
30415
|
Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros
|
100,000
|
|
|
51101
|
Adquisición de Computadoras
|
715,065
|
|
|
51106
|
Adquisición de Impresor Matricial
|
66,132
|
|
|
51108
|
Equipo de Cómputo Diverso
|
48,899
|
|
|
53101
|
Mobiliario e Implementos de Oficina
|
342,712
|
|
|
53102
|
Equipo de Oficina
|
20,900
|
|
|
53501
|
Equipo de Comunicación y Telefonía
|
8,800
|
|
|
54501
|
Maquinaria y Equipo Eléctrico
|
66,000
|
|
|
54901
|
Maquinaria y Equipo Diverso
|
20,000
|
|
|
|
|
$ 19,130,745
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
SEGUNDO.-
Con motivo de que se incumplió lo dispuesto en los Artículos 41 y 43, fracción
I y II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de
Baja California, debido a que se ejercieron recursos por un monto de $
8’038,073 con cargo a las partidas
presupuestales 10201 Sueldos Tabulares al Personal de Confianza por $
1,009,125, 10202 Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza por $
6,119,257, 10216 Prestaciones Sociales al Personal de Confianza por $ 78,190,
10232 Cuotas ISSSTECALI al Personal de Confianza por $ 97,978, 20101 Materiales
y Utiles para Administración por $ 16,515, 20301 Materiales de Construcción por
$ 81,947, 20302 Material Eléctrico por
$ 15,156, 20307 Herramientas Menores por $ 3,156, 20308 Refacciones y
Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 18,700, 20501 Combustibles por $ 6,867, 20801 Gastos Menores por $
7,418, 30102 Servicio Telefónico por
$ 15,744, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $ 55,000, 30206
Otros Arrendamientos por $ 21,586, 30408 Servicios de Vigilancia y Monitoreo
por $ 2,100, 30415 Patentes, Regalías, Licencias de Uso y Otros por $ 50,000,
51101 Adquisición de Computadoras por $ 235,505, 51106 Adquisición de Impresor
Matricial por $ 6,930, 51108 Equipo de Cómputo Diverso por $ 7,617, 53101
Mobiliario e Implementos de Oficina por $ 171,356, 53102 Equipo de Oficina por
$ 10,450, 53501 Equipo de Comunicación y Telefonía por $ 2,476 y 54901
Maquinaria y Equipo Diverso por $ 5,000, sin contar con la autorización previa
del Congreso del Estado, túrnese a la Contraloría del Poder Judicial, para que
se delimiten y apliquen las responsabilidades administrativas que en su caso
correspondan, y se informe en un plazo que no exceda de 60 días al Congreso del
Estado sobre las medidas aplicadas, para los efectos conducentes. DADO.- En la
Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder
Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veinticinco días
del mes de septiembre del año dos mil tres”.
- EL C. DIP. RUEDA GOMEZ: ....
Hasta aquí el dictamen No. 46, del cual se solicita de la manera más atenta, se
someta a consideración, gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 46 de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra
y antes de iniciar la votación, se le solicita al personal de la Oficialía que
comunique a los diputados que vamos a iniciar la votación, bien diputado
Secretario, sírvase levantar la votación correspondiente.
- EL C. SECRETARIO: Claro que si
diputado Presidente, se pone a consideración de esta Honorable Asamblea el
dictamen No. 46 de la Comisión de Estudios Hacendarios, para su votación
correspondiente, iniciando por el lado derecho.
-
Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Quintero Peña Ismael, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado que falte por votar?
-
Hidalgo Silva Marcelino, a favor,
-
EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado que falte por votar?, por la mesa directiva.
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor, a favor,
-
EL C. SECRETARIO: Bien diputado, la votación es la siguiente, 19 votos a favor,
cero en contra, cero abstenciones.
-
EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado Secretario, una vez aprobado en lo general y
en lo particular, se declara aprobado el Dictamen número 46 de la Comisión de
Estudios Hacendarios y Presupuesto con 19 votos a favor, cero en contra y 0
abstenciones, en los términos que fue leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez.
Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable
Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del
Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Se les comenta a los ciudadanos diputados que al momento de
efectuar la votación, si no se encuentran en la Sala, cuenta como inasistencia
de acuerdo a la Ley Orgánica, sumada las tres, nos veremos en la necesidad de
hablar a los suplentes, por lo cual se les pide que permanezcan en la Sala,
tiene el uso de la voz el diputado Gerardo Cortez, para el dictamen No. 47.
-
EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso diputado Presidente, la COMISION DE
ESTUDIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTO presenta a consideración de la H. Asamblea
DICTAMEN No. 47. Recibió esta Comisión para su estudio, análisis, dictamen y
aprobación en su caso, el Oficio 1337 recibido en el Congreso del Estado el día
1 de septiembre del 2003, por medio del cual el C. Ing. Armando Arteaga King,
Secretario de Planeación y Finanzas, solicita autorización para efectuar
transferencia de partidas del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 798,788
(SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 98/100 M.N.),
que modifica el presupuesto asignado al Ramo 16 de la Secretaría de Desarrollo
Social. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California para el ejercicio fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del
Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año
2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo
año. CONSIDERANDO.- Que con la presente solicitud de modificación presupuestal
se incrementará el monto de los recursos a las partidas presupuestales 20101
Materiales y Utiles de Oficina por $ 33,000, 20102 Material de Limpieza por $
48,000, 20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes
Informáticos por $ 30,500, 20204 Alimentación de Personal por $ 5,000, 20206
Agua y Hielo para Consumo Humano por $ 3,000, 20308 Refacciones y Accesorios
para Equipo de Cómputo por $ 37,000, 20309 Materiales para Mantenimiento de
Mobiliario y Equipo de Oficina por $ 19,000, 20310 Materiales para Mantenimiento
de Equipo de Transporte por $ 10,000, 20502 Lubricantes y Aditivos por $ 5,000,
20601 Vestuario, Uniformes por $ 5,000, 20801 Gastos Menores Diversos por $
7,000, 20802 Artículos de Cafetería por $ 33,356, 20803 Accesorios de Oficina
por $ 34,000, 30103 Servicio de Energía Eléctrica por $ 86,000, 30104 Servicio
de Agua Potable por $ 252, 30201 Arrendamiento de Edificios y Locales por $
112,000, 30513 Servicio de Mantenimiento de Equipo de Transporte por $ 58,350,
30701 Pasajes por $ 69,000, 30702 Viáticos por $ 52,000, 30705 Hospedaje por $
113,000, 30803 Recepciones y Celebraciones Varias por $ 20,000 y 51000
Mobiliario y Equipo de Informática por $ 18,331 y por otra parte se reducirán
recursos asignados a las partidas presupuestales 20103 Material Didáctico y de
Apoyo Informativo por $ 17,000, 20106 Materiales de Fotografía, Cinematografía
y Video por $ 22,000, 20501 Combustibles por $ 91,000, 20304 Material para
Ingeniería y Dibujo por $ 25,000, 20310 Materiales para Mantenimiento de Equipo
de Transporte por $ 3,000, 20801 Gastos Menores Diversos por $ 3,000, 30101
Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería por $ 20,000, 30102 Servicio Telefónico
por $ 120,000, 30203 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo por $ 90,000, 30205
Arrendamiento de Vehículos por $ 73,458, 30206 Otros Arrendamientos por $
156,000, 30303 Servicios de Informática por
$ 15,000, 30402 Fletes y Maniobras por $ 5,000, 30410 Servicio de Toma y
Revelado de Fotografías por $ 20,000, 30601 Servicios de Difusión por $ 80,000,
30604 Producciones Diversas por $ 20,000, 30704 Peajes por
$ 20,000 y 52000 Equipo de Transporte por $ 18,331, todas ellas del Ramo 16
Secretaría de Desarrollo Social CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Desarrollo
Social mediante oficio SDS/1347/03 de fecha 6 de agosto del 2003, solicitó a la
Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización de la transferencia
presupuestal por un monto de $ 798,788, la cual requiere para la operación
normal de la Secretaría de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la
partida presupuestal 30103 Servicios de Energía Eléctrica por $ 86,000, con el
fin de cubrir el pago por concepto de consumo de energía eléctrica de las
oficinas donde se encuentran ubicadas las Delegaciones de la Secretaría de
Desarrollo Social en Rosarito, San Quintín y Tecate, toda vez que en esta
partida presupuestal se autorizó asignación presupuestal solamente de $ 2,050,
debido a que la Oficialía Mayor de Gobierno es la encargada de cubrir el costo
de la energía eléctrica de estas delegaciones, sin embargo debido a que la
Oficialía Mayor está realizando remodelaciones a estas oficinas, se tuvieron
que rentar locales comerciales en donde se encuentran actualmente estas
delegaciones, por lo que el consumo de energía eléctrica se pagará directamente
por las oficinas delegacionales y no por Oficialía Mayor de Gobierno, por lo
que se requiere contar con disponibilidad presupuestal suficiente.
CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30201 Arrendamientos de
Edificios y Locales por $ 112,000, toda vez que Oficialía Mayor de Gobierno
tiene contemplado ubicar las oficinas de las diferentes dependencias de
Gobierno en un solo lugar, sin embargo las obras de remodelación se retrasaron
por causas ajenas a esta Secretaría, motivo por el cual se postergó por varios
meses más el pago de renta de los locales en donde se encuentran actualmente
las Delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social y en consecuencia el
presupuesto asignado para este fin no es suficiente para cubrir la renta de los
mismos. CONSIDERANDO.- Que las partidas presupuestales 30701 Pasajes, 30702
Viáticos y 30705 Hospedaje se ampliarán por $ 69,000, $ 52,000 y $ 113,000,
respectivamente, toda vez que de acuerdo a las nuevas disposiciones de los
programas federales de la Secretaría de Desarrollo Social federal, ha
ocasionado una mayor cantidad de viajes a la ciudad de México, D.F., y a los
distintos Estados de la República Mexicana, de los que se tenían programados,
por tal motivo el presupuesto inicial autorizado en estas partidas no será
suficiente para cubrir el gasto por los meses que restan del presente año.
CONSIDERANDO.- Que en relación a las otras partidas presupuestales que se
pretenden modificar a la alza su disponibilidad presupuestal, se debe a un
reajuste presupuestal para poder cumplir con los compromisos de los últimos
meses del presente ejercicio fiscal; y en lo que respecta a las partidas
presupuestales que se pretenden reducir, solo se transferirán recursos de 18
partidas que presentan ahorros presupuestales, por lo que no se verán afectadas
las metas de los programas establecidos. CONSIDERANDO.- Que es obligación del
Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del
Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias,
ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos
autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que
es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la
administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto,
solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su
opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante
oficio DRPP/1253/2003. :(Una vez analizados los considerandos, vertidos en este
dictamen, mismo que fue circulado con anterioridad a cada uno de los presentes,
se vio la factibilidad de aprobar en Comisión la transferencia solicitada por
esta dependencia, ya que tiene ahorros en algunas de sus partidas de gasto
corriente y requiere transferir a otras partidas del mismo gasto corriente, una
cantidad de recursos para poder solventar lo que resta del año de su ejercicio,
por lo que una vez analizado cada una de las partidas que requieren la
ampliación y la reducción para llevar a cabo esta petición). Por lo anteriormente expuesto, la Comisión
que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el
siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la
transferencia de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos del Estado
de Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $
798,789 (SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS
00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 16 de la Secretaría
de Desarrollo Social en las partidas presupuestales siguientes:
|
PARTIDA
|
|
AMPLIACION
|
REDUCCION
|
|
20101
|
Materiales y Utiles de Oficina
|
$ 33,000
|
$
|
|
20102
|
Material de Limpieza
|
48,000
|
|
|
20105
|
Materiales y Utiles para el Procesamiento
en Equipos y Bienes Informáticos
|
30,500
|
|
|
20204
|
Alimentación de Personal
|
5,000
|
|
|
20206
|
Agua y Hielo para Consumo Humano
|
3,000
|
|
|
20308
|
Refacciones y Accesorios para Equipo de
Cómputo
|
37,000
|
|
|
20309
|
Materiales para Mantenimiento de
Mobiliario y Equipo de Oficina
|
19,000
|
|
|
20310
|
Materiales para Mantenimiento de Equipo de
Transporte
|
10,000
|
|
|
20502
|
Lubricantes y Aditivos
|
5,000
|
|
|
20601
|
Vestuario, Uniformes
|
5,000
|
|
|
20801
|
Gastos Menores Diversos
|
7,000
|
|
|
20802
|
Artículos de Cafetería
|
33,356
|
|
|
20803
|
Accesorios de Oficina
|
34,000
|
|
|
30103
|
Servicio de Energía Eléctrica
|
86,000
|
|
|
30104
|
Servicio de Agua Potable
|
252
|
|
|
30201
|
Arrendamiento de Edificios y Locales
|
112,000
|
|
|
30513
|
Servicio de Mantenimiento de Equipo de
Transporte
|
58,350
|
|
|
30701
|
Pasajes
|
69,000
|
|
|
30702
|
Viáticos
|
52,000
|
|
|
30705
|
Hospedaje
|
113,000
|
|
|
30803
|
Recepciones y Celebraciones Varias
|
20,000
|
|
|
51000
|
Mobiliario y Equipo de Informática
|
18,331
|
|
|
20103
|
Material Didáctico y de Apoyo Informativo
|
|
17,000
|
|
20106
|
Materiales de Fotografía, Cinematografía y
Video
|
|
22,000
|
|
20501
|
Combustibles
|
|
91,000
|
|
20304
|
Material para Ingeniería y Dibujo
|
|
25,000
|
|
20310
|
Materiales para Mantenimiento de Equipo de
Transporte
|
|
3,000
|
|
20801
|
Gastos Menores Diversos
|
|
3,000
|
|
30101
|
Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería
|
|
20,000
|
|
30102
|
Servicio Telefónico
|
|
120,000
|
|
30203
|
Arrendamiento de Maquinaria y Equipo
|
|
90,000
|
|
30205
|
Arrendamiento de Vehículos
|
|
73,458
|
|
30206
|
Otros Arrendamientos
|
|
156,000
|
|
30303
|
Servicios de Informática
|
|
15,000
|
|
30402
|
Fletes y Maniobras
|
|
5,000
|
|
30410
|
Servicio de Toma y Revelado de Fotografías
|
|
20,000
|
|
30601
|
Servicios de Difusión
|
|
80,000
|
|
30604
|
Producciones Diversas
|
|
20,000
|
|
30704
|
Peajes
|
|
20,000
|
|
52000
|
Equipo de Transporte
|
_________
|
18,331
|
|
|
|
$
798,789
|
$
798,789
|
DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Y firmamos los diputados asistentes a dicha reunión, quienes en
forma unánime aprobados dicho dictamen, es cuanto diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado
Secretario, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 47 de Comisión
de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra, diputada
Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Si, con
mucho gusto diputado Presidente, le solicito a los compañeros diputados que se
sirvan manifestar el sentido de su voto, de manera nominal, comenzando por
favor por la derecha.
-
Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Hidalgo Silva Marcelino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Quintero Peña Ismael, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que
falte por votar?, la votación por la mesa directiva.
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Avilés Múñoz Raquel, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de
veintiún votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
-
EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria , una vez aprobado en lo general
y en lo particular con 21 votos a favor, cero en contra, se declara aprobado el
dictamen 47 de la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, en los
términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez Mendoza. Dado en el
Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder
Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los
veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la
voz para el dictamen 48, el diputado Gerardo Cortez.
-
EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Con su permiso diputado Presidente, la COMISION DE
ESTUDIOS HACENDARIOS Y PRESUPUESTO presenta a la consideración de esta
HONORABLE ASAMBLEA el dictamen No. 48. Recibió esta Comisión para su estudio,
análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1257 recibido en el
Congreso del Estado el día 15 de agosto del 2003, por medio del cual el C. Ing.
Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita
autorización para efectuar ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de
Baja California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $
1’446,382 (UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y
DOS PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la
Secretaría de Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que el Presupuesto de
Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2003, fue
aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria celebrada el
23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico Oficial del Estado el
31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que con la solicitud de
modificación presupuestal por $ 1’446,382 se ampliarán las partidas
presupuestales 20101 Materiales y Utiles de Oficina por $ 147,000, 20104
Materiales y Utiles de Impresión y Reproducción por $ 214,000, 20105 Materiales
y Utiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos por $ 232,000,
20308 Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 100,000, 30408
Servicio de Vigilancia y Monitoreo por $ 278,382, 30418 Trabajos de Imprenta
por $ 15,000, 30512 Servicios de Mantenimiento y Conservación de Bienes
Informáticos por $ 100,000, 30601 Servicios de Difusión por $ 240,000 y 30607
Publicaciones Especiales por $ 120,000 del Ramo 07 de la Secretaría de
Planeación y Finanzas. CONSIDERANDO.- Que la Dirección de Egresos del Estado a
través de oficio sin número de fecha 4 de agosto del 2003 solicitó a la
Secretaría de Planeación y Finanzas que en atención a solicitud efectuada por
el Titular de la Dirección de Ingresos, solicita autorización de ampliación
presupuestal por un monto de $ 1’446,382, con el fin de afrontar los
compromisos de gastos operativos generados por la ampliación de servicios de
las Recaudaciones Auxiliares de Rentas del Estado, tanto en horario como en
apertura de nuevos módulos de atención a la ciudadanía, ........
-
EL C. PRESIDENTE: ¿Me permite diputado?, se les solicita a los ciudadanos
diputados, Nicolás Osuna, Luz Argelia Paniagua y Antonio Regalado, que pasen a
ocupar sus curules, o esta Presidencia les otorga permiso para retirarse del
Pleno, adelante diputado.
-
EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: ¿Vuelvo a empezar?, tanto en horario como en
apertura de nuevos módulos de atención a la ciudadanía, en los Municipios.......
-
EL C. PRESIDENTE: Se les solicita, ¿Me permite diputado?, se les solicita a los
presentes que no pueden interrumpir el desahogo de la sesión, es parte del
protocolo de este recinto oficial, adelante diputado.
-
EL C. PRESIDENTE: Tanto en horario como en apertura de nuevos módulos de
atención a la ciudadanía, en los Municipios de Mexicali y Tijuana,
representando un gasto adicional que no fue presupuestado para el presente
ejercicio. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas en su
oficio de solicitud establece que la ampliación de servicios de las
Recaudaciones de Rentas, también se deriva de la firma de los Anexos 3 y 7 del
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, en donde se
amplían al Gobierno del Estado las facultades de recaudación por cobro de
impuestos federales en materia de Contribuyentes del Régimen de Pequeños
Contribuyentes (REPECOS), contribuyentes del Régimen Intermedio y
contribuyentes del 5% del pago sobre la utilidad en venta de bienes inmuebles
de personas físicas, por tal motivo se amplía la base de contribuyentes
atendidos en las recaudaciones, así como el trabajo de control del Padrón
Fiscal que representan dichos contribuyentes. CONSIDERANDO.- Que el Gobierno
Estatal y el Gobierno Federal firmaron los días 7 y 13 de marzo del 2003 los
Anexos 3 y 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal
Federal, los cuales fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado el día
17 de abril del 2003. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Primera del Anexo 3 se
establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado, sin
perjuicio de lo dispuesto en la fracción I de la cláusula octava del Convenio
de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, convienen en coordinarse
para que éste ejerza las funciones operativas de administración de los ingresos
derivados del Impuesto Sobre la Renta, tratándose de los contribuyentes que
tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la
Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los denominados “pequeños
contribuyentes”. CONSIDERANDO.- Que en la Cláusula Primera del Anexo 7 se
establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado convienen
en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración
de los ingresos generados en su territorio derivados del Impuesto Sobre la
Renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos del
artículo 136-Bis, de la Sección II del Capítulo II, Título IV de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta, es decir, dentro del régimen intermedio de las
personas físicas con actividades empresariales; así como de los contribuyentes
que tributen en los términos del artículo 154-Bis, del Capítulo IV del Título
IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con los ingresos por la
ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y
construcciones, ubicados dentro de la circunscripción territorial del Estado.
CONSIDERANDO.- Que se ampliarán las partidas presupuestales 20101 Materiales y
Utiles de Oficina por $ 147,000 y 20105 Materiales y Utiles para el
Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos por $ 232,000, toda vez que se
incrementó la emisión de invitaciones para el pago de licencias de conducir,
revalidación de placas, recibos para pago de convenios de créditos fiscales y
requerimientos para el pago de Derechos e Impuestos sobre Tenencia de
Vehículos, generándose un mayor gasto en estas partidas. CONSIDERANDO.- Que se
ampliará la partida presupuestal 20104 Materiales y Utiles de Impresión y
Reproducción por $ 214,000, toda vez que los contribuyentes han solicitado con
mayor frecuencia los formatos de recibos oficiales utilizados en las
Recaudaciones de Rentas del Estado, asimismo se mandaron imprimir 3 nuevos
formatos para el pago de impuestos federales, por ampliación de facultades
dentro del Convenio de Colaboración Administrativa descrito anteriormente.
CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 20308 Refacciones y
Accesorios para Equipo de Cómputo por $ 100,000, con el fin de cubrir las
adquisiciones de refacciones y accesorios tales como discos duros, tarjetas
electrónicas y de video entre otras y que son requeridas en la Dirección de
Ingresos del Estado. CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30408 Servicios
de Vigilancia y Monitoreo se ampliará por $ 278,382, toda vez que se
contrataron guardias de seguridad privada y guardias comerciales de la
Dirección de Seguridad Pública para cuidar, vigilar y salvaguardar los dineros,
los bienes, las instalaciones y sobre todo el personal adscritos a la
dependencia en mención. CONSIDERANDO.- Que se creará la partida presupuestal
30418 Trabajos de Imprenta asignándole recursos por $ 15,000, debido a la
urgente necesidad de imprimir nuevos formatos de pago de Impuestos Federales
los cuales deben estar a disposición del contribuyente y considerando la
saturación de los Talleres Gráficos del Estado, se mandaron elaborar estos
formatos de pago fuera de dicha dependencia. CONSIDERANDO.- Que se ampliará la
partida presupuestal 30512 Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos
por $ 100,000, para contratar un proveedor externo que preste el mantenimiento
al equipo de cómputo, toda vez que no se cuenta con el personal técnico
suficiente, considerando que se cuenta con más de 200 equipos de cómputo para
atender una demanda en trámites de placas y licencias incrementada en relación
al año de 2002 en un 30%, equivalente a 86,645 trámites y se requiere mantener
en óptimas condiciones el equipo de cómputo con que cuentan las Recaudaciones
Auxiliares de Rentas de los Municipios de Tijuana, Ensenada, Tecate y Rosarito.
CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida presupuestal 30601 Servicio de
Difusión por $ 240,000, toda vez que se implementó un programa de difusión en
coordinación con Comunicación Social para dar a conocer al público en general
los vencimientos de sus obligaciones y comunicarles que para este año existen
decretos de condonación de recargos y para informar a los ciudadanos de las
nuevas alternativas de pago que fueron creadas en este primer semestre del año.
CONSIDERANDO.- Que la partida presupuestal 30607 Publicaciones Especiales se
ampliará por $ 120,000, debido a que se elaboraron 25 lonas, las cuales fueron
distribuidas en las Recaudaciones de Rentas, 1,000 Posters de publicidad y
10,000 volantes con el fin de dar a conocer las ubicaciones de las nuevas
alternativas de pago. CONSIDERANDO.- Que la Secretaría de Planeación y Finanzas
en su oficio de solicitud señala que para cubrir la presente ampliación
presupuestal, se propone utilizar recursos de fuentes propias adicionales a los
presupuestados, lo cual consta en la información financiera generada por la
propia Secretaría, misma que se encuentra en los archivos de la Contaduría
Mayor de Hacienda. CONSIDERANDO.- Que es obligación del Ejecutivo del Estado
por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, solicitar
autorización al Congreso del Estado para efectuar las transferencias,
ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de Egresos
autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que
es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la
administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, solicitó
al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su opinión
al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante oficio
DRPP/1252/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se
permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
punto: RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación de
partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 1’446,382
(UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS
00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría
de Planeación y Finanzas en las partidas presupuestales siguientes:
|
PARTIDA
|
|
AMPLIACION
|
|
|
|
|
|
20101
|
Materiales y Utiles de
Oficina
|
$ 147,000
|
|
20104
|
Materiales y Utiles de
Impresión y Reproducción
|
214,000
|
|
20105
|
Materiales y Utiles para
el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos
|
232,000
|
|
20308
|
Refacciones y Accesorios
para Equipo de Cómputo
|
100,000
|
|
30408
|
Servicio de Vigilancia y
Monitoreo
|
278,382
|
|
30418
|
Trabajos de Imprenta
|
15,000
|
|
30512
|
Servicios de
Mantenimiento y Conservación de Bienes Informáticos
|
100,000
|
|
30601
|
Servicios de Difusión
|
240,000
|
|
30607
|
Publicaciones Especiales
|
120,000
|
|
|
|
$
1’446,382
|
DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los veinticinco días del mes de septiembre del año
dos mil tres. Y firmamos los diputados asistentes a dicha comisión, mismos que
votamos en forma unánime a favor de dicho dictamen, es cuanto diputado
Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 48 de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra,
diputada Secretaria, sírvase....
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO:
(Desde su curul) Señor Presidente, solicito un receso por favor.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, se otorga
un receso de cinco minutos por esta Presidencia. (Receso: 12:30 horas; reanuda:
12:35 horas) nominal por favor.
- LA C. SECRETARIA: Alvarado González Arturo, Araiza
Regalado José Antonio, Avilés Múñoz Raquel, Cortez Mendoza Jesús Gerardo,
Corvera Quiñonez Fidel, Ferreiro Velazco José Alfredo, Hidalgo Silva Marcelino,
Luévano Ruiz Raúl Felipe, Martín Navarro María Rosalba, Morán Díaz Leopoldo,
Osuna Aguilasocho Nicolás, Paniagua Figueroa Luz Argelia, Quintero Peña Ismael,
Ramos García Everardo, Rodríguez Jacobo Ricardo, Rosales Hernández José de
Jesús Martín, Rueda Gómez Francisco.....
- EL C. PRESIDENTE: Se les
solicita a los ciudadanos diputados, ocupen sus curules por favor.
- LA C. SECRETARIA: Ruiz Uribe
Jesús Alejandro, Salazar Castro Juan Manuel, Suárez Córdova Héctor Edgardo,
Terrazas Silva Juan, Zavala Márquez Catalino. Contamos con la presencia de
veintidós diputados en esta Sala diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, se
reanuda la sesión habiendo el quórum legal, diputada Secretaria, estamos en el
procedimiento de votación del dictamen No. 48 de la Comisión de Estudios
Hacendarios y Presupuesto, sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Si, con
mucho gusto diputado Presidente, le solicito a mis compañeros diputados que hagan
el favor de manifestar el sentido de su voto de manera nominal, comenzando por
favor por la derecha
- Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,
-
Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que falte
por votar?,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: La votación por la Mesa Directiva
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Avilés Múñoz Raquel, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de
veinte votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
-
EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y
en lo particular con 20 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se
declara aprobado el Dictamen número 48 de la Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Jesús Gerardo Cortez
Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del
Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Tiene el uso de la voz para el dictamen No. 49 de la Comisión de Estudios
Hacendarios y Presupuesto, el diputado Gerardo Cortez.
-
EL C. DIP. CORTEZ MENDOZA: Ultimo, con su permiso diputado Presidente, la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, presenta a consideración de la
Honorable Asamblea el Dictamen número 49. Recibió esta Comisión para su
estudio, análisis, dictamen y aprobación en su caso, el Oficio 1057 recibido en
el Congreso del Estado el día 17 de julio del 2003, por medio del cual el C.
Ing. Armando Arteaga King, Secretario de Planeación y Finanzas, solicita
autorización para efectuar transferencia de partidas presupuestales del
Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal
del 2003, por la cantidad de $ 2’273,089 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y
TRES MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto
asignado al Ramo 21 de la Secretaría de Seguridad Pública. CONSIDERANDO.- Que
el Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio
fiscal del 2003, fue aprobado por el Pleno del Congreso del Estado en Sesión
Ordinaria celebrada el 23 de diciembre del año 2002, publicado en el Periódico
Oficial del Estado el 31 de diciembre del mismo año. CONSIDERANDO.- Que
funcionario de la Secretaría de Planeación y Finanzas informó que el monto
correcto de la presente solicitud de transferencia presupuestal es por $
2’973,089, toda vez que por error en el oficio de solicitud se asentó la
cantidad de $ 2’273,089. CONSIDERANDO.- Que se transferirán recursos a la
partida presupuestal 20202 Alimentación de Personas en Centros de Readaptación
Social por $ 2’973,089, de la partida presupuestal 30902 Programa de
Rehabilitación de Internos, bajo los siguientes códigos programáticos:
21-20-552, 21-20-562, 21-20-571, 21-20-573 y 21-20-574. CONSIDERANDO.- Que la
Secretaría de Seguridad Pública mediante oficio SSP-2793-03 de fecha 07 de
julio del 2003 solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas, se promoviera
ante el Congreso del Estado transferencia de recursos presupuestales por la
cantidad de $ 2’973,089, con el fin de cubrir los gastos de alimentación de los
internos que se encuentran recluidos en los diferentes Centros de Readaptación
Social del Estado, en virtud del incremento de internos en estos Centros de
Readaptación Social y la calidad de alimentación que se les está proporcionando,
toda vez que en el 2002 la población fue de 13,399 internos y a la fecha se
encuentran recluidos 14,208 internos CONSIDERANDO.- Que se ampliará la partida
presupuestal 20202 Alimentación de Personas en Centros de Readaptación Social
por $ 2’973,089, con el fin de destinar recursos a los Centros de Readaptación
Social de Tijuana por $ 773,089 y para el Centro de Readaptación Social del
Hongo por $ 2’200,000, debido a que estos Centros son los que presentan un
mayor problema en la disponibilidad presupuestal en materia de alimentación.
CONSIDERANDO.- Que el incremento en los costos de alimentación de los internos
se debe a que cuando los internos ya pasaron por el proceso de desintoxicación
implementado dentro del programa de reconstrucción personal, dentro de este
programa y con motivo del retiro de la droga se incrementa el apetito y con
ello la cantidad de alimento suministrado el cual puede llegar hasta un 200%
más de la alimentación proporcionada normalmente, en la cual se incluyen
productos derivados del cacao y azúcar, y que con el fin de no descompensar al
interno se necesita mantener los mismos gramajes proporcionados en el programa,
el cual se va disminuyendo paulatinamente hasta llegar a un estándar.
CONSIDERANDO.- Que tan solo en los CERESOS de Tijuana y del Hongo en Tecate se
estima contar con 977 y 610 internos más al cierre del ejercicio 2003, en
relación con el cierre del ejercicio 2002. CONSIDERANDO.- Que se reducirá la
partida presupuestal 30902 Programa de Rehabilitación de Internos por $ 2’973,089,
toda vez que se implementó un programa denominado “Reconstrucción Personal”
coordinado por la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Salud,
cuyo costo de operación anual ya fue cubierto, contándose con disponibilidad
presupuestal en esta partida. CONSIDERANDO.- Que dentro del Programa Operativo
Anual se establecen las metas “Incorporación a Internos a Programas de
Readaptación y Deshabituación” tanto en Mexicali, Tijuana y Ensenada, las
cuales de autorizarse la presente modificación presupuestal podrán ser
cubiertas en su totalidad, por lo que con la presente transferencia no se verán
modificadas las metas programadas. CONSIDERANDO.- Que es obligación del
Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas del
Estado, solicitar autorización al Congreso del Estado para efectuar las
transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas al Presupuesto de
Egresos autorizado, misma que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación
solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 43, fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.
CONSIDERANDO.- Que son facultades y obligaciones del Titular del Ejecutivo del
Estado, las de iniciar ante el Congreso, Leyes y Decretos que redunden en
beneficio del pueblo y velar por la conservación del orden, tranquilidad y
seguridad del Estado, según se establece en el Artículo 49, fracciones II y III
de la Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que
es facultad del Congreso del Estado, el legislar sobre todos los ramos de la
administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
Leyes y Decretos según se establece en el Artículo 27, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Baja California. CONSIDERANDO.- Que a fin
de normar su criterio la Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto,
solicitó al Organo de Fiscalización denominado Contaduría Mayor de Hacienda, su
opinión al respecto la que fue vertida en términos de procedencia mediante
oficio DRPP/1254/2003. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe
se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
punto: RESOLUTIVO: UNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de
partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja
California, para el ejercicio fiscal del 2003, por la cantidad de $ 2’973,089
(DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100
M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 21 de la Secretaría de
Seguridad Pública en las partidas presupuestales siguientes:
|
PARTIDA
|
|
AMPLIACION
|
REDUCCION
|
|
20202
|
Alimentación de Personas en Centros de Readaptación
Social
|
$ 2’973,089
|
$
|
|
30902
|
Programa de Rehabilitación de Internos
|
___________
|
2’973,089
|
|
|
|
$ 2’973,089
|
$ 2’973,089
|
DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los
veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil tres. Firmamos los
diputados que estuvimos presentes en dicha reunión de la Comisión, mismos que
votamos a favor, unánimente de dicho dictamen, es cuanto diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, queda a consideración de la Asamblea, el dictamen No. 49 de la
Comisión de Estudios Hacendarios y Presupuesto, no habiendo oradores en contra,
diputada Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto
diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados que manifiesten el
sentido de su votación de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.
-
Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa
directiva.
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Avilés Múñoz Raquel, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de
veinte votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
-
EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y
en lo particular con 20 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se
declara aprobado el Dictamen número 49 de la Comisión de Estudios Hacendarios y
Presupuesto, en los términos que fue leído por el Diputado Gerardo Cortez
Mendoza. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable
Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura, a los
veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la
voz el diputado Ricardo Rodríguez Jacobo. Adelante diputado.
- EL C. DIP. RODRIGUEZ JACOBO:
Con permiso de la Presidencia, me permito someter a consideración de esta
Soberanía los dictámenes que serán presentados por la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, en ausencia de nuestro Presidente de esta Comisión,
ausencia justificada, el diputado Fernando Jorge Castro Trenti, primer dictamen
es el 347, es una Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico, para que el
Congreso del Estado, solicite al Titular del Poder Ejecutivo del Estado,
promueva la aprobación de un monto para ampliar el techo financiero de la
escuela preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, que será leído y expuesto ante
ustedes, por el C. Diputado Catalino Zavala Márquez; el dictamen 331,
Iniciativa de Decreto que adiciona el artículo 38 Bis de la Ley de Puertos, a
efecto de que sea remitido al Congreso de la Unión, quien es competente para
legislar en esta materia, será expuesto por el diputado Leopoldo Morán Díaz, es
cuanto señor Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias,
diputado Rodríguez Jacobo, Secretario de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, tiene el uso de la voz para el dictamen 347 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales el diputado Catalino Zavala Márquez.
- EL C. DIP. ZAVALA MARQUEZ: Compañeros
diputados, compañeras diputadas, COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS
CONSTITUCIONALES DICTAMEN NÚMERO 347 HONORABLE ASAMBLEA: La Comisión que
suscribe, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 28 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 61, 62,
70, 110, 113, 117, 122, 123, 124 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Baja California, recibió para su estudio, análisis y
dictaminación la INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO ECONOMICO PARA QUE EL CONGRESO
DEL ESTADO SOLICITE AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO PROMUEVA LA
APROBACION DE UN MONTO PARA AMPLIAR EL TECHO FINANCIERO DE LA ESCUELA
PREPARATORIA FEDERAL LAZARO CARDENAS, EN LA CIUDAD DE TIJUANA A FIN DE QUE SE
ABRAN DIEZ NUEVOS GRUPOS EN EL TURNO VESPERTINO PARA EL CICLO ESCOLAR 2003-2004
Y SE ATIENDA A QUINIENTOS ESTUDIANTES DE PRIMER SEMESTRE, presentada por el
Diputado Catalino Zavala Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la
Revolución Democrática, misma que se dictamina con base en los siguientes,
ANTECEDENTES: I.- Con fecha 11 de Agosto de 2003, el Diputado Catalino Zavala
Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentó la INICIATIVA DE PUNTO
DE ACUERDO ECONOMICO anteriormente detallada. II.- Recibida que fue la
Iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva de acuerdo a la
facultad conferida por el artículo 50 fracción II inciso f), de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado de Baja California en su momento la turno a
esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Por lo que en
cumplimiento con lo previsto en los artículos 62, 63 y 82 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo se realiza el presente Dictamen, bajo los términos
siguientes: ANÁLISIS Y ESTUDIO
DE LA INICIATIVA: MOTIVACION: De la
exposición de motivos de la iniciativa de reforma resalta lo aseverado por el
autor, en el sentido de que: “…año
con año, al inicio de un nuevo ciclo escolar, miles de estudiantes no pueden
ingresar a una escuela pública, por falta de cupo, por lo que al carecer de
escasos recursos y no contar con las condiciones económicas de poder
inscribirse en una escuela privada, como es en la mayoría de los casos, optan
por dejar de estudiar, siendo esto un grave problema para el Estado, debido a
que al tener tiempo libre y no incorporarse a la vida productiva, pueden éstos jóvenes inclinarse por asumir conductas
antisociales. Son miles los aspirantes a
ingresar a una escuela pública de educación media superior los que se quedarán
fuera en este ciclo escolar 2003-2004, como es el caso de los un mil 500
jóvenes que no pudieron ingresar a la Preparatoria Federal “Lázaro Cárdenas”,
ubicada en la ciudad de Tijuana, escuela que recibió un total de solicitudes de
ingreso de 3 mil 150 jóvenes. Esta preparatoria fue fundada por cooperación en
1946, y en el año de 1960 se incorpora a la UABC. Diez años más tarde, adopta
su nombre actual y en el año 1972, el Plan de Estudios de seis semestres,
además del turno matutino; el servicio social obligatorio y la capacitación de
los estudiantes para el trabajo. A partir de 1982 se incorpora al programa de
Bachillerato Internacional que congrega a más de mil escuelas de otros países y
que permite cursar un plan de estudios que cuenta con nivel de excelencia
académica. La preparatoria Lázaro Cárdenas, tiene como objetivos, brindar una
educación formativa y propedéutica, de acuerdo al Plan de Estudios del
bachillerato general de la Secretaría de Educación Pública; así como ofrecer
capacitación para el trabajo, para el fortalecimiento profesional y/o la
incorporación al sector productivo. Actualmente desarrolla en los estudiantes
10 capacitaciones para incorporarlos a la vida productiva como son:
Administración, laboratorio clínico, tramitación aduanal, comunicación, dibujo
arquitectónico, trabajo social, mecánica dental, contabilidad, informática y
electrónica. La Preparatoria Lázaro
Cárdenas, cuenta actualmente con 60 aulas, biblioteca y los laboratorios de
informática, química, física, biología, análisis instrumental, contabilidad y
electrónica. Iniciará este nuevo ciclo con 60 grupos ubicados en el turno
matutino, 21 en el vespertino y 4 en el nocturno, que es un horario básicamente
para trabajadores.” INTENCION
LEGISLATIVA. Como solución a esta
problemática, se presentó la Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico en
mención realizando el planteamiento de que el Congreso del Estado a través de
la Mesa Directiva solicite al Titular del Poder Ejecutivo Estatal de acuerdo a
lo establecido por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial
del Estado de Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines
del Fondo Fideicomitido- se promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00
(CINCO MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria
Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno
vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos
estudiantes de primer semestre. INTERPRETACION DE LA INICIATIVA DE REFORMA. I.-
ASPECTO GENERAL. El fideicomiso nace a
la vida jurídica mexicana a principios de 1925, al promulgarse la Ley General
de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, que refleja cierta
influencia derivada de las labores de la Convención Bancaria que había tenido
lugar un año antes. En su artículo 73 dicha Ley
disponía que: “los bancos de fideicomiso sirven los intereses del público en
varias formas y principalmente administrando los capitales que se les confían e
interviniendo con la representación común de los suscriptores o tenedores de
bonos hipotecarios, al ser emitidos éstos o durante el tiempo de su vigencia.”
La Ley de Bancos de Fideicomiso del 30 de Junio de 1926, incorporada a la Ley
General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios de agosto del mismo
año, recoge una nueva influencia: la versión del fideicomiso como un mandato
irrevocable transmisor de bienes; versión abandonada más tarde. Por último, la
ley vigente elimina la noción del mandato para consagrar la concepción de
“destino” de bienes a un fin determinado. La relación fiduciaria en el derecho
mexicano solamente puede revestir carácter contractual. Desde el momento de su
creación ambas partes adquieren derechos y obligaciones correlativos: el
desempeño del cargo por lo que hace al fiduciario, el pago de sus honorarios
por cuanto al fideicomitente, reduciendo tales derechos y obligaciones a su
expresión más simple. El artículo 381 de la Ley General de Títulos y
Operaciones de Crédito establece que “en virtud del
fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la
propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso,
para ser destinados a fines lícitos y
determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia
institución fiduciaria.” Y el
artículo 392 de la misma Ley señala las causas por las que un fideicomiso puede
extinguirse y son siete a saber: “Artículo
392 El fideicomiso se extingue: I.- Por la realización del fin para el cual fue
constituido; II.- Por hacerse éste imposible; III.- Por hacerse imposible el
cumplimiento de la condición suspensiva de que dependa o no haberse verificado
dentro del término señalado al constituirse el fideicomiso o, en su defecto,
dentro del plazo de 20 años siguientes a su constitución; IV.- Por haberse
cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto; V. Por convenio
escrito entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario; VI.- Por revocación
hecha por el fideicomitente, cuando éste se haya reservado expresamente ese
derecho al constituir el fideicomiso; y VII.- En el caso del párrafo final del
artículo 386.” En cuanto a la legislación
estatal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja
California establece lo siguiente en relación a la figura del fideicomiso:
“ARTICULO 53.- En uso de sus atribuciones y para cumplir la realización de
proyectos específicos, ejecución de obras especiales, fomentar actividades
prioritarias para el desarrollo estatal o satisfacer las disposiciones del
Artículo 4o. de esta Ley, el Gobierno del Estado podrá afectar en fideicomiso
bienes y valores patrimoniales, ostentando el carácter de fideicomitente y
señalando la Dependencia o Entidad en quien recaiga el carácter de
fideicomisario. ARTICULO 54.- Para lograr el control eficaz del régimen patrimonial
y financiero de los fideicomisos, en todo comité técnico que se constituya como
órgano de dirección, deberán participar la Secretaría de Finanzas, la
Secretaría de la Contraloría General y la Secretaría de Planeación y
Presupuesto, quienes coadyuvarán al cumplimiento de lo que dispone el Artículo
46 de esta Ley.” II.- ASPECTO
PARTICULAR. Del estudio a la Iniciativa de Acuerdo Económico en mención se
desprende su finalidad, siendo que la Mesa Directiva de la actual Legislatura
del Estado solicite al titular del Poder Ejecutivo Estatal -de acuerdo a lo
establecido por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial del
Estado de Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines del
Fondo Fideicomitido- promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00 (CINCO
MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria
Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno
vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos
estudiantes de primer semestre. Para mayor abundamiento se transcriben a
continuación las cláusulas primera y cuarta del contrato del Fideicomiso
Empresarial del Estado de Baja California: CLAUSULAS: PRIMERA: CONSTITUCION Y OBJETO.- EL PODER DEL
EJECUTIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA CONSTITUYE EN ESTE ACTO EN EL BANCO
BILBAO VIZCAYA-MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA, DIVISION FIDUCIARIA, QUIEN LO ACEPTA,
UN FIDEICOMISO PUBLICO DE ADMINISTRACION, QUE SERVIRA DE INSTRUMENTO PARA
ESTABLECER UN MECANISMO AGIL Y TRANSPARENTE PARA EJERCER EL 5% DE LOS INGRESOS
TOTALES QUE SE OBTENGAN POR CONCEPTO DE RECAUDACION DEL IMPUESTO SOBRE
REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL EN LA REALIZACION DE PROGRAMAS Y ACCIONES
ENCAMINADAS A: A).- APOYAR LA SEGURIDAD PUBLICA EN EL ESTADO; B).- FOMENTAR LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA
EDUCACION; Y, C).- FORTALECER LAS COMISIONES Y CONSEJOS DE DESARROLLO
ECONOMICO. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE INGRESOS
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2000 Y DEMAS
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. ………………. ………………. CUARTA: FINES DEL
FONDO FIDEICOMITIDO.- EL FONDO FIDEICOMITIDO EN EL PRESENTE FIDEICOMISO, DEBERA
INVERTIRSE UNICAMENTE EN LAS ACCIONES ALUDIDAS EN LA CLAUSULA PRIMERA DE ESTE
CONTRATO, CONFORME A LO SIGUIENTE:
……………….
B).- EDUCACION: APOYAR LOS PROYECTOS QUE EN ESTA MATERIA PRESENTEN EL CONSEJO
ESTATAL DE PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION, LOS ORGANISMOS PUBLICOS O
PRIVADOS Y LAS INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA, RELACIONADOS CON CAPACITACION PARA
ALUMNOS Y PROFESORES, ELEVAR LA CALIDAD EDUCACIONAL OTORGAMIENTO DE BECAS Y
OTROS PROYECTOS RELACIONADOS CON LA MATERIA, CUYAS ACCIONES INCIDAN EN LA
CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. LOS RECURSOS
DESTINADOS A LAS ACCIONES SEÑALADAS EN ESTE INCISO NO PODRAN SER SUPERIORES AL
10% DEL TOTAL DE LAS APORTACIONES ENTREGADAS AL FIDEICOMISO.” Por su parte la Ley
de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal 2003, señala
en su Capítulo II lo siguiente: CAPITULO II IMPUESTO SOBRE REMUNERACIONES AL
TRABAJO PERSONAL. ARTICULO 3.- El impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo
personal se causa con una tasa de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . 1.80% De los ingresos estatales que se obtengan
por este impuesto se destinará el 5% a un fideicomiso empresarial que tendrá
como objetivos: a).- Apoyar a la
seguridad pública en el Estado. b).- Fomento a la Participación Social en
Educación. c).- Fortalecimiento de las Comisiones y Consejos de Desarrollo
Económico. d).- Creación del Programa Estatal de Guarderías en coordinación con
el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en el Estado. De lo antes expuesto se desprende que
efectivamente uno de los fines del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja
California radica en apoyar los proyectos que en materia educativa se
presenten, de manera tal que al existir las condiciones adecuadas es viable
destinar una cantidad de dinero proveniente del Fideicomiso en referencia al
fomento de la educación en el estado. No presupone impedimento jurídico alguno
el que la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas tenga como origen de sus
recursos financieros a la Autoridad Educativa Federal denominada Secretaría de
Educación Pública, dado que esa es su naturaleza jurídica en atención al
decreto por el que fue creada dicha institución educativa. No pasa
desapercibido a esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales el que
la educación es una de las garantías individuales de que goza todo mexicano -de
acuerdo a nuestra Carta Magna- y es por lo que considera adecuado dirigirse al titular del Poder Ejecutivo del Estado para
que éste gestione ante el titular del Poder Ejecutivo Federal el
incremento de los recursos federales que en materia educativa se asignan a las
escuelas federales de nivel medio superior existentes en el Estado de Baja
California; además de darle a conocer la situación actual que la educación
media superior atraviesa y de manera particular la notoria necesidad de apoyos
financieros para la Escuela Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas. Por lo que
con fundamento en lo antes expuesto se arriba a los siguientes CONSIDERANDOS
PRIMERO.- Efectivamente es facultad de los Diputados presentar Iniciativas de
Ley o de reformas a una Ley, de Decreto y de Acuerdo Económico con fundamento
en lo preceptuado por los artículos 28 fracción I, de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 110 de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado.
SEGUNDO.- Con fecha 11 de Agosto de 2003, el C. Diputado Lic. Catalino
Zavala Márquez de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentó la INICIATIVA DE PUNTO
DE ACUERDO ECONOMICO PARA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO SOLICITE AL TITULAR DEL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO PROMUEVA LA APROBACION DE UN MONTO PARA AMPLIAR EL
TECHO FINANCIERO DE LA ESCUELA PREPARATORIA FEDERAL LAZARO CARDENAS, A FIN DE
QUE SE ABRAN DIEZ NUEVOS GRUPOS EN EL TURNO VESPERTINO PARA EL CICLO ESCOLAR
2003-2004 Y SE ATIENDA A QUINIENTOS ESTUDIANTES DE PRIMER SEMESTRE. TERCERO.-
Que la finalidad de la presente Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico radica
en que este Honorable Congreso del Estado a través de la Mesa Directiva
solicite al Titular del Poder Ejecutivo Estatal -de acuerdo a lo establecido
por la Cláusula Cuarta, numeral B), del Fideicomiso Empresarial del Estado de
Baja California, relativo a Educación, que es uno de los fines del Fondo
Fideicomitido- promueva la aprobación de un monto de $5,000,000.00 (CINCO
MILLONES DE PESOS), para ampliar el techo financiero de la Escuela Preparatoria
Federal Lázaro Cárdenas, para que se abran 10 nuevos grupos en el turno
vespertino para el ciclo escolar 2003-2004 y se atienda a quinientos
estudiantes de primer semestre. CUARTO.-
Del estudio al contrato del Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja
California se deriva que en sus cláusulas primera y cuarta se establece como
uno de los objetos de dicho fideicomiso el fomento a la educación;
entendiéndose por tal, y de acuerdo a la cláusula cuarta, las actividades
tendientes a apoyar los proyectos que en esa materia presenten el Consejo
Estatal de Participación Social en la Educación, los Organismos Públicos o
Privados y las Instituciones de Enseñanza, relacionados con capacitación para
alumnos y profesores, elevar la calidad educacional, otorgamiento de becas y
otros proyectos relacionados con la materia, cuyas acciones incidan en la
circunscripción territorial del Estado de Baja California. QUINTO.- Si bien uno de los fines del
Fideicomiso Empresarial del Estado de Baja California radica en apoyar los
proyectos que en materia educativa se presenten, de manera tal que al existir
las condiciones adecuadas es viable destinar una cantidad de dinero proveniente
del Fideicomiso en referencia al fomento de la educación en el estado. SEXTO.- Una vez
estudiado el planteamiento del autor del punto de acuerdo económico, esta
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales estima oportuno solicitar respetuosamente al
titular del Ejecutivo del Estado para que en el ámbito de su competencia, tenga
a bien atender la inaplazable demanda de recursos financieros para la Escuela
Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas. SEPTIMO.- Debido a la importancia
que la educación reviste para el desarrollo integral del individuo, esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales
considera conveniente que la Mesa Directiva de este Poder Legislativo
del Estado envíe un oficio al titular del Poder Ejecutivo estatal para
exhortarlo a que gestione ante el titular del Poder Ejecutivo Federal el
incremento de los recursos federales que en materia educativa se asignan a las
escuelas federales de nivel medio superior existentes en el Estado de Baja
California; además de darle a conocer la situación actual que la educación media
superior atraviesa y que no permite que todos los jóvenes que desean estudiar
dicho nivel educativo puedan hacerlo ya que las escuelas son insuficientes. OCTAVO.- La Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales llevó a cabo un análisis minucioso de la Iniciativa en estudio
y determinó aprobar el presente Dictamen en los presentes términos, por
unanimidad de votos de los Diputados presentes: Fernando Jorge Castro Trenti,
Ricardo Rodríguez Jacobo, Raúl Felipe Luevano Ruíz, José de Jesús Martín
Rosales y José Alfredo Ferreiro Velazco.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe somete a
consideración de la Honorable Asamblea de la XVII Legislatura Constitucional
del Estado Libre y Soberano de Baja California, el siguiente punto: RESOLUTIVO:
UNICO.- Se aprueba enviar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado un oficio
mediante el cuál se le exhorte a gestionar ante el titular del Poder Ejecutivo
Federal el incremento de los recursos federales que en materia educativa se
asignan a las escuelas federales de nivel medio superior existentes en el
Estado de Baja California, como es el caso de la Preparatoria Federal Lázaro
Cárdenas de la Ciudad de Tijuana, misma que requiere el ampliar su techo
financiero para satisfacer la demanda de creación de cuando menos diez grupos
en respuesta a la apremiante necesidad estudiantil de contar con esos espacios
educativos. Además, darle a conocer la situación actual por la que atraviesa la
educación media superior, al no permitirse que todos los jóvenes que desean
estudiar dicho nivel educativo puedan hacerlo ya que las escuelas son
insuficientes. Dado en el Salón de Comisiones "Dr. Francisco Dueñas
Montes" del Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Capital
del Estado de Baja California a los 11 días del mes de Septiembre de 2003.
COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES DICTAMEN NUMERO 347 DIPUTADO
FERNANDO JORGE CASTRO TRENTI. PRESIDENTE COMISION DE LEGISLACION Y PUNTOS
CONSTITUCIONALES.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda
a consideración de la asamblea el dictamen 347 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria
sírvase someter a votación el dictamen 347, diputados vamos a iniciar la
votación, por lo cual se les solicita ocupar sus curules, adelante diputada.
- LA C. SECRETARIA: Gracias,
solicitamos a los compañeros diputados manifestar el sentido de su votación de
manera nominal, comenzando por favor por la derecha.
-
Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Hidalgo Silva Marcelino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Ruiz Uribe Jesús Alejandro, a favor,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que
falte por votar?, la votación por la mesa directiva.
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Avilés Múñoz Raquel, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor a favor,
-
LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de esta votación es de
veintiún votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
-
EL C. PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y
en lo particular con 21 votos a favor, cero en contra y 0 abstenciones, se
declara aprobado el Dictamen número 347 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, en los términos que fue leído por el Diputado Catalino Zavala
Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Tiene el uso de la voz para el dictamen 331, el diputado Leopoldo Morán Díaz.
- EL C. DIP.
MORAN DIAZ: Con su venia señor Presidente, compañeros diputados, compañeras
diputadas, COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y PUNTOS
CONSTITUCIONALES DICTAMEN No. 331 HONORABLE
ASAMBLEA: La Comisión que suscribe, en ejercicio de las facultades que le
confieren los artículos 61 fracción I, 62 fracción XVII, 110 fracción I, 115
fracción I, 116, 122 y 124 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado
de Baja California, recibió para su estudio, análisis y dictaminación,
INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTICULO 38 BIS A LA LEY DE PUERTOS, presentada ante esta Soberanía por el
DIPUTADO LEOPOLDO MORÁN DÍAZ, integrante de la fracción parlamentaria del
Partido Acción Nacional,....
- EL C.
PRESIDENTE: ¿Me permite diputado?, Diputado Luévano, si nos permite continuar
con el desahogo de la Sesión, gracias diputado adelante.
- EL C. DIP.
MORAN DIAZ: Misma que se dictamina con base en los siguientes, ANTECEDENTES I.-
Con fecha 17 de Julio de 2003, el C. DIPUTADO LEOPOLDO MORÁN DÍAZ, integrante
de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, presentó ante la
Asamblea la Iniciativa de Reforma anteriormente señalada; II.- Recibida que fue
la iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva, Diputado Héctor
Edgardo Suárez Córdova, de acuerdo a la facultad conferida por el Artículo 50
fracción II, inciso f), y fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Baja California, la turnó a esta Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales; III.- Una vez recibida y analizada la
Iniciativa de referencia, estudiada que fue la misma en todos y cada uno de sus
términos, la Comisión que suscribe en cumplimiento con lo previsto en la
fracción III del Artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California, realizó el presente Dictamen, bajo los términos siguientes: ANÁLISIS Y
ESTUDIO DE LA INICIATIVA: A) ASPECTOS GENERALES I.- INICIATIVA DE DECRETO QUE
ADICIONA EL ARTICULO 38 BIS A LA LEY DE PUERTOS. De la exposición de motivos
que se acompaña a la Iniciativa en cuestión, se desprenden los siguientes
razonamientos: Ensenada es un puerto dinámico, de vocación múltiple, importante
por su actividad comercial, pesquera y turística; colocado como uno de los
puertos de mayor crecimiento económico a nivel mundial, por su proximidad a la
creciente zona del noroeste de México y zona sudoeste de los Estados Unidos de
América. La actividad portuaria de Ensenada, a través de todo este tiempo, ha
logrado mantenerse a pesar de la caída que tuvo en sus operaciones tanto por
factores nacionales como internacionales tales como el embargo atunero. En
junio de 1994, el puerto de Ensenada cambia la forma de administrarse debido a
la creación de la Administración Portuaria Integral de Ensenada mejor conocida
como “API” la cual tiene su fundamento en la Ley de Puertos, promulgada en 1993
y que busca asentar el nuevo marco de operación de los puertos mexicanos. La
API tiene como principal objetivo administrar, supervisar, controlar y
promocionar bienes, servicios y actividades dentro del Recinto Portuario y
opera con utilidades y recursos propios logrando su autosuficiencia financiera,
gracias a los ingresos que obtiene por concepto de cesiones, tarifas portuarias
y prestación de servicios. Las APIs no prestan, en general, los servicios
portuarios directamente sino que lo hacen a través de empresas privadas a las
que las APIs otorgan concesiones o permisos. El manejo de lo contenedores y de
carga general lo prestan, prácticamente, empresas privadas. Por otra parte,
cada API cubre una contraprestación anual al Gobierno Federal por el uso,
explotación y aprovechamiento del Recinto Portuario y su poligonal envolvente.
El marco jurídico en el que se sustentan las operaciones y actividades de la
administración portuaria está sustentado por la Ley de Puertos, la ley de
Navegación, las reglas de Operación y las distintas disposiciones legales que
aplican a su actividad. Actualmente, el Gobierno Federal participa
mayoritariamente en el capital de las 18 Apis constituidas como Entidades
Paraestatales, tal es el caso de la API de Ensenada donde el Gobierno Federal
tiene casi el total del capital accionario, sin ninguna participación del
Estado o Municipio donde se ubica el puerto. En diciembre del año pasado, el
Congreso de la Unión estableció en el artículo Sexto Transitorio de la Ley de
Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, la obligación para
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de transferir, de manera no
onerosa, el 20 % de la acciones de la sociedad mercantil Administración
Portuaria Integral a los Gobiernos de los Estados el 6% de las mismas a los
municipios donde se encuentren operando las referidas administraciones portuarias
integrales, siempre y cuando así lo soliciten los Estados y los Municipios
interesados y se trate de administraciones en que la Federación tenga el 76 %
de la acciones. Al amparo de dicha disposición obligatoria para la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, esta Soberanía tuvo a bien exhortar al Ejecutivo
de nuestro Estado Lic. Eugenio Elorduy Walther y al Presidente del XVII
Ayuntamiento de Ensenada, Dr. Jorge Catalán Sosa, para que solicitaran, de
manera oficial, al Ejecutivo Federal y al titular de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público la transferencia onerosa respecto de la administración portuaria integral ubicada en Ensenada, donde
el gobierno Federal tiene la posesión de un porcentaje mayor al 76%. No
obstante y a pesar de las múltiples gestiones y variados esfuerzos que ha
estado realizando desde comienzos del año el gobierno estatal y municipal para
concretar la transferencia onerosa la Secretaría de Hacienda, así como la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes aún no han terminado por concretar
dicha transferencia por una serie de
causas, tanto técnicas como contables; lo anterior, hace prácticamente
nugatoria la disposición del Congreso de la Unión contenida en la Ley de
Ingresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal. Tan larga ha sido
la espera que en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal
2003, se estableció nuevamente, en el artículo Sexto transitorio de la Ley de
Ingresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2003, con vigencia por todo
este año, el mismo contenido del artículo sexto transitorio de la Ley de
Ingresos 2002, con la finalidad de facilitar la conclusión de los procesos de
transferencia no onerosa que los Estados y Municipios solicitaron durante la
vigencia de la Ley de Ingresos para el 2002. El hecho es que si al concluir el
presente ejercicio fiscal, de nueva cuenta no se logra transferir al estado y
Municipios los porcentajes de capital a que se refiere la Ley de Ingresos de la
Federación, dejará en total estado de incertidumbre no solo a nuestras
entidades Públicas, sino también a los demás gobiernos estatales y municipales
que llegaran a solicitar esta transferencia no onerosa. La falta de observancia
de esta disposición, por parte de las Dependencias Federales haría que, aún cuando
se ordenara en la siguiente Ley de Ingresos dicha transferencia, dentro de su
vigencia anual, se correría el riesgo de que, nuevamente, las dependencias
federales siguieran sin beneficiar, a los Gobiernos Estatales y Municipales. Es
indudable que el Estado de Baja California y el Municipio de Ensenada, cuentan
con plena capacidad para administrar este tipo de organismos y tendrían en la
transferencia no onerosa de las API’S un importante ingreso no sólo para sanear
sus ya mermadas finanzas, sino también para planear, a largo plazo, el
desarrollo de nuestras regiones, así que en muchos casos, dependen precisamente
de la actividad portuaria, ya sea en el mar de Cortéz o en Pacífico. En este
sentido se propone que para concretar en definitiva la transferencia de las
API’S en beneficio de estados y municipios, así como para remediar lo escaso de
la vigencia de la Ley de Ingresos, se propone modificar la Ley de Puertos,
ordenamiento en el que esta prevista la existencia de las Administradoras
Portuarias Integrales, a efecto de establecer ahí que las API’S, cuyas acciones
pertenezcan en más del 76% al Gobierno Federal, serán transferidas de manera
onerosa en un 20% a los Gobiernos Estatales y en un 6% a los de los
Ayuntamientos que así lo soliciten, es decir, tal y como originalmente se prevé
en la Ley de Ingresos de la Federación, pero a cambio tendrá una vigencia de
carácter permanente y no transitoria como actualmente sucede. II.- ANTECEDENTES
DE LA REFORMA PRETENDIDA En congruencia
con el Programa de Modernización de la Infraestructura Portuaria y del
reordenamiento de sus servicios, el 28 de septiembre de 1992 se expide el
decreto para la extinción del órgano desconcentrado Puertos Mexicanos, así como
para privatizar la operación de los puertos, reservándose para la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, la atención de las funciones de autoridad en
materia portuaria, mientras que la operación y la prestación de los servicios
será atendida por los particulares. En
virtud de la importancia del nuevo marco funcional de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes en materia de puertos y marina mercante y a efecto
de favorecer la participación de los sectores social y privado, en julio de
1993 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la creación de la
Unidad para la Coordinación de Puertos y Marina Mercante, a fin de ejercer la
autoridad marítima y portuaria, así como para regular la operación y la
prestación de los servicios relativos. La estructura básica autorizada el 5 de
julio de 1993 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hasta el nivel de
dirección general, contempló la creación de la Unidad para la Coordinación de
Puertos y Marina Mercante y la Dirección General de Puertos, así como el cambio
de denominación de la Dirección General de Puertos y Marina Mercante por la de
Marina Mercante. El 19 de marzo de 1994 se publica en el Diario Oficial el
nuevo Reglamento Interior de la Secretaría, en el que se determina un nuevo
arreglo organizacional que contempla cambios en la denominación de algunas
unidades administrativas y la creación de otras. Dentro de las áreas de nueva
creación, se encuentra la citada unidad que cambió su denominación a
Coordinación General de Puertos y Marina Mercante y las direcciones generales
de Puertos y de Capitanías; las 2 primeras fueron autorizadas en julio de 1993,
sujetas a que se modificara el Reglamento Interior y la última fue creada en
marzo de dicho año, las cuales se instrumentan con la responsabilidad de
regular, coordinar y vigilar la descentralización y operación del sistema
marítimo portuario. En congruencia con las normas vigentes en materia
organizacional determinadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
con lo establecido en el Programa de Mediano Plazo para el Cierre de la Administración,
en junio de 1994 se integró un nuevo esquema organizacional para esta
dependencia, con el propósito de lograr el mejor aprovechamiento de los
recursos disponibles, incrementar los niveles de eficiencia y productividad y
alcanzar una mayor calidad de los servicios. En la presente administración se
inició un proceso de modernización administrativa orientado a obtener el óptimo
aprovechamiento de recursos, lo que ha propiciado que las unidades
administrativas modifiquen sus estructuras con el propósito de estar en
congruencia con los requerimientos actuales de operación y sobre la base de
incrementar los niveles de productividad de la Secretaría. III.-
DE LA PRETENSIÓN LEGISLATIVA: La presente Iniciativa de reforma, propone
modificar la Ley de Puertos, ordenamiento en el que está prevista la existencia
de las Administradoras Portuarias Integrales, a efecto de establecer que las
(API’S), cuyas acciones pertenezcan en más del 76% al Gobierno Federal, serán
transferidas de manera onerosa en un 20% a los Gobiernos Estatales y en un 6% a
los de los Ayuntamientos que así lo soliciten, es decir, tal y como
originalmente se prevé en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio
fiscal del 2003, de esta forma, se tendrá una vigencia de carácter permanente y
no transitoria como sucede en la actualidad. IV.- RÉGIMEN JURÍDICO: Para efectos de determinar la
viabilidad o inviabilidad de la Iniciativa en cuestión, procederemos a estudiar
y analizar los ordenamientos legales aplicables al caso, mismos que se transcriben
para su mayor comprensión: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS: ARTÍCULO 116.- . . . Los
Poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de
ellos, con sujeción a las siguientes normas: ... CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA: ARTÍCULO 27.- Son facultades del Congreso: I... II.- Iniciar ante el Congreso de la Unión las
leyes y decretos que sean de la competencia del Poder Legislativo de la
Federación, así como proponer la reforma o derogación de unas y de otras; III
a la XXXV.-... LEY ORGÁNICA DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: ARTÍCULO 61.- Las Comisiones de
Dictamen Legislativo, serán las siguientes: I.- De Legislación y Puntos
Constitucionales. II a la III… ARTÍCULO 63.- Para el cumplimiento de las
atribuciones señaladas en el artículo que antecede la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales solicitará a la Dirección de Asuntos Jurídicos
Legislativos el estudio y análisis respectivo. ARTÍCULO 116.- Las Iniciativas
de Ley o Decreto deberán sujetarse a los trámites siguientes: I.- Dictamen de
Comisiones; II.- Discusión; y, III.- Votación. ARTÍCULO 117.- Toda iniciativa
deberá presentarse al Presidente del Congreso por escrito y firmada, con su
exposición de motivos en la cual exponga su autor o autores las consideraciones
jurídicas, políticas, sociales o económicas que justifican, explican, motivan y
dan procedencia a la proposición de creación, reforma, derogación o abrogación
de una Ley, artículo de la misma o decreto. ... ARTÍCULO 118.- Todas las
iniciativas se turnarán por el Presidente del Congreso a las Comisiones de
Dictamen Legislativo que corresponda conforme a la presente Ley; una vez
estudiadas, analizadas y discutidas formularán el dictamen correspondiente,
sujetándolo a votación en los términos del artículo 149 de esta Ley. B).-
ASPECTOS PARTICULARES: 1.- ANÁLISIS Y ESTUDIO DE LA INICIATIVA A efecto de
iniciar este estudio, es oportuno y comprender que de la pretensión del
legislador se desprende la importancia que sobre esta tiene la aprobación de la
Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, en cuanto al
artículo sexto transitorio, siendo esta aprobación un antecedente directo, y se
dio debido al consenso que a nivel federal se ha establecido en torno a las
Entidades Federativas, ya se considera que en la actualidad se encuentran
política, social y económicamente con la madurez necesaria para hacerse cargo
paulatinamente de las potestades tributarias que concentra la Federación, en
este sentido, es oportuno señalar como antecedente que los grupos
parlamentarios con representación legislativa, en la Cámara de Senadores, se
pronunciaron en Diciembre del 2001, para efecto de que se adicionará el
Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el
ejercicio fiscal 2002. Esta adición
dispone como en la actual ley de ingresos del Ejercicio Fiscal a este año
correspondiente, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transferirá,
de manera no onerosa, el 20 por ciento de las acciones de la sociedad
mercantil, administración portuaria integral, la APIS, a los gobiernos de los
Estados, y el 6 por ciento de las mismas a los municipios donde éstas se
encuentran operando, siempre y cuando los municipios interesados así lo
soliciten y se trate de administraciones en las que la Federación tenga más del
76 por ciento de las acciones. En este orden, es oportuno manifestar que con la
aprobación unánime de este artículo, se puso de manifiesto que independientemente
de las diferencias partidistas e ideológicas, todos los partidos políticos
coinciden en el que es necesario reformar el marco fiscal de carácter
federalista, y que es necesario fortalecer las finanzas de los Estados y
Municipios, para lograr impulsar el desarrollo regional y coadyuvar a reducir
la desigualdad entre las distintas regiones del país. Por lo que se ha
concluido que Federalismo y descentralización, son conceptos que aún en
condiciones de diferencias partidistas y de poderes suscitan el acuerdo de
todos. Esta convicción del Poder Legislativo Federal de impulsar una serie de
instrumentos con auténtico sentido federalista, es contemplada inclusive por el
propio Poder Ejecutivo Federal, ya que en el Plan Nacional de Desarrollo
2000-2006, estima necesario continuar impulsando mediante la transferencia a
los estados de las entidades, propiedad de la Federación o de sus activos. Pero
más allá de la aprobación de instrumentos legales encaminados a resolver la
necesidad latente y creciente de las entidades y municipios, de contar con
mayores recursos y que no pueden explotar nuevas fuentes tributarias, es
necesario velar por el cumplimiento cabal y oportuno de las mismas. En este orden, el proponente de la iniciativa
de decreto referida argumenta que las Administraciones Portuarias Integrales,
tienen como principal objetivo administrar, supervisar, controlar y promocionar
bienes, servicios y actividades dentro del Recinto Portuario y opera con
utilidades y recursos propios logrando su autosuficiencia financiera, gracias a
los ingresos que obtiene por concepto de cesiones, tarifas portuarias y
prestación de servicios. En este entendido, se rigen por el Programa Maestro de
Desarrollo del Puerto, el cual tiene una vigencia de 5 años y es exclusivo de
cada puerto, en esta ocasión se cuenta con el segundo programa maestro que
comprende 2000-2005. Por otra parte, la API cubre una contraprestación anual al
Gobierno Federal por el uso, explotación y aprovechamiento del Recinto
Portuario y su poligonal envolvente. Por lo que la propuesta del Legislador,
plantea la modificación a la Ley de Puertos, a efecto de que se establezca en
dicho ordenamiento el mandato presupuestal expresado por el artículo sexto
transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de
2003, ya que como se ha acotado, a pesar de las múltiples gestiones y variados
esfuerzos que en nuestro Estado han realizado desde inicio del año el Gobierno
Estatal y Municipal de Ensenada, para concretar la transferencia no onerosa,
las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Comunicaciones y
Transportes, no han terminado de concretar dicha transferencia. Ahora bien, a
efecto de que ser claros en el análisis de la iniciativa se transcribe a
continuación el artículo cuya reforma se propone por el autor de la iniciativa
y posteriormente se emiten los comentarios respectivos.
LEY DE PUERTOS
PROPUESTA DEL LEGISLADOR INICIALISTA ARTÍCULO 38 BIS.- Los Gobiernos de los
Estados y Municipios donde se encuentren operando las administraciones
portuarias integrales, tendrán derecho a participar de sus acciones. La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la encargada de transferir a
título no oneroso un 20 % a los Estados y un 6%
a los Municipios interesados, siempre y cuando: I.- El Estado o
municipio lo soliciten a la Secretaría de Hacienda o al Ejecutivo Federal,
y II.- La Federación tenga más del 76 %
de las acciones de la Administradora Portuaria Integral de que se trate.
ARTICULOS
TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los Gobiernos
Estatales y Municipales que con fundamento en el Artículo Sexto Transitorio de
la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, y la Ley
de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003, hubieren solicitado
a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la transferencia no onerosa de
las administradoras portuarias integrales que se encuentren en sus respectivos territorios,
se entenderá que también solicitan la transferencia en los términos del
Artículo 38 bis del presente Decreto. TERCERO.- Quedan sin efecto y por tanto
se derogan, todas las disposiciones que
se opongan a lo establecido en el presente Decreto. CUARTO.- Cúmplase con lo
dispuesto por el artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Baja California. QUINTO.- Una vez hecho lo ordenado en el artículo
anterior, túrnese la presente iniciativa al Congreso de la Unión para efectos del
artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo
que esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, considera que es
necesario que se de reconocimiento a las facultades tributarias de los Estados
y los Municipios, para que estos cuenten con recursos para poder lograr su
desarrollo, por lo que la propuesta del Legislador al pretender reformar la Ley
de Puertos, con el objeto de establecer en el artículo 38 bis, una disposición
que ha sido contemplada en las Leyes de Ingresos de la Federación para los
ejercicios fiscales 2002 y 2003, normas transitorias, que rigen para un plazo
fijo y al término del cual automáticamente queda abolida su vigencia,
consideramos oportuno el que dicha disposición
se establezca en una norma permanente como lo es, la Ley en comento,
dadas las características propias que las leyes deben cumplir como son la
generalidad y permanencia. En este sentido, de lo argüido con anterioridad, se
considera procedente la reforma referida, ya que como hemos señalado, a nuestro
parecer, es necesario el avance en el esquema fiscal federalista. El cual solo
se logrará en la mediada en que proporcione a los Estados y municipios mayores
potestades tributarias, administradas hasta hoy por la federación, para que con
ello cuenten con mas recursos para su desarrollo, por lo que la Comisión que
suscribe, estima viable la reforma aludida al
artículo en comento, coincidiendo en la necesidad de reformar la ley en
comentario. 2.- DE LOS ARTICULOS TRANSITORIOS. En otro orden concebimos
a los artículos transitorios como aquellos que se incorporan para regular las
situaciones especiales originadas con motivo de la expedición y aplicación de
nuevas leyes o normas, o con la abolición y sus efectos, de otras anteriores,
por tal motivo, debemos considerar la
importancia que revisten toda vez que prevén o resuelven diversos supuestos que
con carácter temporal o transitorio, provocan las innovaciones legislativas;
viniendo a ser complementarios de aquellos que regulan lo que es la materia
propia de la ley o decreto, siendo en consecuencia normas anexas, que solo
tienen vigencia con el articulado principal, y que al cumplir su propósito
quedan sólo como un dato formal histórico, junto a las normas principales cuya
característica es la permanencia. En este entendido, los artículos transitorios
se consideran procedentes, solo cabe hacer una observación en el artículo
transitorio quinto, se considera
oportuno, que se manifieste la mención
del artículo 71 de la Carta Magna, ya que es en este artículo donde se faculta
a las Legislaturas locales para iniciar leyes o decretos además de que para
hacerlo mas completo la mención de que se acompañe el acta del diario de los
debates que origine la presente iniciativa. Una vez realizado el anterior
análisis, se da cuenta de los razonamientos que llevaron a esta Comisión a
resolver la viabilidad de la Iniciativa en comento, por lo que se exponen los
siguientes: CONSIDERANDOS PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado,
iniciar ante el Congreso de la Unión las leyes y decretos que sean de la
competencia del Poder Legislativo de la Federación, así como proponer la
reforma o derogación de unas y otras, de conformidad con lo previsto por los
artículos 27 fracción II y 28 fracción I, de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California. SEGUNDO.- Que dentro de las
atribuciones de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, se
encuentra la de conocer los asuntos que están relacionados con las facultades
legislativas, acorde con lo previsto por el artículo 61 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California. TERCERO.- Que la iniciativa de reforma en análisis
reúne los requisitos que señala el artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado, consistentes en que sea presentada por escrito y
firmada, ante el Presidente del Congreso del Estado con la exposición de
motivos en la que se expongan las consideraciones
jurídicas, políticas, sociales o económicas que justifican, explican, motivan y
dan procedencia a la proposición de creación, reforma, derogación o abrogación
de una ley o artículo. CUARTO.- Que con la presente Iniciativa el
promovente de la misma pretende modificar la Ley de Puertos, ordenamiento en el
que esta previsto la existencia de las Administradoras Portuarias Integrales,
(API’S), a efecto de que en aquellas en las cuales las acciones pertenezcan en
más del 76% al Gobierno Federal, serán transferidas de manera onerosa en un 20%
a los Gobiernos Estatales y en un 6% a los de los Ayuntamientos que así lo
soliciten, es decir, tal y como originalmente se previo en las Leyes de
Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales del 2002 y 2003, pero en
un ordenamiento con vigencia de carácter permanente y no transitoria como
sucede en la actualidad. QUINTO.- Que es menester señalar, que la iniciativa
presentada a esta Honorable Asamblea Legislativa, no es violatoria de las
disposiciones vigentes, ni precepto legal alguno, sino que pretende contemplar
en una disposición de manera permanente como lo es, el artículo 38 Bis de la
Ley de Puertos, la pretensión contenida en los artículos sextos transitorios de
las Leyes de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales 2002 y
2003. SEXTO.- Que la Comisión que suscribe, considera necesario el avance en el
esquema fiscal federalista para que se proporcione a los Estados y municipios
mayores potestades tributarias, administradas hasta hoy por la federación, para
que con ello cuenten con mas recursos para su desarrollo, por lo que la
propuesta del Legislador, toda vez que contribuye a este avance se considera
viable y procedente. SEPTIMO.- Que el presente dictamen fue aprobado por el
voto de los diputados quienes deciden resolver a favor el sentido del presente
dictamen. Por lo anteriormente expuesto,
la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta Honorable Asamblea,
el siguiente punto: RESOLUTIVO: ÚNICO.- Se aprueba la REMISIÓN DE LA INICIATIVA
DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LEY DE PUERTOS, AL HONORABLE
CONGRESO DE LA UNION, para su correspondiente aprobación y publicación, en su
caso, para quedar como sigue: ARTÍCULO 38 BIS.- Los Gobiernos de los Estados y
Municipios donde se encuentren operando las administraciones portuarias integrales,
tendrán derecho a participar de sus acciones. La Secretaría de Hacienda y
Crédito Público será la encargada de transferir a título no oneroso un 20 % a
los Estados y un 6% a los Municipios
interesados, siempre y cuando: I.- El Estado o municipio lo soliciten a la
Secretaría de Hacienda o al Ejecutivo Federal, y II.- La Federación tenga más del 76 % de las
acciones de la Administradora Portuaria Integral de que se trate. ARTICULOS
TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los Gobiernos
Estatales y Municipales que con fundamento en el Artículo Sexto Transitorio de
la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, y la Ley
de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003, hubieren solicitado
a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la transferencia no onerosa de
las administradoras portuarias integrales que se encuentren en sus respectivos
territorios, se entenderá que también solicitan la transferencia en los
términos del Artículo 38 bis del presente Decreto. TERCERO.- Quedan sin efecto
y por tanto se derogan, todas las disposiciones
que se opongan a lo establecido en el presente Decreto. CUARTO.-
Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 29 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California. QUINTO.- Una vez cumplimentado lo
señalado en el artículo anterior, túrnese la presente iniciativa al Congreso de
la Unión para efectos de los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, anexando el acta del Diario de los debates que
motive, así como el acta de sesiones donde se aprobó. DADO en el Salón de Usos
Múltiples del Edificio Municipal del H. Ayuntamiento en la Ciudad de Playas de
Rosarito, Baja California, el Primero de Agosto del dos mil tres. (El dictamen
de la Comisión correspondiente, fue aprobatorio en su, por unanimidad, es
cuanto, señor Presidente, diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias diputado, queda
a consideración de la Asamblea el Dictamen 331 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, no habiendo oradores en contra, diputada secretaria,
sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Si, con gusto Diputado
Presidente, solicito a mis compañeros diputados que emitan el sentido de su
voto de manera nominal, comenzando por la derecha por favor.
-
Zavala Márquez Catalino, a favor,
-
Hidalgo Silva Marcelino, a favor,
-
Osuna Aguilasocho Nicolás, a favor,
-
Corvera Quiñonez Fidel, a favor,
-
Ferreiro Velazco José Alfredo, a favor,
-
Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
-
Ramos García Everardo, a favor,
-
Morán Díaz Leopoldo, a favor,
-
Rosales Hernández José de Jesús Martín, a favor,
-
Cortez Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
-
Rodríguez Jacobo Ricardo, a favor,
-
Rueda Gómez Francisco, a favor,
-
Luévano Ruiz Raúl Felipe, a favor,
-
Araiza Regalado José Antonio, a favor,
-
Alvarado González Arturo, a favor,
-
Paniagua Figueroa Luz Argelia, a favor,
-
LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que
falte por votar?, la votación por la mesa directiva.
-
Terrazas Silva Juan, a favor,
-
Martín Navarro María Rosalba, a favor,
-
Avilés Múñoz Raquel, a favor,
-
Suárez Córdova Héctor, a favor,
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de veinte
votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo
particular con 20 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones, se declara
aprobado el dictamen No. 331 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, en los términos que fue leído por el diputado Leopoldo Morán
Díaz. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los
veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la
voz el diputado Arturo Alvarado González.
- EL C.
DIP. ALVARADO GONZALES: Con el permiso de la Mesa Directiva, la Comisión de
Fiscalización del Gasto Público, presenta a este Pleno los siguientes
dictámenes, Dictamen 44, Cuentas Públicas
del Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, por el
ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar el diputado Francisco Rueda;
Dictamen No. 56, Cuentas Públicas del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, por
el ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar el diputado Antonio Araiza;
Dictamen 59, Cuentas Públicas del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito,
por el ejercicio fiscal dos mil uno, que va a presentar un servidor; Dictamen
No. 60, Cuentas Públicas del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial
del Estado por el ejercicio Fiscal dos mil dos, que va a presentar el diputado
Alfredo Ferreiro; y Punto de Acuerdo de la Comisión sobre una resolución de la
Contraloría que estaba pendiente de dictaminar en la Comisión que va a
presentar un servidor.
- EL C.
PRESIDENTE: Punto de Acuerdo de la Contraloría, ¿Cual es el dictamen?
- EL C.
DIP. ALVARADO GONZALEZ: Es sobre el asunto .....
- EL C.
PRESIDENTE: ¿Otra vez?
- EL C.
DIP. ALVARADO GONZALEZ: Lo que pasa es que, ya vez que la Contraloría resolvió
pero mediante escrito.
- EL C.
PRESIDENTE: Aja. Bien tiene el uso de la voz para el dictamen 44 de la Comisión
de Fiscalización del Gasto Público, el diputado Francisco Rueda Gómez.
- EL C.
DIP. RUEDA GOMEZ: Gracias diputado Presidente, a nombre de la Comisión de
Fiscalización del Gasto Público, me voy a permitir darle lectura al dictamen
No. 44, relativo a la opinión de las Cuentas Públicas del Fondo
de Seguridad Pública del Estado de Baja California, del dos mil uno.
Compañeras y compañeros Legisladores, COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO
DICTAMEN NO. 44 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta Comisión, para su estudio,
análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/OP059/2003 de fecha 29
de abril del 2003, mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda emite su
opinión respecto a las Cuentas Públicas del Fondo de Seguridad Pública del
Estado de Baja California, Fideicomiso Irrevocable de Administración e
Inversión, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de
diciembre del 2001. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó
el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando
los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de abril del 2002 el
Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Fondo de
Seguridad Pública del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto
en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 3 de julio del 2002, la
Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros al Fondo
de Seguridad Pública del Estado de Baja California, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de
acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector
gubernamental. TERCERO.- Con fecha 29 de abril del 2003, se llevó a cabo
confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los
servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión
de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2001.
CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la
Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece
en el Artículo 27, fracción XII, en concordancia con el Artículo 22 de la
Constitución Política local. SEGUNDO.- Que el Artículo 61, fracción III de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que
la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de dictamen
legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67 Bis de
la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la
Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros
asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la
Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. CUARTO.-
Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente
y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que
están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del
Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o
manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización
aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las
Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a
satisfacción, excepto por los siguientes puntos: a).- Se efectuaron registros
contables en el rubro de Patrimonio, principalmente por aplicaciones de
aportaciones, sin estar debidamente respaldados con la documentación
correspondiente por un importe neto de $ 4’573,484. b).- En la trigésima
primera sesión ordinaria del Comité Técnico del FOSEG, celebrada el 22 de
agosto del 2001, se acordó aceptar la comprobación del Gobierno del Estado por
las cantidades de $ 30'898,286 y $ 10'053,350 como aportaciones estatales en
especie de los ejercicios fiscales de 1999 y 2000 del Programa de Dotaciones
Complementarias, reconociéndose en consecuencia incremento al Patrimonio por la
suma de $ 40'951,636, en tanto que, por este mismo importe se disminuyó el
patrimonio por el reconocimiento de aplicaciones de aportaciones sin
documentación comprobatoria que lo sustente, por aportaciones estatales $
31'682,150 y por aplicaciones de aportaciones federales $ 9'269,486, los cuales
están reflejadas en el Gasto Público del Gobierno del Estado; por otra parte,
el importe de $ 9'269,486 fue reembolsado al Gobierno del Estado al
considerarse que se ejercieron recursos propios para implementar el Programa de
Dotaciones Complementarias, no obstante que al cierre del ejercicio fiscal 2001
el Gobierno del Estado adeuda a FOSEG $ 18'265,146 por concepto de aportaciones
del ejercicio 2000 para el Programa en comento; así mismo en cuanto a los
movimientos de cargo al Patrimonio señalados se desconoce las bases para
determinar dichos montos, toda vez que no fue proporcionada la documentación
que justifique y compruebe fehacientemente las erogaciones efectuadas,
incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C. c).- Se registró contablemente
como aplicación en Patrimonio diverso equipo adquirido durante el ejercicio con
recursos aportados por la Federación y el Estado, por un importe de $
4’665,269, de los cuales no se localizaron las actas de entrega-recepción,
donde se acredite la entrega de los bienes a las Entidades públicas
beneficiadas. d).- El Gobierno del Estado aportó en exceso un importe de $
2’796,259 toda vez que en el Convenio de Seguridad Pública para el ejercicio
fiscal de 1999 se determinó una aportación estatal de $ 82'491,279, habiéndose
aportado $ 85'287,538, sin embargo no se registró al cierre del ejercicio
pasivo a favor del Gobierno del Estado por el importe aportado en exceso. e).-
La Entidad reconoció en sus estados financieros, aplicaciones al Patrimonio por
$ 5'324,396 derivados de los recursos generados con rendimientos financieros,
siendo superiores a las ampliaciones al Patrimonio generadas por dicho concepto
por $ 3'066,091, las aplicaciones en exceso ascienden a $ 2'258,305. f).- La Entidad no dio cumplimiento a lo
previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se
solicitó aprobación del Ejecutivo del Estado de las modificaciones
presupuestales consistentes en ampliaciones por $ 119'253,036 y creaciones por $
60'173,282 de partidas en el Presupuesto de Egresos autorizado. g).- La Entidad
no publicó sus Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre del 2001 en el
Periódico Oficial del Estado incumpliendo a los Artículos 8 y 12 de la Ley para
el Control y Vigilancia de los Organismos Descentralizados, Empresas de
Participación Estatal y Fideicomisos; así mismo, no publicó en el Periódico
Oficial del Estado de Baja California el día 23 de febrero del 2001 el
Presupuesto de Egresos aprobado por partida omitiendo en su publicación el
desglose a nivel de programas y partidas, cumpliendo parcialmente con lo
previsto en el Artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California, y a la fecha no se ha publicado el
cierre del ejercicio presupuestal SEXTO.- Que de conformidad con los artículos
39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene
la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todas sus
aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público. SEPTIMO.-
Que mediante oficio número 031163 de fecha 31 de julio del 2003, la Entidad
remitió documentación e información adicional con el propósito de solventar
algunas observaciones que fueron consignadas como solventadas en la opinión de
la Contaduría Mayor, una vez analizada la misma, se concluye que se solventaron
parcialmente los puntos 1 y 3. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión
que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea,
los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.-
No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial del Fideicomiso Fondo de Seguridad
Pública del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Alejandro González
Alcocer y C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, en su carácter de Presidente
del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el
período del primero de enero al 31 de octubre del 2001, por motivo de que se
efectuaron registros contables en el rubro de Patrimonio, principalmente por
aplicaciones de aportaciones, sin estar debidamente respaldados con la
documentación correspondiente por un importe neto de $ 4’573,484; porque en la
trigésima primera sesión ordinaria del Comité Técnico del FOSEG, celebrada el
22 de agosto del 2001, se acordó aceptar la comprobación del Gobierno del
Estado por las cantidades de $ 30'898,286 y $ 10'053,350 como aportaciones
estatales en especie de los ejercicios fiscales de 1999 y 2000 del Programa de
Dotaciones Complementarias, reconociéndose en consecuencia incremento al
Patrimonio por la suma de $ 40'951,636, en tanto que, por este mismo importe se
disminuyó el patrimonio por el reconocimiento de aplicaciones de aportaciones
sin documentación comprobatoria que lo sustente, por aportaciones estatales $
31'682,150 y por aplicaciones de aportaciones federales $ 9'269,486, los cuales
están reflejadas en el Gasto Público del Gobierno del Estado; por otra parte,
el importe de $ 9'269,486 fue reembolsado al Gobierno del Estado al
considerarse que se ejercieron recursos propios para implementar el Programa de
Dotaciones Complementarias, no obstante que al cierre del ejercicio fiscal 2001
el Gobierno del Estado adeuda a FOSEG $ 18'265,146 por concepto de aportaciones
del ejercicio 2000 para el Programa en comento; así mismo en cuanto a los
movimientos de cargo al Patrimonio señalados se desconoce las bases para
determinar dichos montos, toda vez que no fue proporcionada la documentación
que justifique y compruebe fehacientemente las erogaciones efectuadas,
incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto
Contabilidad y Gasto Público del Estado de B.C.; así mismo porque se registró
contablemente como aplicación en Patrimonio diverso equipo adquirido durante el
ejercicio con recursos aportados por la Federación y el Estado, por un importe
de $ 4’665,269, de los cuales no se localizaron las actas de entrega-recepción,
donde se acredite la entrega de los bienes a las Entidades públicas
beneficiadas; debido a que el Gobierno del Estado aportó en exceso un importe
de $ 2’796,259 toda vez que en el Convenio de Seguridad Pública para el
ejercicio fiscal de 1999 se determinó una aportación estatal de $ 82'491,279,
habiéndose aportado $ 85'287,538, sin embargo no se registró al cierre del
ejercicio pasivo a favor del Gobierno del Estado por el importe aportado en
exceso; y por motivo que se reconocieron en los estados financieros,
aplicaciones al Patrimonio por $ 5'324,396 derivados de los recursos generados
con rendimientos financieros, siendo superiores a las ampliaciones al
Patrimonio generadas por dicho concepto por $ 3'066,091, las aplicaciones en
exceso ascienden a $ 2'258,305. SEGUNDO.- Es se otorgarse y se otorga la
aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial del Fideicomiso Fondo de Seguridad
Pública del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Eugenio Elorduy Walther e
Ing. Armando Arteaga King, en su carácter de Presidente del Comité Técnico y
Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del primero de
noviembre al 31 de diciembre del 2001. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la
aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos
del Fideicomiso Fondo de Seguridad Pública del Estado de Baja California, a los
CC. Lic. Alejandro González Alcocer y C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, en
su carácter de Presidente del Comité Técnico y Secretario del Comité Técnico,
respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de octubre del 2001
y a los CC. Lic. Eugenio Elorduy Walther e Ing. Armando Arteaga King, en su
carácter de Presidente del Comité
Técnico y Secretario del Comité Técnico, respectivamente, por el período del
primero de noviembre al 31 de diciembre del 2001. CUARTO.- Con motivo de lo
señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad no dio
cumplimiento a lo previsto en el Artículo 43, fracción I último párrafo de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,
toda vez que no se solicitó aprobación del Ejecutivo del Estado de las
modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por $ 119'253,036 y
creaciones por $ 60'173,282 de partidas en el Presupuesto de Egresos
autorizado; y por motivo que no se publicaron los Estados Financieros con
cifras al 31 de diciembre del 2001 en el Periódico Oficial del Estado,
incumpliendo lo dispuesto en los
Artículos 8 y 12 de la Ley para el Control y Vigilancia de los
Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos;
así mismo, porque se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Baja
California el día 23 de febrero del 2001 el Presupuesto de Egresos aprobado,
omitiéndose en su publicación el desglose a nivel de programas y partidas,
cumpliéndose parcialmente con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, y
porque no se ha publicado el cierre del ejercicio presupuestal, túrnese a la
Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no
exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se
informe al Congreso del Estado para los efectos conducentes. DADO en la Sala de
Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los
once días del mes de agosto del dos mil tres. Y firmamos los integrantes de la
Comisión de Fiscalización del Gasto Público, hasta aquí el dictamen No. 44, del
cual se solicita de la manera más atenta se someta a consideración, gracias.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias diputado, queda a consideración de la Asamblea el dictamen
44 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en
contra, diputada Secretaria, sírvase someter a votación el mismo.
- LA C.
SECRETARIA: Si, con mucho gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros
diputados emitir el sentido de su votación de manera nominal, comenzando por
favor por la derecha.
- Zavala
Márquez Catalino, a favor,
- Osuna
Aguilasocho Nicolás, a favor,
- Corvera
Quiñonez Fidel, a favor,
- Quintero
Peña Ismael, a favor,
- Ferreiro
Velazco José Alfredo, a favor,
- Ruiz
Uribe Jesús Alejandro, en contra,
- Salazar Castro Juan Manuel, a favor,
- Ramos
García Everardo, a favor,
- Rosales
Hernández José de Jesús Martín, a favor,
- Cortez
Mendoza Jesús Gerardo, a favor,
- Rodríguez
Jacobo Ricardo, a favor,
- Rueda
Gómez Francisco, a favor,
- Luévano
Ruiz Raúl Felipe, a favor,
- Araiza
Regalado José Antonio, a favor,
- Alvarado
González Arturo, a favor,
- Paniagua
Figueroa Luz Argelia, a favor,
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún
diputado que falte por votar?,
- Morán Díaz Leopoldo, a favor,
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, la votación por la mesa
directiva.
- Martín
Navarro María Rosalba, en contra,
- Avilés
Muñoz Raquel, a favor,
- Suárez
Córdova Héctor Edgardo, en contra,
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de esta votación es de diecisiete
votos a favor, dos votos en contra y cero abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Tres en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Ruiz y Rosalba.
- EL C.
PRESIDENTE: Y yo.
- LA C.
SECRETARIA: Ah, tu también. Bien, dieciséis, tres y cero.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, gracias una vez aprobado en lo general y en lo particular con
17 votos a favor, 3 en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen
44 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue
leído por el Diputado Francisco Rueda Gómez. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 56 de
la Comisión de Fiscalización del Gasto Público; el diputado Antonio Araiza
Regalado.
- EL C.
DIP. ARAIZA REGALADO: Con permiso de la Mesa Directiva, buenas tardes tengan
todos. COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO DICTAMEN NO. 56 HONORABLE
ASAMBLEA: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen
correspondiente, el oficio No. DASC/OP065/2003 de fecha 11 de agosto del 2003,
mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las
Cuentas Públicas del XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., por el ejercicio
fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre del 2001. Para efectos
de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y
evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes
ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de abril del 2002 el Congreso del Estado
recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del XVI y XVII Ayuntamiento de
Tijuana, B.C., en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
SEGUNDO.- Con fecha 17 de octubre del 2001, la Contaduría Mayor de Hacienda
inició auditoría de estados financieros al XVI y XVII Ayuntamiento de Tijuana,
B.C., para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la
Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California,
el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 5 de julio del 2002, se
llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados de la revisión
con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la
revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del
2001. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el
revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se
establece en el Artículo 27, fracción XII, en concordancia con el Artículo 22
de la Constitución Política local. SEGUNDO.- Que el Artículo 61, fracción III
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de
dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 67
Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a
la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le corresponde, entre otros
asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del resultado de la revisión de la
Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el artículo 5 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por los siguientes puntos: a).-
La Entidad al 31 de diciembre del 2001, presenta diversas partidas en
conciliación tales como: depósitos no considerados por el banco por
$ 47,408, cargos bancarios por la cantidad de $ 620,067 provenientes de los
ejercicios 1996, 1998, 1999, 2000 y 2001; cheques de caja cobrados por $
691,744 que provienen del ejercicio 1998, movimientos bancarios que no han sido
aclarados a la fecha, por otro lado la Entidad utiliza la cuenta bancaria No.
0446 761399 contratada con la institución de crédito Bancomer S.A., la cual
presenta un saldo de $ 195,890 al 31 de diciembre del 2001, cuenta que se
utiliza para el pago de estímulos económicos de Carrera Magisterial del
magisterio municipal, misma que no se encuentra registrada contablemente, omitiéndose
en consecuencia el registro contable y presupuestal de ingresos y egresos por
aproximadamente la cantidad de $ 3’744,617 y $ 3’287,357, respectivamente. b).-
La Entidad efectuó la cancelación de cuentas por cobrar de deudores diversos,
préstamos al personal, convenios por daños al Patrimonio de la Entidad por la
cantidad de $ 248,608, así como cargos bancarios no aclarados por la cantidad
de $ 115,007, por considerarlos irrecuperables, sin mostrar evidencia de las
gestiones de cobro o aclaraciones efectuadas y sin la autorización de Cabildo,
por otro lado dentro del saldo de cuentas por cobrar se encuentra registrado un
importe de $ 181,911 por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de
fondos los cuales provienen de los ejercicios de 1992 a 1999, mismos que se
presume fueron entregados para el pago de contribuciones municipales, de este
importe no se localizaron cheques por la cantidad de $ 81,906. c).- Se presenta
como adeudo en litigio al 31 de diciembre del 2001 el importe de $ 250,555 derivado
de las transferencias bancarias efectuadas el mes de septiembre del 2001 a
favor del C. Rosendo Alberto Abarca Núñez a la Ciudad de Pachuca Hidalgo, con
el fin de cubrir los gastos aduanales y el almacenaje de 48 vehículos que
presuntamente serían donados por parte de la Dirección General de Aduanas de la
Ciudad de Pachuca Hidalgo a la Entidad, situación que no se documentó; debido a
que no se recibieron los vehículos, ni se realizó la devolución del importe de
las transferencias bancarias se promovió el 28 de mayo del 2002 ante la
Procuraduría General de Justicia del Estado denuncia penal por la comisión de
delito de fraude, en contra de Rogelio Sotomayor y Rosendo Alberto Abarca
Núñez. d).- Se determinó
diferencia por $ 8’482,141 entre el saldo contable de Bienes Muebles de $
218’393,209 y el importe que arrojan los padrones emitidos por Oficialía Mayor
por $ 224’662,499 y el área de Policía Comercial por $ 2’212,851 los cuales suman un total de
$ 226’875,350, misma que se encuentra sujeta a conciliación y aclaración,
desconociéndose los efectos que pudieren resultar al concluirse su aclaración.
e).- La Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997,
autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes
municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de
Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos
correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo Decimosegundo
Transitorio del Decreto Nº 166, disminuyendo de su patrimonio bienes inmuebles
por un valor de $ 6’060,873, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y
sin que al cierre del ejercicio se hayan tomado las medidas necesarias las
cuales conlleven a dar cabal cumplimiento al procedimiento de desincorporación, así mismo no se ha efectuado una conciliación
entre los bienes cedidos por el Municipio de Tijuana y los bienes reconocidos
por el Municipio de Playas de Rosarito. f).- La Entidad no ha incorporado a su
patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $ 2,241’261,854,
correspondiente a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad,
provenientes de la autorización de fraccionamientos, de los ejercicios 1993,
1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 mismos que se encuentran registrados
contablemente en Cuentas de Orden; así mismo, se tiene registrado dentro de las
Cuentas de Orden, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie
32,150 m2, el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como
Cortijo San José con un valor de $ 41’473,500 que incluye terreno y
construcción, del cual no ha sido regularizada su propiedad, toda vez que aún
cuando en el Decreto Nº 194 expedido por la X Legislatura Constitucional del
Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California de
fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del patrimonio del
dominio público para incorporarse al dominio privado del Gobierno del Estado y
su enajenación a titulo gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C., no
se ha formalizado su donación, a su vez mediante el Decreto No. 345 publicado
en el Periódico Oficial del Estado de B.C. de fecha 14 de septiembre del 2001,
se autorizó la desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno
del Estado al dominio privado de 13 lotes ubicados en distintos desarrollos del
Municipio de Tijuana, B.C., autorizando al Ejecutivo del Estado, la enajenación
a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana para que se incorporen al
patrimonio del dominio público municipal y se destinen a los usos que se
especifican, mismos que no se registraron en cuentas de orden hasta en tanto se
formalicen. g).-Se asignó mediante el oficio No. 1923 de fecha 05 de marzo de
1997 por parte de Oficialía Mayor de Gobierno, el predio identificado con clave
catastral 2CF-252-101 con una superficie de 118,476.616 m2, polígono interior
delimitado por los carriles de la vialidad Libramiento Oriente en la Delegación
de La Mesa, condicionándose la asignación a que el Ayuntamiento de Tijuana
concerte convenio para restituirle al C. Angel Fernández Quintana el monto de $
1’000,000 correspondiente al anticipo que el particular pagó al Gobierno del
Estado al celebrar contrato de promesa de venta de fecha 24 de julio de 1995, a
efecto de que el Gobierno del Estado esté en condiciones de transmitir la
propiedad mediante escritura pública a favor del Ayuntamiento de Tijuana;
actualmente el inmueble es utilizado como lanzadera de transporte público,
habiéndose celebrado convenio sin vencimiento con empresas transportistas. A la
fecha no se ha realizado la negociación con el particular, por lo tanto no se
ha regularizado la propiedad a favor de la Entidad, por otra parte el predio en
mención no ha sido incorporado al padrón de predios asignados para su uso al
Ayuntamiento por el Gobierno del Estado. h).- La Entidad no ha efectuado una
conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo
confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT),
respecto a los adeudos por consumo de agua y convenios de obra, existiendo una
diferencia de menos en registros contables por la cantidad de $ 8’660,476, toda
vez que la CESPT presenta un adeudo por la cantidad de $ 19’666,507, cifra que
no incluye recargos, de los cuales se encuentran registrados en Cuentas de
Orden $ 7’366,856 y $ 3’639,175 como pasivo. Con fecha 18 de octubre del 2001
se celebró Convenio de Coordinación entre el Ayuntamiento, la Comisión Estatal
de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y Entidades Paramunicipales para la
liquidación de los adeudos al 31 de agosto del 2001 por $ 26’496,604, cifra que
se integra por adeudo del Ayuntamiento por $ 12’733,832 y de Organismos
Paramunicipales de $ 13’762,772, estableciéndose que el Ayuntamiento pagará el crédito
fiscal con bienes inmuebles de su propiedad en los que se ubican instalaciones
hidráulicas operadas por la Comisión, dicho convenio no ha sido autorizado por
el Cabildo ni por el Consejo de Administración de la CESPT. i).- Se presenta en
los estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de
$ 1’645,606 que se integra por los saldos provenientes de los ejercicios de
1996, 1997, 1998 y 2000 los cuales no han sido liquidados o depurados en su
caso, por otro lado la Entidad efectuó la cancelación de pasivo subcuenta
diversos por un importe de $ 400,535, el cual corresponde a partidas bancarias
no aclaradas, esto sin proporcionar evidencia de la depuración de la cuenta y
la autorización de Cabildo. j).- Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 7 de septiembre
de 1999 se autorizó al Ejecutivo Municipal celebrar contratos administrativos
para la prestación del servicio público de arrastre y almacenamiento de
vehículos, con personas físicas y morales que acreditaran tener la capacidad
necesaria para llevarlos a cabo, conviniéndose que el servicio se prestaría en
auxilio de las delegaciones municipales, por el período del 1 de diciembre de
1998 al 30 de noviembre del 2001, incumpliéndose las Cláusulas Octava y Décima
Quinta de los contratos celebrados, desconociéndose los montos que debieron
recibirse, toda vez que no se reconocieron ingresos por los porcentajes de
participación derivados de los servicios prestados durante el ejercicio, solo
se obtuvo recuperación de los convenios de pago celebrados por las participaciones
de ejercicios anteriores, convenios que se incumplieron, toda vez que no se
recuperó la totalidad de los mismos, quedando un adeudo de $ 1’193,928 al 31 de
diciembre del 2001, importe no reconocido contablemente al cierre del
ejercicio, así mismo no se proporcionaron las fianzas para garantizar el
cumplimiento de las obligaciones contraídas, no obstante no se ejerció la
acción estipulada en la Cláusula Décima Sexta, toda vez que no se procedió a la
rescisión de los contratos por el incumplimiento de las empresas prestadoras de
servicios a las cláusulas que establecen que las empresas cobrarán a los
particulares los derechos por el servicio de arrastre y almacenamiento de
acuerdo a las cuotas tarifarías previstas en la Ley de Ingresos vigente y
enterarán semanalmente al Ayuntamiento el 15% y 10% de los derechos generados
efectivamente pagados, cabe señalar que en los contratos celebrados se omitió
incluir el cobro de los impuestos adicionales del 15% y 10%, impuestos que no
se cubrieron. k).- La Entidad no ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto
en el Convenio de transferencia de funciones, organización y operación para la
vigilancia del cumplimiento de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con
Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California y el
Ayuntamiento de Tijuana, B. C. el cual en sus Cláusulas Cuarta y Octava
establece: “Las actas e informes levantados por el Ayuntamiento de Tijuana por
violación a lo referente en el Artículo 27 de la Ley, serán remitidas a el Gobierno
del Estado para la calificación de la sanción correspondiente dentro de las 48
horas siguientes a su envío, quedando el proceso administrativo de ejecución a
cargo de el Ayuntamiento de Tijuana” a su vez “ El Ayuntamiento de Tijuana
realizará la vigilancia para el exacto cumplimiento de la Ley, pero sujeto a
las disposiciones contenidas en el presente convenio”, toda vez que no se
proporcionó evidencia de las actas e informes elaborados en las inspecciones
realizadas a los negocios, actualmente la Entidad presenta una relación de 260
permisionarios los cuales no han revalidado sus permisos, a su vez no se mostró
evidencia del cumplimiento al Artículo 16 de la Ley para la Venta o Almacenaje
de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California,
el cual establece “Los permisos y las actualizaciones para servicios
adicionales deberán ser revalidados ante el ejecutivo durante el mes de junio
de cada año, de lo contrario operará la cancelación automática del permiso” así
mismo se incumplió con el Artículo 31 punto 10 último párrafo de la Ley de
Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal 2001, el cual
establece “Quienes no revaliden sus permisos en forma oportuna o quienes lo
hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la ley de la materia,
causarán una sanción económica de 20 a 150 S.D.G.V., independientemente de las
sanciones administrativas a que tuviese lugar. No procederá sanción alguna
cuando se haya presentado y otorgado prórroga para la revalidación de permisos
por parte del Cabildo. Las prórrogas o plazos otorgados serán por única vez y
no podrán exceder de 90 días naturales”, toda vez que existen 260 permisos no
revalidados de acuerdo al padrón proporcionado por la Secretaría del
Ayuntamiento, el cual no se encuentra valuado ni registrado contablemente, de
estos algunos permisos comprenden adeudos por los períodos de 1997 al 2001, por
otro lado la Entidad tiene registrado en cuentas de orden el padrón de adeudos
por convenios de pago por revalidaciones y permisos nuevos emitido por la
Tesorería Municipal el cual está valuado en $ 1’197,865, mismo que se encuentra
en proceso de depuración, toda vez que cuenta con 5 convenios duplicados por un
importe de $ 411,116 y 3 convenios liquidados por un importe de $ 151,840. l).-
Los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 1’919,447 de adeudos por
cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policíaca
prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial,
Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días
a 9 años debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia
policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el
servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley de Ingresos del
Municipio de Tijuana B.C., para el ejercicio fiscal del 2001, por otro lado,
este saldo incluye un importe de $ 335,607 que de conformidad con lo dispuesto
con el Artículo 190 Fracción IV de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de
B.C. se presume que ya prescribieron, por lo que no se pueden ejercitar
acciones de cobro, de este un importe de $ 288,167, corresponde a empresas que
ya desaparecieron, resultando ser cuentas incobrables, esto por la falta
oportuna de su requerimiento. m).- La Entidad al 31 de diciembre del 2001
presenta en Cuentas de Orden Rezagos de Impuesto Predial por la cantidad de $
159’298,447, que corresponde a los adeudos de contribuyentes por rezagos de la
cuenta corriente del ejercicio 2001, toda vez que contablemente se reconoce
únicamente el rezago del último ejercicio fiscal, dicho saldo difiere en $
501’080,551 con el padrón de Rezagos proporcionado por la Dirección de
Administración Urbana, el cual presenta 130,371 claves catastrales con adeudos
por un importe de $ 660’378,998, dicho padrón se encuentra en proceso de
depuración desconociéndose los efectos que puedan resultar; por otro lado se
desconoce el origen y justificación de los movimientos efectuados durante el
ejercicio, dado que el padrón al 31 de diciembre del 2000 presentó un saldo por
recuperar por la cantidad de $ 453’302,629, se recaudó en el ejercicio por
concepto de rezago de Impuesto Predial la cantidad de $ 35’261,171 de acuerdo a
los registros contables, y los adeudos de la cuenta corriente en el ejercicio
2001 asciende a $ 159’298,447, por lo tanto considerando lo anterior se tendría
un saldo teórico del padrón de rezagos por un importe de $ 577’339,905, el cual
difiere en $ 83’039,093 con el importe del padrón proporcionado por la
Dirección de Administración Urbana; por lo que respecta al Padrón de Línea
Amarilla no se ha homologado con la información que proporcionan los recibos de
ingresos, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se cuantificaron
considerando una cuota tarifaría de $ 1 por metro lineal, arrojando al 31 de
diciembre del 2001 la cifra de $ 6’787,516, en tanto que los recibos oficiales
emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón, dado que estos se
expiden sobre la base de cuota tarifaría establecida en la Ley de Ingresos
vigente, por otro lado no se mostraron las gestiones realizadas durante el
ejercicio para la recuperación de los adeudos, dicho padrón cuenta con adeudos
duplicados por la cantidad de $ 120,798, y se omitió el registro de adeudos por
la cantidad de $ 61,258; por lo que corresponde al padrón de Multas de
Reglamentos éste presenta un saldo el cual se encuentra registrado en cuentas
de orden al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 199,255, del cual se
desconoce su integración; en tanto que el padrón de Impuesto por Plusvalía
presenta un saldo al 31 de diciembre del 2001 por la cantidad de $ 28’244,892,
de los cuales por un monto de $ 1’403,118 se detectaron adeudos que presentan
diferencias por la cantidad de $ 870,497, entre el saldo reflejado en el padrón
y los adeudos según los expedientes individuales de contribuyentes. n).-
Durante el ejercicio 2001 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del
Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo III de Infraestructura
Social Municipal por la cantidad de $ 36’244,370, los cuales generaron
intereses financieros de acuerdo a los cálculos efectuados por la Entidad por $
897,595, obteniéndose en global recursos hasta por $ 37’141,965 de los cuales
se ejercieron recursos según reporte de inversión pública por la cantidad de $
36’282,365 y según registros contables de $ 35’206,535, determinándose una
diferencia entre ambas cifras de $ 1’075,830; por otra parte la Entidad no
proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios provenientes de
la inversión temporal de los excedentes. Considerando que los recursos
recibidos por la Entidad ascendieron a la cantidad de $ 36’244,370, y que los
recursos ejercidos según registros contables fueron por un monto de $
35’206,535, se tiene un remanente disponible por la cantidad de $ 1’037,835,
siendo que la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones de este
fondo presenta un saldo acreedor al cierre del ejercicio de $ 3’995,804, arrojando
una diferencia no aclarada en bancos de $ 5’033,639, consecuencia de que no se
lleve un control estricto de estos recursos en cuentas bancarias específicas en
las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo,
no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones
contenidas en el Artículo 33, fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que
consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de
cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados.
ñ) La Entidad ejecutó la obra denominada
“Reloj Monumental Tijuana 2000” a la cual se le asignaron recursos
presupuestales por $ 6’400,000 en el ejercicio 2000, de los cuales se
ejercieron $ 4’374,100 en dicho ejercicio, refrendándose $ 2'025,900 para el
ejercicio 2001, año en que se aplicó a la obra la cantidad de $ 6’025,795
(cifra que no incluye obras y erogaciones complementarias no capitalizadas por
$ 4’412,911, obras del entorno al reloj), afectándose diversos programas y
partidas presupuestales, al respecto no hubo autorización expresa del Cabildo
de la asignación de recursos adicionales por la cantidad de $ 3’999,895 para
cubrir el incremento en el costo de la obra en comento. o).- La Entidad celebró
contrato No. DOSPM-2000-AD-113 de fecha 17 de noviembre del 2000, para llevar a
cabo la obra consistente en construcción de la estructura metálica del reloj
monumental Tijuana 2000, Tijuana, B.C. por un monto de $ 4’149,920, mismo que
fue adjudicado al C. Ing. José Espinoza
Skinfield basándose en acuerdo de adjudicación directa de contrato de obra por
excepciones previstas en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas,
Equipamiento Suministros y Servicios Relacionados con la Misma, siendo lo
anterior inapropiado toda vez que no aplica dicho artículo al no reunirse las
condiciones de que el beneficiado del contrato fuera el único con capacidad de
realizarla, por tratarse ésta de una obra de ingeniería realizada con
materiales comunes, por lo que la Entidad incumplió con lo dispuesto en el artículo
52 de la Ley en referencia. Así mismo con base al proyecto original se
obtuvieron los conceptos y cantidades de obra, posteriormente se celebró
convenio adicional mediante el cual el proyecto fue modificado de tal forma que
finalmente se realizó conforme a un proyecto distinto al original, los motivos
principales de la celebración del convenio fue incluir trabajos extraordinarios
por un monto de $ 2’671,646 los cuales representaron el 71% con respecto al
costo original contratado, considerándose lo anterior como una modificación
sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a
lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos,
Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California,
el cual establece que: “las entidades contratantes podrán celebrar convenios
para modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente
el proyecto... y dichas modificaciones no podrán, en modo alguno afectar las
condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del
objeto del contrato original”; asimismo, la Entidad elaboró, autorizó y efectuó
el pago de las estimaciones Nos. 1 y 5 que contenían trabajos que no se habían
realizado por un importe de $ 1’340,412 los días 25, 31 de enero y 31 de mayo
del 2001, respectivamente, lo anterior determinado conforme a lo asentado en la
bitácora de obra, en la cual se establece que los días 27 de febrero del 2001
se tienen habilitados y junteados 56.40 mts. de estructura del arco y el día 14
de junio del 2001 se inician trabajos del forro de la cubierta de la
estructura; por otra parte, la Entidad proporcionó al contratista por concepto
de anticipo un 30% del monto contratado por un importe de $ 1’216,011.80 con
los cuales realizó la compra de equipo como camión plataforma de 3 y 10
toneladas y camión grúa de 30 toneladas por un importe de $ 523,600, por lo
cual no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento
de la Ley Estatal en comento, el cual establece que para el inicio de los
trabajos se otorgará un 10% y un 20% para la compra de equipo y materiales de
instalación permanente. p)- En la conciliación contable-presupuestal de
ingresos y egresos se presentan en conciliación movimientos de ingresos
duplicados por $ 978,243 que se afectaron presupuestalmente no obstante que se
efectuó la corrección contable correspondiente, así mismo se incluyen en
resultados partidas de gastos por $ 2’597,494 que no se afectaron
presupuestalmente, que corresponden afectaciones a las partidas 242
Mantenimiento de Vehículos y Maquinaria $ 1’217,856, 634 Aportaciones
ISSSTECALI, Policías $ 120,225, adquisiciones de bienes muebles de la Policía
Comercial, Bancaria e Industrial por $ 673,955 y diferencia no aclarada de $ 585,458,
desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas
que la integran. q)- La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento
a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas
Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de
solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y
remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de
las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta
289 y 308 días posteriores al plazo de Ley, respectivamente; así como porque no
se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
de los ingresos y egresos mensuales, mismas que se agrupan en 18 puntos. r)- La
Apertura Programática con la cual se sustentó el Presupuesto de Egresos, los
avances trimestrales programáticos, así como las modificaciones presupuestales
efectuadas al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal del 2001, no
fueron remitas al Congreso del Estado de Baja California de conformidad con lo
previsto en los Artículos 27, 43 Fracción IV y 56 Bis de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; no obstante dicha
información sí fue proporcionada para efectos de la revisión de la Cuenta
Pública; adicionalmente se observó la falta de cierre programático acumulado
según se establece en el Artículo 43 último párrafo del ordenamiento legal en
comento. s).- La Entidad basó la elaboración del Presupuesto de Egresos en una
Apertura Programática integrada por 246 Programas y 3,668 actividades de las
cuales 393 actividades describen la unidad de medida como “No cuantificable”,
situación que limitó medir los resultados de las actividades logradas en el
transcurso del ejercicio y del cierre programático de las mismas de conformidad
con lo previsto en los Artículos 56, 56 Bis, 58 y 59 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEXTO.- Que de conformidad con los artículos 39 y
42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja
California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe que contiene la
opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en todas sus
aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público. Por todo lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS:
PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial del XVI y XVII
Ayuntamiento de Tijuana, B.C., a los CC. Lic. Juan Manuel Gastélum Buenrostro y
Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y en su carácter de Presidentes Municipales,
por el período del primero al 29 de enero del 2001 y del 30 de enero al 30 de
noviembre del 2001 y al
C.P. Roberto Zavala Gutiérrez en su carácter de Tesorero por el período del
primero de enero al 30 de noviembre del 2001, y a los CC. José de Jesús
González Reyes y C.P. Gerardo Rocha Centeno en su carácter de Presidente
Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de
diciembre del 2001, por motivo de que la Entidad al 31 de diciembre del 2001,
presenta diversas partidas en conciliación tales como: depósitos no
considerados por el banco por $ 47,408, cargos bancarios por la cantidad de $
620,067 provenientes de los ejercicios 1996, 1998, 1999, 2000 y 2001; cheques
de caja cobrados por $ 691,744 que provienen del ejercicio 1998, movimientos
bancarios que no han sido aclarados a la fecha, por otro lado la Entidad
utiliza la cuenta bancaria No. 0446 761399 contratada con la institución de
crédito Bancomer S.A., la cual presenta un saldo de $ 195,890 al 31 de
diciembre del 2001, cuenta que se utiliza para el pago de estímulos económicos
de Carrera Magisterial del magisterio municipal, misma que no se encuentra
registrada contablemente, omitiéndose en consecuencia el registro contable y
presupuestal de ingresos y egresos por aproximadamente la cantidad de $
3’744,617 y $ 3’287,357, respectivamente; debido a que la Entidad efectuó la
cancelación de cuentas por cobrar de deudores diversos, préstamos al personal,
convenios por daños al Patrimonio de la Entidad por la cantidad de $ 248,608,
así como cargos bancarios no aclarados por la cantidad de $ 115,007, por
considerarlos irrecuperables, sin mostrar evidencia de las gestiones de cobro o
aclaraciones efectuadas y sin la autorización de Cabildo, por otro lado dentro
del saldo de cuentas por cobrar se encuentra registrado un importe de $ 181,911
por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos los cuales
provienen de los ejercicios de 1992 a 1999, mismos que se presume fueron
entregados para el pago de contribuciones municipales, de este importe no se
localizaron cheques por la cantidad de $ 81,906; porque se determinó diferencia
por $ 8’482,141 entre el saldo contable de Bienes Muebles de $ 218’393,209 y el
importe que arrojan los padrones emitidos por Oficialía Mayor por $ 224’662,499
y el área de Policía Comercial por $ 2’212,851 los cuales suman un total de $
226’875,350, misma que se encuentra sujeta a conciliación y aclaración;
desconociéndose los efectos que pudieren resultar al concluirse su aclaración;
así mismo debido a que la Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos
entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión
Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por
consumo de agua y convenios de obra, existiendo una diferencia de menos en
registros contables por la cantidad de $ 8’660,476, toda vez que la CESPT
presenta un adeudo por la cantidad de $ 19’666,507, cifra que no incluye
recargos, de los cuales se encuentran registrados en Cuentas de Orden $
7’366,856 y $ 3’639,175 como pasivo. Con fecha 18 de octubre del 2001 se
celebró Convenio de Coordinación entre el Ayuntamiento, la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y Entidades Paramunicipales para la
liquidación de los adeudos al 31 de agosto del 2001 por $ 26’496,604, cifra que
se integra por adeudo del Ayuntamiento por $ 12’733,832 y de Organismos
Paramunicipales de $ 13’762,772, estableciéndose que el Ayuntamiento pagará el
crédito fiscal con bienes inmuebles de su propiedad en los que se ubican
instalaciones hidráulicas operadas por la Comisión, dicho convenio no ha sido
autorizado por el Cabildo ni por el Consejo de Administración de la CESPT;
además porque se presenta en los estados financieros cuentas por pagar por la cantidad
de $ 1’645,606 que se integra por los saldos provenientes de los ejercicios de
1996, 1997, 1998 y 2000 los cuales no han sido liquidados o depurados en su
caso, por otro lado la Entidad efectuó la cancelación de pasivo subcuenta
diversos por un importe de $ 400,535, el cual corresponde a partidas bancarias
no aclaradas, esto sin proporcionar evidencia de la depuración de la cuenta y
la autorización de Cabildo; debido a que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 7
de septiembre de 1999 se autorizó al Ejecutivo Municipal celebrar contratos
administrativos para la prestación del servicio público de arrastre y
almacenamiento de vehículos, con personas físicas y morales que acreditaran
tener la capacidad necesaria para llevarlos a cabo, conviniéndose que el servicio
se prestaría en auxilio de las delegaciones municipales por el período del 1 de
diciembre de 1998 al 30 de noviembre del 2001, incumpliéndose las Cláusulas
Octava y Décima Quinta de los contratos celebrados, desconociéndose los montos
que debieron recibirse, toda vez que no se reconocieron ingresos por los
porcentajes de participación derivados de los servicios prestados durante el
ejercicio, solo se obtuvo recuperación de los convenios de pago celebrados por
las participaciones de ejercicios anteriores, convenios que se incumplieron,
toda vez que no se recuperó la totalidad de los mismos, quedando un adeudo de $
1’193,928 al 31 de diciembre del 2001, importe no reconocido contablemente al
cierre del ejercicio, así mismo no se proporcionaron las fianzas para
garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, no obstante no se
ejerció la acción estipulada en la Cláusula Décima Sexta, toda vez que no se
procedió a la rescisión de los contratos por el incumplimiento de las empresas
prestadoras de servicios a las cláusulas que establecen que las empresas
cobrarán a los particulares los derechos por el servicio de arrastre y
almacenamiento de acuerdo a las cuotas tarifarías previstas en la Ley de
Ingresos vigente y enterarán semanalmente al Ayuntamiento el 15% y 10% de los
derechos generados efectivamente pagados, cabe señalar que en los contratos
celebrados se omitió incluir el cobro de los impuestos adicionales del 15% y
10%, impuestos que no se cubrieron. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación
de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del XVI y
XVII Ayuntamiento de Tijuana, B.C., a los CC. Lic. Juan Manuel Gastélum
Buenrostro y Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y en su carácter de
Presidentes Municipales, por el período del primero al 29 de enero del 2001 y
del 30 de enero al 30 de noviembre del 2001 y al C.P. Roberto Zavala Gutiérrez
en su carácter de Tesorero por el período del primero de enero al 30 de
noviembre del 2001, y a los CC. José de Jesús González Reyes y C.P. Gerardo
Rocha Centeno en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero,
respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre del 2001.
TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque
la Entidad presenta como adeudo en litigio al 31 de diciembre del 2001 el
importe de $ 250,555 derivado de las transferencias bancarias efectuadas el mes
de septiembre del 2001 a favor del C. Rosendo Alberto Abarca Núñez a la Ciudad
de Pachuca Hidalgo, con el fin de cubrir los gastos aduanales y el almacenaje
de 48 vehículos que presuntamente serían donados por parte de la Dirección
General de Aduanas de la Ciudad de Pachuca Hidalgo a la Entidad, situación que
no se documentó; debido a que no se recibieron los vehículos, ni se realizó la
devolución del importe de las transferencias bancarias se promovió el 28 de
mayo del 2002 ante la Procuraduría General de Justicia del Estado denuncia
penal por la comisión de delito de fraude, en contra de Rogelio Sotomayor y
Rosendo Alberto Abarca Núñez; debido a que la Entidad según Acuerdo de Cabildo
de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y transferencia de
oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de
la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los
procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se
asienta en el Artículo Decimosegundo Transitorio del Decreto Nº 166,
disminuyendo de su patrimonio bienes inmuebles por un valor de $ 6’060,873, sin
incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin que al cierre del ejercicio
se hayan tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cabal
cumplimiento al procedimiento de desincorporación, así mismo no se ha efectuado una conciliación
entre los bienes cedidos por el Municipio de Tijuana y los bienes reconocidos
por el Municipio de Playas de Rosarito; debido a que la Entidad no ha
incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $
2,241’261,854, correspondiente a los terrenos por regularizar a favor de la
Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, de los ejercicios
1993, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 mismos que se encuentran
registrados contablemente en Cuentas de Orden; así mismo, se tiene registrado
dentro de las Cuentas de Orden, el terreno con clave catastral PT-122-001 con
superficie 32,150 m2, el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México
conocido como Cortijo San José con un valor de $ 41’473,500 que incluye terreno
y construcción, del cual no ha sido regularizada su propiedad, toda vez que aún
cuando en el Decreto
Nº 194 expedido por la X Legislatura Constitucional del Estado, publicado en el
Periódico Oficial del Estado de Baja California de fecha 20 de julio de 1983
fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público para
incorporarse al dominio privado del Gobierno del Estado y su enajenación a
titulo gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C., no se ha formalizado
su donación, a su vez mediante el Decreto No. 345 publicado en el Periódico
Oficial del Estado de B.C. de fecha 14 de septiembre del 2001, se autorizó la
desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado al
dominio privado de 13 lotes ubicados en distintos desarrollos del Municipio de
Tijuana, B.C., autorizando al Ejecutivo del Estado, la enajenación a título
gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana para que se incorporen al
patrimonio del dominio público municipal y se destinen a los usos que se
especifican, mismos que no se registraron en cuentas de orden hasta en tanto se
formalicen; por motivo de que se asignó mediante el oficio No. 1923 de fecha 05
de marzo de 1997 por parte de Oficialía Mayor del Gobierno del Estado, el
predio identificado con clave catastral 2CF-252-101 con una superficie de
118,476.616 m2, polígono interior delimitado por los carriles de la vialidad
Libramiento Oriente en la Delegación de La Mesa, condicionándose la asignación
a que el Ayuntamiento de Tijuana concerte convenio para restituirle al C. Angel
Fernández Quintana el monto de $ 1’000,000 correspondiente al anticipo que el
particular pagó al Gobierno del Estado al celebrar contrato de promesa de venta
de fecha 24 de julio de 1995, a efecto de que el Gobierno del Estado esté en condiciones
de transmitir la propiedad mediante escritura pública a favor del Ayuntamiento
de Tijuana; actualmente el inmueble es utilizado como lanzadera de transporte
público, habiéndose celebrado convenio sin vencimiento con empresas
transportistas. A la fecha no se ha realizado la negociación con el particular,
por lo tanto no se ha regularizado la propiedad a favor de la Entidad, por otra
parte el predio en mención no ha sido incorporado al padrón de predios
asignados para su uso al Ayuntamiento por el Gobierno del Estado; así mismo
porque la Entidad no ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en el
Convenio de transferencia de funciones, organización y operación para la
vigilancia del cumplimiento de la Ley para la Venta o Almacenaje de Bebidas con
Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California y el
Ayuntamiento de Tijuana, B. C. el cual en sus Cláusulas Cuarta y Octava
establece: “Las actas e informes levantados por el Ayuntamiento de Tijuana por
violación a lo referente en el Artículo 27 de la Ley, serán remitidas a el
Gobierno del Estado para la calificación de la sanción correspondiente dentro
de las 48 horas siguientes a su envío, quedando el proceso administrativo de
ejecución a cargo de el Ayuntamiento de Tijuana” a su vez “ El Ayuntamiento de
Tijuana realizará la vigilancia para el exacto cumplimiento de la Ley, pero
sujeto a las disposiciones contenidas en el presente convenio”, toda vez que no
se proporcionó evidencia de las actas e informes elaborados en las inspecciones
realizadas a los negocios, actualmente la Entidad presenta una relación de 260
permisionarios los cuales no han revalidado sus permisos, a su vez no se mostró
evidencia del cumplimiento al Artículo 16 de la Ley para la Venta o Almacenaje
de Bebidas con Graduación Alcohólica y Alcohol en el Estado de Baja California,
el cual establece “Los permisos y las actualizaciones para servicios
adicionales deberán ser revalidados ante el ejecutivo durante el mes de junio
de cada año, de lo contrario operará la cancelación automática del permiso” así
mismo se incumplió con el Artículo 31 punto 10 último párrafo de la Ley de
Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal 2001, el cual
establece “Quienes no revaliden sus permisos en forma oportuna o quienes lo
hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la ley de la materia,
causarán una sanción económica de 20 a 150 S.D.G.V., independientemente de las
sanciones administrativas a que tuviese lugar. No procederá sanción alguna
cuando se haya presentado y otorgado prórroga para la revalidación de permisos
por parte del Cabildo. Las prórrogas o plazos otorgados serán por única vez y
no podrán exceder de 90 días naturales”, toda vez que existen 260 permisos no
revalidados de acuerdo al padrón proporcionado por la Secretaría del
Ayuntamiento, el cual no se encuentra valuado ni registrado contablemente, de
estos algunos permisos comprenden adeudos por los períodos de 1997 al 2001, por
otro lado la Entidad tiene registrado en cuentas de orden el padrón de adeudos
por convenios de pago por revalidaciones y permisos nuevos emitido por la
Tesorería Municipal el cual está valuado en $ 1’197,865, mismo que se encuentra
en proceso de depuración, toda vez que cuenta con 5 convenios duplicados por un
importe de $ 411,116 y 3 convenios liquidados por un importe de $ 151,840;
porque los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 1’919,447 de
adeudos por cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia
Policíaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la
Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad
que varía de 30 días a 9 años debido a que las contribuciones derivadas del
servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de
proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley
de Ingresos del Municipio de Tijuana B.C., para el ejercicio fiscal del 2001,
por otro lado, este saldo incluye un importe de $ 335,607 que de conformidad
con lo dispuesto con el Artículo 190 Fracción IV de la Ley de Hacienda
Municipal del Estado de B.C. se presume que ya prescribieron, por lo que no se
pueden ejercitar acciones de cobro, de este un importe de $ 288,167,
corresponde a empresas que ya desaparecieron, resultando ser cuentas
incobrables, esto por la falta oportuna de su requerimiento; debido a que la
Entidad al 31 de diciembre del 2001 presenta en Cuentas de Orden Rezagos de
Impuesto Predial por la cantidad de $ 159’298,447, que corresponde a los
adeudos de contribuyentes por rezagos de la cuenta corriente del ejercicio
2001, toda vez que contablemente se reconoce únicamente el rezago del último
ejercicio fiscal, dicho saldo difiere en $ 501’080,551 con el padrón de Rezagos
proporcionado por la Dirección de Administración Urbana, el cual presenta
130,371 claves catastrales con adeudos por un importe de $ 660’378,998, dicho
padrón se encuentra en proceso de depuración desconociéndose los efectos que
puedan resultar; por otro lado se desconoce el origen y justificación de los
movimientos efectuados durante el ejercicio, dado que el padrón al 31 de
diciembre del 2000 presentó un saldo por recuperar por la cantidad de $
453’302,629, se recaudó en el ejercicio por concepto de rezago de Impuesto
Predial la cantidad de $ 35’261,171 de acuerdo a los registros contables, y los
adeudos de la cuenta corriente en el ejercicio 2001 asciende a $ 159’298,447,
por lo tanto considerando lo anterior se tendría un saldo teórico del padrón de
rezagos por un importe de $ 577’339,905, el cual difiere en $ 83’039,093 con el
importe del padrón proporcionado por la Dirección de Administración Urbana; por
lo que respecta al Padrón de Línea Amarilla no se ha homologado con la
información que proporcionan los recibos de ingresos, toda vez que los derechos
a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaría
de $ 1 por metro lineal, arrojando al 31 de diciembre del 2001 la cifra de $
6’787,516, en tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren
con el monto del padrón, dado que estos se expiden sobre la base de cuota
tarifaría establecida en la Ley de Ingresos vigente, por otro lado no se
mostraron las gestiones realizadas durante el ejercicio para la recuperación de
los adeudos, dicho padrón cuenta con adeudos duplicados por la cantidad de $
120,798, y se omitió el registro de adeudos por la cantidad de $ 61,258; por lo
que corresponde al padrón de Multas de Reglamentos éste presenta un saldo el
cual se encuentra registrado en cuentas de orden al 31 de diciembre del 2001
por la cantidad de $ 199,255, del cual se desconoce su integración; en tanto
que el padrón de Impuesto por Plusvalía presenta un saldo al 31 de diciembre
del 2001 por la cantidad de $ 28’244,892, de los cuales por un monto de $
1’403,118 se detectaron adeudos que presentan diferencias por la cantidad de $
870,497, entre el saldo reflejado en el padrón y los adeudos según los
expedientes individuales de contribuyentes; porque durante el ejercicio 2001 se
percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la
Federación, del Fondo III de Infraestructura Social Municipal por la cantidad
de $ 36’244,370, los cuales generaron intereses financieros de acuerdo a los
cálculos efectuados por la Entidad por $ 897,595, obteniéndose en global
recursos hasta por $ 37’141,965 de los cuales se ejercieron recursos según
reporte de inversión pública por la cantidad de $ 36’282,365 y según registros
contables de $ 35’206,535, determinándose una diferencia entre ambas cifras de
$ 1’075,830; por otra parte la Entidad no proporcionó relación de las obras
realizadas con los accesorios provenientes de la inversión temporal de los
excedentes. Considerando que los recursos recibidos por la Entidad ascendieron
a la cantidad de
$ 36’244,370, y que los recursos ejercidos según registros contables fueron por
un monto de $ 35’206,535, se tiene un remanente disponible por la cantidad de $
1’037,835, siendo que la cuenta bancaria en la que se depositan las
aportaciones de este fondo presenta un saldo acreedor al cierre del ejercicio
de $ 3’995,804, arrojando una diferencia no aclarada en bancos de $ 5’033,639,
consecuencia de que no se lleve un control estricto de estos recursos en
cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y
salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado
cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción III de
la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar
a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados
alcanzados; por motivo de que la Entidad ejecutó la obra denominada “Reloj
Monumental Tijuana 2000” a la cual se le asignaron recursos presupuestales por
$ 6’400,000 en el ejercicio 2000, de los cuales se ejercieron $ 4’374,100 en
dicho ejercicio, refrendándose $ 2'025,900 para el ejercicio 2001, año en que
se aplicó a la obra la cantidad de $ 6’025,795 (cifra que no incluye obras y
erogaciones complementarias no capitalizadas por $ 4’412,911, obras del entorno
al reloj), afectándose diversos programas y partidas presupuestales, al
respecto no hubo autorización expresa del Cabildo de la asignación de recursos
adicionales por la cantidad de $ 3’999,895 para cubrir el incremento en el
costo de la obra en comento; así mismo porque la Entidad celebró contrato No.
DOSPM-2000-AD-113 de fecha 17 de noviembre del 2000, para llevar a cabo la obra
consistente en construcción de la estructura metálica del reloj monumental
Tijuana 2000, Tijuana, B.C. por un monto de $ 4’149,920, mismo que fue
adjudicado al C. Ing. José Espinoza
Skinfield basándose en acuerdo de adjudicación directa de contrato de obra por
excepciones previstas en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas, Equipamiento
Suministros y Servicios Relacionados con la Misma, siendo lo anterior
inapropiado toda vez que no aplica dicho artículo al no reunirse las
condiciones de que el beneficiado del contrato fuera el único con capacidad de
realizarla, por tratarse ésta de una obra de ingeniería realizada con materiales
comunes, por lo que la Entidad incumplió con lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley en referencia. Así mismo con base al proyecto original se obtuvieron los
conceptos y cantidades de obra, posteriormente se celebró convenio adicional
mediante el cual el proyecto fue modificado de tal forma que finalmente se
realizó conforme a un proyecto distinto al original, los motivos principales de
la celebración del convenio fue incluir trabajos extraordinarios por un monto
de $ 2’671,646 los cuales representaron el 71% con respecto al costo original
contratado, considerándose lo anterior como una modificación sustancial al
proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido
en el artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y
Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California, el cual
establece que: “las entidades contratantes podrán celebrar convenios para
modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente el
proyecto... y dichas modificaciones no podrán, en modo alguno afectar las
condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del
objeto del contrato original”; asimismo, la Entidad elaboró, autorizó y efectuó
el pago de las estimaciones Nos. 1 y 5 que contenían trabajos que no se habían
realizado por un importe de $ 1’340,412 los días 25, 31 de enero y 31 de mayo
del 2001, respectivamente, lo anterior determinado conforme a lo asentado en la
bitácora de obra, en la cual se establece que los días 27 de febrero del 2001
se tienen habilitados y junteados 56.40 mts. de estructura del arco y el día 14
de junio del 2001 se inician trabajos del forro de la cubierta de la
estructura; por otra parte, la Entidad proporcionó al contratista por concepto
de anticipo un 30% del monto contratado por un importe de $ 1’216,011.80 con
los cuales realizó la compra de equipo como camión plataforma de 3 y 10
toneladas y camión grúa de 30 toneladas por un importe de $ 523,600, por lo
cual no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento
de la Ley Estatal en comento, el cual establece que para el inicio de los
trabajos se otorgará un 10% y un 20% para la compra de equipo y materiales de
instalación permanente; debido a que en la conciliación contable-presupuestal
de ingresos y egresos se presentan en conciliación movimientos de ingresos
duplicados por $ 978,243 que se afectaron presupuestalmente no obstante que se
efectuó la corrección contable correspondiente, así mismo se incluyen en
resultados partidas de gastos por $ 2’597,494 que no se afectaron
presupuestalmente, que corresponden afectaciones a las partidas 242
Mantenimiento de Vehículos y Maquinaria $ 1’217,856, 634 Aportaciones
ISSSTECALI, Policías $ 120,225, adquisiciones de bienes muebles de la Policía
Comercial, Bancaria e Industrial por $ 673,955 y diferencia no aclarada de $
585,458, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al identificarse las
partidas que la integran; por motivo de que la Entidad durante el ejercicio no
dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que
establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda,
debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de
Ingresos y Egresos fue remitida hasta 289 y 308 días posteriores al plazo de
Ley, respectivamente; así como porque no se solventaron en su totalidad las observaciones
formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la documentación
comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos mensuales, además
debido a que la Apertura Programática con la cual se sustentó el Presupuesto de
Egresos, los avances trimestrales programáticos, así como las modificaciones
presupuestales efectuadas al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal
del 2001, no fueron remitas al Congreso del Estado de Baja California de
conformidad con lo previsto en los Artículos 27, 43 Fracción IV y 56 Bis de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California;
no obstante dicha información sí fue proporcionada para efectos de la revisión
de la Cuenta Pública; adicionalmente se observó la falta de cierre programático
acumulado según se establece en el Artículo 43 último párrafo del ordenamiento
legal en comento; y porque la Entidad basó la elaboración del Presupuesto de
Egresos en una Apertura Programática integrada por 246 Programas y 3,668
actividades de las cuales 393 actividades describen la unidad de medida como
“No cuantificable”, situación que limitó medir los resultados de las
actividades logradas en el transcurso del ejercicio y del cierre programático
de las mismas de conformidad con lo previsto en los Artículos 56, 56 Bis, 58 y
59 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja
California, túrnese a la Sindicatura del XVII Ayuntamiento de Tijuana Baja
California, para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
los efectos conducentes. DADO en la Sala de Juntas de la Contaduría
Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los veintitrés días del mes
de septiembre del dos mil tres. COMISION DE FISCALIZACION DEL GASTO PUBLICO, es
cuanto ciudadano Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, queda a consideración de la asamblea el dictamen No. 56, de la
Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en contra,
diputada Secretaria, sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto
diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados, manifestar el sentido
de su votación, de manera nominal, comenzando por favor por la derecha.
- Zavala Márquez Catalino,
abstención,
- Hidalgo Silva Marcelino, a favor,
- Nicolás Osuna Aguilasocho, en
contra,
- Ramos García Everardo,
abstención,
- Corvera Quiñonez Fidel, a
favor,
- Quintero Peña Ismael, a
favor,
- Ruiz Uribe Jesús Alejandro,
abstención,
- Ferreiro Velazco José Alfredo,
a favor,
- Salazar Castro Juan Manuel, a
favor,
- Morán Díaz Leopoldo, a
favor,
- Rosales Hernández José de
Jesús Martín, a favor,
- Cortez Mendoza Jesús Gerardo,
a favor,
- Rodríguez Jacobo Ricardo, a
favor,
- Rueda Gómez Francisco, a
favor,
- Luévano Ruiz Raúl Felipe, a
favor,
- Araiza Regalado José Antonio,
a favor,
- Alvarado González Arturo, a
favor,
- Paniagua Figueroa Luz Argelia,
a favor,
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado que falte por votar?, ¿Algún diputado que
falte por votar?, la votación por la mesa directiva.
- Martín Navarro María Rosalba,
abstención,
- Avilés Muñoz Raquel, a favor,
- Suárez Córdova Héctor,
abstención.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, el resultado de esta votación es de quince votos a favor, un voto
en contra y cinco abstenciones.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 15
votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones se declara aprobado el Dictamen 56
de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue
leído por el Diputado Antonio Araiza Regalado. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII
Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la voz para el dictamen 59 de
la Comisión de Fiscalización el diputado Arturo Alvarado González.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ:
Con el permiso de la mesa directiva. Comisión de Fiscalización del Gasto
Público, Dictamen No. 59. Honorable Asamblea.
Recibió esta Comisión, para su
estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio No. DASC/OP074/2003 de
fecha 20 de agosto del 2003, mediante el cual la Contadora Mayor de Hacienda
emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del I y II Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, B.C., por el ejercicio fiscal comprendido del primero de
enero al 31 de diciembre del 2001.
Para efectos de la emisión del presente
dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes
A N T E C E
D E N T E S :
PRIMERO.- Con fecha 1° de abril
del 2002 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del
I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., en cumplimiento a lo dispuesto
en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California.
SEGUNDO.- Con fecha 18 de
octubre del 2002, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados
financieros al I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental.
TERCERO.- Con fecha 15 de agosto
del 2002, se llevó a cabo confronta de información financiera y de resultados
de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa
misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal del 2001.
C O N S I D E R A N D O S :
PRIMERO.- Que es facultad del
Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como
de los Municipios como se establece en el Artículo 27, fracción XII, en
concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local.
SEGUNDO.- Que el Artículo 61,
fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una
comisión de dictamen legislativo.
TERCERO.- Que de acuerdo a lo
dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le
corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del
resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas
en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor
de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso
del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir
el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos
y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores
públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
QUINTO.- Que con fundamento en
las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la
revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad,
mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por los
siguientes puntos:
a).- La Entidad presenta al 31 de diciembre del 2001 en la cuenta de
Almacén de materiales saldo de $ 204,210 el cual no incluye el importe de las
refacciones existentes a esa fecha,
dichas refacciones no se encuentran valuadas ni registradas contablemente; sin
que exista control contable ni administrativo sobre las mismas como se detalla;
así mismo en el almacén se mantiene material obsoleto el cual no se encuentra
registrado contablemente.
b).- Se determinó diferencia por $ 711,334 al comparar el saldo
contable de bienes muebles de $ 21’031,909 con el saldo que arroja el padrón
emitido por Oficialía Mayor por $ 21’743,243, dicha diferencia no ha sido
conciliada ni aclarada, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al
concluirse el programa de conciliación entre el padrón y los registros
contables, por otro lado, se tienen bienes muebles en desuso considerados
chatarra, de los cuales a la fecha no se han tomado las medidas necesarias las
cuales conlleven a dar cumplimiento al procedimiento de desincorporación y por
lo tanto a su baja contable.
c).- Se tiene registrado en
Inversiones fijas y en Cuentas de Orden inmuebles por la cantidad de $
11’269,849 y $ 40’498,826, respectivamente, de los cuales se carece de la documentación
legal que acredite su propiedad o uso; adicionalmente, le fueron transferidos
en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el Municipio de Playas
de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha regularizado la situación
legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez no han sido registrados
contablemente, por otro lado con fecha 18 de diciembre de 1998 se publicó la
autorización del Fraccionamiento Villas Campestres, el cual señala una
superficie a donar a favor del Ayuntamiento de 7,133.44 m2, la cual no se
encuentra regularizada la propiedad como patrimonio inmobiliario ni registrada
en cuentas de orden.
d).- Se presenta en la cuenta
de Pagos Anticipados al 31 de diciembre del 2001 un importe de $ 241,549, de
los cuales $ 57,927 corresponden a anticipos pendientes de comprobar, por
entregas de efectivo efectuadas en el ejercicio de 1999 a los Comités de
Vecinos y Planteles Educativos para la realización de obras, las cuales no se
han aplicado contablemente, siendo que dichas obras ya se concluyeron, por otro
lado la Entidad efectuó aportación municipal al Fondo de Seguridad Pública del
Estado de Baja California (FOSEG) por la cantidad de $ 86,657 para la
adquisición de patrullas afectándose el resultado del ejercicio como egresos
debiéndose afectar la cuenta de Pagos Anticipados.
e).- La Entidad celebró
Convenios de Regularización de Fraccionamientos para regularizar el desarrollo
de los fraccionamientos: Chula Vista, Santa Lucía, Misión del Mar I y La Mina,
conviniéndose el pago de las donaciones a favor del Gobierno Municipal del 10%
de la superficie vendible para los usos que determine la autoridad municipal,
debido a que las áreas de donación se encuentran vendidas y ocupadas
parcialmente; así mismo, celebró Contrato de Dación de Pago para convenir el
pago anticipado en especie de futuras donaciones por la autorización de
fraccionamientos, y se autorizó mediante Acuerdo de Cabildo el programa de
Construcción del Edificio del Palacio Municipal confiriéndose al Director de Desarrollo
Urbano y Ecología la facultad de disponer de las áreas de donación de diversos
fraccionamientos autorizados o en proceso de autorización con el objeto de
obtener recursos para la ejecución de la obra en comento, contraviniendo lo
dispuesto en los Artículos 114 y 119 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California que establecen que son bienes
del dominio público municipal los inmuebles donados al Municipio por la
autorización de fraccionamientos, los cuales podrán ser desincorporados
mediante autorización que expida la Legislatura local, cuando por algún motivo
dejen de ser útiles para fines de servicio público; además se celebró convenio
de fecha 26 de enero del 2000 para autorizar la acción de urbanización del
Fraccionamiento Villa Turística, sobre el cual la Entidad no proporcionó
Acuerdo de Cabildo donde se establezca la autorización del fraccionamiento ni
el convenio de donación correspondiente, consecuentemente no se encuentran registrados los predios contablemente
en Cuentas de Orden.
f).- El 15 de junio del 2000
se celebró Convenio de Transferencia y/o Permuta, correspondiente a siete
polígonos de asentamientos humanos definidos en el Plano de Certificación de
Derechos Ejidales de los fraccionamientos denominados: Independencia, Benito
Juárez y Ampliación Benito Juárez, Ampliación Lucio Blanco, Reforma y
Ampliación Reforma, Lucio Blanco,
Ampliación Constitución, 17 de agosto de 1938, Coronado y Parque Industrial
Rosarito; estableciéndose en la Cláusula Primera de dicho documento que el
Comisariado Ejidal del Ejido Mazatlán dona a favor del I Ayuntamiento de Playas
de Rosarito, B.C. las superficies de 377,450.18 m², 68,060.84 m², 209,045.02 m²
y 18,904.06 m² correspondientes al 10% de donación municipal sin uso
específico, 3% de área escolar, 3% de área verde y área de equipamiento, según
se precisa como “anticipo o ajuste que haya en los fraccionamientos
descritos...”; en esta misma cláusula se consigna que también se donan
superficies de terreno fuera de los polígonos de los asentamientos humanos
referidos, localizados en la Parcela 38 con superficie de 1,296.00 m², Parcela
42 con superficie de 38,116.20 m² y Parcela 50 con superficie de 41,691.26 m²,
la superficie en global de las donaciones ascienden a 754,563.56 m², de las
cuales sólo se tiene registrada contablemente en Cuentas de Orden la superficie
de 7,436.88 m², correspondiente al predio No. 1 de la manzana 70 de la Parcela
16 en la Colonia Benito Juárez donde se construyó Subestación de Policía con un
valor catastral de $ 1’338,640, dado que cuenta con el deslinde, sin embargo
dicho predio aún no sido desincorporado del Régimen Ejidal.
g).- La Entidad presenta al 31
de diciembre del 2001 cuenta por pagar a favor del Gobierno Federal y Estatal
por la cantidad de $ 3’877,602 derivado de la participación que les corresponde
de la recaudación municipal de los ejercicios 1998, 1999, 2000 y 2001 por
concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima Terrestre, como se describe en
el ANEXO 5; así mismo se presenta pasivo a favor de la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Tijuana por la cantidad de $ 1’100,828 por concepto de
consumo de agua de los ejercicios 1999, 2000 y 2001, y pasivo a favor del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y
Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) por la cantidad de $
7’557,968 integrado por el saldo del convenio celebrado el 29 de septiembre del
2000, por las cuotas y aportaciones no enteradas por los meses de julio de 1999
a septiembre del 2000, así como las cuotas y aportaciones de los meses de
noviembre y diciembre del 2000 y los meses de mayo a diciembre del 2001, mismo
que difiere en $ 141,134 con el importe confirmado por el ISSSTECALI de $
7’699,102 sin incluir accesorios.
h).- La Entidad presenta en cuentas por pagar al 31 de diciembre del
2001 bajo el concepto saldos por depurar de administraciones anteriores la
cantidad de $ 827,693, la cual se integra por el importe neto de cuentas con
naturaleza deudora y acreedora, las cuales no han sido recuperadas, liquidadas
o en su caso depuradas.
i).- Se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes
del Impuesto Predial al 31 de diciembre del 2001, por la cantidad de $
14’698,958 por ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del
Impuesto Predial, resultante de comparar las cifras que arroja el padrón al 31
de diciembre del 2000 por $ 82’132,046, disminuyéndole los pagos recibidos
durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 4’201,178 e
incrementándole los adeudos del 2001 no cubiertos durante el ejercicio por $
31’290,157, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $
109’221,025, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos
al 31 de diciembre de 2001 asciende a $ 187’461,706, importe que incluye
recargos, multas y gastos de ejecución por la cantidad de $ 92’939,639, dicha
diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad, así mismo el padrón se
encuentra en proceso de depuración, dado que éste incluye adeudos de claves
catastrales que corresponden al Municipio de Tijuana, así mismo el padrón
presenta 183 claves catastrales las cuales omiten períodos de adeudos, por otro
lado existe diferencia por la cantidad de $ 23,759 entre el saldo que arroja el
padrón de multas de tránsito por la cantidad de $ 2’364,607 y los registros
contables por $ 2’340,848; por lo que respecta a Línea Amarilla éste presenta
un saldo por recuperar al 31 de diciembre del 2001 de $ 149,458, el cual no fue
susceptible de compararse con el padrón, toda vez que éste no se encuentra
valuado, a su vez se omitió el registro contable de adeudos derivados de la
celebración de convenios por los conceptos de 3% de supervisión de obra, obras
de pavimentación, impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles y transmisión
de dominio, permisos nuevos de alcoholes y remate de vehículos por la cantidad
de $ 3’229,221.
j).- Los estados financieros incluyen en Cuentas de Orden $ 201,011
de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia
Policíaca prestados directamente por el Departamento de Policía Comercial,
Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio
de vigilancia policíaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse
el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de
Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal
2001.
k).- La Entidad no proporcionó evidencia documental de haber dado
cumplimiento a las disposiciones contenidas en la fracción I y segundo párrafo
del Artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los
Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que
reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación,
metas y beneficiarios, así como que será convenido entre el Ejecutivo Federal a
través de la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno Estatal y el
Municipio la autorización de los recursos del Fondo de Infraestructura Social
Municipal para la realización del Programa de Desarrollo Institucional
Municipal por $ 34,568, por otro lado no se dio cumplimiento a lo establecido
en el manual operativo del Ramo 33, toda vez que no se celebraron los convenios
de concertación correspondientes por lo que se desconoce cual fue la aportación
real de la comunidad en las obras realizadas.
l).- La Entidad reconoció presupuestalmente y no contablemente como
ingresos propios, ingresos transitorios por $ 5’294,483 derivados
principalmente de la recaudación del 20% de la participación estatal y federal
correspondiente a la Zona Federal Marítima Terrestre y Multas Federales no
Fiscales, así como omitió afectar presupuestalmente la cantidad de $ 993,354
correspondientes a participaciones efectivamente percibidas en el mes de
diciembre del 2001; en relación a los egresos se determinó diferencia neta no
aclarada de más en el presupuesto de $ 6’773,454 resultante de comparar las
afectaciones a las partidas presupuestales y contables de egresos, así como se
practicaron ajustes contables a diversas partidas de gastos mismos que no se
afectaron presupuestalmente por el importe neto de $ 788,371, desconociéndose
los efectos que pudieran resultar al identificarse las partidas en conciliación
no aclaradas.
m).- Existe incertidumbre sobre la documentación comprobatoria que
sustenta el gasto por “la auditoria realizada a los estados financieros de la
Comisión Federal de Electricidad” sobre el juicio con el Ayuntamiento de Playas
de Rosarito, esto por la cantidad de $ 82,500, toda vez que con fecha 20 de
agosto del 2001 se solicitó se cubriera dicho pago, con fecha 29 de noviembre
la Tesorería Municipal solicitó la autorización ante la Mesa de Autorizaciones
de Regidores, siendo el prestador del servicio Consultoría Fiscal Torres y
Asociados, S.C., sociedad que se presume inexistente fiscalmente, dicho
servicio fue liquidado el 29 de noviembre del 2001, amparándose el gasto con el
recibo de honorarios No. 154 de fecha 20 de julio del 2001, observándose además
que no corresponde la firma de la persona que recibió el cheque con la
identificación que sustenta la entrega del mismo; dicho servicio consistió en
un peritaje elaborado por la C.P. Rosaura Cabrera Bautista presentado el día 11
de abril del 2002 ante el Magistrado Instructor de la Décima Primera Sala
Metropolitana del H. Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, dichas
operaciones fueron sujetas a investigación por la Sindicatura Municipal,
derivándose denuncia penal promovida el 15 de agosto del 2002 ante la
Procuraduría de Justicia del Estado de B.C.
n).- La Entidad durante el ejercicio percibió recursos provenientes
del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $
12’828,588, se generaron intereses por la cantidad de $ 42,238, obteniéndose
recursos en global por la cantidad de $ 12’870,826, de los cuales según reporte
de asignación de recursos se ejercieron $ 11’849,236, cifra que incluye pago
duplicado al contratista Integral Sumatoria de Servicios, S.A. de C.V. por $
273,687 el cual no ha sido recuperado, quedando un remanente por ejercer de $
1’021,590, mismo que al compararlo con la cuenta bancaria que se utilizó para
controlar las entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de más en
registros contables por $ 48,172, toda vez que el saldo de la cuenta bancaria
en la que se depositaron las aportaciones del Fondo IV presenta un saldo
contable al cierre del ejercicio de $ 1’069,762; por otro lado, se utilizaron
recursos por $ 4’469,748 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos
se aplicaron; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento
a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción I de la Ley de
Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del
conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a
realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, por lo que
respecta a la publicación de los resultados obtenidos al cierre del ejercicio
según publicación de fecha 24 de enero del 2002 se señaló un importe de
recursos recibidos y ejercidos por la cantidad de $ 12’012,283.
ñ).- Se
celebró Convenio de administración de obra con el Gobierno del Estado de Baja
California de fecha 28 de marzo del 2001, en el cual se establecieron las bases
para el desarrollo de obras de construcción, rehabilitación y mantenimiento de
la Infraestructura Educativa en planteles escolares de nivel básico, habiéndose
recibido la cantidad de $ 1’000,000 los cuales se registraron como ingresos, a
su vez se registró como egresos la cantidad de $ 983,630 correspondiente a los
recursos ejercidos en el desarrollo de las obras comprobándose el gasto con
copias de facturas en algunos casos expedidas a nombre del Gobierno del Estado,
incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley de Presupuesto
Contabilidad y Gasto Público que consigna “… La comprobación del gasto público
se efectuará con la documentación original…”; por lo que respecta a la
diferencia por $ 16,370 se reintegró la cantidad de $ 8,045 al Gobierno del
Estado al igual que la documentación comprobatoria original que respalda la
aplicación de los recursos ejercidos, siendo las afectaciones contables y
presupuestales improcedentes, toda vez que la Entidad sólo fue intermediaria
entre el Gobierno del Estado y los beneficiarios del programa de
Infraestructura Educativa.
o).- Existe diferencia por la cantidad de $ 3’834,777 entre el importe
ejercido durante el ejercicio en la ejecución de obras normales según registros
contables por la cantidad de $ 25’229,727, importe que incluye la
capitalización de la construcción del edificio del Palacio Municipal por un
importe de $ 11’900,413 y la “Relación de obras públicas, adquisiciones y
servicios relacionados con las mismas al cierre del ejercicio fiscal 2001”
proporcionada por la Coordinación administrativa de obra que arroja la cantidad
de $ 21’394,950, cifra que incluye $ 3’641,727 de obra ejecutada con recursos
del Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas
(PAFEF), sin embargo los registros contables no incluyen la totalidad de los
programas de obra realizados en el ejercicio, toda vez que no se consideraron
los recursos ejercidos del PAFEF por un importe de $ 5’386,418, los cuales
fueron ejercidos en la construcción del Palacio Municipal etapa III y IV, así
como el pago recibido en especie consistente en la construcción de muros
perimetrales del edificio del Palacio Municipal y obras de pavimentación por un
importe de $ 4’151,408, los cuales se recepcionaron según constancia de
cumplimiento de obra de fecha 13 de noviembre del 2001, por otro lado fue
solicitada información de los expedientes de obra la cual no fue proporcionada.
p).- Se realizaron diversas erogaciones en el ejercicio afectando las
partidas de viáticos, promociones artísticas sociales y culturales e informe de
gobierno por la cantidad de $ 226,559, de los cuales $ 91,415 corresponden a
las cenas ofrecidas con motivo del 15 de septiembre y del 3er. informe de
gobierno y $ 135,144 al viaje realizado a las Ciudades de Alicante y Madrid
España, sobre este último se desconoce quienes participaron en el viaje, la
justificación y/o beneficios obtenidos para la Entidad.
q).- La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la
disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar
dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por
la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la solventación de las
observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en
352 y 152 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, así como porque
no se solventaron en su totalidad las observaciones formuladas y remitidas
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
de los ingresos y egresos mensuales, mismas que se agrupan en 26 puntos.
r).- La Entidad incumplió con lo previsto en el Artículo 16 de la Ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,
toda vez que no se apoyó para la elaboración del Presupuesto de Egresos en
programas que señalen objetivos, metas, beneficios y unidades responsables de
su ejecución en 10 programas que equivalen al 17% de sus 59 programas,
incumpliendo consecuentemente con lo dispuesto en los Artículos 26, 56 Bis, 58,
59 y 61 de dicha Ley, a su vez en la apertura programática no fueron
cuantificadas las metas ni se especificó la unidad de medida de las mismas; en
cuanto a las modificaciones presupuestales efectuadas durante el ejercicio que
incluyeron ampliaciones por $ 58’549,660, de las cuales $ 28’728,080 no fueron
autorizadas por el Cabildo antes de ejercerse, así como disminuciones por $
10’154,622 y transferencias por $ 2’846,199, dichas modificaciones no se
acompañaron con la información relativa sobre los programas y subprogramas que
se hayan creado o modificados, ni se manifestó en forma expresa por la Entidad
la no modificación de programas y subprogramas; así mismo no se proporcionó
información sobre las justificaciones que les dieron origen, mismas que
debieron sustentar las solicitudes de autorización ante el Cabildo,
adicionalmente dentro de la Cuenta Pública Anual remitida al Congreso del
Estado no se adjuntó la información relativa al Cierre del Ejercicio
Programático (acumulado) de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 15 y 16 de
la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California
y 43, fracción IV y último párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y
Gasto Público del Estado de Baja California.
s).- La Entidad no efectuó conciliación entre las partidas de gasto
de Inmuebles y construcciones correspondientes al grupo 500 con un presupuesto
ejercido de $ 50’639,669, contra las cifras contables de $ 29’660,369 y el
cierre de inversión de obra pública por $ 21’394,950 que no incluye las obras
ejecutadas con recursos del Ramo 33, Fondo III Infraestructuras Municipal y
Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios por $ 2’577,556 y $ 1’614,032,
respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudieran
resultar al efectuarse la misma.
t).- La Entidad celebró contrato No. C-PRON-01-ROS-EP-005C de fecha 6
de marzo del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del
Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. III etapa por un monto de $
9’679,109, el cual le fue rescindido a la empresa por incumplimiento al
contrato, originando que no se amortizara el total de anticipo concedido
quedando un saldo por anticipo no amortizado de $ 470,367 el cual a la fecha no
se ha recuperado; asimismo, no se aplicaron penas convencionales al contratista por
incumplimiento al programa de obra por un monto de $ 167,953. Por otra parte,
se realizaron modificaciones al contrato mediante convenios, reduciéndose el
monto del contrato a $ 6’665,837 por la eliminación de algunas partidas y
conceptos del presupuesto original, y a su vez se dieron de alta por obra
extraordinaria 161 conceptos por un monto de $ 3’627,299 que representaron el
37% con respecto al costo original contratado; igualmente, se celebró contrato
No. C-OPM-PRON-01-ROS-EP-021 de fecha 5 de octubre del 2001, para llevar a cabo
la obra consistente en albañilería y acabados en primer y segundo nivel del
Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. por un monto $ 1’423,937.80,
posteriormente se celebraron convenios incrementando el monto a $ 2’323,540.89,
mediante estos convenios se incluyeron 59 conceptos extraordinarios por un
monto de $ 1’153,867.48 los cuales representaron el 81% con respecto al costo
original contratado, con las modificaciones realizadas en los contratos
respectivos se considera que la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en
las fracciones III, V, VI y XIV del Artículo 17 de la Ley de Obras Públicas,
Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de
Baja California; por otra parte, se celebró contrato No. C-PAFEF-01-ROS-EP-005D
de fecha 30 de julio del 2001, para llevar a cabo la obra consistente en
construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. IV etapa por un
monto de $ 2’095,681, posteriormente se celebró convenio adicional
incrementando el monto a $ 3’677,079, los motivos principales de la celebración
del convenio fueron incluir 74 conceptos extraordinarios por un monto de $
1’837,098 los cuales representaron el 88% con respecto al costo originalmente
contratado, por lo anterior se considera que no se dio cumplimiento a lo
establecido en las fracciones III, VIII y X del Artículo 21 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
SEXTO.- Que
de conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de
Hacienda, emitió informe que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual,
misma que fue analizada en todas sus aspectos en Sesión de Comisión de
Fiscalización del Gasto Público.
Por todo lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos
R E S O L U
T I V O S :
PRIMERO.-
No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial y la Cuenta Pública de Egresos del
I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., a los CC. Lic. Silvano Abarca
Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal
y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de
noviembre del 2001 y a los CC. Luis Enrique Díaz Félix y C.P. Alfredo Quintero
Ruiz en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el
período comprendido del primero al 31 de diciembre de 2001; por motivo de que
se determinó diferencia por $ 711,334 al comparar el saldo contable de bienes
muebles de $ 21’031,909 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía
Mayor por $ 21’743,243, dicha diferencia no ha sido conciliada ni aclarada,
desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el programa de
conciliación entre el padrón y los registros contables, por otro lado, se
tienen bienes muebles en desuso considerados chatarra, de los cuales a la fecha
no se han tomado las medidas necesarias las cuales conlleven a dar cumplimiento
al procedimiento de desincorporación y por lo tanto a su baja contable; porque
se tiene registrado en Inversiones fijas y en Cuentas de Orden inmuebles por la
cantidad de $ 11’269,849 y $ 40’498,826, respectivamente, de los cuales se
carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso; adicionalmente,
le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse
el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha
regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez
no han sido registrados contablemente, por otro lado con fecha 18 de diciembre
de 1998 se publicó la autorización del Fraccionamiento Villas Campestres, el
cual señala una superficie a donar a favor del Ayuntamiento de 7,133.44 m2, la
cual no se encuentra regularizada la propiedad como patrimonio inmobiliario ni
registrada en cuentas de orden; debido a que se presenta en la cuenta de Pagos
Anticipados al 31 de diciembre del 2001 un importe de $ 241,549, de los cuales
$ 57,927 corresponden a anticipos pendientes de comprobar, por entregas de
efectivo efectuadas en el ejercicio de 1999 a los Comités de Vecinos y
Planteles Educativos para la realización de obras, las cuales no se han
aplicado contablemente, siendo que dichas obras ya se concluyeron, por otro
lado la Entidad efectuó aportación municipal al Fondo de Seguridad Pública del
Estado de Baja California (FOSEG) por la cantidad de $ 86,657 para la
adquisición de patrullas afectándose el resultado del ejercicio como egresos
debiéndose afectar la cuenta de Pagos Anticipados; además porque la Entidad
presenta en cuentas por pagar al 31 de diciembre del 2001 bajo el concepto
saldos por depurar de administraciones anteriores la cantidad de $ 827,693, la
cual se integra por el importe neto de cuentas con naturaleza deudora y acreedora,
las cuales no han sido recuperadas, liquidadas o en su caso depuradas; además
porque la Entidad reconoció presupuestalmente y no contablemente como ingresos
propios, ingresos transitorios por $ 5’294,483 derivados principalmente de la
recaudación del 20% de la participación estatal y federal correspondiente a la
Zona Federal Marítima Terrestre y Multas Federales no Fiscales, así como omitió
afectar presupuestalmente la cantidad de $ 993,354 correspondientes a
participaciones efectivamente percibidas en el mes de diciembre del 2001; en
relación a los egresos se determinó diferencia neta no aclarada de más en el
presupuesto de $ 6’773,454 resultante de comparar las afectaciones a las
partidas presupuestales y contables de egresos, así como se practicaron ajustes
contables a diversas partidas de gastos mismos que no se afectaron
presupuestalmente por el importe neto de $ 788,371, desconociéndose los efectos
que pudieran resultar al identificarse las partidas en conciliación no
aclaradas; así mismo porque se celebró Convenio de administración de obra con
el Gobierno del Estado de Baja California de fecha 28 de marzo del 2001, en el
cual se establecieron las bases para el desarrollo de obras de construcción,
rehabilitación y mantenimiento de la Infraestructura Educativa en planteles
escolares de nivel básico, habiéndose recibido la cantidad de $ 1’000,000 los
cuales se registraron como ingresos, a su vez se registró como egresos la
cantidad de $ 983,630 correspondiente a los recursos ejercidos en el desarrollo
de las obras comprobándose el gasto con copias de facturas en algunos casos
expedidas a nombre del Gobierno del Estado, incumpliéndose lo dispuesto en el
Artículo 37 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público que consigna
“… La comprobación del gasto público se efectuará con la documentación
original…”; por lo que respecta a la diferencia por $ 16,370 se reintegró la
cantidad de $ 8,045 al Gobierno del Estado al igual que la documentación
comprobatoria original que respalda la aplicación de los recursos ejercidos,
siendo las afectaciones contables y presupuestales improcedentes, toda vez que
la Entidad sólo fue intermediaria entre el Gobierno del Estado y los
beneficiarios del programa de Infraestructura Educativa; porque existe
diferencia por la cantidad de $ 3’834,777 entre el importe ejercido durante el
ejercicio en la ejecución de obras normales según registros contables por la
cantidad de $ 25’229,727, importe que incluye la capitalización de la
construcción del edificio del Palacio Municipal por un importe de $ 11’900,413
y la “Relación de obras públicas, adquisiciones y servicios relacionados con
las mismas al cierre del ejercicio fiscal 2001” proporcionada por la
Coordinación administrativa de obra que arroja la cantidad de $ 21’394,950, cifra
que incluye $ 3’641,727 de obra ejecutada con recursos del Programa de Apoyos
para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), sin embargo los
registros contables no incluyen la totalidad de los programas de obra
realizados en el ejercicio, toda vez que no se consideraron los recursos
ejercidos del PAFEF por un importe de $ 5’386,418, los cuales fueron ejercidos
en la construcción del Palacio Municipal etapa III y IV, así como el pago
recibido en especie consistente en la construcción de muros perimetrales del
edificio del Palacio Municipal y obras de pavimentación por un importe de $
4’151,408, los cuales se recepcionaron según constancia de cumplimiento de obra
de fecha 13 de noviembre del 2001, por otro lado fue solicitada información de los
expedientes de obra la cual no fue proporcionada; por motivo de que se
realizaron diversas erogaciones en el ejercicio afectando las partidas de
viáticos, promociones artísticas sociales y culturales e informe de gobierno
por la cantidad de $ 226,559, de los cuales $ 91,415 corresponden a las cenas
ofrecidas con motivo del 15 de septiembre y del 3er. informe de gobierno y $
135,144 al viaje realizado a las Ciudades de Alicante y Madrid España, sobre
este último se desconoce quienes participaron en el viaje, la justificación y/o
beneficios obtenidos para la Entidad; porque la Entidad durante el ejercicio no
dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece
la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones
formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda, debido a que la
solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos
fue remitida hasta en 352 y 152 días posteriores del plazo de Ley,
respectivamente, así como porque no se solventaron en su totalidad las
observaciones formuladas y remitidas resultantes de la revisión de la
documentación comprobatoria y justificatoria de los ingresos y egresos
mensuales, mismas que se agrupan en 26 puntos; porque la Entidad incumplió con
lo previsto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California, toda vez que no se apoyó para la
elaboración del Presupuesto de Egresos en programas que señalen objetivos,
metas, beneficios y unidades responsables de su ejecución en 10 programas que
equivalen al 17% de sus 59 programas, incumpliendo consecuentemente con lo
dispuesto en los Artículos 26, 56 Bis, 58, 59 y 61 de dicha Ley, a su vez en la
apertura programática no fueron cuantificadas las metas ni se especificó la
unidad de medida de las mismas; en cuanto a las modificaciones presupuestales
efectuadas durante el ejercicio que incluyeron ampliaciones por $ 58’549,660,
de las cuales $ 28’728,080 no fueron autorizadas por el Cabildo antes de
ejercerse, así como disminuciones por $10’154,622 y transferencias por $
2’846,199, dichas modificaciones no se acompañaron con la información relativa
sobre los programas y subprogramas que se hayan creado o modificados, ni se
manifestó en forma expresa por la Entidad la no modificación de programas y
subprogramas; así mismo no se proporcionó información sobre las justificaciones
que les dieron origen, mismas que debieron sustentar las solicitudes de
autorización ante el Cabildo, adicionalmente dentro de la Cuenta Pública Anual
remitida al Congreso del Estado no se adjuntó la información relativa al Cierre
del Ejercicio Programático (acumulado) de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos
15 y 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California y 43, fracción IV y último párrafo de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; y porque la Entidad
no efectuó conciliación entre las partidas de gasto de Inmuebles y
construcciones correspondientes al grupo 500 con un presupuesto ejercido de $
50’639,669, contra las cifras contables de $ 29’660,369 y el cierre de
inversión de obra pública por $ 21’394,950 que no incluye las obras ejecutadas
con recursos del Ramo 33, Fondo III Infraestructuras Municipal y Fondo IV
Fortalecimiento de los Municipios por $ 2’577,556 y $ 1’614,032,
respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudieran
resultar al efectuarse la misma.
SEGUNDO.-
Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos del I y II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, B.C., a los
CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter
de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero
de enero al 30 de noviembre del 2001 y a los CC. Luis Enrique Díaz Félix y C.P.
Alfredo Quintero Ruiz en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero,
respectivamente, por el período comprendido del primero al 31 de diciembre de
2001.
TERCERO.-
Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad
presenta al 31 de diciembre del 2001 en la cuenta de Almacén de materiales
saldo de $ 204,210 el cual no incluye el importe de las refacciones existentes
a esa fecha, dichas refacciones no se encuentran valuadas ni registradas
contablemente; sin que exista control contable ni administrativo sobre las
mismas como se detalla; así mismo en el almacén se mantiene material obsoleto el
cual no se encuentra registrado contablemente; debido a que la Entidad celebró
Convenios de Regularización de Fraccionamientos para regularizar el desarrollo
de los fraccionamientos: Chula Vista, Santa Lucía, Misión del Mar I y La Mina,
conviniéndose el pago de las donaciones a favor del Gobierno Municipal del 10%
de la superficie vendible para los usos que determine la autoridad municipal,
debido a que las áreas de donación se encuentran vendidas y ocupadas
parcialmente; así mismo, celebró Contrato de Dación de Pago para convenir el
pago anticipado en especie de futuras donaciones por la autorización de
fraccionamientos, y se autorizó mediante Acuerdo de Cabildo el programa de
Construcción del Edificio del Palacio Municipal confiriéndose al Director de Desarrollo
Urbano y Ecología la facultad de disponer de las áreas de donación de diversos
fraccionamientos autorizados o en proceso de autorización con el objeto de
obtener recursos para la ejecución de la obra en comento, contraviniendo lo
dispuesto en los Artículos 114 y 119 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California que establecen que son bienes
del dominio público municipal los inmuebles donados al Municipio por la
autorización de fraccionamientos, los cuales podrán ser desincorporados
mediante autorización que expida la Legislatura local, cuando por algún motivo
dejen de ser útiles para fines de servicio público; además se celebró convenio
de fecha 26 de enero del 2000 para autorizar la acción de urbanización del
Fraccionamiento Villa Turística, sobre el cual la Entidad no proporcionó
Acuerdo de Cabildo donde se establezca la autorización del fraccionamiento ni
el convenio de donación correspondiente, consecuentemente no se encuentran registrados los predios contablemente
en Cuentas de Orden; por motivo de que el 15 de junio del 2000 se celebró
Convenio de Transferencia y/o Permuta, correspondiente a siete polígonos de
asentamientos humanos definidos en el Plano de Certificación de Derechos
Ejidales de los fraccionamientos denominados: Independencia, Benito Juárez y
Ampliación Benito Juárez, Ampliación Lucio Blanco, Reforma y
Ampliación Reforma, Lucio Blanco,
Ampliación Constitución, 17 de agosto de 1938, Coronado y Parque Industrial
Rosarito; estableciéndose en la Cláusula Primera de dicho documento que el
Comisariado Ejidal del Ejido Mazatlán dona a favor del I Ayuntamiento de Playas
de Rosarito, B.C. las superficies de 377,450.18 m², 68,060.84 m², 209,045.02 m²
y 18,904.06 m² correspondientes al 10% de donación municipal sin uso
específico, 3% de área escolar, 3% de área verde y área de equipamiento, según
se precisa como “anticipo o ajuste que haya en los fraccionamientos
descritos...”; en esta misma cláusula se consigna que también se donan
superficies de terreno fuera de los polígonos de los asentamientos humanos
referidos, localizados en la Parcela 38 con superficie de 1,296.00 m², Parcela
42 con superficie de 38,116.20 m² y Parcela 50 con superficie de 41,691.26 m²,
la superficie en global de las donaciones ascienden a 754,563.56 m², de las
cuales sólo se tiene registrada contablemente en Cuentas de Orden la superficie
de 7,436.88 m², correspondiente al predio No. 1 de la manzana 70 de la Parcela
16 en la Colonia Benito Juárez donde se construyó Subestación de Policía con un
valor catastral de $ 1’338,640, dado que cuenta con el deslinde, sin embargo
dicho predio aún no sido desincorporado del Régimen Ejidal; porque la Entidad
presenta al 31 de diciembre del 2001 cuenta por pagar a favor del Gobierno Federal
y Estatal por la cantidad de $ 3’877,602 derivado de la participación que les
corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios 1998, 1999, 2000 y
2001 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima Terrestre, como se
describe en el ANEXO 5; así mismo se presenta pasivo a favor de la Comisión
Estatal de Servicios Públicos de Tijuana por la cantidad de $ 1’100,828 por
concepto de consumo de agua de los ejercicios 1999, 2000 y 2001, y pasivo a
favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Gobierno y Municipios del Estado de Baja California (ISSSTECALI) por la
cantidad de $7’557,968 integrado por el saldo del convenio celebrado el 29 de
septiembre del 2000, por las cuotas y aportaciones no enteradas por los meses
de julio de 1999 a septiembre del 2000, así como las cuotas y aportaciones de
los meses de noviembre y diciembre del 2000 y los meses de mayo a diciembre del
2001, mismo que difiere en $ 141,134 con el importe confirmado por el
ISSSTECALI de $ 7’699,102 sin incluir accesorios; así mismo debido a que se
determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes del Impuesto
Predial al 31 de diciembre del 2001, por la cantidad de $ 14’698,958 por
ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto
Predial, resultante de comparar las cifras que arroja el padrón al 31 de
diciembre del 2000 por $ 82’132,046, disminuyéndole los pagos recibidos durante
el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 4’201,178 e
incrementándole los adeudos del 2001 no cubiertos durante el ejercicio por $
31’290,157, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $
109’221,025, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos
al 31 de diciembre de 2001 asciende a $ 187’461,706, importe que incluye
recargos, multas y gastos de ejecución por la cantidad de $ 92’939,639, dicha
diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad, así mismo el padrón se
encuentra en proceso de depuración, dado que éste incluye adeudos de claves
catastrales que corresponden al Municipio de Tijuana, así mismo el padrón
presenta 183 claves catastrales las cuales omiten períodos de adeudos, por otro
lado existe diferencia por la cantidad de $ 23,759 entre el saldo que arroja el
padrón de multas de tránsito por la cantidad de $ 2’364,607 y los registros
contables por $ 2’340,848; por lo que respecta a Línea Amarilla éste presenta
un saldo por recuperar al 31 de diciembre del 2001 de $149,458, el cual no fue
susceptible de compararse con el padrón, toda vez que éste no se encuentra
valuado, a su vez se omitió el registro contable de adeudos derivados de la
celebración de convenios por los conceptos de 3% de supervisión de obra, obras
de pavimentación, impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles y transmisión
de dominio, permisos nuevos de alcoholes y remate de vehículos por la cantidad
de $ 3’229,221; además porque los estados financieros incluyen en Cuentas de
Orden $ 201,011 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los
Servicios de Vigilancia Policíaca prestados directamente por el Departamento de
Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones
derivadas del servicio de vigilancia policíaca no son pagadas por el
solicitante antes de proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo
dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de
Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal 2001; debido a que la Entidad no
proporcionó evidencia documental de haber dado cumplimiento a las disposiciones
contenidas en la fracción I y segundo párrafo del Artículo 33 de la Ley de
Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del
conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a
realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, así como
que será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de
Desarrollo Social, el Gobierno Estatal y el Municipio la autorización de los
recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal para la realización del
Programa de Desarrollo Institucional Municipal por$ 34,568, por otro lado no se
dio cumplimiento a lo establecido en el manual operativo del Ramo 33, toda vez
que no se celebraron los convenios de concertación correspondientes por lo que
se desconoce cual fue la aportación real de la comunidad en las obras
realizadas; por motivo de que existe incertidumbre sobre la documentación
comprobatoria que sustenta el gasto por “la auditoria realizada a los estados
financieros de la Comisión Federal de Electricidad” sobre el juicio con el
Ayuntamiento de Playas de Rosarito, esto por la cantidad de $ 82,500, toda vez
que con fecha 20 de agosto del 2001 se solicitó se cubriera dicho pago, con
fecha 29 de noviembre la Tesorería Municipal solicitó la autorización ante la
Mesa de Autorizaciones de Regidores, siendo el prestador del servicio
Consultoría Fiscal Torres y Asociados, S.C., sociedad que se presume
inexistente fiscalmente, dicho servicio fue liquidado el 29 de noviembre del
2001, amparándose el gasto con el recibo de honorarios No. 154 de fecha 20 de
julio del 2001, observándose además que no corresponde la firma de la persona
que recibió el cheque con la identificación que sustenta la entrega del mismo;
dicho servicio consistió en un peritaje elaborado por la
C.P. Rosaura Cabrera Bautista presentado el día 11 de abril del 2002 ante el
Magistrado Instructor de la Décima Primera Sala Metropolitana del H. Tribunal
de Justicia Fiscal y Administrativa, dichas operaciones fueron sujetas a
investigación por la Sindicatura Municipal, derivándose denuncia penal
promovida el 15 de agosto del 2002 ante la Procuraduría de Justicia del Estado
de B.C.; así mismo porque la Entidad durante el ejercicio percibió recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $
12’828,588, se generaron intereses por la cantidad de $ 42,238, obteniéndose
recursos en global por la cantidad de $ 12’870,826, de los cuales según reporte
de asignación de recursos se ejercieron $11’849,236, cifra que incluye pago
duplicado al contratista Integral Sumatoria de Servicios, S.A. de C.V. por $
273,687 el cual no ha sido recuperado, quedando un remanente por ejercer de $
1’021,590, mismo que al compararlo con la cuenta bancaria que se utilizó para
controlar las entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de más en
registros contables por $ 48,172, toda vez que el saldo de la cuenta bancaria
en la que se depositaron las aportaciones del Fondo IV presenta un saldo
contable al cierre del ejercicio de $ 1’069,762; por otro lado, se utilizaron
recursos por $ 4’469,748 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos
se aplicaron; así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento
a las disposiciones contenidas en el Artículo 33, fracción I de la Ley de
Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán hacer del
conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a
realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, por lo que
respecta a la publicación de los resultados obtenidos al cierre del ejercicio
según publicación de fecha 24 de enero del 2002 se señaló un importe de
recursos recibidos y ejercidos por la cantidad de $ 12’012,283; y porque la
Entidad celebró contrato No. C-PRON-01-ROS-EP-005C de fecha 6 de marzo del
2001, para llevar a cabo la obra consistente en construcción del Palacio
Municipal de Playas de Rosarito, B.C. III etapa por un monto de $ 9’679,109, el
cual le fue rescindido a la empresa por incumplimiento al contrato, originando
que no se amortizara el total de anticipo concedido quedando un saldo por
anticipo no amortizado de $ 470,367 el cual a la fecha no se ha recuperado;
asimismo, no se aplicaron penas
convencionales al contratista por incumplimiento al programa de obra por
un monto de
$ 167,953. Por otra parte, se realizaron modificaciones al contrato mediante
convenios, reduciéndose el monto del contrato a $ 6’665,837 por la eliminación
de algunas partidas y conceptos del presupuesto original, y a su vez se dieron
de alta por obra extraordinaria 161 conceptos por un monto de $ 3’627,299 que
representaron el 37% con respecto al costo original contratado; igualmente, se
celebró contrato No. C-OPM-PRON-01-ROS-EP-021 de fecha 5 de octubre del 2001,
para llevar a cabo la obra consistente en albañilería y acabados en primer y
segundo nivel del Palacio Municipal de Playas de Rosarito, B.C. por un monto $
1’423,937.80, posteriormente se celebraron convenios incrementando el monto a $
2’323,540.89, mediante estos convenios se incluyeron 59 conceptos
extraordinarios por un monto de $ 1’153,867.48 los cuales representaron el 81%
con respecto al costo original contratado, con las modificaciones realizadas en
los contratos respectivos se considera que la Entidad no dio cumplimiento a lo
establecido en las fracciones III, V, VI y XIV del Artículo 17 de la Ley de
Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la
Misma del Estado de Baja California; por otra parte, se celebró contrato No.
C-PAFEF-01-ROS-EP-005D de fecha 30 de julio del 2001, para llevar a cabo la
obra consistente en construcción del Palacio Municipal de Playas de Rosarito,
B.C. IV etapa por un monto de $ 2’095,681, posteriormente se celebró convenio
adicional incrementando el monto a $ 3’677,079, los motivos principales de la
celebración del convenio fueron incluir 74 conceptos extraordinarios por un
monto de $ 1’837,098 los cuales representaron el 88% con respecto al costo
originalmente contratado, por lo anterior se considera que no se dio
cumplimiento a lo establecido en las fracciones III, VIII y X del Artículo 21
de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, túrnese a
la Sindicatura del II Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja
California, para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
los efectos conducentes.
D A D O en
la Sala de Juntas de la Contaduria Mayor de Hacienda en la Ciudad de Mexicali,
B.C., a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil tres. Firman los
integrantes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público.
- EL C.
PRESIDENTE: Gracias diputados, queda a consideración de la Asamblea, ciudadanos
diputados el Dictamen No. 59 de la Comisión de Legislación, perdón de la
Comisión de Fiscalización, no habiendo oradores en contra, diputada Secretaria
sírvase someterlo a votación.
- LA C.
SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, le solicito a mis compañeros diputados que manifiesten el sentido de su votación, comenzando por la
derecha en forma nominal, gracias.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor.
- Osuna Aguilasocho, a favor.
- Corvera Quiñonez Fidel, a
favor.
- Ismael Quintero, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Jesús Ruiz, a favor.
- Ramos García, a favor.
- Morán, a favor.
- Jesús Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez, a favor.
- Rueda, a favor.
- Luévano Ruiz, a favor.
- Araiza, a favor.
- Arturo Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Algún
diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación
por la Mesa Directiva.
- Rosalba Martín, a favor.
- Avilés, a favor.
- Suárez, abstención.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en
contra y 1 abstención.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputada Secretaria una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20
votos a favor, 0 en contra y 1 abstención se declara aprobado el dictamen No.
59 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, con los terminos que fue
leído por el diputado Arturo Alvarado González. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión
Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los
veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres. Tiene el uso de la
voz para el Dictamen No. 60 de la Comisión de Fiscalización, el diputado
Alfredo Ferreiro, para antes agradecemos la presencia de la Regidora del XVII
Ayuntamiento Lucina Guadarama.
- EL C. DIP. FERREIRO VELAZCO:
Con su permiso señor Presidente, Comisión de Fiscalización del Gasto Público.
Dictamen No. 60. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen
correspondiente, el oficio No. DASC/0P075/2003 de fecha 8 de septiembre del
2003, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto
a las Cuentas Públicas del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial
del Estado de B.C., por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al
31 de diciembre del 2002.
Para efectos de la emisión del
presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes
A N T E C E
D E N T E S :
PRIMERO.- Con fecha 25 de marzo
del 2003 el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del
Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California,
en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de
las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
SEGUNDO.- Con fecha 18 de junio
del 2003, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros
del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja
California, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25
de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó
de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector
gubernamental.
TERCERO.- Con fecha 8 de
septiembre del 2003, se llevó a cabo confronta de información financiera y de
resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad,
concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual
correspondiente al ejercicio fiscal del 2002.
C O N S I D E R A N D O S :
PRIMERO.- Que es facultad del
Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como
de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII, en
concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política local.
SEGUNDO.- Que el Artículo 61
Fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público es una comisión de
dictamen legislativo.
TERCERO.- Que de acuerdo a lo
dispuesto en el Artículo 67 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California, a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público le
corresponde, entre otros asuntos, el conocimiento, estudio y dictamen del
resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas
en el artículo 5 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor
de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso
del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir
el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos
y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores
públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
QUINTO.- Que con fundamento en
las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la
revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad,
mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción.
SEXTO.- Que de conformidad con
los artículos 39 y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para
el Estado de Baja California, la Contaduría Mayor de Hacienda, emitió informe
que contiene la opinión sobre la Cuenta Pública Anual, misma que fue analizada en
todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Fiscalización del Gasto Público.
Por todo lo anteriormente
expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la
Honorable Asamblea, el siguiente punto
R E S O L U T I V O :
UNICO.- Es de otorgarse y se
otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de
Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del Tribunal de Justicia Electoral
del Poder Judicial del Estado de Baja California, a la C. Lic. Rocela Armida Roa
Rivera, en su carácter de Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia
Electoral del Estado de Baja California, por el período del primero de enero al
31 de diciembre del 2002, respectivamente.
DADO en la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del H. Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los veintitrés días del mes de septiembre del dos
mil tres. Atentamente la Comisión de Fiscalización del Gasto Público.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado queda a consideración de la Asamblea ciudadanos diputados el Dictamen
60 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, no habiendo oradores en
contra, diputada Secretaria sírvase levantar la votación correspondiente.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto
diputado Presidente, solicitamos a los compañeros diputados que manifiesten su
sentido de su votación de manera nominal por favor comenzando por la derecha.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor.
- Osuna Aguilasocho, a favor.
- Corvera Quiñonez, a favor.
- Ismael Quintero, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Ramos García, a favor.
- Ruiz Uribe, a favor.
- Morán, a favor.
- Jesús Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez, a favor.
- Rueda, a favor.
- Luévano Ruiz, a favor.
- Araiza Antonio, a favor.
- Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Algún
diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación
por la Mesa Directiva.
- Terrazas Silva, a favor.
- Rosalba Martín, a favor.
- Raquel Avilés, a favor.
- Suárez, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente el resultado de la votación es de 22 votos a favor, 0 votos en
contra y 0 abstenciones.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 22 votos
a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, se declara aprobado el Dictamen 60
de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, en los términos que fue
leído por el Diputado José Alfredo Ferreiro Velazco. Dado en el Salón de
Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en
Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil tres.
Tiene el uso de la voz el Presidente de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público, para presentar Punto de
Acuerdo de la Comisión sobre la resolución de la Contraloría del Estado, en
relación al Dictamen 340 de la Inmobiliaria Estatal de Ensenada.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ:
Con su permiso nuevamente, diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente
de la Mesa Directiva de la Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja
California, Honorable Asamblea: En uso de nuestras atribuciones como Diputados
integrantes de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público de la H. XVII
Legislatura del Estado de Baja California y de acuerdo con los preceptos
constitucionales contenidos en la fracción I de los artículos 27 y 28 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, asimismo
en los artículos 110 fracción III, 114, 115 fracción I, 117, 118 y demás
relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de
Baja California, nos permitimos someter a esta H. Soberanía, INICIATIVA DE
ACUERDO ECONOMICO a través de la cual se propone a este H. Congreso del Estado
que exhorte a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que
realice investigación a los servidores públicos que participaron en la
tramitación del procedimiento administrativo de determinación de
responsabilidades instruido en contra del C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ,
sustentándose ésta, al tenor de la siguiente:
EXPOSICION DE MOTIVOS
Con motivo de la fiscalización
de la Cuenta Pública de Inmobiliaria Estatal de Ensenada correspondiente al
ejercicio fiscal de 1998 realizada por el Congreso del Estado, la Comisión de
Hacienda y Administración de la XVI Legislatura Constitucional del Estado en
sesión celebrada el 30 de agosto del 2000 emitió Dictamen número 340, el cual
se turnó y analizó en el Pleno del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria
celebrada el 19 de septiembre del mismo año, mismo que posteriormente en fecha
09 de octubre de 2000 fue remitido a la Dirección de Control y Evaluación
Gubernamental para efectos de que en un plazo que no exceda de 60 días, se
apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del
Estado para lo conducente.
En el Resolutivo Primero del
Dictamen No. 340, se asentó que no se aprueba la Cuenta Pública de Egresos al
C. Ing. Rubén Angel Ayub Martínez, en su carácter de Director General de la
Entidad, por el período del primero de enero al primero de septiembre de 1998,
entre otras salvedades, porque se ejecutó la obra de electrificación parcial de
la Colonia El Nazareno, ubicada en el Valle de San Quintín Municipio de
Ensenada, B.C. sin que ésta se hubiere autorizado por la Junta de Gobierno y
sin que tuviera la factibilidad del servicio de suministro de agua potable, por
lo cual la obra una vez realizada fue desmantelada y reutilizados los materiales
recuperados en otra obra de electrificación ubicada en la Colonia Rancho Nuevo.
Por lo anterior, se ejercieron gastos innecesarios y no recuperables por un
importe de $ 59,201 por los conceptos de la mano de obra para instalar la red
en la Colonia El Nazareno $ 29,396 y del desmantelamiento y acarreo de los
materiales recuperados hasta la Colonia Rancho Nuevo $ 29,805, éstos trabajos
los realizó otra empresa que la Entidad contrató para realizar la obra de
electrificación de la Colonia Rancho Nuevo.
En razón a lo anterior, en fecha
11 de julio del 2002 el C.P. José Cervantes Govea, Director General de Control
y Evaluación Gubernamental, remitió al Presidente de la entonces Comisión de
Hacienda y Administración oficio DCEG/0431/02 en donde manifiesta que al dar
seguimiento al Dictamen 340 correspondiente a las Cuentas Públicas de la
Inmobiliaria Estatal de Ensenada, correspondiente al ejercicio fiscal de 1998,
se determinó la Responsabilidad Administrativa del Servidor Público ING. RUBEN
ANGEL AYUB MARTINEZ, siguiéndosele el procedimiento administrativo de
determinación de responsabilidades correspondiente.
Señalando así mismo que al
procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades antes
aludido, recayó la Resolución de fecha 31 de diciembre del 2001 en la cual se
determinó sancionarlo con INHABILITACION TEMPORAL, SANCION ECONOMICA,
REPARACION DEL DAÑO OCASIONADO EN MENOSCABO DEL ERARIO PUBLICO ESTATAL, pero en
virtud de que las facultades de esa Autoridad para sancionar al servidor público
en mención, ya habían prescrito al momento de dictar la citada resolución SE
RESOLVIO NO EJECUTAR NINGUNA DE LAS SANCIONES MENCIONADAS en atención al
artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Es decir, no obstante que la
Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, determinó la procedencia de
las anteriores sanciones en base a que del procedimiento realizado de
conformidad a la Ley de Responsabilidades se demostró plenamente que el
servidor público en comento infringió lo dispuesto por el artículo 42
fracciones I, II, III, XXI y XXII de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Baja California, toda vez que se acreditaron
las conductas que se le imputaron consistentes en ordenar, contratar y ejecutar
la obra de electrificación sin cumplir con los requisitos técnicos legales
necesarios para ello, lo que tuvo como consecuencia un daño al erario público
por un monto de $ 203,579.99 (DOSCIENTOS
TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 99/100 M.N.).
Es decir, tal como se desprende
de la Resolución dictada por la Dirección de Responsabilidades y Situación
Patrimonial de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, el C. RUBEN
ANGEL AYUB MARTINEZ, resultó administrativamente responsable de los hechos que
se le imputan, no obstante de conformidad al artículo 70 de la Ley de
Responsabilidades de fecha 31 de enero de 1984, las facultades de la Dirección
de Control y Evaluación Gubernamental para imponer las sanciones previstas por
dicha Ley de Responsabilidades ya habían prescrito.
Efectivamente, en el caso
señalado, el plazo para la prescripción es de tres años, toda vez que la
responsabilidad es estimable en dinero y el beneficio obtenido o el daño
causado por el infractor excede de diez veces el salario mínimo en el Estado.
En virtud de que dicho plazo transcurrió al momento de dictarse resolución,
legalmente no fue posible imponer sanción alguna, toda vez que las facultades
de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental ya habían prescrito.
El Congreso del Estado cumplió
en tiempo, informando a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental
mediante oficio 3646 de fecha 09 de octubre del dos mil respecto del Dictamen
340 de Cuenta Pública de Inmobiliaria Estatal de Ensenada respecto del
ejercicio fiscal de 1998, llevando a cabo la Dirección de Control y Evaluación
Gubernamental procedimiento de determinación de responsabilidades y dictando
resolución en fecha 31 de diciembre del año dos mil uno.
Del análisis de la resolución
antes señalada se desprende que la Dirección de Control y Evaluación
Gubernamental recibió el citado Dictamen en fecha 11 de octubre del dos mil,
cuando ya habían transcurrido dos años tres meses de que el servidor público de
referencia cometió la irregularidad, faltando nueve meses para que operara la
prescripción, no obstante, dictó resolución catorce meses después de haber
recibido el Dictamen por parte del Congreso del Estado.
Del actuar de los servidores
públicos de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental que tramitaron
el procedimiento de determinación de responsabilidades en contra del C. RUBEN
ANGEL AYUB MARTINEZ, se presume que incumplieron lo establecido por la Ley de
Responsabilidades por no haber resuelto en tiempo el procedimiento de referencia,
con lo cual se originó la prescripción de las facultades para imponer sanciones
a dicho servidor público.
Por lo antes señalado, y toda
vez que existe la presunción de que los servidores públicos que tramitaron el
procedimiento administrativo en contra del C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ,
dolosamente ocultaron información relativa a dicho expediente y/o retardaron
dicho procedimiento para efectos de lograr la prescripción de facultades de la
Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para sancionar al servidor
público en mención, con fundamento en los artículos 110 fracción III, 114, 115
fracción I, 117 y 118 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de
Baja California, nos permitimos presentar a esta H. Asamblea Legislativa la
siguiente INICIATIVA DE:
ACUERDO ECONOMICO
UNICO.- QUE ESTA SOBERANIA
EXHORTE A LA DIRECCION DE CONTROL Y EVALUACION GUBERNAMENTAL PARA QUE INICIE
INVESTIGACION DEL ACTUAR DE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPARON EN LA
TRAMITACION DEL EXPEDIENTE DE DETERMINACION DE RESPONSABILIDADES EN CONTRA DEL
C. RUBEN ANGEL AYUB MARTINEZ, RELATIVO AL DICTAMEN 340 DE LA CUENTA PUBLICA DE
INMOBILIARIA ESTATAL DE ENSENADA PARA EFECTOS DE DETERMINAR SI INCURRIERON EN
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, TODA VEZ QUE EXISTE LA PRESUNCION DE QUE
OCULTARON INFORMACION RELATIVA A DICHO EXPEDIENTE Y/O RETARDARON EL CURSO DEL
CITADO PROCEDIMIENTO, IMPONIENDO EN SU CASO LAS SANCIONES QUE CORRESPONDAN, ASI
MISMO DE PRESUMIRSE LA TIPIFICACION DE ALGUN DELITO PENAL SE PRESENTE DENUNCIA
PENAL ANTE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE, INFORMANDOSE AL H. CONGRESO DEL ESTADO
EN UN PLAZO DE 60 DIAS SOBRE LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACION Y DE LAS
ACCIONES PROMOVIDAS.
Dado en el Salón de Sesiones del
Poder Legislativo del Estado de Baja California, a los 29 días del mes de
septiembre del año dos mil tres. Firman los integrantes de la Comisión de
Fiscalización.
- EL C. PRESIDENTE: Bien gracias
diputado, se turna a la Comisión de Legislación.
- EL C. DIP. ALVARADO GONZALEZ:
(hace uso de la tribuna) Bueno la
intención, este es un punto de Acuerdo
que ya resolvio la Comisión de Fiscalización, que es la competente para ver
estos asuntos, lo que estamos bajando el resultado de un acuerdo de la
Comisión, para que se somete a votación aquí y se proceda exhortar a la Contraloría,
no es una Iniciativa y ningún dictamen que tenga que ir a comisiones.
- EL C. PRESIDENTE: Bien le
vamos a dar, esta Presidencia otorga cinco minutos de receso para que los
integrantes de la Comisión de Fiscalización, suscriban el documento (13:40 horas).
Se reanuda a las (13:45 horas) sírvase verificar el quórum.
- LA C. SECRETARIA: Tenemos la
presencia de doce diputados en la Sala.
- EL C. PRESIDENTE: Bien no hay
el quórum requerido por esta Mesa Directiva para los ciudadanos diputados, por
segunda intensión y ocasión, diputada Secretaria sírvase pasar lista de manera
económica.
- LA C. SECRETARIA: Son
dieciocho.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, con
dieciocho diputados abrimos y reanudamos
la sesión. Ciudadanos diputados queda a su consideración la Iniciativa de
Acuerdo Económico presentada por la Comisión de Fiscalización del Gasto
Público, relativo a la resolución de la Contraloría del Estado del Dictamen 340
de la Inmobiliaria Estatal de Ensenada, no habiendo oradores en contra diputada
Secretaria sírvase someterla a consideración.
- LA C. SECRETARIA: Con mucho
gusto diputado Presidente, solicito a mis compañeros diputados manifestar el
sentido de su votación de manera nominal comenzando por la derecha, por favor.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor.
- Osuna Aguilasocho, a favor.
- Corvera Quiñonez, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Ismael Quintero, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Ramos García, a favor.
- Jesús Ruiz, a favor.
- Jesús Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez, a favor,
- Rueda, a favor.
- Luévano Ruiz, a favor.
- Araiza, a favor.
- Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Algún
diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? La votación
por la Mesa Directiva.
- Terrazas Silva, a favor.
- Rosalba Martín, a favor.
- Raquel Avilés, a favor.
- Héctor Suárez, abstención.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en
contra y 1 abstención.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputada Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20
votos a favor, 0 en contra y 1 abstención se declara aprobado el Punto de
Acuerdo Económico de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público en los
términos que fue leído por el diputado Arturo Alvarado González. Dado en el
Salón de Sesiones Licenciado “Benito Juárez García”, del Honorable Poder
Legislativo, en Sesión Ordinaria de la Honorable XVII Legislatura del Estado de
Baja California, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil
tres. Se pregunta a los ciudadanos
Presidentes de las Comisiones si tienen algún dictamen que rendir, bien
agotados los dictamenes, se pasa al septimo punto del Orden del Día “Asuntos
Generales”, se pregunta a los ciudadanos diputados si tienen algún asunto que
tratar.
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO:
Señores diputados un servidores tiene apuntados dos.
- EL C. PRESIDENTE: Bien
diputado Nicolás Osuna, para antes damos la bienvenida también al diputado de
la XV Legislatura Juan Hernández Rodríguez.
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO:
Muchas gracias, ciudadano diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, Presidente de
la Honorable Congreso del Estado de Baja California, ciudadanas, ciudadanos,
compañeras y compañeros diputados. Nicolás Osuna Aguilasocho, en mi carácter de
Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional y con las facultades establecidas en el artículo 28 fracción
I de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California, así como los artículos 110 fracción I,
112, 115 fracción I, 116, 117 y correspondientes de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo, me permito presentar a la consideración del Pleno de esta
Honorable XVII Legislatura, Iniciativa de reformas y adición al artículo séptimo
del Estado Libre y Soberano de Baja California, lo anterior en los términos de
la siguiente: Exposición de Motivos: 1.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue
reformada en su artículo 6º para
adicionar el siguiente párrafo: “el derecho a la información será garantizado
por el Estado”. 2.- Esta garantía individual y social, viene a complementar la
garantía del derecho de prensa constituido en el artículo séptimo de la Carta
Magna Nacional. 3.- Tanto una como otra, de estas garantías individuales son
elementos básicos para dar lugar a la implementación de la democracia en
nuestro país. 4.- La creación de la garantía de acceso a la información
pública, parte de la expedición de La Declaración Universal de los Derechos
Humanos que fue adoptada por la Organización de las Naciones Unidas, entre las
cuales se encuentra México como uno de los firmantes. 5.- Esta Declaración
Universal de los Derechos Humanos fue aprobada y proclamada el 10 de Diciembre
de 1948, por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Tras este acto
histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el
texto de la Declaración y dispusieran que fuera “distribuido, expuesto, leído y
comentado en las escuelas públicas y otros establecimientos de enseñanza, sin
distinción fundada en la condición política de los países o de los
territorios”. 6.- Dentro de esta Declaración Universal se encuentra el Artículo
19 que a la letra dice: “Artículo 19.- Todo individuo tiene derecho a la
libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado
a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión”. 7.- Bajo estos principios el
Estado Mexicano, reformó la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en su artículo 7º, el cual establece: “Artículo 7.- Es inviolable la
libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley
ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores
o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que
el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso
podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito”. “ Las leyes
orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so
pretexto de las denuncias por delito de prensa, sean encarcelados los
expendedores, “papeleros”, operarios y demás empleados del establecimiento de
donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente
la responsabilidad de aquellos”. 8.- Posteriormente reformó el artículo 6º, de
la Carta Magna Federal, para quedar como sigue: “Artículo 6.- La manifestación
de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa,
sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque
algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será
garantizado por el Estado”. 9.- Bajo estos parámetros jurídicos, se ha busacado
que el Estado de Baja California se tenga acceso a la información pública, y al
mismo tiempo se protejan los derechos de opinión. Para tener acceso a la
información pública, se presentó y fue aprobada una Ley General de
Documentación, para efecto de que las autoridades en el Estado se prepararan en
la organización de sus archivos para tener disponible la documentación en forma
fácil y accesible. Ahora se pretende que el acceso a la información pública sea
como todas las garantías públicas de que gozamos, es decir, mediante
procedimientos sencillos y legales. 10.- Pero además se pretende que estas
garantías queden contempladas debidamente en la Constitución Local, para hacer
más fácil su interpretación y aplicación en las leyes secundarias del Estado.
11.- Para comprender lo establecido por esta garantía de acceso a la
información pública, es menester transcribir lo siguiente: DEMOCRACIA, CONTROL
DE PODER Y COMUNICACION MASIVA. Una de las propiedades necesarias (aunque no
suficiente) que debe ser satisfecha para que el funcionamiento político de un
Estado pueda ser denotado por el término “Democrático”, es un adecuado control
y equilibrio de los poderes que en el coexisten. Como se ha dicho
anteriormente, dicho control requiere de una opinión pública fuerte que
requiere de un adecuado ejercicio del derecho a la información (en sentido
amplio), el que a su vez presupone un buen régimen de protección para los
profesionales de la información. La condición de control del poder es válida no
únicamente para los tradicionales poderes del Estado, sino también para los
poderes fácticos, entre los que se encuentran los medios de comunicación
masiva. El secreto profesional del periodista. Según comenta Ernesto
Villanueva, un destacado jurista: “los
antecedentes de esta figura jurídica provienen del Common Low y se
remontan al siglo XVI, a propósito del “voto de honor”, basados en la
convicción de que un caballero no debía divulgar las noticias obtenidas en
confidencia por atentar la privacidad de su comunicación”.En la actualidad y
tal como ha sido indicado anteriormente, el secreto profesional de los
periodistas constituye un caso específico del derecho de comunicar información
veraz de interés publico por cualquier medio de difusión. A través de el, información
que de otra forma permanecería desconocida, es transmitida por un informante a
un periodista comprometido a guardar sus fuentes en el anonimato, para que la
de a conocer públicamente. De esta manera, se materializa el derecho a la
información y se contribuye a la configuración de la opinión pública que
manifestándose a través de las instituciones conducentes, puede proceder a
controlar los abusos del poder Estatal. Entre la información susceptible de ser
transmitida mediante la mecánica descrita, se encuentra aquella que, siendo de
interés público, trata de mantenerse oculta por parte del Estado. El
doctrinista Marc Carrillo, considera que el derecho a la comunicación comprende
el “derecho a comunicar y recibir información veraz de interés público por
cualquier medio de difusión”. Este se subdivide en dos subcategorías que son:
“El derecho a comunicar información veraz de interés público por cualquier
medio de difusión” y el “derecho a recibir información veraz de interés público
por cualquier medio de difusión”. Este último comprende “El derecho a recibir
información generada por los órganos del Estado” y el “derecho a recibir
información proveniente de otras vías (entre las que se encuentra la prensa).
El secreto profesional de los periodistas, queda ubicado como un subcategoría
del derecho de comunicar información, el cual es presupuesto por el derecho a
recibir información, que a su vez es condición indispensable para la
conformación de la opinión pública capaz de controlar el ejercicio abusivo del
poder Estatal y para el ejercicio de la
democracia. Para Ernesto Villanueva “…el secreto profesional del periodista
puede definirse como el derecho o el deber que tienen los periodistas a negarse
a revelar la identidad de sus fuentes informativas, a su empresa, a terceros y
a las autoridades administrativas y judiciales”. Las razones que subyacen a
mantener en secreto las fuentes son básicamente: a).- Proteger de posibles
represalias por haber transmitido la información; b).- Salvaguardar la
credibilidad en la discreción del periodista; c) Garantizar que la continuidad
en el flujo de la información de interés público que es transmitida a los
periodistas para su publicación no se vea interrumpida y con ella puedan verse
disminuidas el ejercicio de los derechos a
comunicar y a recibir información. Según Gabriel Cisneros -otro
destacado jurista-, en materia de secreto profesional………… el interés que se
tutela no es el de los profesionales, sino el de los ciudadanos de recibir, a
su través, una información veraz. Para marc Carrillo, el bien jurídico
protegido es el derecho a comunicar y recibir información veraz, idea que se
complementa con lo expresado, que dice:….. “el fundamento del secreto
profesional reside, en primera instancia, en el interés colectivo y la dimensión
colectiva de su contenido, que facilita un ejercicio integral del derecho a la
información”. Por lo anteriormente establecido, consideramos que el derecho a
recibir información pública veraz, incluye el derecho a proteger el derecho al
secreto profesional de los periodistas, para lo cual se presenta a
consideración del Pleno de esta H. Asamblea Legislativa, la siguiente:
INICIATIVA DE REFORMA Y ADICION
A LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA.
PRIMERO.- Se reforma y adiciona
el artículo 7º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California, adicionando un párrafo octavo para quedar como sigue:
Artículo 7º.-…………
………………………….
………………………….
………………………….
………………………….
………………………….
………………………….
En el Estado de Baja California,
se reconoce como una extensión de la libertad de pensamiento, el derecho de
todo individuo para poder acceder a la información pública sin más restricción
que los que establezcan la intimidad y el interés público, de acuerdo con la Ley
de la materia, así como el secreto profesional, particularmente el que deriva
de la difusión de los hechos y de las ideas a través de los medios de
comunicación.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Túrnese el presente
Decreto a los Ayuntamientos del Estado, para continuar con el proceso
legislativo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.
SEGUNDO.- La presente reforma y
adición entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado. Mexicali, Baja California, a 29 de Septiembre
del 2003. Atentamente su servidor Dip. Nicolás Osuna Aguilasocho. Es cuanto
diputado Presidente.
- LA C. VICEPRESIDENTA: Muchas
gracias diputado, no hay cuidado diputado, se envía a la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales.
- EL C. PRESIDENTE: Es correcto
bien, ya turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales por la
Vicepresidenta Rosalba Martín Navarro, el Punto de Acuerdo presentado por el
diputado Nicolás Osuna. Adelante diputado con el segundo punto de Acuerdo.
- EL C. DIP. OSUNA AGUILASOCHO:
Con este nos vamos. Ciudadano Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova,
Presidente del Honorable Congreso del Estado de Baja California. Ciudadanas y
ciudadanos diputados. Su servidor Nicolás Osuna Aguilasocho, en mi carácter de
Diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional y con las facultades establecidas en el artículo 28 fracción I de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así
como en los artículos 110 fracción I, 112, 115 fracción I, 116, 117 y
correspondientes de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, me permito presentar
a la consideración del Pleno de esta H. XVII Legislatura, iniciativa que
reforma la Ley de Hacienda del Estado de
Baja California, y deroga el impuesto ambiental, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos: En diciembre pasado, en el marco de la aprobación de la Ley
Estatal de Ingresos, para el ejercicio fiscal del 2003, esta Honorable XVII
Legislatura tuvo a bien reformar la Ley de Hacienda del Estado para crear la
figura impositiva denominada IMPUESTO AMBIENTAL, la cual se incorporo al cuerpo
de la Ley de ingresos que ante esta soberanía presentó el titular del Ejecutivo
del Estado. En esta misma coyuntura legislativa, el XVII Ayuntamiento de
Mexicali, envió a este Congreso para su análisis y aprobación, su proyecto de
Ley de Ingresos en cuyo articulado contenía la figura del IMPUESTO ECOLOGICO,
destinada a gravar las emisiones de las plantas generadoras de energía
eléctrica establecidas en esta jurisdicción municipal, que resultó aprobada
para su aplicación con una vigencia de solamente un año, sin que ello implicara
la introducción de reformas a la Ley de Hacienda Municipal. Como es del dominio
público, la figura fiscal del IMPUESTO AMBIENTAL fue elaborada en coordinación
por la Secretaría de Planeación y Finanzas y la Dirección de Ecología del
Estado, como una medida permanente orientada a promover el desarrollo
sustentable de la entidad. Con este instrumento fiscal se buscaba gravar las
emisiones de monóxido de carbono a la
atmósfera, que hicieran en gran volumen las fuentes fijas que para sus procesos
industriales de producción utilicen combustibles fósiles y que además tales
emisiones estuvieran dentro de los rangos que establece la ley de ingresos del
Estado. Los ingresos que por tal concepto se obtuviesen serían destinados en un
noventa por ciento a programas de infraestructura urbana tendientes a disminuir
las sustancias nocivas en el aire y el resto al fondo ambiental que prevé la
Ley de Protección al Ambiente para el Estado de Baja California. Sin embargo,
una vez que entró en vigor dicho impuesto, se dejó sentir la inconformidad de
organismos empresariales de nuestro Estado, que consideraron al Impuesto
Ambiental como una medida recaudatoria y solicitaron abrir un espacio para el
diálogo y el debate razonado sobre esta medida, el cual se concedió y concretó
durante los primeros meses del año en curso. De manera simultanea, el Pleno de
este Congreso aprobó solicitar al Ejecutivo del Estado que decretara una
exención del gravamen hasta el día treinta de Abril del presente año, para
garantizar así la consistencia y viabilidad de dialogo con la representación
empresarial. Gracias a este ejercicio de apertura fue posible evitar un efecto
no deseado en la planta productiva de la entidad, que se pudo ver obligada a
recurrir al juicio de amparo para suspender por esa vía la aplicación de este
nuevo gravamen. Una reacción semejante es la que suscitó el establecimiento del
Impuesto Ecológico, que fue tomado como un “cambio de reglas” en el fomento de
las inversiones en la entidad y en el terreno de los hechos no ha podido ser
aplicado al detectársele serias inconsistencias. Al concluir el trabajo de las
mesas del dialogo que este Congreso instaló con la representación empresairal,
se puso de manifiesto la total ausencia de consenso sobre el tema del impuesto
ambiental, determinándose promover la
prolongación del régimen de exención por el resto del ejercicio fiscal. Este
ejercicio dejó plena constancia del grado de responsabilidad y madurez política
de este Poder Legislativo, que supo entender la legítima preocupación del
sector productivo y su disposición a contribuir al cuidado del medio ambiente,
por la vía de la colaboración y el apoyo a los programas ecológicos
gubernamentales. Igualmente esta experiencia ha sido propicia para reflexionar
sobre el proceso que se debe de seguir para crear nuevos impuestos,
particularmente por razones ambientales, los cuales exigen considerar
previamente una serie de factores tal y como ha sucedido en los países
europeos, en donde consumidores y empresarios han podido lograr que no entren
cargas fiscales nuevas o se incrementen algunos impuestos existentes por
razones ambientales sin que simultáneamente se apliquen reducciones en otros
impuestos. Por esta razón, se han presentado en paquete los instrumentos
fiscales ambientales con las reducciones de impuestos al trabajo o la renta, en
lo que se ha llamado las “Reformas fiscales ambientales”. En nuestro país cada
vez se ve mas próxima la posibilidad de lograr una reforma hacendaria integral,
en donde seguramente se planteará la posibilidad de incorporar en la
legislación nacional la figura de los
impuestos ambientales, tal y como lo viene promoviendo entre sus
integrantes la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE), cuyos países miembros en las últimas dos décadas introdujeron nuevos
impuestos y modificaron impuestos existentes con el fin de alcanzar objetivos
ambientales, actuando siempre con una visión integral. Esta reforma hacendaria
habrá de ser de fundamental importancia para el desarrollo económico, político
y social del país, y por ello la importancia de crear las mejores condiciones
posibles en la relación de los ordenes de gobierno con los diversos sectores de
la sociedad. Se trata de debatir sobre el proyecto de nación que queremos, en
donde sin duda se habrán de definir las políticas recaudatorias y
presupuestales, orientadas a resolver los grandes problemas que tenemos en le
país y en cada uno de sus estados, y en donde la cuestión ambiental ocupa un apartado de gran importancia en la
agenda pública. Pero este histórico proceso se tendrá que dar de manera abierta
y participativa, sin acciones unilaterales o discrecionales. Estamos entrando
en una nueva etapa en la vida nacional, en donde los grandes acuerdos sobre los
asuntos de interés general deberán de ser tomados con la participación de todos
los sectores de la sociedad civil. En este sentido es que se plantea reformar
la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, para derogar el Impuesto
Ambiental a efecto de estar en igualdad de condiciones con el resto de los
estados del país que vienen promoviendo la celebración de la Convención
Nacional Hacendaria y de no afectar la competitividad de la planta productiva
de la entidad. Más aun cuando la planta productiva del estado atraviesa por
fuertes y graves problemas que se reflejan en la pérdida de empleos que afectan
a miles de familias bajacalifornianas. Hoy la prioridad es reactivar el
crecimiento económico y la generación de empleos, y para ello resulta de
fundamental importancia brindar estímulos a la inversión y sobre todo,
certidumbre y confianza en las reglas del juego. Con la firme convicción de que
esta lectura es compartida por todos los diputados integrantes de esta
legislatura, y de que más allá de las diferencias políticas todos estamos
conscientes de nuestra alta responsabilidad y que por ello sabemos escuchar el
sentir de la sociedad, es que planteo
dar marcha atrás a la creación del impuesto ambiental y dejar el tema sujeto a
los acuerdos que en la materia emanen de la futura Convención Nacional
Hacendaria. Es por lo antes expuesto y fundado que me permito proponer la
siguiente
INICIATIVA QUE REFORMA LA LEY DE
HACIENDA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.
ARTICULO PRIMERO.- Se elimina el
Capítulo XX de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, denominado
“IMPUESTO AMBIENTAL”.
ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan
los artículos 156-15 al 156-21 de la Ley de Hacienda del Estado de Baja
California, quedando como sigue:
ARTICULO 156-15.- Derogado.
ARTICULO 156-16.- Derogado.
ARTICULO 156-17.- Derogado.
ARTICULO 156-18.- Derogado.
ARTICULO 156-19.- Derogado.
ARTICULO 156-20.- Derogado.
ARTICULO 156-21.- Derogado.
TRANSITORIO
UNICO.- La presente reforma y
derogación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Baja California.
Dado en el Salón de sesiones
“Lic. Benito Juárez García” del Poder Legislativo del Estado de Baja
California. Mexicali, Baja California, a 29 de septiembre de 2003. Atentamente,
Dip. Nicolás Osuna Aguilasocho. Es cuanto diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, se turna a la Comisión de Legislación y Estudios Hacendarios y
Ecología, así es. Bien tiene el uso de la voz la diputada Luz Argelia Paniagua.
- LA C. DIP. PANIAGUA FIGUEROA:
Con su venia diputado Presidente. Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. Ciudadano Diputado Héctor Edgardo Suárez
Córdova, Presidente de la H. XVII Legislatura del Congreso del Estado de Baja
California, Presente. Compañeras Diputadas, compañeros diputados, Honorable
Asamblea: Los suscritos integrantes de la Comisión de Educación, Cultura,
Ciencia y Tecnología de la H. XVII Legislatura Constitucional del Estado, con
fundamento en lo dispuesto por el Artículo 36 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en lo establecido en el
artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, sometemos a la consideración de este Honorable Pleno, la presente
INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO atendiendo lo siguiente: Exposición de Motivos.
En Sesión Ordinaria del día 11 de diciembre de 2002, el diputado José de Jesús
Martín Rosales Hernández, presentó Punto de Acuerdo Económico relativo a que
este Congreso a través de esta Comisión reconozca la trayectoria de la Orquesta
de Baja California, para que esta Soberanía la nombre “Embajadora de la Cultura
de Baja California”; asimismo se analice la posibilidad de apoyar con mahores
recursos presupuestales a la Orquesta, para el cumplimiento de sus programas en
el ejercicio del año 2003. En el año 2001, la Orquesta de Baja California fue
nominada por la Academia Latina de Artes y Ciencias de la Grabación Inc., al
premio Grammy Latino en la categoría de mejor álbum clásico por su disco “Tango
mata Danzón mata Tango”. La Orquesta de Baja California fue fundada en el año de
1990 por los maestros Juan Echeverría y Edurdo García Barrios, tiene su sede en
el Centro Cultural Tijuana y se define como un ensamble de solistas que
interpreta música de todos los géneros, desde el barroco hasta música de
nuestros días y en todas las combinaciones del repertorio de cámara hasta la
música sinfónica, la Orquesta de Baja California reconoce la producción de los
artistas del Noroeste de México, de los compositores méxico-anericanos, así
como de los autores hispanoamericanos, incluyendo en sus repertorios música
contemporánea de diversas regiones expresamente compuesta para el ensamble. Las
presentaciones de la orquesta incluyen diversas giras en México y Estados
Unidos, en foros como la Sala Nezahualcóyotl, Centro Nacional de las Artes, el Festival
de Música de Cámara en San Miguel de Allende, el Big Theater de los Angeles
County of Art, Auditorio Sherwood del Museo de Arte Contemporáneo en San Diego,
Copley Hall de esta misma ciudad, el California Center of the Arts en
Escondico, California. La Dirección Ejecutiva de la Orquesta de Baja California
está en manos del maestro Roberto Limón y desde el 2001 el maestro Eduardo
Diazmuñoz es nombrado Director Musical Titular de la orquesta. Es acertada la
apreciación del diputado José de Jesús Rosales Hernández quien expresa que “la
cultura imprime la identidad a nuestra sociedad y a su gente. La cultura es la
vivencia de valores transmitida a través de generaciones, como también lo son
las manifestaciones de la vida de las personas enla actualidad. Se desenvuelve
de las formas y en las instituciones mas variadas y define el modo completo en
nuestra convivencia. No es por lo tanto, una acción exclusiva del Gobierno,
sino competencia compartida con la sociedad.” En ese tenor es menester
enaltecer los logros obtenidos por esta prestigiada institución artística misma
que ha destacado en a nivel nacional e internacional, recibiendo diversos
reconocimientos. El nombre de nuestro Estado ha sido colocado en alto por la
Orquesta de Baja California, y esto quedó demostrado una vez más con su
presentación exitosa en el Palacio de Bellas Artes del pasado 21 de agosto, por
lo que es justo reconocer el talento y la deidación de todos los integrantes de
la misma, por eso coincidimos en que esta Honorable Legislatura reconozca la
labor cultural de esta institución artística. Cabe precisar que respecto a la
posibilidad de apoyar con mayores recursos presupuestales a la Orquesta de Baja
California para el cumplimiento de sus programas en el ejercicio del año 2003,
esta Soberanía aprobó el pasado mes de diciembre el presupuesto de egresos para
el Estado de Baja California por $3,084,000.00, monto superior al del ejercicio
fiscal anterior. Se reafirma con ello el compromiso de esta Legislatura de
respaldar los proyectos culturales tan importantes que desarrolla esta
destacada institución artística.
CONSIDERANDOS. PRIMERO.- Que es facultad de los Diputados presentar ante
el Pleno de esta Soberanía, iniciativas de acuerdo económico, de conformidad a
lo establecido en el Artículo 36 de la Constitución Política Local y 26, 44,
114 fracción III y 121 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de
Baja California. SEGUNDO.- Que la Orquesta de Baja California ha sido
reconocida internacionalmente, destacando la nominación al Grammy en el año0
2001, por su disco “Danzón mata Tanto mata Danzón”, por la Academia Latina de
Artes y Ciencias de la Grabación, Inc. Que es una asociación que cada año
otorga el preciado galardón en reconocimiento a la excelencia para lograr con
ello una amplia conciencia sobre la diversidad cultural y contribuciones de los
artistas latinos. TERCERO.- Que los integrantes de la Comisión resolvimos
apoyar unánimemente el presente documento en sesión de trabajo de fecha once de
febrero de dos mil tres, coincidiendo en que el Congreso del Estado es el
espacio ideal para reconocer en nombre de nuestros ciudadanos la loable labor
cultural de la Orquesta de Baja California y que el Ejecutivo del Estado es
quien debe realizar el nombramiento de “Embajadora de la Cultura de Baja
California” que propone el legislador originalmente. Por los anteriores
antecedentes y considerandos, esta Comisión somete a la consideración de esta
Honorable Asamblea para su aprobación, la siguiente:
INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO.
PRIMERO.- Que este Congreso del
Estado de Baja California reconozca en Sesión Ordinaria que indique a la Mesa
Directiva, a la Orquesta de Baja California por su destacada y exitosa
trayectoria. Para ese efecto instrúyase a la Oficialía Mayor de este Congreso que
entregue invitación a la Orquesta de Baja California, para que se realice el
reconocimiento en las instalaciones de este Congreso del Estado.
Segundo.- Remítase el presente
acuerdo al Ejecutivo del Estado para que en el ámbito de sus atribuciones
nombre a la Orquesta de Baja California “Embajadora de la Cultura de Baja
California”. Mexicali, Baja California a los veintinueve días del mes de
septiembre del dos mil tres, por al Comisión de Educación y Cultura, Ciencia y
Tecnología, su servidora Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, Secretario
Diputado Everardo Ramos García, Vocales Diputada Rosalba Martín Navarro,
Diputado Catalino Zavala Márquez, Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz, Diputado
Leopoldo Morán Díaz. Solicito a esta Presidencia de la Mesa Directiva de ser
posible a la siguiente Sesión pudieramos someterlo a votación y bueno a su
consideración si el día de hoy lo deciden bueno, esta bien.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias, si
diputada como es un punto de Acuerdo de ya una Comisión expecifica puede someterse
a votación de este Honorable Pleno, bien Juan Terrazas, diputado Prosecretario
sírvase tomar la Secretaria de esta Mesa, ciudadano diputados queda a
consideración de ustedes la Iniciativa de Punto de Acuerdo Económico presentado
por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, no habiendo
oradores en contra diputado Secretario sírvase levantar la votación
correspondiente en donde existe un solo resolutivo que este Congreso reconozca
a la Orquesta de Baja California por destacada y existosa trayectoria y la
nombre como Embajadora de la Cultura bajacaliforniana, adelante diputado.
- EL C. PROSECRETARIO: Claro que
sí diputado Presidente, se pone a consideración del Pleno el Punto de Acuerdo
Económico presentado por la Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, iniciando
por el lado derecho.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor por la
Orquesta de Baja California.
- Osuna Aguilasocho, a favor.
- Corvera Quiñonez, a favor.
- Isamel Quintero, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Jesús Ruiz, a favor.
- Ramos, a favor.
- Leopoldo Morán, a favor.
- Jesús Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez, a favor.
- Rueda, a favor.
- Raúl Luévano Ruiz, a favor.
- Araiza, a favor.
- Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- EL C. PROSECRETARIO: Algún
diputado que falte por votar? Algún diputado que falte por votar? por la Mesa
Directiva.
- Terrazas Silva, a favor.
- Rosalba Martín, a favor.
- Suárez, a favor.
- EL C. PROSECRETARIO: Diputado
Presidente la votación es a favor con 21
votos, 0 en contra y 0 abstenciones el resutado de la votación del presente
Dictamen.
- EL C. PRESIDENTE: Bien tiene
el uso de la voz la diputada Luz Argelia Paniagua.
- LA C. DIP. PANIAGUA FIGUEROA:
Con su venia diputado Presidente, Honorable Asamblea: En ejercicio de lo
dispuesto por el artículo 36 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Baja California, así como lo establecido por los artículos 39, 55 y
69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, los
suscritos Diputados Nicolás Osuna Aguilasocho y Luz Argelia Paniagua Figueroa,
como integrantes de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias,
comparecemos ante esta Soberanía para promover Iniciativa de Acuerdo Económico,
todo esto bajo la siguiente EXPOSICION DE MOTIVOS: Que con fecha 29 de octubre
del 2002, el Pleno de este Congreso del Estado resolvió integrar la Comisión
Instructora con la finalidad de instruir el procedimiento de revocación de
mandato al Sindico Procurador del XVII Ayuntamiento de Tecate, Baja California,
Ciudadano Abel Basilio Montiel, la cual se conformo de la siguiente manera
Diputado Enrique Acosta Fregozo, Presidente; Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz,
Secretario y Dip. José de Jesús Martín Rosales Hernández, vocal. Que con fecha
12 de febrero del 2003, el Pleno de este
Congreso del Estado, resolvió integrar la Comisión Instructora, con la
finalidad de instruir el Juicio Político en contra de los Exmagistrados Raúl González Arias, Maria Esther Renteria
Ibarra, José Luis Cebreo Samaniego, Félix Herrera Esquivel, Olympia Angeles
Chacón, Jesús Espinoza Orozco, Jaime Rico Jiménez, Víctor Manuel Vázquez, Oscar
Valenzuela Avila, Marco Antonio Jiménez Carrillo; así como en contra de los
Magistrados Sergio Peñuela Romo, Emilio Castellanos Luján y Marco Antonio López
Magaña, la cual fue presentada ante esta
Soberanía por el Ciudadano Eleasar Felix Verastegui Galicia de conformidad con
lo previsto en los artículo 8, 91, 92, 93 y 94 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California; Artículo 118, 119 y 120 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial vigente en el Estado; Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6,
7, 8, 10 y 12 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Baja California, la cual se conformo de la siguiente manera, Diputado
Enrique Acosta Fregozo, Presidente. Diputado Raúl Felipe Luévano Ruiz,
Secretario y Diputado José Antonio Araiza Regalado, Vocal. TERCERO.- Que con
fecha 17 de septiembre del dos mil tres, el diputado Enrique Acosta Fregozo,
presento al Pleno del Honorable Congreso del Estado de Baja California,
solicitud de Licencia Temporal del cargo hasta el 20 de octubre del dos mil
tres, la cual le fue concedida por el Pleno del Congreso del Estado en la citada
sesión. CUARTO.- Que en caso de los procedimientos de Juicio Político
mencionado, estos deben concluir antes del 25 de octubre del presente año,
asimismo en el caso de procedimiento de revocación de mandato en contra del
ciudadano Abel Basilio Montiel, este debe ser desahogado con la puntualidad y expedites de vida,
motivos por los cuales es de urgente y obvia resolución, en que este Pleno tome
las medidas necesarias, a fin continuar con los procedimientos hasta su conclusión
respectiva. QUINTO.- En función de lo anterior se propone en primer termino
restructurar la integración de la Comisión Instructura relativo al
Procedimiento de revocación de mandato referida, considerando al diputado. José
Antonio Araiza Regalado, que actualmente funge como vocal de la presente
comisión para que asuma el cargo de Presidente de la misma y al diputado Héctor
Edgardo Suárez Córdova funja como Secretario y el diputado Raúl Felipe Luévano
Ruiz como vocal, en segundo termino se propone restructurar la integración de la Comisión Instructura de
los procedimientos de juicio político antes citado, considerando al Diptuado
Raúl Felipe Luévano Ruiz que
actualmente funje como Secretario de la Presente Comisión, asuma el cargo de
Presidente de la misma y el diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, funja como
Secretario y el diputado José Antonio Araiza Regalado como vocal. Por lo antes
expuesto se somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente
Acuerdo Económico:
Primero.- Se aprueba que la
Comisión Instructora a efecto de continuar con el procedimiento de revocación
de mandato en contra del Ciudadano Abel Basilio Montiel se integra de la
siguiente manera:
Presidente: Diputado José
Antonio Araiza Regalado
Secretario: Diputado Héctor
Edgardo Suárez Córdova.
Vocal: Diputado Raúl Felipe
Luévano Ruiz.
Segundo.- Se aprueba que la
Comisión Instructora a efecto de continuar con el procedimiento de juicio
político en contra de Raúl González Arias, María Esther Rentería Ibarra, José
Luis Cebrero Samaniego, Félix Herrera Esquivel, Olympia Angeles Chacón, Jesús
Espinoza Orozco, Jaime Rico Jiménez, Víctor Manuel Vázquez, Oscar Valenzuela
Avila, Marco Antonio Jiménez Carrillo, Sergio Peñuela Romo, Emilio Castellanos
Luján y Marco Antonio López Magaña, se integra de la siguiente manera:
Presidente: Diputado Raúl Felipe
Luévano Ruiz.
Secretario: Diputado Héctor
Edgardo Suárez Córdova.
Vocal: Diputado José Antonio
Araiza Regalado.
Tercero.- En atención a lo
dispuesto por el Artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California, se solicita que la presente iniciativa sea dispensa
del trámite correspondiente, en virtud de su notoria, urgencia e importancia.
Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable
Poder Legislativo en la ciudad de Mexicali, Baja California a los 29 días del
mes de septiembre del 2003. Atentamente Diputados Nicolás Osuna Aguilasocho,
Presidente; Diputada Luz Argelia Paniagua Figueroa, Vicepresidenta. Es cuanto.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputada, queda a consideración de los señores diputados el documento
Iniciativa de Acuerdo Económico, diputado Ruiz Uribe.
- EL C. DIP. RUIZ URIBE: No,
estaba muy bien todo simplemente para
que se agregue en el punto de acuerdo el tema de la otra comisión que está
acéfala porque yo renuncie ya hace bastante tiempo, entonces que de una vez en
el mismo punto se resolviera esto, yo pediría un receso de cinco minutos para
que se puedan poner de acuerdo.
- EL C. PRESIDENTE: Cinco
minutos (14:30 horas). Parece bien a
los ciudadanos diputados, estamos esperando un documento final al parecer, se
solicita a los ciudadanos diputados pasan a ocupar sus curules para reanudar la
sesión (14:40 horas) Diputada Secretaria sírvase verificar de manera visual el
quórum legal.
- LA C. SECRETARIA: 18 diputados.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, con 18
diputados se reanuda la sesión,
ciudadanos diputados a la propuesta de Iniciativa de Acuerdo Económico
presentada por el diputado Nicolás Osuna y Luz Argelia Paniagua Figueroa, se anexa
la propuesta hecha por el diputado Jesús Alejandro Ruiz Uribe, relativa al
Juicio Político en contra del Alcalde del Municipio de Ensenada Jorge Antonio
Catalán Sosa y Regidores del Ayuntamiento para quedar como sigue: Presidente:
Diputado Arturo Alvarado González; Secretario Diputado Héctor Edgardo Suárez
Córdova; Vocal Diputado Leopoldo Morán Díaz. Bien diputada Secretaría si no hay
ninguna intervención por parte de los ciudadanos diputados sírvase someter a
votación el presente Punto de Acuerdo.
- LA C. SECRETARIA: Con mucho
gusto diputado Presidente, solicito a los compañeros diputados que se sirvan
manifestar el sentido de su votación con respecto a este Punto de Acuerdo
Económico de manera nominal, por favor comenzando por la derecha.
- Catalino Zavala, a favor.
- Hidalgo Silva, a favor.
- Corvera Quiñónez, a favor.
- Ismael Quintero, a favor.
- Ferreiro, a favor.
- Salazar Castro, a favor.
- Ramos García, a favor.
- Jesús Ruiz, abstención.
- Leopoldo Morán, a favor.
- Jesús Rosales, a favor.
- Cortez, a favor.
- Rodríguez Jacobo, a favor.
- Rueda, a favor.
- Araiza, a favor.
- Alvarado, a favor.
- Paniagua, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Algún
diputado que falte por votar?
- Luévano Ruiz, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Algún
diputado que falte por votar? La votación por la Mesa Directiva.
- Terrazas Silva, a favor.
- Rosalba Martín, a favor.
- Avilés, a favor.
- Suárez, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente el resultado de esta votación es de 20 votos a favor, 0 votos en
contra y una abstención.
- EL C. PRESIDENTE: Bien diputada
Secretaria, una vez aprobado en lo general y en lo particular con 20 votos a
favor, 0 en contra y 1 abstención, se declara Aprobado el Punto de Acuerdo
Económico de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias en los términos que fue leído por la diputada
Luz Argelia Paniagua Figueroa. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado “Benito
Juárez García”, del Honorable Poder Legislativo, en Sesión Ordinaria de la
Honorable XVII Legislatura del Estado de Baja California, a los veintinueve días
del mes de septiembre del año dos mil tres. Bien terminando esta participación,
se le cede el uso de la voz al diputado Fidel Corvera para hacer uso de la
Tribuna, es la última participación en asuntos generales. Si adelante diputado.
- EL C. DIP. CORVERA QUIÑONEZ: Con su permiso
diputado Presidente, Honorables diputadas, Honorables diputados, respetables,
medios de comunicación, distinguidas personas que nos honran con su
presencia en este Recinto, me fortalece
la presencia de mi familia y de mis amigos mas cercanos en esta Sala,
atendiendo la invitación de la Honorable Cámara de Diputado, a través del
Presidente del Diputado Héctor Edgardo Suárez Córdova, para asumir esta
responsabilidad que con mucho gusto acepto, acepte a la hora de la toma de protesta,
con todo respeto le digo que al igual que todos los que vivimos en este Estado,
no desconozco la problemática que prevalece, por esa razón y consensando mi
Fracción Parlamentaria y las demás, apoyaré todas las Iniciativas de Ley, de reforma que se promuevan en
beneficios de los intereses de la sociedad bajacaliforniana, en mi permanencia
en el progreso, en el Congreso perdón me permite, me permitirá legislar el Ramo
de la competencia del Estado, observando para el caso los requisitos
establecidos, en cuestión de la gestoría daremos seguimiento a todos los
planteamientos que nos hagan nuestros compañeros representados, ante las
Dependencias correspondientes a que haya lugar, nos ponemos a las ordenes de
nuestros compañeros campesinos productores de los alimentos que llegan a
nuestra mesa, respetando la comisión que al rubro aquí se encuentra para esa
cuestión y por último quiero expresar a todos mi respeto, antes de
solicitárselos para mi persona, muchas gracias.
- EL C. PRESIDENTE: Gracias
diputado, muy amable, bien, una vez agotada las intervenciones de los
ciudadanos diputados, ciudadanos si nos permiten no ha concluido la sesión
favor de tomar sus curules. Agotado el Orden del Día se cita a los ciudadanos
diputados integrantes de la XVII Legislatura del Estado, para el día de mañana
martes treinta de septiembre, a las
21:00 horas, a la Sesión Previa en donde se habrá de elegir a los
ciudadanos diputados que integran la Mesa Directiva del Primer Período
Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Legal,
asimismo en el mismo día de mañana a las veintitrés horas a la Sesión Ordinaria
de Clausura de este Tercer Período Ordinario de Sesiones, la cual se llevará a
cabo en este Recinto Oficial, se levanta
la sesión. (Timbre: 14:50 horas).