Regresa v1004r1
Siguiente
Anterior

Publicado en Internet el 14 Noviembre del 2001

VERSION DE SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALÓN DE SESIONES “LIC. BENITO JUÁREZ GARCÍA”, EL DÍA MARTES DIEZ  Y MIERCOLES ONCE DE ABRIL  DEL DOS MIL UNO.

 

Presidencia del C. Dip.  Gilberto Flores Muñoz

(Asistencia de veintidós ciudadanos Diputados)

 

 

 

- EL C. PRESIDENTE: (13:39 horas). Sesión Ordinaria de la Honorable XVI Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, del día martes 10 de abril del 2001, se abre la sesión. Compañera Diputada Secretario sírvase pasar lista de asistencia.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente de este Honorable Poder Legislativo del Congreso del Estado de Baja California: Aguilar Kaiten Guillermo, Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Domínguez Rocha Martín, Esparza Herrera Héctor, Fernández Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz Gilberto, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime, Pedrín Márquez Alejandro, Villalaz Becerra María del Refugio Olivia, Ruvalcaba Flores David, Arce Salvador Ulises. Tenemos 23 Diputados presentes y dos Diputados en ausencia.

- EL C. PRESIDENTE: Justificamos la inasistencia del compañero Diputado Ricardo Zazueta, está justificada la inasistencia, se justifica la inasistencia del Diputado Guillermo Aguilar Kaiten, ah! Llega, bien lo esperamos. Bien, compañera Diputada habiendo quórum legal sírvase dar a conocer el orden del día.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, orden del día: 1.-  Aprobación del Acta de la Sesión Anterior. 2.- Correspondencia Recibida. 3.- Correspondencia Despachada. 4.- Informe de Comisiones para Actos Especiales. 5.- Toma de Protesta del Profesor Ulises Arce Salvador como Diputado de la XVI Legislatura por el período del 06 de abril al 09 de julio del año dos mil uno. 6.- Informes o dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes. 7.- Asuntos Generales. Es cuanto Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañera Diputada. Someto a consideración de la Asamblea para su aprobación del acta, por vía económica solicite el voto de los compañeros Diputados.

- LA C. SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor, favor de manifestase por vía económica; 18 votos a favor ¿Diputados en contra? ¿abstenciones? Cero en contra, cero abstenciones Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, aprobado el orden del día pasamos al primer punto aprobación del Acta de la Sesión anterior, como es del conocimiento de ustedes el Acta se encuentra en el correo electrónico de cada uno de ustedes; por tal motivo se solicita de la aprobación de la misma, Diputada compañera sírvase efectuar la votación.

- LA C. SECRETARIA: Los señores Diputados y la compañera Diputada, sírvanse manifestarse en forma económica, 18 votos a favor, ¿en contra? ¿abstenciones? Cero en contra, cero abstenciones Diputado Presidente.

“ACTA DE SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALÓN DE SESIONES “LIC. BENITO JUÁREZ GARCÍA”, EL DÍA JUEVES CINCO DE ABRIL  DEL DOS MIL UNO. Presidencia del C. Dip.  Gilberto Flores Muñoz. (Asistencia de veinte  ciudadanos Diputados). En  la ciudad de Mexicali, Baja California, siendo las once horas con veinticinco minutos  del día jueves cinco de abril del dos mil uno, fecha señalada en la sesión anterior para que tenga verificativo la correspondiente Sesión Ordinaria de este Honorable Congreso del Estado y encontrándonos constituidos en el Recinto Oficial de este Poder Legislativo, el Diputado Presidente instruye al Diputado Secretario para que certifique la asistencia de los ciudadanos Diputados: Arango Pérez José Félix, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Flores Muñoz Gilberto, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Ramos Rubio Manuel Alberto, Casillas Muñoz Raquel, así mismo, el Diputado Presidente justifica la inasistencia de la Diputada Villalaz Becerra María del Refugio. Posteriormente, y no existiendo el quórum legal, el Diputado Presidente decreta un receso de quince minutos para convocar de nuevo a los ciudadanos Diputados; siendo las once horas con treinta minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las once horas con cuarenta y cinco minutos y antes de iniciar los trabajos de esta Sesión el Diputado Presidente les da la bienvenida a los niños estudiantes de la Escuela Primaria José Mancisidor del 6º B de la Colonia Lázaro Cárdenas de la ciudad de Mexicali, Baja California. Así como a los estudiantes de la Carrera de Contador Pública de la Universidad Autónoma de Baja California con Sede en Tijuana, Baja California. Enseguida, le solicita al Diputado Secretario pase lista de asistencia para verificar el quórum, contestando de presentes los siguientes Diputados: Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bastida Hernández Sócrates, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro, Ramos Rubio Manuel Alberto. De nueva cuenta y al no existir el quórum legal para iniciar con la Sesión Ordinaria, el Diputado Presidente procede a decretar un receso de diez minutos, siendo las once horas con treinta y cinco minutos; una vez reanudada la Sesión y siendo las once horas con cuarenta minutos el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario pase lista de asistencia, contestando de presentes los siguientes Diputados: Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro, Ramos Rubio Manuel Alberto, Ruvalcaba Flores David y Zazueta Villegas Ricardo; Asimismo, el Diputado Presidente justifica las inasistencias de los Diputados: Villalaz Becerra María del Refugio Oliva y Domínguez Rocha Martín.  Por consiguiente, habiéndose cerciorado y declarado la existencia del quórum legal para sesionar, el Diputado Presidente declara abierta la sesión solicitándole al Diputado Secretario dar a conocer el Orden del Día que se propone, siendo el siguiente: 1.-  Aprobación de las Actas de la Sesión de Clausura e Instalación celebrada los días 31 de marzo y primero de abril del 2001; así como el Período Extraordinario celebrado los días 12, 13, 15 y 20 de marzo del año en curso. 2.- Correspondencia Recibida.  3.- Correspondencia Despachada. 4.- Informe de Comisiones para Actos Especiales. 5.- Entrega de documentos reservados por la Comisión Permanente y lectura del Informe de Labores del Diputado Ricardo Zazueta Villegas. 6.- Informes o dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes. 7.- Asuntos Generales. Mismo, que puesto a consideración de la Asamblea resulta aprobado en votación económica por unanimidad de los ciudadanos Diputados presentes. Enseguida, se procede a desahogar el Orden del Día establecido, iniciando con el primer punto, aprobación de las Actas de la Sesión Ordinaria de Clausura de la Comisión Permanente celebrada el sábado 31 de marzo y de la Sesión de Instalación celebrada el día primero de abril del 2001, así como del Período Extraordinario celebrado los días 12, 13, 15 y 20 de marzo; enseguida, el Diputado Presidente hace mención que ya es conocimiento de todos los ciudadanos Diputados las Actas se encuentran en el correo electrónico de cada uno; por tal motivo se solicita la aprobación de las mismas; solicitándole al Diputado Secretario las someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobada en votación económica por unanimidad de los ciudadanos Diputados. A continuación se pasa al Segundo Punto “Correspondencia Recibida”, en el cual se somete a consideración de los ciudadanos Diputados la dispensa de la lectura de la misma, en virtud de haberse entregado con anterioridad a cada uno de los ciudadanos Diputados, siendo aprobada la dispensa por  unanimidad. Acto continuo,  se pasa al Tercer Punto “Correspondencia Despachada”, sometiendo a consideración de los ciudadanos Diputados la dispensa de la lectura de la misma, en virtud de haberse entregado con anterioridad a cada uno de los ciudadanos Diputados, es aprobada por unanimidad. Así mismo, el Diputado Presidente manifiesta que tanto la correspondencia recibida como la despachada se pone a disposición de los ciudadanos Diputados. Enseguida, se pasa al Cuarto  Punto, “Informe de Comisiones para Actos  Especiales” y no habiendo informes que presentar, se pasa al Quinto Punto, que se refiere a “Entrega de documentos reservados por la Comisión Permanente y presentación de Informe de Labores que rinde el Diputado Presidente de la Comisión Permanente, haciendo uso de la voz el Diputado el Diputado Alejandro Bahena Flores, en su carácter de Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, en sustitución del Diputado Ricardo Zazueta Villegas Presidente de la Comisión Permanente; para rendir informe de los asuntos reservados por la Comisión Permanente, correspondiente del primero de febrero al 31 de marzo del año 2001, haciendo entrega a la Mesa Directiva. Enseguida, el Diputado Presidente instruye a la Oficialía Mayor para que estos documentos sean turnados a las Comisiones respectivas. Posteriormente, se pasa al Sexto punto del Orden del Día, “Informes o Dictámenes que presentan las Comisiones Especiales o Permanentes”, haciendo el uso de la voz el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para presentar en esta Sesión Ordinaria los siguientes Dictámenes: 144, 146, 148, 162, 158, 152, 161, 160, 110, 157, 111, 153, 151, 159, 134, 137 y 141. Asimismo, solicita la dispensa de la entrega de las 72 horas de los siguientes Dictámenes; 160, 161 y 162; enseguida, solicita la dispensa de la lectura total de los Dictámenes para que únicamente se lean proemio, considerandos y resolutivos. Acto continuo, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea, la solicitud de la entrega de las 72 horas, resultando aprobada en votación nominal por 16 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel Alberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. A continuación, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea la solicitud hecha por el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, para que únicamente se lean los proemios, considerandos y resolutivos, resultando aprobada la solicitud en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel Alberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda hace uso de la Tribuna para presentar el Dictamen número 144 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: UNICO: Se aprueba la reforma a los artículos 64 y 130 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California, para quedar como siguen: ARTICULO 64.- Las Comisiones y Subcomisiones tomarán sus decisiones por mayoría simple de sus miembros presentes. Sus Presidentes tendrán voto de calidad en caso de empate. Cuando alguno de los miembros disienta de la resolución adoptada firmará el dictamen y podrá expresar su voto particular por escrito firmado y dirigido al Presidente de la Comisión o Subcomisión respectiva.  ARTICULO 130.- Una vez firmados los dictámenes, a favor o en contra, por mayoría simple de los miembros presentes de la Comisión o Comisiones encargadas de una iniciativa o asunto, se remitirán a los Diputados en los términos de la fracción VII del Artículo 11 de esta Ley y, se imprimirán y adjuntarán los votos particulares si los hubiera para su conocimiento.  TRANSITORIOS: PRIMERO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Organo del Gobierno del Estado. SEGUNDO.- Envíese al Ejecutivo del Estado para su publicación.  DADO en “Bodegas L.A. CETTO” de la ciudad de Tijuana, Baja California a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil uno. Posteriormente, el Diputado Jaime Jiménez Mercado solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de un minuto siendo las doce horas con veinticinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las doce horas con veintisiete minutos y no existiendo oradores en contra respecto al Dictamen número 144 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea resultando aprobado en votación nominal por 17 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel Alberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y una abstención del Diputado Zazueta Villegas Ricardo, en donde uso de la voz para manifestar el sentido de su  abstención. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular respecto al Dictamen número 144 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Magaña Mosqueda. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001.  Acto seguido, el Diputado Efrén Macías Lezama, presenta el Dictamen número 146, de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: Unico.- Que el Honorable Congreso del Estado solicite al Titular del Ejecutivo del Estado el destinamiento de la infraestructura penitenciaria ubicada en el Kilometro 165 de la carretera Libre Tecate, Tijuana  a un costado del Rancho Nazaret Baja California, para el establecimiento de un centro educativo. DADO en “Bodegas L.A. CETTO” de la ciudad de Tijuana, Baja California a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil uno. Acto seguido, intervienen respecto a este Dictamen los Diputados: David Ruvalcaba Flores, Efrén Macías Lezama, Antonio Ricardo Cano Jiménez y Alejandro Bahena Flores. Enseguida, el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez hace una moción en términos del Artículo 141 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para solicitar moción suspensiva del referido Dictamen. Procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de cinco minutos siendo las doce horas con cincuenta minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las trece horas, interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer mención que en virtud de que el Dictamen 146 que presenta la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, hay un interés de parte de varios Diputados con enriquecerlo, con ampliarlo y revisarlo más a fondo y poder invitar a demás comisiones como la Comisión de Educación y Salud, solicita se suspenda el proceso legislativo de este Dictamen. Enseguida, el Diputado Presidente, menciona que se turna de nuevo a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en conjunto con la Comisión de Educación y Salud. Acto continuo, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, interviene en la Tribuna para hacer mención que el Dictamen número 148 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, fue presentado en las mismas condiciones, solicita se retire en los mismos términos del Dictamen arriba expuesto. El Diputado Presidente manifiesta que en el mismo sentido, se retira el Dictamen para que se revise y se enriquezca de parte de los ciudadanos Diputados. A continuación, el Diputado Jaime Jiménez Mercado presenta el Dictamen número 162 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: ÚNICO.- No se Aprueba la Iniciativa de Reforma y Adición al Artículo 285 de la Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California, toda vez que la pretensión legislativa que persigue la presente iniciativa, se encuentra satisfecha en la Ley de Instituciones y Procesos Electorales de Baja California. Enseguida, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas, interviene desde el curul respecto a este Dictamen para manifestar que en la copia del dictamen que tiene en su poder nada más existen dos firmas; dando contestación el Diputado Jaime Jiménez Mercado.  Posteriormente, el Diputado Presidente procede abrir el debate, interviniendo en contra del Dictamen el Diputado Jaime Jiménez Mercado; asimismo, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de un minuto siendo las trece horas con quince minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las trece horas con veintisiete minutos, hace uso de la voz el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer mención que en virtud de que hay un interés por parte de los Diputados en el referido Dictamen, solicita se retire y a su vez hace una invitación a los Diputados para que asistan a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. El Diputado Presidente procede a retirar el Dictamen número 162 de dicha Comisión. Acto continuo, el Diputado Sergio Avitia Nalda, presenta el Dictamen número 158 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se aprueba la INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION XVII Y ADICIONA UNA FRACCION XVIII, AL ARTICULO 424 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO, para quedar como sigue:

ARTICULO 424.- Se tramitarán…:

I a la XVI.- …

XVII.- Los asuntos relativos a la patria potestad, a excepción del previsto en el Artículo 923 de este Código;

XVIII.- En general, las cuestiones que por su naturaleza requieren celeridad o lo determine la ley.

ARTICULO TRANSITORIO: ARTICULO UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. DADO en la Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes”, de este Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los veintinueve días del mes de Marzo del Dos Mil Uno.  Posteriormente, el Diputado Presidente procede abrir el debate; interviniendo en contra del Dictamen referido el Diputado Jaime Jiménez Mercado; asimismo, el Diputado Alejandro Bahena Flores solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de cinco minutos siendo las trece horas con treinta y cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las trece horas con cincuenta minutos, hace uso de la Tribuna el Diputado Héctor Magaña Mosqueda de nueva cuenta hace mención que el Dictamen número 158, hay un gran interés de los ciudadanos Diputados de participar en el, de aportarle, enriquecerlo, por eso esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales lo retira y suspende el proceso legislativo, asimismo, invita a los ciudadanos Diputados que el próximo martes se verán estos temas en dicha Comisión. Acto seguido, la Diputada Raquel Casillas Muñoz, presenta el Dictamen número 161 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: úNICO.- No se aprueba la iniciativa de Acuerdo económico que pretende que el CONGRESO DEL ESTADO, APRUEBE DISPONER QUE A TODOS LOS SERVIDORES PúBLICOS INTEGRANTES DE LOS PODERES PÚBLICOS, REPRESENTANTES POPULARES Y A TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES QUE RECIBEN U OPERAN FINANCIAMIENTO PÚBLICO EN BAJA CALIFORNIA, SE LES REALICEN EXAMENES TOXICOLóGICOS.  Dado en la Sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes”, de este Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Baja California a los catorce  días del mes de Marzo del dos mil uno. Enseguida, y no existiendo oradores en contra del Dictamen referido, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 17 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y un voto en contra del Diputado Zazueta Villegas Ricardo. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 161 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por la Diputada Raquel Casillas Muñoz. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Se continúa, con el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, para presentar el Dictamen número 160, en donde establece los siguientes puntos resolutivos: PRIMERO.- Se declara improcedente el Juicio Político en contra del Gobernador del Estado C. LIC ALEJANDRO GONZALEZ ALCOCER, en virtud de que dicho funcionario no es sujeto a tal procedimiento en los términos del Título Octavo de la Constitución Política del Estado del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, específicamente en su Artículo 93. SEGUNDO.- Resulta improcedente el Juicio Político en contra del C.P. JOSE GUADALUPE ZAMORANO RAMIREZ, en razón de que como Director de Control y Evaluación Gubernamental, no es sujeto a tal procedimiento en los términos del Título Octavo de la Constitución Política del Estado de Baja California, específicamente en su Artículo 93, además de que los actos o conductas que se le imputan no se consideran dentro de los supuestos que afecten intereses públicos fundamentales y de su buen despacho. TERCERO.- En los mismos términos se considera improcedente llevar a cabo Juicio Político en contra del C. LIC. JUAN MANUEL SALAZAR PIMENTEL Procurador General de Justicia del Estado, dado que la conducta que se le atribuye no se encuentra contemplada en el Artículo 7º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California, como de las que afectan intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. DADO, en la sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” de este Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los tres días del mes de Abril del Dos Mil Uno.   Acto seguido, y no existiendo discusión al respecto del Dictamen, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 12 votos a favor de los siguientes Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y 6 votos en contra de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Ruvalcaba Flores David, Gutiérrez Piceno David. Acto continuo, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 160 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Magaña Mosqueda. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, el Diputado Alejandro Pedrín Márquez, presenta el Dictamen número 110 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se aprueban las reformas a las fracciones XII, XIII, XVIII y XIX del Artículo 17, así como el Capítulo XV, artículo 34, ambos preceptos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, para quedar como sigue:

“ARTICULO 17.- Para el estudio ....

Además de la Secretaría General de Gobierno .......

I a la XI.- .....

XII.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

XIII.- Dirección de Tránsito y Transportes;

XIV a la XVII .- ………..

XVIII.- Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, y

XIX.- Comisión Agraria Mixta.”

“CAPITULO XV. DE LA COMPETENCIA  DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.

ARTICULO 34.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es el órgano encargado de ejercer las atribuciones que en materia de Trabajo corresponden al Ejecutivo del Estado, teniendo como facultades para la atención y trámite de los asuntos laborales de índole local las siguientes: I.- Conducir la política laboral del Estado, vigilando la observancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las aplicables en el ámbito local de la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos; II.- Promover y procurar el equilibrio de los factores de la producción, teniendo como eje rector el impulso de una cultura laboral basada en el diálogo y la concertación; III.- Formular y ejecutar el Plan Estatal de Empleo; IV.- Organizar y operar el Servicio Estatal de Empleo, previo diagnóstico de la oferta y demanda de trabajo de la entidad; V.- Definir los programas y normas que determinen la estrategia para la capacitación y adiestramiento y la seguridad e higiene en el trabajo, en coordinación con la autoridad federal del trabajo y con la participación de los sectores empresarial, de los trabajadores, académicos y profesionales de la sociedad que inciden en este ámbito; VI.- Promover programas de capacitación, calidad, seguridad e higiene para los trabajadores mediante Consejos Consultivos de Capacitación y Adiestramiento y de Seguridad e Higiene, los cuales se integrarán de conformidad con las bases que el Titular de la Secretaría dicte mediante la promoción de la participación ciudadana y en coordinación con la autoridad federal del trabajo; VII.- Vigilar mediante visitas e inspecciones, que los centros de trabajo cumplan con las disposiciones legales en materia laboral, realizar las recomendaciones necesarias cuando así lo ameriten e imponer las sanciones administrativas procedentes; VIII.- Ejecutar los convenios y acuerdos que en materia de Trabajo firme el Ejecutivo Estatal con la Federación, coadyuvando con la Dependencia Federal correspondiente en la formulación y promulgación de Contratos-Ley, tratándose de empresas de jurisdicción local; IX.- Integrar el Registro Público de Contratos Colectivos, Asociaciones Obreras, Gremiales y Patronales; X.- Dirigir y coordinar la Procuraduría para la Defensa del Trabajo; XI.- Promover programas en materia de Previsión Social, así como organizar y patrocinar conferencias, exposiciones, reuniones, cursos y demás actividades tendientes a elevar el nivel de vida de los trabajadores y sus familias; XII.- Estudiar y proponer al seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, una política laboral con visión de Estado, impulsando líneas estratégicas y de acción tendientes a la mejoría de la productividad, la ocupación y el empleo, la capacitación y adiestramiento, la salud e higiene, y todas aquellas medidas institucionales que tengan como objetivo el fortalecimiento de la planta productiva del estado y la mejoría de quienes laboran en ella; XIII.- Intervenir en la conciliación de los intereses de las partes en conflicto, cuando estas los soliciten o cuando lo amerite, a juicio del titular del Ejecutivo; XIV.- Auxiliar en sus funciones a la Comisión Regional de los Salarios Mínimos; XV.- Coordinar la integración y establecimiento de las Juntas de Conciliación y/o Arbitraje y el Tribunal de Arbitraje, así como vigilar su funcionamiento; XVI.- Las demás que determinen expresamente las Leyes y Reglamentos. TRANSITORIOS: PRIMERO.- Las presentes reformas entrarán en vigor el día primero de Enero del año 2002. SEGUNDO.- Por acuerdo del titular del Ejecutivo del Estado se nombrará al Secretario del Trabajo y Previsión Social. TERCERO.- Los derechos laborales de los servidores públicos y empleados de la actual Dirección del Trabajo y Previsión Social serán plenamente respetados, adecuando los puestos y nombramientos a las necesidades de la nueva Secretaría del Trabajo y Previsión Social de conformidad  con los reglamentos internos, manuales operativos y convenios laborales celebrados con la organización sindical que, para los objetivos de la nueva estructura administrativa se requieran de acuerdo a esta reforma. CUARTO.- Los recursos financieros, materiales y humanos así como los archivos y asuntos en trámite de la Dirección del Trabajo y Previsión Social serán transferidos a la Secretaría del trabajo y Previsión Social observando los trámites administrativos y jurídicos que para el efecto disponga la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado. QUINTO.- Cuando las leyes y reglamentos se refieran a la Dirección del Trabajo y Previsión Social, se entenderá que se alude a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. SEXTO.- El Titular de la Secretaría del Trabajo, en atención a las facultades que le confiere el presente Decreto, presentará al Ejecutivo del Estado con copia al Poder Legislativo y en un lapso de sesenta días naturales, el Plan Estratégico para el Desarrollo del Empleo de Baja California. SEPTIMO.- En un lapso de sesenta días naturales, a partir de la vigencia de este Decreto, deberán modificarse o expedirse los reglamentos correspondientes para dar operatividad a los órganos de la Secretaría del Trabajo.” OCTAVO.- Durante el presente ejercicio fiscal la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, funcionará con la misma estructura con la que ha venido funcionando la Dirección del Trabajo y Previsión Social, hasta en tanto no se hagan las adecuaciones presupuestales correspondientes. DADO en la Sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes”, de este Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil. Enseguida, intervienen respecto al Dictamen en referencia, los Diputados David Ruvalcaba Flores y Héctor Magaña Mosqueda.        Posteriormente, y no existiendo oradores en contra del Dictamen referido, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 18 votos a favor de los siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 110 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el  Diputado Alejandro Pedrín Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto seguido, el Diputado José Félix Arango Pérez, presenta el Dictamen número 157 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: Unico- Esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales no aprobó para hacerla suya con el carácter de Iniciativa de Decreto las propuestas de reformas a los Artículos 2191, 2194 y 2878 del Código Civil para el Estado de Baja California, contenidas en la ponencia presentada por el Colegio de Corredores Públicos de la Plaza del Estado de Baja California, A. C., en virtud que la Ley Federal de Correduría Pública no otorga en favor de los Corredores Públicos la facultad de actuar como Fedatarios Públicos en la enajenación de bienes, inmuebles. Dado en la Sala de Comisiones del H. Poder Legislativo Doctor Francisco Dueñas Montes, en la ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a veintinueve de marzo del 2001.           Enseguida, el Diputado Jaime Jiménez Mercado, solicita a la Asamblea un receso siendo las catorce horas con cuarenta y cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las catorce horas con cincuenta minutos interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda hace mención que el Diputado Jaime Jiménez Mercado pide una participación más en la Comisión sobre este dictamen para analizar unos puntos de vista que él tiene, por lo que esta Comisión ha decidido aceptar la petición del Diputado Jaime Jiménez Mercado, y se retira para ser votado en la próxima sesión del Pleno. Acto continuo, el Diputado Presidente procede a decretar un receso de una hora siendo las catorce horas con cincuenta y cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las dieciséis horas con dieciocho minutos el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario verifique el quórum pasando lista de  asistencia: Arango Pérez José Félix, Bahena Flores Alejandro, Jiménez Mercado Jaime, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Zazueta Villegas Ricardo; asimismo, el Diputado Secretario hace mención que nada más se encuentran ocho Diputados presentes, por lo cual no existe el quórum para continuar con la sesión ordinaria; enseguida, el Diputado Presidente de nueva cuenta procede a decretar un receso de diez minutos siendo las dieciséis horas con veinte minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las dieciséis horas con veintiocho minutos le solicita al Diputado Secretario  vuelva a pasar lista de asistencia contestando de presentes los siguientes Diputados: Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro y Zazueta Villegas Ricardo. Una vez verificado el quórum, el Diputado Presidente le da el uso de la voz al Diputado Héctor Esparza Herrera para presentar el Dictamen número 111 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece los siguientes puntos resolutivos:  PRIMERO.- Que la responsabilidad política para ciertas categorías de Servidores Públicos de alto rango, por la Comisión de actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho a que alude el Título Octavo de la Constitución Política del Estado  Libre y Soberano del Estado de Baja California en su Artículo 93, no sujeta al Gobernador del Estado a Juicio Político por lo que se declara improcedente su substanciación. SEGUNDO.- Se declara improcedente llevar a cabo un Juicio Político por las causas previstas en el Artículo 7º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California en contra del Ciudadano LIC.  JUAN MANUEL SALAZAR PIMENTEL, en virtud de que su conducta no afecta intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.  DADO, en la sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” de este Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los tres días del mes de Abril del Dos Mil Uno.           Acto continuo, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 11 votos a favor de los siguientes Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto, 3 votos en contra de los siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor, Ruvalcaba Flores David, Gutiérrez Piceno David y 2 abstenciones de los Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo y Jiménez Mercado Jaime; en donde hacen uso de la Tribuna para manifestar el sentido de la misma. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 111 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el  Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto seguido, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, hace uso de la Tribuna para hacer mención que el Dictamen número 153 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, es un dictamen que se vio en el último Período Extraordinario y es referente a que el Congreso del Estado nombre Magistrados con plenitud y soberanía y que no estén obligados a fundar o motivar sus actos, comentar que aún no se está terminando ese dictamen; asimismo solicita retirarlo para poderlo presentar en la próxima sesión Ordinaria.

A continuación, el Diputado Efrén Macías Lezama presenta el Dictamen número 151 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se Aprueba la INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue: LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE BAJA CALIFORNIA. CAPITULO I, DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social en el Estado de Baja California y tienen por objeto, promover la superación física, intelectual, cultural, profesional y económica de la juventud. ARTICULO 2.- Cuando en esta Ley se haga referencia a la juventud y a los jóvenes, se entenderá por éstos a los grupos de población de entre los doce y veintinueve años de edad. ARTICULO 3.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: I.- Instituto: El Instituto de la Juventud de Baja California o (INJUVEN). II.- Junta: La Junta de Gobierno del Instituto de la Juventud de Baja California. III.- Director: El Director General del Instituto de la Juventud de Baja California.

CAPITULO II DE LA NATURALEZA Y OBJETO DEL INSTITUTO.

ARTICULO 4.- Se crea el Instituto de la Juventud de Baja California (INJUVEN), como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo propósito es asesorar y auxiliar al Ejecutivo del Estado en la fijación, instrumentación, ejecución y evaluación de la política de la juventud en la entidad. El Instituto tendrá su domicilio en la ciudad de Mexicali y contará con las delegaciones que se consideren necesarias para la atención de sus asuntos. ARTICULO 5.- El Instituto tendrá por objeto: I.- Promover la congruencia de las políticas del orden federal, estatal y municipal, relacionadas con la juventud;  II.- Promover y ejecutar la política de la juventud en el Estado;

III.- Fomentar la participación del sector público, privado y social, para apoyar, encauzar, motivar y promover a los jóvenes en actividades de educación académica, capacitación laboral, rehabilitación de adicciones, educación sexual, desenvolvimiento de sus aptitudes en las artes, la ciencia y el deporte. IV.- Difundir los derechos esenciales de la juventud; y, V.- Coordinar los programas especiales para la asistencia y protección de los jóvenes.

CAPITULO III, DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO.

ARTICULO 6.- El Instituto tendrá las siguientes atribuciones: I.- Ejecutar la política nacional de la juventud, que permita incorporar plenamente a los jóvenes en el desarrollo del Estado; adecuándola a las características y necesidades de la región y de la entidad; II.- Asesorar al Ejecutivo del Estado en la planeación y programación de las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, de acuerdo a los Planes Nacional, Estatal de Desarrollo y los Programas Nacional y Estatal de la Juventud; III.- Actuar como órgano de consulta, y asesoría de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así como de las autoridades federales, municipales y de los sectores social y privado cuando así lo requieran; IV.- Promover, coordinadamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, culturales y de recreación; V.- Fungir como representante del Ejecutivo del Estado en materia de la juventud, ante los órdenes de Gobierno Federal y Municipal, organizaciones privadas, sociales y organismos internacionales; así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones en las que el Ejecutivo solicite su participación; VI.- Promover, coordinar y ejecutar actividades diversas que propicien la superación física, intelectual, cultural, profesional y económica de la juventud, a través de las siguientes acciones: a) Fomentar la organización juvenil; b) Promover la participación de los jóvenes en proyectos productivos y en obras de impacto comunitario; c) Fomentar actividades de capacitación para el empleo dirigidas a la población juvenil; d) Integrar a los jóvenes en actividades culturales, educativas y de recreación; e) Prestar servicios de apoyo y asesoría jurídica para los jóvenes; f) Gestionar asistencia médica, psicológica, o en su caso, la atención a los jóvenes con problemas de adaptación social; y g) Desarrollar programas específicos para jóvenes discapacitados o que pertenezcan a los grupos más vulnerables de la sociedad en coordinación con los Ayuntamientos del Estado; VII.- Concertar acuerdos y convenios de colaboración y coordinación con el Instituto Mexicano de la Juventud, así como con las autoridades federales, estatales y municipales, para promover, con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones, programas y proyectos tendientes al desarrollo integral de la juventud, así como otorgar reconocimientos a los jóvenes por sus méritos alcanzados; VIII.- Definir con base en los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo, el programa Estatal de Juventud y ejecutar las acciones necesarias para su cumplimiento; IX.- Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles que permitan definir políticas y acciones para la atención integral de los jóvenes; X.- Recibir y canalizar propuestas y sugerencias e inquietudes de la juventud a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan; XI.- Auxiliar a las dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y a los Gobiernos Municipales en la difusión y promoción de los servicios que prestan a la juventud cuando así lo requieran; XII.- Promover con los organismos municipales, el establecimiento de los órganos o unidades administrativas para atender a la juventud; XIII.- Impulsar el mejoramiento de instalaciones y servicios para la juventud, y en su caso, administrar su operación;

XIV.- Formular programas de carácter inter-institucional, de acuerdo con el Programa Estatal de Juventud, que favorezca el desenvolvimiento y expresión de los jóvenes del Estado, a través de las siguientes acciones y servicios: a) Planear el desarrollo de actividades artísticas, culturales y la expresión creativa de los jóvenes; b) Propiciar la mejor utilización del tiempo libre ampliando sus espacios de encuentro y reconocimiento entre los distintos sectores sociales a los que pertenezca, para favorecer la convivencia y el intercambio cultural; c) Apoyar el desarrollo de actividades artísticas, culturales y la expresión creativa de los jóvenes; d) Favorecer la capacitación de los jóvenes en sus empleos e incentivar una actitud empresarial, así como ampliar la información sobre el mercado de trabajo disponible; e) Desarrollar Programas para la adecuada orientación vocacional y profesional; el cabal aprovechamiento del servicio social y la diversificación de los servicios educativos; f) Fomentar acciones institucionales de la sociedad organizada, encaminadas a garantizar la seguridad y plena impartición de justicia laboral a la población juvenil; g) Fomentar la atención a los problemas de salud de los jóvenes, principalmente mediante medidas preventivas de orientación y asesoramiento en el campo de la sexualidad, planificación familiar, adicciones y salud mental; h) Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes de los jóvenes de la Entidad en distintos ámbitos del acontecer Estatal, Nacional e Internacional; i) Llevar a cabo programas de difusión de sus actividades; y, j) Las demás que le otorgue la presente Ley, así como otros ordenamientos legales o reglamentarios. CAPITULO IV, DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL INSTITUTO

ARTICULO 7.- El Gobierno, administración, operación y vigilancia del Instituto estará a cargo, respectivamente, de: I.- La junta de Gobierno; II.- La Dirección General; y, III.- El Comisario. ARTICULO 8.- La Junta será la autoridad administrativa superior del instituto y se integrara por: I.- Un Presidente, quien será el Gobernador del Estado; II.- Un Secretario, quien será el Director General del Instituto; y, III.- Catorce vocales.  ARTICULO 9.- Los vocales a que se refiere la fracción III del artículo anterior, serán: I.- Los Titulares de las siguientes dependencias del Poder Ejecutivo: a) El Secretario de Gobierno; b) El Secretario de Desarrollo Social del Estado; c) El Secretario de Desarrollo Económico; d) El Secretario de Educación y Bienestar Social; y, e) El Director del Trabajo y Previsión Social. II.- Un representante de los siguientes organismos públicos descentralizados: a) Consejo Bajacaliforniano de Ciencia y Tecnología; b) Instituto de Cultura de Baja California; c) Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado; y, d) Instituto del Deporte de Baja California. III.- Un representante por cada Municipio de la Entidad, electo de entre los organismos no gubernamentales relacionados con la juventud, de acuerdo al procedimiento que determinen las disposiciones reglamentarias que al efecto expida el Ejecutivo del Estado. ARTICULO 10.- La Junta tendrá las siguientes atribuciones: I.- Otorgar a favor del Director, la representación legal del Instituto con todas las facultades que correspondan al mandato general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, así como las especiales que requieran cláusula especial en los términos del Código Civil para el Estado de Baja California. II.- Establecer en congruencia con los planes y programas nacionales y estatales, las políticas generales en materia de juventud a seguir por el organismo; III.- Aprobar los planes y programas de trabajo, así como el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos y sus modificaciones; los proyectos de inversión y la correcta aplicación de los recursos asignados al Instituto; IV.- Aprobar el informe anual sobre el estado que guarda la administración del organismo y su situación patrimonial que presente el Director; V.- Analizar, y en su caso, aprobar los informes trimestrales de avances financieros que rinda el Director y evaluar el cumplimiento de los programas técnicos aprobados; VI.- Conocer de los informes, dictámenes y recomendaciones del Comisario, resolviendo lo conducente; VII.- Expedir el Reglamento Interior y aprobar la organización administrativa del Instituto; VIII.- Aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones y delegar en el Director esta facultad hasta el monto o valores que se determinen en el Reglamento Interior; IX.- Autorizar las delegaciones representativas del Instituto en los distintos municipios del Estado; X.- Autorizar la celebración de convenios de coordinación y colaboración con el sector público federal y con los municipios, así como los sectores privados y sociales, para complementar los fines del Instituto, así como delegar dicha facultad al Director del Instituto en los términos y hasta por los montos que prevenga el Reglamento Interior; y, XI.- Las demás que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias. ARTICULO 11.- Los cargos en la Junta serán honoríficos y por su desempeño no se percibirá retribución, emolumento o compensación alguna. ARTICULO 12.- La Junta celebrará sesiones ordinarias trimestralmente. También podrá realizar sesiones extraordinarias, previa convocatoria del Presidente o por dos de los integrantes de la Junta o del Director, cuando existan asuntos que por su importancia lo ameriten. ARTICULO 13.- Para que las sesiones de la Junta tengan validez, se requerirá la presencia de la mitad más uno de los integrantes y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos. Por cada miembro de la Junta habrá un suplente con facultades de voz y voto cuando asista a las sesiones en ausencia de su titular. ARTICULO 14.- Los miembros de la Junta tendrán derecho a voz y a voto. El Presidente de la Junta o, en su caso, su suplente tendrá voto de calidad en caso de empate. ARTICULO 15.- El Director participará en las sesiones de la Junta como Secretario Técnico y tendrá derecho al uso de la voz, pero sin voto. En cada sesión se levantará acta la cual, previa aprobación de la misma en la sesión siguiente, será firmada por quien la haya presidido y por el Secretario Técnico. ARTICULO 16.- El Reglamento que al efecto se expida, determinará los requisitos para emitir la convocatoria y los demás términos y condiciones relativas a las sesiones de la Junta. ARTICULO 17.- El Presidente de la Junta podrá invitar a las sesiones que al efecto se celebren, a representantes de instituciones públicas federales, estatales o municipales que guarden relación con el objeto del Instituto. ARTICULO 18.- El Instituto estará a cargo de un Director, quien será designado y removido libremente por el Gobernador del Estado. ARTICULO 19.- Para ser Director se requiere: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Haber cumplido veintiún años;

III.- Tener residencia mínima de cinco años en el Estado; IV.- Haber destacado por su labor a favor de la juventud; o tener experiencia en actividades relacionadas con la atención a la problemática de la juventud. ARTICULO 20.- El Director será el responsable de la administración y funcionamiento del Instituto y tendrá las siguientes atribuciones: I.- Representar legalmente al Instituto ante terceros y suscribir convenios, contratos y otros actos jurídicos en los asuntos que se deriven de las funciones y competencias del mismo; II.- Otorgar y revocar poderes generales para pleitos y cobranzas, y especiales a favor de terceras personas conforme a los lineamientos señalados por la Junta o el Reglamento Interno; III.- Ejecutar los acuerdos y disposiciones de la Junta y participar como Secretario Técnico en las sesiones que celebre; IV.- Designar y remover libremente al resto de funcionarios administrativos, con los que el Instituto tenga relación laboral efectuando los nombramientos y estableciendo las relaciones laborales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes aplicables en la materia y el Reglamento Interno; V.- Proponer a la Junta las políticas generales del Instituto; VI.- Vigilar el cumplimiento del objeto del Instituto; VII.- Presentar a la Junta, los planes de trabajo, propuestas de presupuesto, informes de actividades y de estados financieros anuales del organismo, acompañados por los informes respectivos que se le requieran; VIII.- Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de los recursos; IX.- Elaborar el proyecto de Reglamento Interior del Instituto, las propuestas de modificación del referido ordenamiento y someterlo a la consideración de la Junta; X.- Realizar las tareas editoriales y de difusión relacionadas con el objeto del Instituto; XI.- Dirigir el funcionamiento del Instituto de conformidad con las disposiciones normativas aplicables; y XII.- Las demás que le asigne este ordenamiento, la Junta y otras disposiciones en la materia. ARTICULO 21.- La vigilancia del Instituto estará a cargo de un Comisario cuyo titular será designado y removido libremente por el Gobernador del Estado, a propuesta del Director de Control y Evaluación Gubernamental del Estado. ARTICULO 22.- El Comisario tendrá las siguientes atribuciones: I.- Vigilar que la administración de los recursos y el funcionamiento del Instituto se hagan conforme a la Ley; II.- Practicar la auditoría interna de los estados financieros y las de carácter administrativo que se requieran; III.- Recomendar a la Junta las medidas correctivas que sean convenientes para el mejoramiento de la organización y funcionamiento administrativo del Instituto; IV.- Asistir a las sesiones de las Juntas con derecho a voz exclusivamente; V.- Designar cuando sea necesario auditores internos o externos para el auxilio de sus funciones; VI.- Brindar el apoyo técnico que el Director requiera en cumplimiento de la Ley para el Control y Vigilancia de los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos; y VII.- Las demás que en materia de control y vigilancia le confiera el Reglamento Interno del Instituto y las Leyes en la materia. CAPITULO V DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO.

ARTICULO 23.- El patrimonio del Instituto se integrará por: I.- Los bienes y derechos que aporten los gobiernos federal, estatal o municipal; II.- Los subsidios que otorgue el Gobierno del Estado; III.- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera con base a cualquier título legal; IV.- Las donaciones, legados, subvenciones, herencias que le sean otorgados o aportados por instituciones o personas físicas o morales; V.- Los ingresos que obtenga por servicios que preste, los productos y rentas de sus bienes patrimoniales; VI.- Las concesiones, permisos y autorizaciones que se le otorgue conforme a los fines de esta Ley; y, VII.- Los que adquiera por otros conceptos. Dichos bienes y derechos deberán tener como destino facilitar el cumplimiento de las atribuciones del Instituto. CAPITULO VI DE LAS RELACIONES LABORALES. ARTICULO 24.- Las relaciones laborales, así como los conflictos que se susciten entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas del Estado de Baja California. ARTICULOS TRANSITORIOS: ARTICULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Para el Inicio de actividades del Instituto, la Junta deberá quedar integrada a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la publicación del Reglamento Interior del Instituto, debiéndose nombrar al Director dentro de los veinte días siguientes a la integración de la Junta. ARTICULO TERCERO.- El Ejecutivo del Estado, sin detrimento de lo establecido en esta Ley, emitirá el Acuerdo correspondiente a efecto de identificar el sector de la Administración Pública en donde se agrupará el Instituto, de conformidad con los fines y objetivos para los que fue creado. ARTICULO CUARTO.- Para efectos del Artículo Transitorio anterior, se transferirán los recursos humanos, financieros y materiales que se encuentran asignados al Area de Atención a la Juventud del Instituto de la Juventud y del Deporte, mismos que se complementarán con la asignación de los recursos federales provenientes de la firma del Convenio de Colaboración Específico en Materia de Atención a la Juventud entre la Federación y el Estado. ARTICULO QUINTO.- EL Reglamento Interior del Instituto deberá expedirse dentro de los sesenta días siguientes del inicio de la vigencia de la presente Ley. ARTICULO SEXTO.- El Instituto, asumirá las relaciones laborales del personal que se le transfiera, como patrón sustituto, respetando los derechos laborales que la Ley les confiere y hubiesen adquirido en su actual situación, sobre todo en lo concerniente al salario y antigüedad. ARTICULO SEPTIMO.- La transferencia de los expedientes, activos fijos y bienes en general que le pudiesen corresponder, se hará según lo determine la Oficialía Mayor de Gobierno. ARTICULO OCTAVO.- Se derogan todos los acuerdos y demás disposiciones expedidas por el Ejecutivo del Estado que se opongan a la presente Ley. DADO: En “Bodegas L.A. CETTO” en la ciudad de Tijuana, Baja California, a los veintisiete días del mes de febrero del año  dos mil uno. Posteriormente, el Diputado Ricardo Zazueta solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de cinco minutos siendo las diecisiete horas con quince minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las diecisiete horas con veinte minutos el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario verifique el quórum; asimismo, interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer mención que hay una petición de varios Diputados para analizar y revisar más este Dictamen;  por tal razón solicita se retire para la próxima sesión ordinaria. Enseguida, el Diputado Alejandro Bahena Flores presenta el Dictamen número 159 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se aprueba la INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTICULOS 1, 2, la denominación del Título segundo, los artículos 5, 7, 8 Fracción II, 11, 13 Fracción VII, VIII, IX y X, 14 Fracción V, 17, 19, 20, 21 Fracción I, IV y VII, 25, 26 Fracción III, 27, 30 Fracción II y V, 32 Fracción IV, 33 Fracción I, III y IV, 34 Fracción II y IV, 35 Fracción I, II y V, VIII, XVII, XIX y XX, 43, 45 y 47 Fracción II de la LEY DE POBLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue: TITULO PRIMERO, DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO 1o.- Esta Ley es de orden Público, interés social y observancia general en el Estado, su objetivo es regular los fenómenos que afectan el volumen, la estructura, dinámica y distribución de la población; con el fin, que esta se desarrolle económica, política y socialmente con equidad y justicia. Por lo mismo, establece las atribuciones que en la materia corresponden a cada dependencia del Gobierno, entidades del Estado y Municipios, sin perjuicio de lo dispuesto por otras leyes y reglamentos.  ARTICULO 2o.- Corresponde al Ejecutivo del Estado establecer, promover, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política poblacional dentro de un proceso de desarrollo integral del individuo y la sociedad. TITULO SEGUNDO, POLÍTICA DE POBLACIÓN Y DESARROLLO. ARTICULO 5o.- La Política Estatal de Población Consistirá en una serie de medidas tendientes a mejorar la calidad de vida de los habitantes, buscando el equilibrio en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución geográfica en relación con el desarrollo, en plena concordancia con lo dispuesto en el Artículo 7º de esta Ley. ARTICULO 7o.- Los principios en los que se sustenten las políticas y los programas que se apliquen en materia de población serán: I.- El respeto a los derechos humanos y a las garantías individuales; II.- La promoción de las condiciones socio-económicas que permitan el desarrollo a través de su incidencia en los ámbitos de educación, salud, empleo, seguridad, vivienda, desarrollo urbano y rural entre otros; III.- El impulso hacia un desarrollo sostenido y sustentable, entendido éste como el proceso que implica llevar a cabo acciones que tiendan a satisfacer necesidades básicas del ser humano en el presente sin comprometer a las futuras generaciones; IV.- La preservación del equilibrio Ecológico y el respeto al medio ambiente. V.- La promoción de los valores culturales de los habitantes del Estado. ARTICULO 8o.- Para la formulación de la Política Estatal de Población, el Ejecutivo del Estado tomará en cuenta, entre otros aspectos, los siguientes:

I.-...........................................................;

II.- Las tendencias de los fenómenos poblacionales y sus impactos presentes y futuros, en el desarrollo del Estado;

III.-....................................................…;

IV.-....................................................…;

ARTICULO 11.- El Ejecutivo del Estado puede suscribir convenios de coordinación y colaboración con la Federación, otros Estados y los Municipios, a fin de apoyar la Política Estatal de Población; con éste mismo propósito, celebrará convenios de concertación con los sectores social y privado, a efecto de que participen en la realización de acciones vinculadas con los aspectos del desarrollo, que en cada caso se definan. TITULO TERCERO, PLANEACION DEMOGRÁFICA.

ARTICULO 13.- La planeación demográfica para el desarrollo, tendrá como objetivos  fundamentales los siguientes:

I.- ...........................................................

II.- ...........................................................

III.-...........................................................

IV.-............................................................

V.-..............................................................

VI.-.............................................................

VII.- Realizar estudios, análisis e investigaciones diversas para ampliar el conocimiento demográfico, factor base de desarrollo, con el objeto de integrar el sistema estatal de información sociodemográfico sobre población de la entidad y sus municipios, para que la información obtenida sirva de base a la actividad del sector público, social y privado del Estado; VIII.- Impulsar y fortalecer con las instancias respectivas cuyas acciones inciden con la política demográfica del Estado, una cultura de identidad estatal para fortalecer en la responsabilidad personal y social el mejoramiento de las condiciones de vida; IX.- Vincular los mecanismos de participación de la comunidad que permitan fortalecer el tejido social base del desarrollo; y X.- Los demás que sean necesarios para conseguir que la población del Estado alcance mayores niveles de bienestar.

TITULO CUARTO DEL PROGRAMA

ARTICULO 14o.- Con el propósito de planear e integrar las políticas, objetivos y acciones en la materia, el programa incluirá, entre otros, los siguientes elementos:

I.- ...................................................................;

II.- ........................................................................;

III.- ............................................................................;

IV.- ............................................................................;

V.- Estrategias y acciones para la difusión, información, educación y capacitación para el desarrollo en materia población, tomando en cuenta las características económicas, culturales y sociales de las diferentes regiones del Estado;

VI.- ............................................................................;

VII.- ............................................................................;

VIII.- ............................................................................

ARTICULO 17o.- En la formulación de sus respectivos programas, las dependencias y entidades públicas estatales y municipales, tomarán en cuenta las políticas y programas demográficos, que tiendan hacia el desarrollo a fin de que los beneficios sociales y económicos que se pretendan alcanzar contribuyan a elevar las condiciones de vida de la población. ARTICULO 19o.- El programa será obligatorio para las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal cuyas acciones tengan que ver con políticas de población a efecto de que incida en los habitantes.

TITULO QUINTO DEL CONSEJO CAPITULO PRIMERO OBJETIVO, ATRIBUCIONES Y PATRIMONIO DEL CONSEJO

ARTICULO 20o.- El Consejo tendrá como objetivo general promover entre la población, la formación de una cultura demográfica, acorde a las necesidades de los tiempos actuales, considerando su importancia y trascendencia, a través de acciones informativas y educativas que coadyuven al fortalecimiento del núcleo familiar y a los valores fundamentales del ser humano. ARTICULO 21o.- El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: I.- Mantener la coordinación permanente con el Consejo Nacional de Población, en términos de los acuerdos de coordinación celebrados al efecto por el Ejecutivo Estatal;

II.- .......................................................................;

III.- ......................................................................;

IV.- Establecer con las instancias nacionales en materia de población, las acciones necesarias para coordinar y evaluar la aplicación de las políticas en materia de población en torno al desarrollo;

V.- .........................................................................;

VI.- .........................................................................;

VII.- Apoyar acciones con el objeto de lograr fomentar la paternidad responsable, la creación de una cultura demográfica, la participación de la mujer en igualdad con el varón, el impulso de un proyecto de vida para propiciar una mejor calidad de vida; así como de aquellos grupos prioritarios que por su importancia demográfica requieran una atención específica.

VIII.- .......................................................................;

IX.- .........................................................................;

X.- ...........................................................................;

XI.- ...........................................................................;

XII.- ..........................................................................;

XIII.- ..........................................................................;

XIV.- ............................................................................

ARTICULO 25o.- Las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, deberán coordinarse con el Consejo en lo concerniente a acciones programáticas de población, colaborando con el mismo, para el cumplimiento de sus objetivos.

ARTICULO 26o.- Los Órganos de Gobierno del Consejo son:

I.- .........................................;y

II.- …………

III.- DEROGADO.

CAPITULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

ARTICULO 27o.- La Junta Directiva será la máxima Autoridad del Consejo y se integrara con un Presidente, que será el Gobernador Constitucional del Estado y con los vocales, que serán los titulares de: La Secretaría de Gobierno; el Coordinador del Sistema Educativo Estatal; la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas; la Secretaría de Planeación y Finanzas; la Secretaría de Desarrollo Económico; la Dirección de Trabajo y Previsión Social; el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia; el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y Municipios de Baja California, el instituto de Servicios de Salud Pública del Estado y, los Presidentes de los Comités Municipales de Población; cada vocal podrá designar un suplente, a quién delegará sus funciones y atribuciones en materia de población.

ARTICULO 30o.- Corresponde a la Junta Directiva del Consejo:

I.- ...........................................................;

II.- Aprobar el Presupuesto del Consejo y vigilar su ejercicio;

III.- ...........................................................;

IV.- ...........................................................;

V.- Conocer los informes de avances del programa; así como promover que la información sociodemográfica de estudios y análisis generada por el Consejo, sirva de base para la planeación y programación de las acciones de Gobierno dentro de las Dependencias del Sector Público;

VI.- .........................................................................;

VII.- .........................................................................;

VIII.- ........................................................................

ARTICULO 32o.- Son atribuciones de la Secretaría de Gobierno en materia de Población, las siguientes:

I.- .............................................................................;

II.- .............................................................................;

III.- ............................................................................;

IV.- DEROGADA.

V.- ..............................................................................;

VI.- ..............................................................................;

VII.- ..............................................................................;

VIII.- ..............................................................................

ARTICULO 33o.- Son atribuciones del Organo Coordinador del Sistema Educativo Estatal en materia de Población las siguientes: I.- Promover y aplicar estrategias educativas que propicien la modificación de conceptos, actitudes, conductas y patrones culturales de la población respecto a un proyecto de vida familiar, en el cual se haga conciencia sobre la problemática de población enfocada al desarrollo;

II.- ..............................................................................;

III.- Elaborar material de apoyo educativo que propicie y fortalezca el conocimiento de que toda sociedad que busque el desarrollo debe impulsar su participación responsable para lograr conductas y actitudes creativas, informadas y con iniciativa de acción; IV.- Actualizar y capacitar al personal a su cargo, así como orientar a los padres de familia en materia de educación en población cuyos esfuerzos concurran a lograr una verdadera comunidad que ordenadamente busque su superación;

V.- .............................................................................

ARTICULO 34o.- Son atribuciones de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas en materia de población, las siguientes:

I.-...........…...................................................................;

II.- Solicitar la orientación del Consejo en la realización de las investigaciones o estudios sociodemográficos que requiera la dependencia;

III.-…............................................................................; y

IV.- Convenir con los organismos y dependencias afines, los mecanismos de participación en acciones referidas a las tareas de población.

ARTICULO 35o.- Son atribuciones de la Secretaría de Planeación y Finanzas en materia de Población las siguientes:

I.- DEROGADA.

II.- Participar y apoyar las campañas de difusión del Consejo, utilizando oportunamente los canales de comunicación y distribución de que dispone;

III.- Apoyar y fomentar las acciones de población a través de los Subcomités a que se refiere la fracción II del artículo 47 de esta Ley.

ARTICULO 37o.- DEROGADA.

ARTICULO 38o.- Son atribuciones de la Dirección de Trabajo y Previsión Social en materia de Población las siguientes:

I.- .................................................................

II.- .................................................................

ARTICULO 39o.- Son atribuciones del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia en materia de población, las siguientes:

I.- ...................................................................;

II.- ...................................................................;

III.- .................................................................;

IV.- .................................................................;

V.- Reforzar sus objetivos institucionales en lo referente a su población meta para impulsar una cultura de participación social, vinculando los mecanismos que permitan fortalecer el tejido social e impulsar el desarrollo.

ARTICULO 40o.- Son atribuciones del Organo Coordinador del Sistema Estatal de Salud en Materia de Población las siguientes:

I.- Realizar acciones de salud con el propósito de impulsar y promover la maternidad y paternidad responsable; II.- Realizar cursos de capacitación al personal a su cargo y elaborar material de apoyo, sobre temas de salud que impulsen la paternidad responsable;

III.- .......................................................................;

IV.- Fortalecer los objetivos institucionales del organismo en lo referente a los derechohabientes y población abierta para impulsar una auténtica cultura de salud que propicie el desarrollo. ARTICULO 41o.- Con el propósito de que en la Planeación Demográfica Estatal para el logro de un desarrollo participen los diferentes sectores e instituciones del Estado, el Consejo podrá invitar a sus sesiones a representantes de los sectores social y privado, así como a las demás instituciones académicas y de investigación superior que tengan a su cargo programas en materia de población de cobertura nacional, regional, estatal o municipal, con el fin de: I.- Concretar acuerdos para realizar proyectos de investigación en materia de Población;

II.-........................................................................;

III.-.......................................................................; y

IV.- Integrar de acuerdo a la naturaleza de las acciones programáticas, grupos interinstitucionales con el fin de aglutinar, coordinar e impulsar acciones de población hacia el desarrollo.

CAPITULO TERCERO DE LA SECRETARIA TECNICA

ARTICULO 42o.- ................................................................................;

I.- .........................................................................................................;

II.- ........................................................................................................;

III.-.........................................................................................................;

IV.- Formular el Calendario Oficial del Consejo y autorizar en casos extraordinarios, la suspensión de labores, previo acuerdo con el Secretario General de Gobierno; V.- Conceder licencias y permisos al personal en los términos de las leyes correspondientes;

VI.-........................................................................................................;

VII.-.......................................................................................................;

VIII.- Establecer mecanismos de Coordinación con el Consejo Nacional de Población, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional de Población, así como para el establecimiento de canales de coordinación con los organismos e instancias nacionales en la materia;

IX.- ....................................................................................................;

X.-.......................................................................................................;

XI.-.......................................................................................................;

XII.-......................................................................................................;

XIII.-.....................................................................................................;

XIV.-.....................................................................................................;

XV.-......................................................................................................;

XVI.-......................................................................................................;

XVII.- Proponer y promover la concertación de acciones conjuntas entre los sectores público, social y privado, a fin de coadyuvar al mejoramiento de las condiciones de bienestar de los habitantes del Estado y en especial de aquellos grupos que en el campo o la ciudad se encuentren marginados de los beneficios del desarrollo;

XVIII.-......................................................................................................;

XIX.- Impulsar y llevar a cabo las actividades relacionadas con la política de población para estimular la participación de los agentes activos de población, en la planeación, ejecución y evaluación de las acciones de Gobierno en la materia, como condición indispensable para garantizar la acción rectora en materia de población; y XX.- En general, desempeñar las demás funciones que éste ordenamiento señala, las que el reglamento de ésta Ley indique, las del reglamento interior del consejo o aquellas que por disposiciones o acuerdos de la Junta Directiva o del Presidente del Consejo, le determinen.

CAPITULO CUARTO DE LOS COMITES MUNICIPALES DE POBLACION

ARTICULO 43o.- Con el fin de coadyuvar al bienestar de la población, las líneas generales de acción en materia de población, deberán tomar en cuenta la planeación demográfica del Estado y a la descentralización de la política de población para lograr la integración de las políticas locales que sobre la materia se dicten, al efecto en cada uno de los municipios del Estado se integrará un Comité Municipal de Población. Dichos comités tendrán a su cargo la responsabilidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, de que los programas, objetivos y acciones que sobre población, se coordinen interinstitucionalmente con las dependencias y organismos afines a dicha materia. ARTICULO 45o.- Los Presidentes de los Comités Municipales de Población deberán suscribir acuerdos de coordinación y apoyo con el Consejo, a fin de que las tareas, programas y acciones que sobre la política población se lleven a cabo en el ámbito municipal, sean atendidas con mayor eficacia a través de los citados Comités Municipales.

ARTICULO 47o.- ...................................................................

I.-............................................................................................;

II.- Conocer, analizar, implementar o integrar estudios sociodemográficos municipales, que permitan emplear los conocimientos en los principales problemas que afectan a la población, y proponer soluciones que puedan incorporarse en los planes municipales de desarrollo; dichos estudios procurarán ajustarse a los lineamentos establecidos por el Subcomité Especial Técnico Regional de Estadística e Información Geográfica y el Subcomité Especial de Población ambos del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Baja California;

III.-.............................................................................................;

IV.-.............................................................................................; y

V.-.............................................................................................

Artículo Transitorio:

Artículo Unico.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Organo del Gobierno del Estado. DADO  en  la  Sala  de  Comisiones  “Dr.  Francisco Dueñas Montes” de este H. Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil uno. Acto seguido, el Diputado Presidente procede abrir el debate; asimismo, interviene el Diputado Jaime Jiménez Mercado en contra del dictamen de referencia. A continuación, y no existiendo más discusión al respecto de este Dictamen, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 11 votos a favor de los siguientes Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto, cuatro votos en contra de los siguientes Diputados: Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Gutiérrez Piceno David y 2 abstenciones de los Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo y Ruvalcaba Flores David. Enseguida, el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, hace uso de la voz para manifestar el sentido de su abstención; asimismo y en los mismos términos se manifiesta el Diputado David Ruvalcaba Flores desde su curul. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 159 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el  Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto seguido, el Diputado Juan Manuel Molina Rodríguez, presenta el Dictamen número 134 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: Unico.- No se aprueba la remisión de la presente Iniciativa de Reforma al Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al Congreso de la Unión. Dado en el Salón Jardín del Hotel Rosarito Beach, de la ciudad de Rosarito, Baja California a los seis días del mes de febrero del año 2001.   Acto seguido, y al no existir oradores en contra, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y una abstención del Diputado Jiménez Mercado Jaime, en donde hace uso de la voz para manifestar el sentido de su abstención. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 134 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el  Diputado Juan Manuel Molina Rodríguez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda hace uso de la Tribuna para manifestar que esta Comisión solicita se retiren los Dictámenes números 137 y 141, en virtud de que hay petición de varios Diputados con el propósito de revisar y analizar más estos Dictámenes. El Diputado Presidente procede a retirar estos Dictámenes. Se procede con los Dictámenes de la Comisión de Hacienda y Administración; en donde el Diputado Presidente le da el uso de la voz al Diputado Sócrates Bastida Hernández, en su calidad de Presidente de la Comisión de Hacienda y Administración; para presentar al Pleno de este Congreso los siguientes Dictámenes: 489, 491, 492, 493, 495, 496, 497, 498, 499, 500, 504 y 505; asimismo, solicita se dispense el trámite que se refiere al Artículo 130 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, relativo a la entrega de los Dictámenes a los Diputados tres días antes de su discusión, con el fin de que se presente los siguientes Dictámenes: 500, 504 y 505. Posteriormente, solicita sea dispensada la lectura total de los dictámenes, para que únicamente se lean los proemios y resolutivos. A continuación, y no existiendo oradores en contra respecto a la dispensa de trámite de entrega con 72 horas de los dictámenes 500, 504 y 505; resultando aprobada en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Jiménez Merado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto.  Acto seguido, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea la solicitud referente a que solamente se lean los proemios y resolutivos, resultando aprobada en votación económica por unanimidad de los Diputados presentes. El Diputado Presidente procede aprobar dichas solicitudes presentadas por el Diputado Sócrates Bastida Hernández. A continuación, el Diputado Sócrates Bastida Hernández, presenta el Dictamen número 489 de la Comisión de Hacienda y Administración, estableciendo los siguientes puntos resolutivos: PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial del Estado para el ejercicio fiscal del año 2000, por la cantidad de $730,054 (SETECIENTOS TREINTA MIL CINCUENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N), que modifica las siguientes partidas presupuestales:

PARTIDA

 

AUMENTO

DISMINUCION

 

 

 

 

111

Sueldos Tabulares al Personal de Base

 $ 118,000

$

114

Gratificación de Fin de Año al personal de Base

    53,000

 

115

Prima Vacacional al Personal de Base

    10,000

 

116

Sueldos Complementarios al Personal de Base por Concepto de Antigüedad

     6,000

 

117

Reserva para Ajustes al Personal de Base

 

   396,115

118

Reserva para Movimientos al Personal de Base

 

   124,885

119

Prestaciones Sociales al Personal de Base

   120,000

 

122

Erogaciones Adicionales al Personal de Confianza

   290,000

 

146

Honorarios por Cursos de Capacitación y Desarrollo

 

   100,000

174

Servicios Médicos Asistenciales

    10,700

 

199

Servicios de Vigilancia

    13,300

 

211

Viáticos

 

    56,000

223

Servicio Postal y Telegráfico

    30,000

 

249

Mantenimiento de Otros Equipos

     6,000

 

235

Trabajos de Imprenta

    20,000

 

421

Equipo de Oficina

    43,054

 

435

Equipo de Aire Acondicionado

 

   53,054

463

Equipo para Seguridad

    10,000

 ________

 

 

 $ 730,054

$ 730,054

SEGUNDO.- Con motivo de que se incumplió lo dispuesto en los Artículos 41 y 43 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, debido a que se ejercieron recursos con cargo a diversas partidas, sin que se tuviera la disponibilidad presupuestal correspondiente, túrnese a la Contraloría del Poder Judicial, para que se delimiten y apliquen las responsabilidades administrativas que en su caso correspondan, y se informe en un plazo que no exceda de 60 días al Congreso del Estado sobre las medidas aplicadas, para los efectos conducentes. Posteriormente, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal con 13 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 489 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Se continúa, con el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, para presentar el Dictamen número 491 de la Comisión de Hacienda y Administración; estableciendo los siguientes puntos resolutivos: UNICO: Es de aprobarse y se aprueba la transferencia al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001 por la cantidad de $1´106,686 (Un millón ciento seis mil seiscientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al ramo 21 de la Secretaría Jurídica y Prevención Social en las partidas presupuestales siguientes:

Partida

 

Ampliación

Reducción

20101

Materiales y Utiles de Oficina

$

$214,900

20102

Materiales de Limpieza

 

     5,000

20105

Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipo y Bienes Informáticos

209,900

 

20301

Materiales de Construcción

 

130,000

20302

Material Eléctrico

 

 60,000

20310

Materiales para mantenimiento del Equipo de Transporte

180,000

 

20802

Artículos de Cafetería

 20,000

 

30201

Arrendamiento de Edificios y Locales

 97,388

 

30205

Arrendamientos de Vehículos

 

 97,388

30541

Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de Edificios y Locales para oficina

 

479,398

30542

Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de Edificios y Locales para Seguridad Pública

479,398

 

30701

Pasajes

 

43,000

30702

Viáticos

 

 77,000

30704

Peajes

120,000

 

 

 

$1´106,686

$1´106,686

 

Posteriormente, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor, de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 491 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación hace uso de la voz, el Diputado Alejandro Bahena Flores, para presentar el Dictamen número 492, en donde se establece el siguiente punto resolutivo: Unico: Es de aprobarse y se aprueba la transferencia al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001 por la cantidad de $510,900 (Quinientos diez mil novecientos pesos 00/100 M.N.) que modifica el presupuesto asignado al Ramo 19 de la Dirección de Relaciones Públicas, en las partidas presupuestales siguientes:

Partida

 

Ampliación

Reducción

20103

Material Didáctico y Apoyo Informático

$2,000

$

20106

Materiales de Fotografía, Cinematografía y Vídeo

 2,000

 

20204

Alimentación de Personal

20,000

 

20205

Utensilios para el servicio de alimentación

  2,000

 

20304

Material para Ingeniería y Dibujo

  2,000

 

20307

Herramientas Menores

  2,500

 

20308

Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo

12,400

 

20309

Materiales para Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina

 5,000

 

20310

Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte

20,000

 

20401

Medicinas y Productos Farmacéuticos

 3,000

 

20501

Combustibles

230,000

 

20502

Lubricantes y Aditivos

 2,000

 

20601

Vestuario, Uniformes

30,000

 

20801

Gastos Menores Diversos

15,000

 

20802

Artículos de cafetería

20,000

 

20803

Accesorios de Oficina

12,000

 

30101

Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería

25,000

 

30105

Derechos y Servicios de Conducción de Señales Análogas y Digitales

16,500

 

30203

Arrendamiento de Maquinaria y Equipo

24,000

 

30410

Servicio de Toma y Revelado de Fotografías

 2,500

 

30511

Servicio de Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina

8,000

 

30531

Mantenimiento y Conservación de Edificios y Locales para Oficina

15,000

 

30705

Hospedaje

20,000

 

30801

Gastos Ceremoniales

20,000

 

10103

Tiempo Extraordinario al personal de Base

 

12,000

30513

Equipo de Transporte

 

 7,000

30701

Pasajes

 

 2,000

30803

Recepciones y Celebraciones Varias

 

427,500

30810

Atención a visitantes

 

 50,000

51000

Mobiliario y Equipo de Informática

 

 12,000

 

 

$510,900

$510,900

 

Posteriormente, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 492 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, hace uso de la voz el Diputado Héctor Esparza Herrera, para presentar el Dictamen No. 493, en donde se establece el siguiente punto resolutivo: UNICO: Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, hasta por la cantidad de $531,500 (Quinientos treinta y un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) que modifica el Presupuesto asignado al Ramo 17 de la Dirección del Trabajo y Previsión Social en las partidas presupuestales siguientes:

Partida                                                                       Ampliación

20101 Materiales y Utiles de Oficina                                $20,000

20102 Material de Limpieza                                               3,000

20103 Material Didáctico y de Apoyo Informativo                  6,000

20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en

          Equipo y Bienes Informáticos                                   5,000

20206 Agua y Hielo para Consumo Humano                         1,500

20310 Materiales para Mantenimiento de Equipo

          de Transporte                                                       3,000

20501 Combustibles                                                        25,000

20801 Gastos Menores Diversos                                          3,000

20802 Artículos de Cafetería                                              2,000

30101 Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería                       2,500

30102 Servicio Telefónico                                                17,000

30103 Servicio de Energía Eléctrica                            20,000

30104 Servicio de Agua Potable                                         2,500

30201 Arrendamiento de Edificios y Locales                     120,000

30203 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo              18,000

30404 Seguros y Fianzas                                                    7,000

30511 Servicio de Mantenimiento de Mobiliario y

         Equipo de Oficina                                                   10,000

30513 Equipo de Transporte                                                3,000

30541 Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación

         de Edificios y Locales para Oficinas                              5,000

30701 Pasajes                                                                   1,000

30702 Viáticos                                                                  7,000

30704 Peajes                                                                    2,000

51000 Mobiliario y Equipo de Informática                     36,000

52000 Equipo de Transporte                                               85,000

53100 Mobiliario y Equipo de Oficina                                   79,000

54100 Maquinaria y Equipo de Aire Acondicionado                 48,000

                                                                                   $531,500

Posteriormente, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 13 votos a favor, de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 493 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, y para presentar el Dictamen No. 495, hace uso de la voz el Diputado Sócrates Bastida Hernández, en donde se establece el siguiente punto RESOLUTIVO: ARTICULO UNICO.- Se reforman los Artículos 46, 47 y 48 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, para quedar en los términos siguientes: ARTICULO 46.- Con objeto de uniformar los criterios en materia de contabilidad y archivo contable gubernamental, la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, la Dirección Administrativa y la Contraloría del Poder Judicial, así como las Tesorerías y Sindicaturas de los Municipios y las dependencias o unidades de contabilidad de las demás Entidades, darán a conocer en un plazo que no exceda de 60 días a partir de la fecha de su emisión a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado, las normas, procedimientos, sistemas y lineamientos que implanten, a los cuales se sujetarán las Entidades. ARTICULO 47.- La Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado al revisar la Cuenta Pública de las Entidades, observará las normas, procedimientos, sistemas y lineamientos en materia de control interno y de contabilidad, así como de archivo contable gubernamental y hará del conocimiento de la Secretaría de Planeación y Finanzas, de la Dirección General de Control y Evaluación Gubernamental, de la Dirección Administrativa y de la Contraloría del Poder Judicial, de las Tesorerías y Sindicaturas Municipales, así como de los Titulares y órganos de control correspondientes de las demás Entidades, las observaciones, irregularidades o deficiencias que localice para que se dicten las medidas correctivas que correspondan. ARTICULO 48.- La Dirección General de Control y Evaluación Gubernamental, la Contraloría del Poder Judicial, las Sindicaturas Municipales y las unidades de auditoría interna de las demás Entidades darán a conocer a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado, dentro de los primeros treinta días del ejercicio fiscal que corresponda, los programas mínimos de auditoría interna que fijen para las entidades o sus dependencias. ARTICULO TRANSITORIO: UNICO.- El presente Decreto, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 13 votos a favor de los Ciudadanos diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 495 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto continuo, hace uso de la voz el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, para presentar el Dictamen No. 496, en donde se establece el siguiente RESOLUTIVO UNICO.- Se autoriza la desincorporación del patrimonio del dominio público del Ayuntamiento de Tijuana, B.C., y su incorporación al dominio privado del mismo, de 83 bienes muebles consistentes en vehículos y motocicletas inventariados e identificados por número de resguardo y número oficial, marca, modelo y número de serie, dicho equipo se encuentra fuera de servicio y en malas condiciones físicas y mecánicas considerado chatarra, igualmente es procedente autorizar al Ayuntamiento de Tijuana para que se enajenen estos bienes muebles en los términos del Artículo 100 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, debiéndose destinar los recursos provenientes de la enajenación a la ejecución del Programa de Vivienda de los Servidores Públicos de la Dirección de Policía y Tránsito Municipal. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 12 votos a favor de los ciudadanos Diputados: Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto y dos abstenciones de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo y Ruvalcaba Flores David; en donde intervienen para manifestar el sentido de la misma. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 496 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto continuo, el Diputado Alejandro Bahena Flores, presenta el Dictamen No. 497, en donde se establece los siguientes puntos RESOLUTIVOS:  PRIMERO.- Se desincorpora del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado, para incorporarse al dominio privado del mismo, la superficie de terreno de 5,824.315 m², conocida como “Colonia Anexa Mexicali”, ubicada en la Ciudad de Mexicali, B.C., así como se autoriza se asigne en propiedad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra del Estado (CORETTE) la superficie de terreno desincorporada, para que se enajene a título oneroso en favor de los posesionarios asentados en los lotes que conforman el asentamiento humano referido, que se identifican en el plano correspondiente debidamente autorizado por la CORETTE, con la finalidad de regularizar la situación jurídica de la posesión que detentan los ahí asentados, así como para que en su oportunidad se firmen los títulos correspondientes, siendo los gastos que se originen con cargo a los adquirentes. SEGUNDO.- Con motivo que Inmobiliaria Estatal de Baja California vendió las superficies de terreno pertenecientes a la “Colonia Anexa Mexicali”, sin contar con la propiedad legal de las mismas, asentándose en los contratos de compra-venta celebrados que se adquirió la propiedad mediante juicio de información Ad Perpetuam, siendo éstos propiedad del Gobierno del Estado en virtud de habérsele asignado en patrimonio por el Gobierno Federal, se considera procedente se turne este asunto a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días se lleven a cabo las acciones que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 497 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, el Diputado Héctor Esparza Herrera, presenta el Dictamen No. 498, en donde se establece el siguiente punto resolutivo: UNICO: Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, hasta por la cantidad de $300,00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al ramo 19 de la Dirección de Relaciones Públicas en la partida presupuestal 52000 Equipo de Transporte. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 498 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Sócrates Bastida Hernández presenta el Dictamen No. 499, en donde se establecen los siguientes puntos resolutivos: Primero.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2000, hasta por la cantidad de $539,000 (QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100) que modifica el Presupuesto asignado al Ramo 11 de la Secretaría de Desarrollo Económico en la partida presupuestal 689 Fondos de Desarrollo Económico. Segundo.- Con motivo de que se incumplió lo dispuesto en los artículos 42 y 43 Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, al no haberse obtenido autorización previa de la ampliación presupuestal, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que se delimiten y apliquen las responsabilidades administrativas que en su caso correspondan. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 499 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto continuo, el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, presenta el Dictamen número 500 de la Comisión de Hacienda y Administración; estableciendo los siguientes puntos resolutivos: Primero.- No es de aprobarse y se desecha en forma definitiva la solicitud para desincorporar del patrimonio del dominio público del Municipio de Tijuana, B. C., para incorporarse al dominio privado del mismo una fracción del Callejón de servicio con superficie de 21.03 metros cuadrados, ubicado en la parte posterior del predio identificado como lote 06 de la manzana 133 de la Calle Cuchumá del Fraccionamiento Lic. José López Portillo de la Delegación La Presa, en la ciudad de Tijuana, B. C., para enajenarse a la C. María Irma Luna Arcadia, toda vez que esta fracción de terreno legalmente no es propiedad patrimonial del Municipio de Tijuana, B.C. Segundo.- Infórmese al XVI Ayuntamiento de Tijuana, B. C., para que comunique al particular peticionante el impedimento legal que existe para la autorización de la desincorporación, debido a que el Municipio no es el legítimo propietario de la porción vial que pretende desincorporar y enajenar, por lo que deberá gestionarse lo conducente ante la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado, o en su caso que el propio Ayuntamiento de Tijuana solicite la traslación del dominio de las vías públicas del desarrollo urbano, para que posteriormente promueva el cambio del destino y la desincorporación de la fracción de terreno en comento, siendo necesario en su caso el inicio de un nuevo trámite legislativo para su resolución. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 13 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix y Magaña Mosqueda Héctor. Posteriormente, el Diputado VicePresidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 500 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Alejandro Bahena Flores, presenta el Dictamen número 504 de la Comisión de Hacienda y Administración, en donde establece los siguientes puntos resolutivos: Primero.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001 hasta por la cantidad de $1´173,000 (UN MILLON CIENTO SETENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría de Planeación y Finanzas, en las siguientes partidas:

DESCRIPCION                                                                  AMPLIACION

20101 Materiales y Utiles de Oficina                                    $11,985

20301 Materiales de Construcción                                         25,000

20302 Material Eléctrico                                                       10,000

20402 Materiales, Accesorios y Suministros Médicos                   738

20601 Vestuario, Uniformes                                                  7,000

20802 Artículos de Cafetería                                                 72,351

30101 Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería                              500

30102 Servicio Telefónico                                                    103,772

30103 Servicio de Energía Eléctrica                                         21,732

30104 Servicios de Agua Potable                                            21,004

30203 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo                         42,594

30302 Capacitación                                                              626,040

30404 Seguros y Fianzas                                                         4,500

30513 Servicio de Mantenimiento y Conservación de

           Equipo de Transporte                                                   5,500

30541 Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de

           Edificios y Locales para Oficinas                                    35,730

30701 Pasajes                                                                         2,000

30702 Viáticos                                                                        2,500

30704 Peajes                                                                                      500

30705 Hospedaje                                                                     2,154

30810 Atención a Visitantes                                                     16,800

51000 Mobiliario y Equipo de Informática                                    8,000

52000 Equipo de Transporte                                                   111,000

53100 Mobiliario y Equipo de Oficina                                         32,872

53500 Mobiliario y Equipo y Aparatos de Comunicación,

          Telecomunicaciones y Audiovisual                                               8,728

                                                                                      $ 1´173,000

Segundo.- Se condiciona el libramiento de los recursos correspondientes a la ampliación de las partidas presupuestales precisadas en el resolutivo anterior, a la previa recaudación de los ingresos que generen su autofinanciamiento. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix,  Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado VicePresidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 504 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Héctor Esparza Herrera, presenta el Dictamen número 505 de la Comisión de Hacienda y Administración; estableciendo el siguiente punto resolutivo: Unico.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, por la cantidad de $589,602 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DOS PESOS 00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 05 de la Oficialía Mayor de Gobierno en las partidas presupuestales siguientes:

PARTIDA                                                      AMPLIACION                    REDUCCION

20321 Materiales para Mantenimiento

           de Equipo de Imprenta                        $114,000               $

30418 Trabajos de Imprenta                              60,000

30512 Mantenimiento y Conservación

           de Bienes Informáticos                            90,602

30527 Servicio de Mantenimiento de

           Maquinaria, Equipo y Accesorios

           de Imprenta                                           25,000

30531 Edificios y Locales para Oficinas               300,000

20302 Material Eléctrico                                                               200,000

20303 Material Hidráulico, Plomería y

           Aire Acondicionado                                                                   100,000

30511 Servicio de Mantenimiento de

           Mobiliario y Equipo de Oficina                                              90,602

30528 Servicio de Mantenimiento de                                              139,000

Maquinaria y Equipo de Talleres y

Laboratorios

 

 

30607 Publicaciones Especiales                                              60,000

                                                              $589,602           $589,602                                                                       

Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 505 de la Comisión de  Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el  Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, se pasa al Sexto Punto “Asuntos Generales”, y antes de iniciar con este punto el Diputado Presidente procede a decretar un receso de cinco minutos siendo las diecinueve horas con cuarenta y cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las diecinueve horas con cincuenta minutos, hace uso de la Tribuna el Diputado Jaime Jiménez Mercado para hacer mención respecto a la licencia temporal sin goce de dieta y demás remuneraciones, la cual le fue otorgada en sesión de período extraordinario de fecha 15 de marzo del año en curso por esta Honorable Soberanía a partir del día 6 de abril hasta el 12 de julio del año 2001, informa que no hará uso de la misma y por lo tanto solicita su cancelación para todos los efectos legales a que haya lugar.  Posteriormente, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea la solicitud formulada por el Diputado Jaime Jiménez Mercado; resultando aprobada en votación económica por unanimidad de los ciudadanos Diputados presentes. En otro asunto, interviene el Diputado Efrén Macías Lezama, para presentar Iniciativa de Reforma a la Constitución en Materia de Derechos Indígenas y la Iniciativa que crea la Ley de Derechos y Cultura Indígena en Baja California; a su vez solicita que estas dos Iniciativas queden inscritas en su totalidad en el Diario de Debates. Asimismo, en otro tema, da lectura a un escrito referente a la licencia temporal, con el objeto de participar como candidato al cargo de Presidente Municipal del XVI Ayuntamiento de Tecate, B. C., por el trienio 2001-2004 por el Partido de la Revolución Democrática; sin goce de dieta y remuneraciones inherentes al cargo de Diputado por el término de los días comprendidos del 6 de abril hasta el 9 de julio del mismo año; en consecuencia, solicita a esta Mesa Directiva se sirva llamar al ciudadano Ulises Arce Salvador, Diputado Suplente, para ejercer dentro del término antes señalado la titularidad del cargo que desempeña el suscrito.  En otro asunto, interviene el Diputado Efrén Macías Lezama, para darle lectura a un documento referente a un niño que tan sólo tiene tres años de edad y requiere de la atención especial, en razón del padecimiento que sufre; aunado a esto, presenta el siguiente punto de acuerdo: Unico.- Que este Poder Legislativo solicite al Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California, para que brinde asistencia médica totalmente gratuita a Julio Ivan Cuarenta Escobar, mismo que padece leucemia. Segundo.- Que los integrantes de este Poder Legislativo aporten de manera voluntaria una cantidad; exhortando al Grupo Parlamentario de Acción Nacional para que haga lo propio. Enseguida, el Diputado Presidente hace mención que en relación a la Iniciativa de Reforma a la Constitución en Materia de Derechos Indígenas se turna a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; asimismo, la Iniciativa de Ley que crea la Ley de Cultura y Derechos Indígenas se va a someter a la consideración del Programa de la Reforma del Estado, y en relación al punto de acuerdo, el Diputado Presidente procede a turnarlo a la Comisión de Salud; enseguida,  el Diputado Alejandro Pedrín Márquez solicita un receso a la Mesa Directiva, secundado por el Diputado Miguel Delfín Castro; asimismo, el Diputado Presidente procede a decretar un receso de cinco minutos siendo las veinte horas con cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las veinte horas con diez minutos el Diputado Presidente hace mención a lo que se refiere al Suplente del Diputado Efrén Macías Lezama, se instruye a la Oficialía Mayor para que lo cite para la toma de protesta de rigor para el próximo martes 10 de abril a las 11:00 A.M., en este Recinto Legislativo. En otro tema, el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, que presenta Iniciativa de Ley de Acceso a la Información Pública del Estado y los Municipios de Baja California. Enseguida, menciona Iniciativa de Reforma al Artículo 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y así como punto de acuerdo que ratifica la petición que se hizo al Congreso para la comparecencia del nuevo Contralor del Estado; solicita que los tres documentos queden inscritos en el Diario de los Debates en su totalidad. Posteriormente, el Diputado Presidente procede a turnarlos a las comisiones respectivas para su análisis; Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Se continúa, con el Diputado Sergio Avitia Nalda, que presenta punto de acuerdo sobre el apoyo a la comercialización de trigo. Primero.- Que esta Soberanía haga del conocimiento al C. Gobernador del Estado de Baja California Licenciado Alejandro González Alcocer, su apoyo a la lucha emprendida por los productores de trigo del Distrito de Desarrollo Rural 002 Río Colorado y el Ejecutivo, con el fin de que los productores reciban un pago justo por su cosecha, reconociendo la importancia que la actividad agropecuaria tiene con el desarrollo económico y social en nuestra Entidad. Segundo.- Que se haga un exhorto para que las autoridades del sector agropecuario tanto del orden Federal como Estatal se den a la tarea de instrumentar un programa para impulsar la organización y la capacitación de los productores para la producción y su comercialización. Tercero.- Que esta Honorable XVI Legislatura del Estado de Baja California, haga llegar al Titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Javier Bernardo Usarriaga Arroyo, copia de este documento estableciendo el apoyo de esta Soberanía a la lucha de los productores de trigo del Valle de Mexicali para recibir como pago a su cosecha no menos de 2045 pesos por tonelada. Acto seguido, el Diputado Presidente procede a turnar este punto de acuerdo a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural. A continuación, el Diputado Efrén Macías Lezama, presenta Iniciativa de  Acuerdo Económico para que sea designada la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales Comisión especial con el objeto de implementar y dar seguimiento al proceso de valuación para la ratificación en su caso de los Magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Resolutivo: Unico.- Se aprueba la designación de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, como Comisión Especial para que desahogue el proceso de evaluación oyendo en su defensa a los Magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, para efectos de la ratificación en su caso y para presentar al Pleno de esta XVI Legislatura dictamen que la misma Comisión Especial elabore debidamente fundado y motivado.  Asimismo, solicita la pronta y obvia resolución de esta Iniciativa de Acuerdo Económico.    Posteriormente, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas solicita un receso a la Mesa Directiva; enseguida, el Diputado Presidente procede a decretar un receso siendo las veinte horas con veinticinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las veinte horas con treinta y cinco minutos; y no existiendo oradores en contra, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea la solicitud de pronta y obvia resolución; resultando aprobada en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente declara aprobada la pronta y obvia resolución por 15 votos a favor. Acto seguido, el Diputado Presidente procede abrir el debate de la Iniciativa de Acuerdo Económico presentada por el Diputado Efrén Macías Lezama; interviniendo en contra el Diputado Jaime Jiménez Mercado y así mismo, propone que la Comisión de Justicia para que se incluya en esta Comisión especial. Enseguida, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas hace uso de la voz en los mismos términos planteados por el Diputado Jaime Jiménez Mercado y propone que se integren algunos Diputados a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Acto continuo, el Diputado Presidente procede a decretar un receso siendo las veinte horas con cuarenta minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las veinte horas con cuarenta y dos minutos, hace uso de la Tribuna el Diputado Héctor Magaña Mosqueda en su carácter de Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, para retirar la Iniciativa de Acuerdo Económico que dio lectura el Diputado Efrén Macías Lezama, en virtud de que hay interés de parte de los ciudadanos Diputados en enriquecerlo y proponer algunas modificaciones y asimismo, invita a los ciudadanos Diputados a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para analizar este tema y poderlo presentar a la brevedad posible. En otro asunto, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas hace uso de la voz, para darle un reconocimiento al Diputado Efrén Macías Lezama y todos los presentes le deseamos éxito. No habiendo  más asuntos generales a tratar y agotado lo establecido en el Orden del Día, el Diputado Presidente cita a los ciudadanos Diputados para el día martes diez de abril del dos mil uno, a las once horas en este Recinto Oficial, con el objeto de que tenga verificativo el desarrollo de la Sesión Ordinaria; asimismo, procede a declarar formalmente levantada la presente sesión siendo las veintiún  horas con diez minutos del día  cinco de abril del año en curso. La presente Acta fue aprobada en Sesión Ordinaria de la Honorable XVI Legislatura, del día diez de abril del  dos mil uno, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 37, Fracciones II y V, 41, Fracciones I y V, 86, 87, 88, 98, 101, 105 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo ante la presencia del   Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz, quien autoriza la presente acta, asistida de la Diputada Secretaria de esta Mesa Directiva,  María del Refugio Olivia Villalaz Becerra, quien con su firma da fé.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañera. Una vez aprobada el Acta se pasa al segundo punto que es correspondencia recibida; en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada uno de los Diputados integrantes de esta Legislatura, la relación de la correspondencia recibida, se solicita a los mismos, la dispensa de la lectura, compañera Diputada Secretaria sírvase votar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Los compañeros Diputados y Diputada que estén a favor manifestarse en votación económica.

- EL C. PRESIDENTE: Damos constancia del compañero Diputado Aguilar Kaiten Guillermo.

- LA C. SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor manifestarse en votación económica, nuevamente de la dispensa; 19 votos a favor, ¿en contra? ¿abstenciones?.

1.- Oficio s/n de fecha 3 de abril y recibido el mismo día, que remite el C.P. Miguel Angel González Barriga, Director General de la CESPM, mediante el cual hace una atenta invitación para el día jueves 5 de abril, al recorrido de avance de Obra del Programa de Saneamiento de Mexicali y al acto de arranque de la Introducción de Drenaje Sanitario de la Colonia Colosio que será presidida por el C. Gobernador del Estado Lic. Alejandro González Alcocer y el Presidente Municipal Víctor Hermosillo Celada, la cita será en la Explanada del Centro de Gobierno a las 9:30 horas.

- EL C. PRESIDENTE: Se agradece la invitación.

- EL C. SECRETARIO: 2.- Oficio No. 1691 de fecha 3 de abril y recibido el 4 del mismo, que remite el Profr. Juan Manuel Fregoso García, Director de Educación Pública en el Estado, mediante el cual informa que se han iniciado las actividades en torno al evento del Congreso de la Niñez Bajacaliforniana y Niño (a) Gobernador (a) por un día, que se realizará los días 28, 29 y 30 del presente mes, en el Hotel Araiza Inn Calafia, asimismo que simultáneamente a esto se seleccionará a los niños funcionarios que fungirán como Niño Diputado por un Día,  para lo cual solicita una relación actualizada con nombre completo, partido y distrito al que pertenecen los Diputados de esta H. XVI Legislatura.

- EL C. PRESIDENTE: Se atenderá por esta Presidencia.

- EL C. SECRETARIO: 3.- Copia de oficio No. 117/01 de fecha 2 de abril y recibido el 4 del mismo, que remite el Dr. Francisco Cota Gómez, Síndico Procurador del XVI Ayuntamiento de Ensenada, B. C., dirigido al Dip. Sócrates Bastida Hernández, mediante el cual le solicita se le tenga por presentado en tiempo y forma el Ordenamiento Legislativo, según Resolutivo tercero del Dictamen No. 452, relativo a las Cuentas Públicas del Comité Municipal de Turismo y  Convenciones de Ensenada, B. C., Organismo Público Descentralizado de Colaboración Municipal, ejercicio fiscal 1999, que fue recibido por esta autoridad el día 18 de febrero del presente año.

- EL C. PRESIDENTE: Nos damos por enterados.

- EL C. SECRETARIO: 4.- Oficio No. IN-cab. 1458/2001 de fecha 29 de marzo y recibido el 4 de abril, que remite el Lic. Salvador Morales Riubí, Secretario del H. XVI Ayuntamiento de Tijuana, B. C., mediante el cual envía la documentación relativa a la Cuenta Pública para el Ejercicio Fiscal del 2000 incluyendo Policía Comercia, Bancaria e Industrial y Transferencias Finales de Presupuesto para su revisión y aprobación en su caso.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 5.- Oficio No. 349-A-VI-007 de fecha 2 de abril y recibido el 5 del mismo, que remite el C. Pedro Luna Tovar, Director General Adjunto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual comunica en relación a nuestro oficio No. 271 del pasado 25 de enero, que debido a que los Municipios de este Estado son abastecidos con Gas importado por una Empresa Privada, no es posible que esa Dependencia o la Comisión Reguladora de Energía establezcan un precio de referencia fijo, ya que esa Secretaría no cuenta con atribuciones para reducir el precio de un producto que comercializa una Empresa que no pertenece al Gobierno Federal.

- EL C. PRESIDENTE: Se agradece el acuse y túrnese copia al Dip. Ricardo Zazueta Villegas, en atención al Punto de Acuerdo presentado en Sesión Ordinaria celebrada el pasado 25 de enero.

- EL C. SECRETARIO: Oficio s/n de fecha 30 de marzo y recibido el 5 de abril, que remite el Dip. Francisco Javier Salazar Saenz, Presidente de la Comisión de Industria, Comercio y Servicios del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, mediante el cual comunica en relación a nuestro oficio No. 3451 del pasado 29 de septiembre, en cuanto al punto de acuerdo relacionado a los incrementos mensuales a los Combustibles, particularmente del Gas Doméstico.

- EL C. PRESIDENTE: Se agradece el acuse y túrnese copia a la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias  en atención al Punto de Acuerdo presentado en Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 de septiembre del 2000.

- EL C. SECRETARIO: 7.- Invitación recibida el 5 de abril, que remite la Dirección de Relaciones Públicas del H. XVI Ayuntamiento de Mexicali, B. C., para asistir a la Inauguración de la Estación de Bomberos Zona Oriente, el día lunes 9 de abril a las 10:00 horas en Calzada Robledo Industrial, González Ortega de esta ciudad.

- EL C. PRESIDENTE: Se agradece la invitación, la cual será atendida en su oportunidad.

- EL C. SECRETARIO: 8.- Escrito de fecha 4 de abril y recibido el 5 del mismo, que remite el Comisariado del Ejido Tampico del Municipio de Tijuana, B. C., mediante la cual solicitan la ayuda formal de este Congreso, en cuanto a los problemas que aquejan a los Ejidatarios de dicho Ejido, con relación a las tierras que les fueron expropiadas por el Gobierno Federal hace más de 34 año, motivo por el cual solicitan erradicar por completo la corrupción representada en algunos malos Funcionarios Federales y se vayan del Estado de B. C., asimismo, solicitan audiencia pública a efecto de que se les informe el plan de trabajo respeto a su petición.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a las Comisiones de Agricultura y Desarrollo Rural y Justicia.

- EL C. SECRETARIO: 9.- Oficio No. 2383 de fecha 28 de marzo y recibido el 5 de abril, que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual envía a esta Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan le sean transferidos al Municipio de Tijuana, relativos a lo siguiente: Lote único del Fraccionamiento Centro Urbano 70-76, lote 10 Col. Parque Industrial Internacional Tijuana, lote 1 Col. Otay Universidad II, lote 1 del Fracc. Patria Nueva, lote 1 del Fracc. Centro Urbano 70-76, lote único del Fracc. Playas de Tijuana, lote del Fracc. Playas de Tijuana-Sección Coronado, lote 1 del Fracc. Villa Lomas y lote 5 del Fracc. General Rodolfo Sánchez Taboada.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 10.- Oficio No. 2384 de fecha 28 de marzo y recibido el 5 de abril, que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, B. C., relativo al Fraccionamiento Colinas del Mar Lote 16, 17, 18, 19, 12, manzana 18, 23, 24, 20, Fracc. Los Olivares Lote 15, 7, 21, Fracc. Unico Lote 6, Fracc. Villas Ciboa del Mar, lote 272, 267, Reacomodo Lomitas Lote 23, Fracc. Residencial Mediterráneo 2ª. Secc. Lote 10, Fracc. Valle Dorado Lote 7, 48 s/h, Zona Playitas, lote s/n, Fracc. Chapultepec 2ª. Secc. Lote 23 Parque Industrial Portuario el Zauzal I I, Lote 12, 13 y 14 Fracc. Revolución, Lote 13 y 14 Fracc. Manuel Márquez de León, Lote B Fracc. Nueva Ensenada y lote 121 Deleg. El Sauzal de Rodríguez.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 11.- Oficio No. 2385 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual somete a la consideración de esta H. Legislatura  para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan sean transferidos al Municipio de Ensenada, B. C., lotes 11, 21 17 , 9 del Módulo Social Ensenada IV (FOVISSSTE), lote 9, 54B, 53B, 49B, 45B, 41B, 3B, 25B, 24B, 20B, 16B, 12B y 8B del Módulo Social Ensenada II y III; lotes del 1 al 24 del Fraccionamiento Ampliación Punta Banda; lote único de la Col. Hidalgo y lote único del Desarrollo La Joyita.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 12.- Oficio No. 2386 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de Inmuebles que se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali, B. C., relativos a la Colonia Balbuena Lote 1 Manzana 12, Fraccionamiento Villas de la República Lote 19 Manzana 9,  Fraccionamiento Villa Verde Lote 2 Manzana 66, Fraccionamiento Jardines del Lago Lotes 20 y 21, y Fraccionamiento Bugambilias Lote 10 Manzana 21.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 13.- Oficio No. 2387 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan le sean transferidos al Municipio de Mexicali, B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 14.- Oficio No. 2388 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el cual somete a la consideración de esta H. Legislatura, para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, B. C., relativos al Fraccionamiento INFONAVIT Capistrano Ferreteros, Lote 1 Manzana 30, Fracc. INFONAVIT Cachanillas, Lote 6 Manzana 7, Fraccionamiento la Mesa Lote 2 Manzana 4, Fracc. Playas de Tijuana Sección Costa Hermosa Lote 1 Manzana 50, Fracc. INFONAVIT Manuel Rivera Anaya, Lote 2 Manzana 1, Fracc. INFONAVIT Cachanilla Delegación La Mesa, Acueducto, Canal de Aguas Pluviales, Fracc. INFONAVIT Patrimonio Murua, Lote 1 Manzana 2, Lote 2 Manzana 2, Lote 5 Manzana 2, Fraccionamiento Lomas Hipódromo Lote 24 Manzana 24, Lote 9 Manzana 12, Fracc. La Foresta 2da. Sección Lote 9 Manzana 20, Fracc. Kino Lote 17 y 18 Manzana 113, Fracc. INFONAVIT Presidentes Lote 10 Manzana 5, Fracc. INFONAVIT Latinos Lote 6 Manzana 16, Fracc. Centro Urbano 70-76 Lote 1 Manzana 6, Lote 2 Manzana 6, Lote 3 Manzana 6 Lote 4 Manzana 6, Fracc. Garita Otay Lote 1 Manzana 1 y Fracc. Villa Floresta Lote 14 Manzana 31.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 15.- Oficio No. 713 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación Y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura modificación a la Estructura Programática para el ejercicio fiscal 2000 aprobada a la Entidad denominada Fideicomiso Corredor Tijuana-Rosarito 2000.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 16.- Oficio No. 715 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fondo Mixto para la Promoción Nacional e Internacional Ensenada, B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 17.- Oficio No. 719 de fecha 20 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Sexta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 de la Entidad Paraestatal denominada Colegio de Educación Profesional Técnica de Baja California.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 18.- Oficio No. 717 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Consejo de Energía del Estado de B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 19.- Oficio No. 721 de fecha 20 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000, aprobada a la Entidad Paraestatal Consejo Estatal de Población.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO:  20. Oficio No. 723 de fecha 29 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2001, aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 21.- Oficio No. 725 de fecha 30 de marz0 7 recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal Fondo de Garantías Complementarias y Créditos Puente Gobierno del Estado de B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 22.- Oficio No. 727 de fecha 23 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2001, aprobada a la Entidad Paraestatal Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 23.- Oficio No. 729 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal del 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 24.- Oficio No. 732 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fideicomiso Río Tijuana Tercera Etapa.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 25.- Oficio No. 734 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETTE).

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 26.- Oficio No. 734 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Promotora del Desarrollo Urbano de Tijuana, S. A., de C. V.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 27.- Oficio No. 739 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Administradora de la Vía Corta Tijuana-Tecate.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 28.- Oficio No. 741 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Inmobiliaria del Estado de Baja California.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 29.- Oficio No. 743 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Inmobiliaria Estatal de Tijuana-Tecate.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 30.- Oficio No. 745 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal Ejercicio Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fondo Mixto para la Promoción Nacional e Internacional de Tijuana, B. C.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.

- EL C. SECRETARIO: 31.- Oficio s/n de fecha 29 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite la Lic. T.S. Edith Pérez Velázquez, Coordinadora de Desarrollo Institucional de Fundación para los Niños de las Californias, mediante el cual hace una atenta invitación a este Congreso, para que visite el nuevo Edificio del Hospital Infantil de las Californias, a fin de que puedan ver el destino de Donativo que hicieron durante el TELETON.

- EL C. PRESIDENTE: Se agradece la invitación, la cual será atendida en su oportunidad.

- EL C. SECRETARIO: 32.- Escrito de fecha 1º de abril y recibido el 6 del mismo, que remite la Lic. María Elva Robinson Guerra de Monzón, mediante el cual adjunta al presente, copia simple de la denuncia penal que presenta en contra del C. Juez Tercero de lo Civil, Lic. Alfonso Fonseca Vizcaíno, con la finalidad de manifestar tremendas irregularidades en la administración de justicia del Estado por el Juez antes mencionado, asimismo, solicita se le tenga por presentada con el presente escrito y copias que acompaña haciendo de su conocimiento la conducta irregular de dicho Juez, para los efectos de su representación y medidas que en el presente asunto procedan.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, así como al Departamento Jurídico.

- EL C. SECRETARIO: 33.- Escrito de fecha 5 de abril y recibido el mismo día, que remite el Dr. Carlos O. Maya Quevedo, Secretario General del Sindicato Unificado de Trabajadores del ISSSTECALI, mediante el cual solicita a esta Legislatura se mantenga a la expectativa y funja como un observador directo de las negociaciones que se lleven a cabo para la celebración y firma del Contrato Colectivo de trabajo entre el SUTI e ISSSTECALI.

- EL C. PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

- EL C. SECRETARIO: 34.- Copia No. 2520 de fecha 4 de abril y recibido el 6 del mismo, que remite el Lic. Raúl Molina Torres, Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado del XV Circuito, mediante el cual hace del conocimiento, que fue designado Presidente de ese Tercer Tribunal Colegiado, para el período del presente año.

- EL C. PRESIDENTE: Nos damos por enterados.

- EL C. SECRETARIO: 35.- Copia de escrito de fecha 14 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C. Jorge Luis Vargas Mendoza y demás firmantes, dirigido al Profr. Ernesto Castellanos Pérez, Secretario de Educación en Baja California, mediante el cual profesores de Educación Física pertenecientes al Sector 2, le solicitan se les otorgue la oportunidad de participar con una representación Colegiada en las Mesas de Trabajo, en el que esa Secretaría está determinando la estructura del Sistema Educativo Estatal.

- EL C. PRESIDENTE: Nos damos por enterados.

 - EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañera. Una vez aprobada la dispensa de la lectura, se pasa al tercer punto que es correspondencia despachada; en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada uno los Diputados integrantes de esta Legislatura, la relación de la correspondencia despachada, se solicita a los mismos la dispensa de la lectura; compañera Diputada Secretaria, sírvase tomar la votación correspondiente.

- LA C. SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor manifestarse en votación económica; 18 votos favor, compañeros en contra? ¿abstenciones? 18 votos a favor Diputado Presidente.

- Oficio Nº 1013 de fecha 6 de abril y despachado el mismo día, dirigido al Profr. Ulises Arce Salador, suplente del Diputado Efrén Macías Lezama, mediante el cual se le comunica que en virtud de la licencia otorgada al Diputado Efrén Macías Lezama, para separarse de su cargo, por el período del 6 de abril al 9 de julio del año en curso, se le cita para el día martes 10 de abril a las 11:00 horas en este Congreso, para la toma de protesta correspondiente.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias compañera. Una vez aprobada la dispensa de la lectura, tanto de la correspondencia recibida como la despachada, se pone a disposición de los ciudadanos Diputados y se pasa al cuarto punto de la orden del día, Informe de Comisiones para Actos Especiales; tenemos informes de actos especiales? Compañera Diputada Secretaria por favor haga una lista de compañeros que quieren hacer informes.

- LA C. SECRETARIA: Diputado David Gutiérrez Piceno.

- EL C. PRESIDENTE: David Gutiérrez Piceno, ¿alguien más, tiene algún informe especial? Y la compañera Olivia Villalaz. Compañero David Gutiérrez Piceno haga uso de la Tribuna para que exponga a la Asamblea su informe. Adelante compañero.

- EL C. DIP. GUTIERREZ PICENO: Ciudadano Diputado Gilberto Flores Muñoz, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado. Compañeras Diputadas, compañeros Diputados, Honorable Asamblea. El día 20, 21 y 22 de marzo próximo pasado el suscrito David Gutiérrez Piceno y el Diputado Efrén Macías Lezama, acudimos a la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, con la representación de esta Honorable Legislatura para participar en la Tercera Reunión Regional del Poder Legislativo e Instituciones Públicas de Protección de los Derechos Humanos, Zona Norte, convocada por las Comisiones de Derechos Humanos del Senado de la República y de la Legislatura Federal que tuvieron a bien invitarnos para abordar los temas siguientes: Derechos Humanos y Migratorios, Derechos Humanos de las Víctimas del Delito, Derechos Humanos en los Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Política Criminal, Derechos Humanos y Tratados Internacionales, Derechos Humanos y Sistema de Responsabilidad de Servidores Públicos, Instrumentos Legales en Materia de Derechos Humanos en los diferentes niveles de Gobierno, creación de instrumento de comunicación. Como puede advertirse son asuntos de capital importancia que obliga a quienes tenemos una Representación Popular, a profundizar en estos temas mediante un proceso de análisis acucioso y veraz, que refleje la realidad en esta materia para hacer propuestas desde nuestra perspectiva, y procurar construir con la aportación de todos el marco legal que vaya encaminado a resolver de manera importante la problemática que sobre esta materia venimos confrontando tanto al interior de nuestro país, como el otro lado de la frontera. Dada la importancia de la temática expresada su servidor abordó en esta reunión el tema Derechos Humanos y Migratorios, expresamos que en Baja California es uno de los Estados Fronterizos constituidos desde sus orígenes por migrantes y pioneros esencialmente provenientes en su mayoría de otros Estados de la República Mexicana, miles de migrantes que llegan a este Estado, muchos de ellos no lo hacen con la idea de quedarse en él, sino le sirve de paso pues su destino final son los Estados Unidos, atraídos por la mejoría económica que les ofrece ese país, y que no hemos sido capaces de ofrecerles en el nuestro ingresos que les permita acceder a mejores niveles de vida, sin meditar los riesgos que implica desde su lugar de origen hasta su destino, donde se suman los malos tratos, las humillaciones, la vejaciones y el peligro inminente de perder la vida, miles de connacionales de ven de manera constante sujetos a estos riesgos con tal de lograr su objetivo, en un informe presentado por el Centro de Apoyo al Migrante, con sede en Tijuana a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas, se desprende lo siguiente; que los migrantes exponen a diversas situaciones como son a ser capturados por Agentes del Servicio de Emigración y Naturalización, respecto del cual se tienen documentados y tratos inhumanos y degradantes, amenazas con armas de fuego durante la aprehensión, sin que exista o medie riesgo para los agentes de la Patrulla Fronteriza, no son pocos los casos de emigrantes que murieron cuando se resistieron a la aprehensión, o cuando eran traslados al centro de detención, la práctica común de las autoridades migratorias de los Estados Unidos es la separación de familias durante la aprehensión, se sabe de múltiples casos de personas que son detenidas en una frontera como Mexicali y deportados por otra muy lejana como Piedras Negras y viceversa, es también algo cotidiana la repatriación de menores y entregarlos a la autoridad consular mexicana, lo cual los coloca en una situación de alta vulnerabilidad, pues hablándose así acuerdos bilaterales suscritos por México y los Estados Unidos, son comunes también los golpes, insultos raciales en contra de los indocumentados, principalmente cuando intentan escapar de los agentes de la Patrulla Fronteriza, durante su aprehensión; ocurre en múltiples casos de retención o destrucción de documentos oficiales de identificación personal de ciudadanos mexicanos indocumentados aprehendidos en los Estados Unidos y repatriados a México, también es muy grave la situación de los presos mexicanos que purgan condenas en los Estados Unidos y que al ser repatriados se quejan invariablemente de constantes abusos a sus derechos cometidos en su contra por los custodios en las prisiones de ese país; de acuerdo al citado informe el punto más grave y sensible ampliamente documentado y difundido se refiere la violación al derecho a la vida de los trabajadores migratorios y sus familiares, como consecuencia de los operativos instrumentados en la Frontera Sur de los Estados Unidos que empujan los flujos migratorios hacia zonas de alto riesgo y colocan a los migrantes en peligro de muerte, se cuentan por cientos los muertos al tratar de cruzar las inhóspitas montañas, los desiertos y los ríos al norte de nuestro país; tratar de resolver la problemática de los migrantes, nos obliga a ser honestos y reconocer que no sólo en los Estados Unidos se violan los derechos humanos de los migrantes, el informe del Centro de Atención al Migrante, señala que en México es común el abuso de autoridad en contra de los trabajadores migratorios, principalmente indígenas y centroamericanos por parte de los policías municipales en las ciudades fronterizas mexicanas durante las aprehensiones de migrantes en la vía pública, y en el trayecto desde su lugar de origen en la frontera sur o la frontera norte de México, principalmente en los puntos de revisión de la carretera Precos  instalados por la autoridad federal mexicana, se dan casos de codos excesivos de multas a los trabajadores migratorios que son detenidos en la vía pública, propinándoseles golpes, insultos durante la aprehensión, traslado y detención a las estancias de infractores por parte de custodios y policías municipales; ocurre así mismo cita el informe, la violación de derechos laborales de trabajadores migrantes eventuales por parte de empresarios locales y particulares, aprovechando la condición de vulnerabilidad de los trabajadores migratorios, en años recientes se ha dado el caso de empleadores que contratan trabajadores indígenas desde los Estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca para trabajar en Tijuana, en condiciones de extrema explotación en empresas maquiladoras de exportación; en este rubro no existe la mínima supervisión de las condiciones contractuales por parte de las autoridades locales encargadas de vigilar los derechos laborales, la agresión hacia nuestros migrantes no es nueva, ahí están los antecedentes en la operación guardián, la propuesta de la Ley 187, la construcción de nuevos y más altos muros fronterizos, la contratación de más integrantes para la Patrulla Fronteriza, ahí están las posturas senofóbicas y racistas de quienes ven en los ilegales una carga, pero no observan que los ilegales constituyen el sector más productivo de la producción trabajadora y que todo inmigrante legal se convierte de inmediato en un consumidor apenas cruza la frontera; no toman en cuenta por ejemplo de que tan sólo en el Estado de California, se han calculado que generan el 15% del producto interno bruto y son una fuente muy importante de generación de recursos por medio del pago de impuestos indirectos como el impuesto al valor agregado, además los indocumentados también provoca un efecto dinamizador de la economía, a ser consumidores de servicios telefónicos, transportes, servicios legales y que además considerando los bajos salarios que perciben comparados con los otros trabajadores generan altas tasas de plusvalías a sus empleadores y contribuyen aumentar, a mantener bajos los costos de producción en beneficio también del mercado interno de los Estados Unidos, por lo que se refiere a las autoridades mexicanas, éstas poco hace a favor de los trabajadores migratorios, en la XVII Conferencia de Gobernadores Fronterizos en México y los Estados Unidos celebrada en septiembre de 1999 en Tijuana, son el 5.8% de los participantes consideró el tema migratorio como prioritario, cabe mencionar que no fue invitado ningún representante de la ONG de ambos lados de la frontera, eso nos da una idea de la poca importancia que de manera institucional le otorgamos al tema. Lo anteriormente mencionado, no da una sola idea de la problemática de los migrantes, la realidad es más cruel con ellos, muchos se ven obligados a delinquir, o las mujeres a prostituirse, los niños a mendigar, a robar o a convertirse en vendedores de chicles, traga fuegos o limpia parabrisas, y el sueño que tuvieron de cruzar la frontera a muchos les costó la vida o la esperanza. Por otra parte, no obstante que la organización de las Naciones Unidas en su resolución 45 mil 158 de 1990 aprobó la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, y la Organización de los Estados Americanos a su vez aprobó en junio del año 2000, la resolución 1717 sobre los derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias, poco ha cambiado la situación de los migrantes en nuestro país, atender el problema de los migrantes es un asunto de Estado al que no se la ha dado la debida atención por parte de las autoridades, sobre todo porque lo que está en juego es la vida de miles de compatriotas que día con día tratan de cruzar la frontera en la búsqueda de nuevos horizontes; este asunto indudablemente debe ser parte obligada de cualquier reunión de carácter binacional, que se realice entre ambos países, es muy difícil contener los flujos migratorios pero no lo es tanto el empezar adoptar medidas orientadas a proteger la vida de nuestros connacionales, nosotros como Representantes Populares debemos ser los primeros en proponer las medidas que sean necesarias, para que las autoridades muestren una mayor firmeza en la defensa de los migrantes mexicanos; así como una mayor coordinación y eficacia, no es suficiente el que nuestro país sólo presente protestas diplomáticas, hacen falta acciones de fondo que hay que atender y encabezar y con ello manifestar a toda esta gente que sus causas y sus banderas son las nuestras, las de sus Representantes Populares, es necesario el construir entre todos nuevas estrategias que considerando los distintos ángulos del problema plantean alternativas viables de aplicarse para defender la vida y los derechos humanos de los migrantes mexicanos, este es un reto que trascender a esta reunión expresamos en esta ciudad de Chihuahua y por ello y con base en un punto de acuerdo que propusimos en el Congreso del Estado de Baja California a mediados del año pasado ponemos a su atenta consideración, que se lleven a cabo las siguientes acciones que sirvan de base para la defensa de los derechos humanos de los migrantes mexicanos. Primero.- Se organice un evento al cual se convoque a Legisladores Federales de las Entidades de la Frontera Norte y a los de los Congresos de los Estados Fronterizos con los Estados Unidos con el fin de analizar la problemática migratoria que acordaba una estrategia común para atenderla en el cual participen también las organizaciones de defensa de los derechos humanos y de los migrantes de estas Entidades Federativas, así como Representantes de las Autoridades Estatales y Federales correspondientes. Segundo.- Que los acuerdos, conclusiones y recomendaciones del citado evento se hagan llegar a la Cámara de Diputados y las Autoridades Federales, Estatales que a las que haya lugar con el fin de que cuenten con elementos para la adecuación de las normas legales y acciones a emprenderse a corto plazo, para dar solución puntual a la problemática, lo que argumentamos en esta reunión el 21 de marzo pasado en Chihuahua, dijimos, qué bueno que el Senado de la República y los Legisladores Federales se esté dando puntual cumplimiento a un punto de acuerdo que se generó en la XVI Legislatura en Baja California, porque está fue el sustento o el planteamiento el Congreso de Baja California, para lo cual se formuló esa reunión llevar a cabo en la ciudad de Chihuahua el día 21 y 22 de marzo próximo pasado, y que el día 26 de abril próximo se da cumplimiento a la cuarta etapa regional en la ciudad de Puebla para resumir toda esta materia y tener conclusiones a nivel nacional en la ciudad de Puebla. Tercero.- Que como Legisladores habremos de constituirnos en defensores de los derechos humanos de los mexicanos, no solamente de los migrantes, sino de cualquier ciudadano, estas deben ser compromisos que como Representantes Populares debemos asumir de plenitud y de cara a la Nación, muchas gracias. Compañeras y compañeros Diputados, lo que acabo de informar fue esencialmente una síntesis del tema que me permití tratar a nombre de esta Legislatura en el seno de esta reunión regional, nacional en comento y por lo extenso y profundo del tema sólo trato brevemente con el propósito de dejar constancia de nuestro interés por continuar aportando nuestros puntos de vista para coadyuvar en la solución de estos problemas que representan un estigma para nuestra dignidad como mexicanos, muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, compañero David Gutiérrez Piceno, muchas gracias por su excelente informe que ha presentado a esta Asamblea, le solicitamos a la compañera Diputada Olivia Villalaz haga uso de la Tribuna para que también proceda a informarnos; y le solicitamos al compañero Magaña que ocupe la Secretaría de esta Mesa Directiva.

- LA C. DIP. VILLALAZ BECERRA: Diputado Gilberto Flores Muñoz Presidente de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, Distinguida compañera Raquel Casillas, queridos y estimados compañeros Diputados. El pasado miércoles 4 de abril del presente año se llevó a cabo en la ciudad de México el Foro de las Mujeres ante la Ley de Derechos y Cultura Indígena, a dicho Foro acudí con la honrosa representación de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, en dicho Foro estuvieron como ponentes invitadas la Titular de la Oficina para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Xochilt Galés Ruiz, la Senadora María Luisa Calderón Hinojosa, la Licenciada Especialista Magdalena López Rivera, la Senadora Aidi Cecilia Joaquín Colwen, la Senadora Leticia Burgos Ochoa, el Senador Rafael Morgan Alvarez y la Licenciada Especialista Barbara Zamora. Asimismo, en este magno evento participamos un grupo plural que comprendía Senadoras, Diputadas Federales y Diputadas Locales, Representantes de Organizaciones No Gubernamentales y Mujeres de los diversos movimientos indígenas a favor de la mujer, además de que contamos con la presencia de organizaciones diversas, como el Colegio Estudiantil de la Universidad Autónoma de México, el SIMAC, el Centro de Ayuda Nacional a las mujeres maltratadas, la Red de Promotoras Rurales y la Asociación de Mujeres Profesionistas y de Negocios, además de las mujeres que están integradas del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y del Seguro Social. Quiero informarles que el propósito del Foro fue recoger las propuestas de las Legisladoras y los Legisladores, así como de todos los sectores de la sociedad, que contribuyen a edificar y enriquecer las propuestas de los derechos de las mujeres y la Ley de los Pueblos Indígenas, que han generado los institutos de la mujer en los 19 Estados de la República Mexicana, la propuesta fue en el sentido de que se deben de aprovechar las leyes de los derechos y culturas indígenas, dejando los usos y costumbres todo aquello que los beneficia y removiendo de forma absoluta lo que lastima, las mujeres de estas comunidades aisladas padecen abusos como lo es el matrimonio sin el mutuo acuerdo, como lo ha sido la venta de mujeres, su segregación y su degradación social, la negativa al respecto sobre su cuerpo, su falta de educación social, la negativa acceso equitativo a la salud, el derecho de tener una sexualidad informada, el respeto a la autonomía de su reproducción y la negativa de su participación, con voz y voto en las asambleas de cualquier nivel sea local, estatal o incluso de carácter nacional; así también les informo que se mencionó la intervención de la
Comandante Esther del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, y extrayendo lo fundamental de sus palabras expuestas durante el mes pasado ante la Tribuna del Congreso de la Unión, quien expuso y solicitó que se defina las propuestas de equidad a favor de las mujeres dentro y fuera de sus comunidades indígenas, solicitó que se cumpla con prioridad el Artículo Cuarto, que las mujeres indígenas ya no deben de ocupar lugares secundarios y para ellos se necesita terminar con la desigualdad que padecen, los hombres están en deuda con sus mujeres indígenas y es por ello que se deben revisar los códigos sociales, la mujer debe dejar de ser pobre entre las pobres, sitó la Comandante Esther al decir que desde el Gobierno se faltó a la palabra y por ello se traicionó a la palabra, quiero mencionar también la participación de la Senadora Luisa María Calderón Hinojosa, la cual planteó que deben existir acciones afirmativas a favor de las mujeres indígenas y debe terminarse de forma absoluta con la discriminación porque la verdad como lo expresó la Senadora Luisa Calderón Hinojosa, es que no existe una igualdad entre los géneros, es mi labor hacer de su conocimiento que durante mi participación en ese evento solicité la conformación de una comisión bicamaral del Congreso de la Unión integrada por Legisladores y Legisladoras en materia de los derechos indígenas, la cual debe de acudir al Estado de Baja California, para que las propuestas y los planteamientos sobre nuestras comunidades, sean escuchadas por las Etnias, Cucapah, Kiliwas, Pai Pai, Kiniai, Cochimies y los compañeros indígenas del Valle de San Quintín, se han escuchado de forma extensa, integral ya que los beneficios a estas Etnias no deben de quedarse en el Sur de México, no deben de ser exclusivas de un Estado o de una Región, ya que deben de ser llevadas, manifestadas y atendidas a nivel nacional, así también pedí que Baja California sea la Sede del Primer Congreso Nacional de Instituto de la Mujer... al Congreso de la Cámara de Diputados y de Senadores presentada por el Presidente de México Vicente Fox Quezada. Por último y ante lo escuchado en el Foro quiero hacer patente y pública mi propuesta, debe de existir urgentemente una reconciliación nacional de los mexicanos y las mexicanas, debe de existir una lucha que aunque sea ardua nos arrojen resultados en bien de la comunidad mexicana, debe de existir una lucha certera y congruente como la que es encabezado desde el 12 de noviembre de 1998, cuando presenté ante este Pleno del Congreso del Estado de Baja California, la Iniciativa de Ley para crear el Instituto de la Mujer de Baja California, que todavía está entrampado y creo que ha sido un retroceso. Concluyendo, creo haber informado cabalmente lo escuchado en el Foro y las propuestas hechas por una mujer en la que encuentran su segura servidora, es cuanto Diputado Presidente de este Congreso, Mesa Directiva, compañera Legisladora, compañeros Diputados y estoy atenta para la siguiente comisión que me asigne en representar el Congreso del Estado de Baja California.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien compañera Diputada Olivia Villalaz muchas gracias por su informe de mucha significación ahora que estamos tratando de conformar nuestro Instituto de la Mujer en Baja California, y aquí también tenemos mujeres indígenas autóctonas emigrantes. Bien, pasamos al quinto punto del orden del día, se refiere a la Toma de Protesta del Profesor Ulises Arce Salvador como Diputado de la XVI Legislatura del Estado, por el período del 6 de abril al 9 de julio del 2001. Ciudadano Profesor Ulises Arce Salvador, lo invitamos a que pase aquí al frente. A todos los Diputados y los ciudadanos se pongan de pie. Para dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, he solicitado al Profesor Ulises Arce Salvador pasar al frente de esta Tribuna para la Toma de Protesta de rigor correspondiente. “PROTESTAIS GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE AMBAS EMANAN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE DIPUTADO DE LA XVI LEGISLATURA DEL ESTADO, POR EL PERIODO DEL 6 DE ABRIL AL 9 DE JULIO DEL 2001, QUE EL PUEBLO OS HA CONFERIDO MIRANDO EN TODO EL BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION Y DEL ESTADO, (Si protesto). SI ASI NO LO HICIEREIS, QUE EL PUEBLO OS LO DEMANDE”. Muchas gracias compañero bienvenido, lo invitamos a que ocupe su curul y se integre a los trabajos. Bien, muchas gracias compañeros, tomemos asiento y continuemos con los trabajos.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Solicito un receso de cinco minutos.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante, aceptado compañero. (Receso 14:10 horas). (Se continúa sesión 14:20 horas). Ha concluido el receso y pasaríamos, sí, hacemos constar la presencia del compañero Diputado Ruvalcaba Flores bienvenido. Se pasa al sexto punto del orden del día, Informes o Dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanente, se pregunta a los Presidentes de las Comisiones Permanentes sí tienen algún Dictamen que rendir; compañero Sócrates Bastida y el compañero Héctor Magaña. Haga uso de la Tribuna compañero Magaña.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Con su permiso señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Mesa Directiva, compañera Diputada, compañeros Diputados. la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, presenta los siguientes Dictámenes, Dictamen número 162: reformas y adiciones al Artículo 285 de la Ley de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California, va a ser leído por su servidor;  el Dictamen número 152: Iniciativa de reformas que derogan el capítulo cuarto, título 38 y 39 fracción I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, y IX, el artículo 22 primero y tercero y cuarto párrafo y adición de un quinto párrafo, reformas al artículo 23, 24, 25, 27, fracción XIV y XXXII, 45, y 46 quinto párrafo, 109 primero y tercer párrafo y adiciona el artículo 27 con la fracción XXXIV, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, va a dar lectura el Diputado Martín Domínguez Rocha; el Dictamen número 157, donde se propone reformar los artículos 2191, 2194 y 2878 del Código Civil para el Estado de Baja California, va a dar lectura el Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante; el Dictamen número 151, Iniciativa del Instituto de la Juventud, va dar lectura el Diputado Martín Domínguez Rocha, y el Dictamen número 141, que reforma los artículos 88 de la Constitución Política del Estado de Baja California, así como la Ley de Bienes Generales del Estado de Baja California, el Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante, señor Presidente en virtud que estos documentos ya fueron entregados con tiempo, estos documentos lo único que voy a solicitar es la dispensa de la lectura total para que sé lectura nada más a los proemios, considerandos y resolutivos señor Presidente. Quiero hacerles otra petición, voy a cambiar la petición señor Presidente, en virtud de que estos dictámenes ya fueron dados lectura en la Sesión pasada, voy a solicitar que no se le dé lectura al proemio y al resolutivo, pero también quiero agregar algo de estos dictámenes, que la semana pasada se regresaron y se quedó que los Diputados iban a ir a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, bueno a proponer y a ver cómo podríamos enriquecer más estos dictámenes, pero no fue posible porque no asistieron los Diputados, se les mandó un documento, una invitación a cada uno de ellos, para que estuvieron hoy a las once de la mañana, por tal motivo nuevamente esta comisión los vuelve a bajar en virtud de que no se presentaron en la comisión, y vamos a darles lectura a estos dictámenes, la Comisión los presenta al Pleno para su votación.

- EL C. PRESIDENTE: Quiere hacer alguna pregunta.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Quiero interpelar al orador.

- EL C. PRESIDENTE: Acepta la interpelación compañero Diputado.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: En realidad se envió esa invitación, pero hoy se certificó que no se había reunido el quórum de los integrantes de la comisión y que por tanto no habría el trabajo, yo creo que eso impidió que las personas que tenemos un interés en participar hubiéramos podido trabajar, nunca estuvieron aquí los integrantes de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales suficientes, a la hora que usted convocó según tengo entendido para ese propósito, ¿es así?

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Estuvieron presentes los Diputados en virtud de que se tenía al Pleno, a las once de la mañana citamos, estuvieron los Diputados presentes, lo único que estabamos diciendo los de la comisión, es que estuvieran aquellos Diputados que no son integrantes con el propósito de que lo analizaran, en virtud de que ya los Diputados de la comisión ya lo discutieron, ya lo analizaron y nomás estamos esperando que ustedes estuvieran presentes; ahí estuvimos con la Secretaría Técnica, estuvo el Departamento Jurídico, hicimos el contacto con los Diputados integrantes y levantamos una acta de sesión.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). La pregunta concreta, se levantó un acta de sesión, no se trabajaría, porque no estaba integrado el quórum.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Bueno, sería en la postura que usted lo quiera comentar, lo que nos interesaba a los integrantes de la Comisión es que asistieran los que no son miembros de la comisión.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, desea interpelarlo? Acepta la interpelación compañero?

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Sí, es que yo recuerdo que en la pasada reunión que tuvimos aquí, se comentó que no había fecha exacta para reunirse a debatir estos temas, que se dejaba abierto, sin embargo la sorpresa es que hoy está agendada reunión de Comisión de Legislación a las once de la mañana sin haber todavía el consenso previo a la C.R.I.P.P., los mismos Diputados por lo tanto creo que se dejó abierto el tiempo para que analizara con más detenimiento esos puntos a bajar.

- EL C. PRESIDENTE: Bueno, entonces compañero Magaña pues tiene las observaciones de sus compañeros Jiménez Mercado y Héctor Esparza; compañero desea interpelarlo.

- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: (Desde su curul). Este mismo contenido y la misma información que me hizo llegar a mi que no había quórum, por lo cual ya no se acompletaba el quórum de la Comisión, en la misma circunstancia del compañero.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero Presidente de la Comisión de Legislación.

- LA C. DIP. VILLALAZ BECERRA: Pido un receso Diputado Presidente, pido un receso Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Aceptado. (Receso 14:29 horas). (Se reanuda la sesión 14:33 horas). Reiniciamos los trabajos, tengo entendido que ya se pusieron de acuerdo, compañero Magaña, porque nos hace el favor de informar finalmente como queda la agenda de la Comisión de Legislación.

- LA C. SECRETARIA: Favor de pasar a sus curules va a iniciar la sesión, esto a indicación del Presidente del Congreso del Estado por instrucciones.

- EL C. PRESIDENTE: Pase lista de asistencia.

- LA C. SECRETARIA: Con mucho gusto Diputado Presidente. Muy bien, Diputado Presidente atendiendo a su solicitud pasamos lista de asistencia: Aguilar Kaiten Guillermo, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Domínguez Rocha Martín, Esparza Herrera Héctor, Fernández Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz Gilberto, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro, Ruvalcaba Flores David, Villalaz Becerra María del Refugio Olivia, Arce Salvador Ulises, y Cano Jiménez Antonio Ricardo. Existe quórum Diputado Presidente.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Dígame.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Para solicitarle muy respetuosamente a la Secretaría que incluya al Profesor Ulises Arce Salvador en la lista, que es muy importante su presencia.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Para hacer constar mi presencia sí es tan amable.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien compañero Diputado Cano y damos constancia de la presencia del compañero Diputado Ulises Arce Salvador en lugar del compañero Efrén Macías Lezama. Compañero pase hacer uso de la Tribuna y cuáles son los dictámenes que vamos a tratar.

- EL C. DIP. MAÑANA MOSQUEDA: En virtud de que ya hay un acuerdo, acordado, otro acuerdo acordado. Se le va a dar lectura, se van a presentar al Pleno el Dictamen nada más 162, 152 y el 141 señor Presidente, los demás van a estar retirados y solicito nomás que se lea proemios y resolutivos.

- EL C. PRESIDENTE: Muy, entonces me permite la lista para tenerla aquí, a mi me pone quienes son los que van a leerlo. Bien, entonces el Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales nos ha solicitado a esta Asamblea que someta a consideración, que solamente se lean los proemios y resolutivos de los dictámenes en cuestión, dado que ya fueron leídos de manera amplia en la anterior Asamblea; entonces compañera Secretaria por favor tome el sentido del voto de cada uno de los Diputado por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Los compañeros Diputados por instrucciones de la Presidencia emitir el sentido de su voto por vía nominal, iniciando por la derecha, que nada más se lean los proemios y resolutivos.

- Guillermo Aguilar kaiten, a favor.

- Antonio Cano, a favor.

- Fernández Bustamante, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- Sergio Avitia, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Jaime Jiménez Mercado, a favor.

- Ulises Arce Salvador, me abstengo.

- Ruvalcaba, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina Rodríguez Juan Manuel, a favor.

- Aguilar Kaiten Guillermo, a favor.

- Bahena Flores Alejandro, a favor.

- Delfín Castro Miguel, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún Diputado falta por votar; algún Diputado falta por votar;

- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.

- Magaña Mosqueda Héctor, a favor.

- Villalaz Becerra María del Refugio Olivia, a favor.

- Arango Pérez José Félix, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente tenemos 19 votos a favor, cero en contra y una abstención.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Con permiso señor Presidente, una aclaración más, hay otra petición de otro Diputado que pide analizar más el Dictamen número 162, aceptamos su petición, esta Presidencia retira el número 162.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, vamos a solicitarle al compañero Diputado Salvador Ulises que sustente su abstención.

- EL C. DIP. ARCE SALVADOR: Muy buenas tardes señor Presidente Flores Muñoz, me abstengo porque desconozco los Dictámenes.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien compañero. Bien, entonces se aprobó la solicitud del Presidente de la Comisión de Legislación por cuántos votos.

- LA C. SECRETARIA: 19 votos a favor Diputado Presidente, cero en contra y una abstención.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien. Entonces iniciamos los trabajos de la Comisión de Legislación y vamos a solicitarle al compañero Diputado Martín Domínguez, que pase a exponernos el Dictamen número 152.

- EL C. DIP. DOMINGUEZ ROCHA: Con su permiso Diputado Presidente, voy a dar lectura al Dictamen número 152 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, relativo a la desaparición de los períodos de receso en el Congreso del Estado, para efectos de que este Poder funcione de manera ininterrumpida. Honorable Asamblea. La suscrita Comisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 44 fracción II, 48 fracción I, 49 fracción II, 64, 67, 114, 116 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, recibió para su estudio, análisis y dictaminación, la “Iniciativa de reformas que deroga el capítulo IV, artículos 38 y 39 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y la Fracción VII del Artículo 49; que reforma los artículos 22 primero, tercero y cuarto párrafo; 23; 24; 25; 27 fracción XIV y XXXIII; 45; 46 sexto párrafo; 109 primero y tercer párrafo y que adiciona el artículo 27 con una fracción  XXXIV, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California”; presentada por el C. Diputado Martín Domínguez Rocha, en los siguientes términos: ANTECEDENTES: I. Con fecha 15 de junio del 2000, el C. Diputado Martín Domínguez Rocha integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 27, fracción I y 28 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, presentó ante esta H. XVI Legislatura Constitucional, la iniciativa antes mencionada. II. Recibida qué fue la iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva; conforme a la facultad conferida por el inciso e) de la fracción II del artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Baja California, la turnó a esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. III. Una vez recibido el proyecto en comento, analizado qué fue en todos y cada uno de sus términos, en cumplimiento por lo previsto en el artículo 128 de la Ley Orgánica de este Poder, se somete a la consideración de esta H. Asamblea el presente Dictamen, bajo el siguiente: ANALISIS Y ESTUDIO: Del estudio integral de la iniciativa de reformas presentada ante esta Soberanía, se observa lo siguiente:

1. DE LA MOTIVACION DEL AUTOR DE LA INICIATIVA.

De un análisis a las instituciones que conforman el Poder Legislativo se desprende que la Comisión Permanente, no sólo resulta inútil, sino que además obstaculiza la continuidad de los asuntos que son competencia del Congreso, dado que sus atribuciones corresponden a la función legislativa y primordial de este Poder y, en consecuencia, se acude frecuentemente a la convocatoria de períodos extraordinarios para cumplir con sus fines y competencias. La Comisión Permanente, ha nacido en nuestra Constitución a imagen y semejanza de la que se instituye en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como ésta la adoptó de la Legislación Española, que se remonta al siglo XIII de la cual autores de renombre como el maestro Felipe Tena Ramírez, Emilio Rabasa, Jorge Sayeg Helú, Ignacio Burgoa Orihuela, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la U.N.A.M. y el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, niegan utilidad alguna a la Comisión Permanente, bajo el argumento coincidente de que su existencia obedece sólo a la forzocidad de promulgar las funciones de los Congresos ante la actividad constante de los Poderes Ejecutivo y Judicial, por su necesaria interactuación, no obstante que dicha Comisión no responde a una función de naturaleza legislativa y tampoco su composición se ajusta a nuestro régimen representativo, de ahí que si bien es cierto, se requiere darle continuidad y permanencia a las funciones del Congreso del Estado, en ésta Iniciativa se propone la derogación de la Comisión Permanente, por tanto de los períodos de Sesiones y la consistencia calendarizada de sesiones que no derive de la interrupción de sus trabajos y atribuciones constitucionales, es decir un Congreso que atienda permanentemente las necesidades legislativas, sociales y políticas de la entidad. 2. ANALISIS DE LA INICIATIVA EN LO GENERAL.

1. De la derogación del Capítulo IV, artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

El autor de la iniciativa propone derogar el Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” y por consiguiente los artículos 38 y 39 que lo integran, con la finalidad de suprimir de la legislación del Estado, la figura de la Comisión Permanente. Ante ésta propuesta, para iniciar el presente análisis legislativo, es oportuno precisar que el ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una asamblea de representantes del pueblo denominada Congreso del Estado, integrada por Diputados que se eligen cada tres años, mediante el sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible, mismos que ejercen sus funciones en legislaturas y en Períodos Ordinarios de Sesiones, uno del 1ro. de Octubre al 31 de Enero y el otro del 1ro. de Abril al 30 de Junio.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en su Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” establece en su artículo 38 que “La víspera del día en que deban terminar las sesiones ordinarias, el Congreso nombrará para el tiempo de su receso, una Comisión Permanente compuesta de diez Diputados en ejercicio, de los cuales siete funcionarán como propietarios y tres quedarán como suplentes o supernumerarios”. Posteriormente, el artículo 39 consagra sus atribuciones, advirtiéndose de las mismas que a éste organismo no se otorga la atribución de legislar, función primordial y esencial del Poder Legislativo.  Basados en los citados preceptos, es evidente que cada año, el Congreso del Estado permanece cinco meses en receso, comprendidos de Febrero a Marzo y de Julio a Septiembre, lapsos en los cuales el Poder Legislativo no ejerce funciones de carácter legislativo, toda vez que como se precisó, esa atribución no es propia de la Comisión Permanente, por lo que ante esta situación, es necesario analizar si realmente la existencia de ese organismo resulta útil para el Poder Legislativo. La Comisión Permanente, según algunos estudiosos, justifica su existencia en la clásica división del poder público en ejecutivo, legislativo y judicial, en razón del equilibrio que entre ellos debe existir, reconociéndose actividades por igual dentro de la esfera de atribuciones que a cada uno corresponde.  En ese sentido, se ha considerado que la Comisión Permanente es una respuesta a la necesidad de prolongar igualmente las labores de los tres poderes en el tiempo, en virtud de la duración limitada que tienen los períodos de sesiones en el Congreso, frente a la ilimitada actuación en el tiempo del ejecutivo y judicial, en consecuencia, se requiere que el legislativo prolongue su actuación, con la finalidad de que exista correspondencia entre esos tres poderes. El maestro Jorge Sayeg Helú considera que la Comisión Permanente es el órgano del Poder Legislativo encargado de continuar las funciones de éste al lado de los Poderes Ejecutivo y Judicial, durante los recesos del Congreso, funciones que son un tanto diferentes de las que se atribuyen a éste, desprendiéndose así que no se trata de un órgano substituto porque si así fuera, tendría encomendadas las mismas funciones. La Comisión Permanente es un organismo legislativo también, competente del anterior porque, general y esencialmente tiene encomendada no la formación de las leyes, sino a la preparación de los asuntos que el Congreso debe tratar en los periodos ordinarios de sesiones, o bien convocar a periodos extraordinarios y en los casos extremos de necesidad, el conocimiento de asuntos de urgente resolución. Legislar, en todos los ramos de la Administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar las leyes y decretos que expidieren representa una respuesta a las necesidades jurídicas, políticas, sociales o económicas de toda sociedad contemporánea, lo que permite pensar en la optimización de la función, a través de la ininterrupción de la actividad legislativa y fiscalizadora. Es indudable que hoy en día, las necesidades de la sociedad se han incrementado importantemente, o bien, dicho de otra forma, las sociedades actuales no muestran tregua en su dinámica y ello obliga a la imperiosa forzocidad de la prolongación de la actividad del legislador.  Las facultades de la Comisión Permanente, básicamente están encaminadas a sustituir al Congreso del Estado durante los períodos de receso; pero, como anteriormente se asentó, ninguna de sus atribuciones son de naturaleza legislativa; por el contrario, ostentan un carácter burocrático, desprendiéndose así que la única facultad autónoma que tiene la Comisión Permanente es la relativa a convocar a períodos extraordinarios. Además, considerando la naturaleza y los límites de las facultades de la Comisión Permanente, no puede considerarse como un órgano que desempeñe un exacto control sobre la actividad del Ejecutivo, limitando su importancia a no retardar el despacho de asuntos burocráticos hasta el siguiente período ordinario de sesiones del Congreso. Este es uno de los motivos por los que gran parte de la doctrina mexicana ha insistido en que la Comisión Permanente debe desaparecer de nuestro sistema. Al respecto, el maestro Ignacio Burgoa Orihuela en su obra “Derecho Constitucional Mexicano” señala que “Ha sido práctica político-constitucional generalizada la implantación de un organismo que, bajo distintas denominaciones, funciona durante los recesos de los órganos legislativos, no para sustituirlos en sus atribuciones, sino para preparar los negocios públicos que éstos deben tratar durante los periodos ordinarios de sesiones, para convocarlos a sesiones extraordinarias y para conocer de determinados asuntos urgentes que, dada su premura, no pueden esperar a su reunión. El Congreso, aunque no esté reunido, queda a salvo de una posible intromisión del Ejecutivo en los negocios cuyo tratamiento incide dentro de su órbita competencial”. Como complemento, es conveniente citar que el Congreso del Estado realiza sus funciones en sesiones, períodos y legislaturas. La reunión de los integrantes del Congreso del Estado se denomina “sesión del pleno o asamblea”; el “período” es la serie continuada de sesiones distinguiéndose en ordinario, extraordinario o de receso. El ejercicio de las funciones de los Diputados durante tres años constituye una “Legislatura”; en ese sentido, considerando las atribuciones de la Comisión Permanente, podemos afirmar que mientras exista ésta figura, ninguna Legislatura podrá realizar en forma continua la función legislativa que la Constitución le encomienda. Diversos autores, han manifestado sus razones para considerar que la Comisión Permanente resulta inútil y por consiguiente, debe desaparecer de la legislación mexicana, entre esas consideraciones a continuación se citan los siguientes argumentos: El maestro Carlos Garza García en su obra denominada “Derecho Constitucional Mexicano”, señala: “En nuestro criterio, no existen razones para la existencia de la Comisión Permanente, pues el Colegio bien pudiera funcionar permanentemente, pero sólo sesionar cuando fuera necesario. Además, del análisis de las atribuciones de la Comisión Permanente es fácil concluir que es un órgano inútil, que sólo suple la ausencia de actividades del Congreso en asuntos simplemente políticos. Por otra parte, es indudable que no hay razones lógicas para pensar en que el Congreso deba tener recesos en sus actividades, pues no requiere de sesiones permanentes, pero es incontrovertible que su labor, por su naturaleza, no debiera detenerse formalmente en ningún momento del año (menos en una época en que los medios de comunicación y transportación permiten el flujo de información y de personas, en tiempos muy reducidos). Con respecto a la opinión de algunos autores en el sentido de que la labor continua del Legislativo acarrea “el desastre político y legislativo”, tenemos que decir, que no encontramos otra razón para tal aseveración, que la costumbre de repetirla”. Jorge Sayeg Helú, en su obra “El Poder Legislativo Mexicano” argumenta que “La comisión permanente no es, sino un “organismo apéndice del legislativo”, como lo señala Burgoa, y ha sido por ello mismo, precisamente: porque no quiere responder sino a un “concepto exagerado de la predominancia legislativa..., conforme a la cual el poder ejecutivo debe estar siempre bajo el control de la representación popular”, que ha pretendido demostrarse su inutilidad. Pocos son los países que, como el nuestro, han adoptado a dicha institución dentro de sus prácticas legislativas. La mayoría la han rechazado de plano, dada esa pretendida inutilidad que más se evidencia –explica Tena- a medida que se comprueba que las funciones de la permanente no vienen sino a reemplazar a las del propio Congreso, y que su composición de ninguna manera se ajusta a nuestro régimen representativo”. En suma de lo antes expuesto, es conveniente precisar que hoy en día, las necesidades jurídicas, políticas, sociales o económicas de la sociedad no pueden esperar una respuesta durante los periodos de receso del Congreso del Estado. Los Diputados integrantes de una legislatura constitucional y representantes del pueblo, a través de la facultad de legislar pueden y deben responder a esas necesidades. No existen razones lógicas para pensar que el Congreso del Estado debe continuar teniendo periodos de receso, especialmente cuando para nadie resulta desconocido que durante los periodos de receso se termina convocando a periodos extraordinarios de sesiones; en consecuencia, la Comisión Permanente se ha convertido en un obstáculo para la actividad legislativa en el Estado, incluso como se asentó en el presente análisis, no se considera un sustituto del Congreso por el simple hecho de que la Constitución Política del estado de Baja California no le otorga las mismas atribuciones. Por las razones expuestas, la facultad de legislar, función primordial y esencial del Poder Legislativo no debe detenerse; por ende, los periodos de receso resultan contrarios a su naturaleza, para ello se estima necesario la existencia de tres periodos de sesiones que permitan la continuidad de las funciones del Congreso del Estado en forma conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial. La continuidad legislativa, representaría para Baja California dentro de su autonomía como entidad federativa, tener una Constitución acorde con las necesidades actuales de sus habitantes, evitando la existencia de rezago de trabajo y que las iniciativas de ley que se presenten para reformar el marco legal en el Estado se analicen en corto tiempo y el resultado de las mismas se aplique oportunamente a favor de la sociedad; en consecuencia se estima procedente la derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, así como de los artículos 38 y 39 que lo integran, para quedar de la siguiente manera:

CAPITULO IV DE LA COMISION PERMANENTE (DEROGADO)

Artículo 38.- DEROGADO

Artículo 39.- DEROGADO

2. Del artículo 22.

Se propone reformar los párrafos primero, tercero y cuarto, con el objeto de establecer para el Congreso del Estado tres períodos de sesiones. En cuanto al párrafo primero, como se asentó en el comentario que antecede, para ejercer en forma continua la facultad de legislar y actuar en forma conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial, se estima que el Congreso del Estado requiere de la existencia de otro período de sesiones que comprenda los cinco meses de receso que tiene cada año. Actualmente, el Congreso del Estado tiene dos períodos ordinarios de sesiones, uno del 1ro de octubre al 31 de Enero y el otro del 1ro de Abril al 30 de Junio; por consiguiente, los meses comprendidos de Febrero a Marzo y de Julio a Septiembre son los periodos de receso del Congreso del Estado; en ese sentido se proponen tres periodos ordinarios de cuatro meses cada uno, comprendidos del 1ro. de Octubre al 31 de Enero el primero; del 1ro. de Febrero al 31 de Mayo el segundo; y, el tercero del 1ro. de Junio al 30 de Septiembre. Con ésta propuesta se garantiza el ejercicio de la facultad de legislar y la actuación continua de las actividades del Poder Legislativo conjuntamente con los Poderes Ejecutivo y Judicial, redundando en beneficio de la sociedad de Baja California que podrá encontrar una pronta respuesta a sus necesidades jurídicas, políticas, sociales o económicas, por consiguiente, se estima procedente la reforma que se propone al párrafo primero. En el párrafo tercero, se propone precisar aquellos asuntos de los que deberá ocuparse el Congreso del Estado durante el segundo y tercer período de sesiones. Es oportuno señalar que no se modifica el contenido de fondo de ese párrafo, simplemente se adiciona la frase “y tercer periodo”, ampliar y garantizar el desahogo de los asuntos del Congreso, en el ánimo de la continuidad, a la vez que se positiviza la redacción en torno a la revisión de las cuentas públicas, eliminando la expresión “no se limitará a”, para decir “en esta función investigará si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas respectivas del presupuesto, comprobando la exactitud y justificación de los gastos hechos y determinará las responsabilidades que resultaren”, por lo que se considera procedente la reforma que se propone al párrafo tercero. No obstante lo anterior, se estima la necesidad de derogar el cuarto párrafo del presente numeral y en consecuencia resulta innecesaria la reforma que al mismo se propone, toda vez que al establecerse en el primer párrafo la existencia de tres períodos, no solo se garantizará el ejercicio de la facultad de legislar y la actuación continua de las actividades del Poder Legislativo en forma conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial, sino también se abatirá el rezago de trabajo y podrán ser analizadas en corto tiempo las iniciativas de ley que se presenten para reformar el marco legal en el Estado. En dicho tenor, el Artículo 22 se modifica para quedar como sigue:

Artículo 22.- El Congreso del Estado tendrá cada año de ejercicio constitucional, tres períodos de sesiones, del 1 de octubre al 31 de Enero el primero; del 1 de Febrero al 31 de Mayo el segundo; y el tercero del 1 de Junio al 30 de Septiembre.

En el primer período...............

En el segundo y tercer períodos, el Congreso se ocupará del examen, discusión y aprobación de las Cuentas Públicas del año anterior, tanto del Estado como de los Municipios. En esta función el Congreso investigará si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas respectivas del Presupuesto; comprobando la exactitud y justificación de los gastos hechos y determinará las responsabilidades que resultaren.

3. Del artículo 23.

Se propone reformar por completo el numeral en análisis, toda vez que el objeto del mismo consiste en regular los casos en que el Congreso podrá celebrar sesiones extraordinarias o períodos extraordinarios, a petición de los diputados, de la Comisión Permanente o del Ejecutivo, resultando en absoluto inoperante su contenido actual, por lo que se considera necesario establecer la existencia del quórum para que el Congreso pueda celebrar sesiones, definiendo la fórmula para su integración, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 23.- El Congreso sólo podrá sesionar con la asistencia de más de la mitad del número total de sus miembros.

4. Del artículo 24.

Se propone establecer el procedimiento mediante el cual se garantice cubrir o suplir el incumplimiento a las obligaciones inherentes al cargo de Diputado, como lo es la asistencia a las sesiones del Congreso del Estado, que en caso contrario representan un riesgo en el ejercicio del poder. En primer termino establece con mayor claridad un procedimiento que permita compeler a los Diputados ausentes para que concurran a las sesiones, tanto aquella en la que se instale el Congreso como en las que deben dar cumplimiento exacto a sus obligaciones como servidores públicos. La reforma propuesta, contempla la declaración de vacantes de sus puestos en caso de incurrir en cinco faltas consecutivas a las sesiones, previamente realizados los llamados y apercibimientos necesarios, hasta el grado de convocar a elecciones extraordinarias apegado a los lineamientos establecidos por la Constitución Local y la ley de la materia, lo que permitirá no estar en el supuesto de un vacío de poder, para el caso de que no asistan ni los propietarios ni los suplentes, tanto en posibles casos individuales como aquellos que representen imposibilitar la existencia del quórum, inclusive. Con esta reforma, no podrán existir posturas eminentemente políticas o de partido, no se deformará el sistema constitucional de poderes públicos, ante la posibilidad de que las personas investidas como Diputados no se sujeten al estado de derecho que en su momento protestaron salvaguardar, cumpliendo y haciendo cumplir el orden constitucional. La intención del autor redunda en beneficio de Baja California, los Diputados son los representantes del pueblo, de ahí la importancia que reviste su asistencia a las sesiones del Congreso del Estado. con frecuencia, se observa en las sesiones del Pleno la ausencia de algunos Diputados, aún cuando la fracción III del artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece como obligación de los Diputados asistir puntualmente a las sesiones tanto del Pleno del Congreso como de las Comisiones o  Subcomisiones de las que formaren parte, asimismo, en el mismo precepto, la fracción II establece la obligación de acatar las disposiciones del Pleno del Congreso y de la Presidencia de conformidad con la presente ley, por consiguiente los Diputados deberán respetar y obedecer de aprobarse la presente reforma que enriquecería el funcionamiento y continuidad del Poder Legislativo en el Estado, por lo que se estima procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la siguiente manera: Artículo 24.- Si el día señalado para la instalación del Congreso, no se presentaren todos los Diputados electos; o si una vez instalado no hubiere quórum para la celebración de las sesiones, los que estuvieren presentes compelerán a los ausentes, para que concurran a la próxima sesión, la que no deberá rebasar el término de cinco días a la fecha de la instalación o de la sesión, apercibiéndolos hasta en dos ocasiones, de que en caso de que dejaren de comparecer injustificadamente se llamará a los suplentes. Si estos incurrieren en la misma omisión, se declarará vacante el puesto, obligándose inmediatamente a convocar a elecciones extraordinarias, conforme a la Ley de la materia.

5. Del artículo 25.

Se pretende sustituir el vocablo “secretas” por “privadas” para referirse a las sesiones del Congreso del Estado, que por la naturaleza de los asuntos que vayan a tratarse en ellas deben revestir ese carácter. Esta propuesta se sustenta con dos argumentos; el primero, en la convicción de que los asuntos del Congreso son asuntos públicos, cuyo conocimiento debe ser generalizado y abierto, además de exigible por sus representados, toda vez que los diputados, como sus representantes, deben obligarse a la publicidad de sus actos, en lo particular y, máxime, como Congreso. El segundo, en el sentido de que los asuntos que pueden requerir de sesiones secretas, según la tradición y la práctica parlamentaria, tratándose de asuntos de responsabilidades de servidores públicos y otros que involucren informaciones privadas de personas y aun los que versen sobre los presupuestos del Congreso, sueldos, dietas y demás, deben publicitarse, dado que ello nos somete a un entorno de discusión dentro del respeto a la persona y de altura en el debate, amén de la transparencia en la aplicación de los recursos presupuestales y nos exige una proyección de moral y ética política que respondan a la encomienda asumida. La modificación propuesta no pretende violentar el principio de publicidad que conlleva el vocablo “secretas”. Consideramos que el vocablo propuesto está encaminado a una clara interpretación en el contenido de este precepto, además redunda respecto la transparencia y publicidad de los asuntos del Congreso del Estado, los cuales siempre se ha estimado necesario que sean del conocimiento general de la sociedad que a través de los Diputados integrantes de una legislatura constitucional encuentran su representación, por consiguiente se estima procedente la reforma que se propone, para quedar como sigue: Artículo 25.- Las sesiones del Congreso serán públicas, a excepción de aquellas que, por la naturaleza de los negocios que van a tratarse, deban ser privadas.

6. Del artículo 27.

Se propone reformar las fracciones XIV, XXXIII y adiciona una fracción XXXIV, para que su contenido este acorde con la derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente. En la fracción XIV se suprime la oración “y a los empleados de esa dependencia” para referirse al nombramiento y remoción de los mismos, en virtud de no presentarse esto en la práctica, además de considerarse como una función administrativa laboral. En virtud de la derogación del capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, se propone establecer en la fracción XXXIII como una facultad del Congreso del Estado, erigiéndose este en Asamblea de Transición a mas tardar la primera semana del mes de Septiembre del año de la elección, otorgándole las funciones que actualmente el artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California otorga a la Comisión Permanente, erigida como Comisión Instaladora. Las funciones contenidas en el artículo citado en el párrafo que antecede se proponen incorporar al precepto en estudio de la siguiente manera: La función contenida en la fracción I referente a recibir expedientes electorales relativos a las elecciones de Gobernador y Ayuntamientos, para el solo efecto de entregarlos al Colegio Electoral, se propone en el inciso a). Sin embargo, es importante señalar respecto el Colegio Electoral que en base a las reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California publicadas en el Periódico Oficial de fecha 6 de octubre de 1997, se derogó la fracción VI del artículo 39 que establecía para la Comisión Permanente la atribución de recibir los expedientes electorales relativos a las elecciones de Gobernador y Ayuntamientos, para el sólo efecto de entregarlos al Colegio Electoral, en ese sentido resulta improcedente otorgar esta atribución a la Asamblea de Transición. La función contenida en la fracción II relativa a entregar credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la nueva legislatura, se propone en el inciso a), por las razones antes expuestas. La función contenida en la fracción III que se refiere a citar a los Diputados electos a la Junta previa a celebrarse el día anterior del inicio del ejercicio de la legislatura, se propone en el inciso b). La función contenida en la fracción V relativa a producir la entrega de recepción de una legislatura a otra, de todos los efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, se propone en el inciso c). Al derogarse el capítulo IV de la Constitución Local, corresponderá a la Asamblea de Transición asumir las funciones para la instalación del Congreso del Estado, función que actualmente corresponde a la Comisión Permanente. La fracción XXXIV que se adiciona, guarda el mismo contenido que la fracción XXXIII del texto vigente, simplemente el autor recorrió la numeración de las fracciones. En ese sentido se estima procedente la reforma que se propone, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 27.-..............

I a la XIII.-.................

XIV.- Nombrar y remover al Contador Mayor de Hacienda;

XV a la XXXII.-............

XXXIII.- Erigirse en Asamblea de Transición, a mas tardar la primera semana del mes de Septiembre del año de la elección, cuyas funciones serán las siguientes:

a) Entregar credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la nueva legislatura, a más tardar el 15 de septiembre del año de la elección, cuyas constancias de mayoría y validez; de asignación por el principio de representación proporcional o por resolución firme que haya recibido el Congreso del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado.

b) Citar a los Diputados electos a la Junta Previa a celebrarse el día anterior del inicio del ejercicio de la legislatura.

c) Preparar y cumplir el proceso de entrega recepción de una Legislatura a otra, de todos los efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, de conformidad con los procedimientos y demás asuntos que su Ley Orgánica y Reglamento Interior le atribuyan, a fin de conocer el estado que guarda el poder legislativo al término de cada ejercicio constitucional.

XXXIV.- Formar su reglamento interior y expedir todas las leyes que sean necesarias, a fin de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los Poderes del Estado.

7. Del artículo 45.

Se propone suprimir lo relativo a la Comisión Permanente en virtud de la derogación que se propone al Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, con el objeto de que el precepto en estudio sea congruente con la derogación en comento; en consecuencia se estima procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 45.- El Gobernador podrá ausentarse del Territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso y en esos casos el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.

8. Del artículo 46.

En virtud de la derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” se propone suprimir lo relativo a ésta figura en el sexto párrafo relativo a la designación de un Gobernador Sustituto, además de modificar su redacción sin alterar su contenido de fondo, esto con el objeto de que el numeral en estudio sea acorde con la derogación de la figura de la Comisión Permanente; asimismo, con el objeto de ser congruentes con el tercer párrafo del artículo 22, se suprime de la propuesta de reforma la oración Si el Congreso hubiere suspendido sus sesiones, conforme a su calendario, convocará a sesiones extraordinarias para tal efecto; toda vez que en el numeral en comento se suprimió lo relativo a la calendarización de sesiones del Congreso, en consecuencia se estima procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 46.-.............

............

............

De la I a la VI.-…….

............

……….

Si la falta absoluta ocurriere después de los dos primeros años, el Congreso designará por mayoría absoluta un Gobernador Substituto que termine el ejercicio constitucional del Ejecutivo.

……….

9. De la Fracción VII del Artículo 49.

Dado que queda insubsistente la convocatoria del Ejecutivo del Estado para convocar a sesiones o a períodos extraordinarios, se propone la derogación de la fracción referida, para quedar como sigue:

Artículo 49.-…

De la I a la VI…

VII.- Derogada.

De la VIII a la XXV…

10.- Del artículo 109.

En virtud de la derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” se propone suprimir lo relativo a ésta figura en el párrafo tercero relativo ante quien deberán rendir su protesta los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, lo anterior, con el objeto de que el numeral en estudio sea acorde con la derogación de la figura de la Comisión Permanente; en consecuencia se estima procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 109.- El Gobernador del Estado rendirá la protesta de Ley ante el Congreso en los siguientes términos:

................

Igualmente los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia rendirán la protesta de Ley ante el Congreso, en la siguiente forma:

..............

..............

..............

11. De los Artículos Transitorios.

Artículo Primero.- Las presentes reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, se remitirán de inmediato a los Ayuntamientos del Estado, a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado por su Artículo 112.

Artículo Segundo.- Una vez cumplimentado el transitorio anterior, computados los votos de los Ayuntamientos en sentido aprobatorio, las presentes reformas se declararán parte de esta Constitución, para que inicien su vigencia, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Artículo Tercero.- Los ordenamientos o Leyes que resulten afectadas por las reformas a esta Constitución, se modificarán y armonizarán en su texto por este Congreso, en un plazo que no exceda de 60 días, contados a partir de la iniciación de su vigencia.

Analizando el contenido de los transitorios, resulta evidente que se encuentran acorde a lo dispuesto por el artículo 112 de la propia Constitución del Estado relativo al envío a los Ayuntamientos de una copia de las actas de los debates que se hubieren provocado, además, se apegan a las reglas de Técnica Legislativa que señala que son aquellos que se incorporan para regular las situaciones especiales originadas con motivo de la expedición y aplicación de nuevas leyes o normas, o con la abolición y sus efectos, de otras anteriores. Estos artículos son complementarios de aquellos que regulan lo que es la materia propia de la ley o decreto, siendo en consecuencia normas anexas, que se agregan al articulado principal, y que al cumplir su propósito quedan sólo como un dato formal histórico, junto a las normas principales permanentes.

En el tenor expuesto, se emiten los siguientes:

CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, legislar sobre todos los ramos de la administración que sean competencia del Estado; asimismo es facultad de los Diputados presentar iniciativas de Leyes y Decretos, de conformidad con lo previsto por los artículos 27 y 28 ambos en su fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. SEGUNDO.- Que dentro de las atribuciones de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, se encuentran las de conocer los asuntos que están relacionados con reformas o adiciones a la Legislatura Estatal, acorde a lo previsto en la fracción III del artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California. TERCERO.- Que la “Iniciativa de reformas que deroga el capítulo IV, artículos 38 y 39 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y la Fracción VII del Artículo 49; que reforma los artículos 22 primero, tercero y cuarto párrafo; 23; 24; 25; 27 fracción XIV y XXXIII; 45; 46 quinto párrafo; 109 primero y tercer párrafo y que adiciona el artículo 27 con una fracción  XXXIV, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California”; reúne todos y cada uno de los requisitos de fondo y forma que previene los artículos 115 y 116 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California. CUARTO: Que el ejercicio del Poder Legislativo del Estado de Baja California se deposita en una asamblea de representantes del pueblo denominada Congreso del Estado. QUINTO: Que el Congreso del Estado de Baja California la víspera del día en que deban terminar las sesiones ordinarias, nombrará para el tiempo de su receso una Comisión Permanente. SEXTO: Que en virtud de sus atribuciones, se considera inútil la existencia de la Comisión Permanente, además de representar un obstáculo para la función legislativa y la continuidad de las actividades del Poder Legislativo en forma conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial. SEPTIMO: Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y las leyes que integran el marco legal en el Estado deben ser acordes con las exigencias actuales en la entidad, permitiendo dar una respuesta a las necesidades jurídicas, políticas, sociales o económicas de la sociedad en el Estado. Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los Artículos 14, 16 y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; y 44, 48 fracción I, 49 fracción I, 51 fracción II, 64, 67, 114 y 116 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo  para el Estado de Baja California, la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO: UNICO: Se derogan el CAPITULO IV, los artículos 38 y 39 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX; la fracción VII del Artículo 49 y el cuarto párrafo del artículo 22; se reforman los artículos 22 primero y tercer párrafos; 23; 24; 25; 27 fracciones XIV y XXXIII; 45; 46 sexto párrafo; 109 primero y tercer párrafos y se adiciona una fracción XXXIV al artículo 27 todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, para quedar como sigue:

CAPITULO IV DE LA COMISION PERMANENTE

(DEROGADO)

Artículo 38.- DEROGADO

Artículo 39.- DEROGADO

Artículo 22.- El Congreso del Estado tendrá cada año de ejercicio constitucional, tres períodos de sesiones, del 1 de octubre al 31 de Enero el primero; del 1 de Febrero al 31 de Mayo el segundo; y el tercero del 1 de Junio al 30 de Septiembre.

 En el primer período...............

En el segundo y tercer períodos, el Congreso se ocupará del examen, discusión y aprobación de las Cuentas Públicas del año anterior, tanto del Estado como de los Municipios. En esta función el Congreso investigará si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas respectivas del Presupuesto; comprobando la exactitud y justificación de los gastos hechos y determinará las responsabilidades que resultaren.

Artículo 23.- El Congreso solo podrá sesionar con la asistencia de mas de la mitad del número total de sus miembros.

Artículo 24.- Si el día señalado para la instalación del Congreso, no se presentaren todos los Diputados electos; o si una vez instalado no hubiere quórum para la celebración de las sesiones, los que estuvieren presentes compelerán a los ausentes, para que concurran a la próxima sesión, la que no deberá rebasar el término de cinco días a la fecha de la instalación o de la sesión, apercibiéndolos hasta en dos ocasiones, de que en caso de que dejaren de comparecer injustificadamente se llamará a los suplentes. Si estos incurrieren en la misma omisión, se declarará vacante el puesto, obligándose inmediatamente a convocar a elecciones extraordinarias, conforme a la Ley de la materia.

Artículo 25.- Las sesiones del Congreso serán públicas, a excepción de aquellas que, por la naturaleza de los negocios que van a tratarse, deban ser privadas.

Artículo 27.-..............

I a la XIII.-.................

XIV.- Nombrar y remover al Contador Mayor de Hacienda;

XV a la XXXII.-............

XXXIII.- Erigirse en Asamblea de Transición, a mas tardar la primera semana del mes de Septiembre del año de la elección, cuyas funciones serán las siguientes:

a) Entregar credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la nueva legislatura, a más tardar el 15 de Septiembre del año de la elección, cuyas constancias de mayoría y validez; de asignación por el principio de representación proporcional o por resolución firme que haya recibido el Congreso del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado.

b) Citar a los Diputados electos a la Junta Previa a celebrarse el día anterior del inicio del ejercicio de la legislatura.

c) Preparar y cumplir el proceso de entrega recepción de una Legislatura a otra, de todos los efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, de conformidad con los procedimientos y demás asuntos que su Ley Orgánica y Reglamento Interior le atribuyan, a fin de conocer el estado que guarda el poder legislativo al término de cada ejercicio constitucional.

XXXIV.- Formar su reglamento interior y expedir todas las leyes que sean necesarias, a fin de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los Poderes del Estado.

Artículo 45.- El Gobernador podrá ausentarse del Territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso y en esos casos el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.

Artículo 46.-.............

............

............

De la I a la VI.-…….

............

……….

Si la falta absoluta ocurriere después de los dos primeros años, el Congreso designará por mayoría absoluta un Gobernador Substituto que termine el ejercicio constitucional del Ejecutivo.

……….

Artículo 49.-…

De la I a la VI…

VII.- Derogada.

De la VIII a la XXV…

Artículo 109.- El Gobernador del Estado rendirá la protesta de Ley ante el Congreso en los siguientes términos:

................

Igualmente los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia rendirán la protesta de Ley ante el Congreso, en la siguiente forma:

..............

..............

..............

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo Primero.- Las presentes reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, se remitirán de inmediato a los Ayuntamientos del Estado, a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado por su Artículo 112.

Artículo Segundo.- Una vez cumplimentado el transitorio anterior, computados los votos de los Ayuntamientos en sentido aprobatorio, las presentes reformas se declararán parte de esta Constitución, para que inicien su vigencia, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Artículo Tercero.- Los ordenamientos o Leyes que resulten afectadas por las reformas a esta Constitución, se modificarán y armonizarán en su texto por este Congreso, en un plazo que no exceda de 60 días, contados a partir de la iniciación de su vigencia. DADO en el Sala “Dr. Francisco Dueñas Montes” del Poder Legislativo del Estado de  Baja California, a los siete días del mes de Marzo del dos mil uno. Por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, firman los Diputados: Héctor Magaña Mosqueda, en su calidad de Presidente; el Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante, con una reserva en lo particular; y el de la voz, Diputado Martín Domínguez Rocha”.  Es todo por cuanto a la lectura del Dictamen, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado. Leído el Dictamen No. 152,  por el Diputado Martín Domínguez Rocha pasamos a iniciar el debate, compañera Diputada Secretaria sírvase elaborar una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA : Los compañeros Diputados que estén en contra, favor de manifestarse para anotarlos, el Diputado Jiménez Mercado.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea anotarse en contra del Dictamen? Diputados que estén a favor del Dictamen, sírvanse anotarse, iniciamos con la primera ronda de oradores. En contra, tenemos al compañero Jiménez, ¿alguien desea anotarse a favor? Compañero Martín Domínguez; entonces iniciamos el debate, compañero Jiménez Mercado haga uso de la Tribuna por favor.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Con vuestra venia ciudadano Presidente, distinguidos integrantes de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público asistente. Una constitución política como la del Estado Libre y Soberano de Baja California es el cimiento que da seguridad jurídica no solamente a la vida de los particulares que aquí residimos, sino también a la vida institucional y a la vida pública. Desafortunadamente en Países como el nuestro hay una actitud y una actividad de reforma constitucional tanto por lo que hace al ámbito federal como por lo que se refiere a cuestiones de carácter estrictamente local; pero cómo puede haber seguridad jurídica en un País, en  una región del País o en la misma vida ciudadana si hay gentes que creen que la Constitución puede estarse reformando como si se tratara de un Decreto o de un Reglamento todos los días. Países como Francia, Países como el vecino País del Norte, como el que está un poco más allá, Canadá, y otros muchos Países en la tierra, en Centurias tienen apenas unas cuantas modificaciones a su constitución. Y es que, tenemos que aprender a vivir con reglas firmes y las más firmes de las reglas deben ser las que están en la Constitución Política de un Estado o de un País, claro que los mexicanos nos hemos acostumbrado a imprimir y a publicar nuestras constituciones en hojas sustituibles y cuando vamos a citar la Constitución con motivo de algún problema particular, preguntamos antes si estará vigente el sustento constitucional al que estamos haciendo invocación o que estamos tratando de aplicar a un caso concreto. Por eso a mí en lo particular y probablemente como una persona que ha vivido en el entorno jurídico por algunos decenios, me preocupa muchísimo que para cualquier cuestión antes de revisar o reflexionar sobre nuestra conducta, si tenemos que cambiar nuestra manera de ser y de estar, si realmente hace falta cambiar la estructura de carácter constitucional o tenemos que cambiar nosotros en nuestra manera de ser, preferimos cambiar la constitución y tratar de adaptarla a nuestras carencias o a nuestras actitudes o en lo que en un momento determinado se nos ocurra que pueda ser bueno o atractivo, repito, perdiendo de vista con facilidad el punto de que la Constitución debe ser inmarcesible, debe ser permanente y debe ser trascendente en la vida social, cívica, política e incluso de carácter privado de los habitantes de una Nación o de un País. Por eso me he registrado para hablar en contra de este proyecto, yo estoy seguro que la inquietud que anima a las personas que provocaron esta Iniciativa es bondadosa, que no hay ninguna perversidad en el fondo y que finalmente lo que se trata es de tener un Poder Legislativo que trabaje más eficientemente; pero así como he escuchado aquí que hay que trabajar 24, y por ahí dijo alguien y hasta 25 horas diarias, no tomamos en consideración el rendimiento ni la calidad del producto final. Por eso a alguien se le ha ocurrido que los Diputados posiblemente deban de trabajar en Comisión Ordinaria o Permanente o en una Comisión de carácter constante en una legislatura que esté legislando día y noche durante 365 días del año por tres años que dura en forma incansable y pobre de aquél pueblo que reciba ese torrente de ocurrencias que van a salir de una Legislatura que trabaja tan apresuradamente por la cantidad y no por la calidad de las Leyes que regirán la vida de los ciudadanos. Por supuesto que un Congreso tiene fundamentalmente qué ejecutar, en el caso de, nuestro Congreso tiene fundamentalmente qué ejecutar acciones de manera colegiada en lo que se refiere a la capacidad y al trabajo legislativo. Y por otra parte a la actividad y al trabajo de fiscalización; pero se nos ha olvidado probablemente que la obligación de trabajar de los Diputados y de responder a la ciudadanía en la designación, no está circunscrita exclusivamente a las asambleas o al Pleno. La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California prevé muy claramente que los Diputados tienen la obligación tanto de concurrir a las asambleas del Pleno como a la Comisiones para las que han sido designados. Yo no he visto todavía que alguien le haya llamado la atención dentro de esta Legislatura, aplicar la Ley Orgánica por lo que hace a la participación en las Comisiones. Solamente parece ser que les llama la atención la posibilidad de estar discutiendo y en un momento determinado llegar al producto final el día de la asamblea. Pero cómo van a reflexionar esos 25 integrantes de la Legislatura bajacaliforniana si tradicionalmente las Comisiones bajan tan apresuradamente los Dictámenes que es ya una rutina pedir la dispensa de trámite y en un momento determinado a todos los casos tratarlos como si fueran de urgente y obvia resolución, cuando esto es una excepción que está en la Ley, ¿en qué momento los no integrantes de la Comisión de Hacienda y Administración o los no integrantes de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, con cuántos días verdaderamente de anticipación tuvieron la oportunidad de discutirlo? No solamente con sus asesores y reflexionar en el voto que van a emitir, sino incluso, consultar con sus, con la ciudadanía a la que se deben y a la que merecen todo el respeto. ¿Cuándo han tenido tiempo los difusores de los medios de comunicación de poner en el conocimiento de la ciudadanía los elementos que constituyen el punto sobre el que habrá de debatir el Pleno como si solamente a los Diputados nos interesara la suerte de los millones de habitantes del Estado de Baja California. Por eso yo creo pues que las Constituciones prevén que las Legislaturas trabajen en la forma que han venido trabajando hasta hoy que hacerlo en forma constante, sin un respiro para la ciudadanía, sin dar oportunidad de preparar correcta, concienzuda y definitivamente y a fondo las Iniciativas, sin tener tiempo de consultar pues con las bases y en un momento determinado de recibir la respuesta no solamente de los bajacalifornianos, sino de gentes que en un momento determinado puedan verse afectadas por las legislaciones locales, a nivel extramuros, sea en lo nacional o en lo internacional. Yo creo pues que las Leyes hasta este momento tienen y fueron elaboradas con sabiduría. Hay una parte que no me parece correcta, hay una parte que yo siempre he combatido y que seguiré combatiendo y es la distracción que se ha incluido recientemente en nuestra Constitución Política que obliga a los Diputados a realizar actividades de gestoría social, estas actividades de gestoría social son una parte importante que hace creer al Diputado o al legislador que puede estar en campaña política permanente en la persecución del voto, haciendo caravana con sombrero ajeno, esto es utilizando los recursos que pagan los ciudadanos para realizar actividades que en nuestra cultura, en nuestra sensibilidad y en la inteligencia y preparación de los mexicanos constituyen actos de caridad y no de gestoría social. Por eso yo creo que estos trabajos deben de ejecutarse precisamente por el poder que está obligado a ello el Ejecutivo y deben de fiscalizarse por el Legislativo. Esta parte importante del esfuerzo de los legisladores que distrae factibidad fiscalizadora y su actividad legisladora es una parte que probablemente debía haberse modificado o debía haberse propuesto su modificación porque es un pegote que tiene recientemente nuestra Constitución que distrae mucho al público, distrae muchísimo a los Diputados y permite que el Poder Ejecutivo mangonee las consciencias de los Diputados haciéndoles creer que haciendo actos de caridad o de gestoría social como llama la Constitución van a congraciarse con la ciudadanía y estarán capacitados para en un momento determinado ir a pedir el voto por haber repartido lo que es del propio pueblo. Esto pues yo siento que sí es una reforma que debe hacerse no solamente porque yo crea que la Constitución puede reformarse, sino porque repito, es algo que recientemente se le agregó, simple y sencillamente irreflexivamente y en una forma que yo creo que es negativa por cuanto a la calidad y a la cantidad de trabajo que puede salir de una Legislatura. Me he registrado para hablar en contra, porque no creo que el proyecto contemple correctamente los elementos que debe de contemplar. No estoy de acuerdo con que se deroguen los Artículos 38 y 39 de nuestra Constitución, para sustituirse con un agregado que se le hace al Artículo 22 que señala que el Congreso se reunirá en tres períodos de sesiones y que en un momento determinado estos estarán trabajando para la satisfacción de la labor legislativa y fiscalizadora; pero tampoco estoy de acuerdo con lo que señala el Artículo 23 cuando queda, perdón, no la escuché...

- EL C. PRESIDENTE: No, no, adelante compañero.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: ...pero tampoco estoy de acuerdo cuando el Artículo 23 dice: “El Congreso sólo podrá sesionar con la asistencia de más de la mitad del número total de sus miembros”, en el caso específico con 13, pero deja de lado y por la prisa que hay casos en que el Congreso solamente puede funcionar con mayoría calificada, y esto pues podría solamente subsanarse si se hubiera tenido la tranquilidad de conciencia y de capacidad de trabajo adecuado para hacer un proyecto digno cuando se dijera, “salvo los casos de mayoría calificada en forma diferente por esta Constitución”, que simple y sencillamente están ahí mismo y que deben de considerarse. Tampoco estoy de acuerdo con las reformas que se hacen a la fracción XXXIII del Artículo 27 cuando hablan de preparar y cumplir el proceso de entrega de recepción de una Legislatura a otra. Estos procesos de entrega y recepción deben ser fehacientes y deben de estar calificados no solamente por los propios Diputados, sino por entidades de fé pública que en un momento determinado digan qué tienen de valor en este momento en activos fijos en el edificio, en instalaciones, etcétera, que sean propias del Congreso y qué vale, y en un momento determinado qué se le entrega a la Legislatura entrante, para que esta a su vez rinda cuentas claras a la Legislatura saliente, esto yo creo que se podría resolver con alguna sencillez si se hubiera reflexionado más y se hace lo que ya se ha ejecutado en el Estado de Baja California, en los últimos 35 años, que es solicitar precisamente un inventario y un avalúo realizado por Entidades capacitadas para ello tanto la entrada como a la salida del ejercicio, de los ejercicios públicos, esto dejó de hacerse aproximadamente hace 11 años indebidamente. Tampoco estoy de acuerdo con que el Gobernador pueda ausentarse solamente avisándole al Congreso, ¿de qué sirve ese aviso? para que alguien incluya en la correspondencia recibida, nos damos por enterado y lo digan aquí. Yo siento pues que ese Artículo 45 no puede modificarse para quedar de esa manera y el Gobernador se debe a su pueblo y a la representación social que es el Congreso, y consecuentemente para poderse retirar no se trata de que avise, sino de que pida permiso. Por otra parte, tampoco estoy de acuerdo que el Artículo 46 prevea que la falta, que si la falta absoluta del Gobernador ocurriera después de los dos primeros años, el Congreso designará por mayoría absoluta un Gobernador sustituto que termine el ejercicio constitucional del Ejecutivo, mayoría absoluta es la calificación que da la Ley Orgánica del Poder Legislativo a la mitad más uno, y esto pues sinceramente yo creo que es algo que, con todo respeto lo digo, excede de lo prudente y en un momento determinado lo conveniente para la vida institucional de nuestro Estado, un grupo muy pequeño de un partido político que sea mayoría o una concertación que en un momento determinado tenga características de negociación y de corrupción puede fácilmente pisotear todos los intereses del pueblo bajacaliforniano por conducto de los Diputados que se presten a ello, y yo siento que esta debe de ejecutarse solamente por mayoría calificada. Y en fin, me he registrado para hablar en contra porque no creo que deba hacerse una modificación a la Constitución simple y sencillamente por la presión que sienten los compañeros Diputados de no haber ejecutado el trabajo en al cantidad y en la calidad suficiente hasta el día de hoy y sobre todo, porque creo que falta un reflexión más profunda en ello.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Jiménez Mercado, tiene el uso de la voz el compañero Martín Domínguez.

- EL C. DIP. DOMINGUEZ ROCHA: Con su permiso Diputado Presidente. Me he anotado para hablar a favor de la aprobación del Dictamen de referencia por considerar que esta modificación constitucional no es un capricho como se ha planteado aquí, no es la intención de estar reformando nuestra Carta Magna y ojalá que los Diputados tuviéramos la oportunidad de dedicarle las 24  horas como lo dijo quien me antecedió en la palabra, de los 365 días como para que el pueblo de Baja California pueda aspirar a tener una legislación adecuada lo más perfectible posible dedicándole ese tiempo de que se habla. La Comisión Permanente no solamente en este Estado, sino en muchos Estados de la República solamente es una oficialía de partes, tan así que la propia Constitución, tan así que la propia Constitución le concede solamente las facultades que les voy a leer en su Artículo 38, Artículo 39 dice: “Son atribuciones de la Comisión Permanente: Fracción I.- Acordar por sí en los casos que estime urgente la propuesta del Ejecutivo, la Convocatoria al Congreso a Período Extraordinario de Sesiones. Fracción II.- Conceder licencias y permisos de la competencia del Congreso. Fracción III.- Recibir y turnar las modificaciones a los presupuestos de ingresos municipales que propongan los respectivos Ayuntamientos. Fracción IV.- Entregar a la Mesa Directiva de la Legislatura entrante el Acta Administrativa de entrega y recepción en el que se describa el estado que guardan los recursos financieros humanos y materiales que se les haya asignado para el ejercicio de sus atribuciones, sujetándose al procedimiento que establezca la Ley de la Materia. Fracción V.- Informar sobre los asuntos que en las últimas sesiones hayan quedado pendientes y sobre los que después se presenten para dar cuenta al Congreso. Fracción VI.- Constituirse como Comisión Instaladora. Fracción VII.- Entregar credenciales de identificación y acceso a más tardar el día 15 de septiembre del año de la elección, a los Diputados electos. Fracción VIII.- Citar a los Diputados electos a la Sesión Previa el día anterior al inicio del Primer Período de Sesiones Ordinario y las demás que le concede esta Constitución”. Como podemos darnos cuenta, esta Comisión limitada de 7 Diputados, que es el Congreso en receso, no tiene facultades como para continuar ni siquiera sesionando las Comisiones Dictaminadoras, que lo hacen, bueno, la Comisión Permanente ni siquiera puede turnarle los asuntos porque no está facultada, de acuerdo a las ocho fracciones que establece el Artículo VIII, pero no solamente eso, el antecedente, el más importante de la existencia de las Comisiones Permanentes se debían fundamentalmente al hecho de que se concedían períodos de receso para efectos de que los Diputados regresaran a sus lugares de origen, y esto se remonta hace ya algunos años, donde las vías de comunicación pues no son lo que hoy tenemos ni el País ni en Baja California. Los Diputados, el Diputado del Distrito más lejano, que es el XV, al que pertenece el Diputado Gilberto Flores Muñoz, Presidente de este Honorable Congreso puede llegar en 3 o 4 horas, dependiendo de la velocidad a la que maneje, pero es el lugar más distante, no se justifica entonces que haya un receso para que el Diputado tenga la oportunidad de estar en contacto con la gente de su Distrito, por un lado. Por otro lado, la importancia de desaparecer esta Comisión Permanente para que el Congreso funcione de manera ininterrumpida, que no trabajando las 24 horas que es una verdadera exageración, porque algunos ni en toda la semana acumulan las 24 horas, mas que nada es para que tengan la oportunidad los Diputados de que sus Comisiones Dictaminadoras que podría resolverse también con dos de Hacienda y dos de Legislación, tengan la oportunidad de tener con ese tiempo que se requiere, con esa reflexión que hoy se exige en esta Tribuna y que si verdaderamente tuviéramos la preocupación, no necesariamente tendríamos qué esperar a que bajen los Dictámenes al Pleno, sino asistir a las sesiones de las Comisiones, si tanto interés nos provocara pues o tanta preocupación nos provocaran las reformas, pero luego ocurre en los hechos, en los hechos las Comisiones Dictaminadoras son las que sesionan una vez por semana o dos de manera ininterrumpida sin importar si es período de receso o es período ordinario. Yo creo que la preocupación externada en esta Tribuna por quien me antecedió en la palabra no tienen fundamento, no tienen un sustento, probablemente si el Congreso se da esta oportunidad que pueda elaborar una Constitución que verdaderamente no requiera de reformas, que verdaderamente contenga las generalidades que deban llevar las Constituciones, para efecto de que sean leyes secundarias, que estas sí tengan la movilidad necesaria como para ajustarlo al devenir de los tiempos y a las necesidades del pueblo. La pretensión de esta Iniciativa no es otra mas que la de permitir que el Congreso funcione de manera  más acorde con los tiempos. No es el propósito que se externa, no es la intención de estar moviendo nuestra Constitución o manipulándola, y también nada más, a manera de ilustración por algunos compañeros el Artículo 45 no es materia de reforma y su texto aparece actualmente tal cual y solamente se desaparece la referencia a la Comisión Permanente, y me permito leer el texto, es corto, dice el Artículo 45 vigente: “El Gobernador podrá ausentarse del territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso del Estado o a la Comisión Permanente que es lo que se le desaparece y en esos casos el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la Ley  Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California”. Como pueden ustedes darse cuenta, este tema de si el Gobernador está sujeto a la autoridad del Poder Legislativo, no es materia de la Iniciativa y tan solo se transcribe prácticamente de manera íntegra al Artículo 45, en virtud de que desaparece la referencia a la Comisión Permanente. Yo creo compañeros que si estamos conscientes, ni es populismo como se mencionaba por ahí, si estamos conscientes de los tiempos y de lo que necesita nuestro Estado, es un oportunidad para que en este caso la XVII Legislatura y lo que queda de la XVI, digo el tiempo que le queda a la XVI, pueda ser aprovechado realmente, íntegramente en beneficio del pueblo de Baja California. A mi juicio no importaría si la Ley dijera que sesionáramos todos los días, sino estamos dispuestos a aportar algo en beneficio del pueblo. Bien podría decir la Ley que sesionáramos una vez cada seis meses y si los Diputados no estuviéramos dispuestos a aportar nuestro granito de arena, de poco serviría, es decir no es tanto lo que diga la Ley, sino más bien depende de la voluntad de los Legisladores. Por eso compañeros creemos que es conveniente desaparecer la Comisión Permanente para que este Congreso pueda trabajar de manera ininterrumpida y también para que no haya Presidentes de Comisiones Permanentes, sino Presidentes de Congreso.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias, en segunda ronda compañera Secretaria.

- LA C. SECRETARIA: Los Diputados que se quieran anotar en contra, favor de manifestarse, el Diputado Jiménez Mercado, Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: ¿A favor?

- LA C. SECRETARIA: El Diputado Antonio Cano a favor.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea? Adelante compañero Jaime Jiménez Mercado, haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Siento que, con la venia de la Presidencia, integrantes de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público asistente. Yo creo que uno de los aspectos insoslayables de la discusión que pueda haber en un Congreso como éste o probablemente en todo grupo humano es la gran carga de carácter Subjetivo que se tiene en las discusiones y el hecho de sentir que esto puede manejarse desde el punto de vista estrictamente emocional. Por supuesto que no podemos reclamar de nadie que deje la carga anímica ni la circunstancia que la entusiasma para hablar en un sentido o en otro; pero yo quiero simple y sencillamente hacer una referencia muy rápida a los dos aspectos que ha tocado a la persona que habla a favor de la reforma, dice que las Comisiones Permanentes son, bueno utiliza los dos términos, habla de una Comisión en receso y habla de una Comisión Permanente y dice que es una Oficialía de Partes que tiene escasas funciones o atribuciones y de ahí salta a hablar del trabajo en las Comisiones dictaminadoras y demás, y luego se va, o sea hace una referencia el Artículo 39 diciendo que entre otras cosas se puede convocar a reuniones de asambleas extraordinarias para trabajar dictaminando o en un momento determinado legislando o fiscalizando profundamente y demás. Bueno, pues yo creo que tenemos el tiempo suficiente en este Congreso para haber experimentado lo que puede hacerse tanto en la Legislatura Ordinaria como en la Comisión Permanente, esta Comisión Permanente entre otras cuestiones tiene, en el Artículo 39 fracción I, actualmente, la facultad de convocar a una asamblea extraordinaria y a la mayoría de los presentes aquí, incluyendo ... y que he convocado a una buena cantidad de asambleas extraordinarias, probablemente el número mayor a las asambleas que se realizan por las Comisiones Ordinarias en Período Ordinario, incluso hemos tenido asambleas extraordinarias que han trabajado por varias días y hemos tenido un producto legislativo y fiscalizador bastante importante que si lo revisamos desde el punto de vista estadístico pues echan por tierra la cuestión de que no se trabaja simple y sencillamente porque se trata de una Comisión Permanente o cómo se le ha llamado en receso también aquí en esta ocasión. No entra en receso, es una Comisión Permanente para desarrollar un trabajo que es indispensable para la buena marcha de la legislatura, es un trabajo que se requiere para que las gentes puedan en un momento determinado estructurar correctamente sus apreciaciones de la realidad y sus propuestas de modificación, yo estoy seguro que le dejaríamos un paquete de difícil solución a cualquier legislatura simple y sencillamente por quitar esta sabia disposición; no creo que ni propios ni extraños acepten el argumento de que antiguamente se tenía esa Comisión Permanente para los efectos de que la gente fueran a sus Distritos, yo simple y sencillamente como una persona que se ha sumado a algunos procesos de carácter constitucional importante como los de los cortes de cádiz de 1811 o 12, como los que en un momento determinado dan lugar a nuestras Constituciones de 1824 a las bases Constitucionales de 1836, a las reformas de 1842, a las de 57, a todo el período en que regía esta Constitución y la modificación que se hace en el movimiento pues revolucionario de 1910 a partir del 05 de febrero de 1917 que entran en vigor precisamente en el mes de mayo y todas las modificaciones que han hecho a iniciativa del federal, yo creo que no se ha pensado en modificar esta circunstancia por el hecho de que las gentes tengan que viajar a sus Distritos, no, no es esto, la cuestión está en qué tanto tiempo tiene la persona para reflexionar, para estudiar, para profundizar en los argumentos en los que habrá de sustentar sus iniciativas o sus argumentos en favor o en contra de las propuestas que hagan los demás legisladores. Yo creo que pues que el trabajo debe de ser mucho más profundo, más reflexivo y en un momento determinado debe de contar más que la cantidad la calidad del producto final. De nada nos sirve tener una Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales que cada semana baje una buena cantidad de Dictámenes simple y sencillamente, y que sean para ser aprobados, y que entren en vigor en la comunidad, si no tenemos gentes ni siquiera en las Instituciones de estudio de carácter jurídico suficientes y lo ágiles como para entender cuáles van a ser las repercusiones de esas Leyes. El pueblo necesita una vida sencilla, una vida segura, una vida que en un momento determinado aprenda a manejar y no una vida que esté constantemente modificándosele por el hecho de que hay un grupo de personas que quieren quedar bien con la crítica que pueden hacer los medios en un momento determinado. Por eso, independientemente de que es importante la crítica, independientemente de que es importante la evaluación que haga, no solamente algunas personas en lo particular que escriban o comentan en los diferentes medios, sino también grupos organizados de la sociedad no gubernamental, de las organizaciones no gubernamentales y la misma población, independientemente de que esto es muy importante, es muy importante que el Diputado tenga uno, dos o tres proyectos; pero de buena calidad, aquí tuvimos ya la oportunidad en la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, cuando me correspondió participar en ella en forma integrada, que teníamos qué estar legislando para mejorar las propuestas que una cantidad enorme de, y sobre todo uno o dos Diputados habían hecho, teníamos qué estar recibiendo buenas intenciones u ocurrencias que no tenían nada de iniciativa, que al final de cuentas no hacen más que distraer, que entorpecen el trabajo, que son frivolidades, que son ni más ni menos que golpes de audacia para que su nombre aparezca en los medios y en un momento determinado ganar unos votos, gentes que dicen “tenemos un problema muy grande con los perros sarnosos en la calle y con los perros que en un momento determinado no son controlados por sus dueños o aquellos que se han reproducido sin control”, y dice “y voy a proponer una institución para proteger a ese tipo de perro callejero”, pero no da ni un artículo, ni un fundamento, ni  un argumento, independientemente de que existen los perros y son un verdadero problema en Baja California. Lo mismo nos sucede con los bosques que se abaten indebidamente y con los recursos naturales, etcétera, etcétera, pero esas gentes que proponen institutos para esto, instituto para lo otro, sin saber ni siquiera lo que es un Instituto, porque no han estudiado si un instituto es una organización de, o una asociación civil o es un momento determinado una organización que comparte tanto el derecho público como el derecho privado y hace en un momento determinado una coparticipación del gasto público, hay gentes que han propuesto aquí cada cosa que simple y sencillamente ha multiplicado el gasto público y que en un momento determinado ha dado pretexto para que grupos burocráticos muy cuantiosos, muy numerosos dispongan malamente de recursos públicos, repitiendo una función que al final de cuentas nadie cumple porque es muy fácil decir “no es de mi competencia, vaya usted a tal y cual otra oficina”. Yo siento pues que si tenemos Diputados que en un momento determinado puedan estudiar y reflexionar en esas Comisiones Permanentes o que en un momento determinado se integren, no a la Comisión que le pueda interesar a una persona, sino a la que le fue asignada o que solicitó ser asignado al inicio de la Legislatura y hace su trabajo en ella, es ahí donde debe de hacer el buen trabajo que le corresponde y bajarla, aquí tenemos ejemplos claros de la buena calidad y la buena disposición de algunos compañeros que presiden Comisiones que dan resultados óptimos y que presentan buenas, que presentan un buen producto finalmente; pero hablar de una Comisión constante que esté trabajando como si fuera una Comisión Ordinaria, va a generar que en cualquier momento en que una persona que defienda un punto de vista en beneficio de la población o un grupo de personas que se encuentren atendiendo alguna comisión fuera del Recinto Parlamentario, simple y sencillamente porque no tuvieron la noticia a tiempo de que alguien iba a bajar ese Dictamen específicamente en ese día, que por algún motivo justificado se pretendió no asistir, puede ser que fácilmente tengamos albazos legislativos que en un momento determinado va a ser muy difícil de resolver y de reparar. Yo siento pues que en independientemente de la carga emocional, tenemos que tener también la reflexión suficiente para saber si es muy prudente, si es tan conveniente que constantemente se esté reuniendo una Legislatura que probablemente genere un cúmulo tal de decisiones que difícilmente van a ser entendidas por la población, aceptabas u obedecidas, y yo no estoy de acuerdo con el argumento de que las gentes, independientemente de las Leyes hacen lo que pueden y lo que quieren. Por el contrario, yo pienso que las Leyes deben de ser pocas; pero con determinación y con alguna sabiduría para que las gentes puedan cumplirlas y puedan vivir en armonía y paz social. De otra manera lo único que tenemos es la necesidad de especialistas para recoger basura, especialistas para en un momento determinado poder recaudar el voto, especialistas para todos y cada una de las actividades y que además van a ponerse a discutir si la doctrina está de acuerdo con ellos o no y que finalmente nos vamos a enfrentar a algo que es peor todavía o un Poder Judicial que difícilmente va a dirimir los conflictos que surjan de esa enorme cantidad de leyes que ya existen y que seguramente existirán en la forma en que está previsto. Yo siento pues que debemos de tener Comisiones Legislativas que sean un filtro para todas esas malas iniciativas que se presentan, que no deben ni siquiera de llegar, en algunos casos deberíamos de establecer alguna Comisión de arbitraje interno para que quien insista en una necedad, pues se discuta antes de poderla bajar aquí al Pleno y tener que enfrentarnos a cosas que son imposiciones o disposiciones de gentes que sí son perversas, porque probablemente aquí los ingenuos seamos los Diputados que nos dejamos llevar por la presión, por la disposición, por la línea como le llaman algunos torpemente, y algunas otras gentes por una serie de argumentos que definitivamente ni siquiera deberían de mencionarse en esta alta Tribuna Estatal.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias compañero Diputado Jiménez Mercado, compañero Cano haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente. Yo quiero expresar en primer término el reconocimiento al promoventa de esta Iniciativa porque es esta una intención que lejos, muy, muy lejos a lo que aquí se ha dicho, lo que seguramente le traerá al pueblo de Baja California es un Poder Legislativo más dinámico, con mayores responsabilidades, es cierto, un Poder Legislativo que esté continuamente atendiendo a las demandas de la sociedad en cualquiera de los ámbitos de las competencias que tiene el Congreso del Estado. Me congratulo de tener la oportunidad de debatir con el Diputado Jiménez Mercado, y me sorprende mucho al mismo tiempo planteamientos en el sentido de la responsabilidad tan recurrente en el discurso de la necesidad de que los Legisladores atendamos con mayor atingencia los asuntos que nos plantea, de que la Ley está bien como está, que la Constitución no debe modificarse en lo absoluto, actitudes que son más conservadoras que los conservadores que a veces hacen uso de esta Tribuna, es decir una Constitución debe ser dinámica desde mi punto de vista, una Constitución a intención de su modificación debe expresar en sí misma la evolución de la sociedad, creo que no hay Constitución perfecta y en lo que se refiere a la responsabilidad, yo me pregunto qué es más irresponsable si no aprovechar la Legislación actual para solicitar licencias y ausentarse precisamente de la voluntad soberana del pueblo, expresada en la intención de que un legislador venga aquí a cumplir con esa responsabilidad de la que tanta alusión se hace. Creo compañeras y compañeros Diputados, que los argumentos aquí vertidos en términos de una intencionalidad de dar mayor claridad al trabajo legislativo se desvanecen cuando persiste pues la intención de venir aquí y después ausentarse para competir por posiciones de elección y después regresar cómodamente después de haberse ausentado de los trabajos como ya sido evidente en muchos casos. Se dijo aquí que la Comisión Permanente, y aquí el Diputado Jiménez Mercado hacía alusión de que él en las dos ocasiones que fue Presidente de la Comisión Permanente convocó a más sesiones extraordinarias que cualquier otro y se trataron asuntos de la mayor importancia que cualquier otro y fueron productos de mejor calidad que cualquier otro, bueno, si reconoce tácitamente la necesidad de que la Comisión Permanente esté convoque y convoque a extraordinarios para tratar estos asuntos, por qué no establecer en Ley entonces que estos sean de manera Ordinaria. Es decir, a mí me parece una contradicción en la argumentación vertida, califica y descalifica iniciativas de los Diputados a diestra y siniestra, se convierte en el gran juzgador de las iniciativas presentadas por respetables compañeros legisladores que todos hacemos y sépalo usted Diputado, el mayor de los esfuerzos, le imprimimos la mayor de nuestras capacidades para tratar de hacer un buen trabajo como seguramente usted intenta hacerlo, y en donde dejamos de lado esa arrogancia intelectual que de nada, que en nada contribuye a promover entre los compañeros legisladores quizá, la posibilidad de ascender en el, en la calidad de los trabajos que se presentan; no hay que olvidar que aquí estamos representantes del pueblo, no doctos en la materia jurídica, para eso tenemos Departamentos que nos auxilian, para eso hay brillantes abogados como usted que puede ayudarnos a corregir el rumbo y no sólo a destrozar con sus calificativos las iniciativas que presentan los compañeros. Dice el Dictamen: “La Comisión Permanente ha nacido en nuestra Constitución a imagen y semejanza de la que se instituyen en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como esta lo adoptó de la Legislación Española, que se remonta al siglo XIII de la cual los autores de renombre, como el Maestro Felipe Tena, seguramente íntimo amigo suyo; el Maestro Emilio Rabasa, seguramente íntimo amigo suyo; el Maestro Jorge Seyej, también si es que no su pupilo o discípulo, su Maestro  o su amigo íntimo; el Maestro Ignacio Burgoa Orihuela, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la U.N.A.M. y el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, todos ellos, todos ellos coinciden en que niegan utilidad alguna a la Comisión Permanente bajo el argumento coincidente de que su existencia obedece sólo a la forzocidad de promulgar las funciones de los Congresos ante la actividad constante de los Poderes Ejecutivo y Judicial, por su necesaria interacción, no obstante que dicha Comisión no responde a una función de naturaleza legislativa y tampoco por su composición se ajusta a nuestro Régimen representativo, de ahí pues que se requiere darle continuidad y permanencia a las funciones del Congreso del Estado. Yo coincido con todos sus colegas, quiero decirle, quiero decirles compañeras y compañeros Diputados que debemos aprobar este Dictamen porque es una exigencia de la sociedad bajacaliforniana, es una exigencia recurrente, las responsabilidades que tenemos los Legisladores no debemos rehuir a ellas, la de gestión, sólo aquellos que están alejados de la población, sólo aquellos que viven mucho, mucho muy arriba de los que menos tienen o al menos creen que viven encima de ellos, son quienes se oponen a que los Legisladores atendamos a la ciudadanía ahora cuando menos y a iniciativa de esta Legislatura, en módulos de atención ciudadana en donde ciertamente no estaremos todos los días porque tenemos una responsabilidad aquí; pero tenemos afortunadamente el apoyo logístico suficiente para que estas oficinas funcionen y atiendan a esos ciudadanos que exigen un lugar a dónde acudir para ser escuchados por su legislador, esta función de fiscalización que es más que vidente y necesaria y que requiere, y que requiere de exhaustivo análisis a todos y cada uno de los documentos presentados, la propia función legislativa fundamental en nuestra tarea. Baja California lo exige, es evidente, los Diputados somos alta y seriamente cuestionados a veces, precisamente por la falta de producción, precisamente porque hay la impresión de que los recursos que percibimos, los emolumentos de cada legislador a veces no son debidamente correspondidos al esfuerzo que debemos dar, trabajar todo el año no implica las exageraciones que aquí se han venido planteando de ser Diputados, de 24 horas al días, todos los días, no, aquí debemos reconocer que si vamos a trabajar todo el año también tenemos derecho a descansar como lo hace cualquier trabajador en este País, es una exageración venir y decir que con esta modificación a la Constitución los Diputados estaremos  los 365 días metidos en las Comisiones o en el Recinto Parlamentario, es una grave exageración, se trata de congruencia, se trata de responderle al pueblo de Baja California, se trata de decirles “sí aquí estamos y nos estamos obligando a trabajar de acuerdo a lo que exiges”. Por eso pues los invito compañeras y compañeros Diputados, a que demos nuestro voto a favor del Dictamen presentado por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; es cuanto.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias compañero Cano...

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul) Por alusión.

- EL C. PRESIDENTE: Ha concluido la segunda ronda en relación a este...

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul) Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Sí me permite compañero? Hemos terminado con la segunda ronda en este debate, solamente daríamos oportunidad al compañero Jiménez Mercado que participe en la Tribuna por alusión, nada más.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Con la venia de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público asistente. Repito, yo creo que independientemente de aceptar que pudiera haber sido exagerado el hecho de decir que estaríamos trabajando 24 horas, 365 días al año, no entiendo el porqué, que en un momento determinado una persona que habla de Constitución dinámica, que exprese la sensibilidad social, deba de ser de un dinamismo que probablemente no lo explicó, pero que probablemente signifique  el estar trabajando cotidianamente en la modificación de esta Constitución; es obvio que los tiempos biológicos de los seres humanos no son compatibles con las edades o los tiempos de los grupos sociales y en un momento determinado probablemente nosotros estemos hablando de épocas de la historia que no compaginen con la edad de cada uno de los seres humanos que han vivido en estos momentos. Yo esto de acuerdo que las Constituciones deben de ser dinámicas, la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica es dinámica y en 200 años recibió 5 modificaciones; la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica y la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos solamente en un sexenio recibió más de 100 modificaciones; en este momento, si consultamos con muchos de los especialistas citados por la persona que me antecedió en el uso de la palabra, pues tendremos la gran sorpresa de ver cómo van a estar pidiendo el texto para ver si la Constitución a la que ellos se refieren o que trataron de hacer en  un momento determinado apoyar sus argumentos, está o no vigente. Por eso yo siento pues que las Constituciones deben de tener una firmeza suficiente para darle sustento a la vida ciudadana y no soy un conservador como lo expresó el que me antecedió en el uso de la palabra, en el sentido que pretendió, que normalmente se utiliza como algo peyorativo que nada tiene que ver conmigo. Es la primera vez que ejerzo una función pública y es la primera vez que tengo yo acceso a una derogación o alguna oportunidad de vivir respecto al presupuesto y debo explicar, porque probablemente por no estar aquí algunas gentes no se enteraron que si bien es cierto que yo solicité permiso conforme está previsto en la Ley para presentar mi precandidatura o mi aspiración a ser candidato a la Gubernatura del Estado, jamás he faltado a una reunión del trabajo injustificadamente, ni siquiera cuando solicité ese permiso. Por lo demás, parece ser que lo que haz hecho aquí es una convocatoria a votar en contra de Jaime Jiménez Mercado, y eso significa que van a votar a favor de una reforma a la Constitución, pues vaya manera de legislar tan más especial, extraordinaria y diferente a la que yo supongo que debería hacerse. Acepto que hay gentes que hacen un esfuerzo extraordinario, acepto que aquí tenemos una experiencia magnífica, esto es muy grande y que se ha tenido una oportunidad de conocer muy buenas inquietudes y que hemos tenido muy buen producto en algunos casos; pero yo no me refería a esos casos, sino me referí a los casos distractores en los que hemos tenido qué trabajar las gentes que hemos revisado iniciativas en las que permanente y constantemente se ha dicho por quien me antecedió en el uso de la palabra, que no tiene tiempo de ir a esa Comisión porque él está ocupado en otra Comisión, cosa que se entiende perfectamente; tampoco puedo yo pedirle a la persona que atiende la Comisión de Salud, como la que atiende a otra Comisión, etcétera, que esté en todas las demás Comisiones, es imposible y no se trata de eso, yo creo simple y sencillamente que debemos de reflexionar respecto del paso que vamos a dar, independientemente de las personas que hayamos participado con un argumento a favor o en contra, sino precisamente tomando o desechando el argumento, porque si se trata pues de simpatía, pues seguramente que yo perderé la elección y entonces la Constitución Política de los Estados Unidos de Baja California van a apoyarse, solamente quiero recordar a Aristóteles que pues es muy simpático, porque el buen humor es magnífico y voy a tener que clavar los espolones a algunos de mis compañeros, que mientras hacían alusiones a mi persona pues se estaban riendo, y dijo Aristóteles que la risa abunda en la boca de los imbéciles, hay que tener buen humor, nada mas.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces tenemos, hemos concluido con la segunda ronda, vamos a, les preguntamos esta Presidencia si se considera la asamblea que el asunto ha sido suficientemente discutido; de ser así, pasamos a la, ha concluido el debate y pasamos a la votación, compañera Secretaria...

- EL C. DIP. DOMINGUEZ ROCHA: (Desde su curul) Diputado Presidente, yo le solicitaría un receso antes de entrar a la votación.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos compañera Diputada.

 - LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, atendiendo sus instrucciones, les pedimos a los Diputados, a la Diputada de esta XVI Legislatura emitir el sentido de su voto por vía nominal, iniciando por la derecha, de el Dictamen 152 presentado por el Diputado Martín Domínguez Rocha, por la derecha, Diputados.

- Antonio Cano, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor y me reservo en lo particular el punto resolutivo en referencia al Artículo 45.

- Raquel Casillas, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Jaime Jiménez Mercado, en contra.

- Ulises Arce Salvador, me abstengo.

- Ruvalcaba, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar? ¿Algún Diputado falta por emitir su voto? Por la Mesa Directiva.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado faltó?

- Guillermo Aguilar, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: 17 a favor, Diputado Presidente, uno en contra, una abstención y una reserva en lo particular al Artículo 45.

- EL C. PRESIDENTE: Entonces, en lo general tenemos, ¿cuántos votos a favor? 17 a favor, uno en contra y una abstención.

- LA C. SECRETARIA: Y una reserva en lo particular, en el Artículo 45, del Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante.

- EL C. PRESIDENTE: Entonces, se aprueba en lo general y pasaríamos, primero vamos a solicitarle al Maestro Ulises que sustente su abstención para concluir con este primer trámite.

- EL C. DIP. ARCE SALVADOR: Ciudadano Presidente, me abstengo porque no tengo conocimiento sobre ello.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, gracias. Entonces, se aprueba en lo general con 18 votos a favor, uno en contra y una abstención; entonces pasaríamos a ventilar la reserva en lo particular que nos hace el Diputado Edgar Arturo Fernández, en lo que se refiere al Artículo 45. Compañero Edgar Arturo Fernández, haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su permiso señor Presidente, el podium está muy electrizado o traemos demasiada energía. Compañeras, distinguidas compañeras legisladoras, compañeros Diputados. Hice mi reserva en lo particular al Artículo 45 que es planteamiento y materia del propio Dictamen en relación a la Iniciativa formulada por los siguientes aspectos: En su texto actual el Artículo 45 o más bien dicho con la reforma que se plantea al Artículo 45 se habla de la ausencia del Gobernador del Estado en relación al territorio o bien, de la separación de sus funciones hasta por 30 días, y dice el Artículo que solamente dará aviso al Congreso y en esos casos, el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho, en términos generales es el planteamiento en relación a la propuesta en el Artículo 45 que con la modificación que se plantea en la Iniciativa nada más es suprimir la Comisión Permanente; sin embargo, compañeros ha sido tema de debate y discusión al seno de esta Legislatura las ... si el ejecutivo del Estado, solamente dando aviso a este Congreso, pueda ausentarse del territorio nacional, dicho de otra manera, si el Ejecutivo del Estado, vale únicamente que de aviso al Congreso del Estado para realizar viajes al extranjero, donde manifiesta que va en relación a viajes respecto a la promoción económica, a la promoción turística y demás aspectos del desarrollo del Estado de Baja California, pero el debate no se ha centrado en relación a si efectivamente esos viajes al extranjero se encuentran previamente sustentados e informado a este Congreso para efecto de hacer una valoración, respecto del programa, objetivos, y presuntivamente resultados que pudieran darse respecto de un viaje al extranjero y ha sido muy claro al interior de este Congreso y al interior del debate político en el Estado, que el Gobernador del Estado, cuando realice estos viajes al extranjero, este Congreso del Estado, por no decir nunca, casi nunca está informado de las acciones, objetivos y programas que se persiguen en un viaje de esta naturaleza, podemos preguntarnos cada uno de los diputados que estamos aquí sentados, si en los viajes que se han hecho al extranjero, durante la gestión del actual Gobernador, en relación a esta Legislatura que le compete analizarlo, les podemos preguntar algunos de nosotros si tenían conocimiento del programa de los objetivos y de las acciones que se iban a realizar en ese viaje al extranjero que se llevó a cabo, no solamente en el caso del viaje a Europa, sino también el viaje a Asia, los dos viajes que se realizaron, y estoy seguro que si les preguntamos a cada uno de los diputados aquí presentes en este Recinto Legislativo, pocos, casi todos podemos tener acceso a esta información, el motivo, entonces de esta reforma, conlleva lo siguiente, se que algunos de mis compañeros subirán a argumentar en contra de la presente planteamiento, esgrimiendo el sentido de que el Ejecutivo del Estado por su tarea natural, requiere continuamente de viajar y realizar acciones de esta naturaleza, yo les diría, es excepcional que el Ejecutivo del Estado tenga que ir al extranjero, podría ser motivo de un trabajo cotidiano, respecto al ejercicio de sus propias acciones, el viaje dentro del territorio nacional, con motivo del quehacer en relación a las gestiones con el gobierno federal a la ciudad de México, pero aquí no se está cuestionando la ausencia o separación del Gobernador del Estado, dentro del Territorio Nacional, con motivo del ejercicio de su función, respecto a acciones o gestiones que tenga que hacer en el centro del país, en relación al Gobierno Federal, aquí el cuestionamiento es que el Ejecutivo del Estado, deberá de informar previamente a este Congreso del Estado y solicitarle su autorización, cuando pretenda o más bien dicho, cuando su ausencia sea fuera del territorio nacional con motivo de un viaje al extranjero para que esta Soberanía, tenga los elementos necesarios y el Ejecutivo tenga ese mecanismo de coordinación que debe haber entre poderes para que sepamos previamente cuales son las acciones, los objetivos, el programa y los posibles resultados que se pretenden realizar con un viaje de esta naturaleza, en relación abandonar el territorio nacional, ahora bien, la propuesta en concreto, aún cuando tendre oportunidad, una vez de que se suba a debatir algunos de los compañeros en contra de poderlo hacer de nueva cuenta, es articulo 45.- El Gobernador podrá ausentarse del territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso, y en caso de que la separación implique la ausencia del Ejecutivo del Territorio Nacional, solicitará autorización al Congreso, en esos casos el Secretario de Gobierno, se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, los invito compañeros, a que bajo un esquema de esta naturaleza, esta Legislatura, las próximas legislaturas tengan la oportunidad que para que se realice un viaje al extranjero, por parte del Ejecutivo del Estado, que es en vía excepcional y que no se cuestione en el debate y en este momento no lo pongo a consideración, si resulta adecuado o inadecuado, tenga esta Legislatura la oportunidad de que previa información que se plantee y el análisis del programa objetivos y metas a alcanzar con esa ausencia al extranjero, esta Legislatura tenga la oportunidad de valorar, si concede o no la autorización del Gobernador del Estado, ausentarse del territorio nacional, lo dejo en la mesa del debate y es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, entonces se abre el debate, en torno a la reserva en lo particular que nos ha hecho el compañero diputado, Edgar Arturo Fernández, por favor haga una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Diputados que estén en contra, de la reserva en particular del artículo 45, sustentado por el diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante, en contra, no hay en contra, diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor, sin lugar a dudas no deja de ser interesante, nosotros hicimos Iniciativa de reformas sobre este artículo con el mismo contenido que ha planteado el compañero Edgar Fernández, yo espero que los compañeros diputados, nos demos el tiempo suficiente para revisar esa Iniciativa, y enriquecerla pues con la visión que ha presentado el compañero Edgar Fernández, les parece bien, bien, entonces no habiendo diputados en contra, no procede a favor, levantemos el sentido del voto de cada uno de los compañeros, en torno a la reserva que ha hecho el compañero Edgar Fernández, es nominal.

- LA C. SECRETARIA: Los compañeros diputados, diputada favor de emitir el sentido de su voto, por vía nominal, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano a favor,

- Héctor Esparza a favor,

- Edgar Fernández a favor,

- Raquel Casillas a favor,

- Sergio Avitia Nalda a favor,

- David Gutiérrez Piceno a favor,

- Jaime Jiménez Mercado a favor,

- Ulises Arce Salvador a favor,

- Ruvalcaba a favor,

- Martín Domínguez en contra,

- Sócrates Bastida Hernández en contra,

- Gómez Mora en contra,

- Alejandro Pedrín Marquez en contra,

- Héctor Baltazar Chiprés en contra,

- Molina en contra,

- Miguel Delfín Castro en contra,

- Alejandro Bahena Flores en contra,

- Gillermo Aguilar Kaiten en contra,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Falta por votar algún diputado?, por la Mesa Directiva-

- Héctor Magaña Mosqueda en contra,

- Olivia Villalaz a favor,

- José Arango en contra,

- Flores Muñoz Gilberto a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, tenemos doce votos a favor y once votos en contra, cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, debido a que se trata de una reserva en lo particular que tiene la intención de reformar la Constitución, que se requiere mayoría calificada por lo tanto no procede, sin embargo seguiremos insistiendo en este asunto, y entonces haremos la declaratoria de la aprobación de este dictamen, del dictamen 152, que se aprueba en lo general y en lo particular con...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, si es tan amable, para que conste en el diario de debates, la mecanica del proceso, se debe declarar primero si así fuese el sentido de la votación, la reserva en particular improcedente, por la relaciones que haga y después aprobar, si pero no han desechado la reserva en lo particular.

- EL C. PRESIDENTE: Hemos dicho que el resultado de la votación, fueron doce votos a favor, once en contra y cero abstenciones, en lo que se refiere a la reserva en lo particular del artículo 45, por lo tanto no procede y se desecha, si ya lo había dicho pues, de que se requiere votación calificada, debido a que se trata de una reforma constitucional, bien, entonces, volviendo al asunto, se aprueba el dictamen No. 152, en lo general por 18 votos a favor, uno en contra y una abstención, en lo general y en lo particular dije, una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el dictamen No. 152 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en los términos que fue leído por el diputado Martín Domínguez Rocha. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de abril del año dos mil uno y se declara un receso de una hora (Receso: 14:07  Reanuda: 20:12) Se reinicia la sesión, buenas tardes compañeros, compañera diputada secretaria, Olivia Villalaz, haganos el favor de pasar, de verificar el quorum, de la asamblea.

- LA C. SECRETARIA: Quince diputados presentes, existe quorum, diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos con el sexto punto del orden del día, que es informe o dictámenes que rinden las comisiones especiales o permanentes, tenemos en el orden el dictamen No. 148, que presenta la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, que dará lectura el compañero Edgar Fernández, diputado Edgar Fernández.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: No se encuentra señor Presidente, pero puede dejar pendiente, cuando venga podemos presentarlo, no hay problema.

- EL C. DOMINGUEZ ROCHA: Lealo Usted diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Yo sería de la idea compañeros que desahogaramos, bueno pues entonces a continuación, bien, un receso de cinco minutitos. (Receso: 20:13 Reanuda: 20:14) compañero Edgar Fernández Bustamante, solicitamos que pase a hacer uso de la Tribuna para que exponga ante este Pleno el dictamen No. 141, que la Presidencia de la Comisión de la cual Usted forma parte, lo ha distinguido dictamen No. 141.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su permiso señor Presidente, compañeras diputadas. Con su venia señor Presidente, si me permite, en virtud de que hay una petición de algunos compañeros que quieren hacer un análisis más pormenorizado del dictamen No. 141, pues vamos a pedir por acuerdo de la Comisión y por acuerdo de la presidencia, presentarlo en la próxima sesión, muchas gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Bien pasamos a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, solicitamos al compañero Sócrates Bastida, haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compermiso compañeros diputados, H. Asamblea, Dictámenes que presenta la Comisión de Hacienda y Administración, dictamen 148, que se refiere a Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Tijuana, por el ejercicio fiscal de 1998, que será leído por el de la voz, dictamen No. 149, Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Ensenada, por el ejercicio fiscal 1998, que será leído por el diputado Antonio Cano; Dictamen No. 152, Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, por el ejercicio fiscal 1998, será leído por el diputado Bahena; Dictamen NO. 473, Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Mexicali, por el ejercicio fiscal 1999, será leído por el diputado Héctor Esparza; Dictamen 488, Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, por el ejercicio fiscal 1999, será leído por el de la voz; Dictamen No. 501, Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tijuana, por el ejercicio fiscal 1999, será leído por el diputado Antonio Cano; Dictamen No. 503, Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tecate, por el ejercicio fiscal 1999, será leído por el diputado Alejandro Bahena; Dictamen 153, Cuentas Públicas del Poder Judicial por el ejercicio fiscal 1998, será leído por el diputado Héctor Esparza; Dictamen 474, Cuentas Públicas del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, por ejercicio fiscal 1999, será leído por el de la voz, y el dictamen No. 487, Cuentas Públicas del Poder Judicial por el ejercicio fiscal de 1999, que será leído por el diputado Gilberto Flores Muñoz; bien, un momento nada más. El suscrito diputado, Sócrates Bastida Hernández, en mi carácter de Presidente de la Comisión de Hacienda y Administración, solicito al pleno de este Congreso, la dispensa de trámite que se refiere al artículo 130 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, relativo a la entrega de los dictámenes, a los diputados tres días antes de su discusión en el Pleno, con el fin de que se presente a la consideración de la H. Asamblea, los dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, es la solicitud que hacemos, toda vez que no fueron entregados con los días que se mencionan, sin embargo, ya fueron entregados desde el lunes trempano, a su vez también, otra petición que es la siguiente, que sea dispensada la lectura total de los dictámenes para que únicamente se lea el proemio y los resolutivos, serían dos solicitudes, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muy bien, muchas gracias, compañero Sócrates Bastida, vamos a proceder inicialmente, solicitar la autorización de la dispensa de trámite de entrega de los dictámenes, con 72 horas de anticipación, se refiere a los dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, el resto de los dictámenes ya se han entregado con anticipación, entonces compañera diputada, haga, se abre el debate, y por favor haga una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Los diputados que estén en contra de la dispensa de trámite de la entrega de las 72 horas, de los dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, y la dispensa total de la lectura...

- EL C. PRESIDENTE: No primero vamos a empezar con una solicitud.

- LA C. SECRETARIA: Y dispensa de trámite, entrega de las 72 horas de los dictámenes antes mencionados, por favor sírvanse manifestarse los que estén en contra, no hay oradores en contra.

- EL C. PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por favor solicite el sentido del voto a cada uno de los diputados presentes por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Los diputados favor de manifestarse su sentido de votación por vía nominal, iniciando por la derecha, la dispensa del trámite de entrega de 72 horas de los dictámenes antes mencionados, favor de manifestarse por vía nominal, su sentido de votación iniciando por la derecha.

- Antonio Cano a favor,

- Héctor Esparza a favor,

- Edgar Fernández a favor,

- Raquel Casillas a favor,

- Sergio Avitia Nalda a favor,

- David Gutiérrez Piceno a favor,

- Jaime Jiménez Mercado me abstengo,

- Ulises Arce Salvador, me abstengo,

- Martín Domínguez a favor,

- Guillermo Aguilar Kaiten a favor,

- Gómez Mora a favor,

- Alejandro Pedrín Marquez a favor,

- Sócrates Bastida Hernández a favor,

- Héctor Baltazar Chiprés, a favor,

- Molina a favor,

- Miguel Delfín Castro a favor,

- Alejandro Bahena Flores a favor,

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?, por la Mesa Directiva.

- Olivia Villalaz a favor,

- José Arango a favor,

- Flores Muñoz Gilberto a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado presidente, tenemos 18 votos a favor de la dispensa del trámite de la entrega de 72 horas de los dictámenes antes mencionados y tenemos dos abstenciones, una abstención del diputado Jiménez Mercado y la otra abstención del diputado Arce Salvador Ulises.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero Jiménez Mercado, haga uso de la Tribuna para sustentar su abstención por favor.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Me he manifestado en abstención de esto, con su venia diputado Presidente, integrantes de la Mesa Directiva, compañeras diputadas, compañeros diputados, porque si a las personas integrantes de la Comisión de Hacienda, y Administración, les tomó horas de debate y análisis y recurrir a todo un equipo de aproximadamente 250 empleados de la Contaduría Mayor de Hacienda para llegar a una conclusión, que todavía venimos a discutir aquí, si será correcta o incorrecta y aún así, no tienen tiempo de entregarla con un mínimo de 72 horas, o una semana o quince días antes, y además, porque se ha convertido en una rutina, eso de pedir, que se, esa excepción que está prevista en la ley para que se pida la dispensa de trámite, en algunos casos pues aquí se ha convertido en una regla, y yo creo que estamos abusando pecaminosamente de ese tipo de cosas, o actitudes porque al final de cuentas, yo quisiera quien está lo suficientemente comprenetado del contenido de esos dictámenes, aparte de las gentes que acuden a la Comisión de Hacienda y Administración, como para manifestarse en sentido aprobatorio o negativo o aprobar o rechazar un dictamen de esa naturaleza, es cuanto.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, compañero Jiménez Mercado, compañero diputado Ulises Arce Salvador.

- EL C. DIP. ARCE SALVADOR: Ciudadano Presidente, me abstengo porque no tengo conocimiento sobre ello.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba la solicitud de dispensa de trámite de entrega con 72 horas, por 17 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, pasaríamos a la siguiente solicitud, que se refiere a la dispensa de lectura total de los dictámenes y solamente, los vamos a circunscribir a la lectura de los proemios y los resolutivos, entonces, compañeros, se inicia el debate y le pedimos a la compañera Secretaria que haga una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Oradores en contra, no se observa ningún orador en contra.

- EL C. PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por lo tanto someta a votación, por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros diputados, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal de la dispensa total de la lectura y nada más se lean los proemios y resolutivos, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano a favor,

- Héctor Esparza a favor,

- Edgar Fernández a favor,

- Raquel Casillas a favor,

- Sergio Avitia Nalda a favor,

- David Gutiérrez Piceno a favor,

- Jiménez Mercado se abstiene,

- Ulises Arce Salvador, se abstiene,

- Sócrates Bastida Hernández a favor,

- Guillermo Aguilar Kaiten a favor,

- Gómez Mora a favor,

- Alejandro Pedrín Marquez a favor,

- Héctor baltazar Chiprés a favor,

- Molina a favor,

- Miguel Delfín Castro a favor,

- Alejandro Bahena a favor,

- Domínguez a favor,

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?, por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda a favor,

- Olivia Villalaz a favor,

- José Arango a favor,

- Flores Muñoz Gilberto a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, dicienueve votos a favor y dos abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Compañeros diputados por favor pasen a hacer uso de la Tribuna para sustentar su abstención.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Con su venia de la presidencia, a la Mesa Directiva, compañeras diputadas, compañeros diputados, público asistente, si estime hace un momento que era ya bastante temerario dispensar el trámite de la entrega con anticipación para leer el escrito y ahora aquí se pide permiso de ni siquiera escuchar la lectura del dictamen, bueno pues si ya están ustedes totalmente, ¿Cómo le llaman Ustedes?, ¿Negociados o de acuerdo, o “cuaimados, o como quieran decirlo?, ¿Pues porque no lo someten a votación directamente? y evitamos esta “charlotada”.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero Ulises.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Una moción, señor Presidente, es decir, el término “charlotada”, me parece que es ofensivo para el trabajo de los compañeros de la Comisión y nada más hacer la aclaración que fue enviado todos los diputados, una invitación muy cordial para que acudieran al debate y la discusión de todas y cada de las cuentas públicas que se van a realizar el día de hoy, reuniones a las que no asistió el señor diputado en referencia por lo tanto yo nada más la moción es para solicitar más respeto al trabajo de los compañeros diputados. Es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Aceptado compañero, si diga.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Unicamente para decirle al compañero Cano Jiménez, “charlote” es diminutivo de Carlos en Francés.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: ¿Cuaimado?, que nos aclare que es cuaimado.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Para mi es ofensivo.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero diputado...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, con todo respeto, si nos hacen favor de traernos un diccionario para establecer lo que quiere decir cuaimado y si es ofensivo para estos diputados, pediría que se disculpara.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante compañero, pues, solicitamos al Oficial que nos traiga un diccionario, enciclopédico, si compañero, yo creo que está aceptada la moción.

- LA C. DIP. VILLALAZ BECERRA: Compañero Presidente, solicito un receso.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante compañera, (Receso:20:29 horas Reanuda:20:30 horas) a esta Mesa Directiva, le voy a solicitar le de lectura a la definición que nos hace el diccionario enciclopedico ilustrado oceano uno de la edición 93, compañera aquí viene el concepto, solamente viene el concepto de coima, de lectura compañera.

- LA C. SECRETARIA: Bueno, lo que tenemos aquí a la vista sobre el significado de la palabra coima, entre parentesis tenemos manceba, y la explicación que nos da dice, lo que cobra el dueño del garito, dinero con que se soborna, cuaimado quiere decir soborno.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, con todo respeto le pido a la Presidencia de esta Legislatura, en relación a que nos debemos de conducir con el respeto debido de acuerdo a la propia Ley Orgánica, que en expresiones de esta naturaleza, la Presidencia conmine a los compañeros diputados que hagan expresiones de esa naturaleza, a todo, a toda la XVI Legislatura, a los diputados que la componemos, que no haya expresiones de esta naturaleza en relación al trabajo.

- EL C. PRESIDENTE: De mi parte considere que vamos a estar muy atentos, que los compañeros, que todos nos conduzcamos con respeto dentro del recinto legislativo, compañero Jaime Jiménez Mercado, pues le solicito a Usted que tenga a bien a conducirse de otra manera diferente que no ofenda a esta Honorable Legislatura, compañero.

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Así lo hare diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, entonces continuamos, aquí tenemos otra definición para completar nuestros conocimientos del contenido que guarda ese concepto de cuaimado.

- LA C. SECRETARIA: Coimado. Manceba, concubina, barragana.

- EL C. PRESIDENTE: Bueno, vamos a continuar y vamos a ...

- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Fíjese que curioso, diputado Presidente, porque resulta que el apehido Barragan, entonces significa que es descendiente de una barragana.

- EL C. PRESIDENTE: Si, vamos adelante, nos ha ofendido diputado, no hay que olvidar, porque a nosotros nadie nos ha sobornado. Bien, vamos a continuar con los trabajos, se ha aprobado de la dispensa de la lectura por diecisiete votos a favor, dos abstenciones, el compañero Ulises, le solicitamos que pase a hacer uso de la Tribuna para sustentar su abstención.

- EL C. DIP. ARCE SALVADOR: Ciudadano Presidente, Gilberto Muñoz, con mucho respeto, ignoro sobre el asunto.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, adelante, una vez aprobado pues iniciamos la discusión del análisis de cada uno de los dictámenes que nos han propuesto a consideración, la Comisión de Hacienda y Administración, iniciamos con el primero que es el 148, que dará lectura el diputado Sócrates Bastida, se refiere a las cuentas públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Tijuana por el ejercicio fiscal de 1998, compañero Sócrates Bastida, por favor haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, Comisión de Hacienda y Administración, dictamen No. 148, Honorable Asamblea. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP026/99 de fecha 25 de junio de 1999, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes: ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo de 1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 31 de agosto de 1998, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 15 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a)        La Entidad al cierre del ejercicio depuró partidas en conciliación, cargos bancarios por la cantidad de $ 1’097,318 y depósitos no registrados por
$ 88,925 provenientes de los ejercicios de 1996, 1997 y 1998 de varias cuentas bancarias, sin contar con la respectiva documentación comprobatoria, así mismo en la cuenta de deudores diversos se tiene un saldo de $ 144,928 originado principalmente por cargos bancarios no aclarados, los cuales se eliminan de las conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores, se desconocen los posibles efectos que se pudiesen derivar. b)  Durante el ejercicio se detectaron diversas disposiciones de efectivo mediante movimientos bancarios irregulares, lo cual ocasionó que se inhabilitara a servidores públicos, motivando que el XV Ayuntamiento de Tijuana, B.C., presentara denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado la cual se encuentra en proceso de averiguación previa. c)   Proveniente de administraciones anteriores, se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos por $ 72,511 con los cuales se presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido localizados. La Entidad celebró en 1996 Convenio de Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado por la cantidad de $ 5’058,388 para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30% anual no registrados por los períodos del 23 de enero al 31 de diciembre de 1996 y del 1º de enero al 14 de mayo de 1997, por un monto aproximado de $ 1’248,809 y
$ 557,000, respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de la existencia de los productos financieros a favor de la Entidad por el segundo período debido a que en el Convenio Modificatorio suscrito con fecha 15 de mayo de 1997, se establece que el crédito otorgado no generará productos a favor del Ayuntamiento por el capital otorgado en préstamo el cual se incrementó $ 3’710,126 para formar un total de $ 8’768,514 dado que no se precisa la fecha de inicio de vigencia de los términos del Convenio
Modificatorio señalado, así mismo, existe incertidumbre sobre el registro de los intereses devengados durante 1996 que ascienden a $ 1’248,809 importe que se incluyó en el costo de la obra derramada para la determinación de los créditos fiscales por concepto de Impuesto de Plusvalía. e)     Al cierre del ejercicio la Entidad presenta en cuentas por cobrar diversos saldos de deudores por la cantidad de $ 106,678 que corresponde a 33 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe la incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad. f) Se determinaron diferencias de $ 5’434,978 entre los saldos registrados contablemente en cuentas de orden por $ 44’881,369 y el saldo que arrojan los padrones de la Recaudación de Rentas por $ 39’446,391 de los conceptos de: Línea Amarilla, Multas de Tránsito, Multas de Estacionómetros, y Multas Federales No Fiscales; en relación al padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio y del Impuesto Predial se desconoce el saldo de los mismos debido a que se proporcionaron los padrones sin totalizar, desconociéndose los posibles efectos que pudieran resultar al comparar las cifras contables de $ 144’611,740 con los saldos que arrojan dichos padrones; por otra parte no se encuentran reconocidas en los estados financieros las cuentas por cobrar derivadas de los créditos fiscales del Impuesto de Plusvalía relativo a la obra de urbanización del Boulevard Manuel de Jesús Clouthier del Rincón con saldos según el padrón de
$ 30’389,656 que incluye financiamiento a 60 meses, cifra que se encuentra sujeta a depuración, así como no se proporcionó padrón al 31 de diciembre de 1998 de los Derechos de Uso o Goce de la Zona Marítima Federal ni se registró en registros contables los adeudos correspondientes de acuerdo a la práctica contable de la Entidad. Los estados financieros incluyen $ 2’495,787 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 5 años debido a que las contribuciones derivadas del
servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C.,  para el ejercicio fiscal de 1998. h) La Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto No. 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles por un valor de $ 6’278,345, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la autorización de desincorporación, por parte de la Legislatura Constitucional del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo no se ha efectuado una conciliación entre ambas Entidades, entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito. i) La Entidad proporcionó padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor el cual no se encuentra totalizado debido a que se encuentra en proceso de depuración, desconociéndose el monto global del mismo; y el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al comparar las cifras contables de $ 141’376,688 con las cifras que arroje el padrón mencionado. j)    La Entidad no efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles, Planta y Obra Pública correspondientes al grupo 500 por $ 98’781,778 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública hasta por un monto de $ 234’383,324, cifra que incluye inversión federal, estatal, municipal y de la comunidad, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar. Se tiene registrado contablemente en bienes inmuebles, así como en el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor la superficie de terreno de 255,372.55 m² del predio conocido como “Cañón de las Rosas” mismo que se integra según registros por: Panteón Municipal 4 y Unidad Deportiva
“Gran Tenochtitlán”, la superficie donada al Municipio por particular fue de 23-00-00 hectáreas de acuerdo a escritura pública de donación, siendo la superficie real del polígono según plano elaborado por dependencia municipal de 235,326.174 m² la cual incluye la superficie de 79,051.542 m² de área habitacional que está siendo regularizada a favor de los posesionarios, la Entidad no ha dado de baja la superficie regularizada al 31 de diciembre de 1998, ni ha aclarado la diferencia de la superficie recibida en donación con la registrada por 25,372.55 m². l) La Entidad al 31 de diciembre de 1998 tiene registrada dentro de la cuenta bienes inmuebles, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie de 22,800 m² el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de $ 19’824,101 que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la documentación legal que sustente su propiedad; adicionalmente, sobre el mismo inmueble existe diferencia de 9,350 m² entre la superficie registrada contablemente y la señalada en el Decreto Nº 194 de fecha 20 de julio de 1983 mediante el cual la X Legislatura Constitucional del Estado autorizó la desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C. m)       La Entidad al 31 de diciembre de 1998 no reconoce adeudo a favor del proveedor Universal Metal, S.A. de C.V., por un monto de $ 252,450 por los servicios de mantenimiento, modificación de chasis, y compra de llantas, servicios e instalaciones realizadas a los camiones de recolección de basura y modificaciones a contenedores, según lo amparan las facturas Nos. 1598, 1600, 1604 de fechas 26 de octubre y 27 de noviembre de 1998 expedidas por el proveedor, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudiesen resultar. n)        La Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables de
$ 7’466,288, de los cuales se registraron $ 7’418,397 en cuentas de orden, aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo, existiendo incertidumbre sobre los efectos que pudiesen resultar de dicha conciliación. ñ)    La Entidad presenta en sus estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $ 108,649 que se integra por saldos provenientes de los años de 1996 y 1997, los cuales están siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los mismos. o) La entidad durante el ejercicio pagó la cantidad de $ 3’268,705 correspondiente a 10 días de aguinaldo adicional a los 40 días que se establecen en el Artículo 44 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, al personal de confianza lo cual no fue expresamente autorizado por el Cabildo. p) En la obra: Segunda Etapa de la Construcción de la Lanzadera de Transporte Público, Tijuana, B.C., amparada en el contrato No. C-OPM-98-CPE-01, la Entidad elaboró contrato modificatorio, rebasando el porcentaje establecido del 25% tanto en plazo como en monto para dichos contratos, no obstante lo anterior, adicionalmente celebró un convenio adicional, no apegándose con ello a lo indicado en el Artículo 44 de la Ley Estatal de Obras Públicas de Baja California. q)    La Entidad no dio cumplimiento al Artículo 26 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se valuaron los Programas de su Presupuesto de Egresos, desconociéndose en consecuencia el gasto autorizado y ejercido en cada uno de los programas, en los términos de lo dispuesto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la misma Ley. r)     El Presupuesto de Egresos autorizado y el ejercido de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial parte integrante del Presupuesto de Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, no fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de conformidad con lo previsto en los Artículos 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. s)        Se determinaron deficiencias en la definición, cuantificación y evaluación de las metas proyectadas, y en su caso de las realizadas, de los programas del Departamento de Inventario y Almacén dependiente de Oficialía Mayor; Departamento de Informática dependiente de la Tesorería Municipal; Policía y Tránsito; Subdirección de Planeación y Proyectos de la Dirección de Planeación, Desarrollo Urbano y Ecología, así como del programa denominado “Otorgar Ayudas Económicas a los ciudadanos que lo requieran y justifiquen para la resolución de problemas de tipo personal de la comunidad” del Presupuesto de Egresos, situación que limita el conocer en forma precisa el seguimiento programático del avance de las metas. t) La Entidad durante el ejercicio no dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 21 y 105 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque no se han identificado 30 hojas de nóminas pagadas desconociéndose su monto, porque algunas nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones por $ 6’386,770, y porque no se comprobaron erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 698,752. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. SEPTIMO.- Que en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración celebrada el 21 de julio de 1999, comparecieron los CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y C.P. Víctor Daniel Amador Barragán, Presidente y Tesorero del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, respectivamente, a efecto de hacer las aclaraciones a las observaciones contenidas en la Opinión de la Contaduría Mayor de Hacienda en relación con la Cuenta Pública del período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998 del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California. OCTAVO.- Que derivado del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Administración y de las aclaraciones presentadas por los responsables del manejo y administración de la Cuenta Pública del XVI Ayuntamiento de Tijuana, B.C. se consideró necesaria la eliminación de la observación relativa a la obra pública de la Segunda Etapa de la Construcción de la Lanzadera de Transporte Público, en virtud de que la observación que hacía referencia a que el convenio modificatorio que amplió el plazo de ejecución de la obra debió de denominársele como adicional, se considera subsanada cuando la propia entidad celebra el 25 de septiembre convenio adicional mediante el cual se incrementó tanto el monto como el plazo de ejecución, quedando comprendido dentro del nuevo plazo el que se consideró en el convenio objeto de la observación; así como eliminar y adecuar la observación relativa a que el Presupuesto de Egresos autorizado del Municipio de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal de 1998 publicado en el Periódico Oficial del 31 de diciembre de 1997 no contiene el desglose a nivel de ramos, programas y partidas como se señala en el Artículo 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California toda vez que la reforma a esta disposición entró en vigor el primero de enero de 1998, por otra parte el cierre presupuestal fue publicado en el Periódico Oficial del 2 de julio de 1999 sin embargo no contiene el desglose a nivel de ramos y programas como se establece en el Artículo 30 del ordenamiento antes citado. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública Patrimonial del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y
C.P. Víctor Daniel Amador Barragán, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998, por motivo que la Entidad al cierre del ejercicio depuró partidas en conciliación, cargos bancarios y depósitos no registrados provenientes de los ejercicios de 1996, 1997 y 1998 de varias cuentas bancarias, sin contar con la respectiva documentación comprobatoria, así mismo porque en la cuenta de deudores diversos se tiene un saldo originado principalmente por cargos bancarios no aclarados, los cuales se eliminaron de las conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores, desconociéndose los posibles efectos que se pudiesen derivar; así como porque durante el ejercicio se detectaron diversas disposiciones de efectivo mediante movimientos bancarios irregulares, lo cual ocasionó que se inhabilitara a servidores públicos, motivando que el XV Ayuntamiento de Tijuana, B.C., presentara denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado la cual se encuentra en proceso de averiguación previa; porque se tiene registrado contablemente en bienes inmuebles, así como en el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor la superficie de terreno de 255,372.55 m² del predio conocido como “Cañón de las Rosas” mismo que se integra según registros por: Panteón Municipal No. 4 y Unidad Deportiva “Gran Tenochtitlán”, la superficie donada al Municipio por particular fue de 23-00-00 hectáreas de acuerdo a la escritura pública de donación, siendo la superficie real del polígono según plano elaborado por dependencia municipal de 235,326.17 m² la cual incluye la superficie de 79,051.54 m² de área habitacional que está siendo regularizada a favor de los posesionarios, la Entidad no ha dado de baja la superficie regularizada al 31 de diciembre de 1998, ni ha aclarado la diferencia de la superficie recibida en donación con la registrada por 25,372.55 m²; y porque no se reconoce adeudo a favor del proveedor Universal Metal, S.A. de C.V., por un monto de $ 252,450 por los servicios de mantenimiento, modificación de chasis, y compra de llantas, servicios e instalaciones realizadas a los camiones de recolección de basura y modificaciones a contenedores, según lo amparan las facturas Nos. 1598, 1600, 1604 de fechas 26 de octubre y 27 de noviembre de 1998 expedidas por el proveedor, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudiesen resultar. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y C.P. Víctor Daniel Amador Barragán, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI  Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y C.P. Roberto Zavala Gutiérrez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre de 1998. CUARTO.- Con motivo de lo señalado en el Punto Resolutivo Primero, así como porque proveniente de administraciones anteriores, se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos con los cuales se presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido localizados; debido a que se celebró en 1996 Convenio de Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30% anual no registrados por los períodos del 23 de enero al 31 de diciembre de 1996 y del 1º de enero al 14 de mayo de 1997, existiendo incertidumbre acerca de la existencia de los productos financieros a favor de la Entidad por el segundo período debido a que en el Convenio Modificatorio suscrito con fecha 15 de mayo de 1997, se establece que el crédito otorgado no generará productos financieros a favor del Ayuntamiento por el capital otorgado en préstamo el cual se incrementó, dado que no se precisa la fecha de inicio de vigencia de los términos del Convenio Modificatorio señalado, así mismo, existe incertidumbre sobre el registro de los intereses devengados durante 1996 importe que se incluyó en el costo de la obra derramada para la determinación de los créditos fiscales por concepto de Impuesto de Plusvalía; así como porque al cierre del ejercicio se presenta en cuentas por cobrar 33 saldos de deudores provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe la incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad; debido a que se determinaron diferencias entre los saldos registrados contablemente en cuentas de orden y el saldo que arrojan los padrones de la Recaudación de Rentas por los conceptos de: Línea Amarilla, Multas de Tránsito, Multas de Estacionómetros, y Multas Federales No Fiscales; en relación al padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio y del Impuesto Predial se desconoce el saldo de los mismos debido a que se proporcionaron los padrones sin totalizar, desconociéndose los posibles efectos que pudieran resultar al comparar las cifras contables con los saldos que arrojan dichos padrones; por otra parte no se encuentran reconocidas en los estados financieros las cuentas por cobrar derivadas de los créditos fiscales del Impuesto de Plusvalía relativo a la obra de urbanización del Boulevard Manuel de Jesús Clouthier del Rincón que incluyen financiamiento a 60 meses, cifra que se encuentra sujeta a depuración, así como no se proporcionó padrón al 31 de diciembre de 1998 de los Derechos de Uso o Goce de la Zona Marítima Federal ni se registró en registros contables los adeudos correspondientes de acuerdo a la práctica contable de la Entidad; porque existen Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 5 años, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C.,  para el ejercicio fiscal de 1998; así como porque según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997 se autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto No. 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la autorización de desincorporación, por parte de la Legislatura Constitucional del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo no se ha efectuado una conciliación entre ambas Entidades, entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito; porque se proporcionó padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor el cual no se encuentra totalizado debido a que se encuentra en proceso de depuración, desconociéndose el monto global del mismo; y el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al comparar las cifras contables con las cifras que arroje el padrón mencionado; porque no se efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles, Planta y Obra Pública correspondientes al grupo 500 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública, cifra que incluye inversión federal, estatal, municipal y de la comunidad, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar; porque se tiene registrado dentro de la cuenta bienes inmuebles, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie de 22,800 m² el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la documentación legal que sustente su propiedad; adicionalmente, sobre el mismo inmueble existe diferencia de 9,350 m² entre la superficie registrada contablemente y la señalada en el Decreto Nº 194 de fecha 20 de julio de 1983 mediante el cual la X Legislatura Constitucional del Estado autorizó la desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C.; debido a que no se ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables, de los cuales se registraron parcialmente en cuentas de orden, aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo, existiendo incertidumbre sobre los efectos que pudiesen resultar de dicha conciliación; así como porque se presenta en sus estados financieros cuentas por pagar que se integra por saldos provenientes de los años de 1996 y 1997, los cuales están siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los mismos; porque durante el ejercicio se pagaron 10 días de aguinaldo adicional a los 40 días que se establecen en el Artículo 44 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, al personal de confianza lo cual no fue expresamente autorizado por el Cabildo, así como porque la Entidad no dio cumplimiento al Artículo 26 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se valuaron los Programas de su Presupuesto de Egresos, desconociéndose en consecuencia el gasto autorizado y ejercido en cada uno de los programas, en los términos de lo dispuesto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la misma Ley; debido a que el Presupuesto de Egresos autorizado de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial parte integrante del Presupuesto de Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, no fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de conformidad con lo previsto en los Artículos 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, así mismo porque el cierre presupuestal publicado el 2 de julio de 1999 no contiene el desglose a nivel de ramos y programas como se señala en el Artículo 30 antes mencionado; porque se determinaron deficiencias en la definición, cuantificación y evaluación de las metas proyectadas, y en su caso de las realizadas, de los programas del Departamento de Inventario y Almacén dependiente de Oficialía Mayor; Departamento de Informática dependiente de la Tesorería Municipal; Policía y Tránsito; Subdirección de Planeación y Proyectos
de la Dirección de Planeación, Desarrollo Urbano y Ecología, así como del programa denominado “Otorgar Ayudas Económicas a los ciudadanos que lo requieran y justifiquen para la resolución de problemas de tipo personal de la comunidad” del Presupuesto de Egresos, situación que limita el conocer en forma precisa el seguimiento programático del avance de las metas; y porque durante el ejercicio no se dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 21 y 105 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque no se han identificado 30 hojas de nóminas pagadas desconociéndose su monto, porque algunas nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones, y porque no se comprobaron las erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. QUINTO.- Con motivo de la revisión especial efectuada sobre el presunto daño patrimonial causado a la Hacienda Pública Municipal por la posible comisión de delitos por servidores públicos que se desempeñaban en la Entidad, y de la denuncia penal que le es relativa, presentada por la Autoridad Municipal, túrnese a la Sindicatura de la XVI Ayuntamiento de Tijuana, B.C. el asunto en comento, para que con los elementos que obran en su poder, así como los derivados de la revisión y análisis practicado por la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado, y los elementos documentales que se requieran adicionalmente obtener de terceros, principalmente de las instituciones bancarias relacionadas, para que se concluya la revisión en proceso, debiéndose ampliar las pruebas de revisión sobre movimientos bancarios bloqueados y eliminados indebidamente del sistema de conciliaciones bancarias de los ejercicios fiscales de 1998 y 1997, para que se aclare, determine y se cuantifique el daño patrimonial causado en el ejercicio de 1998 y en su caso la comisión de delitos en el ejercicio de 1997. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los seis días del mes de abril del dos mil uno. Firman DIP. SOCRATES BASTIDA HERNANDEZ PRESIDENTE DIP. ANTONIO RICARDO CANO JIMENEZ SECRETARIO, con reserva, DIP. ALEJANDRO BAHENA FLORES VOCAL DIP. HECTOR ESPARZA HERRERA con reserva VOCAL DIP. GILBERTO FLORES MUÑOZ
VOCAL. Es cuanto y lo ponemos a la consideración de la Honorable Asamblea, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias compañero diputado Sócrates Bastida, leído el dictamen 148, se inicia el debate, compañera diputada, realice una lista, solicite quien desea participar en contra del dictamen.

- LA C. SECRETARIA: Los diputados que estén en contra del dictamen presentado por la Comisión de Hacienda y Administración No. 148, favor de manifestarse, los que estén en contra, el diputado Héctor Esparza Herrera.

- EL C. PRESIDENTE: A favor, Sócrates Bastida, por favor compañero Esparza pase a hacer uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Con su permiso diputado Presidente y Honorable Mesa Directiva, compañeras diputadas, compañeros diputados, me registré en contra porque una vez que analizamos la opinión, los estados financieros, los informes presupuestales y programáticos, e informes especiales adjuntos a la propia opinión, al amparo de los preceptos anotados en la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas, se hacen las siguientes consideraciones, en lo relativo a cuenta de ingresos, el artículo 23 fracción, inciso a), precisa como finalidad precisar perdón, el ingreso propio de Ley y los demás ingresos que perciban las entidades, en el capítulo quinto de aprovechamientos, numeral siete de la opinión y la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 1998, presenta el rubro, aportaciones del Gobierno del Estado o de la Federación, para obras y servicios públicos o programas especiales, bajo el cual se debió haber registrado el ingreso que se presume, obtuvo el municipio por 135´603,546 pesos, según se desprende de la nota adicional que se presenta en la hoja cuatro del informe presupuestal y programático que a la letra dice, la entidad no efectuó la consideración, entre partidas de gastos de inmuebles, planta y obra pública correspondiente al grupo 500 por 98´781,768 pesos y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública hasta por un monto de 234´383,324 pesos, cifra que incluye inversión federal, estatal, el importe no incorporado en la cuenta pública, es de 135´601,546 pesos equivalente al 14.60 % del ingreso de ley reportado en la cuenta pública, considero importante, hacer notar que algunos de los programas de inversión, citados en el párrafo anterior, corresponden a los fondos provenientes del ramo 33 de la federación que aparecen registrados debidamente en la cuenta de ingresos, razón por la cual surgen mayores dudas al no corresponderse con los egresos relativos, derivados del informe adicional que se cita en la salvedad No. 2, relativa a que durante el ejercicio se detectaron diversas disposiciones de efectivo, mediante movimientos bancarios irregulares en sus hojas 40, 41 y 42 y anexos 3 y 4 se precisa que en estos movimientos irregulares se incluyen fondos provenientes de pagos en bancos de impuesto predial, que afectan directamente a la cuenta pública de ingresos, es conveniente obtener la información del Contador Mayor, sobre elaboración del sistema del control interno del manejo de los fondos públicos, capítulo que no se aborda en el informe especial, la conclusión, respecto a la cuenta pública de ingresos, con base en los comentarios expuestos, el ingreso propio de ley, no incluye conceptos que importan 135´601,546 pesos equivalente repito al 14.60 % del importe de la cuenta pública de ingresos, por lo que, y considerando lo establecido en el artículo 23 fracción inciso a) de la Ley de Fiscalización y en el boletín a 6 y párrafo 21, integrante de los principios de contabilidad, generalmente aceptados y expedidos por el Instituto Mexicanos de Contadores Públicos A. C., aplicable a la admisión pública en el Estado de Baja California, por lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de baja California, que lo que nos interesa dice: existen parámetros que en la práctica corriente a los negocios, se usan frecuentemente par distinguir y evaluar la importancia que tienen ciertos eventos u operaciones de las empresas, atendiendo a estas prácticas, la comisión de principios de contabilidad quiere señalar a manera de orientación que dependiendo las circunstancias, siempre y cuando se tomen las bases adecuadas de comparación, las partidas menores del 5% podrían ser consideradas como no importantes, del 5 al 10% algunas podrían considerarse importantes y otras no y por último, arriba del 10% como es el caso, generalmente podrían tener un impacto significativo en la información financiera, considero que existen bases técnicas suficientes para expedir un dictamen no aprobatorio de la cuenta pública de ingresos, del municipio de Tijuana, por el ejercicio fiscal de 1998, que abarca ambas gestiones, en lo relativo a la cuenta pública de egresos, quiero decir que el artículo 23 fracción segunda, inciso a), tiene como objeto precisar el gasto público, todo lo comentado en el apartado de la cuenta pública de ingresos es aplicable para este inciso, de la de egresos, ya que al omitirse el registro en el ingreso propio de ley, también se omitió el registro a través del gasto público o egreso de ley, el importe de 135´601,546, equivale al 14.57 del presentado en la cuenta pública de egresos, el artículo 23, fracción segunda en su inciso b) dice: que el comprobante del gasto público se ajustó a los presupuestos de egresos y a los requisitos que establece esta Ley y demás disposiciones que rigen a la materia, el Ayuntamiento no registró como gasto público la cantidad de 135´601,546 pesos........ Las consideraciones de partidas de gastos de inmuebles, planta y obra pública, correspondientes al grupo 500 por 98´781,768 pesos y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública, hasta por el monto de 234´383,324 pesos, cifra que incluye inversión federal, estatal, violando los siguientes preceptos, se viola el artículo 16 de la ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado, que indica, que el gasto público se basará en presupuestos que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos, metas, beneficios y unidades, responsables de su ejecución, los presupuestos se elaborarán de acuerdo a la calendarización que al efecto se establezcan, en el informe presupuestal y programático se omite la mención, sobre de si se publicó o no el presupuesto de egresos modificado al cierre del ejercicio como lo establece el artículo 30, el anexo 7 al informe presupuestal y programático respecto a la evaluación de los programas del Ayuntamiento, presenta información referente a las dependencias por ramos 04 a 07, omitiéndose las correspondientes al resto de los 23 ramos o dependencias en contravención al artículo 15, fracción IV, de la Ley de Fiscalización de las cuentas públicas para el Estado de Baja California, las salvedades 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, de la opinión que nos otorga la Comisión de Hacienda y Administración, deja la evidencia del incumplimiento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público en el ejercicio del gasto público en el ejercicio del gasto público, así como en la solventación de las observaciones efectuadas por el órgano fiscalizador del Congreso del Estado, respecto a las cuentas de ingresos y egresos, la conclusión es la siguiente, considerando los elementos de juicio asentados en la conclusión expuesta para la cuenta de ingresos que son aplicables para la de egresos y el resto de ilegalidades señaladas, considero que existen bases técnicas suficientes para negar la aprobación de la cuenta pública de egresos, es cuanto diputado Presidente y queda a consideración de esta Honorable Asamblea, la no aprobación de la cuenta pública de ingresos y egresos y yo conmino con elementos técnicos únicamente para que valoremos esta situación y el pleno del Congreso del Estado determine la no aprobación de la cuenta pública de ingresos y de la cuenta pública de egresos.

- EL C. PRESIDENTE: Usted está planteando la negación de las cuentas públicas de ingresos y egresos.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Estoy en contra del dictamen, la reserva de la votación que presenté.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, compañero Sócrates pase a hacer uso de la Tribuna para que someta a consideración su opinión a favor del dictamen.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, me he anotado a favor del dictamen, independientemente que fueron varias observaciones, como pudieron percibir en la lectura del dictamen, enuncié los Resolutivos, todos los puntos que efectivamente vienen anotados en el dictamen, en el cual bastaría hacer una referencia, recordar cual ha sido el esquema con el que planteamos los dictámenes en la Comisión de Hacienda, recordar que efectivamente, son muy largos los resolutivos y siendo que si ustedes se fijan el caso de la cuenta de la pública de Tijuana, se está negando exclusivamente la patrimonial, a manera de redacción pudiésemos haber optado por redactar, se negó la patrimonial y hacer la referencia a las observaciones que tienen que ver con la negación de esa cuenta, y obviar o no presentar las otras incidencias u observaciones que incidirían las cuentas públicas de ingresos, de egresos o de deuda pública, sin embargo por criterio de la Comisión y de los diputados que se pidió en su oportunidad, ya tenemos dos años sobre esta discusión, se acordó que era conveniente que independientemente que no incidieran en los resolutivos que presenta la Comisión, se presenten en el documento, independientemente que no tienen nada que ver o sea no inciden en un criterio que nos obligue a negar cuenta pública pero si el señalarlo, porque recuerden ustedes que esta Comisión de Hacienda y Administración, efectivamente es una revisión de todo el manejo presupuestal y legar de las entidades públicas y encontramos como ustedes escucharon observaciones o hacemos observaciones en las cuales decimos aquí hay falla administrativa, pero efectivamente no son fallas si que redunden en un mal manejo del recurso, que nos obliguen a negar precisamente las cuentas públicas, si se fijan en el resolutivo en donde se está presentando la negación de la cuenta pública patrimonial que es el resolutivo primero, es donde hacemos toda una descripción, el porque se niega la cuenta pública patrimonial, y en los siguientes resolutivos, el segundo, el tercero y el cuarto, hacemos un enunciado de las situaciones que consideramos que deben ser turnadas precisamente a la Contaduría Mayor, digo perdón a la sindicatura municipal para que haga lo conducente, dentro de una de las cosas que alcancé a captar de lo que mencionó el diputado Esparza, vamos a hablar del punto de opinión No. 10, en donde se dice que la entidad no efectuó una conciliación de partidas de gastos de inmuebles, planta y obra pública correspondiente al grupo 500 por 98 millones y la presentada en el documento del cierre de la inversión pública, hasta por un monto de 234´383,000 pesos cifra que incluye inversión estatal, municipal y de la comunidad, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar, en cuanto a este punto se señaló que se desconoce la intención y motivación de la observación, cuando se habla de una conciliación entre reportes independientes, de los cuales no existe la obligatoriedad de efectuar, ya que hemos mencionado que se presenta la información del grupo de gastos en el grupo 500 que es el de inversión de acuerdo al catálogo de cuentas, propios del Ayuntamiento, y se presenta la información en esta federal, municipal, paramunicipal, y de la comunidad, la revisión de la cuenta pública del Ayuntamiento versa sobre el ejercicio del gasto público respaldado en partidas de gasto, y como lo menciona la observación del grupo 500 corresponde a la obra realizada por la administración central, no por organismos descentralizados, así como la obra pública de la comunidad, por lo que lejos de ser una omisión es de resaltar la acción del Ayuntamiento de hacer del conocimiento del monto consolidado de la inversión pública y de la comunidad al cierre del ejercicio, esto es básicamente, que si bien, esta observación va a hacer repetitiva en todos los Ayuntamientos lo van a escuchar en los demás municipios cuando lleguemos al punto de revisión de la cuenta pública, se habla de entregar un resumen consolidado en donde se clarifique cual es la inversión federal, la estatal y la municipal y la inversión ciudadana, hasta ahorita ese punto lo analizamos en la comisión, coincidimos en que no existe ningún lineamiento legal que obligue a entregar ese documento, es una práctica buena, que se señale y se tenga un documento fiel en donde podamos estar ciertos para revisar los programas propuestos por los Ayuntamientos más no hay una obligación para hacerlo, antes en el caso de Tijuana que es la cuenta pública que estamos revisando, se entregue información en donde se dice específicamente cuanto se recibió por los vecinos, cuanto se recibió por el Gobierno Federal y se hace esa consideración, pero no es resultante o no es condicionante ni nos ponen una tesitura de negar cuenta pública, insisto este señalamiento no nos obliga o nos permite tan siquiera decir o pensar que sea causal de negación de cuenta pública de ingresos ni de egresos, porque efectivamente de acuerdo a la Ley el presentar presupuestos por partida se cumplió con ello se encuentran los registros del recurso federal, del recurso estatal y del recurso municipal y del recurso ciudadano, de tal manera que no hay elementos para negar la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos, por lo tanto considero que este dictamen que presenta la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos de negar la cuenta pública patrimonial y aprobar la cuenta pública de ingresos y egresos y deuda pública, procede de tal manera que pueden estar ustedes seguros señores diputados de que el otorgar su voto aprobatorio a esta propuesta que hace la Comisión están haciendo lo correcto, es cuanto.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias, en segunda ronda, en este desarrollo del debate solicitamos, diputados que se manifiesten en contra del dictamen, compañera, por favor elabore una lista de diputados.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros diputados, atendiendo al diputado Presidente, por favor de anotarse si algún diputado o diputada se encuentra, está en contra de este dictamen, no hay en contra diputado.

- EL C. PRESIDENTE: No da lugar a favor, preguntaría, entonces en vista de que no hay oradores que deseen continuar con el debate, vamos a someter a votación el dictamen, compañera diputada, solicite el sentido del voto a cada uno de los diputados presentes por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Los Compañeros, compañeras diputadas, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal al dictamen de Comisión de Hacienda y Administración, No. 148, vamos a pedir a los compañeros diputados emitir el sentido de su voto, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano a favor en lo general y me reservo el resolutivo segundo en lo particular.

- Héctor Esparza en contra,

- Edgar Fernández en contra,

- Raquel Casillas en contra,

- Sergio Avitia Nalda en contra,

- Gutiérrez Piceno David en contra,

- Ulises Arce Salvador a favor,

- Martín Domínguez a favor,

- Sócrates Bastida Hernández a favor,

- Gómez Mora a favor,

- Alejandro Pedrín Marquez a favor,

- Héctor Baltazar Chiprés a favor,

- Molina a favor,

- Miguel Delfín Castro a favor,

- Alejandro Bahena Flores a favor,

- Guillermo Aguilar Kaiten a favor,

- EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta de votar?, por la Mesa Directiva, compañero Magaña.

- Héctor Magaña Mosqueda a favor,

- Olivia Villalaz en contra,

- José Arango a favor,

- Flores Muñoz Gilberto a favor,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, contamos con 14 votos a favor, seis en contra y tenemos una reserva en lo particular en el resolutivo segundo del diputado Edgar Arturo Fernández...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Yo voté en contra.

- LA C. SECRETARIA: Perdón del diputado Ricardo Antonio, Antonio Ricardo Cano Jiménez.

- EL C. PRESIDENTE: Se aprueba el dictamen en lo general con 16, 14 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones, con una reserva en lo particular del resolutivo segundo, planteada por el compañero diputado Cano Jiménez, compañero Cano Jiménez, por favor pase a hacer uso de la Tribuna para sustentar su reserva, relativa al resolutivo segundo.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente, miren compañeros, compañeras diputadas, el resolutivo segundo dice: “Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la cuenta pública de ingresos, de la cuenta pública de egresos y de la cuenta pública de deuda pública, del XV Ayuntamiento de Tijuana Baja California, a los Licenciados, José Guadalupe Osuna Millán y Víctor Daniel Amador Barraga, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero respectivamente por el período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998”, me he reservado por que considero y quiero proponer a esta Honorable Asamblea no aprobemos, es decir votemos en el sentido de que sea negada la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos del Ayuntamiento de Tijuana, del XV Ayuntamiento de Tijuana y miren ustedes porque, porque adicionalmente a las observaciones planteadas con toda puntualidad por el diputado Héctor Esparza damos cuenta aquí de que hay, 21 observaciones en esta cuenta, y todos conocen de que el XV Ayuntamiento en el ejercicio de 1998, fue sujeto de una serie de irregularidades que llevaron incluso a los Tribunales para perseguir delitos de carácter penal contra algunos funcionarios que obraron mal y en donde todavía existe la incertidumbre respecto de la resolución de algunos de estos asuntos, pero además el Ayuntamiento no reconoce adeudos, hace falta conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos, la CESPT, por siete millones, casi siete millones y medio pesos, aquí hemos venido pugnando por que los Municipios paguen a la Comisión Estatal de Servicios Públicos porque son de los mayores deudores y ésto genera el encarecimiento de los servicios que ofrece la CESPT, tanto en agua potable como drenaje, no ha pagado el Municipio de Tijuana, también en su estados financieros en cuentas por pagar, hay saldos provenientes de 1996, y 97, los cuales están siendo investigados y yo quiero pedirles mucho atención en esto, las palabras están siendo investigados como seguramente al señor diputado dio cuenta con su voto aprobatorio en la revisión que hizo exhaustiva de este dictamen, es decir hay asuntos aquí que están pendientes y en donde van a escuchar ustedes también, se desconoce el efecto que pudiera causar a la cuenta pública, si no lo sabemos, hay incertidumbre pues, ojo con esto, les voy a decir porque, están siendo investigados en los estados financieros, las cuentas por pagar, del 96 y 97, es todos estos años no ha sido posible resolverlo, la entidad además pagó 3´268,000, correspondientes a diez días de aguinaldo adicional a los 40 días que establecen los artículos 44 de la ley de Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios e Instituciones Descentralizadas al personal de confianza, es decir tomaron simple y sencillamente la decisión de erogar más de tres millones de pesos, sin la autorización expresa del Cabildo, de aguinaldos adicionales al personal de confianza del gobierno, los Regidores, son los representantes ciudadanos, que deben autorizar este tipo de erogaciones, yo no digo que no lo devenguen, quizá este bien devengado por los servidores públicos de confianza, pero el hacerlo de manera autoritaria y sin la consideración del Cabildo, a mi parece que es un elemento que no debemos dejar pasar, en la obra segunda etapa de la construcción de la lanzadera de transporte público en Tijuana, amparada por el contrato que ya se explicó aquí, el municipio elaboró contrato modificatorio, rebasando el porcentaje establecido del 25%, tanto en plazo como en monto para dichos contratos, no obstante lo anterior adicionalmente celebró un convenio adicional no apegándose con ello, a lo indicado en el artículo 44 de la Ley Estatal de obra Pública del Estado, nomás faltó que nos dijeran que era recurso internacional y que no aplicaba la Ley de obra Pública, es decir, por otra parte la entidad no dio cumplimiento al artículo 26 fracción segunda de la ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se evaluaron los programas de su presupuesto de egresos, ojo, desconociéndose consecuencia y gasto autorizado, y ejercido en cada uno de los programas en los términos que dispone la misma ley de presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, se desconoce en consecuencia el gasto autorizado, dicen las observaciones, y miren compañeros diputados, de aprobar nosotros, la cuenta pública de ingresos, y la cuenta pública de egresos, me voy a permitir decirles que es lo que pasa en consecuencia, de acuerdo con la ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, en su artículo 43, dice lo siguiente, la aprobación de la cuenta pública anual que haga el Congreso del Estado, produce los siguientes efectos, respecto de la misma, y yo aquí si quisiera pedirles la mayor de sus atenciones, uno, extinguen las obligaciones derivadas de fianzas, garantías, o cauciones de los funcionarios o empleados que manejen fondos o valores públicos, dos, extinguen las responsabilidades fiscales, administrativas, y políticas de los titulares, funcionarios o empleados de las entidades, es decir habla también el artículo 43, de que las responsabilidades de carácter civil y penal, se extinguirán conforme a las leyes de la materia, si nosotros aprobamos éstas cuentas de ingresos y de egresos, con todos los argumentos que estamos planteando, simple y sencillamente estamos exonerando a los funcionarios que quizá, de buena o de mala fe, no lo sabemos haya incertidumbre dice, el propio dictamen, no sabemos cual vaya a ser el resultado de las revisiones, nosotros ya estamos exonerando cualquier posibilidad de acción legal en contra de los malos funcionarios a los cuales combatimos, sean del partido que sean y del municipio que sean, en lo personal yo no estoy dispuesto a que sí el análisis técnico de la Contaduría Mayor de Hacienda, que se ha distinguido por su trabajo objetivo, claro nos señala aquí incertidumbre en tantos rubros personalmente compañeros diputados, yo no estoy dispuesto a ser cómplice, en un momento determinado de generar la extinción de responsabilidades aprobando las cuentas públicas en este sentido, es decir, y quiero dejarlo muy claro, no estoy acusando a nadie, no estoy señalando en lo particular a ningún funcionario, simple y sencillamente la incertidumbre con la que reiteradamente se habla tanto en la opinión como en el dictamen, de la Comisión de Hacienda, me dice a mi que son asuntos no resueltos y antes de conocer el resultado de estas revisiones, ya estamos aprobando para extinguir de responsabilidad a quienes la pudieran tener, luego entonces negando las cuentas, dejaríamos abierta esta posibilidad, dejaríamos en libertad, a la autoridad para que sancionara a los servidores públicos que incumplieron, de no ser así, bueno, aprobaríamos una vez conociendo los resultados, las cuentas con la certeza de que estamos haciendo lo correcto y no aprobando a partir deposiciones de incertidumbre en los efectos que puedan tener estas 21 observaciones que tiene la cuenta pública 1998 del XV Ayuntamiento de Tijuana, por eso propongo a la Mesa Directiva, someter a la consideración, la no aprobación de la cuenta pública de ingresos y de la cuenta pública de egresos, del XV Ayuntamiento de Tijuana para el ejercicio fiscal 1998, toda vez insisto que hay incertidumbre respecto de las responsabilidades que se tienen en el cumplimiento estricto de la ley en materia de fiscalización de presupuestación que debe uno de hacer a la legislación, que corresponde al Estado de Baja California, es cuanto señor Presidente, muchas gracias, compañero diputado, Cano Jiménez, iniciaríamos el debate en relación a la reserva en lo particular del resolutivo segundo que ha propuesto que ha sometido a consideración el diputado Cano a esta Soberanía, compañera diputada, por favor elabore una lista de diputados que estén en contra de la reserva que ha hecho el diputado Cano Jiménez.

- LA C. SECRETARIA: Señores diputados, los que estén en contra de la reserva presentada por el diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, favor de manifestarse, el diputado Sócrates Bastida Hernández en contra.

- EL C. PRESIDENTE: Diputados que estén a favor, compañero Edgar Fernández, en primera ronda, adelante compañero Sócrates Bastida.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, público asistente, me he inscrito en contra de la propuesta de modificar el resolutivo segundo, negando la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos, toda vez que la fundamentación, algunas de las fundamentaciones que se dieron tenían que ver precisamente con algunas observaciones que se hacen en el propio cuerpo del dictamen, y para recordarle más o menos a los compañeros, dice: “La entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables de 7 millones cuatrocientos sesenta y seis, de los cuales se registraron siete millones cuatrocientos dieciocho de lo cual vislumbramos a que hay una diferencia de 300,000 mil pesos o poco menos, perdón 46,000 mil pesos, 47,000 mil para ser exactos, ese es el punto que se refiere como para negar la cuenta pública, porque efectivamente hay la intención de apoyar a los organismos operadores del agua para que en ninguna entidad tenga adeudos y que limite el flujo defectivo de la entidad operadora del agua y que al rato tenga que repercutir en el alza de tarifas a los usuarios, lo entendemos y estamos de acuerdo con ello, más creo que había que leer mejor este punto porque se da la impresión de que la entidad no ha hecho su parte y quiero referenciarlo esta diferencia en cuanto a los siete millones que presenta la entidad contablemente y la registrada porque efectivamente son 47,000 mil pesos la diferencia, son 47,000 mil pesos que el municipio de Tijuana ha venido disminuyendo de un adeudo original que le cobraba la Comisión Estatal de Servicios Públicos de alrededor de trece millones de pesos, originalmente es el saldo que la Comisión Estatal de Servicios Públicos, le decía al municipio de Tijuana, me debes trece millones y en base precisamente a estas revisiones a estas conciliaciones, es que se ha llegado a un saldo que todavía está en discusión en donde el municipio de Tijuana, dice: “todavía traigo diferencias contigo por 47,000 mil pesos, que es muy diferente a la forma de plantear las cosas. Adelante.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: ¿Cuanto le debe el Ayuntamiento de Tijuana a la CESPT?

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Siete millones. Pero quiero que se vea esta situación, debo insistir en la forma como se plantea, efectivamente eso es lo que adeuda, pero ante las cuentas que presentaba la Comisión Estatal de Servicios Públicos decía que debía trece millones el Ayuntamiento y en base a revisar y revisar y hasta ponerse de acuerdo se ha llegado a medio conciliar un saldo de siete millones, pero todavía hay una diferencia de 47 mil pesos, yo digo que todo funcionario público, tiene la obligación, como lo hizo el Ayuntamiento de Tijuana, sus derechos y sus obligaciones, si esta es una obligación, no tan fácilmente van a decir, ahora te pago 13 millones porque le dice la otra entidad que debe de pagar 13 millones, lo que debe hacer la entidad, efectivamente, lo que está haciendo, ajustar cuanto peso tenga que aclarar, pero pagarle lo justo, lo que deba de pagarle la Comisión Estatal de Servicios Públicos, creo que ese es el trabajo que tiene que hacer el organismo y aquí está demostrado, están haciendo cuentas hasta que estén claros de lo que efectivamente le adeudan a la Comisión Estatal de Servicios Públicos y hay intención de pagar porque actualmente el municipio de Tijuana, es de los que van al día en el pago a la Comisión Estatal de Servicios Públicos en el gasto corriente o en el consumo corriente, creo que con esto, es muy diferente el planteamiento como se deja ver, de que hay la negativa de pagar siete millones de pesos, cuando originalmente la entidad pretendía cobrarles trece millones, con respecto al aguinaldo, se dice de que el organismo o la entidad pagó diez días más de aguinaldo que recordarán todos los compañeros diputados en ese año coincidió de que hubo una disposición que si bien no ha sido plasmada en ley, todavía, que está presentada, ya a la Comisión correspondiente esta revisión, pero efectivamente la Ley del Servicio Civil estipula que son cuarenta días de aguinaldo y actualmente se pagan 60 días, en esa ocasión el Ayuntamiento de Tijuana, bueno como fue general se pagó a todo el personal de confianza y alguien dice: “que a trabajo igual salario igual, y que todos somos iguales”, independientemente que no estaba contemplado y el sindicato si logró que se le pagará esa cantidad a todo el personal de base, lo justo era que se hiciera con el personal de confianza, también son trabajadores y esa fue la gran falta que aparentemente se está señalando, insisto son compromisos laborales que bueno, estará a juicio de todos ustedes definir si por esto vamos a negarle la cuenta pública de egresos a una entidad que cumplió con su obligación laboral, como patrón, pagarle lo correspondiente, con respecto a los programas, los compañeros diputados que participamos en la Comisión de Hacienda, recordarán que efectivamente y cuando iniciamos con la cuenta pública del 98, en las demás entidades se acordó turnarle a todas las entidades, escritos en los cuales se les aclaraba y se les decía a todos las 87 entidades públicas, que eran en aquel tiempo de que a partir del próximo año, al año siguiente de la revisión de la cuenta pública 98, si no daban cumplimiento a los titulares de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público a la cabalidad en cuanto a señalar, objetivos, metas, programas, iba a ser causal de señalamiento de cuenta pública pero que quede claro, fue después del 98, luego entonces no cae en este concepto lo señalado como causal para negar la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos, bueno hasta aquí son los principales puntos que me permití, que pude escuchar, que se planteaban como elementos suficientes para negar la cuenta pública de ingresos y cuenta pública de egresos, esto independientemente que somos compañeros que compartimos trabajo en la misma comisión, yo creo que esto nos queda claro para todos los compañeros que estamos hoy aquí presentes, integrantes de esta XVI Legislatura, de que así como hoy estamos debatiendo, lo mismo hacemos en la comisión, o sea no es un trabajo “cuaimado” como dijo nuestro compañero anteriormente, no hay tal, es un trabajo serio de revisar, cuenta por cuenta, hacer los análisis y los criterios necesarios y suficientes para poder plasmar una opinión de aprobación o de negación de cuenta pública, entendiendo la alta responsabilidad que tenemos con respecto a fin de cuentas de los conceptos que se puedan vertir con respecto a los funcionarios que se pueden ver señalados como malos funcionarios por una mala apreciación que podamos tener, por lo tanto no estoy de acuerdo en esta solicitud que se hace o esta reserva en lo particular, donde se plantea que son causales suficientes estos puntos que acabo de enunciarles porque a mi juicio creo que están solventados, de tal manera que no encuentro motivo para negar la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos, es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante, tiene el uso de la voz el compañero Edgar Fernández que se ha anotado a favor.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su venia, señor Presidente, compañeros diputados, resulta interesante analizar y que bueno que de alguna manera se hizo un análisis exhaustivo por parte de la Comisión y que bueno también que de acuerdo a las técnicas que se aplican en la opinión de la contaduría Mayor, establecen todos estos aspectos que derivan en 21 observaciones, efectivamente 21 observaciones que se refieren a diferentes aspectos, que se refieren al patrimonio del XV Ayuntamiento, que se refieren a ingresos del XV Ayuntamiento y que se refieren a egresos del XV Ayuntamiento, yo quiero decirles a ustedes para ser breve, ya que mi compañero Antonio Cano fue muy claro en algunas precisiones que dio, nada más de estas 21 observaciones, varias se refieren en caso concreto una de ellas, el inciso “d”, aspectos de ingresos y me llama mucho la atención que precisamente la Contaduría Mayor y ahí es donde me llama la atención, plantea en múltiples ocasiones, dentro de las diversas observaciones que hace la incertidumbre respecto al resultado en relación a los datos que aquí se precisan, no conoce el efecto que va a tener y en consecuencia el resultado que esto dé, y esto es grave por el hecho de una exposición ya precisada, si hay una incertidumbre respecto a los efectos que produzca la precisión en la observación, que no es posible en este futuro incierto establecer o cuantificar su resultado en el daño que se le pueda ocasionar al patrimonio del XV Ayuntamiento por disposiciones inadecuadas en el ejercicio de los egresos o por ineficiencia en la realización de acciones, para cuantificar los ingresos, no es posible que aprobemos una cuenta pública de ingresos y egresos, que al final de cuentas, con la ley, ya dio lectura el diputado Antonio Cano, dice: “que extingue de cualquier responsabilidad si hay una aprobación de cuenta pública por parte de esta Legislatura, luego entonces, hablando de ingresos decía el punto No. 4, pero hablan de egresos de ineficiencia en el manejo de los recursos públicos, en la observación que se plantean el inciso “f”, el inciso “o”, el inciso “p”, el inciso “q”, el inciso “r”, el inciso “s” y el inciso “t”, todos estos incisos hablan de la ineficiencia en el manejo del recurso en materia de cuenta pública de egresos y en algunos de ellos me llama la atención, daré lectura rápida porque la mayoría de los diputados creo que tienen en sus manos el dictamen respectivo y nada más para refrescar lo que aquí plantea, fíjense ustedes dice en el inciso “t” y que se refiere a egresos dice: “las nóminas pagadas, dice asimismo, porque no se ha identificado hojas de nóminas pagadas desconociéndose su monto, o sea no identificación de las hojas de nóminas, si se desconoce el monto que fue pagado, porque algunas nóminas aparte de que no hay hojas de nóminas que se desconoce y el monto del que se fue pagado, textualmente leo lo que dice el dictamen, además de eso dice, “porque algunas nóminas no contienen la firma de recibí”, debería decir de recibido, supongo yo, aunque dice aquí de recibí, “de los servidores públicos que recibieron las percepciones, fíjense o sea no hay nóminas firmadas, se desconoce si éstas percepciones le fueron pagadas a los trabajadores porque no consta en la firma, de nada más de la cantidad de seis millones 386 mil setecientos setenta pesos, pero además dice, el propio inciso “t”, “ no se comprobaron erogaciones efectuadas con recursos del fondo 3 de aportaciones para la infraestructura municipal por la cantidad de 698,752 pesos, quiere decir que se hiciera una serie de erogaciones así como las mencioné en los diversos incisos que el propio dictamen contiene que tienen que ver con egresos con una disposición de recursos del erario público que no se acredita en los términos en que la Ley establece que debieron de haber sido ejercidos y por otro lado, aquí en esta legislatura se solicita aprobar, la cuenta pública de ingresos y la de egresos y con esa aprobación que esta legislatura de, aprioristicamente, esto quiere decir, sin hacer, sin tener los elementos necesarios para saber si no hay efectos que resulten en el detrimento del patriminio del XV Ayuntamiento y en consecuencia en el patrimonio de los ciudadanos de Tijuana, nosotros, vamos a exonerar a los funcionarios públicos, porque como ustedes saben compañeros diputados, en la propia comparecencia, que en su oportunidad hizo el Contralor, en aquel entonces, el C. P. José Guadalupe Zamorano, si mal no recuerdo, el mismo nos dijo a todos nosotros en su comparecencia, le dice, señores diputados como vamos a ejercer acciones, las que correspondan si la propia Ley de Responsabilidades y la Ley que corresponde, la Ley de Fiscalización establece que si se aprueban las cuentas públicas, no hay acciones que realizar por parte de la Contraloría, porque ya fueron exonerados los servidores públicos, que esta Legislatura, aprobó en función de las cuentas públicas, de tal suerte, para ser y terminar mi intervención, es correcto que esta Legislatura apruebe la cuenta pública de ingresos y la de egresos, con todas las observaciones que aquí se plantean en la materia y con el caso concreto y específico de que si se da esta aprobación, los funcionarios públicos responsables, si así lo fuese, porque algo curioso la mayoría de los aspectos que aquí se precisan hablan de la incertidumbre, no se conoce el efecto, del resultado que de, porque está pendiente en saberse lo que va a suceder, pero de antemano nosotros ya resolvimos exhonerarlos de cualquier responsabilidad sin conocer a futuro lo que va a suceder, es cuanto señor Presidente y queda a cada quien en conciencia, para establecer si los exoneramos sin conocer las acciones que puedan ejercerse, es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias, compañeros, es la primera ronda, en segunda ronda, preguntaríamos, ¿Si hay diputados en contra?, no hay, por lo tanto no procede a favor y entonces iniciaríamos con la votación por vía nominal, compañera solicite el sentido del voto, de cada uno de los diputados presentes en la asamblea.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros diputados, compañera diputada, favor de emitir el sentido de su voto de manera nominal de la reserva en lo particular presentada por el diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano a favor,

- Héctor Esparza a favor,

- Edgar Fernández a favor,

- Raquel Casillas a favor,

- Sergio Avitia Nalda a favor,

- David Gutiérrez Piceno a favor,

- Ulises Arce Salvador me abstengo,

- Martín Domínguez en contra,

- Sócrates Bastida Hernández en contra,

- Gómez Mora en contra,

- Alejandro Pedrín Marquez en contra,

- Héctor Baltazar Chiprés en contra,

- Molina en contra,

- Miguel Delfín Castro en contra,

- Alejandro Bahena Flores en contra,

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?, por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda en contra,

- Olivia Villalaz a favor,

- José Arango en contra,

- Flores Muñoz Gilberto en contra,

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, tenemos siete votos a favor, once en contra y una abstención, del diputado Ulises Arce Salvador.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero Ulises, diputado Ulises, por favor pase a sustentar su abstención.

- EL C. DIP. SALVADOR ULISES: Ciudadano Presidente Gilberto Muñoz, me abstengo porque no tengo conocimiento sobre de ello.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, esta Presidencia hace la declaratoria en relación a la reserva del diputado Cano Jiménez, en relación al resolutivo segundo, con la siguiente votación, siete votos a favor, once en contra y una abstención, por lo tanto no procede la reserva en lo particular, entonces esta Presidencia establece que el dictamen 148, es aprobado en lo general y en lo particular y es de aprobarse y se aprueba el dictamen No. 148 de la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos que fue leído por el diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de abril del año dos mil uno. Adelante y continuamos con el dictamen No. 149, del cual dará lectura el compañero diputado Antonio Cano Jiménez, compañero Cano, adelante.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso, señor Presidente, Honorable Asamblea. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP027/99 de fecha 25 de junio de 1999, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo de 1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 10 de septiembre de 1998, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 8 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a)       La Entidad presenta saldo de deudores diversos por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos con los que se presume fueron pagadas contribuciones municipales por la cantidad de $ 112,710, de los cuales no se localizaron $ 91,989 que incluyen $ 65,968 provenientes del ejercicio anterior. b)     La Entidad presenta en sus estados financieros diversas cuentas por cobrar por conceptos distintos a adeudos fiscales, que no presentan movimiento durante 1998 por la cantidad de $ 506,134, sin que se haya proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo incertidumbre acerca de su recuperabilidad. c)    La Entidad registró en cuentas por cobrar la cifra de $ 263,660 provenientes de partidas en tránsito de conciliaciones bancarias por cargos bancarios de los períodos de agosto a septiembre de 1996,  enero a diciembre de 1997 y enero de 1998, los cuales se encuentran sujetos a investigación y aclaración, por lo que se desconoce los posibles efectos que pudieran resultar. d) La Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles por            $ 8’615,425 a valor catastral, debido a que no cuenta con la documentación legal que acredite los derechos de propiedad o uso sobre bienes inmuebles que se destinan a parques públicos, gimnasio municipal, biblioteca, unidades deportivas y oficinas administrativas entre otros, los cuales se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden. e)    La Entidad efectuó ajuste a su patrimonio incrementando el saldo contable de la cuenta de bienes muebles por $ 8’588,247, dicho ajuste se determinó en forma global por diferencia, al comparar el padrón de bienes muebles que arroja la cantidad de $ 34’516,577, con el saldo que existía en registros contables de $ 25’928,330, consecuentemente no se identifican los bienes dados de alta y en su caso de baja que generaron dicha diferencia. f) La Entidad dispuso de recursos propios y del Ramo 33 Federal Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios, para otorgar préstamos por la cantidad de $ 2’030,564, a contratistas que ejecutaron obras del Ramo 20 específicamente del Programa 100 Ciudades, siendo que las disposiciones legales vigentes en materia de obra pública, sólo contempla el pago de anticipos a contratistas, no consignan otro tipo de financiamiento. g)   La Entidad liquidó pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada por la cantidad de $ 5’612,847 con base en Contrato de Pago de Adeudo mediante Cesión de Bienes y Transmisión de Dominio de Inmueble y Compensación celebrado el 28 de abril de 1998, donde el XV Ayuntamiento cedió un terreno con una superficie de 22-45-13.80 hectáreas ubicadas dentro del desarrollo urbano del Ejido Chapultepec del Municipio de Ensenada, que corresponde a los terrenos que fueron transferidos por el Fideicomiso para la Administración y Desarrollo de las Reservas Territoriales (FIADERT), sobre el cual este último ya había acordado que el terreno se donara a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (CESPE) para la construcción de una planta de tratamiento de aguas negras, no habiéndose presentado acta de revocación por parte del FIADERT y autorización del Cabildo para enajenar el bien inmueble de dominio privado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 123 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal de Estado de Baja California. h)  La Entidad presenta saldo por pagar de $ 882,141 derivado de cuentas por pagar que no tuvieron movimiento durante el año por $ 330,743 a favor de acreedores diversos y de $ 551,398 a favor del Gobierno Federal y Estatal, por la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios de 1996 y 1998 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima y Multas Federales no Fiscales. i)        Se efectuó ajuste por la cantidad de $ 4’847,187 por cancelación de recargos generados por cuotas y aportaciones no pagadas en los plazos de Ley al ISSSTECALI en los ejercicios de 1996, 1997 y 1998, afectándose la cuenta de Patrimonio subcuentas Resultado de Ejercicios Anteriores 1996 y 1997 y la partida presupuestal de egresos 238 Impuestos y Descuentos por la cantidad de $ 3’025,416 y $ 1’821,771, respectivamente, dicho ajuste no fue autorizado por el Cabildo, existiendo incertidumbre acerca de la condonación de esos recargos por parte de la Junta Directiva del ISSSTECALI al no haberse proporcionado documento que sustente la condonación. j) La Entidad presenta en sus estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $ 840,854 que se integran por saldos provenientes de los ejercicios de 1995 y 1997 de las subcuentas Fondo de Desarrollo Social por $ 511,469 y Fondo I (Secas) por $ 329,385 que corresponden a remanentes de recursos que no fueron aplicados en obras, determinándose una diferencia de $ 246,328 entre los saldos bancarios de las cuentas Bital No. 400352165-5 y Serfín Nos. 01-515512-6 y 15157374 por $ 594,526 y lo registrado como cuenta por pagar, dichos saldos se encuentran en proceso de depuración, desconociéndose los posibles efectos que pudiesen resultar al concluirse su depuración. k)       Se practicó ajuste disminuyéndose el pasivo a favor del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada (CUME), afectándose la cuenta contable de Resultados de Ejercicios Anteriores por $ 301,348, resultante de efectuar conciliación de saldos con el organismo, sin contar con documentación que ampare el origen de la cancelación contable ni con la autorización de Cabildo al respecto. l) La Entidad en el ejercicio de 1998, recibió aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportación para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 31’130,675, los cuales se registraron como partidas transitorias en cuentas de pasivo, disminuyendo el saldo con las salidas de recursos, no reconociéndose como ingresos y egresos de Ley, por lo tanto no se remitió la documentación comprobatoria original de la aplicación de los recursos del Fondo III a la Contaduría Mayor de Hacienda en los términos de lo previsto en el Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a los recursos federales percibidos por $ 31’130,675, se le adicionan las aportaciones de los vecinos según registros contables de                 $ 1’669,004 se obtienen recursos por la suma de $ 32’779,679 respecto a la cual se aprobó obra, entrega de becas y despensas por la cantidad de $ 33’571,284 a la que posteriormente se le disminuyó $ 2’635,276 según autorización del Consejo de Desarrollo Municipal por resultar excedentes en las obras, registrándose estos como ingresos propios, resultando un neto a ejecutar de               $ 30’936,008 determinándose un importe sin asignar de                $ 1’843,671, por otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio de $ 27’965,712 se obtiene que el saldo de efectivo disponible es de $ 4’813,967 sin embargo el saldo real en bancos según registros contables es de $ 3’592,473 existiendo diferencia en bancos no aclarada de $ 1’221,494, así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracciones I y III que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficios, así como informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados. m)     La Entidad en el ejercicio de 1998, registró como ingresos y egresos de Ley las aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 23’288,245, de los cuales sólo se proporcionó el desglose de erogaciones por la cantidad de $ 18’920,787, omitiéndose la información detallada sobre el destino específico de recursos por la cantidad de $ 4’367,458, por otro lado, al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión presuntamente ejercida al cierre del ejercicio de $ 22’980,338 cifra derivada de reporte emitido por el departamento de contabilidad, se obtiene que el saldo de efectivo disponible es de $ 307,907, sin embargo el saldo real en bancos según registros contables es de $ 1’732,756, existiendo un excedente en bancos no aclarado de $ 1’424,849. n)       Se otorgaron descuentos del 15% por pronto pago a los contribuyentes del Impuesto Predial que cubrieron anualmente el gravamen en los meses de marzo a mayo de 1998 principalmente, por aproximadamente $ 569,990 contraponiéndose a lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, que establece los plazos para el pago del impuesto, consignando que éste deberá cubrirse anualmente en los meses de enero y febrero o en dos exhibiciones semestrales, la primera en enero y febrero, siendo la segunda en los meses de julio y agosto. ñ)    La Entidad no proporcionó 16 recibos oficiales de contribuciones municipales pagados en la Delegación de San Quintín, en tanto que 23 recibos son ilegibles, sobre los cuales no se identificó su ingreso en Recaudación de Rentas Municipal, desconociéndose el destino de los mismos, y en su caso, el monto de los ingresos recaudados. o)        Para determinar el Impuesto Predial sobre predios rústicos a cargo de los contribuyentes la Entidad aplicó durante el ejercicio al valor fiscal de los predios la tasa del 5 al millar, misma que no se encuentra prevista en la Ley de Ingresos para el Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en forma extemporánea para incorporar la tasa en Ley, en el mes de septiembre de 1998 el Cabildo del XV Ayuntamiento de Ensenada aprobó solicitar al Congreso del Estado mediante la Iniciativa correspondiente la reforma para adicionar en Ley la tasa en comento. p)     Durante el ejercicio se cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a cuotas fijas de 3 a 6 salarios mínimos o a través de valores unitarios determinados por la Oficina de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, sin proporcionar el sustento documental sobre las bases aplicadas para su determinación, ni proporcionarnos la autorización correspondiente, contraviniendo lo dispuesto en la Tabla de Valores Catastrales Unitarios, Base del Impuesto Predial del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en donde se consigna que lo no previsto y las controversias en la tabla será decidido por la dependencia mencionada comparando las características del caso de que se trate y siguiendo el criterio establecido por el Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario, según el grado de urbanización y uso del suelo de que se trate, dando aviso por escrito de su resolución a la Tesorería Municipal. q) Durante el ejercicio se adquirieron 16 vehículos, que de acuerdo a la Entidad fueron adquiridos 8 a proveedor extranjero y 8 a negocios de la localidad que se dedican a la venta de autos usados, el costo de las unidades según registros contables es de $ 200,395 y $ 395,524, respectivamente, sin embargo según confirmación del proveedor extranjero las 16 unidades se le adquirieron a $ 421,876, determinándose diferencias al comparar el costo de adquisición registrado y pagado por la Entidad y el importe que confirma el vendedor por la cantidad de $ 174,043, estas operaciones están siendo sujetas a revisión por la Sindicatura Municipal, de lo que podría derivarse en su caso la aplicación de responsabilidades. r) La Entidad aplicó precios unitarios en el concepto estampado de concreto en banquetas y pasos peatonales, en los que difieren los costos de algunos materiales con respecto a los autorizados, motivando un pago de más por $ 26,879 S/IVA, además de no apegarse a lo establecido en el Artículo 46 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, en relación a la supervisión de la obra así como de verificar las anomalías indicadas en bitácora en el proceso de la ejecución de los trabajos, lo anterior en la obra: Demoliciones, pavimentos, banquetas, agua potable y drenaje en Calle Primera, tramo de Av. Macheros a Av. Ryerson, Ensenada, B.C., correspondiente al contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-5D-01. Con respecto a la construcción de puente vehicular de la Calle Once y Av. Mar, Ensenada, B.C., al amparo del contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-SI-01, la Entidad en estimación Nº 4 en el concepto colocación de acero de refuerzo, por error en los números generadores pagó de más $ 16,663 S/IVA; además en estimaciones Nos. 7, 8, 9 y 10 que comprenden un período de ejecución del 11 de octubre al 5 de diciembre de 1998, estimó conceptos por un importe de $ 335,432 S/IVA pagados el 19 y 26 de noviembre y el 8, 17 y 22 de diciembre de 1998 y que no estaban ejecutados de acuerdo a lo observado en visitas efectuadas a la obra los días 13 de noviembre de 1998 y 29 de enero de 1999; igualmente pagó un importe de $ 48,901 S/IVA por el concepto de zampeado de piedra bola que no se ejecutó; también el haber elaborado convenio adicional incrementando el monto inicialmente contratado de $ 4’506,927 C/IVA a $ 6’938,426 C/IVA (54%) y el plazo de ejecución de 123 días a 226 días (84%), observándose que se debió principalmente por no haberse apegado a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. s)  La Entidad no efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles, Construcciones y Servicios Públicos, correspondientes al grupo 500 por $ 24’575,771 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública hasta por un monto de $ 46’007,138 que incluye las aportaciones federal, estatal, municipal y de la comunidad, así como conciliación con las cifras según registros contables que asciende a $ 24’034,851, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar. t)  La Entidad elaboró el primer avance trimestral de los programas de Presupuesto de Egresos determinando las metas logradas en forma porcentual, situación que se modificó a partir del segundo trimestre del ejercicio, sin embargo, este hecho limitó el poder conocer la cuantificación de las metas logradas durante el ejercicio. u) No fue proporcionada documentación comprobatoria que respalde las metas realizadas en el Programa 02 de la Dirección de Obras y Servicios Públicos, así mismo, se omitió la cuantificación de metas realizadas de algunos programas que seleccionamos para revisión del Presupuesto de Egresos, situación que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. v)     La Entidad durante el ejercicio aperturó en el mes de febrero de 1998 dos cuentas bancarias con la institución bancaria Bital, S.A.; siendo éstas las Nº 4011809530 y Nº 4011809522 para el manejo y control de los recursos provenientes de los Fondos III y IV, respectivamente, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto ocurra” toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de abril de 1999. w) La Entidad celebró Contrato de Permuta mediante el cual permutó a la Sociedad Cooperativa de Transportes de Pasajeros de Ensenada, S.C.L. de I.O. el lote s/n de la manzana s/n con superficie de 726.949 m² de la Col. Ampliación Hidalgo, obteniendo la fracción 8 de la Colonia El Aguajito con superficie de 1,159.417 m², según consta en inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de fecha 8 de junio de 1998, no habiéndose proporcionado el contrato celebrado ni los avalúos correspondientes. x)     La Entidad durante el ejercicio no dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta 127 y 137 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. SEPTIMO.- Que en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración celebrada el 21 de julio de 1999, comparecieron los CC. Manuel Montenegro Espinoza y la C.P. Ofelia Lencioni Rosas, Presidente y Tesorero del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, respectivamente, a efecto de hacer las aclaraciones a las observaciones contenidas en la Opinión de la Contaduría Mayor de Hacienda en relación con la Cuenta Pública del período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998 del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California. OCTAVO.- Que como parte de las aclaraciones efectuadas por el Presidente Municipal del XV Ayuntamiento de Ensenada, B.C., se entregó escrito de fecha 12 de julio de 1999, suscrito por el C. Ignacio González Oros, representante y vendedor de negociación de autos usados con domicilio en el extranjero a la cual el Ayuntamiento adquirió 8 vehículos de diversos modelos y años, en dicho documento se relacionan cada uno de los vehículos adquiridos y su valor, y se manifiesta también que en la confirmación de saldos entregada a la Contaduría Mayor de Hacienda se encuentran algunos errores involuntarios en relación a los precios reales de compra venta según facturas; así mismo, se entregó copia del escrito s/n de fecha 20 de julio de 1999 de Importadora Mexicana IMEX Comercializadora firmado por el C. Roberto Favio Urbina Loya en su carácter de Administrador de la empresa, remitido a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, en este documento se certifica que todos los trámites de importación y facturación de 8 vehículos que fueron adquiridos por el XV Ayuntamiento de Ensenada, relacionándose diversos modelos con sus costos, fueron realizados totalmente por la propia empresa, ya que dichos trámites no pueden ser efectuados si no se cuenta con el “Padrón sectorial” correspondiente, y el Ayuntamiento no lo tiene y la empresa sí; en consecuencia de lo anterior se considera procedente modificar los importes señalados en la observación correspondiente. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta de Pública de Egresos del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los CC. Manuel Montenegro Espinoza y C.P. Ofelia Lencioni Rosas, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998, por motivo que la Entidad dispuso de recursos propios y del Ramo 33 Federal Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios, para otorgar préstamos por la cantidad de $ 2’030,564, a contratistas que ejecutaron obras del Ramo 20 específicamente del Programa 100 Ciudades, siendo que las disposiciones legales vigentes en materia de obra pública, sólo contempla el pago de anticipos a contratistas, no consignan otro tipo de financiamiento; debido a que se recibieron aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportación para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 31’130,675, los cuales se registraron como partidas transitorias en cuentas de pasivo, disminuyendo el saldo con las salidas de recursos, no reconociéndose como ingresos y egresos de Ley, por lo tanto no se remitió la documentación comprobatoria original de la aplicación de los recursos del Fondo III a la Contaduría Mayor de Hacienda en los términos de lo previsto en el Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a los recursos federales percibidos por $ 31’130,675, se le adicionan las aportaciones de los vecinos según registros contables de $ 1’669,004 se obtienen recursos por la suma de $ 32’779,679 respecto a la cual se aprobó obra, entrega de becas y despensas por la cantidad de $ 33’571,284 a la que posteriormente se le disminuyó $ 2’635,276 según autorización del Consejo de Desarrollo Municipal por resultar excedentes en las obras, registrándose estos como ingresos propios, resultando un neto a ejecutar de $ 30’936,008 determinándose un importe sin asignar de $ 1’843,671, por otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio de $ 27’965,712 se obtiene que el saldo de efectivo disponible es de $ 4’813,967 sin embargo el saldo real en bancos según registros contables es de $ 3’592,473 existiendo diferencia en bancos no aclarada de $ 1’221,494, así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracciones I y III que consigna que los Municipios deberán hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficios, así como informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados; porque se registraron como ingresos y egresos de Ley las aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 23’288,245, de los cuales sólo se proporcionó el desglose de erogaciones por la cantidad de $ 18’920,787, omitiéndose la información detallada sobre el destino específico de recursos por la cantidad de $ 4’367,458, por otro lado, al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión presuntamente ejercida al cierre del ejercicio de $ 22’980,338 cifra derivada de reporte emitido por el departamento de contabilidad, se obtiene que el saldo de efectivo disponible es de $ 307,907, sin embargo el saldo real en bancos según registros contables es de $ 1’732,756, existiendo un excedente en bancos no aclarado de         $ 1’424,849; así como porque durante el ejercicio se adquirieron 16 vehículos, que de acuerdo a la Entidad fueron adquiridos 8 a proveedor extranjero y 8 a negocios de la localidad que se dedican a la venta de autos usados, el costo de las unidades según registros contables es de $ 200,395 y $ 395,524, respectivamente, sin embargo según confirmación de los proveedores las 16 unidades se adquirieron en $ 559,773, determinándose diferencias al comparar el costo de adquisición registrado y pagado por la Entidad y el importe que confirman los vendedores por la cantidad de $ 36,146, estas operaciones están siendo sujetas a revisión por la Sindicatura Municipal, de lo que podría derivarse en su caso la aplicación de responsabilidades; debido a que la Entidad aplicó precios unitarios en el concepto estampado de concreto en banquetas y pasos peatonales, en los que difieren los costos de algunos materiales con respecto a los autorizados, motivando un pago de más por $ 26,879 S/IVA, además de no apegarse a lo establecido en el Artículo 46 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, en relación a la supervisión de la obra así como de verificar las anomalías indicadas en bitácora en el proceso de la ejecución de los trabajos, lo anterior en la obra: Demoliciones, pavimentos, banquetas, agua potable y drenaje en Calle Primera, tramo de Av. Macheros a Av. Ryerson, Ensenada, B.C., correspondiente al contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-5D-01. Con respecto a la construcción de puente vehicular de la Calle Once y Av. Mar, Ensenada, B.C., al amparo del contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-SI-01, la Entidad en estimación Nº 4 en el concepto colocación de acero de refuerzo, por error en los números generadores pagó de más $ 16,663 S/IVA; además en estimaciones Nos. 7, 8, 9 y 10 que comprenden un período de ejecución del 11 de octubre al 5 de diciembre de 1998, estimó conceptos por un importe de $ 335,432 S/IVA pagados el 19 y 26 de noviembre y el 8, 17 y 22 de diciembre de 1998 y que no estaban ejecutados de acuerdo a lo observado en visitas efectuadas a la obra los días 13 de noviembre de 1998 y 29 de enero de 1999; igualmente pagó un importe de      $ 48,901 S/IVA por el concepto de zampeado de piedra bola que no se ejecutó; también el haber elaborado convenio adicional incrementando el monto inicialmente contratado de $ 4’506,927 C/IVA a $ 6’938,426 C/IVA (54%) y el plazo de ejecución de 123 días a 226 días (84%), observándose que se debió principalmente por no haberse apegado a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas; porque no se efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles, Construcciones y Servicios Públicos, correspondientes al grupo 500 por $ 24’575,771 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública hasta por un monto de $ 46’007,138 que incluye las aportaciones federal, estatal, municipal y de la comunidad, así como conciliación con las cifras según registros contables que asciende a $ 24’034,851, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar; así como porque no se elaboró el primer avance trimestral de los programas de Presupuesto de Egresos determinando las metas logradas en forma porcentual, situación que se modificó a partir del segundo trimestre del ejercicio, sin embargo, este hecho limitó el poder conocer la cuantificación de las metas logradas durante el ejercicio y porque no fue proporcionada documentación comprobatoria que respalde las metas realizadas en el Programa 02 de la Dirección de Obras y Servicios Públicos, así mismo, se omitió la cuantificación de metas realizadas de algunos programas que se seleccionaron para revisión del Presupuesto de Egresos, situación que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública al XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los CC. Manuel Montenegro Espinoza y C.P. Ofelia Lencioni Rosas, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los CC. Dr. Daniel Quintero Peña y C.P. Samuel Jaime Aguilar, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre de 1998. CUARTO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la Entidad presenta saldo de deudores diversos por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos de los cuales no se localizaron la totalidad de los cheques registrados, de los cuales algunos provienen del ejercicio anterior; porque se presentan diversas cuentas por cobrar por conceptos distintos a adeudos fiscales, que no presentan movimiento durante 1998, sin que se haya proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo incertidumbre acerca de su recuperabilidad; debido a que se registraron en cuentas por cobrar partidas en tránsito de conciliaciones bancarias por cargos bancarios de los períodos de agosto a septiembre de 1996, enero a diciembre de 1997 y enero de 1998, los cuales se encuentran sujetos a investigación y aclaración, por lo que se desconoce los posibles efectos que pudieran resultar; así como porque se presenta saldo por pagar derivado de cuentas por pagar que no tuvieron movimiento durante el año a favor de acreedores diversos y a favor del Gobierno Federal y Estatal, por la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios de 1996 y 1998 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima y Multas Federales no Fiscales, así como porque no se han incorporado al patrimonio diversos bienes inmuebles a valor catastral, debido a que no se cuenta con la documentación legal que acredite los derechos de propiedad o uso sobre bienes inmuebles que se destinan a parques públicos, gimnasio municipal, biblioteca, unidades deportivas y oficinas administrativas entre otros, los cuales se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden; porque se efectuó ajuste al patrimonio incrementando el saldo contable de la cuenta de bienes muebles determinándose dicho ajuste en forma global por diferencia, al comparar el padrón de bienes muebles con el saldo que existía en registros contables, consecuentemente no se identifican los bienes dados de alta y en su caso de baja que generaron dicha diferencia; porque se liquidó pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada con base en Contrato de Pago de Adeudo mediante Cesión de Bienes y Transmisión de Dominio de Inmueble y Compensación celebrado el 28 de abril de 1998, donde el XV Ayuntamiento cedió un terreno con una superficie de 22-45-13.80 hectáreas ubicadas dentro del desarrollo urbano del Ejido Chapultepec del Municipio de Ensenada, que corresponde a los terrenos que fueron transferidos por el Fideicomiso para la Administración y Desarrollo de las Reservas Territoriales (FIADERT), sobre el cual este último ya había acordado que el terreno se donara a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (CESPE) para la construcción de una planta de tratamiento de aguas negras, no habiéndose presentado acta de revocación por parte del FIADERT y autorización del Cabildo para enajenar el bien inmueble de dominio privado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 123 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California; porque se efectuó ajuste por cancelación de recargos generados por cuotas y aportaciones no pagadas en los plazos de Ley al ISSSTECALI en los ejercicios de 1996, 1997 y 1998, dicho ajuste no fue autorizado por el Cabildo, existiendo incertidumbre acerca de la condonación de esos recargos por parte de la Junta Directiva del ISSSTECALI al no haberse proporcionado documento que sustente la condonación; así como porque se presenta en los estados financieros cuentas por pagar que se integran por saldos provenientes de los ejercicios de 1995 y 1997 de las subcuentas Fondo de Desarrollo Social y Fondo I (Secas) que corresponden a remanentes de recursos que no fueron aplicados en obras, determinándose una diferencia entre los saldos bancarios de las cuentas Bital No. 400352165-5 y Serfín Nos. 01-515512-6 y 15157374 y lo registrado como cuenta por pagar, dichos saldos se encuentran en proceso de depuración, desconociéndose los posibles efectos que pudiesen resultar al concluirse su depuración; porque se practicó ajuste disminuyéndose el pasivo a favor del Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada (CUME), afectándose la cuenta contable de Resultados de Ejercicios Anteriores resultante de efectuar conciliación de saldos con el organismo, sin contar con documentación que ampare el origen de la cancelación contable ni con la autorización de Cabildo al respecto; así como porque se otorgaron descuentos del 15% por pronto pago a los contribuyentes del Impuesto Predial que cubrieron anualmente el gravamen en los meses de marzo a mayo de 1998 principalmente, contraponiéndose a lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, que establece los plazos para el pago del impuesto, consignando que éste deberá cubrirse anualmente en los meses de enero y febrero o en dos exhibiciones semestrales, la primera en enero y febrero, siendo la segunda en los meses de julio y agosto; debido a que no se proporcionaron 16 recibos oficiales de contribuciones municipales pagados en la Delegación de San Quintín, en tanto que 23 recibos son ilegibles, sobre los cuales no se identificó su ingreso en Recaudación de Rentas Municipal, desconociéndose el destino de los mismos, y en su caso, el monto de los ingresos recaudados; porque el Impuesto Predial sobre predios rústicos a cargo de los contribuyentes la Entidad aplicó durante el ejercicio al valor fiscal de los predios la tasa del 5 al millar, misma que no se encuentra prevista en la Ley de Ingresos para el Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en forma extemporánea para incorporar la tasa en Ley, en el mes de septiembre de 1998 el Cabildo del XV Ayuntamiento de Ensenada aprobó solicitar al Congreso del Estado mediante la Iniciativa correspondiente la reforma para adicionar en Ley la tasa en comento; porque se cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a cuotas fijas de 3 a 6 salarios mínimos o a través de valores unitarios determinados por la Oficina de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, sin proporcionar el sustento documental sobre las bases aplicadas para su determinación, ni proporcionarnos la autorización correspondiente, contraviniendo lo dispuesto en la Tabla de Valores Catastrales Unitarios, Base del Impuesto Predial del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en donde se consigna que lo no previsto y las controversias en la tabla será decidido por la dependencia mencionada comparando las características del caso de que se trate y siguiendo el criterio establecido por el Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario, según el grado de urbanización y uso del suelo de que se trate, dando aviso por escrito de su resolución a la Tesorería Municipal; en virtud de que se aperturaron en el mes de febrero de 1998 dos cuentas bancarias con la institución bancaria Bital, S.A.; siendo éstas las Nº 4011809530 y Nº 4011809522 para el manejo y control de los recursos provenientes de los Fondos III y IV, respectivamente, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de abril de 1999; porque se celebró Contrato de Permuta mediante el cual se permutó a la Sociedad Cooperativa de Transportes de Pasajeros de Ensenada, S.C.L. de I.O. el lote s/n de la manzana s/n con superficie de 726.949 m² de la Col. Ampliación Hidalgo, obteniendo la fracción 8 de la Colonia El Aguajito con superficie de 1,159.417 m², según consta en inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de fecha 8 de junio de 1998, no habiéndose proporcionado el contrato celebrado ni los avalúos correspondientes; y porque durante el ejercicio no se dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta 127 y 137 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los seis días del mes de abril del dos mil uno. - EL C. DIP.  CANO JIMENEZ: ... Firman todos los Diputados que integramos la Comisión de Hacienda y Administración”. Esta a su consideración de esta Honorable Asamblea el Dictamen 149.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien Diputado Cano Jiménez, excelente su lectura. Bien, entonces vamos a iniciar con el debate, le vamos a solicitar aquí a nuestra compañera Diputada Secretaria Olivia Villalaz, realice una lista de oradores que estén en contra del Dictamen.

- LA C. SECRETARIA: Oradores, ¿Diputados oradores en contra del Dictamen 149? presentado por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez.

- EL C. PRESIDENTE: No hay Diputados que estén en contra del Dictamen, por lo tanto no hay lugar a favor, compañera Diputada por favor solicite el sentido del voto de los Diputados presentes en este Recinto Legislativo, en relación del Dictamen No. 149 que se refiere a las Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Ensenada, por el ejercicio fiscal de 1998, leído atinadamente por el compañero Cano Jiménez.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros, compañera Diputada, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal, del Dictamen referido 149, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Molina, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Batida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar?

- Héctor Esparza, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: 18 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones, Diputado Presidente. 

- EL C. PRESIDENTE: 18 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Bien, se aprueba en lo general el Dictamen 149, en lo general y en lo particular el Dictamen 149 por 18 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen No. 149 de la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, a los diez días del mes de abril del año 2001. Y continuamos con el análisis de los Dictámenes de la Comisión de Hacienda, y continuamos, ¿desean que se haga un receso? Continuamos, quedamos que a las once nos vamos a retirar, quedan 45 minutos. Continuamos con el Dictamen 152, Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, por el ejercicio fiscal de 1998, el cual dará lectura el compañero Diputado Alejandro Bahena Flores, adelante compañero.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Honorable Asamblea, Comisión de Hacienda y Administración, Dictamen No. 152, compañeras Diputadas. “Recibió esta Comisión para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP040/99 de fecha 30 de agosto de 1999, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Gobierno del Estado de Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de marzo de 1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Gobierno del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 25 de marzo de 1998, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Gobierno del Estado de Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 22 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a) Al cierre del ejercicio en conciliaciones bancarias de 28 cuentas bancarias activas se presentan partidas en conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1998, las cuales se encuentran en proceso de investigación y depuración; así como se presentan en los estados financieros 20 cuentas bancarias que dejaron de operar en los años de 1996 y 1997, con saldo contable acreedor neto de $ 11’030,439 (sobregiro), estas cuentas no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 48 cuentas bancarias en comento. b) La Entidad en la cuenta Deudores Diversos, subcuenta Anticipos de Obra y Otros presenta diversos saldos de naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1998, por haberse efectuado diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos acreedores por la cantidad de $ 639,515; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos, cuentas por cobrar por la cantidad de $ 5’157,742 que se integra por diversos saldos provenientes principalmente de ejercicios de 1992, 1995 y 1997, de lo cual se presume que la cifra de $ 4’600,637 corresponde a apoyos económicos otorgados a Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el derecho de cobro de las mismas, así como diversos saldos que no presentan movimiento durante 1998, por la cantidad de $ 557,105, sin que se haya proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo incertidumbre sobre su recuperabilidad; dichos saldos se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar. c) No se ha efectuado conciliación entre el saldo en registros contables de bienes inmuebles de                      $ 1,300’526,378 con las cifras que arroja el control de bienes inmuebles de Oficialía Mayor de $ 859’022,313, precisándose que la cifra de los registros de Oficialía Mayor no incluyen el ajuste contable por la actualización de valores de los inmuebles efectuada en el ejercicio de 1991 por la cantidad de $ 880’846,067, de lo cual se determina que la diferencia a aclarar mediante conciliación asciende a $ 439’342,002 de menos en registros contables, encontrándose actualmente en proceso un programa de actualización y depuración de los padrones de inventarios de bienes inmuebles del Poder Ejecutivo implementado por la Entidad, que incluye el control y el registro de los mismos, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y efectuarse la conciliación entre el padrón y los registros contables. d) Se determinó diferencia de $ 4’367,638 entre los registros contables de los ingresos federales contra la compensación por concepto de participaciones federales al Estado, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal, del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, habiéndose practicado ajuste por dicha cantidad para cancelar de la cuenta contable de Impuestos Cobrados por Cuenta de la Federación subcuenta Impuestos Coordinados Cuenta Corriente particularmente en la sub-subcuenta Aplicación Constancias de Compensación, efectuándose cargo a la cuenta de Afectación Patrimonial del ejercicio de 1996, desconociéndose el origen de la diferencia ajustada debido a que no fue proporcionada documentación comprobatoria que sustente el movimiento contable efectuado. e) La Entidad en el mes de julio de 1998 efectuó pago de nóminas de “aclaraciones” por un monto de $ 1’977,847, expedida por la Secretaría de Educación y Bienestar Social que comprende pagos al magisterio del sistema estatal de los meses de julio y agosto de 1998, no habiéndose aclarado los conceptos pagados, ni proporcionado la documentación comprobatoria que compruebe y justifique fehacientemente las erogaciones efectuadas. f) En la obra: Construcción de vialidad y conducción del cauce del Río Nuevo en un desarrollo de 8.7 kilómetros, comprendidos entre el Puente Reforma y Boulevard Unión, al amparo del contrato Nº C-PRON-96-MXL-74-03, no se llevó un adecuado seguimiento a la obra por parte de la supervisión, ya que ésta presenta en general mala calidad de ejecución, como lo son una gran cantidad de agrietamientos en la carpeta asfáltica, así como zonas en donde se aprecia la pérdida de finos del agregado pétreo, asentamientos de la estructura del pavimento, guarniciones de concreto fracturadas y con mal acabado, juntas transversales y longitudinales muy marcadas, lo anterior, sin que se hayan adoptado las medidas para prevenir tales situaciones ni evidencia de que se hayan corregido. g) La Entidad no se apoyó en programas que señalen objetivos, metas específicas y unidades responsables de su ejecución, para la elaboración del Presupuesto de Egresos autorizado y del ejercido en los códigos programáticos de conformidad con lo previsto en los Artículos 16 y 26 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así como porque no fue proporcionada en forma completa la documentación comprobatoria que respalde las metas realizadas de algunos programas y subprogramas del Presupuesto de Egresos asignado de la Secretaría Jurídica y de Prevención Social así como de la Secretaría General de Gobierno, situación que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así mismo, la Entidad no fue consistente en la cuantificación de las metas trimestrales de algunos programas de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Planeación y Finanzas, debido a que las metas proyectadas y alcanzadas durante el ejercicio se determinaron de manera porcentual, desconociéndose en consecuencia las metas cuantificadas por unidad, tanto de los programas como de los resultados logrados; y porque algunos programas y subprogramas del Presupuesto de Egresos de la Procuraduría General de Justicia, Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Educación y Bienestar Social y Secretaría Jurídica y Prevención Social en su evaluación programática no presentan metas alcanzadas, se presume que durante el ejercicio se reestructuraron los programas y subprogramas que le son relativos, sin que se haya remitido al Congreso del Estado en su oportunidad las modificaciones programáticas al Presupuesto de Egresos autorizado. h) El Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1998 modificado por el Congreso del Estado ascendió a $ 7,539’589,591, el Presupuesto de Egresos ejercido al cierre del ejercicio fiscal fue de $ 7,489’642,884, cifra que incluye modificaciones presupuestales por transferencias de partidas de $ 308’983,709 y $ 358’930,416 de aumentos y disminuciones, respectivamente, éstas a su vez incluyen modificaciones a partidas de ampliación automática por $274’893,999 y $ 273’952,838, al respecto la Entidad no solicitó autorización del Congreso del Estado de las partidas presupuestales modificadas y ejercidas al cierre del ejercicio presupuestal de 1998 por la cantidad de $ 34’089,710, incumpliendo lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, que establece que el Ejecutivo del Estado solicitará por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización del Congreso del Estado para efectuar transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas del Presupuesto de Egresos autorizado que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación presupuestal. i) La Entidad durante el ejercicio aperturó y canceló diversas cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto ocurra”, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio de 1999. j) La Entidad durante el ejercicio no dio debido cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto e ingreso público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas y documentación comprobatoria de ingresos que se remitió hasta con 82 y 140 días de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 51 y 290 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Héctor Terán Terán y Dr. Víctor Adán López Camacho en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Baja California y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por el período del primero de enero al 4 de octubre de 1998. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Rodolfo Valdez Gutiérrez y Dr. Víctor Adán López Camacho, en su carácter de Secretario General de Gobierno Encargado del Despacho y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por los días 5 y 6 de octubre de 1998. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Alejandro González Alcocer y Dr. Víctor Adán López Camacho, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Baja California y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por el período del 7 de octubre al 31 de diciembre de 1998. CUARTO.- Con motivo de que la Entidad, al cierre del ejercicio en conciliaciones bancarias de 28 cuentas bancarias activas presenta partidas en conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1998, las cuales se encuentran en proceso de investigación y depuración; así como se presentan en los estados financieros 20 cuentas bancarias que dejaron de operar en los años de 1996 y 1997, las cuales no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 48 cuentas bancarias en comento; debido a que en la cuenta Deudores Diversos, subcuenta Anticipos de Obra y Otros se presentan diversos saldos de naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1998, por haberse efectuado diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos acreedores; así mismo, porque se presentan en la cuenta de Deudores Diversos subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos, cuentas por cobrar que se integran por diversos saldos provenientes principalmente de los ejercicios de 1992, 1995 y 1997, de lo cual se presume que una parte importante corresponde a apoyos económicos otorgados a Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el derecho de cobro de las mismas, así como diversos saldos que no presentan movimientos durante 1998, sin que se haya proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo incertidumbre sobre su recuperabilidad; dichos saldos se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar; porque no se ha efectuado conciliación entre el saldo en registros contables de bienes inmuebles con las cifras que arroja el control de bienes inmuebles de Oficialía Mayor, precisándose que la cifra de los registros de Oficialía Mayor no incluyen el ajuste contable por la actualización de valores de los inmuebles efectuada en el ejercicio de 1991, siendo la diferencia a aclarar por una cantidad menor en registros contables, encontrándose actualmente en proceso un programa de actualización y depuración de los padrones de inventarios de bienes inmuebles del Poder Ejecutivo implementado por la Entidad, que incluye el control y el registro de los mismos, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y efectuarse la conciliación entre el padrón y los registros contables; porque se determinó diferencia entre los registros contables de los ingresos federales contra la compensación por concepto de participaciones federales al Estado, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal, del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, habiéndose practicado ajuste para cancelar de la cuenta contable de Impuestos Cobrados por Cuenta de la Federación subcuenta Impuestos Coordinados Cuenta Corriente particularmente en la sub-subcuenta Aplicación Constancias de Compensación, efectuándose cargo a la cuenta de Afectación Patrimonial del ejercicio de 1996, desconociéndose el origen de la diferencia ajustada debido a que no fue proporcionada documentación comprobatoria que sustente el movimiento contable efectuado; así como debido a que la Entidad en el mes de julio de 1998 efectuó pago de nóminas de “aclaraciones”, expedida por la Secretaría de Educación y Bienestar Social que comprende pagos al magisterio del sistema estatal de los meses de julio y agosto de 1998, no habiéndose aclarado los conceptos pagados, ni proporcionado la documentación comprobatoria que compruebe y justifique fehacientemente las erogaciones efectuadas; porque en la obra: Construcción de vialidad y conducción del cauce del Río Nuevo en un desarrollo de 8.7 kilómetros, comprendidos entre el Puente Reforma y Boulevard Unión, al amparo del contrato Nº C-PRON-96-MXL-74-03, no se llevó un adecuado seguimiento a la obra por parte de la supervisión, ya que ésta presenta en general mala calidad de ejecución, como lo son una gran cantidad de agrietamientos en la carpeta asfáltica, así como zonas en donde se aprecia la pérdida de finos del agregado pétreo, asentamientos de la estructura del pavimento, guarniciones de concreto fracturadas y con mal acabado, juntas transversales y longitudinales muy marcadas, lo anterior, sin que se hayan adoptado las medidas para prevenir tales situaciones ni evidencia de que se hayan corregido; debido a que la Entidad no se apoyó en programas que señalen objetivos, metas específicas y unidades responsables de su ejecución, para la elaboración del Presupuesto de Egresos autorizado y del ejercido de algunos códigos programáticos de conformidad con lo previsto en los Artículos 16 y 26 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así como porque no fue proporcionada en forma completa la documentación comprobatoria que respalde las metas realizadas de algunos programas y subprogramas del Presupuesto de Egresos asignado de la Secretaría Jurídica y de Prevención Social así como de la Secretaría General de Gobierno, situación que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así mismo porque la Entidad no fue consistente en la cuantificación de las metas trimestrales de algunos programas de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Planeación y Finanzas, debido a que las metas proyectadas y alcanzadas durante el ejercicio se determinaron de manera porcentual, desconociéndose en consecuencia las metas cuantificadas por unidad, tanto de los programas como de los resultados logrados; debido a que algunos programas y subprogramas del Presupuesto de Egresos de la Procuraduría General de Justicia, Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Educación y Bienestar Social y Secretaría Jurídica y Prevención Social en su evaluación programática no presentan metas alcanzadas, se presume que durante el ejercicio se reestructuraron los programas y subprogramas que le son relativos, sin que se haya remitido al Congreso del Estado en su oportunidad las modificaciones programáticas al Presupuesto de Egresos autorizado; así como porque la Entidad no solicitó autorización del Congreso del Estado de las partidas presupuestales modificadas y ejercidas al cierre del ejercicio presupuestal de 1998 incumpliendo lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, que establece que el Ejecutivo del Estado solicitará por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas la autorización del Congreso del Estado para efectuar transferencias, ampliación, creación o supresión de partidas del Presupuesto de Egresos autorizado que deberá obtenerse antes de ejercer la modificación presupuestal; porque la Entidad durante el ejercicio aperturó y canceló diversas cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio de 1999; y porque durante el ejercicio no se dio debido cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión  en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto e ingreso público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas y documentación comprobatoria de ingresos que se remitió hasta con 82 y 140 días de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 51 y 290 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil uno. -Nada más permítame hacer una pequeña consulta- Firman los Diputados integrantes de la Contaduría Mayor, perdón, de la Comisión de Hacienda y Administración. Diputado Presidente, Sócrates Bastida Hernández; Diputado Secretario, Antonio Ricardo Cano Jiménez; Diputado Vocal, Héctor Esparza Herrera; Diputado Vocal, Gilberto Flores Muñoz; y Diputado Vocal, Alejandro Bahena Flores”. Hago entrega, señor Presidente, del Dictamen No. 152.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias Diputado, se abre el debate en lo que respecta al Dictamen 152 de la Comisión de Hacienda y Administración, compañera Diputada Secretario sírvase elaborar una lista de oradores que estén en contra del Dictamen.

- LA C. SECRETARIA: Diputados que estén en contra del Dictamen, favor de manifestar, no se observa Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no procede elaborar lista de oradores a favor, le solicito tome el sentido del voto de los compañeros Diputados en votación nominal, por la derecha.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto de manera nominal, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, en contra.

- Héctor Esparza, en contra.

- Gutiérrez Piceno, en contra.

- Casillas, en contra.

- Sergio Avitia Nalda, en contra.

- Ruvalcaba, en contra.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- EL C. VICEPRESIDENTE: ¿Falta algún Diputado por votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, en contra.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, son 12 votos a favor, 7 en contra y cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba el Dictamen No. 152 en lo general y en lo particular, por 12 votos a favor, 7 en contra y cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen No. 152 de la Comisión de Hacienda y Administración, que fue leído por el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, a los diez días del mes de abril del año dos mil uno. Entonces, continuamos con los trabajos y sigue el Dictamen 473 que se refiere a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Mexicali, por el ejercicio fiscal de 1999, que dará lectura el Diputado Héctor Esparza.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Con su permiso Diputado Presidente, Honorable Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados. Comisión de Hacienda y Administración, Dictamen No. 473. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP030/2000 de fecha 9 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 30 de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 29 de septiembre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 9 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades:

a)           La Entidad ajustó por diferencia las cantidades de $ 807,896 y $ 241,706 provenientes de ejercicios anteriores y de 1999, respectivamente, que resultan de comparar el saldo contable de la cuenta Inventario de Refacciones y Accesorios de $ 2’480,469 con el saldo del inventario físico practicado por la Oficialía Mayor que asciende a $ 1’403,755, disminuyéndose del saldo en inventarios afectándose Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores, dicho registro carece de documentación que lo sustente ni fue sometido a consideración y aprobación del Cabildo.

b)           b) La Entidad proporcionó padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial determinado por colonias que emite el sistema de informática, el cual arroja las cifras de cuenta corriente y rezago por las cantidades de $19’101,606 y $ 34’505,029, respectivamente, de las cuales sólo se encuentra registrada contablemente en Cuentas de Orden como rezago la cantidad de $ 34’505,029, cifra que corresponde a los adeudos de 1998 y anteriores, omitiéndose el registro del adeudo generado en el año de 1999, adicionalmente no se proporcionó el padrón de adeudos de contribuyentes integrado por ejercicios fiscales debido a que el sistema no permite emitir esta información sólo la impresión de estados de cuenta en el sistema de caja del Impuesto Predial; así mismo, se proporcionó padrón de adeudos de Multas de Tránsito impuestas en el ejercicio fiscal de 1999 que asciende a $ 11’169,389, cifra que coincide con el registro contable en Cuentas de Orden, sin embargo el padrón y los estados financieros no presentan los adeudos de ejercicios anteriores, debido a que el sistema de informática sólo arroja el saldo correspondiente al adeudo del último ejercicio fiscal, desconociéndose por lo tanto el importe total del adeudo de años anteriores.

c)      La Entidad incrementó sus registros contables en la cuenta de Bienes Muebles y de Patrimonio por $ 3’528,180 para igualar el saldo contable con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor, registrando ajuste por diferencia por lo que carece de soporte documental, dicha diferencia proviene de ejercicios anteriores.

d)     La Entidad no cuenta con la totalidad de la documentación que acredite la propiedad legal de los bienes inmuebles registrados contablemente, así mismo se encuentra en proceso de investigación e integración la situación legal de inmuebles en uso, no registrados contablemente que se encuentran incorporados en padrones elaborados por administraciones municipales anteriores; encontrándose actualmente en proceso un programa de regularización de bienes inmuebles propiedad del Ayuntamiento, por lo que se desconoce el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al concluirse dicho programa.

e)     La Entidad registró al cierre del ejercicio pasivos por la cantidad de $ 22’420,938 afectando presupuestal y contablemente el resultado del ejercicio, sobre los cuales no se proporcionó la documentación comprobatoria que sustente que corresponden a gastos devengados en el ejercicio fiscal de 1999 y en consecuencia que representen obligaciones reales a cargo del Ayuntamiento por adquisiciones, servicios y obra ejecutada.

f)      Se efectuaron ajustes por depuración de saldos contables que afectaron la cuenta de Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores, cancelándose saldos de Deudores Diversos por la cantidad de $ 12,340 debido a imposibilidad práctica de cobro, Acreedores Diversos que se integran por movimientos provenientes de 1998 y años anteriores por $ 427,455 y saldos deudores en la cuenta de pasivo de Inversiones por Realizar por $ 522,657, los cuales provienen de ejercicios anteriores.

g)     Durante el ejercicio, la Entidad debió pagar a Banpaís, S.A. amortizaciones de capital e interés en período de amortización la cantidad de $ 7’447,557 que equivalen a 1’950,528 y 837,496 UDI’S respectivamente valuados al valor de la UDI’S al 31 de diciembre de 1999 de $ 2.671267 por UDI’S adeudo que no se liquidó debido a que la Entidad tramitó ante la institución de crédito la reestructuración de la deuda pública contratada por la cantidad de 11’703,181 UDI’S para modificar únicamente el término de la vigencia del crédito del año 2003 al 2014, a la fecha dicha reestructuración no se ha concretado a pesar de las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la Entidad hubiera pagado aproximadamente la cantidad de $ 4’466,097 que corresponde al pago de capital e interés de 1’021,726 y 650,177 UDI’S, respectivamente; en consecuencia la deuda pública se incrementó por las UDI’S no pagadas en los años de 1998 y 1999, la cual no incluye intereses moratorios; existiendo incertidumbre acerca de las repercusiones que pudiesen derivar de esta suspensión de pagos.

h)     La Entidad no reconoce en sus estados financieros adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali por la cantidad de $ 34'971,299, por consumo de agua del ejercicio de 1999 y anteriores, correspondientes a unidades deportivas, parques, jardines, glorietas y camellones; dicho saldo se está negociando con el organismo estatal acreedor, conjuntamente con los pasivos que adeudan las paramunicipales: Patronato del Bosque y Zoológico de la Ciudad de Mexicali y Desarrollo Social Municipal, quienes tienen un adeudo $ 18’612,142, cifra que según se ha declarado la absorberá el Ayuntamiento de Mexicali.

i)      Para eliminar partidas en las conciliaciones bancarias la Entidad incrementó el saldo en las cuentas bancarias por abonos efectuados por los bancos en los años de 1996, 1997 y 1998, afectándose la cuenta de Rectificación de Resultados de Ejercicios Anteriores por la cantidad de $ 136,183, desconociéndose el origen de dichos ingresos, omitiéndose además la elaboración de los recibos de ingresos correspondientes en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California.

j)      La Entidad durante el ejercicio de 1999 recibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social por la cantidad de $ 34’306,050 ejerciéndose recursos presupuestales según el reporte de inversión por la cantidad de $ 33’255,543 y según registros contables de $ 33’341,726, determinándose una diferencia de $ 86,183 la cual corresponde a la aportación del gobierno municipal a obras del programa, por otra parte la Entidad no proporcionó información sobre los accesorios provenientes de los intereses financieros por la inversión temporal de los excedentes de efectivo, ni sobre la aplicación de los mismos, por otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública se obtiene que el saldo del efectivo disponible teórico es de $ 1’050,507 sin incluir accesorios, sin embargo el saldo contable de la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones es de $ 5,817, existiendo una diferencia en bancos de $ 1’044,690 debido a que no se lleva control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo.

La Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 110’275,356 los cuales generaron intereses financieros por $ 9’732,757 cifra que se determinó aplicando la tasa promedio mensual del mercado de dinero a los recursos recibidos mensualmente sin disminuir los egresos por la aplicación de los mismos obteniéndose en global recursos hasta por $ 120’008,113 los cuales según reportes y registros presupuestales y contables se ejercieron en su totalidad; sin embargo se observó que en el reporte de inversión pública como monto ejercido se incluyen dentro del Programa de Infraestructura Deportiva la obra construcción de Centro Recreativo Juventud 2000 por $ 15’220,000, en el Programa de Construcción la obra construcción de la Comandancia de Policía en González Ortega–Oriente por         $ 4’000,000 y en el Programa de Remodelación la obra Remodelación de la Casa de la Cultura por $ 1’940,281, que en conjunto suman $ 21’160,281 que corresponden a obras no ejecutadas que fueron provisionadas al cierre del ejercicio, al comparar el saldo contable en la cuenta bancaria  en la que se depositan las aportaciones del Fondo IV que presenta saldo de $ 1,578 con el saldo teórico disponible de $ 21’160,281 se obtiene una diferencia en bancos de $ 21’158,703 resultante de la falta de un control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que se controlen exclusivamente las entradas y salidas de este fondo; por otra parte se determinó diferencia de $ 30’256,513 entre los montos de inversión pública aprobados por el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Mexicali (COPLADEMM) y los montos ejercidos según reporte de inversión pública aprobados por el Cabildo al autorizar las modificaciones presupuestales de las partidas del grupo 500 de Inmuebles y Construcciones.

SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de Mexicali, Baja California a los CC. Arq. Víctor Hermosillo Celada y C.P. Manuel Aguilar Bojórquez en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo que la Entidad ajustó por diferencia saldos provenientes de ejercicios anteriores y de 1999, resultantes de comparar el saldo contable de la cuenta Inventario de Refacciones y Accesorios con el saldo del inventario físico practicado por la Oficialía Mayor, disminuyéndose del saldo en inventarios afectándose Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores, careciendo dicho registro de documentación que lo sustente ni fue sometido a consideración y aprobación del Cabildo; así como a que se proporcionó padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial determinado por colonias que emite el sistema de informática, el cual arroja las cifras de cuenta corriente y rezago de las cuales sólo se encuentra registrada contablemente en Cuentas de Orden como rezago la cifra que corresponde a los adeudos de 1998 y anteriores, omitiéndose el registro del adeudo generado en el año de 1999, adicionalmente no se proporcionó el padrón de adeudos de contribuyentes integrado por ejercicios fiscales debido a que el sistema no permite emitir esta información sólo la impresión de estados de cuenta en el sistema de caja del Impuesto Predial; así mismo, se proporcionó padrón de adeudos de Multas de Tránsito impuestas en el ejercicio fiscal de 1999 que coincide con el registro contable en Cuentas de Orden, sin embargo el padrón y los estados financieros no presentan los adeudos de ejercicios anteriores, debido a que el sistema de informática sólo arroja el saldo correspondiente al adeudo del último ejercicio fiscal, desconociéndose por lo tanto el importe total del adeudo de años anteriores; porque se incrementó el registro contable en la cuenta de Bienes Muebles y de Patrimonio para igualar el saldo contable con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor, registrando ajuste por diferencia por lo que carece de soporte documental, dicha diferencia proviene de ejercicios anteriores; debido a que no se cuenta con la totalidad de la documentación que acredite la propiedad legal de los bienes inmuebles registrados contablemente, así mismo se encuentra en proceso de investigación e integración la situación legal de inmuebles en uso, no registrados contablemente que se encuentran incorporados en padrones elaborados por administraciones municipales anteriores, encontrándose actualmente en proceso un programa de regularización de bienes inmuebles propiedad del Ayuntamiento, por lo que se desconoce el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al concluirse dicho programa; porque se registró al cierre del ejercicio pasivos afectando presupuestal y contablemente el resultado del ejercicio, sobre los cuales no se proporcionó la documentación comprobatoria que sustente que corresponden a gastos devengados en el ejercicio fiscal de 1999 y en consecuencia que representen obligaciones reales a cargo del Ayuntamiento por adquisiciones, servicios y obra ejecutada; así como debido a que se efectuaron ajustes por depuración de saldos contables que afectaron la cuenta de Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores, cancelándose saldos de Deudores Diversos debido a imposibilidad práctica de cobro, Acreedores Diversos que se integran por movimientos provenientes de 1998 y años anteriores y saldos deudores en la cuenta de pasivo de Inversiones por Realizar los cuales provienen de ejercicios anteriores; porque durante el ejercicio, la Entidad debió pagar a Banpaís, S.A. amortizaciones de capital e interés en período de amortización la cantidad de 1’950,528 y 837,496 UDI’S respectivamente, adeudo que no se liquidó debido a que la Entidad tramitó en 1998 ante la institución de crédito la reestructuración de la deuda pública contratada por la cantidad de 11’703,181 UDI’S para modificar únicamente el término de la vigencia del crédito del año 2003 al 2014, a la fecha dicha reestructuración no se ha concretado a pesar de las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la Entidad hubiera pagado aproximadamente la cantidad de 1’021,726 y 650,177 UDI’S que corresponden al pago de capital e interés, respectivamente; en consecuencia la deuda pública se incrementó por las UDI’S no pagadas en los años de 1998 y 1999, la cual no incluye intereses moratorios, existiendo incertidumbre acerca de las repercusiones que pudiesen derivar de esta suspensión de pagos; debido a que no se reconoció en los estados financieros adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali, por consumo de agua del ejercicio de 1999 y anteriores, correspondientes a unidades deportivas, parques, jardines, glorietas y camellones; dicho saldo se está negociando con el organismo estatal acreedor, conjuntamente con los pasivos que adeudan las paramunicipales: Patronato del Bosque y Zoológico de la Ciudad de Mexicali y Desarrollo Social Municipal, adeudo que según se ha declarado lo absorberá el Ayuntamiento de Mexicali; así como porque para eliminar partidas en las conciliaciones bancarias la Entidad incrementó el saldo en las cuentas bancarias por abonos efectuados por los bancos en los años de 1996, 1997 y 1998, afectándose la cuenta de Rectificación de Resultados de Ejercicios Anteriores, desconociéndose el origen de dichos ingresos, omitiéndose además la elaboración de los recibos de ingresos correspondientes en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; debido a que durante el ejercicio de 1999 se recibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social ejerciéndose recursos presupuestales según el reporte de inversión por cantidad distinta a la de registros contables, determinándose una diferencia la cual corresponde a la aportación del gobierno municipal a obras del programa, por otra parte la Entidad no proporcionó información sobre los accesorios provenientes de los intereses financieros por la inversión temporal de los excedentes de efectivo, ni sobre la aplicación de los mismos, por otro lado al compararse los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública se obtiene que el saldo del efectivo disponible teórico sin incluir accesorios, no coincide con el saldo contable de la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones, existiendo una diferencia en bancos debido a que no se lleva control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; y porque durante el ejercicio de 1999 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios los cuales generaron intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual del mercado de dinero a los recursos recibidos mensualmente sin disminuir los egresos por la aplicación de los mismos obteniéndose el global de recursos los cuales según reportes y registros presupuestales y contables se ejercieron en su totalidad; sin embargo se observó que en el reporte de inversión pública como monto ejercido se incluyen dentro del Programa de Infraestructura Deportiva la obra construcción de Centro Recreativo Juventud 2000, en el Programa de Construcción la obra construcción de la Comandancia de Policía en González Ortega–Oriente y en el Programa de Remodelación la obra Remodelación de la Casa de la Cultura, que corresponden a obras no ejecutadas que fueron provisionadas al cierre del ejercicio, al comparar el saldo contable en la cuenta bancaria  en la que se depositan las aportaciones del Fondo IV con el saldo teórico disponible se obtiene una diferencia en bancos resultante de la falta de un control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que se controlen exclusivamente las entradas y salidas de este fondo; por otra parte se determinó diferencia entre los montos de inversión pública aprobados por el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Mexicali (COPLADEMM) y los montos ejercidos según reporte de inversión pública aprobados por el Cabildo al autorizar las modificaciones presupuestales de las partidas del grupo 500 de Inmuebles y Construcciones, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Mexicali, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil uno. Y firman: El Diputado Sócrates Bastida Hernández, Presidente; el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, Secretario, con reserva; el Diputado Alejandro Bahena Flores, Vocal; el Diputado Gilberto Flores Muñoz, Vocal; y el de la voz, Diputado Héctor Esparza Herrera, Vocal, con reserva también”. Queda a consideración de esta Honorable Asamblea la aprobación del Dictamen No. 473.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien compañero, gracias, muchas gracias. Bien, entonces pues vamos a iniciar el debate compañera Diputada, elabore una lista de Diputados que estén en contra del Dictamen.

- LA C. SECRETARIA: Señores Diputados, los que estén en contra del Dictamen 473 de la Comisión de Hacienda y Administración, favor de manifestarse, ¿oradores en contra? No existen Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor. Entonces, vamos a someter a votación el Dictamen 473 por la vía nominal, solicite el sentido del voto de los compañeros Diputados presentes en este Recinto Legislativo.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto relativo al Dictamen 473 de la Comisión de Hacienda y Administración por vía nominal, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor en lo general, con reserva en lo particular en el Resolutivo Primero.

- Héctor Esparza Herrera, a favor en lo general con reserva en lo particular, en el Primer Resolutivo.

- Gutiérrez Piceno, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- Avitia Nalda, a favor.

- Ruvalcaba, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, 18 votos a favor con dos reservas del Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez y del Diputado, del Resolutivo Primero, cero en contra, del Resolutivo Primero, y Héctor Esparza Herrera.

- EL C. PRESIDENTE: Compañero Antonio Ricardo Cano Jiménez, tenga a bien hacer uso de la Tribuna para presentar su reserva en lo particular, en lo que se refiere al Resolutivo Primero del Dictamen 473, y se prepara el compañero Héctor Esparza.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente, compañeras y compañeros Diputados. Miren ustedes, no sé por qué tengo la impresión de que voy a perder este debate, pero de cualquier manera quiero dejar constancia de que hay, de la oposición, algo por ahí me dice que quizá no prospere, les voy a leer otras vez el Artículo 43 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, digo para que se lo vayan grabando y vean la consecuencia posterior que va a tener el que ustedes aprueben lo que van a aprobar. “Artículo 43.- La aprobación de la Cuenta Pública Anual que haga el Congreso del Estado produce los siguientes efectos respecto de la misma: 1.- Extinguen las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos. 2.- Extinguen las responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares, funcionarios o empleados de las Entidades, las responsabilidades de carácter civil y penal se extinguen conforme a las Leyes en la Materia”. ¿Sí les queda claro? Bueno, otra vez para el Diputado, con mucho gusto Diputado Baltazar. Dice el Artículo 43.- “La aprobación de la Cuenta Pública Anual que haga el Congreso del Estado produce los siguientes efectos respecto de la misma: 1.- Extinguen las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos. 2.- Extinguen las responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares, funcionarios o empleados de las Entidades, las responsabilidades de carácter civil y penal se extinguen conforme a las Leyes en la Materia”.  Ahora sí ya queda claro, miren si nosotros aprobamos la Cuenta Pública de Deuda Pública del Ejercicio Fiscal de 1999, del XVI Ayuntamiento de Mexicali, estamos extinguiendo la posible sanción a la posible comisión de una serie de irregularidades en materia de deuda pública, y les voy a decir porqué, durante el ejercicio la entidad debió pagar a BANPAIS amortizaciones de capital a intereses en el Período de amortización de la cantidad de 1 millón 950 mil 528 y 837 mil 496 udis, respectivamente. Fíjense bien, adeudo que no se liquidó debido a que la Entidad tramitó en el 98 ante la Institución de Crédito, ante el 98, o sea aquí el problema es que a la hora que lleguemos a la Cuenta Pública del 98, del Ayuntamiento, nos vamos a encontrar la misma irregularidad, lo vamos a aprobar ahorita y así extinguimos cualquier posible responsabilidad en el año del 99, cuando lleguemos al 98 se van a dar cuenta que bueno, no es posible aprobar la deuda pública del Ayuntamiento, la Cuenta de Deuda Pública. Dice ante la Institución de Crédito, la reestructuración de la deuda contratada por la cantidad de 11 millones 703 mil 181 udis para modificar únicamente el término de la vigencia en el Crédito, del año 2003 al año 2014 a la fecha, dicha reestructuración no se ha concretado, a pesar de las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la Entidad hubiera pagado aproximadamente la cantidad de 1 millón 21 mil 726 pesos y 650 mil 177 udis, que corresponden al pago de capital e intereses respectivamente. En consecuencia, la deuda pública del Ayuntamiento de Mexicali, fíjense, la deuda pública del Ayuntamiento de Mexicali se incrementó por udis no pagadas en los años de 98 y 99, lo cual no incluye intereses moratorios, -y ojo otra vez con esto- existiendo incertidumbre acerca de las repercusiones que pudiesen derivar de esta suspensión de pagos; es decir, aquí hay una serie de repercusiones que puede tener esta cuenta y la van a aprobar con toda seguridad ahorita, la van a aprobar y van a extinguir cualquier responsabilidad que hayan cometidos los funcionarios del Ayuntamientos, es decir a priori sin conocer dada la incertidumbre que se plantea en el Dictamen, ya están ustedes extinguiendo cualquier responsabilidad, bonita fiscalización compañeros Diputados; pero en fin, como lo dije al principio, no sé porqué presiento que no tendrá éxito mi argumento  y mejor ahí me detengo. Creo que he quedado claro, creo que ha quedado perfectamente claro que serán cómplices de extinguir de responsabilidad la posible comisión de faltas a la legislación en materia de deuda pública, en su conciencia lo hallarán. Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero. Compañero, usted también tiene una reserva en el resolutivo uno, lo invito a que sustente la reserva, si se trata de algún aspecto este, diferente.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: (Desde su curul) Deme nada más la oportunidad de...

- EL C. PRESIDENTE: Adelante.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: (Desde su curul) de hacer uso de la Tribuna.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante, haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. ESPARZA: Sí, básicamente, con su venia Diputado Presidente, Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados. En efecto, la petición que voy a hacer es para pedir que se incluya en el Diario de los Debates la sustentación que hace mi compañero Antonio Cano Jiménez, en torno a la reserva en lo particular; sin embargo, quiero adicionar un poco diciendo que debemos de pensar con mucha tranquilidad la aprobación de esta cuenta pública, específicamente la de deuda pública, ya que ustedes podrán ver en los Dictámenes que normalmente no se hacen las consideraciones necesarias para elaborar los programas financieros de las Entidades, con la finalidad de provisionar los recursos necesarios para que poco a poco las Entidades Públicas vayan finiquitando la Deuda Pública, y aquí reitero lo que he dicho en otras ocasiones, hay corresponsabilidad en la Legislatura al no tomar en cuenta esta carencia de programación de recursos para efecto de saldar cuentas públicas. Es cuanto, los invito a que razonemos y no aprobemos la deuda pública del XVI Ayuntamiento de Mexicali.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, compañera Diputada María Villalaz, Secretaria de esta Mesa Directiva, le solicito que elabore una lista de oradores en contra de las reservas que han hecho los compañeros Diputado Cano Jiménez y Héctor Esparza.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, los que estén en contra de las reservas presentadas al Dictamen 473 de los Diputados Antonio Ricardo Cano Jiménez y Héctor Esparza Herrera, favor de anotarse los que estén en contra, no hay en contra Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: No da lugar, no hay Diputados en contra, no da lugar a favor, por lo tanto, no da lugar a favor, por lo tanto la reserva, le solicito que solicite el sentido del voto de los compañeros presentes en torno al Dictamen, a la reserva en particular del Resolutivo Primero del Dictamen 473.

-  LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto en lo referente a la reserva de los Diputados Antonio Ricardo Cano Jiménez y Héctor Esparza Herrera, por vía nominal, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Ruvalcaba, a favor de la reserva.

- Martín Domínguez, en contra.

- Sócrates Bastida Hernández, en contra.

- Gómez Mora, en contra.

- Pedrín Márquez, en contra.

- Héctor Baltazar Chipres, en contra.

- Molina, en contra.

- Miguel Delfín Castro, en contra.

- Alejandro Bahena Flores, en contra.

- Aguilar kaiten Guillermo, en contra.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado falta de votar? ¿Algún Diputado falta de votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, en contra.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, en contra.

- Flores Muñoz Gilberto, me abstengo.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, son 11 votos en contra, 8 a favor y una abstención del Diputado Gilberto Flores Muñoz.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Diputado Gilberto Flores, haga el favor de sustentar su abstención.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Miren compañeros, esta es la única abstención que voy a hacer en todo este proceso de revisión de Cuentas Públicas, me voy a referir en lo general a los nueve Dictámenes que vamos a ventilar a lo largo de este día y del que viene, en relación a este asunto, de la revisión de nueve cuentas públicas que se van a hacer, por la Contaduría mayor de Hacienda, determinó 175 observaciones que tienen que ver con el egreso, el ingreso, patrimonio, deuda pública, legalidad y aspectos administrativos contables, mismas que se realizaron una por una en el seno de la Comisión de Hacienda y Administración, esto originó a nivel de Dictamen la no aprobación de cinco cuentas públicas de 35, que corresponden a las Entidades en cuestión, como son los Ayuntamientos y el Gobierno del Estado. Para normar nuestro criterio es necesario comentar brevemente las irregularidades de mayor trascendencia de deuda pública, estoy hablando en general, es un posicionamiento en general que atañe a todas las Cuentas Públicas que vamos a ventilar, deuda pública, básicamente se observaron los incumplimientos contractuales adquiridos con instituciones financieras previamente aprobadas por el Congreso del Estado, por ello es de no aprobarse la Cuenta Pública...

- EL C. VICEPRESIDENTE: Diputado Flores, ¿me permite? Lo quieren interpelar Diputado...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) Una pregunta al Diputado Gilberto Flores Muñoz...

- EL C. VICEPRESIDENTE: ¿Lo quiere interpelar Diputado? Diputado Gilberto...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) No es un anecdotario ni síntesis de todas las Cuentas Públicas...

- EL C. VICEPRESIDENTE: ¿Acepta la interpelación Diputado?

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) Que razone su abstención en cuanto al Dictamen.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Permítame Diputado, Diputado Gilberto Flores, ¿acepta la interpelación?

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: No la acepto compañero.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Adelante por favor, adelante.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Trato de posesionarnos en torno al análisis de las cuentas públicas, y creo que con el objeto de no estar repitiendo lo mismo en cada Dictamen, estoy tratando de resumir, ¿verdad?

- EL C. VICEPRESIDENTE: Prosiga Diputado.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Por ello es de no aprobarse la Cuenta Pública cuando no cumplen con el pago de sus deudas tal y como se exponen aquí, de egreso, se observa repetidamente nóminas no firmadas, en todos los Ayuntamientos se dan irregularidades en el ejercicio del Ramo 33 de los fondos 3 y 4, desviando recursos a fines distintos a lo que la Ley señala. Es consistente la no aclaración de diferencias detectadas en el presupuesto ejercido en inversiones y en obras con el reporte de inversión de obra pública, estos dos informes que se refieren a lo mismo; pero que no coincide en cantidad, por lo cual es necesario aclarar. En obras públicas se detectan pagos no recuperables, financiaron a contratistas, pagan estimaciones de obra no ejecutada, así como mala calidad en algunas de ellas. En relación con el egreso, es constante el incumplimiento de ordenamientos legales, principalmente los Artículos 14 Bis, 16, 27, 30, 37, 43, 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, referentes a la comprobación de gasto, cuantificación y evaluación de programas, evaluación de metas y otros asuntos relacionados con el presupuesto de egresos que no son sólo incumplimientos legales, sino que una parte de los presupuestos no se pueden evaluar ni verificar. Todas las Entidades que estamos analizando, incumplieron los Artículos 17 y 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas en cuanto a la entrega de documentación a la Contaduría Mayor de Hacienda y la solventación de observaciones hechas por la misma. Es notorio también el incumplimiento del Artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal por no informar a los habitantes los resultados obtenidos de las obras ejecutadas con recursos del Ramo 33. En lo que se refiere a la Cuenta de Ingreso, se detectan aplicaciones incorrectas de Tablas de Valores Catastrales para el pago del predial, así como condonaciones de recargos y descuentos por pronto pago indebidos. Es notoria la falta de acciones para recuperar adeudos vencidos del impuesto predial, provocando la no interrupción de la prescripción de créditos fiscales, cuando los Municipios necesitan más recursos. En algunos casos se detecta la no expedición de recibos oficiales o deficiencias en los mismos. En todos los casos se encontraron o se encuentran diferencias en las cifras de ingresos de sus oficinas de recaudación contra las cifras contables. En lo que se refiere a la Cuenta de Patrimonio, son las más comunes y repetitivas, porque consisten en deficiencias contables y situaciones que provocan insuficiencia en la información financiera, lo cual debe de ser corregido porque pueden poner en duda la razonabilidad de los Estados Financieros de las Entidades. En particular, es de resaltar la situación legal de los bienes muebles e inmuebles de las Entidades en cuestión que provoca incertidumbre jurídica sobre la propiedad o uso de los mismos, así como también se le hizo una serie de ajustes contables a Cuentas Patrimoniales de ... y expectativas de la vida democrática que reclama los ciudadanos, también nos queda claro que la fiscalización de las cuentas públicas no debe terminar en la aprobación o no aprobación de las mismas, porque ello no reciben un problema de fondo, es más en algunos casos lo empeora porque la aprobación de las cuentas extingue responsabilidades administrativas, fiscales y políticas de los Funcionarios; aprobamos y no aprobamos cuentas por facultad constitucional, la Ley de Fiscalización sería en forma precisa en su Artículo 23, cuál es el objeto de la revisión de las cuentas públicas de ingresos, egresos, patrimonio y deuda pública pero no nos dice cuándo debemos aprobar o rechazarla, por lo cual se da origen a un margen de elementos subjetivos para esta determinación; en nuestra opinión consideramos que es de mayor importancia prevenir las irregularidades, fomentar la transparencia, combatir la corrupción, la discrecionalidad, la ineficiencia y la impunidad en el manejo de los recursos públicos de invertir tiempo en aprobar o no aprobar las cuentas públicas, pretendiendo darles una calificación en lugar de combatir el problema de fondo. Tercero.- El funcionamiento del sistema de fiscalización del Poder Legislativo y en general el marco legal y funcional del control gubernamental se debe dar atendiendo varios conceptos, fortalecer al Poder Legislativo mediante la creación del órgano superior de fiscalización, contemplando sus facultades a nivel constitucional para garantizar su independencia técnica y de gestión, la capacidad de imponer sanciones administrativas y denuncias penales o civiles por sí mismo, protección legal en las gerencias de cualquier índole, obligación de hacer público el resultado de las denuncias entre otras, obligar constitucionalmente a las Entidades hacer del conocimiento público sus cuentas independientemente de la publicación oficial, adecuar la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos para que las responsabilidades prescriban en su cinco y no en tres meses, en cinco años, y no en tres meses, es indispensable hacer funcionar los órganos de los Cabildos en materia de administración y cuenta pública, ya que es ahí donde se pueden corregir de primera mano las irregularidades además de contribuir al equilibrio interno y a la vida democrática del Municipio, redefinir orgánicamente a la Contraloría Estatal y a las Sindicaturas en un marco de coordinación y complementariedad en la función de control gubernamental con el órgano de fiscalización del Poder Legislativo, esto permite enfocar los dos ámbitos del control interno destello hacia un mismo objetivo dentro de su marco de competencia legal y funcional, resulta impostergable la implementación en serie del servicio civil de carrera, elementos indispensable para la profesionalización, la productividad en la administración y gestión de gobierno, no es suficiente ni debe apostarse a la composición plural en el Congreso para garantizar el equilibrio razonable entre los Poderes que permita por sí mismo una fiscalización independiente de los intereses del Ejecutivo, en algunos países Europeos se otorga por Ley la comisión legislativa correspondiente a la fiscalización a los legisladores de oposición, sin embargo esto no garantiza funcionalmente el Legislativo esté mejor capacitado para fiscalizar y sea más independiente del Ejecutivo lo único que cuenta, lo único que contribuye a la fiscalización eficaz de los recursos públicos es la aplicación estricta de la Ley de todos los actores que interviene. Así es que esta es la posición nuestra con respecto a todas estas cuentas públicas que estamos..

- EL C. PRESIDENTE: Permítame Diputado, acepta la interpelación Diputado? Adelante.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: (Desde su curul). Creo que con todo respeto y reconocimiento la acuciosidad, la capacidad analítica y el trabajo que hace también como compañero miembro de la Comisión de Hacienda, el decirle que mi reconocimiento y mi respeto y mi felicitación, y ahora sí viene la interpelación, sí ese resumen que usted hace en este escrito que presenta, yo quiero preguntarle, por qué no votó en contra las anteriores cuentas públicas que se aprobaron?

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Bueno yo creo que eso es una decisión, verdad cada Diputado toma sus decisiones, hay criterios, criterios de la ciencia contable que hemos acordado todos en la Comisión de Hacienda y bueno se considera que cuando los efectos no vayan más allá del 5%, que impacten más allá del 5% se consideran aceptable los resultados y por eso los hemos aprobado, y esto lo hemos este, quiero decirles a ustedes que lo hemos consultado con otros contadores que no forman parte de la Comisión de Hacienda y bueno están de acuerdo en esa situación; sin embargo nosotros en nuestro posicionamiento al respecto consideramos que hay una serie de ineficiencias verdad, ineficacias en el manejo de los recursos públicos, por esa razón nosotros hemos hecho al respecto para combatir ese problema.

- EL C. PRESIDENTE: Lo quiere interpelar Diputado, acepta la interpelación Diputado Gilberto Flores. Sí la acepta, adelante.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul). Es rápida y breve, los aspectos contables o la técnica nos indica que los efectos no exceden del 5% como dice usted Diputado Gilberto Flores Muñoz, no existe es aceptable, qué pasa cuando en las precisiones que hace la cuenta pública no sabe, y hay incertidumbre de los efectos de resultados que estaba, en qué criterios se apoyan para poder...

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Mire compañero le voy a contestar de manera muy sencilla, usted ha insistido en este asunto de la prescripción, en este asunto, desde que inició su actividad aquí en el Congreso ha señalado verdad este asunto, sin embargo no he observado de su parte que haga una propuesta de reforma, yo sería de la idea, a la reforma de Ley de Fiscalización, yo sería de la idea compañero que en lugar verdad de que se extinga la responsabilidad en el momento que aprobemos la cuenta pública, bueno, por qué no extender esta extinción hasta que la Contraloría la Sindicatura le envíe al Congreso, le envíe al Congreso el estudio de cada una de las observaciones que hacemos aquí en el Congreso, pero no lo ha hecho compañero.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul). Compañero nomás quiero aclararle algo rápidito, en primera, sí se da cuenta hay una propuesta de su servidor de reforma al Artículo 43 sin más no recuerdo y que duerme el sueño de los justos, de la Comisión de Hacienda, donde se establece que no se extingan las obligaciones ni responsabilidades administrativas, quiero decirles, hasta en tanto no se solvente todas las observaciones de la legislatura, y la propuesta se hizo hace un año.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Adelante compañero, vamos a continuar trabajando hasta que se acabe.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces ya quedó el 473. En relación a la reserva en lo particular del Resolutivo Primero, planteada aquí por los compañeros Diputados Cano y Esparza sobre el Dictamen 473 los resultados fueron los siguientes: 8 a favor, 11 en contra y una abstención. Por lo tanto no procede la reserva en lo particular que han hecho los compañeros; entonces, se aprueba el Dictamen 473 en lo general y en lo particular, por 18 votos  a favor, cero en contra, cero abstenciones; una vez aprobada en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen número 473 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de abril del año 2001. (Me están señalando que ya son las once la compañera Secretaria tiene ganas de retirarse, preguntamos a la Asamblea si continuamos ventilando el Dictamen 458 a sus órdenes, ustedes decidan, a ver se pide, vamos a someterlo a votación compañera, vamos a someterlo a votación, compañera Diputada Secretaria por favor solicite el sentido del voto en relación a la propuesta de que en este momento hagamos un receso y continuamos el día de mañana con los trabajos de este Congreso, compañera.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, los que estén a favor de un receso para continuar con los trabajos de la Comisión de Hacienda y Administración, del Congreso del Estado, favor de emitir su voto por vía económica.

- EL C. PRESIDENTE: Un receso de tres minutos, (Receso 20:13 horas). (Se reanuda la sesión 20:14 horas). Vamos a decretar un receso para continuar el día de mañana, a las 11 de la mañana para continuar con los trabajos de este Congreso en relación de las cuentas públicas pendientes, se levanta la sesión a las 20:15 horas.

- EL C. PRESIDENTE: Se reinician los trabajos de esta Honorable Legislatura, compañera diputada, por favor pase lista de asistencia, para verificar el quórum.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, atendiendo su petición: Aguilar Kaiten Guillermo, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chiprés Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Domínguez Rocha Martín, Ezparza Herrera Héctor, Fernández Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Marquez Alejandro, Villalaz Becerra María del Refugio Olivia. Quince diputados presentes, existe quórum diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañera, iniciamos los trabajos y vamos a ventilar el dictamen 488, que se refiere a cuentas públicas del Gobierno del Estado por el ejercicio fiscal 1999, hace el uso de la Tribuna el compañero Sócrates Bastida, adelante compañero.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, COMISIÓN DE HACIENDA Y ADMINISTRACION DICTAMEN NO. 488 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP029/2000 de fecha 20 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Gobierno del Estado de Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 3 de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Gobierno del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 4 de septiembre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Gobierno del Estado de Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 20 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: Al cierre del ejercicio en conciliaciones bancarias de 73 cuentas bancarias activas se presentan partidas en conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1999, las cuales se encuentran en proceso de investigación y depuración; así mismo se presentan en los estados financieros 22 cuentas bancarias que dejaron de operar principalmente en los años de 1996 y 1997, con saldo contable acreedor neto de $ 9’661,315 (sobregiro), estas cuentas no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 95 cuentas bancarias en comento; por otra parte, se cancelaron 3 cuentas bancarias inactivas sin saldos en bancos, y se cancelaron partidas en conciliación de 1 cuenta activa, eliminando los movimientos contables que originaban partidas en conciliación por un importe neto de $ 178,157, afectándose contablemente en la cuenta de Afectación Patrimonial sin haberse proporcionado la documentación que sustente los movimientos realizados. b)        Durante el ejercicio fiscal de 1999 se efectuó depuración, de las conciliaciones bancarias específicamente de partidas provenientes de los años de 1993 a 1998 de las diversas cuentas de bancos con las que opera la Entidad, sin que se haya proporcionado la documentación comprobatoria o elementos que justifiquen los movimientos efectuados contablemente o en el sistema de conciliaciones, así mismo, se encuentran en proceso de depuración 47 cuentas bancarias que durante el primer semestre del año 2000 se investigaron y eliminaron de las conciliaciones bancarias, sin haberse proporcionado la evidencia documental que sustente los movimientos practicados. c) Se recibió de la Federación en el mes de diciembre de 1999 la cantidad de $ 444,675 la cual se depósito en la cuenta bancaria Nº 05802305935 de Serfín, S.A. aperturada a nombre de la Dirección de Protección Civil del Estado, esta cuenta no se encuentra incorporada en los registros contables de la Entidad debido a que a esta dependencia se le dio el carácter de organismo desconcentrado de la administración pública estatal, al cierre del ejercicio la cuenta bancaria en comento presenta saldo de $ 456,180; así mismo, por este mismo motivo tampoco se registró la cuenta bancaria Nº 05802313407 del mismo banco con saldo de $ 154,689, en dicha cuenta se manejaron los recursos presupuestales asignados en el Ramo 4 Secretaría General de Gobierno, partida 669 Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1999, por la cantidad de $ 3’641,750. d)      Al 31 de diciembre de 1999 se presenta en los estados financieros en la cuenta contable de Egresos por Aplicar dentro del saldo de Efectivo e Inversiones Temporales, saldo deudor por la cantidad de            $ 4'249,762, el cual no fue aclarado ni depurado, omitiéndose el registro de movimientos de efectivo en las cuentas correspondientes; por otra parte se registraron cargos a la cuenta bancaria número 65500114464 de Banco Santander Mexicano, S.A. por la cantidad de $ 5’649,981 dichos movimientos se realizaron con la finalidad de cancelar el saldo de la cuenta Traspasos de Bancos, los cuales no fueron aclarados ni documentados. e) La Entidad operó hasta el año de 1998 el programa de obra: “Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras” (Conacal), el cual se llevó a cabo en su totalidad con recursos provenientes de la Federación, para el manejo de estos recursos se utilizó exclusivamente la cuenta bancaria de Santander Mexicano, S.A. Nº 655000152399, sin embargo esta cuenta bancaria no tuvo movimientos durante el ejercicio de 1999 y refleja al cierre del ejercicio un saldo contable de $ 3’211,104, por lo que se presume que estos recursos no fueron ejercidos en el programa de obra antes mencionado, desconociéndose los efectos que se deriven de la falta de aplicación de dicho saldo. f)      En la cuenta de Deudores Diversos, subcuenta Anticipos de Obra y Otros la Entidad presenta diversos saldos de naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos acreedores por la cantidad de      $ 1’595,671; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos, cuentas por cobrar por la cantidad de $ 8’190,781 que se integra por diversos saldos provenientes principalmente de ejercicios de 1992, 1996,1997 y 1998 de los cuales se presume que la cifra de $ 4’760,610 corresponde a apoyos económicos otorgados a Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el derecho de cobro de las mismas, los saldos mencionados se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar. g) Sin evidencia documental que sustente el origen de los saldos y de las gestiones de cobro realizadas, la Entidad canceló por un importe total de $ 1’173,795 diversos saldos en cuentas por cobrar con antigüedad mayor de 5 años, correspondientes a diversos organismos paraestatales, municipales y asociaciones civiles de conformidad al oficio Nº 1324 de fecha 16 de junio del 2000, emitido por la Procuraduría Fiscal del Estado fundamentando la prescripción de las mismas, en lo dispuesto en el Artículo 37 del Código Fiscal del Estado de B.C. h)   La Entidad otorgó apoyo transitorio recuperable a favor del Fideicomiso Río Tijuana Tercera Etapa en el mes de marzo de 1998 por la cantidad de $ 28’600,000, el cual fue recuperado el 16 de julio del mismo año, sin embargo no fueron cubiertos los intereses estipulados en el convenio firmado el 25 de marzo de 1998 que establece se pagará costo financiero a la tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días, los cuales serán capitalizables desde la fecha de disposición hasta el reintegro total del apoyo, el interés devengado no pagado al 31 de diciembre de 1999 asciende aproximadamente a $ 1’900,000. i) No fue proporcionado el padrón de bienes inmuebles de la Oficialía Mayor de Gobierno con saldos al 31 de diciembre de 1999, siendo el saldo contable de $ 1,399’939,062 que incluye la actualización de valores de los inmuebles efectuada en 1991 por la cantidad de        $ 880’846,067, actualmente se encuentra en proceso un programa de actualización y depuración del padrón en comento implementado en ejercicios recientes, sobre el cual se tiene un avance reportado del 80%, mismo que incluye el control y registro de terrenos y construcciones a partir de la integración de expedientes, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y al efectuarse la conciliación entre el padrón resultante y los registros contables. En la cuenta de Acreedores Diversos Otros Fondos Pendientes de Invertir, la Entidad presenta diversos saldos de naturaleza deudora por $ 407,882 originados principalmente en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado diversos cargos sin reconocer previamente los pasivos correspondientes, desconociéndose el origen de dichos saldos; se presentan además en la cuenta de Acreedores Diversos, retenciones a empleados y otros fondos pendientes de invertir, pasivos por la cantidad de $ 1’220,312 que se integran por diversos saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin movimiento en el presente ejercicio; adicionalmente, se registraron diversos movimientos para cancelar y disminuir saldos de diversas cuentas de pasivo por la cantidad de $ 1’779,428, afectándose la cuenta de Afectación Patrimonial, sin haberse proporcionado la justificación y documentación comprobatoria que sustente los movimientos contables practicados. k)    La Entidad no solventó la totalidad de las diferencias determinadas al comparar el importe que arroja el Reporte Diario de Recaudación y el importe de los ingresos de los cortes de caja y recibos oficiales remitidos mensualmente en los términos de Ley a la Contaduría Mayor de Hacienda como parte de la Cuenta Pública de Ingresos, siendo el monto no solventado de     $ 5’717,008. l)       La Entidad no efectuó conciliación entre partidas de gastos del Grupo 500 Inmuebles y Construcciones por               $ 582’162,443 y las cifras del documento de inversión de obra pública remitido como parte de la Cuenta Pública, que arroja el monto de $ 1,293’063,323, cifra que incluye inversión directa estatal por $ 348’511,830, e inversión federal, estatal, municipal, de la comunidad y crediticia, existiendo incertidumbre sobre los efectos que pudiesen resultar de las diferencias no aclaradas. m)  La Entidad ejerció al cierre del ejercicio modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por un monto de $ 78’194,201, principalmente en las partidas presupuestales asignables al grupo 100, omitiendo solicitar aprobación o dar aviso al Congreso del Estado de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas y documentación comprobatoria de egresos que se remitió hasta con 24 y 137 días de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 163 y 232 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque no solventó la totalidad de las observaciones formuladas y remitidas, debido a que se omitió la remisión de documentación original comprobatoria de egresos por la cantidad de $ 2’664,648, y se remitió copia de documentación comprobatoria de egresos debiendo enviarse documentación original por $ 3’960,128, y no se solventaron observaciones relativas a diferencias resultantes de comparar el monto de diversas nóminas pagadas con el importe de su registro presupuestal y contable por   $ 99’960,987, así como, porque no se remitieron 78 folios de nóminas. ñ) La cantidad celebró contrato Nº C-SEGOBE-SAHOPE-BC-97-02 con fecha 15 de diciembre de 1997 para llevar a cabo la obra: construcción de un centro de readaptación social de seguridad media del Estado de Baja California para 1,500 internos, ubicada en el Municipio de Tecate, B.C., habiéndose dado por terminado en forma anticipada el contrato el día 18 de junio de 1999, lo anterior a solicitud presentada por el contratista el día 27 de mayo de dicho año, el cual argumentó la imposibilidad para poder continuar y concluir la obra por las adversas condiciones climatológicas del lugar donde ésta se ejecuta las cuales constituyeron según lo manifestado por la contratista y confirmado por la SAHOPE una situación de caso fortuito o fuerza mayor, posteriormente y derivado de dicha terminación anticipada, la Entidad elaboró con fecha 16 de noviembre de 1999 finiquito en el cual consideró gastos no recuperables a favor del contratista: equipo inactivo $ 3’807,309; gastos de administración por personal inactivo de oficina y campo $ 717,314, observándose que la normatividad de obra pública no establece este tipo de consideraciones a favor del contratista cuando el contrato se dé por terminado anticipadamente a solicitud del propio contratista por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, observándose además que no está debidamente sustentado la existencia del caso fortuito ya que si bien el clima de la región dificulta la realización de los trabajos ello no impide totalmente el ejecutar la obra y es un dato que el propio contratista debió conocer y considerar al elaborar su propuesta, adicionalmente los importes por gastos no  recuperables no están debidamente soportados. De igual forma en el finiquito se consideraron los materiales en almacén adquiridos por el contratista por un monto de $ 1’198,364, observándose que estos no fueron incluidos en el presupuesto correspondiente al recontratar la obra, tampoco han sido entregados a la empresa que fue contratada para continuar con los trabajos ni esta última ha aceptado adquirirlos. Por otra parte, existe un saldo de anticipo no amortizado de          $ 7’798,905 el cual no ha sido recuperado por la Entidad, asimismo se observa obra estimada y pagada que no fue ejecutada por         $ 5’348,038, lo anterior conforme a lo indicado en el referido finiquito, el cual no se ha hecho efectivo debido a que el contratista interpuso juicio de amparo en contra del mismo y posteriormente recurso de revisión el cual se encuentra en proceso de resolución. Asimismo, la Entidad celebró contrato Nº APA-SAHOPE-BC-97-59C con fecha 24 de noviembre de 1997 para llevar a cabo la obra: construcción de planta de tratamiento de aguas residuales “El Naranjo”, ubicada en Ensenada, B.C., habiendo aprobado el pago de la estimación Nº 34, la cual contempló trabajos ejecutados en el período comprendido del 30 al 31 de diciembre de 1998, este pago se realizó en tres parcialidades efectuadas los días 4, 20 y 25 de mayo de 1999, a través del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, observándose que la estimación referida incluyó el concepto: prueba y puesta en marcha de la planta por un importe de $ 1’134,864 y fue pagada no obstante que este concepto no se había realizado, ya que en la bitácora de obra se asentó que el 8 de julio de 1999 se inició la prueba y puesta en marcha de la planta y en el oficio de rescisión del contrato la propia Entidad manifestó que al 28 de enero del 2000 el concepto prueba y puesta en marcha no estaba totalmente terminado. Por otra parte, la Entidad efectuó en los ejercicios de 1996 y 1997 la licitación y contratación de obras teniendo como base proyectos que no estaban acorde con las necesidades reales de las mismas, sin haberse efectuado previamente a estos actos las adecuaciones pertinentes, por lo cual tuvieron que realizarse durante la ejecución de los trabajos, ocasionando prolongaciones a los plazos de ejecución y demoras en la continuación y conclusión de las obras debido a la falta de recursos, además de los costos adicionales por los conceptos de obra extraordinaria generada, lo anterior determinado conforme a las modificaciones efectuadas a los contratos hasta  el cierre del ejercicio de 1999. o) La Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, a través de la Dirección de Inversión Pública, efectuó la recepción y el trámite de pago de cuentas por liquidar certificadas que amparaban estimaciones por trabajos con períodos de ejecución comprendidos dentro del ejercicio fiscal 1999, observándose que fueron liberados los pagos de dichas cuentas no obstante que contemplaban trabajos que no habían sido ejecutados, lo anterior determinado conforme a las visitas de inspección y levantamientos físicos de trabajos realizados en los respectivos sitios de las obras, esto se observó en contratos de obra pública celebrados por organismos descentralizados de la administración pública estatal a quienes el Gobierno del Estado les encomendó la ejecución de las mismas. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. SEPTIMO.- Que en fecha posterior a la emisión de la opinión de la Contaduría Mayor la Secretaría de Planeación y Finanzas efectuó aclaraciones y remitió documentación comprobatoria del Ingreso y del Gasto Público para solventar las diferencias que arroja el reporte diario de recaudación y el importe de los ingresos de los cortes de caja y recibos oficiales, disminuyéndose el importe observado de $ 5’717,008 a $ 1’317,303; así mismo, en cuanto a la diferencia  resultante de comparar el monto de nóminas pagadas con el registro presupuestal y contable se efectuaron aclaraciones por un monto de $ 92’453,085, disminuyéndose el importe observado de $ 99’960,987 a $ 7’507,902. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Alejandro González Alcocer y Dr. Víctor Adán López Camacho en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Baja California....

- EL C. PRESIDENTE: Compañero, suspendemos la sesión, parece que no tenemos quórum, bien, continuando tenemos quórum, compañero adelante.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Una moción señor Presidente, nada más para dejar constancia de mi inconformidad por la irresponsabilidad con la que se conducen algunos compañeros de no acudir puntualmente a las sesiones.

- EL C. PRESIDENTE: Atendida su observación.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Me dirijo respetuosamente a la Mesa, la posibilidad de leer la ley orgánica del Poder Legislativo, artículo 15 y 16.

- EL C. PRESIDENTE: Como no compañero, con mucho gusto, compañera Secretaria, hágame el favor de atender la petición, compañero Sócrates, le solicito que nos de oportunidad para que, atender la petición del compañero, creo es una petición de interés para este Poder Legislativo.

- LA C. SECRETARIA: Atendiendo su petición diputado Presidente, artículo 15 de la ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la letra dice lo siguiente, queda estrictamente prohibido a los diputados, ausentarse durante el desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso, o de las Comisiones o Subcomisiones, sin el permiso previo de su Presidente, en caso de que un diputado abandone el recinto donde se desarrolle la sesión, sin permiso previo, se entenderá que renuncia a concurrir a las sesiones subsiguientes del período ordinario o extraordinario y se llamará a su suplente, en el caso de sesiones de las comisiones o subcomisiones, se entenderá que renuncia a su puesto, y se estará a lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley; Artículo 16.- Se consideran ausentes a una sesión para todos los efectos legales ademas de lo previsto en el artículo anterior a los diputados que no se encuentren presentes, Primero. Al pasar el Secretario lista de asistencia y Segundo. Al realizarse alguna votación. Es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, me parece que nos debemos de observar la Ley vigente y tenemos una obligación de esta Presidente, de ser garantes, vigilantes que se cumpla con la ley y vamos a tener que hacer efectivo la legalidad vigente, damos constancia de la presencia de los diputados Alejandro Bahena Flores, perdón, de Avitia Nalda Sergio, de Gómez Mora Sergio, quien, de Ruvalcaba Flores David, ¿Alguien más?, bien, adelante compañero, entonces ya escucharon hay una demanda muy propia y, de los compañeros diputados y que la hago mía, que atendamos los trabajos de este Poder Legislativo en los términos que establece la Ley vigente, mientras no la cambiemos, esa es la ley y que hay que cumplir con la Ley, compañero Sócrates Bastida, haga uso de la Tribuna, por favor.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Y continuo, y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo de que la Entidad, al cierre del ejercicio en conciliaciones bancarias de 73 cuentas bancarias activas presenta partidas en conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1999, las cuales se encuentran en proceso de investigación y depuración; así mismo se presentan en los estados financieros 22 cuentas bancarias que dejaron de operar principalmente en los años de 1996 y 1997, con sobregiro contable, estas cuentas no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 95 cuentas bancarias en comento; por otra parte, se cancelaron 3 cuentas bancarias inactivas sin saldos en bancos, y se cancelaron partidas en conciliación de 1 cuenta activa, eliminando los movimientos contables que originaban partidas en conciliación afectándose contablemente en la cuenta de Afectación Patrimonial sin haberse proporcionado la documentación que sustente los movimientos realizados; así como porque durante el ejercicio fiscal de 1999 se efectuó depuración, de las conciliaciones bancarias específicamente de partidas provenientes de los años de 1993 a 1998 de las diversas cuentas de bancos con las que opera la Entidad, sin que se haya proporcionado la documentación comprobatoria o elementos que justifiquen los movimientos efectuados contablemente o en el sistema de conciliaciones, así mismo debido a que se encuentran en proceso de depuración 47 cuentas bancarias que durante el primer semestre del año 2000 se investigaron y eliminaron de las conciliaciones, sin haberse proporcionado la evidencia documental que sustente los movimientos practicados; debido a que se recibieron recursos de la Federación en el mes de diciembre de 1999 los cuales se depositaron en la cuenta bancaria Nº 05802305935 de Serfín, S.A. aperturada a nombre de la Dirección de Protección Civil del Estado, esta cuenta no se encuentra incorporada en los registros contables de la Entidad debido a que a esta dependencia se le dio el carácter de organismo desconcentrado de la administración pública estatal, al cierre del ejercicio dicha cuenta bancaria presenta saldo; así mismo, tampoco se registró la cuenta bancaria Nº 05802313407 del mismo banco, en la cual se manejaron los recursos presupuestales asignados en el Ramo 4 Secretaría General de Gobierno, partida 669 Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1999; porque se presenta en los estados financieros en la cuenta contable de Egresos por Aplicar dentro del saldo de Efectivo e Inversiones Temporales, saldo deudor el cual no fue aclarado ni depurado, omitiéndose el registro de movimientos de efectivo en las cuentas correspondientes; por otra parte se registraron cargos a la cuenta bancaria número 65500114464 de Banco Santander Mexicano, S.A. dichos movimientos se realizaron con la finalidad de cancelar el saldo de la cuenta Traspasos de Bancos, los cuales no fueron aclarados ni documentados; así como porque la Entidad operó hasta el año de 1998 el programa de obra: “Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras” (Conacal), el cual se llevó a cabo en su totalidad con recursos provenientes de la Federación, para el manejo de estos recursos se utilizó exclusivamente la cuenta bancaria de Santander Mexicano, S.A. Nº 655000152399, sin embargo esta cuenta bancaria no tuvo movimientos durante el ejercicio de 1999 y refleja al cierre del ejercicio saldo contable, por lo que se presume que estos recursos no fueron ejercidos en el programa de obra antes mencionado, desconociéndose los efectos que se deriven de la falta de aplicación de dicho saldo; debido a que en la cuenta de Deudores Diversos, subcuenta Anticipos de Obra y Otros la Entidad presenta diversos saldos de naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos acreedores; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos, cuentas por cobrar que se integran por diversos saldos provenientes principalmente de ejercicios de 1992, 1996, 1997 y 1998 de los cuales se presume que algunos saldos corresponden a apoyos económicos otorgados a Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el derecho de cobro de las mismas, los saldos mencionados se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar; así como porque sin evidencia documental que sustente el origen de los saldos y de las gestiones de cobro realizadas, se cancelaron diversos saldos en cuentas por cobrar con antigüedad mayor de 5 años, correspondientes a diversos organismos paraestatales, municipales y asociaciones civiles de conformidad al oficio Nº 1324 de fecha 16 de junio del 2000, emitido por la Procuraduría Fiscal del Estado fundamentando la prescripción de las mismas, en lo dispuesto en el Artículo 37 del Código Fiscal del Estado de B.C.; debido a que se otorgó apoyo transitorio recuperable a favor del Fideicomiso Río Tijuana Tercera Etapa en el mes de marzo de 1998, el cual fue recuperado el 16 de julio del mismo año, sin embargo no fueron cubiertos los intereses estipulados en el convenio firmado el 25 de marzo de 1998 que establece que se pagará costo financiero a la tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días, los cuales serán capitalizables desde la fecha de disposición hasta el reintegro total del apoyo; porque no fue proporcionado el padrón de bienes inmuebles de la Oficialía Mayor de Gobierno con saldos al 31 de diciembre de 1999, encontrándose en proceso un programa de actualización y depuración del padrón, mismo que fue implementado en ejercicios recientes, sobre el cual se tiene un avance reportado del 80%, mismo que incluye el control y registro de terrenos y construcciones a partir de la integración de expedientes, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y al efectuarse la conciliación entre el padrón resultante y los registros contables; debido a que en la cuenta de Acreedores Diversos Otros Fondos Pendientes de Invertir, la Entidad presenta diversos saldos de naturaleza deudora originados principalmente en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado diversos cargos sin reconocer previamente los pasivos correspondientes, desconociéndose el origen de dichos saldos; se presentan además en la cuenta de Acreedores Diversos, retenciones a empleados y otros fondos pendientes de invertir, que se integran por diversos saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin movimiento en el presente ejercicio; adicionalmente, se registraron diversos movimientos para cancelar y disminuir saldos de diversas cuentas de pasivo, afectándose la cuenta de Afectación Patrimonial, sin haberse proporcionado la justificación y documentación comprobatoria que sustente los movimientos contables practicados; así como porque no se solventaron la totalidad de las diferencias determinadas al comparar el importe que arroja el Reporte Diario de Recaudación y el importe de los ingresos de los cortes de caja y recibos oficiales remitidos mensualmente en los términos de Ley a la Contaduría Mayor de Hacienda como parte de la Cuenta Pública de Ingresos; porque no se efectuó conciliación entre partidas de gastos del Grupo 500 Inmuebles y Construcciones y las cifras del documento de inversión de obra pública remitido como parte de la Cuenta Pública, que incluye inversión directa estatal e inversión federal, estatal, municipal, de la comunidad y crediticia, existiendo incertidumbre sobre los efectos que pudiesen resultar de las diferencias no aclaradas; debido a que se ejerció al cierre del ejercicio modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones, principalmente en las partidas presupuestales asignables al grupo 100, omitiendo solicitar aprobación o dar aviso al Congreso del Estado de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así mismo debido a que durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas y documentación comprobatoria de egresos que se remitió hasta con 24 y 137 días de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 163 y 232 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque no solventó la totalidad de las observaciones formuladas y remitidas, debido a que se omitió remisión de documentación original comprobatoria de egresos y se remitió copia de documentación comprobatoria de egresos debiendo enviarse documentación original, y no se solventaron observaciones relativas a diferencias resultantes de comparar el monto de diversas nóminas pagadas con el importe de su registro presupuestal y contable, así como, porque no se remitieron 78 folios de nóminas; porque se celebró contrato Nº C-SEGOBE-SAHOPE-BC-97-02 con fecha 15 de diciembre de 1997 para llevar a cabo la obra: construcción de un centro de readaptación social de seguridad media del Estado de Baja California para 1,500 internos, ubicada en el Municipio de Tecate, B.C., habiéndose dado por terminado en forma anticipada el contrato el día 18 de junio de 1999, lo anterior a solicitud presentada por el contratista el día 27 de mayo de dicho año, el cual argumentó la imposibilidad para poder continuar y concluir la obra por las adversas condiciones climatológicas del lugar donde ésta se ejecuta las cuales constituyeron según lo manifestado por la contratista y confirmado por la SAHOPE una situación de caso fortuito o fuerza mayor, posteriormente y derivado de dicha terminación anticipada, la Entidad elaboró con fecha 16 de noviembre de 1999 finiquito en el cual consideró gastos no recuperables a favor del contratista: equipo inactivo; gastos de administración por personal inactivo de oficina y campo, observándose que la normatividad de obra pública no establece este tipo de consideraciones a favor del contratista cuando el contrato se dé por terminado anticipadamente a solicitud del propio contratista por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, observándose además que no está debidamente sustentado la existencia del caso fortuito, adicionalmente los importes por gastos no  recuperables no están debidamente soportados, de igual forma en el finiquito se consideraron los materiales en almacén adquiridos por el contratista, observándose que éstos no fueron incluidos en el presupuesto correspondiente al recontratar la obra, tampoco han sido entregados a la empresa que fue contratada para continuar con los trabajos ni esta última ha aceptado adquirirlos; por otra parte, existe un saldo de anticipo no amortizado el cual no ha sido recuperado por la Entidad, asimismo se observó obra estimada y pagada que no fue ejecutada, lo anterior conforme a lo indicado en el referido finiquito, el cual no se ha hecho efectivo debido a que el contratista interpuso juicio de amparo en contra del mismo y posteriormente recurso de revisión el cual se encuentra en proceso de resolución; asimismo, porque la Entidad celebró contrato Nº APA-SAHOPE-BC-97-59C con fecha 24 de noviembre de 1997 para llevar a cabo la obra: construcción de planta de tratamiento de aguas residuales “El Naranjo”, ubicada en Ensenada, B.C., habiendo aprobado el pago de la estimación Nº 34, la cual contempló trabajos ejecutados en el período comprendido del 30 al 31 de diciembre de 1998, este pago se realizó en tres parcialidades efectuadas los días 4, 20 y 25 de mayo de 1999, a través del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada, observándose que la estimación referida incluyó el concepto: prueba y puesta en marcha de la planta y fue pagada no obstante que este concepto no se había realizado, ya que en la bitácora de obra se asentó que el 8 de julio de 1999 se inició la prueba y puesta en marcha de la planta y en el oficio de rescisión del contrato la propia Entidad manifestó que al 28 de enero del 2000 el concepto prueba y puesta en marcha no estaba totalmente terminado; por otra parte, la Entidad efectuó en los ejercicios de 1996 y 1997 la licitación y contratación de obras teniendo como base proyectos que no estaban acorde con las necesidades reales de las mismas, sin haberse efectuado previamente a estos actos las adecuaciones pertinentes, por lo cual tuvieron que realizarse durante la ejecución de los trabajos, ocasionando prolongaciones a los plazos de ejecución y demoras en la continuación y conclusión de las obras debido a la falta de recursos, además de los costos adicionales por los conceptos de obra extraordinaria generada, lo anterior determinado conforme a las modificaciones efectuadas a los contratos hasta  el cierre del ejercicio de 1999 y porque la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, a través de la Dirección de Inversión Pública, efectuó la recepción y el trámite de pago de cuentas por liquidar certificadas que amparaban estimaciones por trabajos con períodos de ejecución comprendidos dentro del ejercicio fiscal 1999, observándose que fueron liberados los pagos de dichas cuentas no obstante que contemplaban trabajos que no habían sido ejecutados, lo anterior determinado conforme a las visitas de inspección y levantamientos físicos de trabajos realizados en los respectivos sitios de las obras, esto se observó en contratos de obra pública celebrados por organismos descentralizados de la administración pública estatal a quienes el Gobierno del Estado les encomendó la ejecución de las mismas, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los treinta días del mes de marzo del dos mil uno. Firman los DIP. SOCRATES BASTIDA HERNANDEZ PRESIDENTE DIP. ANTONIO RICARDO CANO JIMENEZ SECRETARIO en contra, DIP. ALEJANDRO BAHENA FLORES VOCAL DIP. GILBERTO FLORES MUÑOZ VOCALD DIP. HECTOR ESPARZA HERRERA vocal en contra. Es cuanto lo ponemos a la consideración de la Honorable Asamblea, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas gracias, compañero diputado, antes de continuar con los trabajos damos constancia de la presencia de los compañeros diputados, Arango Pérez José Félix, bienvenido, Delfín Castro Miguel, bienvenido compañero, entonces se inicia el debate, compañero por favor elabore una lista de oradores que estén en contra del dictamen 488, que se refiere a las cuentas públicas del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal de 1999.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros diputados, que estén en contra del dictamen 488, favor de anotarse, el diputado Héctor Esparza Herrera.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea participar en contra?, a favor, en contra el compañero, Héctor Esparza, el compañero Edgar Fernández, a favor el compañero Cano Jiménez.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: No, si me permite nada más una moción de la presidencia, si fueran tan amables de responder positivamente a una solicitud, en el sentido de que la Secretaría, haga favor de dar lectura al artículo 43, de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas que es materia del debate, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante, compañera por favor, de lectura.

- LA C. SECRETARIA: Atendiendo la petición del diputado Presidente, vamos a dar lectura al artículo 43 de la Ley de Fiscalización, dice a la letra lo siguiente, la aprobación de la cuenta pública anual, que haga el Congreso del Estado, produce los siguientes efectos, respecto de la misma, primero, extingue las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los funcionarios empleados que manejen fondos o valores públicos, segunda, extinguen las responsabilidades fiscales, administrativas y políticas de los titulares, funcionarios o empleados de las entidades, las responsabilidades de carácter civil y penal se extinguirán conforme a las leyes de la materia, es cuanto diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Atendida su moción compañero, bien entonces adelante, a favor, compañero Sócrates Bastida, ¿Alguien más desea participar?, Alejandro Bahena, bien en primera ronda, se inician el debate con el compañero Héctor Esparza, compañero por favor haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Muchas gracias diputado Presidente, y Honorable Mesa Directiva, compañeras diputados, compañeras, la noche de anoche como diría el poeta, me motivó la participación que hizo el diputado Presidente, cuando en su documento señala una serie de irregularidades que existen en la admisión pública, tanto estatal como municipal, en todas y cada una de las entidades públicas, existen irregularidades y ya lo manifestaba alguna publicación, en días pasados, existe desorden, en el contenido de su documento señala, la necesidad de que los diputados cumplamos con nuestra obligación y nos centremos a elaborar leyes que pongan orden a la admisión pública del Estado, lamentaba que no hubieramos hecho nuestra función, sin embargo en el transcurso de su participación, la interpele al diputado Fernández Bustamante, le dice que él en lo particular si presentó una iniciativa que tiene como finalidad normal, algunas acciones de la admisión pública y si bien es cierto, hace algunas aseveraciones filosóficas el Presidente del Congreso, yo quiero precisar y dar a todos ustedes, que con la legislación actual, si se pueden calificar las cuentas públicas de tal manera que se corrijan errores, irregularidades o deficiencias, para ello, por principio daré lectura al artículo 23 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, que a la letra dice, la revisión de la cuenta pública de las entidades tiene por objeto, I.- Cuenta pública de Ingresos. a) Precisar el ingreso propio de Ley los demás ingresos que perciban las entidades, b) Verificar que el ingreso deriva de la aplicación de las leyes de ingresos, leyes fiscales especiales, decretos, acuerdos y demás disposiciones que a la materia. II. Cuenta pública de Egresos. a) Precisar el gasto público. b) Comprobar que el gasto público se ajustó a los presupuestos de egresos y a los requisitos que establece esta Ley y demás disposiciones que rigen a la materia. c) Verificar el cumplimiento de programas y subprogramas. III. Cuenta pública de patrimonio. a) Determinar el resultado de la gestión y situación financiera de las entidades. b) Verificar que los Estados financieros estén preparados de conformidad con los principios básicos de contabilidad gubernamental, le dejo hasta aquí, esto es para probar, que si existe el marco normativo en Baja California, que nos permita corregir el desorden y las irregularidades en la Administración pública del Estado, en el caso concreto que nos ocupa la cuenta pública del gobierno del Estado, en 1999, todos nos hemos percatado de que trae una serie de irregularidades fuertes, me referiré solamente a alguna de ellas, por lo cansado que es el tema, en el inciso b), dice que durante el ejercicio fiscal de 1999, se efectuó depuración de las consideraciones bancarias, específicamente que justifique los movimientos efectuados, contablemente en el sistema de conciliaciones, dice también que se encuentra en el proceso de depuración 47 cuentas bancarias, que durante el primer semestre del año dos mil, se investigaron y eliminaron, el inciso H, nos dice que la entidad otorgó apoyo transitorio recuperable, sin tener facultades que es la posición de su servidor, sin tener facultades para ello, al fideicomiso Río Tijuana tercera etapa, en el mes de marzo del 98, por la cantidad de 28´600,000 pesos, no fueron cubiertos los intereses de este préstamo, aún existiendo un convenio firmado, el inciso L dice que la entidad no efectuó conciliación y esto es práctica común y corriente, la entidad no efectuó conciliación entre partidas de gasto de grupo quinientos, inmuebles y construcciones, por 582 millones de pesos aproximadamente, el inciso m, la entidad ejerció al cierre del presupuesto del ejercicio modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por un monto de 78 millones aproximadamente principalmente en las partidas presupuestales, asignables al grupo 100, omitiendo solicitar aprobación o dando aviso al Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido, en el artículo 43 a que dió lectura, la compañera Secretaria, al artículo 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, en ese mismo inciso, perdón en el inciso n), también nos podemos dar cuenta que la entidad, trae un monto en nóminas pagadas, que no fueron solventadas, diferencias resultantes de comparar el monto de diversas nóminas pagadas, con el importe de su registro presupuestal y contable por 99´960,000 pesos aproximadamente, estas son algunas de las muchas irregularidades, pero el comentario y el motivo de mi participación es hacer sentir a la asamblea, que si existe el ordenamiento jurídico, el marco normativo, que nos permita ser responsables con nuestros representados y decirles que podemos castigar a quienes no cumplen con la ley y en la Comisión de Hacienda, decía, quien ahora se encuentra en la Presidencia de este H. Congreso, que es el diputado Gilberto Flores Muñoz, el decía esos comentarios, en el trabajo cotidiano, porque si no aplicamos la ley, nunca pasa nada, la impunidad y la corrupción, seguirá galopando en nuestro Estado de Baja California, es cuanto diputado Presidente. Nada más para comentar que yo les pido nuevamente se razone el voto al momento de definir esta cuenta pública del Gobierno del Estado en el ejercicio de 1999.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos en el debate en lo que se refiere a los diputados en contra del dictamen, tiene el uso de la palabra, bien, entonces si tenemos a favor al compañero Sócrates Bastida, por favor haga uso de la Tribuna en primera ronda de oradores.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, me he anotado a favor del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda y Administración en los términos aprobatorios como viene el dictamen, toda vez que como ustedes han sido testigos, han escuchado y han tenido la oportunidad de leer el dictamen 488, al cual nos estamos refiriendo, efectivamente al momento de hacer la revisión de la cuenta pública del Gobierno del Estado, ejercicio fiscal 99, bueno nos percatamos precisamente de todos los movimientos que se realizaron por el organismo, estamos hablando que el Gobierno del Estado, de manera directa ejerció un presupuesto de Nueve mil millones de pesos, para esto habría que recordar, todos los compañeros aquí presentes, que al revisar este tipo de entidades, todas las que hemos venido realizando, normalmente ubicamos, cual es el marco que estamos realmente analizando y tratar de ser lo más objetivo posible, de manera que ustedes tengan, diputados, elementos suficientes para tomar las decisiones, en este caso ha sido muy común, ustedes han sido testigos, han escuchado en las otras cuentas que hemos presentado a su consideración, las fallas de tipo administrativo que se han presentado, afortunadamente son situaciones que hemos localizado la Contaduría Mayor de Hacienda, la ponemos a consideración, los analizamos y son situaciones que ustedes pueden perfectamente analizar, que es precisamente el trabajo que se realiza en las comisiones, aquí este día, el estar en el Pleno es muy complicado, intentar llegar y darles un análisi pormenorizado de lo que representa el análisis de cada una de las cuentas bancarias, en el caso de la observación que se hizo referencia, de la depuración de las conciliacionres bancarias, que se habla de que son alrededor de 47 cuentas, el llegar a análisis de este tipo de documentación, en el cual precisamente vemos el trabajo que realiza la Contaduría, que realiza la propia Secretaría de Planeación y Finanzas, para llegar y presentarles a todos nosotros los anexos correspondiente del trabajo que se realiza y que nos de los elementos suficientes, para nosotros percatarnos de que el trabajo se está haciendo, imaginense ustedes un presupuesto de nueve mil millones de pesos, la cantidad nada más de personal que se maneja en Magisterio, son 16,000 maestros o sea la cantidad de cheques que se tienen que elaborar, la cantidad de cuentas, recursos federales, estatales, municipales e ingresos propios, todos los movimientos que genera el Gobierno del Estado, sector centralizado que es la cuenta que estamos revisando, de tal manera y que hay normatividad federal en cuanto a aperturar cuentas, por que son en este fondo es para esta cuenta, este fondo para esta, hay que abrir una cuenta para este otro y representa todo un movimiento que se tiene que dar, y en esto hay terceros, como es el caso de las instituciones bancarias, ustedes han escuchado en donde es repetitivo que las conciliaciones bancarias, hasta cierto punto es un tanto complicado, poder hacer un análisis completo de lo que se está sucitando precisamente por la emisión de la cantidad de cheques que se plantea, y esto es lo que nosotros venimos revisando y es lo que se analiza en la Comisión de Hacienda, si nosotros viesemos que es una actitud estática de dejar ser, de no buscar la eficiencia administrativa, porque básicamente es esto y no es el desorden total como se plantea, bueno estaríamos de acuerdo en negarla, pero estamos viendo el trabajo que se está realizando y como se está realizando y lo complicado que es poder tener al día estas conciliaciones, por todos los programas computacionales que ustedes quieran para cruzar ingreso de egreso, cheques, es complicado porque ya lo hemos visto precisamente en todos los municipios, en el gobierno central, de tal manera que a nuestro juicio y si nos vamos por los criterios contables que se hicieron referencia, de importancia relativa, eso tiene que ver precisamente a lo que mencionaba, es una entidad del Gobierno del Estado que manejan para este caso 99, un presupuesto de nueve mil millones de pesos, contablemente una auditoría normal, hay parámetros para considerar que se encuentran dentro del rango de aceptabilidad y es precisamente parte de lo que se analiza los criterios, la Contaduría Mayor para presentar su opinión, insisto es una opinión técnica, y es una opinión técnica que plasma la Contaduría Mayor y a la cual nosotros nos estamos basando en este sentido, si dudasemos de los criterios presentados por la Contaduría Mayor, pues entonces hagamos nosotros, el otro dictamen, en este caso en especial, estamos analizando de conjunto con la Contaduría Mayor, con toda la gente tan profesional que hay en ella, analizamos punto por punto de cada una de las observaciones presentadas, de tal manera que satisface a los integrantes, a la mayoría de los integrantes de la Comisión los criterios aplicados o presentados para aprobar las cuentas públicas que se presentan, hay varios puntos que fueron mencionados como fue lo del fideicomiso tercer etapa, que es un tema que ya lo hemos visto aquí, que legamente hay un criterio jurídico en donde procede, es una entidad centralizada que le presta a un fideicomiso paraestatal para realizar sus fines propios de desarrollo urbano, que hay un compromiso de pago y que está documentado, no hay ninguna evasión, no hay ninguna situación de la cual se diga de que se prestó y que no se pretenda pagar, está documentado, el grupo 500, es decir que eso es de la inversión de obra, vuelvo a insistir, están la inversión tanto federal como estatal, la de la comunidad registrada, tal vez no en el formato que se quiere pero estamos en vías ya de ubicar en las próximas cuentas públicas, esta solicitud que hace la Contaduría, que insisto y vuelvo a recordarles no se encuentra inserta en ninguna ley, que lo obligue a llevarlo así, en términos generales hay el caso de la otra observación que se hacía de una ampliación que no fue solicitada al Congreso, la aprobación de 78 millones de pesos, recuerden que el grupo 100 se refiere a sueldos y salarios o remuneraciones al trabajo personal de tal manera que son de ampliación automática, de los salarios se tiene que pagar, independientemente de que se pueda dar aviso al Congreso del Estado, con respecto a las nóminas que se hizo referencia.....

- EL C. PRESIDENTE: Compañero, acepta la interpelación del compañero...

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Ya que concluya por favor, hay otro dato también que se presenta, que es el tema de las nóminas, bueno este caso también recordar de que inclusive el gobierno del Estado solicitó la Oficialía Mayor el que se considerara el pago vía electrónica al personal toda vez lo complicado que ha resultado el tener al día las firmas de las nóminas y que es algo que se puede verificar perfectamente, no lo hemos concluido nosotros, nos hemos dado ese criterio para que efectivamente la Oficialía Mayor lleve a cabo este procedimiento que ya lo utilizan las mayoría de las empresas, la mayoría de las entidades públicas y no se ha podido concretar en este caso y recordar que este inclusive le cuesta al pueblo, cada día de pago, varias horas de los trabajadores que se van a los bancos a cobrar su cheque y es algo que puede verificarse perfectamente, recordar que son nóminas de personal de maestros de trabajadores que están hasta San Quintín, están en todo el Estado, y ha sido muy complicado el poder tener las nóminas en su oportunidad, en términos generales pues son alguno de los temas que fueron planteados aquí como propuesta para negar la cuenta pública o las cuentas públicas presentadas, de tal manera que nosotros, al menos yo en lo personal considero que no hay elementos, toda vez que fue una revisión muy exhautiva por parte de la Contaduría Mayor, nosotros estuvimos trabajando con ellos, entendiendo todo lo presentado de tal manera que nos satisfaciera, que estuvieramos ciertos de que el trabajo está bien hecho y que podam tener confianza que aún cuando se pretenda decir que es un desorden total es falso, es una situación, un trabajo normal, el cual se está llevando a cabo con una normalidad, que podamos estar concientes de que estamos haciendo todos nosotros los señores legisladores, el trabajo correspondiente de fiscalización que nos obliga la ley, es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, compañero Esparza, por favor.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Bien, es muy interesante escuchar la posición del diputado Sócrates Bastida, cuando dice que es muy complejo llevar las cuentas bancarias, con aproximadamente nueve mil millones de pesos, yo en lo particular he dado mi opinión de que el Estado de Baja California no maneja nueve mil millones de pesos, actualmente en dos mil uno ha dicho que maneja 26 mil millones de pesos, es punto de vista contrario a lo que afirma quien administra, sin embargo la pregunta diputado Presidente, en el campo de la Iniciativa Privada, ¿Qué sucede cuando un Contador, no me lleva las consideraciones bancarias, los asientos contables y los demás actos contables que se requieren para que mi empresa no fracase?, ¿Qué haríamos en un caso concreto en la Iniciativa privada, diputado Presidente?.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Desconozco aquí, cual sería el criterio que tomarían otras personas, aquí está registrado, que eso es lo que al fin de cuentas nos debe interesar, no está perdido, no está como cuenta incobrable, está registrado como cuentas para depurar.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos....

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Si me permite una moción diputado Presidente, en virtud de que tiene que, estricta relación con asuntos que se están tratando, quisiera solicitar a la compañera, a la Secretaría, de lectura al artículo 15 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas.

- EL C. PRESIDENTE: Adelante compañero. Estamos aprovechando es una oportunidad para revisar la ley de fiscalización.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Para que no vayan a caer en irresponsabilidades y aprobar cosas que no deben compañeros.

- LA C. SECRETARIA: Le vamos a dar lectura al artículo 15 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas por instrucciones de la Presidencia que a la letra compañeros, compañera diputada, dice lo siguiente “Artículo 15.- La cuenta pública anual de las entidades se integra por las cuentas públicas de ingresos, egresos, patrimonio y deuda pública, la Cuenta Pública anual de las entidades está constituida por la siguiente documentación, Primero.- Los estados contables y financieros y demás información que muestre la incidencia de las operaciones en las inversiones, obligaciones y en su patrimonio, incluyendo el origen de aplicación de recursos, segundo, el resultado de las operaciones de las entidades, derivado de la aplicación de las leyes de ingresos, leyes fiscales especiales, decretos o acuerdos que rijan en la materia y del ejercicio de los presupuestos de egresos, tercero.- Los estados detallados de la deuda pública y la información estadística, es cuanto diputado Presidente, ¡ah! cuarto, perdón, Cuarto.- Los programas y subprogramas de los presupuestos de egresos, los estados presupuestales y cualquier otro relativo a la administración y operación de las entidades que estas formulen, así como por los siguientes documentos: a) Informe de los efectos económicos y sociales obtenidos con la aplicación de los recursos asignados y el avance en la ejecución del Plan de Desarrollo respectivo. b) Informe del avance físico y financiero de los programas de inversión, señalando en cada uno, objetivo, metas, costos de unidad de responsables de su ejecución, c) Informe de alcance de metas, programas, programas especiales, específicando en caso de variaciones las causas que las originaron, d) Informe sobre la aplicación de los recursos por transferencias y aportaciones, específicando importes, causas y la finalidad de las erogaciones, así como el destino último de aplicación y quinto.- En general, toda información que se considere útil para demostrar en forma clara y concreta las acciones realizadas, es cuanto diputado Presidente, hago entrega.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, gracias compañera, ¿Atendida su petición compañero?.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Espero haya servido de algo compañero.

- EL C. PRESIDENTE: Si, es un marco de referencia para tomar la decisión, desde luego en este Congreso, bien, entonces se abre una segunda ronda de oradores, ¿Oradores en contra?.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Ya estaba anotado en la primer.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Ah Usted?, desea continuar, si yo creo que concluimos con la primera, iniciamos la segunda, entonces ¿En contra?, Don Edgar Fernández, en contra, a favor el compañero Alejandro Bahena, a favor, adelante compañero Edgar.

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su permiso señor Presidente, compañeras distinguidas legisladoras, compañeros diputados, que interesante resulta la honrosa oportunidad de poder en esta Máxima Tribuna, argumentar y analizar algo que nos es una responsabilidad compartida, cuidar el dinero de los bajacalifornianos y resulta sumamente importante, porque no obstante pudiesemos argumentar una serie de detalles, todo indica al parecer que hay decisiones ya tomadas sin que las razones prevalezcan, pero no obstante esas circuntancias, yo espero que en conciencia cada quien tomemos la posibilidad de emitir nuestro voto, me resulta interesante la participación del diputado Sócrates Bastida, cuando menciona que hacer un análisis exhautivo del patrimonio del Estado, y esto me refiero a todos los activos, pasivos y acciones de carácter gubernamental que el Gobierno del Estado realiza, pues resultaría imposible, esta Legislatura llevarlo a cabo, no obstante reconocer un esfuerzo que hace la Contaduría Mayor y que además lo traduce en un dictamen, de aproximadamente ocho hojas, para aprobar no solamente dinero, sino programas, acciones, objetivos, metas y resultados de todo un ejercicio de todo un año de un ejercicio de un gobierno del Estado, la aprobación de una cuenta pública, no es simplemente aprobar el sentido en que un gobierno se conduce, no se traduce exclusivamente el dinero erogado, o dinero ingresado, se traduce en mejores condiciones de vida a los bajacalifornianos, respecto de la eficiencia de acciones de programas y de metas, respecto de circunstancias que mejoren las condiciones de vida de los bajacalifornianos y que no necesariamente se traduce en una fórmula matemática y en esto veo lo que dijo el diputado Sócrates que es imposible que tantas cuentas bancarias, se puede llevar un control en el dinero que se maneja por ser, es complicado, bien, para recordar exactamente sus palabras, es complicado, vamos a decirles a los bajacalifornianos que el dinero que generan producto de su trabajo y su esfuerzo es complicado que el gobierno del Estado lo maneje a través de todas las cuentas bancarias que son múltiples las que se llevan a cabo en este ejercicio, vamos a decirle a los ciudadanos eso que es complicado y que por eso que es complicado este Congreso no tiene la posibilidad de saber cuando abren cuentas, cuando cierran cuentas, como giran el dinero, como lo egresan y como realizan una serie de acciones y programas y objetivos que debieron de haberse establecido y que la propia ley exige que estas acciones, programas y objetivos, se lleven a cabo a través del Plan Estatal de Desarrollo que es aprobado, eso hay que decirle a los ciudadanos de Baja California, pero bueno, yo quiero mencionarles algo para que no se les olvide de nueva cuenta o no se les olvide a todos nosotros, todos decimos que el Estado de Baja California, es vanguardia en el desarrollo, económico, social y político, que en Baja California, se han dado los grandes avances en los procesos de democratización, que esto no implica nada más el sentido de carácter políticos, sino de todas las acciones transparentes que deben de darse en un gobierno, si eso es lo que nosotros queremos y avanzamos, si es en verdad lo que en Baja California, todos queremos que se lleve a cabo, luego entonces porque si hay una serie de irregularidades en temas o en acciones mejor dicho tan importantes, por mencionar algunas como el caso del cerezo en el hongo, donde no se sabe ahí el porque, una obra que no se concluye y que dicen que por causa de fuerza mayor o caso fortuito como aquí se menciona, se da por concluido el contrato, pero además liquidan al contratante, le dan una serie de erogaciones que no sabemos ni siquiera cuanto es el monto de lo que le están perdonando y luego contratan una nueva empresa y todos los inventarios que había, tampoco se incluyen en el nuevo contrato de la nueva empresa y no sabemos a cuanto dinero asciende, el caso del fideicomiso tercera etapa del río, el gobierno del Estado le presta una cantidad que yo no se ahora si ya va en se sesenta o setenta millones que hasta la fecha y es claro, no ha pagado el fideicomiso tercera etapa del río al gobierno del Estado, con todos los intereses desde la fecha en que celebró el contrato y tampoco pasa nada, es por eso compañeros y por otras cosas que a continuación, voy a mencionar en forma precisa y breve, nomás para que no se nos olvide, al parecer todo lo realizado en el ejercicio del año 99 y como digo no nomás es en relación al ejercicio del dinero como ingresa o como se egresa, sino acciones, programas, trabajo, metas y resultados está en orden y está en orden porque al aprobar nosotros la cuenta pública de ingresos de egresos patrimonial y de deuda pública está en orden todo el ejercicio del 99, si ni siquiera sabemos los efectos como aquí mencionan y que adelante precisaré de que no se sabe cual a hacer el resultado del efecto que se tenga, que la Contaduría Mayor no cuenta con la documentación para saber cuales son los efectos que se van a dar en nóminas, en cuentas de cheques, en fin y una serie de documentación que no tuvo oportunidad de valorar y en consecuencia hay una incertidumbre para saber como se manejó ese dinero, como ingresó y como se erogó, pero nosotros aquí y le voy a dar lectura para que no se nos olvide, la propia ley dice en el artículo 43, la aprobación de la cuenta pública anual, que haga el Congreso del Estado, produce los siguientes efectos: 1.- Extingue esto es, ya nosotros al aprobar las cuentas públicas, ya la eximimos de cualquier responsabilidad porque todo está en orden al Gobierno del Estado de Baja California, por lo que hace a este ejercicio del año de 1999, ya estamos en paz y nos podemos ir a nuestra casa, extingue las obligaciones derivadas, fíjense ustedes de fianzas, garantías o cauciones de los funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos y esto conlleva también a todas aquellas acciones de contratantes que tuvieran esas circunstancias con el propio Gobierno del Estado, nosotros lo aprobamos, ya no se puede exigir ninguna responsabilidad porque está en orden. 2.- Extingue las responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares o funcionarios o empleados de las entidades, ya estamos en paz, no obstante todas estas observaciones de problemas y de irregularidades que hay, estamos en paz. 3.- Las responsabilidades de carácter civil y penal, se van a extinguir conforme a las leyes de la materia. En el propio dictamen de la cuenta pública en mención, en uno de sus apartados dice, se recibieron recursos de la federación en diciembre del 99, los cuales se depositaron en la cuenta bancaria No. x del banco Serfín, está aperturada a nombre de la dirección de protección civil del Estado y luego dice, esta cuenta ... público estatal, dice, al cierre del ejercicio dicha cuenta bancaria presenta saldo, tampoco se registró la cuenta bancaria del mismo banco, va en el número, el cual dice, no se registró esa cuenta la abrieron y no la registró el Gobierno del Estado, sin embargo se manejaron recursos asignados a la Secretaría General de Gobierno, partida 669 de la Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal 99; no se sí se sepa cuánto dinero manejaron, cómo manejaron el dinero y en su momento por qué no está incorporada dichas cuentas a la Entidad como el Gobierno del Estado y Protección Civil de alguna manera se encuentre incorporada a la Secretaría  General, luego en otra fíjense, hablan del programa de obra de Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras, algo que le debe de importar mucho al Diputado kaiten que no está presente, que ha sido un precursor importante de que las carreteras y que en un momento dado estén mejores los caminos aquí en Baja California, sin embargo dice, abrieron una cuenta en Santander, la número X que aquí se menciona, dice, fíjense, esta cuenta que le aplicaron recursos de la Federación para el programa de la Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras, en el dictamen dice, esta cuenta bancaria no tuvo movimiento durante el ejercicio de 1999, ni un movimiento tuvo los recursos o al menos eso es lo que el dictamen aquí nos menciona, y refleja el cierre del ejercicio saldo contable, por lo que se presume que estos recursos no fueron ejercidos, fíjense ustedes, por lo que se presume que estos recursos no fueron ejercidos en el programa de obra antes mencionado, ¿dónde están? En qué parte se ejercieron estos recursos? ¿cuál es el monto de estos recursos? Sí se dieron para un programa de carreteras que le preocupaba mucho al Diputado Kaiten y había recursos y no se ejercieron estos en ese programa, en qué se ejercieron los recursos destinados a este programa, sin embargo, estamos aprobando o nos están proponiendo aprobar la cuenta pública total del Gobierno del Estado, y en fin son muchos los aspectos, hay otro apartado del dictamen que nos habla que no hay una conciliación entre las partidas del grupo 500, de inmuebles y construcciones, en relación al documento de inversión pública, aquí es un asunto de menor trascendencia es la inversión de obra pública que hace el Gobierno del Estado, son la mayoría de los recursos que se traducen en obra de servicio social, de carreteras, en fin de todo lo que en un momento dado implica la inversión pública, sin embargo, aquí no se sabe y existe incertidumbre, al no haber conciliación, no se sabe pues, no hay un dato que nos diga cómo se invirtió el dinero en obra pública, no hay un dato y textualmente voy a leer lo que dice: Existe incertidumbre sobre los efectos que pudiese resultar de las diferencias no aclaradas, qué nos lleva a esto, el programa de inversión de obra pública ni siquiera está claro, que hay incertidumbre, pues desde luego que hay una incertidumbre de la aplicación de recursos, cómo se aplicaron, quien autorizó que se realizará de tal o cual manera, otro dato, pagaron nóminas al personal de confianza, y ni siquiera las acreditaron, hay una serie de nóminas, aquí hay una serie de detalles y de aspectos, la propia Contaduría Mayor que se pagaron a un sin número del grupo 100, y sin comprobar no sabemos ni cuánto dinero representa porque no hay datos en relación a conciliar nóminas, en fin compañeros, podría llevarme un tiempo más aquí argumento el por qué no debemos de aprobar las cuentas públicas, pero yo espero que no apliquemos los criterios en que tengamos oídos sordos para que con la cara de frente podamos ir los ciudadanos los que creemos en esto, que estamos cuidando que su dinero, que su dinero en Baja California en verdad como dice o algunos en discurso manifiestan que el Estado de Baja California, es un Estado de vanguardia; tengo dudas altamente razonables en la aprobación de estas cuentas, los invito y no con esto establecer presunciones de responsabilidad de funcionarios, sólo se hablará de responsabilidad de  funcionarios cuando estos se acrediten un procedimiento respectivo, pero no nos constituyamos ahorita en los liberadores de estar en paz con aquellos funcionarios que no cumplieron cabalmente con la representación que tiene, porque al aprobar estas cuentas no habrá ninguna acción de ninguna índole, para que el pueblo de Baja California a través de este Congreso nos pueda representar de exigirles que cumplan con su responsabilidad, es cuanto señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Edgar, y en el uso de la voz el compañero Alejandro Bahena Flores, adelante.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Con su permiso Diputado Presidente, compañeros Diputados. Hacer algunos comentarios breves para solicitar su voto en favor del dictamen, tomando en consideración los siguientes argumentos. Conciliaciones bancarias, se ha hablado mucho esta mañana de lo que son las conciliaciones bancarias, yo quiero decirles compañeros Diputados que solamente en el área de Magisterio, donde se pagan catorcenalmente, alrededor de 14 mil cheques, 15 mil cheques cada quince días, y cuando hay un pago extraordinario como puede ser el pago de prima vacacional o puede ser el aguinaldo primera parte o el aguinaldo segunda parte, bueno estos cheques en el mes de diciembre en lugar de ser 15, pues estamos hablando de que el mes de diciembre fácilmente se pueden entregar cerca de 60 mil cheques, y estos 60 mil cheques los maestros no todos van y los cambias a los bancos, muchas veces estos cheque se utilizan para pagar adeudos que los maestros tenemos con una mueblería o cualquier proveedor o con cualquier Entidad, con lo que los maestros tenemos créditos, muchas veces estos cheques giran bastante, dan muchas vueltas en el mercado, y llega el momento en que a la hora de conciliar solamente estoy hablando de 60 mil cheques emitidos durante un mes, en el mes diciembre, enero, considero estos cheques no es una tarea fácil, sí tomamos en cuenta que además de estos 60 mil cheques habría que a sumar los de burocracia y hay que sumar los de proveedores, y bueno, pensar que es fácil tener al corriente al mes la conciliación bancaria, pues es suponer algo que ningún tipo de entidad administrativa lo puede hacer, la lógica nos dice que las conciliaciones bancarias toman tiempo y que se requiere de una enorme cantidad de personal para que esta tarea se esté haciendo, al momento en que la Contaduría Mayor de Hacienda, al momento en que la Contaduría Mayor de Hacienda realiza la revisión de estas conciliaciones bancarias, lo que señalan la Contaduría es que efectivamente hay algunos cheques que no han sido conciliados o algunos cargos bancarios que estos no han sido conciliados y de ahí la palabra incertidumbre, cuando se habla de incertidumbre se está diciendo que se desconoce los efectos contables que se van a tener en el momento en que no podemos anticipar que todos los cargos que hace el banco sean correctos, o que todos los cheques van a llegar a cobrarse, incluso hay cheques y lo sabemos que cheques que extravían los maestros y que hay que esperar un cierto tiempo para lograr su reposición o verificar sí estos cheques fueron cobrados ilegalmente cuando el maestro extravía su cartera o es producto de una pedidas de este documento o incluso cuando se da el caso de documentos que se destruyen en forma sarosa, de modo tal, que la palabra incertidumbre no significa no tiene esa significación que muchas veces se le quiere dar de que no se sabe sí hay dolo o mala fe en lo que se está haciendo, simplemente no se conoce el resultado contable de estas conciliaciones. Con relación a la apertura de cuentas, igual se habla de la apertura de cuentas, en lo que está claro compañeros Diputados es que no hay cuentas secretas, todas las cuentas son declaradas al momento de que la Contaduría Mayor de Hacienda hace su revisión, quizás alguna Entidad o muchas veces el gobierno central se retrasa en el envío de el aviso de una apertura de cuenta cuando llega la supervisión que hace la Contraloría, estas cuentas de cheque están registradas se le notifican a los inspectores que van de la Contaduría Mayor de Hacienda, de modo tal que estas cuentas no están ocultas, simplemente se comete el error de no reportarlas con oportunidad.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Me permite una pregunta.

- EL C. PRESIDENTE: Pregunta o interpelación.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Voy a pedirle Diputado que aguarde a que concluya y con mucho gusto contesto las preguntas que usted me desea realizar.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Gracias.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: En cuanto al Cereso, ya se ha dicho muchas veces aquí que el arranque de esta obra fue licitada por la Federación y no el Gobierno del Estado, igualmente una mala decisión que no fue del Gobierno del Estado de asignar la obra a una empresa que no conoce la plaza, hace que esta empresa decida dar por cancelado su contrato en la ejecución de esta obra, y bueno una licitación que no hace el Estado se le responsabiliza de ello, una empresa que no fue seleccionada por el Gobierno del Estado se le responsabiliza al Estado de que esta empresa no haya podido cumplir con el contrato, que hay un litigio en relación a esta empresa, bueno, esta empresa está en su derecho civil de que sí no está de acuerdo con el finiquito que se está haciendo, hasta la parte que ejecutó la obra, está en su derecho de acudir a los Tribunales, y hoy en día está en los Tribunales la discusión de la corrección del finiquito que se está negociando con el Gobierno del Estado; se habla mucho también de la extinción de las responsabilidades, yo quiero recordarles compañeros Diputados, que es muy clara la ley en el sentido de que no se extinguen las responsabilidades penales, sí hubiese una denuncia y esta se acredita, la ley no exime de responsabilidades penales a quien con un acto de dolo o mala fe haya sustraídos recursos del Erario Público, y puede y hay todas las garantías legales para que a pesar de que la cuenta pública haya sido aprobada, el funcionario público que dolosamente haya realizado una acción que tiene que ver con el Código Penal este puede ser proceso y de ninguna manera la aprobación de la cuenta pública lo exime de responsabilidades, igualmente se magnifican algunas cuestiones, y voy a regresar otra vez al Magisterio; en el caso del Magisterio efectivamente en los meses de vacaciones de junio a julio se hicieron algunos pagos al Magisterio y se dice que efectivamente nosotros ya tuvimos en las nóminas en nuestro poder, y en estas nóminas especiales el Gobierno del Estado omitió decir en forma explícita los conceptos que se están pagando a Magisterio en estas nóminas especiales, de estos pagos que se hicieron, pero las nóminas existen, las firmas existen, los conceptos y las percepciones y los descuentos existen en la nómina, los tuvimos ya en nuestro poder, el error aquí es de que por tratarse de exigencias naturales de los maestros de recibir sus percepciones al momento de retirarse de vacaciones, percepciones y derechos que no necesariamente son dados de alta en su fecha de contratación, sino son derechos que se van generando como los quinquenios y otro tipo de características como puede ser los ascensos por carrera magisterial o los ascensos por movimiento en el escalafón horizontal es que se van dando estas reclamaciones y se van emitiendo estas nóminas especiales y muchas veces el sindicato y los maestros tienen el interés de salir a vacaciones habiendo cobrado el total de sus percepciones; luego entonces en este asunto de las nóminas de Magisterio, igual no hay nada oculto, no hay nada doloso, no hay razón para presumir que se están haciendo actos que podamos nosotros calificar de corrupción; están pendientes estas aclaraciones, pero insisto el hecho de que existan las nóminas y que estén firmadas las nóminas, no nos permite a nosotros suponer que hay desvío de recursos o actos de ilegalidad; es cuanto compañero Presidente y estamos listo para contestar la pregunta, sí es que si lo deseo, que me desea hace el Diputado Cano.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Diputado hablan que no se extingue responsabilidades, yo quisiera que nos explicara entonces cuáles se extinguen de acuerdo en lo que es el Artículo 43 de la Ley de Fiscalización; qué entiende usted cuando esta habla de que extingue las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los Funcionarios empleados que manejan los fondos públicos, qué entiende usted por la extinción de las responsabilidades fiscales, administrativas, responsabilidades administrativas y políticas de los Titulares Funcionarios o empleados de las Entidades y qué entiende usted por la extinción de las responsabilidades de carácter civil y penal conforme a las leyes de la materia, es decir, a mi me parece que genéricamente hablar de que no extinguen responsabilidades que creo que es tan exagerado como decir que extingue todas y queda claro, pero aquí el señalamiento que hace es en el sentido, y la otra, es decir la primera que iba hacer es ésta, tiene que ver con la cuenta del 99, cuál fue el resultado para yo poder votar a favor como lo pide, cuál fue el resultado de la revisión que se hizo por ejemplo de las cuentas bancarias de la penitenciaría, aquellas que no nunca estuvieron registradas, es decir.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Bien compañeros Diputados, cuando se dice que no se extinguen las responsabilidades penales de acuerdo a las leyes de la materia, pues obviamente sí estamos hablando de responsabilidades penales, estamos hablando de los códigos penales, y luego entonces, sí una persona está acusada ante un tribunal o es acusada por un delito del código penal, no es la Ley de Contabilidad, Gasto Público, la que lo está responsabilizando, es un ejercicio penal y aquí estamos hablando de delitos como es el robo, y estos no son de ninguna manera extinguibles, porque estamos hablando de las leyes de la materia, y en este caso las leyes de la materia son, las leyes penales.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Y las responsabilidades administrativas qué extinguen entonces.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Las responsabilidades administrativas sí extinguen compañero Diputado y aclaro el asunto, sí el Secretario de Educación en este caso aprueba con el visto bueno del Oficial Mayor de que a estos maestros se le pague en una nómina especial sus incrementos por quinquenios, por haber ascendido de maestro de grupo a director o haber ascendido de director a inspector, y se encuentra en las nóminas y todo está en orden, no hay responsabilidad administrativa que se le pueda fincar al Secretario de Educación, porque está actuando de manera correcta, solamente que se demostrase que uno de estos pagos tiene que ver con actitudes fraudulentas, entonces, puede ser acusado penalmente y esta responsabilidad penal no extingue una vez que se le demuestra que actuó con dolo y que cometió un delito y entonces de acuerdo a nuestras leyes puede ser acusado, vencido y después aplicaba la ley que los propios códigos penales establecen; de modo tal compañero Diputado que yo insisto, es muy claro, de que cuando estamos hablando de responsabilidades penales, estamos hablando también de las leyes penales. Las administrativas ya lo comenté Diputado. Y en cuanto a la otra pregunta que hacía el Diputado cuál era.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Sobre el resultado de la investigación respecto de las dos cuentas aperturadas en la penitenciaría, que no han sido fiscalizadas, que no fueron remitidas al Congreso, etc.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Compañero Diputado, esas cuentas están en investigación, no tenemos nosotros todavía el resultado, pero habría, compañero Diputado nada más no se le olvide que estas cuentas no fueron aperturadas en forma oficial, fueron aperturadas por un particular, en este caso estamos hablando de una religiosa, que realiza trabajos dentro de la penitenciaría y que entendemos nosotros que se cometieron errores por parte de algún funcionario que permitió..

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Y la responsabilidad Diputado.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Compañero Diputado, sí usted demuestra que actuó de mala fe, tiene toda la personalidad jurídica y capacidad política para ir ante un Tribunal y acusarlo formal y penalmente, y esta acusación tendrá sus causes y sus resultados sí usted demuestra que se actuó con mala fe y desde luego tendrá que sufrir este funcionario las consecuencias de incumplir o de haber realizado actos fraudulentos; desde luego que no estamos de acuerdo con su criterio compañero Diputado, son mis puntos de vista y sí no estamos de acuerdo bueno pues evidentemente no lo vamos a estar, es cuanto ciudadano Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: El compañero Esparza lo quiere interpelar, acepta la interpelación.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: (Desde su curul). Sí, bueno como miembro también de la Comisión de Hacienda, yo quisiera saber cómo se enteró él que la cuenta, las cuentas bancarias a que se hace referencia el Diputado Cano, no se abrió un particular, porque yo aún estoy en espera del resultado de la investigación especial que se iba a llevar a cabo en torno a estas cuentas bancarias, están abiertas hasta donde sabemos a nombre del Gobierno del Estado, pero la firma y su respuesta que las abrió un particular, yo quisiera tener información también para no poder seguir especulando, sí hay responsabilidad o no hay responsabilidad del Gobierno del Estado.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Festejo mucho compañeros Diputados sus comentarios; porque dice usted que no tenemos información oficial y efectivamente no la tenemos, por eso yo decía hace rato que no tenemos el resultado de la investigación y que si no tenemos el resultado de la investigación no podemos ni debemos calificar el trabajo de todo un Gobierno del Estado, por eso precisamente es que yo estoy convencido de que debemos de votar en favor de estas cuentas públicas, presuponer que se actuó con dolo, bueno es este demasiado aventurado y yo festejo mucho su comentario Diputado en el sentido de que dice que no tenemos información oficial al respecto y sí no tenemos información oficial al respecto, por qué calificar una cuenta como no aprobatoria y por una situación desconocida descalificar el trabajo de un funcionario, lo cual me parece a mi injusto y no hay que olvidar el criterio jurídico que todos queremos seguir disfrutando en México, al menos yo quisiera seguir disfrutando en México de que todos somos inocentes hasta que se nos demuestre lo contrario, es cuanto Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien compañeros, muchas gracias. Bien, hemos concluido con la segunda ronda, yo preguntaría a los compañeros Diputados sí ha quedado completamente o suficientemente discutido el asunto en cuestión, ya está completamente discutido. Bien, entonces vamos a iniciar la votación correspondiente al Dictamen 488, compañera por favor solicite el sentido del voto de cada uno de los compañeros Diputados en relación al Dictamen 488 por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, por instrucciones de la Presidencia favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal del Dictamen 488 de la Comisión de Hacienda y Administración, iniciamos por la derecha.

- Antonio Cano, en contra de la impunidad y por tanto en contra del dictamen.

- Héctor Esparza, en contra.

- Edgar Fernández, en contra.

- Raquel Casillas, en contra.

- Sergio Avitia Nalda, en contra.

- David Gutiérrez Piceno, en contra.

- Ruvalcaba, en contra.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Guillermo Aguilar kaiten, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Algún Diputado falta de votar; algún Diputado falta de votar; por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor del Dictamen 488 de la Comisión de Hacienda y Administración.

- Olivia Villalaz, en contra.

- José Arango, a favor.

- Gilberto Flores Muñoz, se abstiene.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de la votación es el siguiente, tenemos ocho votos en contra, diez a favor y una abstención.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Puede usted hacer uso de la palabra para razonar su abstención compañero.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Muchas gracias compañero. Miren la verdad que me cuesta mucho tomar una decisión al respecto de la cuenta pública, les decía ayer que nos hemos dado a la tarea de revisar doce cuentas públicas que se han revisado con el auxilio de la Contaduría Mayor de Hacienda y la Comisión de Hacienda y Administración de este Congreso, y nos encontramos alrededor de 238 irregularidades, y nomás para que tengan una idea, por ejemplo los Gobiernos de Acción Nacional tenemos Entidades que tienen nueve irregularidades y otros que tiene 32 irregularidades, en el caso de los Gobiernos del P.R.I., uno que tiene 22 irregularidades y otro que tiene 28 irregularidades, irregularidades que son de carácter administrativo, deuda pública, egresos, egreso y legalidad, ingreso, ingreso y legalidad, ingreso y patrimonio, patrimonio y patrimonio ilegalidad; de estas las de egresos alrededor del 20%, irregularidades de alrededor del 20%, de egreso ilegalidad alrededor 17% y de patrimonio el 32%, estas tres irregularidades conforman el 70% de todas las irregularidades encontradas en estas cuentas, y estamos hablando de 12 cuentas públicas, tenemos 100 Entidades Públicas que se están revisando, esto nos queda claro que hay un enorme deficiencia de carácter administrativa y que obviamente afecta a la eficacia del gobierno, a nosotros nos queda claro que muchas de estas irregularidades están fincadas en un modelo de gobierno presidencial, centralista que da lugar a la discrecionalidad en el ejercicio de las acciones de gobierno, nos queda claro también que la legislación vigente no, no permite resolver todas estas irregularidades, poder negar las cuentas públicas y ténganlo por lo seguro que esto en nada va a contribuir a resolver todas estas irregularidades que tenemos; yo creo que es urgente que este Congreso tome las cosas en serio verdad, y proceda a iniciar la creación de nuevas leyes que de una vez por todas resuelvan estos problemas que estamos ventilando, esto nos queda claro que esto ha sido una oportunidad para esta XVI Legislatura llegar a esta etapa, porque en esta etapa estamos haciendo un balance por lo menos de los dos últimos años del ejercicio de gobierno de todas las Entidades Públicas del Estado, yo compañeros Diputados los invito verdad a que en el poco tiempo que nos queda hagamos un esfuerzo para fincar un modelo más apropiado en el Estado de Baja California, que nos permita avanzar en la transición democrática, esto nos indica claramente que hay que replantearnos el ejercicio de gobierno, hay que hacer una verdadera reforma en las instituciones públicas, y bueno pues yo creo que esta Legislatura el poco tiempo que le queda puede contribuir verdad, dejarle claro el camino a la próxima Legislatura por donde debe de la eficiencia administrativa que hay en los gobiernos, de quienes gobiernan en este momento en Baja California, sería una irresponsabilidad de nuestra parte, y por otro lado también sería si no empezamos a definir un camino que dé marcha atrás a esta situación; por eso yo me he abstenido verdad en esta votación, porque no me satisface, la verdad que no me satisface, creo que el asunto este, este candado que la misma Ley de Fiscalización señala en el que permite la extinción de las responsabilidades, bueno pues eso no es nada más que, no es más que fortalecer el modelo presidencial, discrecional, autoritario, central, etc., etc., que da lugar por necesidad y así lo creo yo a la deficiencia, da lugar a la deficiencia, da a lugar a la discrecionalidad, entonces tenemos que modificar, o sea no es posible que en el momento que aprobemos una cuenta pública, ya se extinguió toda responsabilidad de carácter fiscal, de carácter administrativo, yo creo que eso es importante lo tenemos que revisar, tenemos que modificar la ley, las cosas no quedan aquí, nosotros esperemos, y yo creo que es responsabilidad de este Congreso darle seguimiento al curso que sigan las investigaciones que van a realizar tanto la Contraloría del Estado, como las Sindicaturas, sin embargo nosotros creemos que tal como están conformadas las Sindicaturas que no son, las Sindicaturas y la Contraloría que no son Entidades de peso y contrapeso, porque forman parte de los Ejecutivos, pues creo que muy poco también van a ser, yo creo que es importante modificar estas instituciones para que verdaderamente se encarguen de vigilar que el ejercicio de gobierno se apegue total y absolutamente de acuerdo al marco legal vigente, o del marco legal que debiera de dar pie a la modificación, porque el vigente, el marco legal vigente seguramente no permite que se resuelvan estos problemas, por lo tanto se debe de reformar, se debe de cambiar y fortalecer a estas dos instituciones, hay quienes señalan que en el caso de la Contraloría debería, debería  haber Contraloría dentro del Gobierno, de los Gobierno Central y de los Ayuntamientos, pero también debería haber una Contraloría ciudadana, verdad que esté, que sea una vigilancia externa y no solamente se vigilen así mismo los Poderes y los Ayuntamientos, en fin, esto ha sido una oportunidad extraordinaria para esta XVI Legislatura y particularmente para nosotros verdad, de la Fracción Parlamentaria del P.R.D., que nos ha permitido ve, tener una visión del bosque, y no solamente de las ramas sobre los problemas de eficiencia administrativa que hay en los gobiernos que actualmente conducen los destinos de Baja California, entonces yo los invito a que hagamos un esfuerzo extraordinario en el poco tiempo que nos queda para, por ejemplo trabajar en el Organo Superior de Fiscalización verdad, este es de fundamental importancia y ya lo habíamos dicho el día de ayer en que términos, cuál sería el contenido de este Organo Superior de Fiscalización, y muchas gracias por su atención compañeros.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces pues hemos concluido con el debate del Dictamen 488 y se aprueba en lo general por 10 votos a favor, 8 en contra y una abstención, se aprueba en lo. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 488 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año 2001. Entonces pasaríamos al siguiente Dictamen que es el número 501 del cual dará lectura el compañero Antonio Cano Jiménez, que se refiere a las cuentas públicas del XVI Ayuntamiento de Tijuana por el ejercicio fiscal de 1999.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP031/2000 de fecha 16 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 30 de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 4 de octubre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 16 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades:    a) La Entidad al 31 de diciembre de 1999 presenta diversas partidas en conciliación, tales como: cargos bancarios por la cantidad de $ 629,533; cheques de caja cobrados por $ 321,204 que provienen de 1998; depósitos no considerados por el banco por $ 98,094; y depósitos bancarios no registrados en libros por $ 105,838 provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 1999 de varias cuantas bancarias, movimientos bancarios que no han sido aclarados a la fecha, así mismo en la cuenta de Deudores Diversos se tiene un saldo de $ 124,981 originado principalmente por el traspaso de cargos bancarios no aclarados, los cuales se eliminaron de las conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores.    b)   Principalmente proveniente de administraciones anteriores, se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos por $ 80,649 con los cuales se presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido localizados.     c)          La Entidad celebró el 23 de enero de 1996 Convenio de Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado por la cantidad de $ 5’058,388 para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30% anual; con fecha 15 de mayo de 1997, se celebró convenio modificatorio incrementándose el apoyo en $3’710,126 para formar un total de $ 8’768,514; con fecha 17 de julio de 1998 se celebró un segundo convenio modificatorio, estableciéndose como fecha para la restitución o compensación de las sumas otorgadas el día 30 de noviembre de 1998, incumpliéndose lo convenido ya que hasta la fecha, no se ha recuperado cantidad alguna, presentándose cuenta por cobrar por la cantidad de $14’509,095, de la cual $ 8’768,514 corresponden a los apoyos y $5’740,581 a los intereses.    d)         Al cierre del ejercicio la Entidad presenta en cuentas por cobrar diversos saldos de deudores por la cantidad de $ 128,927 que corresponde a 24 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe la incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad.    e)  Se determinó diferencia por $ 27’362,670 entre el saldo contable de Bienes Muebles de $188’545,434 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $161’182,764, la cual se encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse su aclaración; por otro lado se realizó inspección física en forma selectiva de los bienes muebles, no localizándose el equipo el cual corresponde a la Dirección de Seguridad Pública, mismo que consiste en 19 radios portátiles, 39 chalecos antibalas, 2 armas y diverso equipo de oficina; por lo que respecta a Bienes Inmuebles se determinó diferencia de $ 17’596,771 entre el saldo contable en la cuenta de Bienes Inmuebles de $ 1,585’949,919, con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor de $ 1,568’353,148, mismo que no ha sido aclarado ni ajustado, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al aclararse la diferencia en comento.  f)        La Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto Nº 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles por un valor de $ 6’278,345, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la autorización de desincorporación por parte de la Legislatura Constitucional del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo no se ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito.   g)          La Entidad adquirió durante el ejercicio de 1998 equipo de transporte, equipo de cómputo y de oficina, equipo de radio comunicación y otros equipos por la cantidad de $ 820,430 con recursos asignados para los gastos indirectos del Programa de Obra Social Fondo III Infraestructura Social Municipal, los cuales se reconocieron en el egreso, sin haberse capitalizado e incorporado al padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor. h)     La Entidad al 31 de diciembre de 1999 tiene registrado dentro de la cuenta de Bienes Inmuebles y en el padrón de Oficialía Mayor, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie de 32,150 m², el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de $ 26’588,856 que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la documentación legal que sustente su propiedad, mismo que de acuerdo al Decreto No. 194 de fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C.    i)      La

Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $ 491’132,682, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, mismos que se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden.      j)         La

Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables de $ 302,334 toda vez que la CESPT presenta cargos por $ 8’728,413, de los cuales se registraron $7’418,397 en cuentas de orden, y $ 1’007,682 como pasivo, aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo, existiendo incertidumbre sobre los efectos que al respecto pudiesen resultar.        k)     La Entidad presenta en sus estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $ 1’601,478 que se integra por saldos provenientes de los años de 1996, 1997 y 1998, los cuales están siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los adeudos. Se determinaron diferencias de $ 86’045,140 entre los saldos registrados contablemente en cuentas de orden por $ 519’065,067 y el saldo que arrojan los padrones de la Recaudación de Rentas por $ 433’019,927 de los conceptos de: Rezago de Impuesto Predial e Impuesto por Plusvalía del Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón; por lo que respecta al padrón de Línea Amarilla se valúo incorrectamente, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaria promedio, arrojando un valor al 31 de diciembre de 1999 de $ 5’607,533, en tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón, dado que estos se expiden conforme a la tarifa establecida que corresponde según su ubicación de acuerdo a lo previsto en la Ley de Ingresos vigente. m) Los estados financieros incluyen $ 1’319,146 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 7 años, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999; por otro lado, la operación realizada durante el ejercicio por la Policía Comercial, Bancaria e Industrial le causó a la Entidad un déficit operativo por la cantidad de $ 6’443,973, el cual es resultado de comparar los ingresos obtenidos por $ 25’189,406 con los egresos efectuados por              $ 31’633,379, de los cuales $ 29’869,393 corresponden al pago de sueldos y prestaciones.   n)    Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 46’645,872, los cuales generaron intereses financieros por $ 3’120,945 cifra que se determinó aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los excedentes de efectivo, obteniéndose en global recursos hasta por $ 49’766,817 de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión por la cantidad de                  $ 46’627,679 y según registros contables de $ 46’644,584, determinándose una diferencia de $ 16,905; por otra parte la Entidad no proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios provenientes de la inversión temporal de los excedentes. Por otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública, se obtiene que el saldo del efectivo disponible es de $ 18’193, sin incluir los accesorios, sin embargo el saldo contable de la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones es de $ 810,712, existiendo una diferencia en bancos de $ 792,519, debido a que no se lleva control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó documentación de los expedientes de obra referente a alguna de las obras realizadas en el ejercicio.   ñ) La Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de            $ 157’101,396 los cuales generaron intereses financieros por $ 2’912,845 cifra que se determinó aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los excedentes de efectivo, obteniéndose en global recursos hasta por $160’014,241, los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron $157’101,396, sin haberse aplicado los accesorios, desconociéndose el destino especifico de dichos recursos, toda vez que el saldo en la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones del Fondo IV presenta saldo al cierre del ejercicio de $ 3,603, debido a que no se contó con una cuenta bancaria exclusiva en la que se controlen las entradas y salidas de este fondo; por otro lado no se proporcionó información en la que se señale en que obras o acciones se utilizaron los recursos por la cantidad de $ 5’500,000 aportados a la paramunicipal Instituto Municipal del Deporte de Tijuana (IMDET), así mismo la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados. Como se describe en Informe Adicional, se determinaron algunas deficiencias y fallas de control interno administrativo en la cancelación de adeudos de Impuesto Predial por prescripción de créditos fiscales sustentados en algunos casos con solicitudes de prescripción no promovidas y firmadas directamente por los contribuyentes registrados en el catastro y en el padrón de adeudos, sin gestionarse la modificación correspondiente previo trámite y pago de las contribuciones municipales correspondientes, así como contraviniendo la política establecida se aplicó prescripción de créditos fiscales aún cuando los contribuyentes no efectuaron liquidación de adeudos a su cargo de ejercicios subsecuentes a los cancelados; adicionalmente se observó que se eliminaron del padrón de rezagos de Impuesto Predial adeudos del ejercicio fiscal de 1994 y años anteriores en virtud de que en los términos de Ley no se efectuaron acciones legales para hacer efectivos esos créditos fiscales mediante el procedimiento administrativo de ejecución que se consigna en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California; así como se identificaron 2,067 recibos mediante los cuales los contribuyentes pagaron su contribución de Impuesto Predial en la Recaudación de Rentas Municipal, en las Delegaciones y en bancos, que arrojan la suma de $ 2’278,659 que no fueron registrados en su oportunidad en el sistema de Impuesto Predial de la Recaudación de Rentas Municipal por problemas técnicos, posteriormente se registraron 889 de estos recibos por un importe de $1’486,036 situación que ocasiona que algunos adeudos del padrón no sean correctos.   p) Como se detalla en Informe Adicional, la Entidad efectuó cobros de gastos de ejecución en el año de 1999 a contribuyentes del Impuesto Predial sin haberse proporcionado la evidencia documental que acredite que efectivamente los contribuyentes fueron requeridos mediante el procedimiento administrativo de ejecución, que se establece en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, así mismo sin sustento legal que lo establezca, se pagaron gastos de ejecución al personal administrativo del Departamento de Impuesto Predial y del Departamento de Informática dependientes de la Tesorería Municipal, incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 de la Ley en comento, en donde se establece que los gastos de ejecución entre otros conceptos comprenden los honorarios de los ejecutores que practicaron los requerimientos así como que consigna el procedimiento de distribución de honorarios al personal administrativo de un 1% del monto del adeudo, debiendo distribuirse mensualmente con base al sueldo presupuestal que devenguen.  q) Entidad efectuó cobro de contribuciones municipales por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia de Impuesto Predial, siendo el monto cobrado de menos de $ 378,227, sobre el cual no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas; así mismo, se omitió remitir 17,921 recibos oficiales de ingresos habiéndose remitido en algunos casos en copia y en otros casos se presume que por fallas en el sistema de recaudación no se expidieron, sin embargo no se remitió oficio donde el área de informática certifique el hecho; así como no se solventaron 53 recibos oficiales en los que se efectuaron pagos de rezagos de Impuesto Predial sin haberse cobrado recargos, según manifiesta la autoridad fiscal por tratarse de primer avalúo.   r)   Como se describe en Informe Adicional en los meses de abril a junio se detectaron 650 vales duplicados con un mismo número de folio, así como, se suministraran en la Delegación de Playas de Tijuana 1,170 vales que originalmente fueron asignados para consumo de otra Delegación o de la Zona Centro o que no se identifican o no se localizaron los controles donde se registra la asignación original de los vales, haciéndose efectivos en forma irregular la cantidad de 1,187 vales de gasolina, siendo el monto cuantificado del presunto daño patrimonial causado a la hacienda municipal por la posible comisión de delitos por servidores públicos que se desempeñaban en la Entidad, la cantidad de $ 205,561.67, motivo por el cual la Sindicatura Municipal inhabilitó a 4 servidores públicos y promovió denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado por perjuicio al patrimonio del Ayuntamiento por $ 96,311, reservándose el derecho de ampliar la querella en virtud que la revisión aún se encontraba en proceso.  A través de Desarrollo Social Municipal y conjuntamente con la Comisión de Obra, integrada esta última por representantes de los vecinos, se celebró contrato Nº 99/0195, por un monto de $ 494,872 para la realización de la obra de electrificación de la colonia Xicoténcatl II, Tijuana, B.C., observándose que para llevar a cabo la contratación de la obra referida no se dio cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios relacionados con la misma del Estado de Baja California, al no haberse efectuado el concurso conforme a los requisitos, procedimientos y lineamientos que estipulan los Artículos 33, 34, 43, 44, 45, 48 y 49 de la mencionada Ley, observándose que la responsabilidad del proceso para la selección del contratista y adjudicación del contrato recayó sobre la Comisión de Obra, situación que no está prevista en la Ley en comento; de igual forma se observó que del importe erogado por $ 448,804, de los cuales $ 380,000 corresponden a recursos del Ramo 33 Fondo III, sólo fueron proporcionadas las facturas sin existir evidencia documental en el expediente técnico del soporte comprobatorio de los trabajos que fueron realizados y pagados, tales como: resumen de conceptos y cantidades de obra ejecutados con cargo a cada una de las facturas, datos y números generadores con las referencias de ubicación de la obra ejecutada, lo anterior debidamente autorizado y firmado por la supervisión de obra. Por otra parte, en la revisión documental de la integración de los expedientes se observó que no se ha llevado a cabo el acto de entrega-recepción de algunas obras, situación  que de conformidad a lo expresado por la Entidad, se debe principalmente a la falta de pago de la aportación de la parte correspondiente a los vecinos, en las siguientes obras: SECTOR SALVATIERRA: Electrificación de la Colonia Xicoténcatl; SECTOR LOS PINOS: Pavimentación Avenida de las Rosas, Loma Dorada, Pavimentación Calle Angelina, Fracc. Campos; SECTOR MIGUEL ALEMAN: Pavimentación Calle La Costa, Col. Puerta del Sol; SECTOR FLORIDO: Pavimentación Calle Mitla, Col. Matamoros Centro; SECTOR LA MESA: Pavimentación Calle Laguna Salada, Col. Los Santos, Pavimentación Calle San Felipe, Col. Los Santos, Pavimentación Avenida Acueducto, Col. Camino Verde; SECTOR SANCHEZ TABOADA: Pavimentación Calle Huitzilopochtli, Col. Cuauhtémoc, Pavimentación Calle Rumorosa, Col. Felipa V.; SECTOR CENTRO: Pavimentación Calle 24 de Abril, Fracc. La Remosa. El Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, autorizados inicialmente por el Cabildo no incluyen las cifras relativas a los presupuestos del Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que no se elaboraron, manifestando la Entidad que se rigen con presupuesto de egresos base cero, en consecuencia tampoco se elaboraron ni se apoyaron en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, situación que impidió efectuar un seguimiento presupuestal y programático del gasto público, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 26 Fracción II, Artículo 30 párrafo segundo y Artículos 56 y 58 y demás aplicables de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y Artículo 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, ambas del Estado de Baja California.    u)        La Entidad incumplió con lo previsto en el Artículo 43 Fracción IV de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no remitió al Congreso del Estado dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se efectuaron los avisos de las modificaciones presupuestales resultantes de ampliaciones automáticas de         $ 82’401,129 y transferencias presupuestales de $ 5’271,945; así como con excepción de la modificación presupuestal del área Junta Municipal de Controversias se incumplió con lo dispuesto en el penúltimo párrafo de la disposición legal en comento, debido a que no se acompañó a los avisos de modificación presupuestal la información sobre los programas y subprogramas creados o afectados.   v)    La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 173 y 152 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque algunas nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones por $3’925,373 no se comprobaron erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $105,390 y se remitieron comprobantes en copia por $ 59,500, así como porque no se remitió la documentación comprobatoria correspondiente a la aportación municipal del Convenio Estado-Municipio por obra social comunitaria por $1’497,606. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y C.P. Roberto Zavala Gutiérrez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo de que la Entidad al cierre del ejercicio presenta diversas partidas en conciliación, tales como: cargos bancarios; cheques de caja cobrados que provienen de 1998; depósitos no considerados por el banco; y depósitos bancarios no registrados en libros provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 1999 de varias cuentas bancarias, movimientos bancarios que no han sido aclarados a la fecha, así mismo porque en la cuenta de Deudores Diversos se tiene un saldo originado principalmente por el traspaso de cargos bancarios no aclarados, los cuales se eliminaron de las conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores; así mismo porque principalmente proveniente de administraciones anteriores, se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos con los cuales se presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido localizados; porque se celebró el 23 de enero de 1996 Convenio de Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30% anual; con fecha 15 de mayo de 1997, se celebró convenio modificatorio incrementándose el apoyo; con fecha 17 de julio de 1998 se celebró un segundo convenio modificatorio, estableciéndose como fecha para la restitución o compensación de las sumas otorgadas el día 30 de noviembre de 1998, incumpliéndose lo convenido ya que hasta la fecha, no se ha recuperado cantidad alguna, presentándose en los estados financieros cuenta por cobrar la cual se integra por apoyos otorgados y por los intereses; debido a que se presenta en cuentas por cobrar diversos saldos de deudores que corresponden a 24 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad; porque se determinó diferencia entre el saldo contable de Bienes Muebles con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor, la cual se encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse su aclaración; por otro lado se realizó inspección física en forma selectiva de los bienes muebles, no localizándose equipo el cual corresponde a la Dirección de Seguridad Pública, mismo que consiste en 19 radios portátiles, 39 chalecos antibalas, 2 armas y diverso equipo de oficina; por lo que respecta a Bienes Inmuebles se determinó diferencia entre el saldo contable en la cuenta de Bienes Inmuebles, con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor, mismo que no ha sido aclarado ni ajustado; así como porque según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, se autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto Nº 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la autorización de desincorporación por parte de la Legislatura Constitucional del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo no se ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito; porque se adquirió durante el ejercicio de 1998 equipo de transporte, equipo de cómputo y de oficina, equipo de radio comunicación y otros equipos con recursos asignados para los gastos indirectos del Programa de Obra Social Fondo III Infraestructura Social Municipal, los cuales se reconocieron en el egreso, sin haberse capitalizado e incorporado al padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor; debido a que al cierre del ejercicio se tiene registrado dentro de la cuenta de Bienes Inmuebles y en el padrón de Oficialía Mayor, el terreno con clave catastral PT-122-001 con superficie de 32,150 m², el cual corresponde al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la documentación legal que sustente su propiedad, mismo que de acuerdo al Decreto No. 194 de fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C.; así mismo porque no se ha incorporado al patrimonio diversos bienes inmuebles, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, mismos que se encuentran registrados  contablemente en cuentas de orden; porque no se ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables, aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo, existiendo incertidumbre sobre los efectos que al respecto pudiesen resultar; debido a que se presenta en los estados financieros cuentas por pagar que se integran por saldos provenientes de los años de 1996, 1997 y 1998, los cuales están siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los adeudos; así como porque se determinaron diferencias entre los saldos registrados contablemente en cuentas de orden y el saldo que arrojan los padrones de la Recaudación de Rentas de los conceptos de: Rezago de Impuesto Predial e Impuesto por Plusvalía del Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón; por lo que respecta al padrón de Línea Amarilla se valúo incorrectamente, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaria promedio, en tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón, dado que estos se expiden conforme a la tarifa establecida que corresponde según su ubicación de acuerdo a lo previsto en la Ley de Ingresos vigente; porque los estados financieros incluyen Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 7 años, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999; por otro lado, la operación realizada durante el ejercicio por la Policía Comercial, Bancaria e Industrial le causó a la Entidad un déficit operativo; porque durante el ejercicio de 1999 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal, los cuales generaron intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los excedentes de efectivo, determinándose una diferencia entre los recursos ejercidos según reporte de inversión y contabilidad; por otra parte no proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios provenientes de la inversión temporal de los excedentes, por otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública, se obtiene una diferencia en bancos no aclarada; debido a que no se llevó un control estricto de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó documentación de los expedientes de obra referente a alguna de las obras realizadas en el ejercicio; así como debido a que se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios los cuales generaron intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los excedentes de efectivo del monto global, según reporte de asignación de recursos se ejercieron los recursos sin haberse aplicado los accesorios, desconociéndose el destino especifico de dichos recursos, toda vez que el saldo en la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones del Fondo IV presenta un saldo mínimo al cierre del ejercicio debido a que no se contó con una cuenta bancaria exclusiva en la que se controlaran las entradas y salidas de este fondo; por otro lado no se proporcionó información en la que se señale en que obras o acciones se utilizaron los recursos aportados a la paramunicipal Instituto Municipal del Deporte de Tijuana (IMDET); debido a que se determinaron algunas deficiencias y fallas de control interno administrativo en la cancelación de adeudos de Impuesto Predial por prescripción de créditos fiscales sustentados en algunos casos con solicitudes de prescripción no promovidas y firmadas directamente por los contribuyentes registrados en el catastro y en el padrón de adeudos, sin gestionarse la modificación correspondiente previo trámite y pago de las contribuciones municipales correspondientes, así como contraviniendo la política establecida se aplicó prescripción de créditos fiscales aún cuando los contribuyentes no efectuaron liquidación de adeudos a su cargo de ejercicios subsecuentes a los cancelados; adicionalmente se observó que se eliminaron del padrón de rezagos de Impuesto Predial adeudos del ejercicio fiscal de 1994 y años anteriores en virtud de que en los términos de Ley no se efectuaron acciones legales para hacer efectivos esos créditos fiscales mediante el procedimiento administrativo de ejecución que se consigna en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California; así como se identificaron 2,067 recibos mediante los cuales los contribuyentes pagaron su contribución de Impuesto Predial en la Recaudación de Rentas Municipal, en las Delegaciones y en bancos, que no fueron registrados en su oportunidad en el sistema de Impuesto Predial de la Recaudación de Rentas Municipal por problemas técnicos, posteriormente se registraron 889 de estos recibos situación que ocasiona que algunos adeudos del padrón no sean correctos; porque se efectuaron cobros de gastos de ejecución en el año de 1999 a contribuyentes del Impuesto Predial sin haberse proporcionado la evidencia documental que acredite que efectivamente los contribuyentes fueron requeridos mediante el procedimiento administrativo de ejecución, que se establece en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, así mismo sin sustento legal que lo establezca, se pagaron gastos de ejecución al personal administrativo del Departamento de Impuesto Predial y del Departamento de Informática dependientes de la Tesorería Municipal, incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 de la Ley en comento, en donde se establece que los gastos de ejecución entre otros conceptos comprenden los honorarios de los ejecutores que practicaron los requerimientos así como que consigna el procedimiento de distribución de honorarios al personal administrativo de un 1% del monto del adeudo, debiendo distribuirse mensualmente con base al sueldo presupuestal que devenguen; así como porque se efectuó cobro de contribuciones municipales por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia de Impuesto Predial sobre el cual no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas; así mismo, se omitió remitir 17,921 recibos oficiales de ingresos habiéndose remitido en algunos casos en copia y en otros casos se presume que por fallas en el sistema de recaudación no se expidieron, sin embargo no se remitió oficio donde el área de informática certifique el hecho; así como no se solventaron 53 recibos oficiales en los que se efectuaron pagos de rezagos de Impuesto Predial sin haberse cobrado recargos, según manifiesta la autoridad fiscal por tratarse de primer avalúo; porque en los meses de abril a junio se detectaron 650 vales duplicados con un mismo número de folio, así como, se suministraron en la Delegación de Playas de Tijuana 1,170 vales que originalmente fueron asignados para consumo de otra Delegación o de la Zona Centro o que no se identifican o no se localizaron los controles donde se registra la asignación original de los vales, haciéndose efectivos en forma irregular la cantidad de 1,187 vales de gasolina, cuantificándose presunto daño patrimonial causado a la hacienda municipal por la posible comisión de delitos por servidores públicos que se desempeñaban en la Entidad, motivo por el cual la Sindicatura Municipal inhabilitó a 4 servidores públicos y promovió denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado por perjuicio al patrimonio del Ayuntamiento, reservándose el derecho de ampliar la querella en virtud que la revisión aún se encontraba en proceso; así mismo porque a través de Desarrollo Social Municipal y conjuntamente con la Comisión de Obra, integrada esta última por representantes de los vecinos, se celebró contrato Nº 99/0195 para la realización de la obra de electrificación de la Colonia Xicoténcatl II, Tijuana, B.C., observándose que para llevar a cabo la contratación de la obra referida no se dio cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios relacionados con la misma del Estado de Baja California, al no haberse efectuado el concurso conforme a los requisitos, procedimientos y lineamientos que estipulan los Artículos 33, 34, 43, 44, 45, 48 y 49 de la mencionada Ley, observándose que la responsabilidad del proceso para la selección del contratista y adjudicación del contrato recayó sobre la Comisión de Obra, situación que no está prevista en la Ley en comento; de igual forma se observó que del importe erogado una parte corresponde a recursos del Ramo 33 Fondo III, sólo fueron proporcionadas las facturas sin existir evidencia documental en el expediente técnico del soporte comprobatorio de los trabajos que fueron realizados y pagados, tales como: resumen de conceptos y cantidades de obra ejecutados con cargo a cada una de las facturas, datos y números generadores con las referencias de ubicación de la obra ejecutada, lo anterior debidamente autorizado y firmado por la supervisión de obra. Por otra parte, en la revisión documental de la integración de los expedientes se observó que no se ha llevado a cabo el acto de entrega-recepción de algunas obras, situación  que de conformidad a lo expresado por la Entidad, se debe principalmente a la falta de pago de la aportación de la parte correspondiente a los vecinos, en las siguientes obras: SECTOR SALVATIERRA: Electrificación de la Colonia Xicoténcatl; SECTOR LOS PINOS: Pavimentación Avenida de las Rosas, Loma Dorada, Pavimentación Calle Angelina, Fracc. Campos; SECTOR MIGUEL ALEMAN: Pavimentación Calle La Costa, Col. Puerta del Sol; SECTOR FLORIDO: Pavimentación Calle Mitla, Col. Matamoros Centro; SECTOR LA
MESA: Pavimentación Calle Laguna Salada, Col. Los Santos, Pavimentación Calle San Felipe, Col. Los Santos, Pavimentación Avenida Acueducto, Col. Camino Verde; SECTOR SANCHEZ TABOADA: Pavimentación Calle Huitzilopochtli, Col. Cuauhtémoc, Pavimentación Calle Rumorosa, Col. Felipa V.; SECTOR CENTRO: Pavimentación Calle 24 de Abril, Fracc. La Remosa; debido a que el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, autorizados inicialmente por el Cabildo no incluyen las cifras relativas a los presupuestos del Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que no se elaboraron, manifestando la Entidad que se rigen con presupuesto de egresos base cero, en consecuencia tampoco se elaboraron ni se apoyaron en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, situación que impidió efectuar un seguimiento presupuestal y programático del gasto público, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 26 Fracción II, Artículo 30 párrafo segundo y Artículos 56 y 58 y demás aplicables de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y Artículo 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, ambas del Estado de Baja California; porque se incumplió con lo previsto en el Artículo 43 Fracción IV de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que no se remitió al Congreso del Estado dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se efectuaron los avisos de las modificaciones presupuestales resultantes de ampliaciones automáticas y transferencias presupuestales; así como con excepción de la modificación presupuestal del área Junta Municipal de Controversias se incumplió con lo dispuesto en el penúltimo párrafo de la disposición legal en comento, debido a que no se acompañó a los avisos de modificación presupuestal la información sobre los programas y subprogramas creados o afectados y porque durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 173 y 152 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque algunas nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones y se omitió parcialmente la comprobación de erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y se remitieron algunos comprobantes en copia, así como porque no se remitió parte de la documentación comprobatoria correspondiente a la aportación municipal del Convenio Estado-Municipio por obra social comunitaria, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los seis días del mes de abril del dos mil uno. Está leído el Dictamen 501 y está a su consideración para el rechazo correspondiente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias, se abre el debate, compañera Diputada Secretaria, por favor elabore una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados que estén en contra del Dictamen 501 leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, Secretario de la Comisión de Hacienda y Administración, favor de manifestarse. No hay en contra Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor, vamos a iniciar la votación solicite el sentido del voto de cada uno de los compañeros Diputados, en relación al Dictamen 501 por vía nominal, empezando por el lado derecho.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal del Dictamen 501 iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, en contra.

- Héctor Esparza, en contra.

- Edgar Fernández, por todas las observaciones que aquí se acabaron hasta el alfabeto, le faltaron letras, a la mejor allá prima en contra.

- Raquel Casillas, en contra.

- Sergio Avitia Nalda, en contra.

- David Gutiérrez Piceno, en contra.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Aguilar Kaiten, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Falta algún Diputado de votar; algún Diputado falta de votar; por la Mesa Directiva.

- Olivia Villalaz, en contra.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, se abstiene.

- EL C. PRESIDENTE: Entonces me da el resultado.

- LA C. SECRETARIA: Sí Diputado, el resultado que arroja la votación son 10 votos a favor, 6 en contra y una abstención.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Favor de razonar su abstención Diputado Gilberto Flores.

- EL C. DIP. FLORES MUCHOS: En los mismos términos que el anterior.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias compañero.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, rectifico siete votos en contra.

- EL C. PRESIDENTE: Siete votos en contra, bien entonces se aprueba el Dictamen 501 en lo general por 10 votos a favor, 7 en contra y una abstención; una vez aprobada en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 501 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año 2001. Y pasamos al siguiente Dictamen que se refiere al Dictamen número 503 que habrá de ser leído por el compañero Alejandro Bahena Flores y se refiere a las cuentas públicas del XVI Ayuntamiento de Tecate por el ejercicio fiscal.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Con su permiso ciudadano Presidente. Comisión de Hacienda y Administración Dictamen número 503. Honorable Asamblea:

Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP034/2000 de fecha 28 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 3 de mayo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 8 de octubre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 23 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a) Se presenta dentro del saldo de efectivo la cantidad de $ 1´457,332, el cual corresponde al saldo contable neto de 8 cuentas bancarias canceladas durante el ejercicio, esta cifra difiere a lo asentado en las conciliaciones bancarias las cuales no presentan saldo contable, debido a que éstas se elaboran con base en registros extralibros, dichos saldos se encuentran en proceso de investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar.  b)          La Entidad el 13 de enero de 1999, canceló 1a cuenta bancaria con Serfín, S.A. número 094-122869-0, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto ocurra”, toda vez que dio aviso en forma extemporánea el día 26 de junio del 2000. Al cierre del ejercicio la Entidad presenta en sus registros contables diversas cuentas por cobrar por la cantidad de $ 141,274 el cual se integra de 24 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que haya sido proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, sobre los cuales existe incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad. La Entidad presenta en sus estados financieros al 31 de diciembre de 1999 un saldo por recuperar por concepto de Rezago de Impuesto Predial por la cantidad de $ 68’009,770, el cual no se encuentra depurado, toda vez que éste presenta deficiencias como: predios que tributan con dos claves catastrales distintas, diferencias en las superficies registradas en el padrón, omisión de adeudos y diferencias en la determinación de los adeudos; además se presenta un saldo de $ 4’801,341 por concepto de obras por recuperar derivado de obras de pavimentación y electrificación, realizadas durante los ejercicios 1989 a 1992 y de 1996 a 1999, del cual algunos saldos que lo integran carecen de la documentación que ampare el derecho de cobro de los mismos, por lo que existe incertidumbre sobre la recuperabilidad de la totalidad del saldo en comento. Por otro lado, la Entidad no dio cabal cumplimiento a lo establecido en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, toda vez que durante el ejercicio se emitieron requerimientos de notificación de adeudos de años anteriores, los cuales no fueron diligenciados en su totalidad, presentándose en cuentas de orden, adeudos de contribuyentes por un importe de $ 78’299,813 que se detalla en el anexo en comento; así mismo, se determinó una diferencia de $ 86’718 resultante de comparar el monto de las multas notificadas en el ejercicio de 1999 a la Entidad por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) por $ 180,784 con el importe en que se incrementó el padrón de adeudos durante el ejercicio por $ 85’845, considerando que por estas multas sólo se recuperó e ingresó la cantidad de $ 8,221.  e) Se determinó diferencia por $ 4´070,959 al compararse el saldo contable de Bienes Muebles de $ 10´851,186 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $ 6´780,227, la cual se encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse la depuración; por otro lado, se proporcionó el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor que asciende a $ 52´361,393, en el cual sólo se detallan predios por la cantidad de $ 28´172,988, por lo que respecta a la diferencia por $ 24´188,405 sólo se argumenta que son construcciones, sin identificarse éstas ni el costo de las mismas; así mismo, se carece de la documentación que acredite la propiedad legal de las 10 hectáreas de terreno del Parque Los Encinos adquirido en 1998 a Inmobiliaria Urbana Las Praderas, S.A. de C.V. f) La Entidad tiene registrados bienes muebles en desuso, los cuales son considerados chatarra; sobre dichos bienes no se han realizado los trámites necesarios ante el Cabildo y ante el Congreso del Estado para su desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California y su consecuente baja patrimonial; así mismo con fecha 22 de abril de 1998 el Cabildo autorizó la baja de algunos bienes del dominio privado, los cuales aún se encuentran registrados contablemente. En Sesión de Cabildo de fecha 17 de diciembre de 1997, se autorizó la comercialización de terrenos provenientes de las áreas de donación de los Fraccionamientos Cucapah, Andalucía, Fundadores y Lomas de Santa Anita, esto por medio del Instituto de Promoción del Desarrollo Urbano de Tecate, B.C. (INPRODEUR), acordándose que el importe obtenido se destinaría a abonar el adeudo que se tiene con ISSSTECALI; durante el ejercicio el INPRODEUR obtuvo entradas de efectivo por la venta en parcialidades de algunos predios de los Fraccionamientos Andalucía y Cucapah por la cantidad de $ 52,269, dichos recursos no fueron transferidos al Ayuntamiento no habiéndose reconocido como ingresos, ni se aplicó a cubrir el adeudo con ISSSTECALI; en cuanto a los Fraccionamientos Cucapah y Fundadores, los predios sujetos a venta no se encuentran registrados como patrimonio municipal, debido a que aún no se concluye el trámite de autorización de los fraccionamientos, ni se formaliza la donación de los predios a favor de la Entidad.h)           La Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de      $ 6’242,541, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, que datan desde 1995 hasta el ejercicio fiscalizado, mismos que se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden; así mismo, durante el ejercicio fueron autorizados 2 fraccionamientos, cuyas áreas de donación a favor del Municipio no se han registrado contablemente dentro del patrimonio, ni en cuentas de orden.    i)  Existe diferencia no aclarada sujeta a depuración de $ 808,253, resultante de comparar el saldo registrado en contabilidad como adeudo a favor de proveedor de concreto hidráulico por $ 755,071, después de haber aplicado los anticipos otorgados durante los ejercicios de 1997 y 1998, con el saldo confirmado directamente por el proveedor por la cantidad de $ 1’563,324, desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar al efectuarse la conciliación entre ambos saldos; así mismo, proveniente de 1997 persiste saldo presuntamente pagado de más a contratista por $ 49,978 sin que haya sido depurado hasta la fecha. La Entidad no ha efectuado el pago del Impuesto sobre la Renta retenido sobre sueldos y salarios y del 10% sobre honorarios pagados, provenientes desde los años de 1990 y 1994 respectivamente, por la cantidad de $ 6’325,687, sin incluir recargos y actualización; así mismo, se presentan en los estados financieros adeudos por concepto de retenciones y aportaciones de seguridad social al ISSSTECALI de $ 16’337,760 sin incluir recargos, cifra proveniente de los años de 1997 a 1999, que se incrementa quincenalmente de acuerdo a las nóminas pagadas, cubriéndose durante el ejercicio como abono mensual el importe de $ 100,000 retenido de las participaciones federales, por parte de la Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado, sin que la Entidad haya celebrado convenio con el ISSSTECALI y el Gobierno del Estado de B.C., existiendo situación de contingencia respecto al efecto financiero y legal, sobre una posible exigencia del cumplimiento de dichas obligaciones, por parte de las autoridades respectivas. k)  En Cuentas por Cobrar se presentan saldos deudores de Cuentas por Pagar pendientes de depurar por la cantidad de $ 1’055,864, originados por haberse efectuado diversos cargos a las cuentas por pagar sin haberse reconocido previamente el pasivo correspondiente, siendo la contrapartida de esta cuenta los egresos por aplicar, cuenta de resultados utilizada durante el ejercicio de 1998, la cual presentó un saldo acreedor de $2’028,061, cifra que se presentó disminuyendo el importe de los egresos de ese ejercicio, a la fecha ambas cuentas son sujetas de análisis para su depuración, desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar.    l)        Se presenta en sus estados financieros Cuentas por Pagar por la cantidad de $ 1´503,506 que se integra por saldos provenientes de los años de 1992 a 1998, de los cuales algunos son sujetos de análisis por la Entidad para determinar la procedencia de los mismos, por otro lado no se ha liquidado adeudo a favor de Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate (CESPTE) por la cantidad de $ 6´017,731 por el consumo de agua del ejercicio y ejercicios anteriores.m) Se determinó diferencia registrada de menos por $ 102,972 entre el saldo confirmado por Citibank, S.A./Confía por $ 20’343,014, y el saldo según registros contables por $20’240,042; además durante el ejercicio se cubrieron intereses por la cantidad de $ 6’435,333 y se provisionaron al cierre $ 437,215 sin que haya sido posible verificar el cálculo de los mismos, toda vez que no se proporcionaron las tasas utilizadas para su determinación.    n)      Se determinó diferencia de $ 627,744 al comparar los Ingresos que se presentan en los estados financieros por $95’645,092 y las cifras del Estado Comparativo Presupuestal al cierre del ejercicio de $ 95’017,348, la cual no fue aclarada por la Entidad, toda vez que no proporcionó conciliación entre ambas cifras. ñ)       Resultante de la glosa durante el ejercicio se observaron 217 recibos oficiales, mediante los cuales se cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a los valores de la tabla contenida en el Artículo 7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tecate, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, aplicándose las tasas del 1.05% y del .25% sobre su valor, sin sustentarse documentalmente el carácter de predios rústicos o dedicados a la actividad agropecuaria que corresponde a las tasas aplicadas; así mismo, en otros 236 casos para determinar la base del Impuesto Predial se aplicaron valores catastrales que no se identifican de acuerdo a su clave catastral en la tabla de valores unitarios que se establece en el Artículo 2 de la Ley citada, o si se identifican se aplicaron valores distintos a los previstos sin proporcionarse las bases para su determinación ni la autorización correspondiente; así mismo se observaron 866 recibos oficiales relativos a Impuesto Predial sobre predios urbanos no edificados o baldíos con servicios de agua, electricidad y drenaje, para lo que se aplicó una tasa variable distinta a las establecidas en Ley debido a que en tanto conserven la calidad de baldíos la tasa se incrementa automáticamente cada año hasta los 10 años, sin embargo la Entidad no proporcionó información para verificar la razonabilidad de la tasa aplicable y en consecuencia el cobro adecuado de las contribuciones municipales. Derivado de la glosa se observaron 145 recibos oficiales mediante los cuales se pagaron derechos por servicios de recolección de basura y de servicios por depósitos de residuos al relleno sanitario, por los que no se proporcionó la información necesaria para la comprobación de los cobros efectuados la cual no se contiene en los recibos oficiales expedidos; así mismo no se remitieron 2 recibos oficiales registrados por un importe de $ 12,366; adicionalmente se efectuaron cobros de contribuciones municipales por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del Municipio de Tecate, B.C., vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia del Impuesto Predial, siendo el monto cobrado de menos por $ 392,415, sobre el cual no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas, ni en su defecto, se efectuaron las aclaraciones correspondientes.  p)    La Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracciones I y III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deben hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación y beneficiarios, así mismo informar a sus habitantes al término de cada ejercicio sobre los resultados alcanzados respecto a las aportaciones del Fondo IV de Aportaciones para el Fortalecimiento a los Municipios. q) Durante el ejercicio de 1999 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 4’164,660 y aportación por parte de los vecinos por $ 2’236,935, obteniéndose en global recursos hasta por $ 6’401,595, de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión por la cantidad de $ 6’486,700, y según registros contables de $ 6’287,829, determinándose al comparar dichas cifras diferencia no aclarada de menos en registros contables por $ 196,170 toda vez que en la cuenta bancaria correspondiente a dicho fondo se tiene un saldo de $ 2,701; por otro lado, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deben informar a sus habitantes al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados respecto a las aportaciones del Fondo III en comento.    r)          La Entidad no efectuó conciliación contable presupuestal entre las partidas de gastos de Mantenimiento y Aportación de Obra correspondientes al grupo 500 por $ 14’320,174 y las cifras del cierre de inversión de obra pública por $ 10’019,000 que incluye inversión federal, estatal y municipal, existiendo incertidumbre sobre el origen de dicha diferencia y de los efectos que pudieran resultar.  s)         La Entidad incumplió lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, debido a que el Presupuesto de Egresos no se sustentó en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, situación que impidió efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61, así como, no se informó al Congreso del Estado trimestralmente la evaluación financiera del ejercicio presupuestal en función de programas en los términos del Artículo 56 Bis de la Ley en comento. t)     La Entidad valuó su Presupuesto de Egresos autorizado y ejercido al cierre del ejercicio a nivel de programas de manera global, sin presentar el detalle analítico de partidas que integran cada uno de los programas, situación que limitó analizar el presupuesto a nivel programa - partida en el transcurso del ejercicio, desconociéndose la razonabilidad de la cuantificación global de los costos de los programas conceptualizados. u) La Entidad no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 27 en su Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, en cuanto a la obligación de remitir al Congreso del Estado, sus programas y subprogramas acompañados del Acta de Cabildo en que fueron aprobados, para su conocimiento y efecto de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de 1999.  v) La Entidad durante el ejercicio no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y gasto público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual debido a que remitió hasta con 39 y 21 días de retraso, respectivamente, así como tampoco se dio cabal cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en 356 y 134 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California a los CC. Constantino León Gutiérrez y C.P. Carlos Ramos Camacho, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999, por motivo que la Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 4’164,660 y aportación por parte de los vecinos por $ 2’236,935, obteniéndose en global recursos hasta por $ 6’401,595, de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión por la cantidad de $ 6’486,700, y según registros contables de $ 6’287,829, determinándose al comparar dichas cifras diferencia no aclarada de menos en registros contables por $ 196,170 toda vez que en la cuenta bancaria correspondiente a dicho fondo se tiene un saldo de $ 2,701; por otro lado, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deben informar a sus habitantes al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados respecto a las aportaciones del Fondo III en comento; debido a que no se efectuó conciliación contable presupuestal entre las partidas de gastos de Mantenimiento y Aportación de Obra correspondientes al grupo 500 por $ 14’320,174 y las cifras del cierre de inversión de obra pública por $ 10’019,000 que incluye inversión federal, estatal y municipal, existiendo incertidumbre sobre el origen de dicha diferencia y de los efectos que pudieran resultar; así como porque se incumplió lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,...

- EL C. VICEPRESIDENTE: No tenemos quórum, compañera Secretaria le pido de favor que en forma parcial lea el Artículo 15 de nuestra Ley Orgánica, por favor.

- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, atendiendo a su petición vamos a dar lectura al Artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Congreso del Estado de Baja California, que a letra nos dice lo siguiente; por segunda ocasión estamos dándole lectura: Artículo 15: Queda estrictamente prohibido a los Diputados ausentarse durante el desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso  o de las Comisiones o Subcomisiones, sin el permiso previo de su Presidente, en caso de que un Diputado abandone el Recinto donde se desarrolle la sesión sin permiso previo, se entenderá que renuncia a concurrir a las sesiones subsiguientes del período ordinario o extraordinario y se llamará a su suplente; en el caso de sesiones de las comisiones o subcomisiones se entenderá que renuncia a su puesto y se estará a lo dispuesto en el Artículo 81 de esta Ley. Es cuanto Diputado Presidente.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Gracias. Adelante Diputado.

- EL C. DIP. BAHENA FLORES: Con su permiso. Debido a que el Presupuesto de Egresos no se sustentó en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, situación que impidió efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61, así como, no se informó al Congreso del Estado trimestralmente la evaluación financiera del ejercicio presupuestal en función de programas en los términos del Artículo 56 Bis de la Ley en comento; debido a que la Entidad valuó el Presupuesto de Egresos autorizado y ejercido al cierre del ejercicio a nivel de programas de manera global, sin presentar el detalle analítico de partidas que integran cada uno de los programas, situación que limitó analizar el presupuesto a nivel programa - partida en el transcurso del ejercicio, desconociéndose la razonabilidad de la cuantificación global de los costos de los programas conceptualizados y porque La Entidad no dio cumplimiento a lo previsto en el Artículo 27 en su Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, en cuanto a la obligación de remitir al Congreso del Estado, sus programas y subprogramas acompañados del Acta de Cabildo en que fueron aprobados, para su conocimiento y efecto de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de 1999. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California a los CC. Constantino León Gutiérrez y C.P. Carlos Ramos Camacho, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999.  TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Punto Resolutivo Primero, así como porque la Entidad presenta dentro del saldo contable de efectivo, el saldo de 8 cuentas bancarias canceladas durante el ejercicio, esta cifra difiere a lo asentado en las conciliaciones bancarias las cuales no presentan saldo contable, debido a que éstas se elaboran con base en registros extralibros, dichos saldos se encuentran en proceso de investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar; porque el 13 de enero de 1999, se canceló 1a cuenta bancaria con Serfín, S.A. número 094-122869-0, incumpliéndose con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea el día 26 de junio del 2000; debido a que al cierre del ejercicio se presenta en los registros contables diversas cuentas por cobrar que se integran de 24 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que haya sido proporcionada evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, sobre los cuales existe incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad; así como porque se presenta en los estados financieros un saldo por recuperar por concepto de Rezago de Impuesto Predial, el cual no se encuentra depurado, toda vez que éste presenta deficiencias como: predios que tributan con dos claves catastrales distintas, diferencias en las superficies registradas en el padrón, omisión de adeudos y diferencias en la determinación de los adeudos, además se presenta un saldo por concepto de obras por recuperar derivado de obras de pavimentación y electrificación, realizadas durante los ejercicios 1989 a 1992 y de 1996 a 1999, del cual algunos saldos que lo integran carecen de la documentación que ampare el derecho de cobro de los mismos, por lo que existe incertidumbre sobre la recuperabilidad de la totalidad del saldo. Por otro lado, la Entidad no dio cabal cumplimiento a lo establecido en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, toda vez que durante el ejercicio se emitieron requerimientos de notificación de adeudos de años anteriores, los cuales no fueron diligenciados en su totalidad, presentándose en cuentas de orden, los adeudos de los contribuyentes, así mismo, se determinó una diferencia resultante de comparar el monto de las multas notificadas en el ejercicio de 1999 a la Entidad por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) con el importe en que se incrementó el padrón de adeudos durante el ejercicio, considerando que por estas multas sólo se recuperó e ingresó un monto mínimo; porque se determinó diferencia al compararse el saldo contable de Bienes Muebles con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor, la cual se encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse la depuración; por otro lado, se proporcionó el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor, en el cual sólo se detallan algunos predios, por lo que respecta a la diferencia sólo se argumenta que son construcciones, sin identificarse éstas ni el costo de las mismas; así mismo, se carece de la documentación que acredite la propiedad legal de las 10 hectáreas de terreno del Parque Los Encinos adquirido en 1998; debido a que se tienen registrados bienes muebles en desuso, los cuales son considerados chatarra; sobre dichos bienes no se han realizado los trámites necesarios ante el Cabildo y ante el Congreso del Estado para su desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California y su consecuente baja patrimonial; así mismo con fecha 22 de abril de 1998 el Cabildo autorizó la baja de algunos bienes del dominio privado, los cuales aún se encuentran registrados contablemente; porque en Sesión de Cabildo de fecha 17 de diciembre de 1997, se autorizó la comercialización de terrenos provenientes de las áreas de donación de los Fraccionamientos Cucapah, Andalucía, Fundadores y Lomas de Santa Anita, esto por medio del Instituto de Promoción del Desarrollo Urbano de Tecate, B.C. (INPRODEUR), acordándose que el importe obtenido se destinaría a abonar el adeudo que se tiene con ISSSTECALI; durante el ejercicio el INPRODEUR obtuvo entradas de efectivo por la venta en parcialidades de algunos predios de los Fraccionamientos Andalucía y Cucapah, dichos recursos no fueron transferidos al Ayuntamiento no habiéndose reconocido como ingresos, ni se aplicó a cubrir el adeudo con ISSSTECALI, en cuanto a los Fraccionamientos Cucapah y Fundadores, los predios sujetos a venta no se encuentran registrados como patrimonio municipal, debido a que aún no se concluye el trámite de autorización de los fraccionamientos, ni se formaliza la donación de los predios a favor de la Entidad; así como porque no se han incorporado al patrimonio diversos bienes inmuebles, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la Entidad provenientes de la autorización de fraccionamientos, que datan desde 1995 hasta el ejercicio fiscalizado, mismos que se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden, así mismo porque durante el ejercicio fueron autorizados 2 fraccionamientos, cuyas áreas de donación a favor del Municipio no se han registrado contablemente dentro del patrimonio, ni en cuentas de orden; debido a que existe diferencia no aclarada sujeta a depuración, resultante de comparar el saldo registrado en contabilidad como adeudo a favor de proveedor de concreto hidráulico, después de haber aplicado los anticipos otorgados durante los ejercicios de 1997 y 1998, con el saldo confirmado directamente por el proveedor, desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar al efectuarse la conciliación entre ambos saldos; así mismo, proveniente de 1997 persiste saldo presuntamente pagado de más a contratista sin que haya sido depurado hasta la fecha; porque no se ha efectuado el pago del Impuesto sobre la Renta retenido sobre sueldos y salarios y del 10% sobre honorarios pagados, provenientes desde los años de 1990 y 1994 respectivamente, así mismo, se presentan en los estados financieros adeudos por concepto de retenciones y aportaciones de seguridad social al ISSSTECALI, sin incluir recargos, que provienen de los años de 1997 a 1999, que se incrementa catorcenalmente de acuerdo a las nóminas pagadas, cubriéndose durante el ejercicio abono mensual retenido de las participaciones federales, por parte de la Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado, sin que la Entidad haya celebrado convenio con el ISSSTECALI y el Gobierno del Estado de Baja California, existiendo situación de contingencia respecto al efecto financiero y legal, sobre una posible exigencia del cumplimiento de dichas obligaciones, por parte de las autoridades respectivas; así como porque en Cuentas por Cobrar se presentan saldos deudores de Cuentas por Pagar pendientes de depurar, originados por haberse efectuado diversos cargos a las cuentas por pagar sin haberse reconocido previamente el pasivo correspondiente, siendo la contrapartida de esta cuenta los egresos por aplicar, cuenta de resultados utilizada durante el ejercicio de 1998, la cual presentó un saldo acreedor, cifra que se presentó disminuyendo el importe de los egresos de ese ejercicio, a la fecha ambas cuentas son sujetas de análisis para su depuración, desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar; debido a que se presentan en los estados financieros Cuentas por Pagar que se integran por saldos provenientes de los años de 1992 a 1998, de los cuales algunos son sujetos de análisis por la Entidad para determinar la procedencia de los mismos, por otro lado no se ha liquidado adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate (CESPTE) por el consumo de agua del ejercicio y ejercicios anteriores; porque se determinó diferencia registrada de menos entre el saldo confirmado por Citibank, S.A./Confía y el saldo según registros contables, además durante el ejercicio se cubrieron intereses y se provisionaron al cierre sin que haya sido posible verificar el cálculo de los mismos, toda vez que no se proporcionaron las tasas utilizadas para su determinación; debido a que se determinó diferencia al comparar los Ingresos que se presentan en los estados financieros y las cifras del Estado Comparativo Presupuestal al cierre del ejercicio, la cual no fue aclarada por la Entidad, toda vez que no proporcionó conciliación entre ambas cifras; así como porque resultante de la glosa durante el ejercicio se observaron 217 recibos oficiales, mediante los cuales se cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a los valores de la tabla contenida en el Artículo 7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tecate, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, aplicándose las tasas del 1.05% y del .25% sobre su valor, sin sustentarse documentalmente el carácter de predios rústicos o dedicados a la actividad agropecuaria que corresponde a las tasas aplicadas; así mismo, en otros 236 casos para determinar la base del Impuesto Predial se aplicaron valores catastrales que no se identifican de acuerdo a su clave catastral en la tabla de valores unitarios que se establece en el Artículo 2 de la Ley citada, o si se identifican se aplicaron valores distintos a los previstos sin proporcionarse las bases para su determinación ni la autorización correspondiente; así mismo se observaron 866 recibos oficiales relativos a Impuesto Predial sobre predios urbanos no edificados o baldíos con servicios de agua, electricidad y drenaje, para lo que se aplicó una tasa variable distinta a las establecidas en Ley debido a que en tanto conserven la calidad de baldíos la tasa se incrementa automáticamente cada año hasta los 10 años, sin embargo la Entidad no proporcionó información para verificar la razonabilidad de la tasa aplicable y en consecuencia el cobro adecuado de las contribuciones municipales; porque derivado de la glosa se observaron 145 recibos oficiales mediante los cuales se pagaron derechos por servicios de recolección de basura y de servicios por depósitos de residuos al relleno sanitario, por los que no se proporcionó la información necesaria para la comprobación de los cobros efectuados la cual no se contiene en los recibos oficiales expedidos; así mismo no se remitieron 2 recibos oficiales registrados; adicionalmente se efectuaron cobros de contribuciones municipales por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del Municipio de Tecate, B.C., vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia del Impuesto Predial, sobre los cuales no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas, ni en su defecto, se efectuaron las aclaraciones correspondientes y porque durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y gasto público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual debido a que remitió hasta con 39 y 21 días de retraso, respectivamente, así como tampoco se dio cabal cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la  documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en 356 y 134 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente.  DADO .- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los siete días del mes de abril del dos mil uno. Firman por la Comisión de Hacienda y Administración Diputado Presidente Sócrates Bastida Hernández, Diputado Secretario Antonio Ricardo Cano Jiménez, Diputado Vocal Gilberto Flores Muñoz, Diputado Vocal Héctor Esparza Herrera y Diputado Vocal Alejandro Bahena Flores. Hago entrega del Dictamen Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado. Bien, pues se abre el debate, Diputados que estén en contra sírvanse anotarse con la compañera Diputada Olivia Villalaz.

- LA C. SECRETARIA: En contra el Diputado Héctor Esparza Herrera, ¿a favor? El Diputado Sócrates Bastida Hernández.

- EL C. PRESIDENTE: En primer ronda tenemos al compañero Héctor Esparza que va a sustentar su opinión en contra.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Muchas gracias Diputado Presidente, Honorable Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados. Hago uso de mi derecho para argumentar en contra, pero no es para justificar, sino al contrario, es para reiterar que lo que hace un momento dije que existe desorden en administración pública en el Estado y en los Municipios, aquí se vuelve a palpar, nos podemos dar cuenta de que también en Tecate hay desorganización administrativa y se magnificó la idea de que el Diputado Esparza dijo que había un desorden, lo reitero, hay desorden incluyendo a Tecate; ustedes pudieron escuchar y los Diputados ver en su dictamen que Tijuana por ejemplo traía 17 mil 921 recibos, Tecate trae 866 recibos faltantes, hay desorden, por qué, porque una administración debe ser eficiente y eficaz, ahora hay que reflexionar también en cuanto a la necesidad de que la Contraloría del Estado también participe, toda vez que sabemos los Diputados que este órgano de Gobierno, esta Contraloría reciba recursos cuando se hace obra pública, lamentablemente no vemos la actuación durante el transcurso de la realización de la obra, no vemos la función de la Contraloría del Estado, únicamente le dejamos la carga al Organo Auxiliar Técnico de la Contaduría Mayor de Hacienda, una vez que se concluyó un ejercicio y como decimos vulgarmente a toro pasado. La presencia de su servidor como Representante Popular que todos ustedes saben del Séptimo Distrito, no es con la intención de solapar ni proteger a nadie, prueba de ello que la votación se definirá el voto particular de su servidor, y manifestar que y aclarar que esta Entidad pública en el dictamen de referencia ya está haciendo sancionada al no aprobar una cuenta pública, por lo tanto no vengo a defender, vengo aclarar lo que se dijo en un momento dado que se magnificaba el desorden, ahí está presente el que la hace la debe pagar y debemos mejorar la misión pública de todas las entidades públicas, gracias.

- EL C. PRESIDENTE: Bienvenidas sus opiniones compañero.  Compañero Sócrates, declina, bien en primer ronda declina el compañero Sócrates; pasaríamos a la segunda ronda, sí algún Diputado que desee participar en contra; bien, no habiendo Diputados en contra no da lugar a favor en la segunda ronda, pasaríamos a la votación, compañera Diputada por favor solicite el sentido del voto por la vía nominal, empezando por el lado derecho.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, compañera Diputada favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal del Dictamen 503 de la Comisión de Hacienda y Administración presentado por el Diputado Alejandro Bahena Flores, compañeros Diputados, iniciamos por la derecha.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Algún Diputado faltó de votar; algún Diputado faltó de votar.

- Antonio Cano, en contra.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, por la Mesa Directiva.

- Magaña, a favor del Dictamen 503 de la Comisión de Hacienda y Administración.

- Olivia Villalaz, en contra.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, se abstiene.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente contamos con 16 votos a favor, 2 en contra y una abstención del Diputado Gilberto Flores Muñoz.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Compañero Diputado Gilberto Flores Muñoz favor de razonar la abstención de su voto.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Bien compañeros tal como lo señalaba hace el día de ayer y hoy lo reiteré, la dificultad verdad que tenemos para decidir sí aprobamos o rechazamos una cuenta pública, el Artículo 23 de la Ley de Fiscalización no establece cuándo se va a rechazar, cuándo se va aprobar y la prueba está por ejemplo de los dictámenes que hemos revisado, por el ejemplo el Dictamen de las cuentas pública del Ayuntamiento de Ensenada en el 98 tenía 27 observaciones y sin embargo pues lo aprobaron la mayoría de los compañeros del Revolucionario Institucional, por otro lado, tenemos la cuenta pública del Ayuntamiento de Mexicali del ejercicio fiscal 99 con once observaciones y lo aprobaron en contra, digo lo votaron en contra, en este caso tenemos la cuenta pública de Tecate que tiene 22 observaciones, sin embargo, mucho de la mayoría de los compañeros del Revolucionario Institucional están aprobando el dictamen, entonces, me parece pues de que hay que revisar claramente verdad este asunto de las cuentas públicas, les decíamos que solamente se puede resolver sí llegáramos a contar con un órgano superior de fiscalización del Estado de Baja California, que donde le garanticemos su independencia técnica y de gestión y que tenga capacidad de imponer sanciones administrativas denuncias penales o civiles por sí mismo; entonces, pues esta es la razón del por qué me abstengo de aprobar esta cuenta pública del Municipio de Tecate; muchas gracias compañeros.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias Diputado.

- EL C. PRESIDENTE: Se hace la declaratoria. Se aprueba el Dictamen 503 en lo general y en lo particular por 16  votos a favor, 2 en contra y una abstención; una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 503 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año 2001. Bien, vamos a decretar un receso para escuchar a los ciudadanos manifestantes.

- LA C. SECRETARIA: Secundado Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Vamos a darle el tiempo necesario para que nos expongan a esta Soberanía el problema que nos trae a este Recinto Legislativo. (Receso 15:37 horas). (Se reanuda la sesión 15:56 horas). Diputada Olivia Villalaz, llamar a los Diputados y de inmediato verifique el quórum legal.

- LA C. SECRETARIA: Como no Diputado Presidente, atendiendo las instrucciones les pedimos a los compañeros Diputados por favor tomar sus curules y vamos a iniciar la verificación del quórum, Diputado Presidente contamos con 9 Diputados a la lista, no hay quórum, 10 Diputados, 11 Diputados, nos faltan dos Diputados más para iniciar, uno más, existe quórum Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, vamos a continuar con los trabajos, nomás quiero informarles que nos ha hablado el Diputado Jiménez, disculpándose por no asistir a la Asamblea debido a que tuvo fallas mecánicas, el Diputado Jiménez Mercado. Bien, compañeros se disculpa el compañero y seguimos con el siguiente Dictamen que se refiere a las cuentas públicas del Poder Judicial por el ejercicio fiscal del año de 1998, hará uso de la voz, dará lectura del mismo el Diputado Héctor Esparza, adelante compañero, es el Dictamen 153.

- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Con su venia Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz, compañeros de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados. Comisión de Hacienda y Administración Dictamen número 153 Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP024/99 de fecha 25 de junio de 1999, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Poder Judicial, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo de 1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Poder Judicial, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 26 de febrero de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Poder Judicial, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 4 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Marco Antonio Jiménez Carrillo y Lic. Sergio Peñuelas Romo en su carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, por el período comprendido del primero de enero al 31 de octubre y del primero de noviembre al 31 de diciembre de 1998, respectivamente.  DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil uno. Lo firman el Diputado Sócrates Bastida Hernández Presidente, el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez Secretario, el Diputado Alejandro Bahena Flores Vocal, el Diputado Gilberto Flores Muñoz Vocal y el de la voz el Diputado Héctor Esparza Herrera Vocal, es cuanto Diputado Presidente, es una buena administración por este ejercicio del Poder Judicial.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias compañero Héctor Esparza, compañera por favor elabore una lista de oradores que estén en contra del Dictamen.

- LA C. SECRETARIA: Oradores en contra del Dictamen 153, señores Diputados, no hay oradores en contra Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por favor verifique el sentido del voto de los compañeros Diputados por vía nominal, empezando por la derecha.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, compañera Diputada, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal iniciando por la derecha.

- Héctor Esparza, a favor.

- Antonio Cano, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Raquel Casillas, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Guillermo Aguilar kaiten, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Algún Diputado falta por votar; algún Diputado falta por votar.

- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente el sentido de la votación son 17 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se aprueba el Dictamen 153 en lo general y en lo particular, una vez por 17 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 153 de la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo, a los once días del mes de abril del año 2001. Y pasaríamos al Dictamen 474 cuentas públicas del Primer Ayuntamiento de Playas de Rosarito por el ejercicio fiscal de 1999, del cual dará lectura el compañero Diputado Sócrates Bastida. Compañero Sócrates Bastida por favor haga uso de la Tribuna.

- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso Diputado Presidente, compañera Diputada, compañeros Diputados. Comisión de Hacienda y Administración Dictamen número 474 Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP033/2000 de fecha 30 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 4 de octubre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 27 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: Las conciliaciones bancarias correspondientes a 16 cuentas, presentan un sobregiro neto de $ 4’100,466, cantidad que difiere del sobregiro asentado en registros contables por la cantidad de $ 5’480,473 determinándose diferencia de $ 1’380,007, debido a que las conciliaciones bancarias se elaboran con base en registros extralibros o en su caso las cuentas fueron canceladas, dichas diferencias se encuentran en proceso de investigación y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran resultar al concluirse dicho proceso; así mismo no fueron proporcionadas 2 conciliaciones bancarias de cuentas que se utilizan para gasto corriente. b)  Los estados financieros incluyen $ 256,187 de Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999.   c)     Se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes del Impuesto Predial al 31 de diciembre de 1999, por la cantidad de                  $ 46’738,204 por ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial, resultante de efectuar amarre global de las cifras que arroja el padrón al 31 de diciembre de 1998 por $ 119’431,902, disminuyéndole los pagos recibidos durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 3’416,364 e incrementándole los adeudos no cubiertos durante el ejercicio por $ 44’220,894, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $ 160’236,432, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos al 31 de diciembre de 1999 asciende a $ 113’498,228, dicha diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad; así mismo, al comparar selectivamente el importe de 88 recibos de adeudos de Impuesto Predial emitidos por el sistema por un monto de $ 50’782,065, contra el padrón de adeudos, se determinó una diferencia de $ 3’503,881, toda vez que estas mismas claves en el padrón se encuentran registradas por un monto de $47’278,184.  La Entidad presenta en la cuenta de almacén, subcuenta almacén de materiales, saldo proveniente del ejercicio de 1998 por la cantidad de           $ 219,304, mismo que no incluye el inventario físico de papelería, artículos de limpieza y refacciones el cual al 31 de diciembre de 1999 valuado en $ 209,871, importe que se afectó directamente al gasto, no habiéndose ejercido un control básico sobre los materiales adquiridos en el ejercicio no consumidos, al no llevarse un control administrativo ni contable de las entradas y salidas de los mismos.     e)    La Entidad tiene registrado en inversiones fijas y cuentas de orden inmuebles por la cantidad de $ 19’265,485 y $ 45’499,367, respectivamente, de los cuales se carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso; adicionalmente, le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez no han sido registrados contablemente. f) Se determinó diferencia por $ 9’823,162 entre el saldo contable de bienes inmuebles de $ 46’696,537 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $36’873,375, así mismo se determinó diferencia de $ 3’006,978 entre el saldo contable de bienes muebles de $ 13’615,957 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $ 16’622,935, ambas diferencias no han sido conciliadas ni aclaradas, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el programa de conciliación entre los padrones y los registros contables que se encuentra en proceso. La Entidad incumplió lo señalado en los Artículos 174 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 62 del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California, toda vez que en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 27 de noviembre de 1998 se autorizó la realización del Fraccionamiento Chula Vista, y al cierre del ejercicio de 1999 aún no se había publicado dicho Acuerdo, en consecuencia, no se han formalizado los predios que serán donados a favor del Municipio, no obstante con fecha 22 de marzo y 22 de abril de 1999 se celebraron 2 Convenios de aportación social en los cuales el Ayuntamiento por conducto del fraccionador donó a particulares 2 terrenos ubicados en el Fraccionamiento Chula Vista, sin contar con la propiedad legal de los mismos, ni con la autorización del Congreso del Estado sobre la desincorporación del patrimonio del dominio público municipal, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California. h) La Entidad realizó la baja contable de 4 armas de fuego extraviadas, sin contar con la autorización de Cabildo, ni con la autorización del Congreso del Estado, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California.   i)           La Entidad tiene registrados bienes muebles en desuso, los cuales según diagnóstico mecánico y actas de baja no se considera costeable su reparación, actualmente por dichos bienes no se han realizado los trámites necesarios ante Cabildo y en su caso ante el Congreso del Estado para su desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, y para su posterior baja patrimonial.    j)      La Entidad no reconoce adeudos a favor de la Comisión Federal de Electricidad por la cantidad de $3’788,001 por consumo de energía eléctrica no facturados de los años de 1996, 1997 y del primero de enero al 31 de agosto de 1998, resultante del censo de lámparas de alumbrado público levantado por el propio Organismo Federal, por lo que el Ayuntamiento promovió amparo en contra del Organismo Federal en virtud del cobro requerido y del corte del suministro de energía eléctrica, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudieran resultar al concluir el proceso legal interpuesto.  k)         Se reconocen en los estados financieros Cuentas por Pagar por la cantidad de $ 234,381 provenientes de los ejercicios fiscales de 1996, 1997 y 1998 las cuales se encuentran en proceso de aclaración a través de identificar la documentación que les dio origen para su análisis y determinar la procedencia de su pago, o en su caso, la corrección o cancelación del registro contable del pasivo. l) La Entidad presenta en sus estados financieros Cuentas por Pagar por la cantidad de $ 116,028 que se integra por diversos saldos provenientes de los ejercicios de 1996 a 1998 que se presume corresponden a remanentes que no fueron aplicados en su momento en obras y en los programas de becas y empleo temporal, y que de acuerdo con la normatividad que les fue aplicable a estos recursos, debieron reintegrarse los remanentes, dichos saldos se encuentran en proceso de depuración para en su caso determinar el destino de los recursos según corresponda.  m)     La Entidad omitió reconocer al cierre del ejercicio, pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) por $ 196,540 correspondiente al consumo de agua de las instalaciones, unidades deportivas y áreas verdes.     n) La Entidad presenta saldo por pagar a favor del Gobierno Federal y Estatal por $1’204,844 derivado de la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios de 1998 y 1999 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima. ñ) Existe diferencia no aclarada de $ 272,987 resultante de comparar el saldo por pagar a favor de proveedor de concreto hidráulico por $234,288 generado durante el ejercicio de 1999, con el saldo confirmado directamente por el proveedor por la cantidad de $ 507,275 desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar al efectuarse la conciliación entre ambos saldos.

o) La Entidad presenta en los estados financieros adeudos  que denotan rezago por concepto de retenciones de cuotas y aportaciones de seguridad social al ISSSTECALI por la cantidad de $ 2’409,050 sin incluir recargos, cifra que corresponde al período del 15 de mayo al 31 de diciembre de 1999.  La Entidad no dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 30 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999 el cual establece que los permisionarios que no revaliden sus permisos para la venta o almacenaje de bebidas con graduación alcohólica y alcohol en forma oportuna o quienes lo hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la Ley de la materia, causarán sanción económica de 20 a 150 veces el salario mínimo independientemente de las sanciones administrativas a que tuviese lugar, toda vez que según reporte emitido por el área de Recaudación de Rentas al 31 de diciembre de 1999 existen 21 permisos que no se revalidaron durante el ejercicio, adeudándose por concepto de derechos el total de $ 38,848. q)Se observaron 63 recibos oficiales de pago de la contribución de Impuesto Predial en los que indistintamente se observó que los valores fiscales unitarios no se identifican en la Tabla de Valores Catastrales, Base del Impuesto Predial para el Municipio de Playas de Rosarito, B.C., que los predios objeto del impuesto no se identificaron en el plano de zonas homogéneas del Departamento de Catastro y en algunos casos no se proporcionaron los elementos necesarios para la determinación de los valores fiscales de los predios costeros y con frente al Boulevard Benito Juárez.  r) El Impuesto para Mantenimiento y Conservación de las Vías Públicas fue recaudado directamente por el Gobierno del Estado conjuntamente con las contribuciones relativas a la expedición o revalidación anual de placas de circulación, habiéndose cobrado indebidamente al cuantificarse y cobrarse sobre la base del salario mínimo de $ 30.20 debiendo ser $ 34.45, dejándose de cobrar aproximadamente $ 83,644; omitiéndose cobrar los impuestos adicionales: Impuesto para el Fomento Deportivo y Educacional e Impuesto para el Fomento  Turístico y Desarrollo Integral de la Familia previstos en los Artículos del 5 al 9 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, Baja California, para el ejercicio fiscal de 1999, las contribuciones omitidas ascienden aproximadamente a la cantidad de $ 169,502. La Entidad no proporcionó documentación de los expedientes de obras ni aclaró diversas situaciones relacionadas con las mismas, respecto a obras realizadas en el ejercicio de 1999 con recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal, así mismo, no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados.    t)         La Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 7’382,364 los cuales generaron intereses por $ 310,567 obteniéndose en global recursos hasta por $ 7’692,931, cantidad a la cual se le incluyeron recursos no ejercidos del ejercicio de 1998 por la cantidad de $ 68,163, resultando el monto de recursos por aplicar de $ 7’761,094, los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron por $ 5’869,045, quedando un remanente por ejercer de $ 1’892,049, mismo que al compararlo con las cuentas bancarias que se utilizan para controlar las entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de menos en registros contables por $ 310,698 toda vez que el saldo en las cuentas bancarias en las que se depositan las aportaciones del fondo IV presentan un saldo contable al cierre del ejercicio de $ 1’581,351; por otro lado, se señala que se utilizaron recursos por $2’811,396 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos se aplicaron; así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados. u) Al comparar los reportes de nóminas que emite el sistema de Oficialía Mayor por $37’228,621 con los registros contables de las nóminas pagadas en el ejercicio por                $ 40’681,869, se determinó una diferencia de menos en los reportes de Oficialía Mayor de $ 3’453,248 cantidad que se disminuyó en $ 1’191,285 por las aclaraciones presentadas, quedando una diferencia no aclarada de $ 2’261,963, la cual según manifestó la Entidad obedece a deficiencias en el sistema electrónico  de  la   misión de los reportes acumulativos de las nóminas pagadas.

v) Con fecha 23 de septiembre de 1999 se celebró contrato Nº A-ROS-PRON-99-CT-03B para llevar a cabo la obra: Tratamiento de terracerías y colocación de concreto hidráulico en Blvd. Guerrero, por un monto de $1’850,960, posteriormente el día 27 de diciembre de 1999, mediante la celebración de convenio adicional se incrementó el monto contratado a $ 3’884,630, el motivo principal de la celebración del convenio fue la ampliación del tramo de vialidad a construirse de 0.82 kms. a 1.62 kms., considerándose lo anterior como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California, el cual estipula que las entidades contratantes podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente el proyecto, debiendo haberse sometido a concurso el segundo tramo de la vialidad en comento.    w)  La Entidad durante el ejercicio canceló 5 cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto ocurra”, toda vez que dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio del 2000. x)  La Entidad no estableció la vinculación de las líneas de acción contenidas entre el Plan Municipal de Desarrollo y la programación anual del Presupuesto de Egresos, de conformidad con lo establecido en los Artículos 4 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California y 22 de la Ley de Planeación del Estado de Baja California. La Entidad incumplió parcialmente lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que el Presupuesto de Egresos no se sustenta en su totalidad en programas, habiéndose omitido la integración de programas por       $ 26’867,460 que representa el 49% del Presupuesto de Egresos autorizado y la programación del 51% restante no señala unidad de medida, cuantificación de metas, beneficios y calendarización, situación que limitó efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la Ley en comento; así mismo, no se proporcionó la conciliación de egresos, existiendo una diferencia de $ 2’054,403, al comparar los egresos del Estado de Resultados de $ 89’329,983 y el comparativo presupuestal al cierre del ejercicio por $ 87’275,580.     z)       La Entidad durante el ejercicio, no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, que se remitió el mes de diciembre de 1999 con 74 días de atraso, así como a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días naturales, las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda como resultado de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, toda vez que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 41 y 207 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque se omitió remitir la documentación comprobatoria por $ 239,989 que incluye $ 200,920 de Mantenimiento de Planteles Educativos del Convenio Estado-Municipio celebrado el 26 de mayo de 1999 para la realización del Programa de Obra Social Comunitaria. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración.  Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos  RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999, por motivo de que no se proporcionó documentación de los expedientes de obras ni aclaró diversas situaciones relacionadas con las mismas, respecto a obras realizadas en el ejercicio de 1999 con recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal, así mismo, no se proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados; porque se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 7’382,364 los cuales generaron intereses por $ 310,567 obteniéndose en global recursos hasta por $ 7’692,931, cantidad a la cual se le incluyeron recursos no ejercidos del ejercicio de 1998 por la cantidad de $ 68,163, resultando el monto de recursos por aplicar de $ 7’761,094, los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron por $ 5’869,045, quedando un remanente por ejercer de $ 1’892,049, mismo que al compararlo con las cuentas bancarias que se utilizan para controlar las entradas y salidas de estos recursos, presenta una diferencia de menos en registros contables por $310,698, toda vez que el saldo en las cuentas bancarias en las que se depositan las aportaciones del fondo IV presentan un saldo contable al cierre del ejercicio de $ 1’581,351; por otro lado, se señala que se utilizaron recursos por $2’811,396 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos se aplicaron; así como porque al compararse los reportes de nóminas que emite el sistema de Oficialía Mayor por $ 37’228,621 con los registros contables de las nóminas pagadas en el ejercicio por $ 40’681,869, se determinó una diferencia de menos en los reportes de Oficialía Mayor de $ 3’453,248, cantidad que se disminuyó en $ 1’191,285 por las aclaraciones presentadas, quedando una diferencia no aclarada de $ 2’261,963, la cual según manifestó la Entidad obedece a deficiencias en el sistema electrónico de la emisión de los reportes acumulativos de las nóminas pagadas; debido a que con fecha 23 de septiembre de 1999 se celebró contrato Nº A-ROS-PRON-99-CT-03B para llevar a cabo la obra: Tratamiento de terracerías y colocación de concreto hidráulico en Blvd. Guerrero, por un monto de                 $ 1’850,960, posteriormente el día 27 de diciembre de 1999, mediante la celebración de convenio adicional se incrementó el monto contratado a              $ 3’884,630, el motivo principal de la celebración del convenio fue la ampliación del tramo de vialidad a construirse de 0.82 kms. a 1.62 kms., considerándose lo anterior como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Baja California, el cual estipula que las entidades contratantes podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y cuando no se modifique sustancialmente el proyecto, debiendo haberse sometido a concurso el segundo tramo de la vialidad en comento; debido a que no se estableció la vinculación de las líneas de acción contenidas entre el Plan Municipal de Desarrollo y la programación anual del Presupuesto de Egresos, de conformidad con lo establecido en los Artículos 4 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California y 22 de la Ley de Planeación del Estado de Baja California; y se incumplió parcialmente lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto mencionada, toda vez que el Presupuesto de Egresos no se sustentó en su totalidad en programas, habiéndose omitido la integración de programas por $ 26’867,460 que representa el 49% del Presupuesto de Egresos autorizado y la programación del 51% restante no señala unidad de medida, cuantificación de metas, beneficios y calendarización, situación que limitó efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la multicitada Ley; así mismo, no se proporcionó la conciliación de egresos, existiendo una diferencia de $ 2’054,403, al comparar los egresos según el Estado de Resultados de             $ 89’329,983 y el comparativo presupuestal al cierre del ejercicio por                 $ 87’275,580; y porque durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, que se remitió el mes de diciembre de 1999 con 74 días de atraso, así como a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días naturales, las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda como resultado de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, toda vez que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 41 y 207 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque se omitió remitir la documentación comprobatoria por $ 239,989 que incluye $ 200,920 de Mantenimiento de Planteles Educativos del Convenio Estado-Municipio celebrado el 26 de mayo de 1999 para la realización del Programa de Obra Social Comunitaria. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial y de la Cuenta Pública de Ingresos del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Punto Resolutivo Primero, así como porque las conciliaciones bancarias correspondientes a 16 cuentas, presentan un sobregiro que difiere del sobregiro asentado en registros contables debido a que las conciliaciones bancarias se elaboran con base en registros extralibros o en su caso las cuentas fueron canceladas, así mismo porque no fueron proporcionadas 2 conciliaciones bancarias de cuentas que se utilizan para gasto corriente; así como porque los estados financieros incluyen Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999; porque se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes del Impuesto Predial al 31 de diciembre de 1999, por ajustes aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial, resultante de efectuar amarre global de las cifras que arroja el padrón al 31 de diciembre de 1998 disminuyéndole los pagos recibidos durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto e incrementándole los adeudos no cubiertos durante el ejercicio, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos, dicha diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad; así mismo porque al comparar selectivamente el importe de 88 recibos de adeudos de Impuesto Predial emitidos por el sistema, contra el padrón de adeudos, se determinaron diferencias no aclaradas; así mismo porque se presenta en la cuenta de Almacén, subcuenta Almacén de Materiales, saldo proveniente del ejercicio de 1998, mismo que no incluye el inventario físico de papelería, artículos de limpieza y refacciones el cual al 31 de diciembre de 1999 se afectó directamente al gasto, no habiéndose ejercido un control básico sobre los materiales adquiridos en el ejercicio no consumidos, al no llevarse un control administrativo ni contable de las entradas y salidas de los mismos; debido a que se registraron inmuebles en inversiones fijas y cuentas de orden, de los cuales se carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso, adicionalmente, le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez no han sido registrados contablemente; porque se determinó diferencia entre el saldo contable de bienes inmuebles con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor, así mismo se determinó diferencia entre el saldo contable de bienes muebles con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor, ambas diferencias no han sido conciliadas ni aclaradas; debido a que se incumplió lo señalado en los Artículos 174 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 62 del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California, toda vez que en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 27 de noviembre de 1998 se autorizó la realización del Fraccionamiento Chula Vista, y al cierre del ejercicio de 1999 aún no se había publicado dicho Acuerdo, en consecuencia, no se han formalizado los predios que serán donados a favor del Municipio, no obstante con fecha 22 de marzo y 22 de abril de 1999 se celebraron 2 Convenios de aportación social en los cuales el Ayuntamiento por conducto del fraccionador donó a particulares 2 terrenos ubicados en el Fraccionamiento Chula Vista, sin contar con la propiedad legal de los mismos, ni con la autorización del Congreso del Estado sobre la desincorporación del patrimonio del dominio público municipal, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California; así como porque se realizó la baja contable de 4 armas de fuego extraviadas, sin contar con la autorización de Cabildo, ni con la autorización del Congreso del Estado, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California; debido a que se tienen registrados bienes muebles en desuso, los cuales según diagnóstico mecánico y actas de baja no se considera costeable su reparación, sobre dichos bienes no se han realizado los trámites necesarios ante Cabildo y en su caso ante el Congreso del Estado para su desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, y para su posterior baja patrimonial; debido a que no se reconocen adeudos a favor de la Comisión Federal de Electricidad por consumo de energía eléctrica no facturados de los años de 1996, 1997 y del primero de enero al 31 de agosto de 1998, resultante del censo de lámparas de alumbrado público levantado por el propio Organismo Federal, por lo que el Ayuntamiento promovió amparo en contra del Organismo Federal en virtud del cobro requerido y del corte del suministro de energía eléctrica, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudieran resultar al concluir el proceso legal interpuesto; debido a que se reconocen Cuentas por Pagar provenientes de los ejercicios fiscales de 1996, 1997 y 1998 las cuales se encuentran en proceso de aclaración a través de identificar la documentación que les dio origen para su análisis y determinar la procedencia de su pago, o en su caso, la corrección o cancelación del registro contable del pasivo; porque se presentan en los estados financieros Cuentas por Pagar que se integran por diversos saldos provenientes de los ejercicios de 1996 a 1998 que se presume corresponden a remanentes que no fueron aplicados en su momento en obras y en los programas de becas y empleo temporal, y que de acuerdo con la normatividad que les fue aplicable a estos recursos, debieron reintegrarse los remanentes; debido a que se omitió reconocer al cierre del ejercicio pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) correspondiente al consumo de agua de las instalaciones, unidades deportivas y áreas verdes; porque se presenta saldo por pagar a favor del Gobierno Federal y Estatal derivado de la participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios de 1998 y 1999 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima; debido a que existe diferencia no aclarada resultante de comparar el saldo por pagar a favor de proveedor de concreto hidráulico generado durante el ejercicio de 1999, con el saldo confirmado directamente por el proveedor; porque se presentan en los estados financieros adeudos que denotan rezago por concepto de retenciones de cuotas y aportaciones de seguridad social al ISSSTECALI sin incluir recargos, que corresponden al período del 15 de mayo al 31 de diciembre de 1999; porque  no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 30 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999 el cual establece que los permisionarios que no revaliden sus permisos para la venta o almacenaje de bebidas con graduación alcohólica y alcohol en forma oportuna o quienes lo hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la Ley de la materia, causarán sanción económica de 20 a 150 veces el salario mínimo independientemente de las sanciones administrativas a que tuviese lugar, toda vez que según reporte emitido por el área de Recaudación de Rentas al 31 de diciembre de 1999 existen 21 permisos que no se revalidaron durante el ejercicio; porque se observaron 63 recibos oficiales de pago de la contribución de Impuesto Predial en los que indistintamente se observó que los valores fiscales unitarios no se identifican en la Tabla de Valores Catastrales, Base del Impuesto Predial para el Municipio de Playas de Rosarito, B.C., y los predios objeto del impuesto no se identificaron en el plano de zonas homogéneas del Departamento de Catastro y en algunos casos no se proporcionaron los elementos necesarios para la determinación de los valores fiscales de los predios costeros y con frente al Boulevard Benito Juárez; debido a que el Impuesto para Mantenimiento y Conservación de las Vías Públicas fue recaudado directamente por el Gobierno del Estado conjuntamente con las contribuciones relativas a la expedición o revalidación anual de placas de circulación, habiéndose cobrado indebidamente al cuantificarse y cobrarse sobre la base del salario mínimo de $30.20 debiendo ser $ 34.45, omitiéndose también cobrar los impuestos adicionales: Impuesto para el Fomento Deportivo y Educacional e Impuesto para el Fomento  Turístico y Desarrollo Integral de la Familia previstos en los Artículos del 5 al 9 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, Baja California, para el ejercicio fiscal de 1999; y porque durante el ejercicio se cancelaron 5 cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,  toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio del 2000, túrnese a la Sindicatura del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO .- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable  Poder  Legislativo,  en  la  Ciudad  de  Mexicali,  Baja California, a los siete días del mes de abril del dos mil uno. Firman los Diputados Sócrates Bastida Hernández, Antonio Ricardo Cano Jiménez, Alejandro Bahena Flores, Héctor Esparza Herrera y Gilberto Flores Muñoz”. Es cuanto y lo ponemos a la consideración de la Honorable Asamblea.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado Sócrates Bastida, una vez leído se abre el debate, compañera elabore una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: ¿Oradores en contra del Dictamen 474? Leído por el Diputado Sócrates Bastida Hernández, Diputados favor de manifestarse los que estén en contra de este Dictamen, no hay oradores en contra Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor, compañera Diputada este, no da lugar a inscribir a favor, por lo tanto damos por concluido el debate, por favor compañera Diputada Secretaria levante el sentido del voto de los compañeros Diputados en relación al Dictamen 474, empezando por la derecha y que sea por vía nominal.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto de manera nominal iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, en contra.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, en contra.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar?

- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, se abstiene.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de la votación es 15 votos a favor, 2 en contra y una abstención del Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz.

- EL C. PRESIDENTE: Muy bien.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Compañero Diputado Gilberto Flores Muñoz, se le concede el uso de la voz para que razone el motivo de su abstención.

- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Muchas gracias, estuve a punto de votar a favor, ¿verdad? dado que era la primera administración; sin embargo, me abstengo, ¿verdad? tengo mis dudas y yo quisiera esperar el veredicto final de la Sindicatura para este, tener un juicio con mayor contenido y pues solamente solicito, ¿verdad? que parte de las sustentaciones que he hecho en las abstenciones anteriores, se transcriban en esta ocasión en relación a este Dictamen.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias Diputado.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba el Dictamen 474 en lo general y en lo particular por 15 votos a favor, 2 en contra y una abstención. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 474 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año dos mil uno. Damos por concluido y pasamos al siguiente Dictamen que es el 487 que habrá de ser leído por su servidor, el compañero Cano, bueno compañero Cano adelante, ventilamos más rápido.

- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente. Honorable Asamblea: “Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP028/2000 de fecha 6 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Poder Judicial, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fechas 30 de marzo y 19 de abril del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Poder Judicial, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 21 de febrero del 2000, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Poder Judicial, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 6 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a los CC. Lic. Sergio Peñuelas Romo y Lic. Raúl González Arias en su carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, por el período comprendido del primero de enero al 31 de octubre y del primero de noviembre al 31 de diciembre de 1999, respectivamente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil uno. Y firman la totalidad de los integrantes de la Comisión de Hacienda y Administración”. Está a su consideración, señores Diputados.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Cano Jiménez. Compañera Secretaria, Diputada Olivia Villalaz, por favor elabore una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Diputados que estén en contra del Dictamen 487, favor de manifestarse, no hay en contra Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: En vista de que no hay Diputados que se anote en contra del Dictamen, no da lugar a favor compañera y ha concluido el debate, compañera por favor verifique el sentido del voto de los compañeros.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, por instrucciones de la Presidencia favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Gómez Mora, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar?

- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, el resultado de la votación son 18 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, se aprueba el Dictamen 487 en lo general y en lo particular por 18 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 487 de la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo, a los once días del mes de abril del año 20001. Hemos concluido compañeros con el sexto punto del orden del día y pasaríamos al séptimo punto que se refiere a Asuntos Generales. Compañeros Diputados les preguntamos si existe algún asunto qué tratar, un asunto, un asunto de la Comisión de Asuntos Legislativos. ¿El compañero Cano tiene otro asunto? Compañero Héctor Magaña, le quiero pedir de favor que antes de que exponga su punto de acuerdo solicitarle al compañero Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, nos exponga ante este Pleno unos asunto relacionados con las licencias de los compañeros Diputados Manuel Ramos Rubio, ¿y Sergio Loperena? Nada más de Manuel, adelante compañero.

- EL C. DIP. GUTIERREZ PICENO: Con su permiso señor Presidente, Diputado Gilberto Flores Muñoz. Presidente de la Mesa Directiva de este Honorable Congreso, compañeras y compañeros. “El pasado 15 de marzo del año en curso, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 44, 45 de la fracción I y II del Artículo 46 y 81 último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, la Comisión de Régimen Interno y  Prácticas Parlamentarias presentó a la consideración de este Honorable Pleno, solicitud de licencia y separación de manera provisional del cargo de Diputado del C. Ing. Manuel Alberto Ramos Rubio, hasta por 100 días a partir del 05 de abril del año en curso. Procesado que fue y al haberse aprobado por esta Legislatura la solicitud en comento, me permito, en mi calidad de Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional solicitar respetuosamente a la Mesa Directiva de este Congreso se proceda formalmente a llamar a la C. Gloria González Rosas, Diputada Suplente por el II Distrito Local Electoral, con cabecera en Mexicali, para sustituir al C. Dip. Manuel Alberto Ramos Rubio. Atentamente: Sufragio Efectivo, a 10 de abril, el Coordinador de la Fracción Parlamentaria”.

- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado, ¿es todo lo que va a tratar al respecto? Bien, esta Presidencia instruye al C. Oficial Mayor del Congreso para que cite a la C. Gloria González Rosas, Diputada Suplente por el II Distrito Local Electoral, con cabecera en Mexicali, para que se presente en la próxima Asamblea Ordinaria de este Poder Legislativo y tomarle la Protesta de Ley. Muchas gracias compañero, atendida su petición compañero. Entonces, pasaríamos al siguiente punto de Asuntos Generales, tiene el uso de la voz el compañero Héctor Magaña Mosqueda.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Quiero  hacer una pregunta a la Presidencia, esta Iniciativa de Punto de Acuerdo ya fue dada su lectura en este Pleno, no sé si por la urgencia, nada más leer el proemio y el resolutivo, ¿están de acuerdo?

- EL C. PRESIDENTE: Aprobado, en votación económica manifiesten el sentido de su voto respecto a la petición que hace el compañero. ¿A favor compañeros? ¿En contra? Bien, se aprueba compañero, adelante.

- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Con su permiso señor Presidente, distinguidos miembros de la Mesa Directiva, compañeros Diputados. “La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 44, 48, fracción I, 61, 67, 114 fracción III, 116, 121, 126, 129 y 130 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sometemos a la consideración de esta Soberanía la presente Iniciativa de Acuerdo Económico, para que esta Comisión sea designada Comisión Especial, con el objeto de que implemente el seguimiento al proceso de evaluación para la ratificación en su caso, de los Magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, de conformidad al siguiente Resolutivo: “Unico.- Se aprueba la designación de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales como Comisión Especial para el desahogo del proceso, evaluación, oyendo en su defensa a los Magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, para efectos de la ratificación, en su caso, y para presentar al Pleno de esta XVI Legislatura Dictamen que la misma Comisión Especial elabore debidamente fundado y motivado. Dado en la Sala de Comisiones Dr. Francisco Dueñas Montes de este Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, B.C., a los 28 días del mes de marzo del años dos mil uno”. Y en vista de que, de los razonamientos ya anotados, se solicita a la Mesa Directiva someta a votación el acuerdo que se propone, aplicando la dispensa de trámite que los Artículos 31 de la Ley Suprema del Estado y el 126 de la Ley Orgánica de este Poder Legislativo prevé para los asuntos de obvia y urgente resolución.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias compañero. Abrimos el debate en lo que respecta a la dispensa de trámite, compañera Secretario favor de elaborar una lista de los compañeros Diputados que estén en contra.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados que estén en contra de la dispensa de trámite, favor de manifestarse. El Diputado Pedrín, Alejandro Pedrín Márquez en contra, Diputado.

- EL C. VICEPRESIDENTE: No, Diputados en contra.

- LA C. SECRETARIA: ¿Diputados en contra? No hay ninguno señor Diputado.

- EL C. VICEPRESIDENTE: Por tanto no procede registrar, inscribir a favor. Le solicito compañera Secretaria se sirva tomar el sentido de la votación en forma nominal, iniciando por la derecha.

- LA C. SECRETARIA: Señores Diputados, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- EL C. VICEPRESIDENTE: ¿Falta algún Diputado por votar?

- Gilberto Flores Muñoz, a favor.

- LA C. SECRETARIA: ¿Falta algún Diputado por votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado Presidente, tenemos, el sentido de la votación son 16 votos a favor, cero en contra, cero abstenciones.

- EL C. PRESIDENTE: Se aprueba la dispensa del trámite de entrega con 72 horas, ¿no? Entonces continuamos, se abre el debate en torno al punto de acuerdo que ha presentado el Diputado Héctor Magaña, por favor elabore una lista de oradores en contra.

- LA C. SECRETARIA: Diputados, ¿oradores en contra? No hay Diputado Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor

- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: (Desde su curul) Yo quiero hacer una reserva en lo particular...

- EL C. PRESIDENTE: Diputada Secretaria, le solicito que verifique el sentido del voto de los compañeros Diputados por vía nominal, empezando por el lado derecho.

- LA C. SECRETARIA: Diputados, favor de emitir el sentido de su voto de manera nominal, iniciando por la derecha.

- Antonio Cano, a favor.

- Héctor Esparza, a favor.

- Edgar Fernández, a favor.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, a favor.

- Martín Domínguez, a favor.

- Sócrates Bastida Hernández, a favor.

- Alejandro Bahena Flores, a favor.

- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.

- Héctor Baltazar Chipres, a favor.

- Molina, a favor.

- Miguel Delfín Castro, a favor en lo general y me reservo en lo particular el punto resolutivo.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado faltó de votar? ¿Algún Diputado falta de votar? Por la Mesa Directiva.

- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.

- Olivia Villalaz, a favor.

- José Arango, a favor.

- Flores Muñoz Gilberto, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Diputado el sentido de la votación, 16 votos a favor, una reserva en lo particular única por el Diputado Miguel Delfín Castro.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba en lo general por 15 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Compañeros Delfín, por favor exponga la reserva en lo particular.

- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: Bueno, únicamente para efecto de punto único, es para ya, como ya está en su contenido, donde dice “la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales”, yo solicito este, participar en esta Comisión Especial, ya no necesariamente que sea la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, mi adéndum sería este, la participación en lo particular ahí también en la Comisión Especial.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Solamente usted o abierto a otros compañeros?

- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: No sé si alguien más considera hacer otra propuesta.

- EL C. PRESIDENTE: O sea, solamente usted, bien entonces cuál sería, ¿tiene la propuesta de redacción?

- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: Señor Presidente, como no se entregó, no tengo la redacción. En una forma particular, que se me incorpore a la Comisión.

- EL C. PRESIDENTE: Aprobamos ya la dispensa. Bien, entonces pues miren, vamos a abrir el debate en relación a la reserva en lo particular que hace del punto de acuerdo el compañero Delfín Castro Miguel. Compañera Diputada este, vamos a iniciar el debate, por favor haga una, elabore una lista de oradores en contra de la reserva en lo particular que nos hace el compañero Delfín.

- LA C. SECRETARIA: ¿Oradores en contra de la reserva en lo particular que presentó el compañero Diputado Miguel Delfín Castro? Se retira el Diputado Héctor Magaña Mosqueda.

- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces no hay Diputados en contra de la reserva en lo particular, por lo tanto vamos a someter a votación la reserva que hace el compañero Diputado Delfín Castro. Compañera, solicite el sentido del voto de los compañeros Diputados presentes en este Recinto, en relación a la reserva en lo particular que hace el compañero Delfín Castro.

- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal, de la reserva presentada por el compañero Miguel Delfín Castro, les solicito que iniciemos por la derecha.

- Antonio Cano, en contra.

- Héctor Esparza, en contra.

- Edgar Fernández, en contra.

- Sergio Avitia Nalda, a favor.

- David Gutiérrez Piceno, en contra.

- Martín Domínguez, en contra.

- Alejandro Bahena Flores, en contra.

- Héctor Magaña Mosqueda, en contra.

- Sócrates Bastida Hernández, en contra.

- Alejandro Pedrín Márquez, en contra.

- Héctor Baltazar Chipres, en contra.

- Molina, en contra.

- Miguel Delfín Castro, a favor.

- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado faltó de votar? ¿Algún Diputado faltó de votar? Por la Mesa Directiva.

- Olivia Villalaz, en contra.

- José Arango, a favor.

- Gilberto Flores Muñoz, a favor.

- LA C. SECRETARIA: Bueno, tenemos el siguiente resultado de la votación, son 12 en contra, 3 a favor, cero abstenciones, 4, perdón. Son 12 en contra y 4 a favor.

- EL C. PRESIDENTE: A favor 4, en contra 12, abstenciones cero. Bien, entonces pues se desecha la reserva en lo particular compañero...

- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) Señor Presidente, una Comisión Especial, aún cuando sea la Comisión de Legislación, es ampliada, cualquier Diputado puede estar presente.

- EL C. PRESIDENTE: Es un derecho, por eso votamos a favor, compañeros, porque es un derecho. Bien, entonces, agostado el séptimo punto del orden del día que es asuntos generales, agotado el orden del día se cita a los ciudadanos Diputados integrantes de la XVI Legislatura del Estado, para el día jueves 19 de abril a las once horas en este Recinto Oficial. Se levanta la Sesión. (Termina: 16:45. Hrs.)

[Debates'2001] [Ene'01] [Feb'01] [Mar'01] [Abr'01] [May'01] [Jun'01]

[Jul'01] [Ago'01] [Sep'01] [Oct'01] [Nov'01] [Dic'01]