VERSION DE SESIÓN
ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALÓN DE SESIONES “LIC. BENITO
JUÁREZ GARCÍA”, EL DÍA MARTES DIEZ Y
MIERCOLES ONCE DE ABRIL DEL DOS MIL
UNO.
Presidencia del C.
Dip. Gilberto Flores Muñoz
(Asistencia de veintidós ciudadanos Diputados)
- EL C.
PRESIDENTE: (13:39 horas). Sesión Ordinaria de la Honorable XVI Legislatura
Constitucional del Estado de Baja California, del día martes 10 de abril del 2001,
se abre la sesión. Compañera Diputada Secretario sírvase pasar lista de
asistencia.
- LA C.
SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente de este Honorable Poder Legislativo
del Congreso del Estado de Baja California: Aguilar Kaiten Guillermo, Arango
Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar
Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Domínguez Rocha Martín, Esparza
Herrera Héctor, Fernández Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz Gilberto,
Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Gómez Mora Sergio,
Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime, Pedrín Márquez Alejandro,
Villalaz Becerra María del Refugio Olivia, Ruvalcaba Flores David, Arce Salvador
Ulises. Tenemos 23 Diputados presentes y dos Diputados en ausencia.
- EL C.
PRESIDENTE: Justificamos la inasistencia del compañero Diputado Ricardo
Zazueta, está justificada la inasistencia, se justifica la inasistencia del
Diputado Guillermo Aguilar Kaiten, ah! Llega, bien lo esperamos. Bien,
compañera Diputada habiendo quórum legal sírvase dar a conocer el orden del
día.
- LA C.
SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, orden del día: 1.- Aprobación del Acta de la Sesión Anterior.
2.- Correspondencia Recibida. 3.- Correspondencia Despachada. 4.- Informe de
Comisiones para Actos Especiales. 5.- Toma de Protesta del Profesor Ulises Arce
Salvador como Diputado de la XVI Legislatura por el período del 06 de abril al
09 de julio del año dos mil uno. 6.- Informes o dictámenes que rinden las
Comisiones Especiales o Permanentes. 7.- Asuntos Generales. Es cuanto Diputado
Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañera Diputada. Someto a consideración de la
Asamblea para su aprobación del acta, por vía económica solicite el voto de los
compañeros Diputados.
- LA C.
SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor, favor de manifestase por vía
económica; 18 votos a favor ¿Diputados en contra? ¿abstenciones? Cero en
contra, cero abstenciones Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, aprobado el orden del día pasamos al primer punto aprobación
del Acta de la Sesión anterior, como es del conocimiento de ustedes el Acta se
encuentra en el correo electrónico de cada uno de ustedes; por tal motivo se
solicita de la aprobación de la misma, Diputada compañera sírvase efectuar la
votación.
- LA C.
SECRETARIA: Los señores Diputados y la compañera Diputada, sírvanse
manifestarse en forma económica, 18 votos a favor, ¿en contra? ¿abstenciones?
Cero en contra, cero abstenciones Diputado Presidente.
“ACTA DE SESIÓN
ORDINARIA CELEBRADA POR LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN EL SALÓN DE SESIONES “LIC. BENITO
JUÁREZ GARCÍA”, EL DÍA JUEVES CINCO DE ABRIL
DEL DOS MIL UNO. Presidencia del C. Dip. Gilberto Flores Muñoz. (Asistencia de veinte ciudadanos Diputados). En la ciudad de Mexicali, Baja California,
siendo las once horas con veinticinco minutos
del día jueves cinco de abril del dos mil uno, fecha señalada en la
sesión anterior para que tenga verificativo la correspondiente Sesión Ordinaria
de este Honorable Congreso del Estado y encontrándonos constituidos en el
Recinto Oficial de este Poder Legislativo, el Diputado Presidente instruye al
Diputado Secretario para que certifique la asistencia de los ciudadanos
Diputados: Arango Pérez José Félix, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres
Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Flores Muñoz Gilberto, Magaña Mosqueda
Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Ramos Rubio Manuel Alberto, Casillas
Muñoz Raquel, así mismo, el Diputado Presidente justifica la inasistencia de la
Diputada Villalaz Becerra María del Refugio. Posteriormente, y no existiendo el
quórum legal, el Diputado Presidente decreta un receso de quince minutos para
convocar de nuevo a los ciudadanos Diputados; siendo las once horas con treinta
minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las once horas con cuarenta y
cinco minutos y antes de iniciar los trabajos de esta Sesión el Diputado
Presidente les da la bienvenida a los niños estudiantes de la Escuela Primaria
José Mancisidor del 6º B de la Colonia Lázaro Cárdenas de la ciudad de
Mexicali, Baja California. Así como a los estudiantes de la Carrera de Contador
Pública de la Universidad Autónoma de Baja California con Sede en Tijuana, Baja
California. Enseguida, le solicita al Diputado Secretario pase lista de
asistencia para verificar el quórum, contestando de presentes los siguientes
Diputados: Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bastida Hernández
Sócrates, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto,
Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor, Molina
Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro, Ramos Rubio Manuel Alberto. De
nueva cuenta y al no existir el quórum legal para iniciar con la Sesión
Ordinaria, el Diputado Presidente procede a decretar un receso de diez minutos,
siendo las once horas con treinta y cinco minutos; una vez reanudada la Sesión
y siendo las once horas con cuarenta minutos el Diputado Presidente le solicita
al Diputado Secretario pase lista de asistencia, contestando de presentes los
siguientes Diputados: Arango Pérez José Félix, Avitia Nalda Sergio, Bahena
Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano
Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Esparza
Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno
David, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor,
Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro, Ramos Rubio Manuel
Alberto, Ruvalcaba Flores David y Zazueta Villegas Ricardo; Asimismo, el
Diputado Presidente justifica las inasistencias de los Diputados: Villalaz
Becerra María del Refugio Oliva y Domínguez Rocha Martín. Por consiguiente, habiéndose cerciorado y
declarado la existencia del quórum legal para sesionar, el Diputado Presidente
declara abierta la sesión solicitándole al Diputado Secretario dar a conocer el
Orden del Día que se propone, siendo el siguiente: 1.- Aprobación de las Actas de la Sesión de
Clausura e Instalación celebrada los días 31 de marzo y primero de abril del
2001; así como el Período Extraordinario celebrado los días 12, 13, 15 y 20 de
marzo del año en curso. 2.- Correspondencia Recibida. 3.- Correspondencia Despachada. 4.- Informe de Comisiones para
Actos Especiales. 5.- Entrega de documentos reservados por la Comisión
Permanente y lectura del Informe de Labores del Diputado Ricardo Zazueta Villegas.
6.- Informes o dictámenes que rinden las Comisiones Especiales o Permanentes.
7.- Asuntos Generales. Mismo, que puesto a consideración de la Asamblea resulta
aprobado en votación económica por unanimidad de los ciudadanos Diputados
presentes. Enseguida, se procede a desahogar el Orden del Día establecido,
iniciando con el primer punto, aprobación de las Actas de la Sesión Ordinaria
de Clausura de la Comisión Permanente celebrada el sábado 31 de marzo y de la
Sesión de Instalación celebrada el día primero de abril del 2001, así como del
Período Extraordinario celebrado los días 12, 13, 15 y 20 de marzo; enseguida,
el Diputado Presidente hace mención que ya es conocimiento de todos los
ciudadanos Diputados las Actas se encuentran en el correo electrónico de cada
uno; por tal motivo se solicita la aprobación de las mismas; solicitándole al
Diputado Secretario las someta a consideración de la Asamblea, resultando
aprobada en votación económica por unanimidad de los ciudadanos Diputados. A
continuación se pasa al Segundo Punto “Correspondencia Recibida”, en el cual se
somete a consideración de los ciudadanos Diputados la dispensa de la lectura de
la misma, en virtud de haberse entregado con anterioridad a cada uno de los
ciudadanos Diputados, siendo aprobada la dispensa por unanimidad. Acto continuo,
se pasa al Tercer Punto “Correspondencia Despachada”, sometiendo a
consideración de los ciudadanos Diputados la dispensa de la lectura de la
misma, en virtud de haberse entregado con anterioridad a cada uno de los
ciudadanos Diputados, es aprobada por unanimidad. Así mismo, el Diputado
Presidente manifiesta que tanto la correspondencia recibida como la despachada
se pone a disposición de los ciudadanos Diputados. Enseguida, se pasa al
Cuarto Punto, “Informe de Comisiones
para Actos Especiales” y no habiendo
informes que presentar, se pasa al Quinto Punto, que se refiere a “Entrega de
documentos reservados por la Comisión Permanente y presentación de Informe de
Labores que rinde el Diputado Presidente de la Comisión Permanente, haciendo
uso de la voz el Diputado el Diputado Alejandro Bahena Flores, en su carácter
de Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, en
sustitución del Diputado Ricardo Zazueta Villegas Presidente de la Comisión
Permanente; para rendir informe de los asuntos reservados por la Comisión
Permanente, correspondiente del primero de febrero al 31 de marzo del año 2001,
haciendo entrega a la Mesa Directiva. Enseguida, el Diputado Presidente
instruye a la Oficialía Mayor para que estos documentos sean turnados a las Comisiones
respectivas. Posteriormente, se pasa al Sexto punto del Orden del Día,
“Informes o Dictámenes que presentan las Comisiones Especiales o Permanentes”,
haciendo el uso de la voz el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, Presidente de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para presentar en esta Sesión
Ordinaria los siguientes Dictámenes: 144, 146, 148, 162, 158, 152, 161, 160,
110, 157, 111, 153, 151, 159, 134, 137 y 141. Asimismo, solicita la dispensa de
la entrega de las 72 horas de los siguientes Dictámenes; 160, 161 y 162;
enseguida, solicita la dispensa de la lectura total de los Dictámenes para que
únicamente se lean proemio, considerandos y resolutivos. Acto continuo, el
Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración
de la Asamblea, la solicitud de la entrega de las 72 horas, resultando aprobada
en votación nominal por 16 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano
Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia
Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel Alberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama
Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro,
Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. A
continuación, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta
a consideración de la Asamblea la solicitud hecha por el Diputado Héctor Magaña
Mosqueda, para que únicamente se lean los proemios, considerandos y
resolutivos, resultando aprobada la solicitud en votación nominal por 15 votos
a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza
Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel
Alberto, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández
Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan
Manuel, Bahena Flores Alejandro, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda
Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Héctor Magaña
Mosqueda hace uso de la Tribuna para presentar el Dictamen número 144 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente
punto resolutivo: UNICO: Se aprueba la reforma a los artículos 64 y 130 de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California, para quedar como siguen:
ARTICULO 64.- Las Comisiones y Subcomisiones tomarán sus decisiones por mayoría
simple de sus miembros presentes. Sus Presidentes tendrán voto de calidad en
caso de empate. Cuando alguno de los miembros disienta de la resolución
adoptada firmará el dictamen y podrá expresar su voto particular por escrito
firmado y dirigido al Presidente de la Comisión o Subcomisión respectiva. ARTICULO 130.- Una vez firmados los dictámenes,
a favor o en contra, por mayoría simple de los miembros presentes de la
Comisión o Comisiones encargadas de una iniciativa o asunto, se remitirán a los
Diputados en los términos de la fracción VII del Artículo 11 de esta Ley y, se
imprimirán y adjuntarán los votos particulares si los hubiera para su
conocimiento. TRANSITORIOS: PRIMERO.-
La presente reforma entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en
el Periódico Oficial Organo del Gobierno del Estado. SEGUNDO.- Envíese al
Ejecutivo del Estado para su publicación.
DADO en “Bodegas L.A. CETTO” de la ciudad de Tijuana, Baja California a
los veintisiete días del mes de febrero del dos mil uno. Posteriormente, el
Diputado Jaime Jiménez Mercado solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente
a decretar un receso de un minuto siendo las doce horas con veinticinco
minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las doce horas con veintisiete
minutos y no existiendo oradores en contra respecto al Dictamen número 144 de
la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; el Diputado Presidente le
solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la Asamblea
resultando aprobado en votación nominal por 17 votos a favor de los siguientes
Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz
Raquel, Avitia Nalda Sergio, Ramos Rubio Manuel Alberto, Jiménez Mercado Jaime,
Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez
Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena
Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña
Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y una abstención del Diputado Zazueta
Villegas Ricardo, en donde uso de la voz para manifestar el sentido de su abstención. Posteriormente, el Diputado
Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo
particular respecto al Dictamen número 144 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Magaña
Mosqueda. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año
2001. Acto seguido, el Diputado Efrén
Macías Lezama, presenta el Dictamen número 146, de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo:
Unico.- Que el Honorable Congreso del Estado solicite al Titular del Ejecutivo
del Estado el destinamiento de la infraestructura penitenciaria ubicada en el
Kilometro 165 de la carretera Libre Tecate, Tijuana a un costado del Rancho Nazaret Baja California, para el
establecimiento de un centro educativo. DADO en “Bodegas L.A. CETTO” de la
ciudad de Tijuana, Baja California a los veintisiete días del mes de febrero
del dos mil uno. Acto seguido, intervienen respecto a este Dictamen los
Diputados: David Ruvalcaba Flores, Efrén Macías Lezama, Antonio Ricardo Cano
Jiménez y Alejandro Bahena Flores. Enseguida, el Diputado Antonio Ricardo Cano
Jiménez hace una moción en términos del Artículo 141 de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo, para solicitar moción suspensiva del referido Dictamen.
Procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de cinco minutos siendo
las doce horas con cincuenta minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las
trece horas, interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer mención
que en virtud de que el Dictamen 146 que presenta la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, hay un interés de parte de varios Diputados con enriquecerlo,
con ampliarlo y revisarlo más a fondo y poder invitar a demás comisiones como
la Comisión de Educación y Salud, solicita se suspenda el proceso legislativo
de este Dictamen. Enseguida, el Diputado Presidente, menciona que se turna de
nuevo a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en conjunto con
la Comisión de Educación y Salud. Acto continuo, el Diputado Héctor Magaña
Mosqueda, interviene en la Tribuna para hacer mención que el Dictamen número
148 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, fue presentado en
las mismas condiciones, solicita se retire en los mismos términos del Dictamen
arriba expuesto. El Diputado Presidente manifiesta que en el mismo sentido, se
retira el Dictamen para que se revise y se enriquezca de parte de los
ciudadanos Diputados. A continuación, el Diputado Jaime Jiménez Mercado
presenta el Dictamen número 162 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales; estableciendo el siguiente punto resolutivo: ÚNICO.- No se
Aprueba la Iniciativa de Reforma y Adición al Artículo 285 de la Ley de
Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California, toda vez
que la pretensión legislativa que persigue la presente iniciativa, se encuentra
satisfecha en la Ley de Instituciones y Procesos Electorales de Baja
California. Enseguida, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas, interviene desde
el curul respecto a este Dictamen para manifestar que en la copia del dictamen
que tiene en su poder nada más existen dos firmas; dando contestación el Diputado
Jaime Jiménez Mercado. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede abrir el debate, interviniendo en contra del
Dictamen el Diputado Jaime Jiménez Mercado; asimismo, el Diputado Héctor Magaña
Mosqueda solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un
receso de un minuto siendo las trece horas con quince minutos; una vez
reanudada la sesión y siendo las trece horas con veintisiete minutos, hace uso
de la voz el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer mención que en virtud
de que hay un interés por parte de los Diputados en el referido Dictamen,
solicita se retire y a su vez hace una invitación a los Diputados para que
asistan a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. El Diputado
Presidente procede a retirar el Dictamen número 162 de dicha Comisión. Acto
continuo, el Diputado Sergio Avitia Nalda, presenta el Dictamen número 158 de
la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el
siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se aprueba la INICIATIVA DE DECRETO QUE
REFORMA LA FRACCION XVII Y ADICIONA UNA FRACCION XVIII, AL ARTICULO 424 DEL
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO, para quedar como sigue:
ARTICULO 424.-
Se tramitarán…:
I a la XVI.- …
XVII.- Los
asuntos relativos a la patria potestad, a excepción del previsto en el Artículo
923 de este Código;
XVIII.- En
general, las cuestiones que por su naturaleza requieren celeridad o lo
determine la ley.
ARTICULO
TRANSITORIO: ARTICULO UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día
siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. DADO en la
Sala de Comisiones “Francisco Dueñas Montes”, de este Honorable Poder
Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a
los veintinueve días del mes de Marzo del Dos Mil Uno. Posteriormente, el Diputado Presidente
procede abrir el debate; interviniendo en contra del Dictamen referido el
Diputado Jaime Jiménez Mercado; asimismo, el Diputado Alejandro Bahena Flores
solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a decretar un receso de
cinco minutos siendo las trece horas con treinta y cinco minutos; una vez
reanudada la sesión y siendo las trece horas con cincuenta minutos, hace uso de
la Tribuna el Diputado Héctor Magaña Mosqueda de nueva cuenta hace mención que
el Dictamen número 158, hay un gran interés de los ciudadanos Diputados de
participar en el, de aportarle, enriquecerlo, por eso esta Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales lo retira y suspende el proceso
legislativo, asimismo, invita a los ciudadanos Diputados que el próximo martes
se verán estos temas en dicha Comisión. Acto seguido, la Diputada Raquel
Casillas Muñoz, presenta el Dictamen número 161 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: úNICO.- No se aprueba la iniciativa de
Acuerdo económico que pretende que el CONGRESO DEL ESTADO, APRUEBE DISPONER QUE
A TODOS LOS SERVIDORES PúBLICOS
INTEGRANTES DE LOS PODERES PÚBLICOS, REPRESENTANTES POPULARES Y A TODOS LOS
SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDOS MEDIOS Y SUPERIORES DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES QUE RECIBEN U OPERAN FINANCIAMIENTO PÚBLICO EN BAJA CALIFORNIA, SE
LES REALICEN EXAMENES TOXICOLóGICOS. Dado en la Sala de Comisiones “Dr. Francisco
Dueñas Montes”, de este Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali,
Baja California a los catorce días del
mes de Marzo del dos mil uno. Enseguida, y no existiendo oradores en contra del
Dictamen referido, el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo
someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal
por 17 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Avitia Nalda Sergio, Jiménez
Mercado Jaime, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora
Sergio, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan
Manuel, Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y un
voto en contra del Diputado Zazueta Villegas Ricardo. Posteriormente, el
Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y
en lo particular del Dictamen número 161 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales en los términos que fue leído por la Diputada Raquel Casillas
Muñoz. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable
Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Se continúa,
con el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, para presentar el Dictamen número 160,
en donde establece los siguientes puntos resolutivos: PRIMERO.- Se declara
improcedente el Juicio Político en contra del Gobernador del Estado C. LIC
ALEJANDRO GONZALEZ ALCOCER, en virtud de que dicho funcionario no es sujeto a
tal procedimiento en los términos del Título Octavo de la Constitución Política
del Estado del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California,
específicamente en su Artículo 93. SEGUNDO.- Resulta improcedente el Juicio Político
en contra del C.P. JOSE GUADALUPE ZAMORANO RAMIREZ, en razón de que como
Director de Control y Evaluación Gubernamental, no es sujeto a tal
procedimiento en los términos del Título Octavo de la Constitución Política del
Estado de Baja California, específicamente en su Artículo 93, además de que los
actos o conductas que se le imputan no se consideran dentro de los supuestos
que afecten intereses públicos fundamentales y de su buen despacho. TERCERO.-
En los mismos términos se considera improcedente llevar a cabo Juicio Político
en contra del C. LIC. JUAN MANUEL SALAZAR PIMENTEL Procurador General de
Justicia del Estado, dado que la conducta que se le atribuye no se encuentra
contemplada en el Artículo 7º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Baja California, como de las que afectan intereses
públicos fundamentales o de su buen despacho. DADO, en la sala de Comisiones
“Dr. Francisco Dueñas Montes” de este Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad
de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a los tres días del mes de
Abril del Dos Mil Uno. Acto seguido, y
no existiendo discusión al respecto del Dictamen, el Diputado Presidente le
solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea,
resultando aprobado en votación nominal por 12 votos a favor de los siguientes
Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Bastida Hernández
Sócrates, Gómez Mora Sergio, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan
Manuel, Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto y 6
votos en contra de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Esparza Herrera Héctor, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Ruvalcaba
Flores David, Gutiérrez Piceno David. Acto continuo, el Diputado Presidente
procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular
del Dictamen número 160 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales
en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Magaña Mosqueda. Dado en
el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo
a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, el Diputado
Alejandro Pedrín Márquez, presenta el Dictamen número 110 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto
resolutivo: UNICO.- Se aprueban las reformas a las fracciones XII, XIII, XVIII
y XIX del Artículo 17, así como el Capítulo XV, artículo 34, ambos preceptos de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California,
para quedar como sigue:
“ARTICULO 17.-
Para el estudio ....
Además de la
Secretaría General de Gobierno .......
I a la XI.-
.....
XII.-
Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
XIII.-
Dirección de Tránsito y Transportes;
XIV a la XVII
.- ………..
XVIII.-
Dirección de Control y Evaluación Gubernamental, y
XIX.- Comisión
Agraria Mixta.”
“CAPITULO XV.
DE LA COMPETENCIA DE LA SECRETARIA DEL
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
ARTICULO 34.-
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es el órgano encargado de ejercer
las atribuciones que en materia de Trabajo corresponden al Ejecutivo del
Estado, teniendo como facultades para la atención y trámite de los asuntos
laborales de índole local las siguientes: I.- Conducir la política laboral del
Estado, vigilando la observancia y aplicación de las disposiciones contenidas
en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
así como las aplicables en el ámbito local de la Ley Federal del Trabajo y sus
reglamentos; II.- Promover y procurar el equilibrio de los factores de la
producción, teniendo como eje rector el impulso de una cultura laboral basada
en el diálogo y la concertación; III.- Formular y ejecutar el Plan Estatal de
Empleo; IV.- Organizar y operar el Servicio Estatal de Empleo, previo
diagnóstico de la oferta y demanda de trabajo de la entidad; V.- Definir los
programas y normas que determinen la estrategia para la capacitación y adiestramiento
y la seguridad e higiene en el trabajo, en coordinación con la autoridad
federal del trabajo y con la participación de los sectores empresarial, de los
trabajadores, académicos y profesionales de la sociedad que inciden en este
ámbito; VI.- Promover programas de capacitación, calidad, seguridad e higiene
para los trabajadores mediante Consejos Consultivos de Capacitación y
Adiestramiento y de Seguridad e Higiene, los cuales se integrarán de
conformidad con las bases que el Titular de la Secretaría dicte mediante la
promoción de la participación ciudadana y en coordinación con la autoridad
federal del trabajo; VII.- Vigilar mediante visitas e inspecciones, que los
centros de trabajo cumplan con las disposiciones legales en materia laboral,
realizar las recomendaciones necesarias cuando así lo ameriten e imponer las
sanciones administrativas procedentes; VIII.- Ejecutar los convenios y acuerdos
que en materia de Trabajo firme el Ejecutivo Estatal con la Federación,
coadyuvando con la Dependencia Federal correspondiente en la formulación y
promulgación de Contratos-Ley, tratándose de empresas de jurisdicción local;
IX.- Integrar el Registro Público de Contratos Colectivos, Asociaciones
Obreras, Gremiales y Patronales; X.- Dirigir y coordinar la Procuraduría para
la Defensa del Trabajo; XI.- Promover programas en materia de Previsión Social,
así como organizar y patrocinar conferencias, exposiciones, reuniones, cursos y
demás actividades tendientes a elevar el nivel de vida de los trabajadores y
sus familias; XII.- Estudiar y proponer al seno del Comité de Planeación para
el Desarrollo del Estado, una política laboral con visión de Estado, impulsando
líneas estratégicas y de acción tendientes a la mejoría de la productividad, la
ocupación y el empleo, la capacitación y adiestramiento, la salud e higiene, y
todas aquellas medidas institucionales que tengan como objetivo el
fortalecimiento de la planta productiva del estado y la mejoría de quienes
laboran en ella; XIII.- Intervenir en la conciliación de los intereses de las
partes en conflicto, cuando estas los soliciten o cuando lo amerite, a juicio
del titular del Ejecutivo; XIV.- Auxiliar en sus funciones a la Comisión
Regional de los Salarios Mínimos; XV.- Coordinar la integración y
establecimiento de las Juntas de Conciliación y/o Arbitraje y el Tribunal de
Arbitraje, así como vigilar su funcionamiento; XVI.- Las demás que determinen
expresamente las Leyes y Reglamentos. TRANSITORIOS: PRIMERO.- Las presentes
reformas entrarán en vigor el día primero de Enero del año 2002. SEGUNDO.- Por
acuerdo del titular del Ejecutivo del Estado se nombrará al Secretario del
Trabajo y Previsión Social. TERCERO.- Los derechos laborales de los servidores
públicos y empleados de la actual Dirección del Trabajo y Previsión Social serán
plenamente respetados, adecuando los puestos y nombramientos a las necesidades
de la nueva Secretaría del Trabajo y Previsión Social de conformidad con los reglamentos internos, manuales
operativos y convenios laborales celebrados con la organización sindical que,
para los objetivos de la nueva estructura administrativa se requieran de
acuerdo a esta reforma. CUARTO.- Los recursos financieros, materiales y humanos
así como los archivos y asuntos en trámite de la Dirección del Trabajo y
Previsión Social serán transferidos a la Secretaría del trabajo y Previsión
Social observando los trámites administrativos y jurídicos que para el efecto
disponga la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado.
QUINTO.- Cuando las leyes y reglamentos se refieran a la Dirección del Trabajo
y Previsión Social, se entenderá que se alude a la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social. SEXTO.- El Titular de la Secretaría del Trabajo, en atención
a las facultades que le confiere el presente Decreto, presentará al Ejecutivo
del Estado con copia al Poder Legislativo y en un lapso de sesenta días
naturales, el Plan Estratégico para el Desarrollo del Empleo de Baja
California. SEPTIMO.- En un lapso de sesenta días naturales, a partir de la
vigencia de este Decreto, deberán modificarse o expedirse los reglamentos
correspondientes para dar operatividad a los órganos de la Secretaría del
Trabajo.” OCTAVO.- Durante el presente ejercicio fiscal la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, funcionará con la misma estructura con la que ha
venido funcionando la Dirección del Trabajo y Previsión Social, hasta en tanto
no se hagan las adecuaciones presupuestales correspondientes. DADO en la Sala
de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes”, de este Honorable Poder
Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja California, a
los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil. Enseguida, intervienen
respecto al Dictamen en referencia, los Diputados David Ruvalcaba Flores y
Héctor Magaña Mosqueda. Posteriormente,
y no existiendo oradores en contra del Dictamen referido, el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 18 votos a favor de los
siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Zazueta
Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama
Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gómez Mora Sergio,
Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel,
Delfín Castro Miguel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango
Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto.
Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de
aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 110 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído
por el Diputado Alejandro Pedrín
Márquez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder
Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto seguido, el
Diputado José Félix Arango Pérez, presenta el Dictamen número 157 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente
punto resolutivo: Unico- Esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales
no aprobó para hacerla suya con el carácter de Iniciativa de Decreto las
propuestas de reformas a los Artículos 2191, 2194 y 2878 del Código Civil para
el Estado de Baja California, contenidas en la ponencia presentada por el
Colegio de Corredores Públicos de la Plaza del Estado de Baja California, A.
C., en virtud que la Ley Federal de Correduría Pública no otorga en favor de
los Corredores Públicos la facultad de actuar como Fedatarios Públicos en la
enajenación de bienes, inmuebles. Dado en la Sala de Comisiones del H. Poder
Legislativo Doctor Francisco Dueñas Montes, en la ciudad de Mexicali, Capital
del Estado de Baja California, a veintinueve de marzo del 2001. Enseguida, el Diputado Jaime Jiménez
Mercado, solicita a la Asamblea un receso siendo las catorce horas con cuarenta
y cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las catorce horas con
cincuenta minutos interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda hace mención
que el Diputado Jaime Jiménez Mercado pide una participación más en la Comisión
sobre este dictamen para analizar unos puntos de vista que él tiene, por lo que
esta Comisión ha decidido aceptar la petición del Diputado Jaime Jiménez
Mercado, y se retira para ser votado en la próxima sesión del Pleno. Acto
continuo, el Diputado Presidente procede a decretar un receso de una hora
siendo las catorce horas con cincuenta y cinco minutos; una vez reanudada la
sesión y siendo las dieciséis horas con dieciocho minutos el Diputado Presidente
le solicita al Diputado Secretario verifique el quórum pasando lista de asistencia: Arango Pérez José Félix, Bahena
Flores Alejandro, Jiménez Mercado Jaime, Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz
Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Pedrín Márquez Alejandro, Zazueta Villegas
Ricardo; asimismo, el Diputado Secretario hace mención que nada más se
encuentran ocho Diputados presentes, por lo cual no existe el quórum para
continuar con la sesión ordinaria; enseguida, el Diputado Presidente de nueva
cuenta procede a decretar un receso de diez minutos siendo las dieciséis horas
con veinte minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las dieciséis horas
con veintiocho minutos le solicita al Diputado Secretario vuelva a pasar lista de asistencia
contestando de presentes los siguientes Diputados: Arango Pérez José Félix,
Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Bastida
Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel,
Esparza Herrera Héctor, Flores Muñoz Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Jiménez
Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez
Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro y Zazueta Villegas Ricardo. Una vez
verificado el quórum, el Diputado Presidente le da el uso de la voz al Diputado
Héctor Esparza Herrera para presentar el Dictamen número 111 de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales; en donde establece los siguientes puntos resolutivos: PRIMERO.- Que la responsabilidad política
para ciertas categorías de Servidores Públicos de alto rango, por la Comisión
de actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos
fundamentales o de su buen despacho a que alude el Título Octavo de la
Constitución Política del Estado Libre
y Soberano del Estado de Baja California en su Artículo 93, no sujeta al
Gobernador del Estado a Juicio Político por lo que se declara improcedente su
substanciación. SEGUNDO.- Se declara improcedente llevar a cabo un Juicio
Político por las causas previstas en el Artículo 7º de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Baja California en
contra del Ciudadano LIC. JUAN MANUEL
SALAZAR PIMENTEL, en virtud de que su conducta no afecta intereses públicos
fundamentales o de su buen despacho.
DADO, en la sala de Comisiones “Dr. Francisco Dueñas Montes” de este
Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Capital del Estado de
Baja California, a los tres días del mes de Abril del Dos Mil Uno. Acto continuo, y no existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia, el Diputado Presidente le
solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea,
resultando aprobado en votación nominal por 11 votos a favor de los siguientes
Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama
Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez
Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez
José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto, 3 votos en contra de
los siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor, Ruvalcaba Flores David,
Gutiérrez Piceno David y 2 abstenciones de los Diputados: Cano Jiménez Antonio
Ricardo y Jiménez Mercado Jaime; en donde hacen uso de la Tribuna para
manifestar el sentido de la misma. Posteriormente, el Diputado Presidente
procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular
del Dictamen número 111 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales
en los términos que fue leído por el
Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic.
Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes
de abril del año 2001. Acto seguido, el Diputado Héctor Magaña Mosqueda, hace
uso de la Tribuna para hacer mención que el Dictamen número 153 de la Comisión
de Legislación y Puntos Constitucionales, es un dictamen que se vio en el
último Período Extraordinario y es referente a que el Congreso del Estado
nombre Magistrados con plenitud y soberanía y que no estén obligados a fundar o
motivar sus actos, comentar que aún no se está terminando ese dictamen;
asimismo solicita retirarlo para poderlo presentar en la próxima sesión
Ordinaria.
A continuación,
el Diputado Efrén Macías Lezama presenta el Dictamen número 151 de la Comisión
de Legislación y Puntos Constitucionales; estableciendo el siguiente punto
resolutivo: UNICO.- Se Aprueba la INICIATIVA DE LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE LA
JUVENTUD DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue: LEY QUE CREA EL INSTITUTO
DE LA JUVENTUD DE BAJA CALIFORNIA. CAPITULO I, DISPOSICIONES GENERALES.
ARTICULO 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés
social en el Estado de Baja California y tienen por objeto, promover la
superación física, intelectual, cultural, profesional y económica de la juventud.
ARTICULO 2.- Cuando en esta Ley se haga referencia a la juventud y a los
jóvenes, se entenderá por éstos a los grupos de población de entre los doce y
veintinueve años de edad. ARTICULO 3.- Para los efectos de esta Ley, se
entenderá por: I.- Instituto: El Instituto de la Juventud de Baja California o
(INJUVEN). II.- Junta: La Junta de Gobierno del Instituto de la Juventud de
Baja California. III.- Director: El Director General del Instituto de la
Juventud de Baja California.
CAPITULO II DE
LA NATURALEZA Y OBJETO DEL INSTITUTO.
ARTICULO 4.- Se
crea el Instituto de la Juventud de Baja California (INJUVEN), como un
organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuyo propósito es asesorar y auxiliar al Ejecutivo del Estado en la
fijación, instrumentación, ejecución y evaluación de la política de la juventud
en la entidad. El Instituto tendrá su domicilio en la ciudad de Mexicali y
contará con las delegaciones que se consideren necesarias para la atención de
sus asuntos. ARTICULO 5.- El Instituto tendrá por objeto: I.- Promover la
congruencia de las políticas del orden federal, estatal y municipal,
relacionadas con la juventud; II.-
Promover y ejecutar la política de la juventud en el Estado;
III.- Fomentar
la participación del sector público, privado y social, para apoyar, encauzar,
motivar y promover a los jóvenes en actividades de educación académica,
capacitación laboral, rehabilitación de adicciones, educación sexual,
desenvolvimiento de sus aptitudes en las artes, la ciencia y el deporte. IV.-
Difundir los derechos esenciales de la juventud; y, V.- Coordinar los programas
especiales para la asistencia y protección de los jóvenes.
CAPITULO III,
DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO.
ARTICULO 6.- El
Instituto tendrá las siguientes atribuciones: I.- Ejecutar la política nacional
de la juventud, que permita incorporar plenamente a los jóvenes en el
desarrollo del Estado; adecuándola a las características y necesidades de la
región y de la entidad; II.- Asesorar al Ejecutivo del Estado en la planeación
y programación de las políticas y acciones relacionadas con el desarrollo de la
juventud, de acuerdo a los Planes Nacional, Estatal de Desarrollo y los
Programas Nacional y Estatal de la Juventud; III.- Actuar como órgano de consulta,
y asesoría de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Estatal, así como de las autoridades federales, municipales y de los sectores
social y privado cuando así lo requieran; IV.- Promover, coordinadamente con
las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, las acciones
destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas
sociales, culturales y de recreación; V.- Fungir como representante del
Ejecutivo del Estado en materia de la juventud, ante los órdenes de Gobierno
Federal y Municipal, organizaciones privadas, sociales y organismos
internacionales; así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones
en las que el Ejecutivo solicite su participación; VI.- Promover, coordinar y ejecutar
actividades diversas que propicien la superación física, intelectual, cultural,
profesional y económica de la juventud, a través de las siguientes acciones: a)
Fomentar la organización juvenil; b) Promover la participación de los jóvenes
en proyectos productivos y en obras de impacto comunitario; c) Fomentar
actividades de capacitación para el empleo dirigidas a la población juvenil; d)
Integrar a los jóvenes en actividades culturales, educativas y de recreación;
e) Prestar servicios de apoyo y asesoría jurídica para los jóvenes; f)
Gestionar asistencia médica, psicológica, o en su caso, la atención a los
jóvenes con problemas de adaptación social; y g) Desarrollar programas
específicos para jóvenes discapacitados o que pertenezcan a los grupos más vulnerables
de la sociedad en coordinación con los Ayuntamientos del Estado; VII.-
Concertar acuerdos y convenios de colaboración y coordinación con el Instituto
Mexicano de la Juventud, así como con las autoridades federales, estatales y
municipales, para promover, con la participación, en su caso, de los sectores
social y privado, las políticas, acciones, programas y proyectos tendientes al
desarrollo integral de la juventud, así como otorgar reconocimientos a los
jóvenes por sus méritos alcanzados; VIII.- Definir con base en los Planes
Nacional y Estatal de Desarrollo, el programa Estatal de Juventud y ejecutar
las acciones necesarias para su cumplimiento; IX.- Realizar, promover y
difundir estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles
que permitan definir políticas y acciones para la atención integral de los
jóvenes; X.- Recibir y canalizar propuestas y sugerencias e inquietudes de la
juventud a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan; XI.-
Auxiliar a las dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y a
los Gobiernos Municipales en la difusión y promoción de los servicios que
prestan a la juventud cuando así lo requieran; XII.- Promover con los
organismos municipales, el establecimiento de los órganos o unidades
administrativas para atender a la juventud; XIII.- Impulsar el mejoramiento de
instalaciones y servicios para la juventud, y en su caso, administrar su
operación;
XIV.- Formular
programas de carácter inter-institucional, de acuerdo con el Programa Estatal
de Juventud, que favorezca el desenvolvimiento y expresión de los jóvenes del
Estado, a través de las siguientes acciones y servicios: a) Planear el
desarrollo de actividades artísticas, culturales y la expresión creativa de los
jóvenes; b) Propiciar la mejor utilización del tiempo libre ampliando sus
espacios de encuentro y reconocimiento entre los distintos sectores sociales a
los que pertenezca, para favorecer la convivencia y el intercambio cultural; c)
Apoyar el desarrollo de actividades artísticas, culturales y la expresión
creativa de los jóvenes; d) Favorecer la capacitación de los jóvenes en sus
empleos e incentivar una actitud empresarial, así como ampliar la información
sobre el mercado de trabajo disponible; e) Desarrollar Programas para la
adecuada orientación vocacional y profesional; el cabal aprovechamiento del
servicio social y la diversificación de los servicios educativos; f) Fomentar
acciones institucionales de la sociedad organizada, encaminadas a garantizar la
seguridad y plena impartición de justicia laboral a la población juvenil; g)
Fomentar la atención a los problemas de salud de los jóvenes, principalmente
mediante medidas preventivas de orientación y asesoramiento en el campo de la
sexualidad, planificación familiar, adicciones y salud mental; h) Promover y
ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades
sobresalientes de los jóvenes de la Entidad en distintos ámbitos del acontecer
Estatal, Nacional e Internacional; i) Llevar a cabo programas de difusión de
sus actividades; y, j) Las demás que le otorgue la presente Ley, así como otros
ordenamientos legales o reglamentarios. CAPITULO IV, DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
DEL INSTITUTO
ARTICULO 7.- El
Gobierno, administración, operación y vigilancia del Instituto estará a cargo,
respectivamente, de: I.- La junta de Gobierno; II.- La Dirección General; y,
III.- El Comisario. ARTICULO 8.- La Junta será la autoridad administrativa
superior del instituto y se integrara por: I.- Un Presidente, quien será el
Gobernador del Estado; II.- Un Secretario, quien será el Director General del
Instituto; y, III.- Catorce vocales.
ARTICULO 9.- Los vocales a que se refiere la fracción III del artículo
anterior, serán: I.- Los Titulares de las siguientes dependencias del Poder
Ejecutivo: a) El Secretario de Gobierno; b) El Secretario de Desarrollo Social
del Estado; c) El Secretario de Desarrollo Económico; d) El Secretario de
Educación y Bienestar Social; y, e) El Director del Trabajo y Previsión Social.
II.- Un representante de los siguientes organismos públicos descentralizados:
a) Consejo Bajacaliforniano de Ciencia y Tecnología; b) Instituto de Cultura de
Baja California; c) Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado; y, d)
Instituto del Deporte de Baja California. III.- Un representante por cada
Municipio de la Entidad, electo de entre los organismos no gubernamentales
relacionados con la juventud, de acuerdo al procedimiento que determinen las
disposiciones reglamentarias que al efecto expida el Ejecutivo del Estado.
ARTICULO 10.- La Junta tendrá las siguientes atribuciones: I.- Otorgar a favor
del Director, la representación legal del Instituto con todas las facultades
que correspondan al mandato general para pleitos y cobranzas, actos de
administración y de dominio, así como las especiales que requieran cláusula
especial en los términos del Código Civil para el Estado de Baja California.
II.- Establecer en congruencia con los planes y programas nacionales y
estatales, las políticas generales en materia de juventud a seguir por el
organismo; III.- Aprobar los planes y programas de trabajo, así como el
proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos y sus modificaciones; los
proyectos de inversión y la correcta aplicación de los recursos asignados al
Instituto; IV.- Aprobar el informe anual sobre el estado que guarda la
administración del organismo y su situación patrimonial que presente el
Director; V.- Analizar, y en su caso, aprobar los informes trimestrales de
avances financieros que rinda el Director y evaluar el cumplimiento de los
programas técnicos aprobados; VI.- Conocer de los informes, dictámenes y
recomendaciones del Comisario, resolviendo lo conducente; VII.- Expedir el
Reglamento Interior y aprobar la organización administrativa del Instituto;
VIII.- Aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones y delegar en el
Director esta facultad hasta el monto o valores que se determinen en el
Reglamento Interior; IX.- Autorizar las delegaciones representativas del
Instituto en los distintos municipios del Estado; X.- Autorizar la celebración
de convenios de coordinación y colaboración con el sector público federal y con
los municipios, así como los sectores privados y sociales, para complementar
los fines del Instituto, así como delegar dicha facultad al Director del
Instituto en los términos y hasta por los montos que prevenga el Reglamento
Interior; y, XI.- Las demás que establezcan las disposiciones legales y
reglamentarias. ARTICULO 11.- Los cargos en la Junta serán honoríficos y por su
desempeño no se percibirá retribución, emolumento o compensación alguna.
ARTICULO 12.- La Junta celebrará sesiones ordinarias trimestralmente. También
podrá realizar sesiones extraordinarias, previa convocatoria del Presidente o
por dos de los integrantes de la Junta o del Director, cuando existan asuntos
que por su importancia lo ameriten. ARTICULO 13.- Para que las sesiones de la
Junta tengan validez, se requerirá la presencia de la mitad más uno de los
integrantes y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos. Por cada miembro de
la Junta habrá un suplente con facultades de voz y voto cuando asista a las
sesiones en ausencia de su titular. ARTICULO 14.- Los miembros de la Junta
tendrán derecho a voz y a voto. El Presidente de la Junta o, en su caso, su suplente
tendrá voto de calidad en caso de empate. ARTICULO 15.- El Director participará
en las sesiones de la Junta como Secretario Técnico y tendrá derecho al uso de
la voz, pero sin voto. En cada sesión se levantará acta la cual, previa
aprobación de la misma en la sesión siguiente, será firmada por quien la haya
presidido y por el Secretario Técnico. ARTICULO 16.- El Reglamento que al
efecto se expida, determinará los requisitos para emitir la convocatoria y los
demás términos y condiciones relativas a las sesiones de la Junta. ARTICULO
17.- El Presidente de la Junta podrá invitar a las sesiones que al efecto se
celebren, a representantes de instituciones públicas federales, estatales o
municipales que guarden relación con el objeto del Instituto. ARTICULO 18.- El
Instituto estará a cargo de un Director, quien será designado y removido
libremente por el Gobernador del Estado. ARTICULO 19.- Para ser Director se
requiere: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; II.-
Haber cumplido veintiún años;
III.- Tener
residencia mínima de cinco años en el Estado; IV.- Haber destacado por su labor
a favor de la juventud; o tener experiencia en actividades relacionadas con la
atención a la problemática de la juventud. ARTICULO 20.- El Director será el
responsable de la administración y funcionamiento del Instituto y tendrá las
siguientes atribuciones: I.- Representar legalmente al Instituto ante terceros
y suscribir convenios, contratos y otros actos jurídicos en los asuntos que se
deriven de las funciones y competencias del mismo; II.- Otorgar y revocar
poderes generales para pleitos y cobranzas, y especiales a favor de terceras
personas conforme a los lineamientos señalados por la Junta o el Reglamento
Interno; III.- Ejecutar los acuerdos y disposiciones de la Junta y participar
como Secretario Técnico en las sesiones que celebre; IV.- Designar y remover
libremente al resto de funcionarios administrativos, con los que el Instituto
tenga relación laboral efectuando los nombramientos y estableciendo las
relaciones laborales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes
aplicables en la materia y el Reglamento Interno; V.- Proponer a la Junta las
políticas generales del Instituto; VI.- Vigilar el cumplimiento del objeto del
Instituto; VII.- Presentar a la Junta, los planes de trabajo, propuestas de
presupuesto, informes de actividades y de estados financieros anuales del
organismo, acompañados por los informes respectivos que se le requieran; VIII.-
Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de
los recursos; IX.- Elaborar el proyecto de Reglamento Interior del Instituto,
las propuestas de modificación del referido ordenamiento y someterlo a la
consideración de la Junta; X.- Realizar las tareas editoriales y de difusión relacionadas
con el objeto del Instituto; XI.- Dirigir el funcionamiento del Instituto de
conformidad con las disposiciones normativas aplicables; y XII.- Las demás que
le asigne este ordenamiento, la Junta y otras disposiciones en la materia.
ARTICULO 21.- La vigilancia del Instituto estará a cargo de un Comisario cuyo
titular será designado y removido libremente por el Gobernador del Estado, a
propuesta del Director de Control y Evaluación Gubernamental del Estado.
ARTICULO 22.- El Comisario tendrá las siguientes atribuciones: I.- Vigilar que
la administración de los recursos y el funcionamiento del Instituto se hagan
conforme a la Ley; II.- Practicar la auditoría interna de los estados
financieros y las de carácter administrativo que se requieran; III.- Recomendar
a la Junta las medidas correctivas que sean convenientes para el mejoramiento
de la organización y funcionamiento administrativo del Instituto; IV.- Asistir
a las sesiones de las Juntas con derecho a voz exclusivamente; V.- Designar
cuando sea necesario auditores internos o externos para el auxilio de sus
funciones; VI.- Brindar el apoyo técnico que el Director requiera en
cumplimiento de la Ley para el Control y Vigilancia de los Organismos
Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos; y VII.- Las
demás que en materia de control y vigilancia le confiera el Reglamento Interno
del Instituto y las Leyes en la materia. CAPITULO V DEL PATRIMONIO DEL
INSTITUTO.
ARTICULO 23.-
El patrimonio del Instituto se integrará por: I.- Los bienes y derechos que
aporten los gobiernos federal, estatal o municipal; II.- Los subsidios que
otorgue el Gobierno del Estado; III.- Los bienes muebles e inmuebles que
adquiera con base a cualquier título legal; IV.- Las donaciones, legados,
subvenciones, herencias que le sean otorgados o aportados por instituciones o
personas físicas o morales; V.- Los ingresos que obtenga por servicios que
preste, los productos y rentas de sus bienes patrimoniales; VI.- Las
concesiones, permisos y autorizaciones que se le otorgue conforme a los fines
de esta Ley; y, VII.- Los que adquiera por otros conceptos. Dichos bienes y
derechos deberán tener como destino facilitar el cumplimiento de las
atribuciones del Instituto. CAPITULO VI DE LAS RELACIONES LABORALES. ARTICULO
24.- Las relaciones laborales, así como los conflictos que se susciten entre el
Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Servicio Civil de los
Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones
Descentralizadas del Estado de Baja California. ARTICULOS TRANSITORIOS:
ARTICULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Para el
Inicio de actividades del Instituto, la Junta deberá quedar integrada a más
tardar dentro de los treinta días siguientes a la publicación del Reglamento
Interior del Instituto, debiéndose nombrar al Director dentro de los veinte
días siguientes a la integración de la Junta. ARTICULO TERCERO.- El Ejecutivo
del Estado, sin detrimento de lo establecido en esta Ley, emitirá el Acuerdo
correspondiente a efecto de identificar el sector de la Administración Pública
en donde se agrupará el Instituto, de conformidad con los fines y objetivos
para los que fue creado. ARTICULO CUARTO.- Para efectos del Artículo
Transitorio anterior, se transferirán los recursos humanos, financieros y
materiales que se encuentran asignados al Area de Atención a la Juventud del
Instituto de la Juventud y del Deporte, mismos que se complementarán con la
asignación de los recursos federales provenientes de la firma del Convenio de
Colaboración Específico en Materia de Atención a la Juventud entre la
Federación y el Estado. ARTICULO QUINTO.- EL Reglamento Interior del Instituto
deberá expedirse dentro de los sesenta días siguientes del inicio de la
vigencia de la presente Ley. ARTICULO SEXTO.- El Instituto, asumirá las
relaciones laborales del personal que se le transfiera, como patrón sustituto,
respetando los derechos laborales que la Ley les confiere y hubiesen adquirido
en su actual situación, sobre todo en lo concerniente al salario y antigüedad.
ARTICULO SEPTIMO.- La transferencia de los expedientes, activos fijos y bienes
en general que le pudiesen corresponder, se hará según lo determine la Oficialía
Mayor de Gobierno. ARTICULO OCTAVO.- Se derogan todos los acuerdos y demás
disposiciones expedidas por el Ejecutivo del Estado que se opongan a la
presente Ley. DADO: En “Bodegas L.A. CETTO” en la ciudad de Tijuana, Baja
California, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil uno. Posteriormente, el Diputado
Ricardo Zazueta solicita un receso; procediendo el Diputado Presidente a
decretar un receso de cinco minutos siendo las diecisiete horas con quince
minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las diecisiete horas con veinte
minutos el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario verifique el
quórum; asimismo, interviene el Diputado Héctor Magaña Mosqueda para hacer
mención que hay una petición de varios Diputados para analizar y revisar más
este Dictamen; por tal razón solicita
se retire para la próxima sesión ordinaria. Enseguida, el Diputado Alejandro
Bahena Flores presenta el Dictamen número 159 de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto resolutivo: UNICO.- Se aprueba la INICIATIVA DE DECRETO QUE
REFORMA LOS ARTICULOS 1, 2, la denominación del Título segundo, los artículos
5, 7, 8 Fracción II, 11, 13 Fracción VII, VIII, IX y X, 14 Fracción V, 17, 19,
20, 21 Fracción I, IV y VII, 25, 26 Fracción III, 27, 30 Fracción II y V, 32
Fracción IV, 33 Fracción I, III y IV, 34 Fracción II y IV, 35 Fracción I, II y
V, VIII, XVII, XIX y XX, 43, 45 y 47 Fracción II de la LEY DE POBLACION DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, para quedar como sigue: TITULO PRIMERO,
DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO 1o.- Esta Ley es de orden Público, interés
social y observancia general en el Estado, su objetivo es regular los fenómenos
que afectan el volumen, la estructura, dinámica y distribución de la población;
con el fin, que esta se desarrolle económica, política y socialmente con
equidad y justicia. Por lo mismo, establece las atribuciones que en la materia
corresponden a cada dependencia del Gobierno, entidades del Estado y
Municipios, sin perjuicio de lo dispuesto por otras leyes y reglamentos. ARTICULO 2o.- Corresponde al Ejecutivo del
Estado establecer, promover, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la
política poblacional dentro de un proceso de desarrollo integral del individuo
y la sociedad. TITULO SEGUNDO, POLÍTICA DE POBLACIÓN Y DESARROLLO. ARTICULO
5o.- La Política Estatal de Población Consistirá en una serie de medidas
tendientes a mejorar la calidad de vida de los habitantes, buscando el
equilibrio en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución
geográfica en relación con el desarrollo, en plena concordancia con lo
dispuesto en el Artículo 7º de esta Ley. ARTICULO 7o.- Los principios en los
que se sustenten las políticas y los programas que se apliquen en materia de
población serán: I.- El respeto a los derechos humanos y a las garantías
individuales; II.- La promoción de las condiciones socio-económicas que
permitan el desarrollo a través de su incidencia en los ámbitos de educación,
salud, empleo, seguridad, vivienda, desarrollo urbano y rural entre otros;
III.- El impulso hacia un desarrollo sostenido y sustentable, entendido éste
como el proceso que implica llevar a cabo acciones que tiendan a satisfacer
necesidades básicas del ser humano en el presente sin comprometer a las futuras
generaciones; IV.- La preservación del equilibrio Ecológico y el respeto al
medio ambiente. V.- La promoción de los valores culturales de los habitantes
del Estado. ARTICULO 8o.- Para la formulación de la Política Estatal de
Población, el Ejecutivo del Estado tomará en cuenta, entre otros aspectos, los
siguientes:
I.-...........................................................;
II.- Las tendencias de los fenómenos poblacionales y
sus impactos presentes y futuros, en el desarrollo del Estado;
III.-....................................................…;
IV.-....................................................…;
ARTICULO 11.- El Ejecutivo del Estado puede suscribir
convenios de coordinación y colaboración con la Federación, otros Estados y los
Municipios, a fin de apoyar la Política Estatal de Población; con éste mismo
propósito, celebrará convenios de concertación con los sectores social y
privado, a efecto de que participen en la realización de acciones vinculadas
con los aspectos del desarrollo, que en cada caso se definan. TITULO TERCERO,
PLANEACION DEMOGRÁFICA.
ARTICULO 13.- La planeación demográfica para el
desarrollo, tendrá como objetivos
fundamentales los siguientes:
I.-
...........................................................
II.- ...........................................................
III.-...........................................................
IV.-............................................................
V.-..............................................................
VI.-.............................................................
VII.- Realizar estudios, análisis e investigaciones
diversas para ampliar el conocimiento demográfico, factor base de desarrollo,
con el objeto de integrar el sistema estatal de información sociodemográfico
sobre población de la entidad y sus municipios, para que la información
obtenida sirva de base a la actividad del sector público, social y privado del
Estado; VIII.- Impulsar y fortalecer con las instancias respectivas cuyas
acciones inciden con la política demográfica del Estado, una cultura de
identidad estatal para fortalecer en la responsabilidad personal y social el
mejoramiento de las condiciones de vida; IX.- Vincular los mecanismos de
participación de la comunidad que permitan fortalecer el tejido social base del
desarrollo; y X.- Los demás que sean necesarios para conseguir que la población
del Estado alcance mayores niveles de bienestar.
TITULO CUARTO DEL PROGRAMA
ARTICULO 14o.- Con el propósito de planear e integrar
las políticas, objetivos y acciones en la materia, el programa incluirá, entre
otros, los siguientes elementos:
I.-
...................................................................;
II.-
........................................................................;
III.- ............................................................................;
IV.-
............................................................................;
V.- Estrategias y acciones para la difusión,
información, educación y capacitación para el desarrollo en materia población,
tomando en cuenta las características económicas, culturales y sociales de las
diferentes regiones del Estado;
VI.-
............................................................................;
VII.- ............................................................................;
VIII.-
............................................................................
ARTICULO 17o.- En la formulación de sus respectivos
programas, las dependencias y entidades públicas estatales y municipales, tomarán
en cuenta las políticas y programas demográficos, que tiendan hacia el
desarrollo a fin de que los beneficios sociales y económicos que se pretendan
alcanzar contribuyan a elevar las condiciones de vida de la población. ARTICULO
19o.- El programa será obligatorio para las dependencias y entidades de la
Administración Pública Estatal y Municipal cuyas acciones tengan que ver con
políticas de población a efecto de que incida en los habitantes.
TITULO QUINTO DEL CONSEJO CAPITULO PRIMERO OBJETIVO,
ATRIBUCIONES Y PATRIMONIO DEL CONSEJO
ARTICULO 20o.- El Consejo tendrá como objetivo
general promover entre la población, la formación de una cultura demográfica,
acorde a las necesidades de los tiempos actuales, considerando su importancia y
trascendencia, a través de acciones informativas y educativas que coadyuven al
fortalecimiento del núcleo familiar y a los valores fundamentales del ser
humano. ARTICULO 21o.- El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: I.-
Mantener la coordinación permanente con el Consejo Nacional de Población, en
términos de los acuerdos de coordinación celebrados al efecto por el Ejecutivo
Estatal;
II.-
.......................................................................;
III.-
......................................................................;
IV.- Establecer con las instancias nacionales en
materia de población, las acciones necesarias para coordinar y evaluar la
aplicación de las políticas en materia de población en torno al desarrollo;
V.- .........................................................................;
VI.-
.........................................................................;
VII.- Apoyar acciones con el objeto de lograr
fomentar la paternidad responsable, la creación de una cultura demográfica, la
participación de la mujer en igualdad con el varón, el impulso de un proyecto
de vida para propiciar una mejor calidad de vida; así como de aquellos grupos
prioritarios que por su importancia demográfica requieran una atención
específica.
VIII.- .......................................................................;
IX.-
.........................................................................;
X.-
...........................................................................;
XI.- ...........................................................................;
XII.-
..........................................................................;
XIII.-
..........................................................................;
XIV.- ............................................................................
ARTICULO 25o.- Las dependencias y entidades del Poder
Ejecutivo, deberán coordinarse con el Consejo en lo concerniente a acciones
programáticas de población, colaborando con el mismo, para el cumplimiento de
sus objetivos.
ARTICULO 26o.- Los Órganos de Gobierno del Consejo
son:
I.- .........................................;y
II.- …………
III.- DEROGADO.
CAPITULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO 27o.- La Junta Directiva será la máxima
Autoridad del Consejo y se integrara con un Presidente, que será el Gobernador
Constitucional del Estado y con los vocales, que serán los titulares de: La
Secretaría de Gobierno; el Coordinador del Sistema Educativo Estatal; la
Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas; la Secretaría de
Planeación y Finanzas; la Secretaría de Desarrollo Económico; la Dirección de
Trabajo y Previsión Social; el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de
la Familia; el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los
Trabajadores del Estado y Municipios de Baja California, el instituto de
Servicios de Salud Pública del Estado y, los Presidentes de los Comités
Municipales de Población; cada vocal podrá designar un suplente, a quién
delegará sus funciones y atribuciones en materia de población.
ARTICULO 30o.- Corresponde a la Junta Directiva del
Consejo:
I.-
...........................................................;
II.- Aprobar el Presupuesto del Consejo y vigilar su
ejercicio;
III.-
...........................................................;
IV.-
...........................................................;
V.- Conocer los informes de avances del programa; así
como promover que la información sociodemográfica de estudios y análisis
generada por el Consejo, sirva de base para la planeación y programación de las
acciones de Gobierno dentro de las Dependencias del Sector Público;
VI.-
.........................................................................;
VII.-
.........................................................................;
VIII.- ........................................................................
ARTICULO 32o.- Son atribuciones de la Secretaría de
Gobierno en materia de Población, las siguientes:
I.-
.............................................................................;
II.-
.............................................................................;
III.-
............................................................................;
IV.- DEROGADA.
V.-
..............................................................................;
VI.-
..............................................................................;
VII.-
..............................................................................;
VIII.-
..............................................................................
ARTICULO 33o.- Son atribuciones del Organo
Coordinador del Sistema Educativo Estatal en materia de Población las
siguientes: I.- Promover y aplicar estrategias educativas que propicien la
modificación de conceptos, actitudes, conductas y patrones culturales de la
población respecto a un proyecto de vida familiar, en el cual se haga
conciencia sobre la problemática de población enfocada al desarrollo;
II.-
..............................................................................;
III.- Elaborar material de apoyo educativo que
propicie y fortalezca el conocimiento de que toda sociedad que busque el
desarrollo debe impulsar su participación responsable para lograr conductas y
actitudes creativas, informadas y con iniciativa de acción; IV.- Actualizar y
capacitar al personal a su cargo, así como orientar a los padres de familia en
materia de educación en población cuyos esfuerzos concurran a lograr una
verdadera comunidad que ordenadamente busque su superación;
V.- .............................................................................
ARTICULO 34o.- Son atribuciones de la Secretaría de
Asentamientos Humanos y Obras Públicas en materia de población, las siguientes:
I.-...........…...................................................................;
II.- Solicitar la orientación del Consejo en la
realización de las investigaciones o estudios sociodemográficos que requiera la
dependencia;
III.-…............................................................................;
y
IV.- Convenir con los organismos y dependencias
afines, los mecanismos de participación en acciones referidas a las tareas de
población.
ARTICULO 35o.- Son atribuciones de la Secretaría de
Planeación y Finanzas en materia de Población las siguientes:
I.- DEROGADA.
II.- Participar y apoyar las campañas de difusión del
Consejo, utilizando oportunamente los canales de comunicación y distribución de
que dispone;
III.- Apoyar y fomentar las acciones de población a
través de los Subcomités a que se refiere la fracción II del artículo 47 de
esta Ley.
ARTICULO 37o.- DEROGADA.
ARTICULO 38o.- Son atribuciones de la Dirección de
Trabajo y Previsión Social en materia de Población las siguientes:
I.-
.................................................................
II.- .................................................................
ARTICULO 39o.- Son atribuciones del Sistema Estatal
para el Desarrollo Integral de la Familia en materia de población, las
siguientes:
I.-
...................................................................;
II.- ...................................................................;
III.-
.................................................................;
IV.-
.................................................................;
V.- Reforzar sus objetivos institucionales en lo
referente a su población meta para impulsar una cultura de participación
social, vinculando los mecanismos que permitan fortalecer el tejido social e
impulsar el desarrollo.
ARTICULO 40o.- Son atribuciones del Organo
Coordinador del Sistema Estatal de Salud en Materia de Población las
siguientes:
I.- Realizar acciones de salud con el propósito de
impulsar y promover la maternidad y paternidad responsable; II.- Realizar
cursos de capacitación al personal a su cargo y elaborar material de apoyo,
sobre temas de salud que impulsen la paternidad responsable;
III.-
.......................................................................;
IV.- Fortalecer los objetivos institucionales del
organismo en lo referente a los derechohabientes y población abierta para impulsar
una auténtica cultura de salud que propicie el desarrollo. ARTICULO 41o.- Con
el propósito de que en la Planeación Demográfica Estatal para el logro de un
desarrollo participen los diferentes sectores e instituciones del Estado, el
Consejo podrá invitar a sus sesiones a representantes de los sectores social y
privado, así como a las demás instituciones académicas y de investigación
superior que tengan a su cargo programas en materia de población de cobertura
nacional, regional, estatal o municipal, con el fin de: I.- Concretar acuerdos
para realizar proyectos de investigación en materia de Población;
II.-........................................................................;
III.-.......................................................................;
y
IV.- Integrar de acuerdo a la naturaleza de las
acciones programáticas, grupos interinstitucionales con el fin de aglutinar,
coordinar e impulsar acciones de población hacia el desarrollo.
CAPITULO TERCERO DE LA SECRETARIA TECNICA
ARTICULO 42o.- ................................................................................;
I.-
.........................................................................................................;
II.-
........................................................................................................;
III.-.........................................................................................................;
IV.- Formular el Calendario Oficial del Consejo y
autorizar en casos extraordinarios, la suspensión de labores, previo acuerdo
con el Secretario General de Gobierno; V.- Conceder licencias y permisos al
personal en los términos de las leyes correspondientes;
VI.-........................................................................................................;
VII.-.......................................................................................................;
VIII.- Establecer mecanismos de Coordinación con el
Consejo Nacional de Población, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos
del Programa Nacional de Población, así como para el establecimiento de canales
de coordinación con los organismos e instancias nacionales en la materia;
IX.-
....................................................................................................;
X.-.......................................................................................................;
XI.-.......................................................................................................;
XII.-......................................................................................................;
XIII.-.....................................................................................................;
XIV.-.....................................................................................................;
XV.-......................................................................................................;
XVI.-......................................................................................................;
XVII.- Proponer y promover la concertación de
acciones conjuntas entre los sectores público, social y privado, a fin de
coadyuvar al mejoramiento de las condiciones de bienestar de los habitantes del
Estado y en especial de aquellos grupos que en el campo o la ciudad se
encuentren marginados de los beneficios del desarrollo;
XVIII.-......................................................................................................;
XIX.- Impulsar y llevar a cabo las actividades
relacionadas con la política de población para estimular la participación de
los agentes activos de población, en la planeación, ejecución y evaluación de
las acciones de Gobierno en la materia, como condición indispensable para
garantizar la acción rectora en materia de población; y XX.- En general,
desempeñar las demás funciones que éste ordenamiento señala, las que el
reglamento de ésta Ley indique, las del reglamento interior del consejo o
aquellas que por disposiciones o acuerdos de la Junta Directiva o del
Presidente del Consejo, le determinen.
CAPITULO CUARTO DE LOS COMITES MUNICIPALES DE
POBLACION
ARTICULO 43o.- Con el fin de coadyuvar al bienestar
de la población, las líneas generales de acción en materia de población,
deberán tomar en cuenta la planeación demográfica del Estado y a la
descentralización de la política de población para lograr la integración de las
políticas locales que sobre la materia se dicten, al efecto en cada uno de los
municipios del Estado se integrará un Comité Municipal de Población. Dichos comités
tendrán a su cargo la responsabilidad, en el ámbito de sus respectivas
competencias, de que los programas, objetivos y acciones que sobre población,
se coordinen interinstitucionalmente con las dependencias y organismos afines a
dicha materia. ARTICULO 45o.- Los Presidentes de los Comités Municipales de
Población deberán suscribir acuerdos de coordinación y apoyo con el Consejo, a
fin de que las tareas, programas y acciones que sobre la política población se
lleven a cabo en el ámbito municipal, sean atendidas con mayor eficacia a
través de los citados Comités Municipales.
ARTICULO 47o.-
...................................................................
I.-............................................................................................;
II.- Conocer, analizar, implementar o integrar
estudios sociodemográficos municipales, que permitan emplear los conocimientos
en los principales problemas que afectan a la población, y proponer soluciones
que puedan incorporarse en los planes municipales de desarrollo; dichos
estudios procurarán ajustarse a los lineamentos establecidos por el Subcomité
Especial Técnico Regional de Estadística e Información Geográfica y el
Subcomité Especial de Población ambos del Comité de Planeación para el
Desarrollo del Estado de Baja California;
III.-.............................................................................................;
IV.-.............................................................................................;
y
V.-.............................................................................................
Artículo Transitorio:
Artículo Unico.- El presente Decreto entrará en vigor
el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial Organo del
Gobierno del Estado. DADO en la
Sala de Comisiones
“Dr. Francisco Dueñas Montes” de
este H. Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, Capital del Estado de Baja
California a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil uno. Acto
seguido, el Diputado Presidente procede abrir el debate; asimismo, interviene
el Diputado Jaime Jiménez Mercado en contra del dictamen de referencia. A
continuación, y no existiendo más discusión al respecto de este Dictamen, el
Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración
de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 11 votos a favor de
los siguientes Diputados: Casillas Muñoz Raquel, Macías Lezama Efrén, Bastida
Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina
Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango
Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor, Flores Muñoz Gilberto, cuatro votos
en contra de los siguientes Diputados: Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda
Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Gutiérrez Piceno David y 2 abstenciones de los
Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo y Ruvalcaba Flores David. Enseguida, el
Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, hace uso de la voz para manifestar el
sentido de su abstención; asimismo y en los mismos términos se manifiesta el
Diputado David Ruvalcaba Flores desde su curul. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 159 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído por el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el
Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a
los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto seguido, el Diputado Juan
Manuel Molina Rodríguez, presenta el Dictamen número 134 de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales; en donde establece el siguiente punto
resolutivo: Unico.- No se aprueba la remisión de la presente Iniciativa de
Reforma al Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos al Congreso de la Unión. Dado en el Salón Jardín del Hotel Rosarito
Beach, de la ciudad de Rosarito, Baja California a los seis días del mes de
febrero del año 2001. Acto seguido, y al
no existir oradores en contra, el Diputado Presidente le solicita al Diputado
Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en
votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez
Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama
Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Gutiérrez Piceno
David, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores
Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor,
Flores Muñoz Gilberto y una abstención del Diputado Jiménez Mercado Jaime, en
donde hace uso de la voz para manifestar el sentido de su abstención.
Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de
aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número 134 de la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales en los términos que fue leído
por el Diputado Juan Manuel Molina
Rodríguez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable
Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el
Diputado Héctor Magaña Mosqueda hace uso de la Tribuna para manifestar que esta
Comisión solicita se retiren los Dictámenes números 137 y 141, en virtud de que
hay petición de varios Diputados con el propósito de revisar y analizar más
estos Dictámenes. El Diputado Presidente procede a retirar estos Dictámenes. Se
procede con los Dictámenes de la Comisión de Hacienda y Administración; en
donde el Diputado Presidente le da el uso de la voz al Diputado Sócrates
Bastida Hernández, en su calidad de Presidente de la Comisión de Hacienda y
Administración; para presentar al Pleno de este Congreso los siguientes
Dictámenes: 489, 491, 492, 493, 495, 496, 497, 498, 499, 500, 504 y 505;
asimismo, solicita se dispense el trámite que se refiere al Artículo 130 de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo, relativo a la entrega de los Dictámenes a
los Diputados tres días antes de su discusión, con el fin de que se presente
los siguientes Dictámenes: 500, 504 y 505. Posteriormente, solicita sea
dispensada la lectura total de los dictámenes, para que únicamente se lean los
proemios y resolutivos. A continuación, y no existiendo oradores en contra
respecto a la dispensa de trámite de entrega con 72 horas de los dictámenes
500, 504 y 505; resultando aprobada en votación nominal por 15 votos a favor de
los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas Muñoz Raquel,
Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Jiménez Merado Jaime, Macías
Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín
Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar
Chipres Héctor, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz
Gilberto. Acto seguido, el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración de la
Asamblea la solicitud referente a que solamente se lean los proemios y
resolutivos, resultando aprobada en votación económica por unanimidad de los
Diputados presentes. El Diputado Presidente procede aprobar dichas solicitudes
presentadas por el Diputado Sócrates Bastida Hernández. A continuación, el
Diputado Sócrates Bastida Hernández, presenta el Dictamen número 489 de la
Comisión de Hacienda y Administración, estableciendo los siguientes puntos
resolutivos: PRIMERO.- Es de aprobarse y se aprueba la transferencia de
partidas del Presupuesto de Egresos del Poder Judicial del Estado para el
ejercicio fiscal del año 2000, por la cantidad de $730,054 (SETECIENTOS TREINTA
MIL CINCUENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N), que modifica las siguientes partidas
presupuestales:
|
PARTIDA
|
|
AUMENTO
|
DISMINUCION
|
|
|
|
|
|
|
111
|
Sueldos Tabulares al Personal
de Base
|
$ 118,000
|
$
|
|
114
|
Gratificación de Fin de Año al
personal de Base
|
53,000
|
|
|
115
|
Prima Vacacional al Personal
de Base
|
10,000
|
|
|
116
|
Sueldos Complementarios al
Personal de Base por Concepto de Antigüedad
|
6,000
|
|
|
117
|
Reserva para Ajustes al
Personal de Base
|
|
396,115
|
|
118
|
Reserva para Movimientos al
Personal de Base
|
|
124,885
|
|
119
|
Prestaciones Sociales al
Personal de Base
|
120,000
|
|
|
122
|
Erogaciones Adicionales al
Personal de Confianza
|
290,000
|
|
|
146
|
Honorarios por Cursos de
Capacitación y Desarrollo
|
|
100,000
|
|
174
|
Servicios Médicos
Asistenciales
|
10,700
|
|
|
199
|
Servicios de Vigilancia
|
13,300
|
|
|
211
|
Viáticos
|
|
56,000
|
|
223
|
Servicio Postal y Telegráfico
|
30,000
|
|
|
249
|
Mantenimiento de Otros Equipos
|
6,000
|
|
|
235
|
Trabajos de Imprenta
|
20,000
|
|
|
421
|
Equipo de Oficina
|
43,054
|
|
|
435
|
Equipo de Aire Acondicionado
|
|
53,054
|
|
463
|
Equipo para Seguridad
|
10,000
|
________
|
|
|
|
$ 730,054
|
$ 730,054
|
SEGUNDO.- Con
motivo de que se incumplió lo dispuesto en los Artículos 41 y 43 Fracción II de
la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,
debido a que se ejercieron recursos con cargo a diversas partidas, sin que se
tuviera la disponibilidad presupuestal correspondiente, túrnese a la
Contraloría del Poder Judicial, para que se delimiten y apliquen las
responsabilidades administrativas que en su caso correspondan, y se informe en
un plazo que no exceda de 60 días al Congreso del Estado sobre las medidas
aplicadas, para los efectos conducentes. Posteriormente, y no existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le
solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea,
resultando aprobado en votación nominal con 13 votos a favor de los siguientes
Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Jiménez Mercado Jaime, Macías
Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín
Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro,
Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 489 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos
que fue leído por el Diputado Sócrates
Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Se
continúa, con el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, para presentar el
Dictamen número 491 de la Comisión de Hacienda y Administración; estableciendo
los siguientes puntos resolutivos: UNICO: Es
de aprobarse y se aprueba la transferencia al Presupuesto de Egresos del Estado
de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001 por la cantidad de
$1´106,686 (Un millón ciento seis mil seiscientos ochenta y seis pesos 00/100
M.N.), que modifica el presupuesto asignado al ramo 21 de la Secretaría
Jurídica y Prevención Social en las partidas presupuestales siguientes:
|
Partida
|
|
Ampliación
|
Reducción
|
|
20101
|
Materiales y Utiles de Oficina
|
$
|
$214,900
|
|
20102
|
Materiales de Limpieza
|
|
5,000
|
|
20105
|
Materiales y Utiles para el Procesamiento en Equipo y Bienes
Informáticos
|
209,900
|
|
|
20301
|
Materiales de Construcción
|
|
130,000
|
|
20302
|
Material Eléctrico
|
|
60,000
|
|
20310
|
Materiales para mantenimiento del Equipo de Transporte
|
180,000
|
|
|
20802
|
Artículos de Cafetería
|
20,000
|
|
|
30201
|
Arrendamiento de Edificios y Locales
|
97,388
|
|
|
30205
|
Arrendamientos de Vehículos
|
|
97,388
|
|
30541
|
Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de Servicio de Limpieza, Higiene
y Fumigación de Edificios y Locales para oficina
|
|
479,398
|
|
30542
|
Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación de Edificios y Locales para
Seguridad Pública
|
479,398
|
|
|
30701
|
Pasajes
|
|
43,000
|
|
30702
|
Viáticos
|
|
77,000
|
|
30704
|
Peajes
|
120,000
|
|
|
|
|
$1´106,686
|
$1´106,686
|
Posteriormente,
y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor, de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio
Ricardo, Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas
Ricardo, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David,
Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan
Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José
Felix y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente
procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular
del Dictamen número 491 de la Comisión de
Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado
en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder
Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación hace uso de la voz, el Diputado
Alejandro Bahena Flores, para presentar el Dictamen número 492, en donde se
establece el siguiente punto resolutivo: Unico: Es de aprobarse y se aprueba la
transferencia al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el
ejercicio fiscal del 2001 por la cantidad de $510,900 (Quinientos diez mil
novecientos pesos 00/100 M.N.) que modifica el presupuesto asignado al Ramo 19
de la Dirección de Relaciones Públicas, en las partidas presupuestales
siguientes:
|
Partida
|
|
Ampliación
|
Reducción
|
|
20103
|
Material Didáctico y Apoyo Informático
|
$2,000
|
$
|
|
20106
|
Materiales de Fotografía, Cinematografía y Vídeo
|
2,000
|
|
|
20204
|
Alimentación de Personal
|
20,000
|
|
|
20205
|
Utensilios para el servicio de alimentación
|
2,000
|
|
|
20304
|
Material para Ingeniería y Dibujo
|
2,000
|
|
|
20307
|
Herramientas Menores
|
2,500
|
|
|
20308
|
Refacciones y Accesorios para Equipo de Cómputo
|
12,400
|
|
|
20309
|
Materiales para Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina
|
5,000
|
|
|
20310
|
Materiales para Mantenimiento de Equipo de Transporte
|
20,000
|
|
|
20401
|
Medicinas y Productos Farmacéuticos
|
3,000
|
|
|
20501
|
Combustibles
|
230,000
|
|
|
20502
|
Lubricantes y Aditivos
|
2,000
|
|
|
20601
|
Vestuario, Uniformes
|
30,000
|
|
|
20801
|
Gastos Menores Diversos
|
15,000
|
|
|
20802
|
Artículos de cafetería
|
20,000
|
|
|
20803
|
Accesorios de Oficina
|
12,000
|
|
|
30101
|
Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería
|
25,000
|
|
|
30105
|
Derechos y Servicios de Conducción de Señales Análogas y Digitales
|
16,500
|
|
|
30203
|
Arrendamiento de Maquinaria y Equipo
|
24,000
|
|
|
30410
|
Servicio de Toma y Revelado de Fotografías
|
2,500
|
|
|
30511
|
Servicio de Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Oficina
|
8,000
|
|
|
30531
|
Mantenimiento y Conservación de Edificios y Locales para Oficina
|
15,000
|
|
|
30705
|
Hospedaje
|
20,000
|
|
|
30801
|
Gastos Ceremoniales
|
20,000
|
|
|
10103
|
Tiempo Extraordinario al personal de Base
|
|
12,000
|
|
30513
|
Equipo de Transporte
|
|
7,000
|
|
30701
|
Pasajes
|
|
2,000
|
|
30803
|
Recepciones y Celebraciones Varias
|
|
427,500
|
|
30810
|
Atención a visitantes
|
|
50,000
|
|
51000
|
Mobiliario y Equipo de Informática
|
|
12,000
|
|
|
|
$510,900
|
$510,900
|
Posteriormente,
y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Casillas Muñoz Raquel, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías
Lezama Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín
Márquez Alejandro, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro,
Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y
Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede
hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del
Dictamen número 492 de la Comisión de
Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el
Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a
los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida,
hace uso de la voz el Diputado Héctor Esparza Herrera, para presentar el
Dictamen No. 493, en donde se establece el siguiente punto resolutivo: UNICO:
Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado
de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, hasta por la cantidad de
$531,500 (Quinientos treinta y un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) que
modifica el Presupuesto asignado al Ramo 17 de la Dirección del Trabajo y
Previsión Social en las partidas presupuestales siguientes:
Partida Ampliación
20101 Materiales y Utiles de Oficina $20,000
20102 Material de Limpieza 3,000
20103 Material Didáctico y de Apoyo Informativo 6,000
20105 Materiales y Utiles para el Procesamiento en
Equipo y Bienes Informáticos 5,000
20206 Agua y Hielo para Consumo Humano 1,500
20310 Materiales para Mantenimiento de Equipo
de Transporte 3,000
20501 Combustibles 25,000
20801 Gastos Menores Diversos 3,000
20802 Artículos de Cafetería 2,000
30101 Servicio Postal, Telégrafo y Mensajería 2,500
30102 Servicio Telefónico 17,000
30103 Servicio de Energía Eléctrica 20,000
30104 Servicio de Agua Potable 2,500
30201 Arrendamiento de Edificios y Locales 120,000
30203 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo 18,000
30404 Seguros y Fianzas 7,000
30511 Servicio de Mantenimiento de Mobiliario y
Equipo de Oficina 10,000
30513 Equipo de Transporte 3,000
30541 Servicio de Limpieza, Higiene y Fumigación
de Edificios y Locales para Oficinas
5,000
30701 Pasajes 1,000
30702 Viáticos 7,000
30704 Peajes 2,000
51000 Mobiliario y Equipo de Informática 36,000
52000 Equipo de Transporte 85,000
53100 Mobiliario y Equipo de Oficina 79,000
54100 Maquinaria y Equipo de Aire Acondicionado 48,000
$531,500
Posteriormente,
y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 13 votos a favor, de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén,
Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro,
Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 493 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos
que fue leído por el Diputado Héctor
Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, y para presentar el Dictamen No.
495, hace uso de la voz el Diputado Sócrates Bastida Hernández, en donde se
establece el siguiente punto RESOLUTIVO: ARTICULO UNICO.- Se reforman los
Artículos 46, 47 y 48 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para
el Estado de Baja California, para quedar en los términos siguientes: ARTICULO
46.- Con objeto de uniformar los criterios en materia de contabilidad y archivo
contable gubernamental, la Secretaría de Planeación y Finanzas, la Dirección de
Control y Evaluación Gubernamental, la Dirección Administrativa y la
Contraloría del Poder Judicial, así como las Tesorerías y Sindicaturas de los
Municipios y las dependencias o unidades de contabilidad de las demás
Entidades, darán a conocer en un plazo que no exceda de 60 días a partir de la
fecha de su emisión a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del Estado,
las normas, procedimientos, sistemas y lineamientos que implanten, a los cuales
se sujetarán las Entidades. ARTICULO 47.- La Contaduría Mayor de Hacienda del
Congreso del Estado al revisar la Cuenta Pública de las Entidades, observará
las normas, procedimientos, sistemas y lineamientos en materia de control
interno y de contabilidad, así como de archivo contable gubernamental y hará
del conocimiento de la Secretaría de Planeación y Finanzas, de la Dirección
General de Control y Evaluación Gubernamental, de la Dirección Administrativa y
de la Contraloría del Poder Judicial, de las Tesorerías y Sindicaturas
Municipales, así como de los Titulares y órganos de control correspondientes de
las demás Entidades, las observaciones, irregularidades o deficiencias que
localice para que se dicten las medidas correctivas que correspondan. ARTICULO
48.- La Dirección General de Control y Evaluación Gubernamental, la Contraloría
del Poder Judicial, las Sindicaturas Municipales y las unidades de auditoría
interna de las demás Entidades darán a conocer a la Contaduría Mayor de
Hacienda del Congreso del Estado, dentro de los primeros treinta días del
ejercicio fiscal que corresponda, los programas mínimos de auditoría interna
que fijen para las entidades o sus dependencias. ARTICULO TRANSITORIO: UNICO.-
El presente Decreto, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Baja California. Acto seguido, y no
existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 13 votos a favor de los Ciudadanos diputados: Cano Jiménez Antonio
Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Macías Lezama Efrén,
Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro,
Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 495 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos
que fue leído por el Diputado Sócrates
Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto continuo, hace uso de la voz el Diputado
Antonio Ricardo Cano Jiménez, para presentar el Dictamen No. 496, en donde se
establece el siguiente RESOLUTIVO UNICO.-
Se autoriza la desincorporación del patrimonio del dominio público del
Ayuntamiento de Tijuana, B.C., y su incorporación al dominio privado del mismo,
de 83 bienes muebles consistentes en vehículos y motocicletas inventariados e
identificados por número de resguardo y número oficial, marca, modelo y número
de serie, dicho equipo se encuentra fuera de servicio y en malas condiciones
físicas y mecánicas considerado chatarra, igualmente es procedente autorizar al
Ayuntamiento de Tijuana para que se enajenen estos bienes muebles en los
términos del Artículo 100 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Municipal del Estado de Baja California, debiéndose destinar los recursos
provenientes de la enajenación a la ejecución del Programa de Vivienda de los
Servidores Públicos de la Dirección de Policía y Tránsito Municipal. Acto
seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el
Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a
consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 12 votos a favor de los ciudadanos Diputados:
Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías
Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Molina
Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango
Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto y dos
abstenciones de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo y
Ruvalcaba Flores David; en donde intervienen para manifestar el sentido de la
misma. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la
declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número
496 de la Comisión de Hacienda y
Administración en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de
Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco
días del mes de abril del año 2001. Acto
continuo, el Diputado Alejandro Bahena Flores, presenta el Dictamen No. 497, en
donde se establece los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Se desincorpora del patrimonio del
dominio público del Gobierno del Estado, para incorporarse al dominio privado
del mismo, la superficie de terreno de 5,824.315 m², conocida como “Colonia
Anexa Mexicali”, ubicada en la Ciudad de Mexicali, B.C., así como se autoriza
se asigne en propiedad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de
la Tierra del Estado (CORETTE) la superficie de terreno desincorporada, para
que se enajene a título oneroso en favor de los posesionarios asentados en los
lotes que conforman el asentamiento humano referido, que se identifican en el
plano correspondiente debidamente autorizado por la CORETTE, con la finalidad
de regularizar la situación jurídica de la posesión que detentan los ahí
asentados, así como para que en su oportunidad se firmen los títulos
correspondientes, siendo los gastos que se originen con cargo a los adquirentes.
SEGUNDO.- Con motivo que Inmobiliaria Estatal de Baja California vendió las
superficies de terreno pertenecientes a la “Colonia Anexa Mexicali”, sin contar
con la propiedad legal de las mismas, asentándose en los contratos de
compra-venta celebrados que se adquirió la propiedad mediante juicio de
información Ad Perpetuam, siendo éstos propiedad del Gobierno del Estado en
virtud de habérsele asignado en patrimonio por el Gobierno Federal, se
considera procedente se turne este asunto a la Dirección de Control y
Evaluación Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días se
lleven a cabo las acciones que correspondan y se informe al Congreso del Estado
para lo conducente. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del
Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado
Secretario lo someta a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en
votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera
Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén,
Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel,
Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor,
Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente,
el Diputado Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 497 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos
que fue leído por el Diputado Alejandro
Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001. A continuación, el Diputado Héctor Esparza
Herrera, presenta el Dictamen No. 498, en donde se establece el siguiente punto
resolutivo: UNICO: Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto de
Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, hasta
por la cantidad de $300,00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.), que modifica el
presupuesto asignado al ramo 19 de la Dirección de Relaciones Públicas en la
partida presupuestal 52000 Equipo de Transporte. Acto seguido, y no existiendo oradores en contra del Dictamen de
referencia; el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta
a consideración de la Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano
Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo,
Avitia Nalda Sergio, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín
Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena
Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña
Mosqueda Héctor y Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado
Presidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo
particular del Dictamen número 498 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el
Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a
los cinco días del mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Sócrates
Bastida Hernández presenta el Dictamen No. 499, en donde se establecen los
siguientes puntos resolutivos: Primero.- Es de aprobarse y se aprueba la
ampliación al Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California para el
ejercicio fiscal del 2000, hasta por la cantidad de $539,000 (QUINIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100) que modifica el Presupuesto asignado al Ramo
11 de la Secretaría de Desarrollo Económico en la partida presupuestal 689
Fondos de Desarrollo Económico. Segundo.- Con motivo de que se incumplió lo
dispuesto en los artículos 42 y 43 Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público del Estado de Baja California, al no haberse obtenido
autorización previa de la ampliación presupuestal, túrnese a la Dirección de
Control y Evaluación Gubernamental para que se delimiten y apliquen las
responsabilidades administrativas que en su caso correspondan. Acto seguido, y
no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio
Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio,
Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro,
Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro,
Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y
Flores Muñoz Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede
hacer la declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del
Dictamen número 499 de la Comisión de
Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado Sócrates Bastida Hernández. Dado en
el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo
a los cinco días del mes de abril del año 2001. Acto continuo, el Diputado
Antonio Ricardo Cano Jiménez, presenta el Dictamen número 500 de la Comisión de
Hacienda y Administración; estableciendo los siguientes puntos resolutivos:
Primero.- No es de aprobarse y se desecha en forma definitiva la solicitud para
desincorporar del patrimonio del dominio público del Municipio de Tijuana, B.
C., para incorporarse al dominio privado del mismo una fracción del Callejón de
servicio con superficie de 21.03 metros cuadrados, ubicado en la parte posterior
del predio identificado como lote 06 de la manzana 133 de la Calle Cuchumá del
Fraccionamiento Lic. José López Portillo de la Delegación La Presa, en la
ciudad de Tijuana, B. C., para enajenarse a la C. María Irma Luna Arcadia, toda
vez que esta fracción de terreno legalmente no es propiedad patrimonial del
Municipio de Tijuana, B.C. Segundo.- Infórmese al XVI Ayuntamiento de Tijuana,
B. C., para que comunique al particular peticionante el impedimento legal que
existe para la autorización de la desincorporación, debido a que el Municipio
no es el legítimo propietario de la porción vial que pretende desincorporar y
enajenar, por lo que deberá gestionarse lo conducente ante la Oficialía Mayor
de Gobierno del Estado, o en su caso que el propio Ayuntamiento de Tijuana
solicite la traslación del dominio de las vías públicas del desarrollo urbano,
para que posteriormente promueva el cambio del destino y la desincorporación de
la fracción de terreno en comento, siendo necesario en su caso el inicio de un
nuevo trámite legislativo para su resolución. Acto seguido, y no existiendo
oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado Presidente le
solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la Asamblea,
resultando aprobado en votación nominal por 13
votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo,
Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Macías
Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín
Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar
Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix y Magaña Mosqueda Héctor. Posteriormente,
el Diputado VicePresidente procede hacer la declaratoria de aprobación en lo
general y en lo particular del Dictamen número 500 de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos
que fue leído por el Diputado Antonio
Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García
del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del mes de abril del año 2001.
Enseguida, el Diputado Alejandro Bahena Flores, presenta el Dictamen número 504
de la Comisión de Hacienda y Administración, en donde establece los siguientes
puntos resolutivos: Primero.- Es de aprobarse y se aprueba la ampliación al Presupuesto
de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001
hasta por la cantidad de $1´173,000 (UN MILLON CIENTO SETENTA Y TRES MIL PESOS
00/100 M.N.) que modifica el presupuesto asignado al Ramo 07 de la Secretaría
de Planeación y Finanzas, en las siguientes partidas:
DESCRIPCION AMPLIACION
20101
Materiales y Utiles de Oficina $11,985
20301
Materiales de Construcción 25,000
20302 Material
Eléctrico 10,000
20402
Materiales, Accesorios y Suministros Médicos 738
20601
Vestuario, Uniformes 7,000
20802 Artículos
de Cafetería 72,351
30101 Servicio
Postal, Telégrafo y Mensajería 500
30102 Servicio
Telefónico 103,772
30103 Servicio
de Energía Eléctrica 21,732
30104 Servicios
de Agua Potable 21,004
30203
Arrendamiento de Maquinaria y Equipo 42,594
30302
Capacitación 626,040
30404 Seguros y
Fianzas 4,500
30513 Servicio de Mantenimiento y Conservación de
Equipo de Transporte 5,500
30541 Servicio
de Limpieza, Higiene y Fumigación de
Edificios y Locales para Oficinas 35,730
30701 Pasajes 2,000
30702 Viáticos 2,500
30704 Peajes 500
30705 Hospedaje 2,154
30810 Atención
a Visitantes 16,800
51000
Mobiliario y Equipo de Informática 8,000
52000 Equipo de
Transporte 111,000
53100
Mobiliario y Equipo de Oficina 32,872
53500
Mobiliario y Equipo y Aparatos de Comunicación,
Telecomunicaciones y Audiovisual 8,728
$
1´173,000
Segundo.- Se
condiciona el libramiento de los recursos correspondientes a la ampliación de
las partidas presupuestales precisadas en el resolutivo anterior, a la previa
recaudación de los ingresos que generen su autofinanciamiento. Acto seguido, y
no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes Diputados: Cano Jiménez Antonio
Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio,
Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín
Márquez Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena
Flores Alejandro, Baltazar Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz
Gilberto. Posteriormente, el Diputado VicePresidente procede hacer la
declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número
504 de la Comisión de Hacienda y
Administración en los términos que fue leído por el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones
Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del
mes de abril del año 2001. Enseguida, el Diputado Héctor Esparza Herrera,
presenta el Dictamen número 505 de la Comisión de Hacienda y Administración;
estableciendo el siguiente punto resolutivo: Unico.- Es de aprobarse y se
aprueba la transferencia de partidas presupuestales al Presupuesto de Egresos
del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal del 2001, por la
cantidad de $589,602 (QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DOS PESOS
00/100 M.N.), que modifica el presupuesto asignado al Ramo 05 de la Oficialía
Mayor de Gobierno en las partidas presupuestales siguientes:
PARTIDA AMPLIACION REDUCCION
20321
Materiales para Mantenimiento
de Equipo de Imprenta $114,000 $
30418 Trabajos
de Imprenta 60,000
30512
Mantenimiento y Conservación
de Bienes Informáticos 90,602
30527 Servicio
de Mantenimiento de
Maquinaria, Equipo y Accesorios
de Imprenta 25,000
30531 Edificios
y Locales para Oficinas 300,000
20302 Material
Eléctrico 200,000
20303 Material
Hidráulico, Plomería y
Aire Acondicionado
100,000
30511 Servicio
de Mantenimiento de
Mobiliario y Equipo de Oficina 90,602
30528 Servicio
de Mantenimiento de 139,000
Maquinaria y
Equipo de Talleres y
Laboratorios
30607
Publicaciones Especiales 60,000
$589,602
$589,602
Acto seguido, y
no existiendo oradores en contra del Dictamen de referencia; el Diputado
Presidente le solicita al Diputado Secretario lo someta a consideración de la
Asamblea, resultando aprobado en votación nominal por 14 votos a favor de los siguientes Diputados: Esparza Herrera Héctor,
Zazueta Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías
Lezama Efrén, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez Alejandro, Delfín
Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores Alejandro, Baltazar
Chipres Héctor, Arango Pérez José Felix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz
Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente procede hacer la
declaratoria de aprobación en lo general y en lo particular del Dictamen número
505 de la Comisión de Hacienda y
Administración en los términos que fue leído por el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones
Lic. Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los cinco días del
mes de abril del año 2001. Enseguida, se pasa al Sexto Punto “Asuntos
Generales”, y antes de iniciar con este punto el Diputado Presidente procede a
decretar un receso de cinco minutos siendo las diecinueve horas con cuarenta y
cinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las diecinueve horas con
cincuenta minutos, hace uso de la Tribuna el Diputado Jaime Jiménez Mercado
para hacer mención respecto a la licencia temporal sin goce de dieta y demás
remuneraciones, la cual le fue otorgada en sesión de período extraordinario de
fecha 15 de marzo del año en curso por esta Honorable Soberanía a partir del
día 6 de abril hasta el 12 de julio del año 2001, informa que no hará uso de la
misma y por lo tanto solicita su cancelación para todos los efectos legales a
que haya lugar. Posteriormente, el
Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a consideración
de la Asamblea la solicitud formulada por el Diputado Jaime Jiménez Mercado;
resultando aprobada en votación económica por unanimidad de los ciudadanos
Diputados presentes. En otro asunto, interviene el Diputado Efrén Macías
Lezama, para presentar Iniciativa de Reforma a la Constitución en Materia de Derechos
Indígenas y la Iniciativa que crea la Ley de Derechos y Cultura Indígena en
Baja California; a su vez solicita que estas dos Iniciativas queden inscritas
en su totalidad en el Diario de Debates. Asimismo, en otro tema, da lectura a
un escrito referente a la licencia temporal, con el objeto de participar como
candidato al cargo de Presidente Municipal del XVI Ayuntamiento de Tecate, B.
C., por el trienio 2001-2004 por el Partido de la Revolución Democrática; sin
goce de dieta y remuneraciones inherentes al cargo de Diputado por el término
de los días comprendidos del 6 de abril hasta el 9 de julio del mismo año; en
consecuencia, solicita a esta Mesa Directiva se sirva llamar al ciudadano
Ulises Arce Salvador, Diputado Suplente, para ejercer dentro del término antes
señalado la titularidad del cargo que desempeña el suscrito. En otro asunto, interviene el Diputado Efrén
Macías Lezama, para darle lectura a un documento referente a un niño que tan
sólo tiene tres años de edad y requiere de la atención especial, en razón del
padecimiento que sufre; aunado a esto, presenta el siguiente punto de acuerdo:
Unico.- Que este Poder Legislativo solicite al Instituto de Servicios de Salud
Pública del Estado de Baja California, para que brinde asistencia médica totalmente
gratuita a Julio Ivan Cuarenta Escobar, mismo que padece leucemia. Segundo.-
Que los integrantes de este Poder Legislativo aporten de manera voluntaria una
cantidad; exhortando al Grupo Parlamentario de Acción Nacional para que haga lo
propio. Enseguida, el Diputado Presidente hace mención que en relación a la
Iniciativa de Reforma a la Constitución en Materia de Derechos Indígenas se
turna a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; asimismo, la
Iniciativa de Ley que crea la Ley de Cultura y Derechos Indígenas se va a
someter a la consideración del Programa de la Reforma del Estado, y en relación
al punto de acuerdo, el Diputado Presidente procede a turnarlo a la Comisión de
Salud; enseguida, el Diputado Alejandro
Pedrín Márquez solicita un receso a la Mesa Directiva, secundado por el
Diputado Miguel Delfín Castro; asimismo, el Diputado Presidente procede a
decretar un receso de cinco minutos siendo las veinte horas con cinco minutos;
una vez reanudada la sesión y siendo las veinte horas con diez minutos el
Diputado Presidente hace mención a lo que se refiere al Suplente del Diputado
Efrén Macías Lezama, se instruye a la Oficialía Mayor para que lo cite para la
toma de protesta de rigor para el próximo martes 10 de abril a las 11:00 A.M.,
en este Recinto Legislativo. En otro tema, el Diputado Antonio Ricardo Cano
Jiménez, que presenta Iniciativa de Ley de Acceso a la Información Pública del
Estado y los Municipios de Baja California. Enseguida, menciona Iniciativa de
Reforma al Artículo 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Baja California y así como punto de acuerdo que ratifica la petición que se
hizo al Congreso para la comparecencia del nuevo Contralor del Estado; solicita
que los tres documentos queden inscritos en el Diario de los Debates en su
totalidad. Posteriormente, el Diputado Presidente procede a turnarlos a las
comisiones respectivas para su análisis; Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales. Se continúa, con el Diputado Sergio Avitia Nalda, que
presenta punto de acuerdo sobre el apoyo a la comercialización de trigo.
Primero.- Que esta Soberanía haga del conocimiento al C. Gobernador del Estado
de Baja California Licenciado Alejandro González Alcocer, su apoyo a la lucha
emprendida por los productores de trigo del Distrito de Desarrollo Rural 002
Río Colorado y el Ejecutivo, con el fin de que los productores reciban un pago
justo por su cosecha, reconociendo la importancia que la actividad agropecuaria
tiene con el desarrollo económico y social en nuestra Entidad. Segundo.- Que se
haga un exhorto para que las autoridades del sector agropecuario tanto del
orden Federal como Estatal se den a la tarea de instrumentar un programa para
impulsar la organización y la capacitación de los productores para la
producción y su comercialización. Tercero.- Que esta Honorable XVI Legislatura
del Estado de Baja California, haga llegar al Titular de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Javier Bernardo
Usarriaga Arroyo, copia de este documento estableciendo el apoyo de esta
Soberanía a la lucha de los productores de trigo del Valle de Mexicali para
recibir como pago a su cosecha no menos de 2045 pesos por tonelada. Acto
seguido, el Diputado Presidente procede a turnar este punto de acuerdo a la
Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural. A continuación, el Diputado Efrén
Macías Lezama, presenta Iniciativa de
Acuerdo Económico para que sea designada la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales Comisión especial con el objeto de implementar y dar
seguimiento al proceso de valuación para la ratificación en su caso de los
Magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Resolutivo: Unico.- Se aprueba la designación de la Comisión de Legislación y
Puntos Constitucionales, como Comisión Especial para que desahogue el proceso
de evaluación oyendo en su defensa a los Magistrados integrantes del Tribunal
Superior de Justicia del Estado, para efectos de la ratificación en su caso y
para presentar al Pleno de esta XVI Legislatura dictamen que la misma Comisión
Especial elabore debidamente fundado y motivado. Asimismo, solicita la pronta y obvia resolución de esta
Iniciativa de Acuerdo Económico. Posteriormente,
el Diputado Ricardo Zazueta Villegas solicita un receso a la Mesa Directiva;
enseguida, el Diputado Presidente procede a decretar un receso siendo las
veinte horas con veinticinco minutos; una vez reanudada la sesión y siendo las
veinte horas con treinta y cinco minutos; y no existiendo oradores en contra,
el Diputado Presidente le solicita al Diputado Secretario someta a
consideración de la Asamblea la solicitud de pronta y obvia resolución;
resultando aprobada en votación nominal por 15 votos a favor de los siguientes
Diputados: Cano Jiménez Antonio Ricardo, Esparza Herrera Héctor, Zazueta
Villegas Ricardo, Avitia Nalda Sergio, Jiménez Mercado Jaime, Macías Lezama
Efrén, Ruvalcaba Flores David, Bastida Hernández Sócrates, Pedrín Márquez
Alejandro, Delfín Castro Miguel, Molina Rodríguez Juan Manuel, Bahena Flores
Alejandro, Arango Pérez José Félix, Magaña Mosqueda Héctor y Flores Muñoz
Gilberto. Posteriormente, el Diputado Presidente declara aprobada la pronta y
obvia resolución por 15 votos a favor. Acto seguido, el Diputado Presidente
procede abrir el debate de la Iniciativa de Acuerdo Económico presentada por el
Diputado Efrén Macías Lezama; interviniendo en contra el Diputado Jaime Jiménez
Mercado y así mismo, propone que la Comisión de Justicia para que se incluya en
esta Comisión especial. Enseguida, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas hace
uso de la voz en los mismos términos planteados por el Diputado Jaime Jiménez
Mercado y propone que se integren algunos Diputados a la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales. Acto continuo, el Diputado Presidente
procede a decretar un receso siendo las veinte horas con cuarenta minutos; una
vez reanudada la sesión y siendo las veinte horas con cuarenta y dos minutos,
hace uso de la Tribuna el Diputado Héctor Magaña Mosqueda en su carácter de
Presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, para
retirar la Iniciativa de Acuerdo Económico que dio lectura el Diputado Efrén
Macías Lezama, en virtud de que hay interés de parte de los ciudadanos
Diputados en enriquecerlo y proponer algunas modificaciones y asimismo, invita
a los ciudadanos Diputados a la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales para analizar este tema y poderlo presentar a la brevedad
posible. En otro asunto, el Diputado Ricardo Zazueta Villegas hace uso de la
voz, para darle un reconocimiento al Diputado Efrén Macías Lezama y todos los
presentes le deseamos éxito. No habiendo
más asuntos generales a tratar y agotado lo establecido en el Orden del
Día, el Diputado Presidente cita a los ciudadanos Diputados para el día martes
diez de abril del dos mil uno, a las once horas en este Recinto Oficial, con el
objeto de que tenga verificativo el desarrollo de la Sesión Ordinaria;
asimismo, procede a declarar formalmente levantada la presente sesión siendo
las veintiún horas con diez minutos del
día cinco de abril del año en curso. La
presente Acta fue aprobada en Sesión Ordinaria de la Honorable XVI Legislatura,
del día diez de abril del dos mil uno,
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 37, Fracciones II y V, 41,
Fracciones I y V, 86, 87, 88, 98, 101, 105 y demás relativos de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo ante la presencia del
Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz, quien autoriza la presente
acta, asistida de la Diputada Secretaria de esta Mesa Directiva, María del Refugio Olivia Villalaz Becerra,
quien con su firma da fé.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañera. Una vez aprobada el Acta se pasa al
segundo punto que es correspondencia recibida; en virtud de que fue entregada
con oportunidad a cada uno de los Diputados integrantes de esta Legislatura, la
relación de la correspondencia recibida, se solicita a los mismos, la dispensa
de la lectura, compañera Diputada Secretaria sírvase votar la votación
correspondiente.
- LA C.
SECRETARIA: Los compañeros Diputados y Diputada que estén a favor manifestarse
en votación económica.
- EL C.
PRESIDENTE: Damos constancia del compañero Diputado Aguilar Kaiten Guillermo.
- LA C.
SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor manifestarse en votación económica,
nuevamente de la dispensa; 19 votos a favor, ¿en contra? ¿abstenciones?.
1.- Oficio s/n
de fecha 3 de abril y recibido el mismo día, que remite el C.P. Miguel Angel
González Barriga, Director General de la CESPM, mediante el cual hace una
atenta invitación para el día jueves 5 de abril, al recorrido de avance de Obra
del Programa de Saneamiento de Mexicali y al acto de arranque de la
Introducción de Drenaje Sanitario de la Colonia Colosio que será presidida por
el C. Gobernador del Estado Lic. Alejandro González Alcocer y el Presidente
Municipal Víctor Hermosillo Celada, la cita será en la Explanada del Centro de
Gobierno a las 9:30 horas.
- EL C.
PRESIDENTE: Se agradece la invitación.
- EL C.
SECRETARIO: 2.- Oficio No. 1691 de fecha 3 de abril y recibido el 4 del mismo,
que remite el Profr. Juan Manuel Fregoso García, Director de Educación Pública
en el Estado, mediante el cual informa que se han iniciado las actividades en
torno al evento del Congreso de la Niñez Bajacaliforniana y Niño (a) Gobernador
(a) por un día, que se realizará los días 28, 29 y 30 del presente mes, en el
Hotel Araiza Inn Calafia, asimismo que simultáneamente a esto se seleccionará a
los niños funcionarios que fungirán como Niño Diputado por un Día, para lo cual solicita una relación
actualizada con nombre completo, partido y distrito al que pertenecen los
Diputados de esta H. XVI Legislatura.
- EL C.
PRESIDENTE: Se atenderá por esta Presidencia.
- EL C.
SECRETARIO: 3.- Copia de oficio No. 117/01 de fecha 2 de abril y recibido el 4
del mismo, que remite el Dr. Francisco Cota Gómez, Síndico Procurador del XVI
Ayuntamiento de Ensenada, B. C., dirigido al Dip. Sócrates Bastida Hernández,
mediante el cual le solicita se le tenga por presentado en tiempo y forma el
Ordenamiento Legislativo, según Resolutivo tercero del Dictamen No. 452,
relativo a las Cuentas Públicas del Comité Municipal de Turismo y Convenciones de Ensenada, B. C., Organismo
Público Descentralizado de Colaboración Municipal, ejercicio fiscal 1999, que
fue recibido por esta autoridad el día 18 de febrero del presente año.
- EL C.
PRESIDENTE: Nos damos por enterados.
- EL C.
SECRETARIO: 4.- Oficio No. IN-cab. 1458/2001 de fecha 29 de marzo y recibido el
4 de abril, que remite el Lic. Salvador Morales Riubí, Secretario del H. XVI
Ayuntamiento de Tijuana, B. C., mediante el cual envía la documentación
relativa a la Cuenta Pública para el Ejercicio Fiscal del 2000 incluyendo
Policía Comercia, Bancaria e Industrial y Transferencias Finales de Presupuesto
para su revisión y aprobación en su caso.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 5.- Oficio No. 349-A-VI-007 de fecha 2 de abril y recibido el 5 del
mismo, que remite el C. Pedro Luna Tovar, Director General Adjunto a la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual comunica en relación a nuestro
oficio No. 271 del pasado 25 de enero, que debido a que los Municipios de este
Estado son abastecidos con Gas importado por una Empresa Privada, no es posible
que esa Dependencia o la Comisión Reguladora de Energía establezcan un precio
de referencia fijo, ya que esa Secretaría no cuenta con atribuciones para
reducir el precio de un producto que comercializa una Empresa que no pertenece
al Gobierno Federal.
- EL C.
PRESIDENTE: Se agradece el acuse y túrnese copia al Dip. Ricardo Zazueta
Villegas, en atención al Punto de Acuerdo presentado en Sesión Ordinaria
celebrada el pasado 25 de enero.
- EL C.
SECRETARIO: Oficio s/n de fecha 30 de marzo y recibido el 5 de abril, que remite
el Dip. Francisco Javier Salazar Saenz, Presidente de la Comisión de Industria,
Comercio y Servicios del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, mediante el
cual comunica en relación a nuestro oficio No. 3451 del pasado 29 de
septiembre, en cuanto al punto de acuerdo relacionado a los incrementos
mensuales a los Combustibles, particularmente del Gas Doméstico.
- EL C.
PRESIDENTE: Se agradece el acuse y túrnese copia a la Comisión de Régimen
Interno y Prácticas Parlamentarias en
atención al Punto de Acuerdo presentado en Sesión Extraordinaria celebrada el
día 26 de septiembre del 2000.
- EL C.
SECRETARIO: 7.- Invitación recibida el 5 de abril, que remite la Dirección de
Relaciones Públicas del H. XVI Ayuntamiento de Mexicali, B. C., para asistir a
la Inauguración de la Estación de Bomberos Zona Oriente, el día lunes 9 de
abril a las 10:00 horas en Calzada Robledo Industrial, González Ortega de esta
ciudad.
- EL C.
PRESIDENTE: Se agradece la invitación, la cual será atendida en su oportunidad.
- EL C. SECRETARIO:
8.- Escrito de fecha 4 de abril y recibido el 5 del mismo, que remite el
Comisariado del Ejido Tampico del Municipio de Tijuana, B. C., mediante la cual
solicitan la ayuda formal de este Congreso, en cuanto a los problemas que
aquejan a los Ejidatarios de dicho Ejido, con relación a las tierras que les
fueron expropiadas por el Gobierno Federal hace más de 34 año, motivo por el
cual solicitan erradicar por completo la corrupción representada en algunos
malos Funcionarios Federales y se vayan del Estado de B. C., asimismo,
solicitan audiencia pública a efecto de que se les informe el plan de trabajo
respeto a su petición.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a las Comisiones de Agricultura y Desarrollo Rural y
Justicia.
- EL C.
SECRETARIO: 9.- Oficio No. 2383 de fecha 28 de marzo y recibido el 5 de abril,
que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual envía a esta Legislatura para su análisis y aprobación en su caso,
Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles que se pretendan le sean
transferidos al Municipio de Tijuana, relativos a lo siguiente: Lote único del
Fraccionamiento Centro Urbano 70-76, lote 10 Col. Parque Industrial
Internacional Tijuana, lote 1 Col. Otay Universidad II, lote 1 del Fracc.
Patria Nueva, lote 1 del Fracc. Centro Urbano 70-76, lote único del Fracc.
Playas de Tijuana, lote del Fracc. Playas de Tijuana-Sección Coronado, lote 1
del Fracc. Villa Lomas y lote 5 del Fracc. General Rodolfo Sánchez Taboada.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 10.- Oficio No. 2384 de fecha 28 de marzo y recibido el 5 de abril,
que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y
aprobación en su caso, Iniciativa Decreto de desincorporación de inmuebles que
se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios Públicos
de Ensenada, B. C., relativo al Fraccionamiento Colinas del Mar Lote 16, 17,
18, 19, 12, manzana 18, 23, 24, 20, Fracc. Los Olivares Lote 15, 7, 21, Fracc.
Unico Lote 6, Fracc. Villas Ciboa del Mar, lote 272, 267, Reacomodo Lomitas
Lote 23, Fracc. Residencial Mediterráneo 2ª. Secc. Lote 10, Fracc. Valle Dorado
Lote 7, 48 s/h, Zona Playitas, lote s/n, Fracc. Chapultepec 2ª. Secc. Lote 23
Parque Industrial Portuario el Zauzal I I, Lote 12, 13 y 14 Fracc. Revolución,
Lote 13 y 14 Fracc. Manuel Márquez de León, Lote B Fracc. Nueva Ensenada y lote
121 Deleg. El Sauzal de Rodríguez.
- EL C. PRESIDENTE:
Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 11.- Oficio No. 2385 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto
de desincorporación de inmuebles que se pretendan sean transferidos al
Municipio de Ensenada, B. C., lotes 11, 21 17 , 9 del Módulo Social Ensenada IV
(FOVISSSTE), lote 9, 54B, 53B, 49B, 45B, 41B, 3B, 25B, 24B, 20B, 16B, 12B y 8B
del Módulo Social Ensenada II y III; lotes del 1 al 24 del Fraccionamiento
Ampliación Punta Banda; lote único de la Col. Hidalgo y lote único del
Desarrollo La Joyita.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 12.- Oficio No. 2386 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C. P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y
aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de Inmuebles
que se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Mexicali, B. C., relativos a la Colonia Balbuena Lote 1 Manzana 12,
Fraccionamiento Villas de la República Lote 19 Manzana 9, Fraccionamiento Villa Verde Lote 2 Manzana
66, Fraccionamiento Jardines del Lago Lotes 20 y 21, y Fraccionamiento
Bugambilias Lote 10 Manzana 21.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 13.- Oficio No. 2387 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual somete a la consideración de esta H. Legislatura para su análisis y
aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles
que se pretendan le sean transferidos al Municipio de Mexicali, B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 14.- Oficio No. 2388 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. Jorge Ramos, Secretario General de Gobierno, mediante el
cual somete a la consideración de esta H. Legislatura, para su análisis y
aprobación en su caso, Iniciativa de Decreto de desincorporación de inmuebles
que se pretendan le sean transferidos a la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Tijuana, B. C., relativos al Fraccionamiento INFONAVIT Capistrano
Ferreteros, Lote 1 Manzana 30, Fracc. INFONAVIT Cachanillas, Lote 6 Manzana 7,
Fraccionamiento la Mesa Lote 2 Manzana 4, Fracc. Playas de Tijuana Sección
Costa Hermosa Lote 1 Manzana 50, Fracc. INFONAVIT Manuel Rivera Anaya, Lote 2
Manzana 1, Fracc. INFONAVIT Cachanilla Delegación La Mesa, Acueducto, Canal de
Aguas Pluviales, Fracc. INFONAVIT Patrimonio Murua, Lote 1 Manzana 2, Lote 2
Manzana 2, Lote 5 Manzana 2, Fraccionamiento Lomas Hipódromo Lote 24 Manzana
24, Lote 9 Manzana 12, Fracc. La Foresta 2da. Sección Lote 9 Manzana 20, Fracc.
Kino Lote 17 y 18 Manzana 113, Fracc. INFONAVIT Presidentes Lote 10 Manzana 5,
Fracc. INFONAVIT Latinos Lote 6 Manzana 16, Fracc. Centro Urbano 70-76 Lote 1
Manzana 6, Lote 2 Manzana 6, Lote 3 Manzana 6 Lote 4 Manzana 6, Fracc. Garita
Otay Lote 1 Manzana 1 y Fracc. Villa Floresta Lote 14 Manzana 31.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 15.- Oficio No. 713 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación Y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura
modificación a la Estructura Programática para el ejercicio fiscal 2000
aprobada a la Entidad denominada Fideicomiso Corredor Tijuana-Rosarito 2000.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 16.- Oficio No. 715 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal de 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fondo Mixto para la
Promoción Nacional e Internacional Ensenada, B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 17.- Oficio No. 719 de fecha 20 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Sexta Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 de la Entidad Paraestatal denominada Colegio de Educación
Profesional Técnica de Baja California.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 18.- Oficio No. 717 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación
que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000
aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Consejo de Energía del Estado de
B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C. SECRETARIO:
19.- Oficio No. 721 de fecha 20 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite
el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas
del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación
que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2000,
aprobada a la Entidad Paraestatal Consejo Estatal de Población.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 20. Oficio No. 723 de fecha
29 de marzo y recibido el 6 de abril, que remite el C.P. José Guadalupe
Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de B. C.,
mediante el cual envía a esta Legislatura la documentación que ampara la
Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2001, aprobada a la
Entidad Paraestatal denominada Comisión Estatal de Servicios Públicos de
Tijuana, B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 21.- Oficio No. 725 de fecha 30 de marz0 7 recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal Fondo de Garantías
Complementarias y Créditos Puente Gobierno del Estado de B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 22.- Oficio No. 727 de fecha 23 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal
2001, aprobada a la Entidad Paraestatal Instituto de Servicios Educativos y
Pedagógicos de Baja California.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 23.- Oficio No. 729 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía documentación que ampara
la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal del 2000 aprobada a
la Entidad Paraestatal denominada Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 24.- Oficio No. 732 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C. P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fideicomiso Río
Tijuana Tercera Etapa.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 25.- Oficio No. 734 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Comisión para la
Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETTE).
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 26.- Oficio No. 734 de fecha 26 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal de 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Promotora del
Desarrollo Urbano de Tijuana, S. A., de C. V.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 27.- Oficio No. 739 de fecha 28 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Segunda Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Administradora de la
Vía Corta Tijuana-Tecate.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 28.- Oficio No. 741 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Inmobiliaria del
Estado de Baja California.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 29.- Oficio No. 743 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B.C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Cuarta Modificación Presupuestal del Ejercicio
Fiscal 2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Inmobiliaria Estatal
de Tijuana-Tecate.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 30.- Oficio No. 745 de fecha 30 de marzo y recibido el 6 de abril,
que remite el C.P. José Guadalupe Zamorano Ramírez, Secretario de Planeación y
Finanzas del Estado de B. C., mediante el cual envía a esta Legislatura la
documentación que ampara la Tercera Modificación Presupuestal Ejercicio Fiscal
2000 aprobada a la Entidad Paraestatal denominada Fondo Mixto para la Promoción
Nacional e Internacional de Tijuana, B. C.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Administración.
- EL C.
SECRETARIO: 31.- Oficio s/n de fecha 29 de marzo y recibido el 6 de abril, que
remite la Lic. T.S. Edith Pérez Velázquez, Coordinadora de Desarrollo
Institucional de Fundación para los Niños de las Californias, mediante el cual
hace una atenta invitación a este Congreso, para que visite el nuevo Edificio
del Hospital Infantil de las Californias, a fin de que puedan ver el destino de
Donativo que hicieron durante el TELETON.
- EL C.
PRESIDENTE: Se agradece la invitación, la cual será atendida en su oportunidad.
- EL C.
SECRETARIO: 32.- Escrito de fecha 1º de abril y recibido el 6 del mismo, que
remite la Lic. María Elva Robinson Guerra de Monzón, mediante el cual adjunta
al presente, copia simple de la denuncia penal que presenta en contra del C.
Juez Tercero de lo Civil, Lic. Alfonso Fonseca Vizcaíno, con la finalidad de
manifestar tremendas irregularidades en la administración de justicia del
Estado por el Juez antes mencionado, asimismo, solicita se le tenga por
presentada con el presente escrito y copias que acompaña haciendo de su
conocimiento la conducta irregular de dicho Juez, para los efectos de su
representación y medidas que en el presente asunto procedan.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, así
como al Departamento Jurídico.
- EL C.
SECRETARIO: 33.- Escrito de fecha 5 de abril y recibido el mismo día, que
remite el Dr. Carlos O. Maya Quevedo, Secretario General del Sindicato
Unificado de Trabajadores del ISSSTECALI, mediante el cual solicita a esta
Legislatura se mantenga a la expectativa y funja como un observador directo de
las negociaciones que se lleven a cabo para la celebración y firma del Contrato
Colectivo de trabajo entre el SUTI e ISSSTECALI.
- EL C.
PRESIDENTE: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
- EL C.
SECRETARIO: 34.- Copia No. 2520 de fecha 4 de abril y recibido el 6 del mismo,
que remite el Lic. Raúl Molina Torres, Magistrado Presidente del Tercer
Tribunal Colegiado del XV Circuito, mediante el cual hace del conocimiento, que
fue designado Presidente de ese Tercer Tribunal Colegiado, para el período del
presente año.
- EL C.
PRESIDENTE: Nos damos por enterados.
- EL C.
SECRETARIO: 35.- Copia de escrito de fecha 14 de marzo y recibido el 6 de
abril, que remite el C. Jorge Luis Vargas Mendoza y demás firmantes, dirigido
al Profr. Ernesto Castellanos Pérez, Secretario de Educación en Baja
California, mediante el cual profesores de Educación Física pertenecientes al
Sector 2, le solicitan se les otorgue la oportunidad de participar con una
representación Colegiada en las Mesas de Trabajo, en el que esa Secretaría está
determinando la estructura del Sistema Educativo Estatal.
- EL C.
PRESIDENTE: Nos damos por enterados.
- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañera. Una vez aprobada la
dispensa de la lectura, se pasa al tercer punto que es correspondencia
despachada; en virtud de que fue entregada con oportunidad a cada uno los
Diputados integrantes de esta Legislatura, la relación de la correspondencia
despachada, se solicita a los mismos la dispensa de la lectura; compañera
Diputada Secretaria, sírvase tomar la votación correspondiente.
- LA C.
SECRETARIA: Los Diputados que estén a favor manifestarse en votación económica;
18 votos favor, compañeros en contra? ¿abstenciones? 18 votos a favor Diputado
Presidente.
- Oficio Nº
1013 de fecha 6 de abril y despachado el mismo día, dirigido al Profr. Ulises
Arce Salador, suplente del Diputado Efrén Macías Lezama, mediante el cual se le
comunica que en virtud de la licencia otorgada al Diputado Efrén Macías Lezama,
para separarse de su cargo, por el período del 6 de abril al 9 de julio del año
en curso, se le cita para el día martes 10 de abril a las 11:00 horas en este
Congreso, para la toma de protesta correspondiente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias compañera. Una vez aprobada la dispensa de
la lectura, tanto de la correspondencia recibida como la despachada, se pone a
disposición de los ciudadanos Diputados y se pasa al cuarto punto de la orden
del día, Informe de Comisiones para Actos Especiales; tenemos informes de actos
especiales? Compañera Diputada Secretaria por favor haga una lista de compañeros
que quieren hacer informes.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado David Gutiérrez Piceno.
- EL C.
PRESIDENTE: David Gutiérrez Piceno, ¿alguien más, tiene algún informe especial?
Y la compañera Olivia Villalaz. Compañero David Gutiérrez Piceno haga uso de la
Tribuna para que exponga a la Asamblea su informe. Adelante compañero.
- EL C. DIP.
GUTIERREZ PICENO: Ciudadano Diputado Gilberto Flores Muñoz, Presidente de la
Mesa Directiva del Congreso del Estado. Compañeras Diputadas, compañeros
Diputados, Honorable Asamblea. El día 20, 21 y 22 de marzo próximo pasado el
suscrito David Gutiérrez Piceno y el Diputado Efrén Macías Lezama, acudimos a
la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, con la representación de esta Honorable
Legislatura para participar en la Tercera Reunión Regional del Poder
Legislativo e Instituciones Públicas de Protección de los Derechos Humanos,
Zona Norte, convocada por las Comisiones de Derechos Humanos del Senado de la
República y de la Legislatura Federal que tuvieron a bien invitarnos para
abordar los temas siguientes: Derechos Humanos y Migratorios, Derechos Humanos
de las Víctimas del Delito, Derechos Humanos en los Pueblos Indígenas, Derechos
Humanos y Política Criminal, Derechos Humanos y Tratados Internacionales,
Derechos Humanos y Sistema de Responsabilidad de Servidores Públicos,
Instrumentos Legales en Materia de Derechos Humanos en los diferentes niveles
de Gobierno, creación de instrumento de comunicación. Como puede advertirse son
asuntos de capital importancia que obliga a quienes tenemos una Representación
Popular, a profundizar en estos temas mediante un proceso de análisis acucioso
y veraz, que refleje la realidad en esta materia para hacer propuestas desde
nuestra perspectiva, y procurar construir con la aportación de todos el marco
legal que vaya encaminado a resolver de manera importante la problemática que
sobre esta materia venimos confrontando tanto al interior de nuestro país, como
el otro lado de la frontera. Dada la importancia de la temática expresada su
servidor abordó en esta reunión el tema Derechos Humanos y Migratorios,
expresamos que en Baja California es uno de los Estados Fronterizos
constituidos desde sus orígenes por migrantes y pioneros esencialmente
provenientes en su mayoría de otros Estados de la República Mexicana, miles de
migrantes que llegan a este Estado, muchos de ellos no lo hacen con la idea de
quedarse en él, sino le sirve de paso pues su destino final son los Estados
Unidos, atraídos por la mejoría económica que les ofrece ese país, y que no
hemos sido capaces de ofrecerles en el nuestro ingresos que les permita acceder
a mejores niveles de vida, sin meditar los riesgos que implica desde su lugar
de origen hasta su destino, donde se suman los malos tratos, las humillaciones,
la vejaciones y el peligro inminente de perder la vida, miles de connacionales
de ven de manera constante sujetos a estos riesgos con tal de lograr su
objetivo, en un informe presentado por el Centro de Apoyo al Migrante, con sede
en Tijuana a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas, se desprende lo
siguiente; que los migrantes exponen a diversas situaciones como son a ser
capturados por Agentes del Servicio de Emigración y Naturalización, respecto
del cual se tienen documentados y tratos inhumanos y degradantes, amenazas con
armas de fuego durante la aprehensión, sin que exista o medie riesgo para los
agentes de la Patrulla Fronteriza, no son pocos los casos de emigrantes que
murieron cuando se resistieron a la aprehensión, o cuando eran traslados al
centro de detención, la práctica común de las autoridades migratorias de los
Estados Unidos es la separación de familias durante la aprehensión, se sabe de
múltiples casos de personas que son detenidas en una frontera como Mexicali y
deportados por otra muy lejana como Piedras Negras y viceversa, es también algo
cotidiana la repatriación de menores y entregarlos a la autoridad consular
mexicana, lo cual los coloca en una situación de alta vulnerabilidad, pues
hablándose así acuerdos bilaterales suscritos por México y los Estados Unidos,
son comunes también los golpes, insultos raciales en contra de los
indocumentados, principalmente cuando intentan escapar de los agentes de la
Patrulla Fronteriza, durante su aprehensión; ocurre en múltiples casos de
retención o destrucción de documentos oficiales de identificación personal de
ciudadanos mexicanos indocumentados aprehendidos en los Estados Unidos y
repatriados a México, también es muy grave la situación de los presos mexicanos
que purgan condenas en los Estados Unidos y que al ser repatriados se quejan
invariablemente de constantes abusos a sus derechos cometidos en su contra por
los custodios en las prisiones de ese país; de acuerdo al citado informe el
punto más grave y sensible ampliamente documentado y difundido se refiere la
violación al derecho a la vida de los trabajadores migratorios y sus
familiares, como consecuencia de los operativos instrumentados en la Frontera
Sur de los Estados Unidos que empujan los flujos migratorios hacia zonas de
alto riesgo y colocan a los migrantes en peligro de muerte, se cuentan por
cientos los muertos al tratar de cruzar las inhóspitas montañas, los desiertos
y los ríos al norte de nuestro país; tratar de resolver la problemática de los
migrantes, nos obliga a ser honestos y reconocer que no sólo en los Estados
Unidos se violan los derechos humanos de los migrantes, el informe del Centro
de Atención al Migrante, señala que en México es común el abuso de autoridad en
contra de los trabajadores migratorios, principalmente indígenas y
centroamericanos por parte de los policías municipales en las ciudades
fronterizas mexicanas durante las aprehensiones de migrantes en la vía pública,
y en el trayecto desde su lugar de origen en la frontera sur o la frontera
norte de México, principalmente en los puntos de revisión de la carretera
Precos instalados por la autoridad
federal mexicana, se dan casos de codos excesivos de multas a los trabajadores
migratorios que son detenidos en la vía pública, propinándoseles golpes,
insultos durante la aprehensión, traslado y detención a las estancias de
infractores por parte de custodios y policías municipales; ocurre así mismo
cita el informe, la violación de derechos laborales de trabajadores migrantes
eventuales por parte de empresarios locales y particulares, aprovechando la
condición de vulnerabilidad de los trabajadores migratorios, en años recientes
se ha dado el caso de empleadores que contratan trabajadores indígenas desde
los Estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca para trabajar en Tijuana, en
condiciones de extrema explotación en empresas maquiladoras de exportación; en
este rubro no existe la mínima supervisión de las condiciones contractuales por
parte de las autoridades locales encargadas de vigilar los derechos laborales,
la agresión hacia nuestros migrantes no es nueva, ahí están los antecedentes en
la operación guardián, la propuesta de la Ley 187, la construcción de nuevos y
más altos muros fronterizos, la contratación de más integrantes para la
Patrulla Fronteriza, ahí están las posturas senofóbicas y racistas de quienes ven
en los ilegales una carga, pero no observan que los ilegales constituyen el
sector más productivo de la producción trabajadora y que todo inmigrante legal
se convierte de inmediato en un consumidor apenas cruza la frontera; no toman
en cuenta por ejemplo de que tan sólo en el Estado de California, se han
calculado que generan el 15% del producto interno bruto y son una fuente muy
importante de generación de recursos por medio del pago de impuestos indirectos
como el impuesto al valor agregado, además los indocumentados también provoca
un efecto dinamizador de la economía, a ser consumidores de servicios
telefónicos, transportes, servicios legales y que además considerando los bajos
salarios que perciben comparados con los otros trabajadores generan altas tasas
de plusvalías a sus empleadores y contribuyen aumentar, a mantener bajos los
costos de producción en beneficio también del mercado interno de los Estados
Unidos, por lo que se refiere a las autoridades mexicanas, éstas poco hace a
favor de los trabajadores migratorios, en la XVII Conferencia de Gobernadores
Fronterizos en México y los Estados Unidos celebrada en septiembre de 1999 en
Tijuana, son el 5.8% de los participantes consideró el tema migratorio como
prioritario, cabe mencionar que no fue invitado ningún representante de la ONG
de ambos lados de la frontera, eso nos da una idea de la poca importancia que
de manera institucional le otorgamos al tema. Lo anteriormente mencionado, no
da una sola idea de la problemática de los migrantes, la realidad es más cruel
con ellos, muchos se ven obligados a delinquir, o las mujeres a prostituirse,
los niños a mendigar, a robar o a convertirse en vendedores de chicles, traga
fuegos o limpia parabrisas, y el sueño que tuvieron de cruzar la frontera a
muchos les costó la vida o la esperanza. Por otra parte, no obstante que la
organización de las Naciones Unidas en su resolución 45 mil 158 de 1990 aprobó
la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los
trabajadores migratorios y de sus familiares, y la Organización de los Estados
Americanos a su vez aprobó en junio del año 2000, la resolución 1717 sobre los
derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias, poco
ha cambiado la situación de los migrantes en nuestro país, atender el problema
de los migrantes es un asunto de Estado al que no se la ha dado la debida
atención por parte de las autoridades, sobre todo porque lo que está en juego
es la vida de miles de compatriotas que día con día tratan de cruzar la frontera
en la búsqueda de nuevos horizontes; este asunto indudablemente debe ser parte
obligada de cualquier reunión de carácter binacional, que se realice entre
ambos países, es muy difícil contener los flujos migratorios pero no lo es
tanto el empezar adoptar medidas orientadas a proteger la vida de nuestros
connacionales, nosotros como Representantes Populares debemos ser los primeros
en proponer las medidas que sean necesarias, para que las autoridades muestren
una mayor firmeza en la defensa de los migrantes mexicanos; así como una mayor
coordinación y eficacia, no es suficiente el que nuestro país sólo presente
protestas diplomáticas, hacen falta acciones de fondo que hay que atender y
encabezar y con ello manifestar a toda esta gente que sus causas y sus banderas
son las nuestras, las de sus Representantes Populares, es necesario el
construir entre todos nuevas estrategias que considerando los distintos ángulos
del problema plantean alternativas viables de aplicarse para defender la vida y
los derechos humanos de los migrantes mexicanos, este es un reto que trascender
a esta reunión expresamos en esta ciudad de Chihuahua y por ello y con base en
un punto de acuerdo que propusimos en el Congreso del Estado de Baja California
a mediados del año pasado ponemos a su atenta consideración, que se lleven a
cabo las siguientes acciones que sirvan de base para la defensa de los derechos
humanos de los migrantes mexicanos. Primero.- Se organice un evento al cual se
convoque a Legisladores Federales de las Entidades de la Frontera Norte y a los
de los Congresos de los Estados Fronterizos con los Estados Unidos con el fin
de analizar la problemática migratoria que acordaba una estrategia común para
atenderla en el cual participen también las organizaciones de defensa de los
derechos humanos y de los migrantes de estas Entidades Federativas, así como
Representantes de las Autoridades Estatales y Federales correspondientes.
Segundo.- Que los acuerdos, conclusiones y recomendaciones del citado evento se
hagan llegar a la Cámara de Diputados y las Autoridades Federales, Estatales
que a las que haya lugar con el fin de que cuenten con elementos para la
adecuación de las normas legales y acciones a emprenderse a corto plazo, para
dar solución puntual a la problemática, lo que argumentamos en esta reunión el
21 de marzo pasado en Chihuahua, dijimos, qué bueno que el Senado de la
República y los Legisladores Federales se esté dando puntual cumplimiento a un
punto de acuerdo que se generó en la XVI Legislatura en Baja California, porque
está fue el sustento o el planteamiento el Congreso de Baja California, para lo
cual se formuló esa reunión llevar a cabo en la ciudad de Chihuahua el día 21 y
22 de marzo próximo pasado, y que el día 26 de abril próximo se da cumplimiento
a la cuarta etapa regional en la ciudad de Puebla para resumir toda esta
materia y tener conclusiones a nivel nacional en la ciudad de Puebla. Tercero.-
Que como Legisladores habremos de constituirnos en defensores de los derechos
humanos de los mexicanos, no solamente de los migrantes, sino de cualquier
ciudadano, estas deben ser compromisos que como Representantes Populares
debemos asumir de plenitud y de cara a la Nación, muchas gracias. Compañeras y
compañeros Diputados, lo que acabo de informar fue esencialmente una síntesis
del tema que me permití tratar a nombre de esta Legislatura en el seno de esta
reunión regional, nacional en comento y por lo extenso y profundo del tema sólo
trato brevemente con el propósito de dejar constancia de nuestro interés por
continuar aportando nuestros puntos de vista para coadyuvar en la solución de
estos problemas que representan un estigma para nuestra dignidad como
mexicanos, muchas gracias.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien, compañero David Gutiérrez Piceno, muchas gracias por su
excelente informe que ha presentado a esta Asamblea, le solicitamos a la
compañera Diputada Olivia Villalaz haga uso de la Tribuna para que también
proceda a informarnos; y le solicitamos al compañero Magaña que ocupe la
Secretaría de esta Mesa Directiva.
- LA C. DIP.
VILLALAZ BECERRA: Diputado Gilberto Flores Muñoz Presidente de la XVI
Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, Distinguida compañera
Raquel Casillas, queridos y estimados compañeros Diputados. El pasado miércoles
4 de abril del presente año se llevó a cabo en la ciudad de México el Foro de
las Mujeres ante la Ley de Derechos y Cultura Indígena, a dicho Foro acudí con
la honrosa representación de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja
California, en dicho Foro estuvieron como ponentes invitadas la Titular de la
Oficina para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Xochilt Galés Ruiz, la
Senadora María Luisa Calderón Hinojosa, la Licenciada Especialista Magdalena
López Rivera, la Senadora Aidi Cecilia Joaquín Colwen, la Senadora Leticia
Burgos Ochoa, el Senador Rafael Morgan Alvarez y la Licenciada Especialista
Barbara Zamora. Asimismo, en este magno evento participamos un grupo plural que
comprendía Senadoras, Diputadas Federales y Diputadas Locales, Representantes
de Organizaciones No Gubernamentales y Mujeres de los diversos movimientos
indígenas a favor de la mujer, además de que contamos con la presencia de
organizaciones diversas, como el Colegio Estudiantil de la Universidad Autónoma
de México, el SIMAC, el Centro de Ayuda Nacional a las mujeres maltratadas, la
Red de Promotoras Rurales y la Asociación de Mujeres Profesionistas y de
Negocios, además de las mujeres que están integradas del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación y del Seguro Social. Quiero informarles que el
propósito del Foro fue recoger las propuestas de las Legisladoras y los
Legisladores, así como de todos los sectores de la sociedad, que contribuyen a
edificar y enriquecer las propuestas de los derechos de las mujeres y la Ley de
los Pueblos Indígenas, que han generado los institutos de la mujer en los 19
Estados de la República Mexicana, la propuesta fue en el sentido de que se
deben de aprovechar las leyes de los derechos y culturas indígenas, dejando los
usos y costumbres todo aquello que los beneficia y removiendo de forma absoluta
lo que lastima, las mujeres de estas comunidades aisladas padecen abusos como
lo es el matrimonio sin el mutuo acuerdo, como lo ha sido la venta de mujeres,
su segregación y su degradación social, la negativa al respecto sobre su
cuerpo, su falta de educación social, la negativa acceso equitativo a la salud,
el derecho de tener una sexualidad informada, el respeto a la autonomía de su
reproducción y la negativa de su participación, con voz y voto en las asambleas
de cualquier nivel sea local, estatal o incluso de carácter nacional; así
también les informo que se mencionó la intervención de la
Comandante Esther del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, y extrayendo
lo fundamental de sus palabras expuestas durante el mes pasado ante la Tribuna
del Congreso de la Unión, quien expuso y solicitó que se defina las propuestas
de equidad a favor de las mujeres dentro y fuera de sus comunidades indígenas,
solicitó que se cumpla con prioridad el Artículo Cuarto, que las mujeres
indígenas ya no deben de ocupar lugares secundarios y para ellos se necesita
terminar con la desigualdad que padecen, los hombres están en deuda con sus
mujeres indígenas y es por ello que se deben revisar los códigos sociales, la
mujer debe dejar de ser pobre entre las pobres, sitó la Comandante Esther al
decir que desde el Gobierno se faltó a la palabra y por ello se traicionó a la
palabra, quiero mencionar también la participación de la Senadora Luisa María
Calderón Hinojosa, la cual planteó que deben existir acciones afirmativas a
favor de las mujeres indígenas y debe terminarse de forma absoluta con la
discriminación porque la verdad como lo expresó la Senadora Luisa Calderón
Hinojosa, es que no existe una igualdad entre los géneros, es mi labor hacer de
su conocimiento que durante mi participación en ese evento solicité la
conformación de una comisión bicamaral del Congreso de la Unión integrada por
Legisladores y Legisladoras en materia de los derechos indígenas, la cual debe
de acudir al Estado de Baja California, para que las propuestas y los
planteamientos sobre nuestras comunidades, sean escuchadas por las Etnias,
Cucapah, Kiliwas, Pai Pai, Kiniai, Cochimies y los compañeros indígenas del
Valle de San Quintín, se han escuchado de forma extensa, integral ya que los
beneficios a estas Etnias no deben de quedarse en el Sur de México, no deben de
ser exclusivas de un Estado o de una Región, ya que deben de ser llevadas,
manifestadas y atendidas a nivel nacional, así también pedí que Baja California
sea la Sede del Primer Congreso Nacional de Instituto de la Mujer... al
Congreso de la Cámara de Diputados y de Senadores presentada por el Presidente
de México Vicente Fox Quezada. Por último y ante lo escuchado en el Foro quiero
hacer patente y pública mi propuesta, debe de existir urgentemente una
reconciliación nacional de los mexicanos y las mexicanas, debe de existir una
lucha que aunque sea ardua nos arrojen resultados en bien de la comunidad
mexicana, debe de existir una lucha certera y congruente como la que es
encabezado desde el 12 de noviembre de 1998, cuando presenté ante este Pleno
del Congreso del Estado de Baja California, la Iniciativa de Ley para crear el
Instituto de la Mujer de Baja California, que todavía está entrampado y creo que
ha sido un retroceso. Concluyendo, creo haber informado cabalmente lo escuchado
en el Foro y las propuestas hechas por una mujer en la que encuentran su segura
servidora, es cuanto Diputado Presidente de este Congreso, Mesa Directiva,
compañera Legisladora, compañeros Diputados y estoy atenta para la siguiente
comisión que me asigne en representar el Congreso del Estado de Baja
California.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien compañera Diputada Olivia Villalaz muchas gracias por su
informe de mucha significación ahora que estamos tratando de conformar nuestro
Instituto de la Mujer en Baja California, y aquí también tenemos mujeres
indígenas autóctonas emigrantes. Bien, pasamos al quinto punto del orden del
día, se refiere a la Toma de Protesta del Profesor Ulises Arce Salvador como
Diputado de la XVI Legislatura del Estado, por el período del 6 de abril al 9
de julio del 2001. Ciudadano Profesor Ulises Arce Salvador, lo invitamos a que
pase aquí al frente. A todos los Diputados y los ciudadanos se pongan de pie. Para
dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 107 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Baja California, he solicitado al Profesor
Ulises Arce Salvador pasar al frente de esta Tribuna para la Toma de Protesta
de rigor correspondiente. “PROTESTAIS GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION
POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA Y LAS LEYES QUE DE AMBAS EMANAN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE
EL CARGO DE DIPUTADO DE LA XVI LEGISLATURA DEL ESTADO, POR EL PERIODO DEL 6 DE
ABRIL AL 9 DE JULIO DEL 2001, QUE EL PUEBLO OS HA CONFERIDO MIRANDO EN TODO EL
BIEN Y PROSPERIDAD DE LA UNION Y DEL ESTADO, (Si protesto). SI ASI NO LO
HICIEREIS, QUE EL PUEBLO OS LO DEMANDE”. Muchas gracias compañero bienvenido,
lo invitamos a que ocupe su curul y se integre a los trabajos. Bien, muchas
gracias compañeros, tomemos asiento y continuemos con los trabajos.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Solicito un receso de cinco minutos.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante, aceptado compañero. (Receso 14:10 horas). (Se continúa
sesión 14:20 horas). Ha concluido el receso y pasaríamos, sí, hacemos constar
la presencia del compañero Diputado Ruvalcaba Flores bienvenido. Se pasa al
sexto punto del orden del día, Informes o Dictámenes que rinden las Comisiones
Especiales o Permanente, se pregunta a los Presidentes de las Comisiones
Permanentes sí tienen algún Dictamen que rendir; compañero Sócrates Bastida y
el compañero Héctor Magaña. Haga uso de la Tribuna compañero Magaña.
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: Con su permiso señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante.
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: Mesa Directiva, compañera Diputada, compañeros Diputados. la
Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, presenta los siguientes
Dictámenes, Dictamen número 162: reformas y adiciones al Artículo 285 de la Ley
de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Baja California, va a ser
leído por su servidor; el Dictamen
número 152: Iniciativa de reformas que derogan el capítulo cuarto, título 38 y
39 fracción I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, y IX, el artículo 22 primero y
tercero y cuarto párrafo y adición de un quinto párrafo, reformas al artículo
23, 24, 25, 27, fracción XIV y XXXII, 45, y 46 quinto párrafo, 109 primero y
tercer párrafo y adiciona el artículo 27 con la fracción XXXIV, todos de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, va a dar
lectura el Diputado Martín Domínguez Rocha; el Dictamen número 157, donde se
propone reformar los artículos 2191, 2194 y 2878 del Código Civil para el
Estado de Baja California, va a dar lectura el Diputado Edgar Arturo Fernández
Bustamante; el Dictamen número 151, Iniciativa del Instituto de la Juventud, va
dar lectura el Diputado Martín Domínguez Rocha, y el Dictamen número 141, que
reforma los artículos 88 de la Constitución Política del Estado de Baja
California, así como la Ley de Bienes Generales del Estado de Baja California,
el Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante, señor Presidente en virtud que
estos documentos ya fueron entregados con tiempo, estos documentos lo único que
voy a solicitar es la dispensa de la lectura total para que sé lectura nada más
a los proemios, considerandos y resolutivos señor Presidente. Quiero hacerles
otra petición, voy a cambiar la petición señor Presidente, en virtud de que
estos dictámenes ya fueron dados lectura en la Sesión pasada, voy a solicitar
que no se le dé lectura al proemio y al resolutivo, pero también quiero agregar
algo de estos dictámenes, que la semana pasada se regresaron y se quedó que los
Diputados iban a ir a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
bueno a proponer y a ver cómo podríamos enriquecer más estos dictámenes, pero
no fue posible porque no asistieron los Diputados, se les mandó un documento,
una invitación a cada uno de ellos, para que estuvieron hoy a las once de la
mañana, por tal motivo nuevamente esta comisión los vuelve a bajar en virtud de
que no se presentaron en la comisión, y vamos a darles lectura a estos dictámenes,
la Comisión los presenta al Pleno para su votación.
- EL C.
PRESIDENTE: Quiere hacer alguna pregunta.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Quiero interpelar al orador.
- EL C.
PRESIDENTE: Acepta la interpelación compañero Diputado.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: En realidad se envió esa invitación, pero hoy se certificó que
no se había reunido el quórum de los integrantes de la comisión y que por tanto
no habría el trabajo, yo creo que eso impidió que las personas que tenemos un
interés en participar hubiéramos podido trabajar, nunca estuvieron aquí los
integrantes de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales
suficientes, a la hora que usted convocó según tengo entendido para ese
propósito, ¿es así?
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: Estuvieron presentes los Diputados en virtud de que se tenía
al Pleno, a las once de la mañana citamos, estuvieron los Diputados presentes,
lo único que estabamos diciendo los de la comisión, es que estuvieran aquellos
Diputados que no son integrantes con el propósito de que lo analizaran, en
virtud de que ya los Diputados de la comisión ya lo discutieron, ya lo
analizaron y nomás estamos esperando que ustedes estuvieran presentes; ahí
estuvimos con la Secretaría Técnica, estuvo el Departamento Jurídico, hicimos
el contacto con los Diputados integrantes y levantamos una acta de sesión.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). La pregunta concreta, se levantó un acta de
sesión, no se trabajaría, porque no estaba integrado el quórum.
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: Bueno, sería en la postura que usted lo quiera comentar, lo
que nos interesaba a los integrantes de la Comisión es que asistieran los que
no son miembros de la comisión.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, desea interpelarlo? Acepta la interpelación compañero?
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: Sí, es que yo recuerdo que en la pasada reunión que tuvimos
aquí, se comentó que no había fecha exacta para reunirse a debatir estos temas,
que se dejaba abierto, sin embargo la sorpresa es que hoy está agendada reunión
de Comisión de Legislación a las once de la mañana sin haber todavía el
consenso previo a la C.R.I.P.P., los mismos Diputados por lo tanto creo que se
dejó abierto el tiempo para que analizara con más detenimiento esos puntos a
bajar.
- EL C.
PRESIDENTE: Bueno, entonces compañero Magaña pues tiene las observaciones de
sus compañeros Jiménez Mercado y Héctor Esparza; compañero desea interpelarlo.
- EL C. DIP.
DELFIN CASTRO: (Desde su curul). Este mismo contenido y la misma información
que me hizo llegar a mi que no había quórum, por lo cual ya no se acompletaba
el quórum de la Comisión, en la misma circunstancia del compañero.
- EL C.
PRESIDENTE: Compañero Presidente de la Comisión de Legislación.
- LA C. DIP.
VILLALAZ BECERRA: Pido un receso Diputado Presidente, pido un receso Diputado
Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Aceptado. (Receso 14:29 horas). (Se reanuda la sesión 14:33 horas).
Reiniciamos los trabajos, tengo entendido que ya se pusieron de acuerdo,
compañero Magaña, porque nos hace el favor de informar finalmente como queda la
agenda de la Comisión de Legislación.
- LA C.
SECRETARIA: Favor de pasar a sus curules va a iniciar la sesión, esto a
indicación del Presidente del Congreso del Estado por instrucciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Pase lista de asistencia.
- LA C.
SECRETARIA: Con mucho gusto Diputado Presidente. Muy bien, Diputado Presidente
atendiendo a su solicitud pasamos lista de asistencia: Aguilar Kaiten
Guillermo, Avitia Nalda Sergio, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chipres
Héctor, Casillas Muñoz Raquel, Delfín Castro Miguel, Domínguez Rocha Martín,
Esparza Herrera Héctor, Fernández Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz
Gilberto, Gómez Mora Sergio, Gutiérrez Piceno David, Jiménez Mercado Jaime,
Magaña Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Márquez Alejandro,
Ruvalcaba Flores David, Villalaz Becerra María del Refugio Olivia, Arce
Salvador Ulises, y Cano Jiménez Antonio Ricardo. Existe quórum Diputado
Presidente.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Dígame.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: (Desde su curul). Para solicitarle muy respetuosamente a la
Secretaría que incluya al Profesor Ulises Arce Salvador en la lista, que es muy
importante su presencia.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Para hacer constar mi presencia sí es tan
amable.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien compañero Diputado Cano y damos constancia de la presencia
del compañero Diputado Ulises Arce Salvador en lugar del compañero Efrén Macías
Lezama. Compañero pase hacer uso de la Tribuna y cuáles son los dictámenes que
vamos a tratar.
- EL C. DIP.
MAÑANA MOSQUEDA: En virtud de que ya hay un acuerdo, acordado, otro acuerdo
acordado. Se le va a dar lectura, se van a presentar al Pleno el Dictamen nada
más 162, 152 y el 141 señor Presidente, los demás van a estar retirados y
solicito nomás que se lea proemios y resolutivos.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy, entonces me permite la lista para tenerla aquí, a mi me pone
quienes son los que van a leerlo. Bien, entonces el Presidente de la Comisión
de Legislación y Puntos Constitucionales nos ha solicitado a esta Asamblea que
someta a consideración, que solamente se lean los proemios y resolutivos de los
dictámenes en cuestión, dado que ya fueron leídos de manera amplia en la
anterior Asamblea; entonces compañera Secretaria por favor tome el sentido del
voto de cada uno de los Diputado por vía nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Los compañeros Diputados por instrucciones de la Presidencia emitir
el sentido de su voto por vía nominal, iniciando por la derecha, que nada más
se lean los proemios y resolutivos.
- Guillermo
Aguilar kaiten, a favor.
- Antonio Cano,
a favor.
- Fernández
Bustamante, a favor.
- Raquel
Casillas, a favor.
- Sergio
Avitia, a favor.
- David
Gutiérrez Piceno, a favor.
- Héctor Esparza,
a favor.
- Jaime Jiménez
Mercado, a favor.
- Ulises Arce
Salvador, me abstengo.
- Ruvalcaba, a
favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Alejandro
Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor
Baltazar Chipres, a favor.
- Molina
Rodríguez Juan Manuel, a favor.
- Aguilar
Kaiten Guillermo, a favor.
- Bahena Flores
Alejandro, a favor.
- Delfín Castro
Miguel, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Algún Diputado falta por votar; algún Diputado falta por votar;
- EL C.
PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.
- Magaña
Mosqueda Héctor, a favor.
- Villalaz
Becerra María del Refugio Olivia, a favor.
- Arango Pérez
José Félix, a favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente tenemos 19 votos a favor, cero en contra y una
abstención.
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: Con permiso señor Presidente, una aclaración más, hay otra
petición de otro Diputado que pide analizar más el Dictamen número 162,
aceptamos su petición, esta Presidencia retira el número 162.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, vamos a solicitarle al compañero Diputado Salvador Ulises que
sustente su abstención.
- EL C. DIP.
ARCE SALVADOR: Muy buenas tardes señor Presidente Flores Muñoz, me abstengo
porque desconozco los Dictámenes.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien compañero. Bien, entonces se aprobó la solicitud del Presidente
de la Comisión de Legislación por cuántos votos.
- LA C.
SECRETARIA: 19 votos a favor Diputado Presidente, cero en contra y una
abstención.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien. Entonces iniciamos los trabajos de la Comisión de
Legislación y vamos a solicitarle al compañero Diputado Martín Domínguez, que
pase a exponernos el Dictamen número 152.
- EL C. DIP.
DOMINGUEZ ROCHA: Con su permiso Diputado Presidente, voy a dar lectura al
Dictamen número 152 de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
relativo a la desaparición de los períodos de receso en el Congreso del Estado,
para efectos de que este Poder funcione de manera ininterrumpida. Honorable
Asamblea. La suscrita Comisión, en ejercicio de las facultades que le confieren
los artículos 44 fracción II, 48 fracción I, 49 fracción II, 64, 67, 114, 116 y
demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, recibió para su estudio, análisis y dictaminación, la “Iniciativa
de reformas que deroga el capítulo IV, artículos 38 y 39 fracciones I, II, III,
IV, V, VI, VII, VIII, IX y la Fracción VII del Artículo 49; que reforma los
artículos 22 primero, tercero y cuarto párrafo; 23; 24; 25; 27 fracción XIV y
XXXIII; 45; 46 sexto párrafo; 109 primero y tercer párrafo y que adiciona el
artículo 27 con una fracción XXXIV,
todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California”; presentada por el C. Diputado Martín Domínguez Rocha, en los
siguientes términos: ANTECEDENTES:
I. Con fecha 15 de junio del 2000, el C. Diputado Martín Domínguez
Rocha integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con
fundamento en los artículos 27, fracción I y 28 fracción I de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, presentó ante esta H.
XVI Legislatura Constitucional, la iniciativa antes mencionada. II. Recibida
qué fue la iniciativa en comento, el Presidente de la Mesa Directiva; conforme
a la facultad conferida por el inciso e) de la fracción II del artículo 37 de
la Ley Orgánica del Poder legislativo del Estado de Baja California, la turnó a
esta Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. III. Una vez recibido
el proyecto en comento, analizado qué fue en todos y cada uno de sus términos,
en cumplimiento por lo previsto en el artículo 128 de la Ley Orgánica de este
Poder, se somete a la consideración de esta H. Asamblea el presente Dictamen,
bajo el siguiente: ANALISIS Y
ESTUDIO: Del estudio integral de la iniciativa de reformas presentada ante esta
Soberanía, se observa lo siguiente:
1. DE
LA MOTIVACION DEL AUTOR DE LA INICIATIVA.
De un
análisis a las instituciones que conforman el Poder Legislativo se desprende
que la Comisión Permanente, no sólo resulta inútil, sino que además obstaculiza
la continuidad de los asuntos que son competencia del Congreso, dado que sus
atribuciones corresponden a la función legislativa y primordial de este Poder
y, en consecuencia, se acude frecuentemente a la convocatoria de períodos
extraordinarios para cumplir con sus fines y competencias. La Comisión
Permanente, ha nacido en nuestra Constitución a imagen y semejanza de la que se
instituye en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como
ésta la adoptó de la Legislación Española, que se remonta al siglo XIII de la
cual autores de renombre como el maestro Felipe Tena Ramírez, Emilio Rabasa,
Jorge Sayeg Helú, Ignacio Burgoa Orihuela, el Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la U.N.A.M. y el Instituto Iberoamericano de Derecho
Constitucional, niegan utilidad alguna a la Comisión Permanente, bajo el
argumento coincidente de que su existencia obedece sólo a la forzocidad de
promulgar las funciones de los Congresos ante la actividad constante de los
Poderes Ejecutivo y Judicial, por su necesaria interactuación, no obstante que
dicha Comisión no responde a una función de naturaleza legislativa y tampoco su
composición se ajusta a nuestro régimen representativo, de ahí que si bien es
cierto, se requiere darle continuidad y permanencia a las funciones del
Congreso del Estado, en ésta Iniciativa se propone la derogación de la Comisión
Permanente, por tanto de los períodos de Sesiones y la consistencia
calendarizada de sesiones que no derive de la interrupción de sus trabajos y
atribuciones constitucionales, es decir un Congreso que atienda permanentemente
las necesidades legislativas, sociales y políticas de la entidad. 2. ANALISIS
DE LA INICIATIVA EN LO GENERAL.
1. De
la derogación del Capítulo IV, artículos 38 y 39 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Baja California.
El autor de la
iniciativa propone derogar el Capítulo IV denominado “De la Comisión
Permanente” y por consiguiente los artículos 38 y 39 que lo integran, con la
finalidad de suprimir de la legislación del Estado, la figura de la Comisión
Permanente. Ante ésta propuesta, para iniciar el presente análisis legislativo,
es oportuno precisar que el ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una
asamblea de representantes del pueblo denominada Congreso del Estado, integrada
por Diputados que se eligen cada tres años, mediante el sufragio universal,
libre, secreto, directo, personal e intransferible, mismos que ejercen sus
funciones en legislaturas y en Períodos Ordinarios de Sesiones, uno del 1ro. de
Octubre al 31 de Enero y el otro del 1ro. de Abril al 30 de Junio.
La Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en su Capítulo IV
denominado “De la Comisión Permanente” establece en su artículo 38 que “La
víspera del día en que deban terminar las sesiones ordinarias, el Congreso
nombrará para el tiempo de su receso, una Comisión Permanente compuesta de diez
Diputados en ejercicio, de los cuales siete funcionarán como propietarios y
tres quedarán como suplentes o supernumerarios”. Posteriormente, el artículo 39
consagra sus atribuciones, advirtiéndose de las mismas que a éste organismo no
se otorga la atribución de legislar, función primordial y esencial del Poder
Legislativo. Basados en los citados
preceptos, es evidente que cada año, el Congreso del Estado permanece cinco
meses en receso, comprendidos de Febrero a Marzo y de Julio a Septiembre,
lapsos en los cuales el Poder Legislativo no ejerce funciones de carácter
legislativo, toda vez que como se precisó, esa atribución no es propia de la
Comisión Permanente, por lo que ante esta situación, es necesario analizar si
realmente la existencia de ese organismo resulta útil para el Poder
Legislativo. La Comisión Permanente, según algunos estudiosos, justifica su
existencia en la clásica división del poder público en ejecutivo, legislativo y
judicial, en razón del equilibrio que entre ellos debe existir, reconociéndose
actividades por igual dentro de la esfera de atribuciones que a cada uno
corresponde. En ese sentido, se ha
considerado que la Comisión Permanente es una respuesta a la necesidad de
prolongar igualmente las labores de los tres poderes en el tiempo, en virtud de
la duración limitada que tienen los períodos de sesiones en el Congreso, frente
a la ilimitada actuación en el tiempo del ejecutivo y judicial, en consecuencia,
se requiere que el legislativo prolongue su actuación, con la finalidad de que
exista correspondencia entre esos tres poderes. El maestro Jorge Sayeg Helú
considera que la Comisión Permanente es el órgano del Poder Legislativo
encargado de continuar las funciones de éste al lado de los Poderes Ejecutivo y
Judicial, durante los recesos del Congreso, funciones que son un tanto
diferentes de las que se atribuyen a éste, desprendiéndose así que no se trata
de un órgano substituto porque si así fuera, tendría encomendadas las mismas
funciones. La Comisión Permanente es un organismo legislativo también,
competente del anterior porque, general y esencialmente tiene encomendada no la
formación de las leyes, sino a la preparación de los asuntos que el Congreso
debe tratar en los periodos ordinarios de sesiones, o bien convocar a periodos
extraordinarios y en los casos extremos de necesidad, el conocimiento de
asuntos de urgente resolución. Legislar, en todos los ramos de la
Administración que sean competencia del Estado y reformar, abrogar y derogar
las leyes y decretos que expidieren representa una respuesta a las necesidades
jurídicas, políticas, sociales o económicas de toda sociedad contemporánea, lo
que permite pensar en la optimización de la función, a través de la
ininterrupción de la actividad legislativa y fiscalizadora. Es indudable que
hoy en día, las necesidades de la sociedad se han incrementado importantemente,
o bien, dicho de otra forma, las sociedades actuales no muestran tregua en su
dinámica y ello obliga a la imperiosa forzocidad de la prolongación de la
actividad del legislador. Las
facultades de la Comisión Permanente, básicamente están encaminadas a sustituir
al Congreso del Estado durante los períodos de receso; pero, como anteriormente
se asentó, ninguna de sus atribuciones son de naturaleza legislativa; por el
contrario, ostentan un carácter burocrático, desprendiéndose así que la única
facultad autónoma que tiene la Comisión Permanente es la relativa a convocar a
períodos extraordinarios. Además, considerando la naturaleza y los límites de
las facultades de la Comisión Permanente, no puede considerarse como un órgano
que desempeñe un exacto control sobre la actividad del Ejecutivo, limitando su
importancia a no retardar el despacho de asuntos burocráticos hasta el
siguiente período ordinario de sesiones del Congreso. Este es uno de los
motivos por los que gran parte de la doctrina mexicana ha insistido en que la
Comisión Permanente debe desaparecer de nuestro sistema. Al respecto, el maestro
Ignacio Burgoa Orihuela en su obra “Derecho Constitucional Mexicano” señala que
“Ha sido práctica político-constitucional generalizada la implantación de un
organismo que, bajo distintas denominaciones, funciona durante los recesos de
los órganos legislativos, no para sustituirlos en sus atribuciones, sino para
preparar los negocios públicos que éstos deben tratar durante los periodos
ordinarios de sesiones, para convocarlos a sesiones extraordinarias y para
conocer de determinados asuntos urgentes que, dada su premura, no pueden
esperar a su reunión. El Congreso, aunque no esté reunido, queda a salvo de una
posible intromisión del Ejecutivo en los negocios cuyo tratamiento incide
dentro de su órbita competencial”. Como complemento, es conveniente citar que
el Congreso del Estado realiza sus funciones en sesiones, períodos y
legislaturas. La reunión de los integrantes del Congreso del Estado se denomina
“sesión del pleno o asamblea”; el “período” es la serie continuada de sesiones
distinguiéndose en ordinario, extraordinario o de receso. El ejercicio de las
funciones de los Diputados durante tres años constituye una “Legislatura”; en
ese sentido, considerando las atribuciones de la Comisión Permanente, podemos
afirmar que mientras exista ésta figura, ninguna Legislatura podrá realizar en
forma continua la función legislativa que la Constitución le encomienda.
Diversos autores, han manifestado sus razones para considerar que la Comisión
Permanente resulta inútil y por consiguiente, debe desaparecer de la legislación
mexicana, entre esas consideraciones a continuación se citan los siguientes
argumentos: El maestro Carlos Garza García en su obra denominada “Derecho
Constitucional Mexicano”, señala: “En nuestro criterio, no existen razones para
la existencia de la Comisión Permanente, pues el Colegio bien pudiera funcionar
permanentemente, pero sólo sesionar cuando fuera necesario. Además, del
análisis de las atribuciones de la Comisión Permanente es fácil concluir que es
un órgano inútil, que sólo suple la ausencia de actividades del Congreso en
asuntos simplemente políticos. Por otra parte, es indudable que no hay razones
lógicas para pensar en que el Congreso deba tener recesos en sus actividades,
pues no requiere de sesiones permanentes, pero es incontrovertible que su
labor, por su naturaleza, no debiera detenerse formalmente en ningún momento
del año (menos en una época en que los medios de comunicación y transportación
permiten el flujo de información y de personas, en tiempos muy reducidos). Con
respecto a la opinión de algunos autores en el sentido de que la labor continua
del Legislativo acarrea “el desastre político y legislativo”, tenemos que
decir, que no encontramos otra razón para tal aseveración, que la costumbre de
repetirla”. Jorge Sayeg Helú, en su obra “El Poder Legislativo Mexicano”
argumenta que “La comisión permanente no es, sino un “organismo apéndice del
legislativo”, como lo señala Burgoa, y ha sido por ello mismo, precisamente:
porque no quiere responder sino a un “concepto exagerado de la predominancia
legislativa..., conforme a la cual el poder ejecutivo debe estar siempre bajo
el control de la representación popular”, que ha pretendido demostrarse su
inutilidad. Pocos son los países que, como el nuestro, han adoptado a dicha
institución dentro de sus prácticas legislativas. La mayoría la han rechazado
de plano, dada esa pretendida inutilidad que más se evidencia –explica Tena- a
medida que se comprueba que las funciones de la permanente no vienen sino a
reemplazar a las del propio Congreso, y que su composición de ninguna manera se
ajusta a nuestro régimen representativo”. En suma de lo antes expuesto, es
conveniente precisar que hoy en día, las necesidades jurídicas, políticas,
sociales o económicas de la sociedad no pueden esperar una respuesta durante
los periodos de receso del Congreso del Estado. Los Diputados integrantes de
una legislatura constitucional y representantes del pueblo, a través de la
facultad de legislar pueden y deben responder a esas necesidades. No existen
razones lógicas para pensar que el Congreso del Estado debe continuar teniendo
periodos de receso, especialmente cuando para nadie resulta desconocido que
durante los periodos de receso se termina convocando a periodos extraordinarios
de sesiones; en consecuencia, la Comisión Permanente se ha convertido en un
obstáculo para la actividad legislativa en el Estado, incluso como se asentó en
el presente análisis, no se considera un sustituto del Congreso por el simple
hecho de que la Constitución Política del estado de Baja California no le
otorga las mismas atribuciones. Por las razones expuestas, la facultad de
legislar, función primordial y esencial del Poder Legislativo no debe
detenerse; por ende, los periodos de receso resultan contrarios a su
naturaleza, para ello se estima necesario la existencia de tres periodos de
sesiones que permitan la continuidad de las funciones del Congreso del Estado
en forma conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial. La continuidad
legislativa, representaría para Baja California dentro de su autonomía como
entidad federativa, tener una Constitución acorde con las necesidades actuales
de sus habitantes, evitando la existencia de rezago de trabajo y que las
iniciativas de ley que se presenten para reformar el marco legal en el Estado se
analicen en corto tiempo y el resultado de las mismas se aplique oportunamente
a favor de la sociedad; en consecuencia se estima procedente la derogación del
Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, así como de los artículos
38 y 39 que lo integran, para quedar de la siguiente manera:
CAPITULO IV DE
LA COMISION PERMANENTE (DEROGADO)
Artículo 38.-
DEROGADO
Artículo 39.-
DEROGADO
2. Del artículo
22.
Se propone
reformar los párrafos primero, tercero y cuarto, con el objeto de establecer
para el Congreso del Estado tres períodos de sesiones. En cuanto al párrafo
primero, como se asentó en el comentario que antecede, para ejercer en forma
continua la facultad de legislar y actuar en forma conjunta con los Poderes
Ejecutivo y Judicial, se estima que el Congreso del Estado requiere de la
existencia de otro período de sesiones que comprenda los cinco meses de receso
que tiene cada año. Actualmente, el Congreso del Estado tiene dos períodos
ordinarios de sesiones, uno del 1ro de octubre al 31 de Enero y el otro del 1ro
de Abril al 30 de Junio; por consiguiente, los meses comprendidos de Febrero a
Marzo y de Julio a Septiembre son los periodos de receso del Congreso del
Estado; en ese sentido se proponen tres periodos ordinarios de cuatro meses
cada uno, comprendidos del 1ro. de Octubre al 31 de Enero el primero; del 1ro.
de Febrero al 31 de Mayo el segundo; y, el tercero del 1ro. de Junio al 30 de
Septiembre. Con ésta propuesta se garantiza el ejercicio de la facultad de
legislar y la actuación continua de las actividades del Poder Legislativo
conjuntamente con los Poderes Ejecutivo y Judicial, redundando en beneficio de
la sociedad de Baja California que podrá encontrar una pronta respuesta a sus
necesidades jurídicas, políticas, sociales o económicas, por consiguiente, se
estima procedente la reforma que se propone al párrafo primero. En el párrafo
tercero, se propone precisar aquellos asuntos de los que deberá ocuparse el
Congreso del Estado durante el segundo y tercer período de sesiones. Es
oportuno señalar que no se modifica el contenido de fondo de ese párrafo,
simplemente se adiciona la frase “y tercer periodo”, ampliar y garantizar el
desahogo de los asuntos del Congreso, en el ánimo de la continuidad, a la vez
que se positiviza la redacción en torno a la revisión de las cuentas públicas,
eliminando la expresión “no se limitará a”, para decir “en esta función
investigará si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas
respectivas del presupuesto, comprobando la exactitud y justificación de los
gastos hechos y determinará las responsabilidades que resultaren”, por lo que
se considera procedente la reforma que se propone al párrafo tercero. No
obstante lo anterior, se estima la necesidad de derogar el cuarto párrafo del
presente numeral y en consecuencia resulta innecesaria la reforma que al mismo
se propone, toda vez que al establecerse en el primer párrafo la existencia de
tres períodos, no solo se garantizará el ejercicio de la facultad de legislar y
la actuación continua de las actividades del Poder Legislativo en forma
conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial, sino también se abatirá el
rezago de trabajo y podrán ser analizadas en corto tiempo las iniciativas de
ley que se presenten para reformar el marco legal en el Estado. En dicho tenor,
el Artículo 22 se modifica para quedar como sigue:
Artículo 22.-
El Congreso del Estado tendrá cada año de ejercicio constitucional, tres
períodos de sesiones, del 1 de octubre al 31 de Enero el primero; del 1 de
Febrero al 31 de Mayo el segundo; y el tercero del 1 de Junio al 30 de
Septiembre.
En el primer
período...............
En el segundo y
tercer períodos, el Congreso se ocupará del examen, discusión y aprobación de
las Cuentas Públicas del año anterior, tanto del Estado como de los Municipios.
En esta función el Congreso investigará si las cantidades gastadas están o no
de acuerdo con las partidas respectivas del Presupuesto; comprobando la
exactitud y justificación de los gastos hechos y determinará las
responsabilidades que resultaren.
3. Del artículo
23.
Se propone
reformar por completo el numeral en análisis, toda vez que el objeto del mismo
consiste en regular los casos en que el Congreso podrá celebrar sesiones
extraordinarias o períodos extraordinarios, a petición de los diputados, de la
Comisión Permanente o del Ejecutivo, resultando en absoluto inoperante su
contenido actual, por lo que se considera necesario establecer la existencia
del quórum para que el Congreso pueda celebrar sesiones, definiendo la fórmula
para su integración, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 23.-
El Congreso sólo podrá sesionar con la asistencia de más de la mitad del número
total de sus miembros.
4. Del artículo
24.
Se propone
establecer el procedimiento mediante el cual se garantice cubrir o suplir el
incumplimiento a las obligaciones inherentes al cargo de Diputado, como lo es
la asistencia a las sesiones del Congreso del Estado, que en caso contrario
representan un riesgo en el ejercicio del poder. En primer termino establece
con mayor claridad un procedimiento que permita compeler a los Diputados
ausentes para que concurran a las sesiones, tanto aquella en la que se instale
el Congreso como en las que deben dar cumplimiento exacto a sus obligaciones
como servidores públicos. La reforma propuesta, contempla la declaración de
vacantes de sus puestos en caso de incurrir en cinco faltas consecutivas a las
sesiones, previamente realizados los llamados y apercibimientos necesarios,
hasta el grado de convocar a elecciones extraordinarias apegado a los lineamientos
establecidos por la Constitución Local y la ley de la materia, lo que permitirá
no estar en el supuesto de un vacío de poder, para el caso de que no asistan ni
los propietarios ni los suplentes, tanto en posibles casos individuales como
aquellos que representen imposibilitar la existencia del quórum, inclusive. Con
esta reforma, no podrán existir posturas eminentemente políticas o de partido,
no se deformará el sistema constitucional de poderes públicos, ante la
posibilidad de que las personas investidas como Diputados no se sujeten al
estado de derecho que en su momento protestaron salvaguardar, cumpliendo y
haciendo cumplir el orden constitucional. La intención del autor redunda en
beneficio de Baja California, los Diputados son los representantes del pueblo,
de ahí la importancia que reviste su asistencia a las sesiones del Congreso del
Estado. con frecuencia, se observa en las sesiones del Pleno la ausencia de
algunos Diputados, aún cuando la fracción III del artículo 10 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece como
obligación de los Diputados asistir puntualmente a las sesiones tanto del Pleno
del Congreso como de las Comisiones o
Subcomisiones de las que formaren parte, asimismo, en el mismo precepto,
la fracción II establece la obligación de acatar las disposiciones del Pleno
del Congreso y de la Presidencia de conformidad con la presente ley, por
consiguiente los Diputados deberán respetar y obedecer de aprobarse la presente
reforma que enriquecería el funcionamiento y continuidad del Poder Legislativo
en el Estado, por lo que se estima procedente la reforma que se propone al
numeral en estudio, para quedar de la siguiente manera: Artículo 24.- Si el día
señalado para la instalación del Congreso, no se presentaren todos los
Diputados electos; o si una vez instalado no hubiere quórum para la celebración
de las sesiones, los que estuvieren presentes compelerán a los ausentes, para
que concurran a la próxima sesión, la que no deberá rebasar el término de cinco
días a la fecha de la instalación o de la sesión, apercibiéndolos hasta en dos
ocasiones, de que en caso de que dejaren de comparecer injustificadamente se
llamará a los suplentes. Si estos incurrieren en la misma omisión, se declarará
vacante el puesto, obligándose inmediatamente a convocar a elecciones
extraordinarias, conforme a la Ley de la materia.
5. Del artículo
25.
Se pretende
sustituir el vocablo “secretas” por “privadas” para referirse a las sesiones
del Congreso del Estado, que por la naturaleza de los asuntos que vayan a
tratarse en ellas deben revestir ese carácter. Esta propuesta se sustenta con
dos argumentos; el primero, en la convicción de que los asuntos del Congreso
son asuntos públicos, cuyo conocimiento debe ser generalizado y abierto, además
de exigible por sus representados, toda vez que los diputados, como sus
representantes, deben obligarse a la publicidad de sus actos, en lo particular
y, máxime, como Congreso. El segundo, en el sentido de que los asuntos que
pueden requerir de sesiones secretas, según la tradición y la práctica
parlamentaria, tratándose de asuntos de responsabilidades de servidores
públicos y otros que involucren informaciones privadas de personas y aun los
que versen sobre los presupuestos del Congreso, sueldos, dietas y demás, deben
publicitarse, dado que ello nos somete a un entorno de discusión dentro del
respeto a la persona y de altura en el debate, amén de la transparencia en la
aplicación de los recursos presupuestales y nos exige una proyección de moral y
ética política que respondan a la encomienda asumida. La modificación propuesta
no pretende violentar el principio de publicidad que conlleva el vocablo
“secretas”. Consideramos que el vocablo propuesto está encaminado a una clara
interpretación en el contenido de este precepto, además redunda respecto la
transparencia y publicidad de los asuntos del Congreso del Estado, los cuales
siempre se ha estimado necesario que sean del conocimiento general de la
sociedad que a través de los Diputados integrantes de una legislatura
constitucional encuentran su representación, por consiguiente se estima
procedente la reforma que se propone, para quedar como sigue: Artículo 25.- Las
sesiones del Congreso serán públicas, a excepción de aquellas que, por la
naturaleza de los negocios que van a tratarse, deban ser privadas.
6. Del artículo
27.
Se propone
reformar las fracciones XIV, XXXIII y adiciona una fracción XXXIV, para que su
contenido este acorde con la derogación del Capítulo IV denominado “De la
Comisión Permanente. En la fracción XIV se suprime la oración “y a los
empleados de esa dependencia” para referirse al nombramiento y remoción de los
mismos, en virtud de no presentarse esto en la práctica, además de considerarse
como una función administrativa laboral. En virtud de la derogación del
capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, se propone establecer en la
fracción XXXIII como una facultad del Congreso del Estado, erigiéndose este en
Asamblea de Transición a mas tardar la primera semana del mes de Septiembre del
año de la elección, otorgándole las funciones que actualmente el artículo 21 de
la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California otorga a la
Comisión Permanente, erigida como Comisión Instaladora. Las funciones
contenidas en el artículo citado en el párrafo que antecede se proponen
incorporar al precepto en estudio de la siguiente manera: La función contenida
en la fracción I referente a recibir expedientes electorales relativos a las
elecciones de Gobernador y Ayuntamientos, para el solo efecto de entregarlos al
Colegio Electoral, se propone en el inciso a). Sin embargo, es importante
señalar respecto el Colegio Electoral que en base a las reformas a la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California publicadas
en el Periódico Oficial de fecha 6 de octubre de 1997, se derogó la fracción VI
del artículo 39 que establecía para la Comisión Permanente la atribución de
recibir los expedientes electorales relativos a las elecciones de Gobernador y
Ayuntamientos, para el sólo efecto de entregarlos al Colegio Electoral, en ese
sentido resulta improcedente otorgar esta atribución a la Asamblea de
Transición. La función contenida en la fracción II relativa a entregar
credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la
nueva legislatura, se propone en el inciso a), por las razones antes expuestas.
La función contenida en la fracción III que se refiere a citar a los Diputados
electos a la Junta previa a celebrarse el día anterior del inicio del ejercicio
de la legislatura, se propone en el inciso b). La función contenida en la
fracción V relativa a producir la entrega de recepción de una legislatura a
otra, de todos los efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, se
propone en el inciso c). Al derogarse el capítulo IV de la Constitución Local,
corresponderá a la Asamblea de Transición asumir las funciones para la
instalación del Congreso del Estado, función que actualmente corresponde a la
Comisión Permanente. La fracción XXXIV que se adiciona, guarda el mismo
contenido que la fracción XXXIII del texto vigente, simplemente el autor
recorrió la numeración de las fracciones. En ese sentido se estima procedente
la reforma que se propone, para quedar de la siguiente manera:
Artículo
27.-..............
I a la
XIII.-.................
XIV.- Nombrar y
remover al Contador Mayor de Hacienda;
XV a la
XXXII.-............
XXXIII.-
Erigirse en Asamblea de Transición, a mas tardar la primera semana del mes de
Septiembre del año de la elección, cuyas funciones serán las siguientes:
a) Entregar
credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la
nueva legislatura, a más tardar el 15 de septiembre del año de la elección,
cuyas constancias de mayoría y validez; de asignación por el principio de
representación proporcional o por resolución firme que haya recibido el
Congreso del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado.
b) Citar a los
Diputados electos a la Junta Previa a celebrarse el día anterior del inicio del
ejercicio de la legislatura.
c) Preparar y
cumplir el proceso de entrega recepción de una Legislatura a otra, de todos los
efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, de conformidad con los
procedimientos y demás asuntos que su Ley Orgánica y Reglamento Interior le
atribuyan, a fin de conocer el estado que guarda el poder legislativo al
término de cada ejercicio constitucional.
XXXIV.- Formar
su reglamento interior y expedir todas las leyes que sean necesarias, a fin de
hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta
Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los
Poderes del Estado.
7. Del artículo
45.
Se propone
suprimir lo relativo a la Comisión Permanente en virtud de la derogación que se
propone al Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente”, con el objeto de
que el precepto en estudio sea congruente con la derogación en comento; en
consecuencia se estima procedente la reforma que se propone al numeral en
estudio, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 45.-
El Gobernador podrá ausentarse del Territorio del Estado o separarse de sus
funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso y en esos casos el Secretario
de Gobierno se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.
8. Del artículo
46.
En virtud de la
derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” se propone
suprimir lo relativo a ésta figura en el sexto párrafo relativo a la
designación de un Gobernador Sustituto, además de modificar su redacción sin
alterar su contenido de fondo, esto con el objeto de que el numeral en estudio
sea acorde con la derogación de la figura de la Comisión Permanente; asimismo,
con el objeto de ser congruentes con el tercer párrafo del artículo 22, se
suprime de la propuesta de reforma la oración Si el Congreso hubiere suspendido
sus sesiones, conforme a su calendario, convocará a sesiones extraordinarias
para tal efecto; toda vez que en el numeral en comento se suprimió lo relativo
a la calendarización de sesiones del Congreso, en consecuencia se estima
procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la
siguiente manera:
Artículo
46.-.............
............
............
De la I a la
VI.-…….
............
……….
Si la falta
absoluta ocurriere después de los dos primeros años, el Congreso designará por
mayoría absoluta un Gobernador Substituto que termine el ejercicio
constitucional del Ejecutivo.
……….
9. De la
Fracción VII del Artículo 49.
Dado que queda
insubsistente la convocatoria del Ejecutivo del Estado para convocar a sesiones
o a períodos extraordinarios, se propone la derogación de la fracción referida,
para quedar como sigue:
Artículo 49.-…
De la I a la
VI…
VII.- Derogada.
De la VIII a la
XXV…
10.- Del
artículo 109.
En virtud de la
derogación del Capítulo IV denominado “De la Comisión Permanente” se propone
suprimir lo relativo a ésta figura en el párrafo tercero relativo ante quien
deberán rendir su protesta los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia,
lo anterior, con el objeto de que el numeral en estudio sea acorde con la
derogación de la figura de la Comisión Permanente; en consecuencia se estima
procedente la reforma que se propone al numeral en estudio, para quedar de la
siguiente manera:
Artículo 109.-
El Gobernador del Estado rendirá la protesta de Ley ante el Congreso en los
siguientes términos:
................
Igualmente los
Magistrados del Tribunal Superior de Justicia rendirán la protesta de Ley ante
el Congreso, en la siguiente forma:
..............
..............
..............
11. De los
Artículos Transitorios.
Artículo
Primero.- Las presentes reformas y adiciones a la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California, se remitirán de inmediato a los
Ayuntamientos del Estado, a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado por su
Artículo 112.
Artículo
Segundo.- Una vez cumplimentado el transitorio anterior, computados los votos
de los Ayuntamientos en sentido aprobatorio, las presentes reformas se
declararán parte de esta Constitución, para que inicien su vigencia, previa su
publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo
Tercero.- Los ordenamientos o Leyes que resulten afectadas por las reformas a
esta Constitución, se modificarán y armonizarán en su texto por este Congreso,
en un plazo que no exceda de 60 días, contados a partir de la iniciación de su
vigencia.
Analizando el
contenido de los transitorios, resulta evidente que se encuentran acorde a lo
dispuesto por el artículo 112 de la propia Constitución del Estado relativo al
envío a los Ayuntamientos de una copia de las actas de los debates que se
hubieren provocado, además, se apegan a las reglas de Técnica Legislativa que
señala que son aquellos que se incorporan para regular las situaciones
especiales originadas con motivo de la expedición y aplicación de nuevas leyes
o normas, o con la abolición y sus efectos, de otras anteriores. Estos
artículos son complementarios de aquellos que regulan lo que es la materia
propia de la ley o decreto, siendo en consecuencia normas anexas, que se
agregan al articulado principal, y que al cumplir su propósito quedan sólo como
un dato formal histórico, junto a las normas principales permanentes.
En el tenor
expuesto, se emiten los siguientes:
CONSIDERANDOS:
PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, legislar sobre todos los
ramos de la administración que sean competencia del Estado; asimismo es
facultad de los Diputados presentar iniciativas de Leyes y Decretos, de
conformidad con lo previsto por los artículos 27 y 28 ambos en su fracción I de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.
SEGUNDO.- Que dentro de las atribuciones de la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, se encuentran las de conocer los asuntos que están
relacionados con reformas o adiciones a la Legislatura Estatal, acorde a lo
previsto en la fracción III del artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Baja California. TERCERO.- Que la “Iniciativa de
reformas que deroga el capítulo IV, artículos 38 y 39 fracciones I, II, III,
IV, V, VI, VII, VIII, IX y la Fracción VII del Artículo 49; que reforma los
artículos 22 primero, tercero y cuarto párrafo; 23; 24; 25; 27 fracción XIV y
XXXIII; 45; 46 quinto párrafo; 109 primero y tercer párrafo y que adiciona el
artículo 27 con una fracción XXXIV,
todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California”; reúne todos y cada uno de los requisitos de fondo y forma que
previene los artículos 115 y 116 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California. CUARTO: Que el ejercicio del Poder Legislativo del
Estado de Baja California se deposita en una asamblea de representantes del
pueblo denominada Congreso del Estado. QUINTO: Que el Congreso del Estado de
Baja California la víspera del día en que deban terminar las sesiones
ordinarias, nombrará para el tiempo de su receso una Comisión Permanente.
SEXTO: Que en virtud de sus atribuciones, se considera inútil la existencia de
la Comisión Permanente, además de representar un obstáculo para la función
legislativa y la continuidad de las actividades del Poder Legislativo en forma
conjunta con los Poderes Ejecutivo y Judicial. SEPTIMO: Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y las leyes que
integran el marco legal en el Estado deben ser acordes con las exigencias
actuales en la entidad, permitiendo dar una respuesta a las necesidades
jurídicas, políticas, sociales o económicas de la sociedad en el Estado. Por lo
anteriormente expuesto, y con fundamento en los Artículos 14, 16 y 124 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27 fracción I de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; y 44, 48
fracción I, 49 fracción I, 51 fracción II, 64, 67, 114 y 116 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo para el Estado de
Baja California, la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta
Honorable Asamblea, el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO: UNICO: Se derogan el
CAPITULO IV, los artículos 38 y 39 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII
y IX; la fracción VII del Artículo 49 y el cuarto párrafo del artículo 22; se
reforman los artículos 22 primero y tercer párrafos; 23; 24; 25; 27 fracciones
XIV y XXXIII; 45; 46 sexto párrafo; 109 primero y tercer párrafos y se adiciona
una fracción XXXIV al artículo 27 todos de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California, para quedar como sigue:
CAPITULO IV DE
LA COMISION PERMANENTE
(DEROGADO)
Artículo 38.-
DEROGADO
Artículo 39.-
DEROGADO
Artículo 22.-
El Congreso del Estado tendrá cada año de ejercicio constitucional, tres
períodos de sesiones, del 1 de octubre al 31 de Enero el primero; del 1 de
Febrero al 31 de Mayo el segundo; y el tercero del 1 de Junio al 30 de
Septiembre.
En el primer período...............
En el segundo y
tercer períodos, el Congreso se ocupará del examen, discusión y aprobación de
las Cuentas Públicas del año anterior, tanto del Estado como de los Municipios.
En esta función el Congreso investigará si las cantidades gastadas están o no
de acuerdo con las partidas respectivas del Presupuesto; comprobando la
exactitud y justificación de los gastos hechos y determinará las
responsabilidades que resultaren.
Artículo 23.-
El Congreso solo podrá sesionar con la asistencia de mas de la mitad del número
total de sus miembros.
Artículo 24.-
Si el día señalado para la instalación del Congreso, no se presentaren todos
los Diputados electos; o si una vez instalado no hubiere quórum para la
celebración de las sesiones, los que estuvieren presentes compelerán a los
ausentes, para que concurran a la próxima sesión, la que no deberá rebasar el
término de cinco días a la fecha de la instalación o de la sesión,
apercibiéndolos hasta en dos ocasiones, de que en caso de que dejaren de
comparecer injustificadamente se llamará a los suplentes. Si estos incurrieren
en la misma omisión, se declarará vacante el puesto, obligándose inmediatamente
a convocar a elecciones extraordinarias, conforme a la Ley de la materia.
Artículo 25.-
Las sesiones del Congreso serán públicas, a excepción de aquellas que, por la
naturaleza de los negocios que van a tratarse, deban ser privadas.
Artículo
27.-..............
I a la
XIII.-.................
XIV.- Nombrar y
remover al Contador Mayor de Hacienda;
XV a la
XXXII.-............
XXXIII.-
Erigirse en Asamblea de Transición, a mas tardar la primera semana del mes de
Septiembre del año de la elección, cuyas funciones serán las siguientes:
a) Entregar
credenciales de identificación y acceso a los Diputados electos que integran la
nueva legislatura, a más tardar el 15 de Septiembre del año de la elección,
cuyas constancias de mayoría y validez; de asignación por el principio de
representación proporcional o por resolución firme que haya recibido el
Congreso del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado.
b) Citar a los
Diputados electos a la Junta Previa a celebrarse el día anterior del inicio del
ejercicio de la legislatura.
c) Preparar y
cumplir el proceso de entrega recepción de una Legislatura a otra, de todos los
efectos administrativos, patrimoniales y legislativos, de conformidad con los
procedimientos y demás asuntos que su Ley Orgánica y Reglamento Interior le
atribuyan, a fin de conocer el estado que guarda el poder legislativo al
término de cada ejercicio constitucional.
XXXIV.- Formar
su reglamento interior y expedir todas las leyes que sean necesarias, a fin de
hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta
Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a los
Poderes del Estado.
Artículo 45.-
El Gobernador podrá ausentarse del Territorio del Estado o separarse de sus
funciones hasta 30 días, dando aviso al Congreso y en esos casos el Secretario
de Gobierno se hará cargo del despacho con las atribuciones que establezca la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.
Artículo
46.-.............
............
............
De la I a la
VI.-…….
............
……….
Si la falta
absoluta ocurriere después de los dos primeros años, el Congreso designará por
mayoría absoluta un Gobernador Substituto que termine el ejercicio
constitucional del Ejecutivo.
……….
Artículo 49.-…
De la I a la
VI…
VII.- Derogada.
De la VIII a la
XXV…
Artículo 109.-
El Gobernador del Estado rendirá la protesta de Ley ante el Congreso en los
siguientes términos:
................
Igualmente los
Magistrados del Tribunal Superior de Justicia rendirán la protesta de Ley ante
el Congreso, en la siguiente forma:
..............
..............
..............
ARTICULOS
TRANSITORIOS
Artículo
Primero.- Las presentes reformas y adiciones a la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California, se remitirán de inmediato a los
Ayuntamientos del Estado, a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado por su
Artículo 112.
Artículo
Segundo.- Una vez cumplimentado el transitorio anterior, computados los votos
de los Ayuntamientos en sentido aprobatorio, las presentes reformas se
declararán parte de esta Constitución, para que inicien su vigencia, previa su
publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo
Tercero.- Los ordenamientos o Leyes que resulten afectadas por las reformas a
esta Constitución, se modificarán y armonizarán en su texto por este Congreso,
en un plazo que no exceda de 60 días, contados a partir de la iniciación de su
vigencia. DADO en el Sala “Dr. Francisco Dueñas Montes” del Poder Legislativo
del Estado de Baja California, a los siete
días del mes de Marzo del dos mil uno. Por
la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, firman los Diputados:
Héctor Magaña Mosqueda, en su calidad de Presidente; el Diputado Edgar Arturo
Fernández Bustamante, con una reserva en lo particular; y el de la voz,
Diputado Martín Domínguez Rocha”. Es
todo por cuanto a la lectura del Dictamen, Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias
compañero Diputado. Leído el Dictamen No. 152,
por el Diputado Martín Domínguez Rocha pasamos a iniciar el debate,
compañera Diputada Secretaria sírvase elaborar una lista de oradores en contra.
- LA C. SECRETARIA : Los compañeros
Diputados que estén en contra, favor de manifestarse para anotarlos, el
Diputado Jiménez Mercado.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea
anotarse en contra del Dictamen? Diputados que estén a favor del Dictamen,
sírvanse anotarse, iniciamos con la primera ronda de oradores. En contra,
tenemos al compañero Jiménez, ¿alguien desea anotarse a favor? Compañero Martín
Domínguez; entonces iniciamos el debate, compañero Jiménez Mercado haga uso de
la Tribuna por favor.
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Con
vuestra venia ciudadano Presidente, distinguidos integrantes de la Mesa
Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público asistente. Una
constitución política como la del Estado Libre y Soberano de Baja California es
el cimiento que da seguridad jurídica no solamente a la vida de los
particulares que aquí residimos, sino también a la vida institucional y a la
vida pública. Desafortunadamente en Países como el nuestro hay una actitud y
una actividad de reforma constitucional tanto por lo que hace al ámbito federal
como por lo que se refiere a cuestiones de carácter estrictamente local; pero
cómo puede haber seguridad jurídica en un País, en una región del País o en la misma vida ciudadana si hay gentes
que creen que la Constitución puede estarse reformando como si se tratara de un
Decreto o de un Reglamento todos los días. Países como Francia, Países como el
vecino País del Norte, como el que está un poco más allá, Canadá, y otros
muchos Países en la tierra, en Centurias tienen apenas unas cuantas
modificaciones a su constitución. Y es que, tenemos que aprender a vivir con
reglas firmes y las más firmes de las reglas deben ser las que están en la
Constitución Política de un Estado o de un País, claro que los mexicanos nos
hemos acostumbrado a imprimir y a publicar nuestras constituciones en hojas
sustituibles y cuando vamos a citar la Constitución con motivo de algún
problema particular, preguntamos antes si estará vigente el sustento
constitucional al que estamos haciendo invocación o que estamos tratando de
aplicar a un caso concreto. Por eso a mí en lo particular y probablemente como
una persona que ha vivido en el entorno jurídico por algunos decenios, me
preocupa muchísimo que para cualquier cuestión antes de revisar o reflexionar
sobre nuestra conducta, si tenemos que cambiar nuestra manera de ser y de
estar, si realmente hace falta cambiar la estructura de carácter constitucional
o tenemos que cambiar nosotros en nuestra manera de ser, preferimos cambiar la
constitución y tratar de adaptarla a nuestras carencias o a nuestras actitudes
o en lo que en un momento determinado se nos ocurra que pueda ser bueno o
atractivo, repito, perdiendo de vista con facilidad el punto de que la
Constitución debe ser inmarcesible, debe ser permanente y debe ser trascendente
en la vida social, cívica, política e incluso de carácter privado de los
habitantes de una Nación o de un País. Por eso me he registrado para hablar en
contra de este proyecto, yo estoy seguro que la inquietud que anima a las
personas que provocaron esta Iniciativa es bondadosa, que no hay ninguna
perversidad en el fondo y que finalmente lo que se trata es de tener un Poder
Legislativo que trabaje más eficientemente; pero así como he escuchado aquí que
hay que trabajar 24, y por ahí dijo alguien y hasta 25 horas diarias, no
tomamos en consideración el rendimiento ni la calidad del producto final. Por
eso a alguien se le ha ocurrido que los Diputados posiblemente deban de
trabajar en Comisión Ordinaria o Permanente o en una Comisión de carácter
constante en una legislatura que esté legislando día y noche durante 365 días
del año por tres años que dura en forma incansable y pobre de aquél pueblo que
reciba ese torrente de ocurrencias que van a salir de una Legislatura que
trabaja tan apresuradamente por la cantidad y no por la calidad de las Leyes
que regirán la vida de los ciudadanos. Por supuesto que un Congreso tiene
fundamentalmente qué ejecutar, en el caso de, nuestro Congreso tiene
fundamentalmente qué ejecutar acciones de manera colegiada en lo que se refiere
a la capacidad y al trabajo legislativo. Y por otra parte a la actividad y al
trabajo de fiscalización; pero se nos ha olvidado probablemente que la
obligación de trabajar de los Diputados y de responder a la ciudadanía en la
designación, no está circunscrita exclusivamente a las asambleas o al Pleno. La
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California prevé muy
claramente que los Diputados tienen la obligación tanto de concurrir a las
asambleas del Pleno como a la Comisiones para las que han sido designados. Yo
no he visto todavía que alguien le haya llamado la atención dentro de esta
Legislatura, aplicar la Ley Orgánica por lo que hace a la participación en las
Comisiones. Solamente parece ser que les llama la atención la posibilidad de
estar discutiendo y en un momento determinado llegar al producto final el día
de la asamblea. Pero cómo van a reflexionar esos 25 integrantes de la
Legislatura bajacaliforniana si tradicionalmente las Comisiones bajan tan
apresuradamente los Dictámenes que es ya una rutina pedir la dispensa de
trámite y en un momento determinado a todos los casos tratarlos como si fueran
de urgente y obvia resolución, cuando esto es una excepción que está en la Ley,
¿en qué momento los no integrantes de la Comisión de Hacienda y Administración
o los no integrantes de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales,
con cuántos días verdaderamente de anticipación tuvieron la oportunidad de
discutirlo? No solamente con sus asesores y reflexionar en el voto que van a
emitir, sino incluso, consultar con sus, con la ciudadanía a la que se deben y
a la que merecen todo el respeto. ¿Cuándo han tenido tiempo los difusores de
los medios de comunicación de poner en el conocimiento de la ciudadanía los
elementos que constituyen el punto sobre el que habrá de debatir el Pleno como
si solamente a los Diputados nos interesara la suerte de los millones de
habitantes del Estado de Baja California. Por eso yo creo pues que las
Constituciones prevén que las Legislaturas trabajen en la forma que han venido
trabajando hasta hoy que hacerlo en forma constante, sin un respiro para la
ciudadanía, sin dar oportunidad de preparar correcta, concienzuda y definitivamente
y a fondo las Iniciativas, sin tener tiempo de consultar pues con las bases y
en un momento determinado de recibir la respuesta no solamente de los
bajacalifornianos, sino de gentes que en un momento determinado puedan verse
afectadas por las legislaciones locales, a nivel extramuros, sea en lo nacional
o en lo internacional. Yo creo pues que las Leyes hasta este momento tienen y
fueron elaboradas con sabiduría. Hay una parte que no me parece correcta, hay
una parte que yo siempre he combatido y que seguiré combatiendo y es la
distracción que se ha incluido recientemente en nuestra Constitución Política
que obliga a los Diputados a realizar actividades de gestoría social, estas
actividades de gestoría social son una parte importante que hace creer al
Diputado o al legislador que puede estar en campaña política permanente en la
persecución del voto, haciendo caravana con sombrero ajeno, esto es utilizando
los recursos que pagan los ciudadanos para realizar actividades que en nuestra
cultura, en nuestra sensibilidad y en la inteligencia y preparación de los
mexicanos constituyen actos de caridad y no de gestoría social. Por eso yo creo
que estos trabajos deben de ejecutarse precisamente por el poder que está
obligado a ello el Ejecutivo y deben de fiscalizarse por el Legislativo. Esta
parte importante del esfuerzo de los legisladores que distrae factibidad
fiscalizadora y su actividad legisladora es una parte que probablemente debía
haberse modificado o debía haberse propuesto su modificación porque es un
pegote que tiene recientemente nuestra Constitución que distrae mucho al
público, distrae muchísimo a los Diputados y permite que el Poder Ejecutivo
mangonee las consciencias de los Diputados haciéndoles creer que haciendo actos
de caridad o de gestoría social como llama la Constitución van a congraciarse
con la ciudadanía y estarán capacitados para en un momento determinado ir a
pedir el voto por haber repartido lo que es del propio pueblo. Esto pues yo
siento que sí es una reforma que debe hacerse no solamente porque yo crea que
la Constitución puede reformarse, sino porque repito, es algo que recientemente
se le agregó, simple y sencillamente irreflexivamente y en una forma que yo
creo que es negativa por cuanto a la calidad y a la cantidad de trabajo que
puede salir de una Legislatura. Me he registrado para hablar en contra, porque
no creo que el proyecto contemple correctamente los elementos que debe de
contemplar. No estoy de acuerdo con que se deroguen los Artículos 38 y 39 de
nuestra Constitución, para sustituirse con un agregado que se le hace al
Artículo 22 que señala que el Congreso se reunirá en tres períodos de sesiones
y que en un momento determinado estos estarán trabajando para la satisfacción
de la labor legislativa y fiscalizadora; pero tampoco estoy de acuerdo con lo
que señala el Artículo 23 cuando queda, perdón, no la escuché...
- EL C. PRESIDENTE: No, no, adelante
compañero.
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: ...pero
tampoco estoy de acuerdo cuando el Artículo 23 dice: “El Congreso sólo podrá
sesionar con la asistencia de más de la mitad del número total de sus
miembros”, en el caso específico con 13, pero deja de lado y por la prisa que
hay casos en que el Congreso solamente puede funcionar con mayoría calificada,
y esto pues podría solamente subsanarse si se hubiera tenido la tranquilidad de
conciencia y de capacidad de trabajo adecuado para hacer un proyecto digno
cuando se dijera, “salvo los casos de mayoría calificada en forma diferente por
esta Constitución”, que simple y sencillamente están ahí mismo y que deben de
considerarse. Tampoco estoy de acuerdo con las reformas que se hacen a la
fracción XXXIII del Artículo 27 cuando hablan de preparar y cumplir el proceso
de entrega de recepción de una Legislatura a otra. Estos procesos de entrega y
recepción deben ser fehacientes y deben de estar calificados no solamente por
los propios Diputados, sino por entidades de fé pública que en un momento
determinado digan qué tienen de valor en este momento en activos fijos en el
edificio, en instalaciones, etcétera, que sean propias del Congreso y qué vale,
y en un momento determinado qué se le entrega a la Legislatura entrante, para
que esta a su vez rinda cuentas claras a la Legislatura saliente, esto yo creo
que se podría resolver con alguna sencillez si se hubiera reflexionado más y se
hace lo que ya se ha ejecutado en el Estado de Baja California, en los últimos
35 años, que es solicitar precisamente un inventario y un avalúo realizado por
Entidades capacitadas para ello tanto la entrada como a la salida del
ejercicio, de los ejercicios públicos, esto dejó de hacerse aproximadamente
hace 11 años indebidamente. Tampoco estoy de acuerdo con que el Gobernador
pueda ausentarse solamente avisándole al Congreso, ¿de qué sirve ese aviso?
para que alguien incluya en la correspondencia recibida, nos damos por enterado
y lo digan aquí. Yo siento pues que ese Artículo 45 no puede modificarse para
quedar de esa manera y el Gobernador se debe a su pueblo y a la representación
social que es el Congreso, y consecuentemente para poderse retirar no se trata
de que avise, sino de que pida permiso. Por otra parte, tampoco estoy de
acuerdo que el Artículo 46 prevea que la falta, que si la falta absoluta del
Gobernador ocurriera después de los dos primeros años, el Congreso designará
por mayoría absoluta un Gobernador sustituto que termine el ejercicio
constitucional del Ejecutivo, mayoría absoluta es la calificación que da la Ley
Orgánica del Poder Legislativo a la mitad más uno, y esto pues sinceramente yo
creo que es algo que, con todo respeto lo digo, excede de lo prudente y en un
momento determinado lo conveniente para la vida institucional de nuestro
Estado, un grupo muy pequeño de un partido político que sea mayoría o una
concertación que en un momento determinado tenga características de negociación
y de corrupción puede fácilmente pisotear todos los intereses del pueblo
bajacaliforniano por conducto de los Diputados que se presten a ello, y yo
siento que esta debe de ejecutarse solamente por mayoría calificada. Y en fin,
me he registrado para hablar en contra porque no creo que deba hacerse una
modificación a la Constitución simple y sencillamente por la presión que
sienten los compañeros Diputados de no haber ejecutado el trabajo en al
cantidad y en la calidad suficiente hasta el día de hoy y sobre todo, porque
creo que falta un reflexión más profunda en ello.
- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias
compañero Jiménez Mercado, tiene el uso de la voz el compañero Martín
Domínguez.
- EL C. DIP. DOMINGUEZ ROCHA: Con su permiso
Diputado Presidente. Me he anotado para hablar a favor de la aprobación del
Dictamen de referencia por considerar que esta modificación constitucional no
es un capricho como se ha planteado aquí, no es la intención de estar
reformando nuestra Carta Magna y ojalá que los Diputados tuviéramos la
oportunidad de dedicarle las 24 horas
como lo dijo quien me antecedió en la palabra, de los 365 días como para que el
pueblo de Baja California pueda aspirar a tener una legislación adecuada lo más
perfectible posible dedicándole ese tiempo de que se habla. La Comisión
Permanente no solamente en este Estado, sino en muchos Estados de la República
solamente es una oficialía de partes, tan así que la propia Constitución, tan
así que la propia Constitución le concede solamente las facultades que les voy
a leer en su Artículo 38, Artículo 39 dice: “Son atribuciones de la Comisión
Permanente: Fracción I.- Acordar por sí en los casos que estime urgente la
propuesta del Ejecutivo, la Convocatoria al Congreso a Período Extraordinario
de Sesiones. Fracción II.- Conceder licencias y permisos de la competencia del
Congreso. Fracción III.- Recibir y turnar las modificaciones a los presupuestos
de ingresos municipales que propongan los respectivos Ayuntamientos. Fracción
IV.- Entregar a la Mesa Directiva de la Legislatura entrante el Acta
Administrativa de entrega y recepción en el que se describa el estado que
guardan los recursos financieros humanos y materiales que se les haya asignado
para el ejercicio de sus atribuciones, sujetándose al procedimiento que
establezca la Ley de la Materia. Fracción V.- Informar sobre los asuntos que en
las últimas sesiones hayan quedado pendientes y sobre los que después se
presenten para dar cuenta al Congreso. Fracción VI.- Constituirse como Comisión
Instaladora. Fracción VII.- Entregar credenciales de identificación y acceso a
más tardar el día 15 de septiembre del año de la elección, a los Diputados
electos. Fracción VIII.- Citar a los Diputados electos a la Sesión Previa el
día anterior al inicio del Primer Período de Sesiones Ordinario y las demás que
le concede esta Constitución”. Como podemos darnos cuenta, esta Comisión
limitada de 7 Diputados, que es el Congreso en receso, no tiene facultades como
para continuar ni siquiera sesionando las Comisiones Dictaminadoras, que lo
hacen, bueno, la Comisión Permanente ni siquiera puede turnarle los asuntos
porque no está facultada, de acuerdo a las ocho fracciones que establece el
Artículo VIII, pero no solamente eso, el antecedente, el más importante de la
existencia de las Comisiones Permanentes se debían fundamentalmente al hecho de
que se concedían períodos de receso para efectos de que los Diputados
regresaran a sus lugares de origen, y esto se remonta hace ya algunos años,
donde las vías de comunicación pues no son lo que hoy tenemos ni el País ni en
Baja California. Los Diputados, el Diputado del Distrito más lejano, que es el
XV, al que pertenece el Diputado Gilberto Flores Muñoz, Presidente de este
Honorable Congreso puede llegar en 3 o 4 horas, dependiendo de la velocidad a
la que maneje, pero es el lugar más distante, no se justifica entonces que haya
un receso para que el Diputado tenga la oportunidad de estar en contacto con la
gente de su Distrito, por un lado. Por otro lado, la importancia de desaparecer
esta Comisión Permanente para que el Congreso funcione de manera
ininterrumpida, que no trabajando las 24 horas que es una verdadera
exageración, porque algunos ni en toda la semana acumulan las 24 horas, mas que
nada es para que tengan la oportunidad los Diputados de que sus Comisiones
Dictaminadoras que podría resolverse también con dos de Hacienda y dos de
Legislación, tengan la oportunidad de tener con ese tiempo que se requiere, con
esa reflexión que hoy se exige en esta Tribuna y que si verdaderamente
tuviéramos la preocupación, no necesariamente tendríamos qué esperar a que
bajen los Dictámenes al Pleno, sino asistir a las sesiones de las Comisiones,
si tanto interés nos provocara pues o tanta preocupación nos provocaran las reformas,
pero luego ocurre en los hechos, en los hechos las Comisiones Dictaminadoras
son las que sesionan una vez por semana o dos de manera ininterrumpida sin
importar si es período de receso o es período ordinario. Yo creo que la
preocupación externada en esta Tribuna por quien me antecedió en la palabra no
tienen fundamento, no tienen un sustento, probablemente si el Congreso se da
esta oportunidad que pueda elaborar una Constitución que verdaderamente no
requiera de reformas, que verdaderamente contenga las generalidades que deban
llevar las Constituciones, para efecto de que sean leyes secundarias, que estas
sí tengan la movilidad necesaria como para ajustarlo al devenir de los tiempos
y a las necesidades del pueblo. La pretensión de esta Iniciativa no es otra mas
que la de permitir que el Congreso funcione de manera más acorde con los tiempos. No es el propósito que se externa, no
es la intención de estar moviendo nuestra Constitución o manipulándola, y
también nada más, a manera de ilustración por algunos compañeros el Artículo 45
no es materia de reforma y su texto aparece actualmente tal cual y solamente se
desaparece la referencia a la Comisión Permanente, y me permito leer el texto,
es corto, dice el Artículo 45 vigente: “El Gobernador podrá ausentarse del
territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30 días, dando aviso
al Congreso del Estado o a la Comisión Permanente que es lo que se le
desaparece y en esos casos el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho
con las atribuciones que establezca la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California”.
Como pueden ustedes darse cuenta, este tema de si el Gobernador está sujeto a
la autoridad del Poder Legislativo, no es materia de la Iniciativa y tan solo
se transcribe prácticamente de manera íntegra al Artículo 45, en virtud de que
desaparece la referencia a la Comisión Permanente. Yo creo compañeros que si
estamos conscientes, ni es populismo como se mencionaba por ahí, si estamos
conscientes de los tiempos y de lo que necesita nuestro Estado, es un
oportunidad para que en este caso la XVII Legislatura y lo que queda de la XVI,
digo el tiempo que le queda a la XVI, pueda ser aprovechado realmente,
íntegramente en beneficio del pueblo de Baja California. A mi juicio no
importaría si la Ley dijera que sesionáramos todos los días, sino estamos
dispuestos a aportar algo en beneficio del pueblo. Bien podría decir la Ley que
sesionáramos una vez cada seis meses y si los Diputados no estuviéramos
dispuestos a aportar nuestro granito de arena, de poco serviría, es decir no es
tanto lo que diga la Ley, sino más bien depende de la voluntad de los
Legisladores. Por eso compañeros creemos que es conveniente desaparecer la
Comisión Permanente para que este Congreso pueda trabajar de manera
ininterrumpida y también para que no haya Presidentes de Comisiones
Permanentes, sino Presidentes de Congreso.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas
gracias, en segunda ronda compañera Secretaria.
- LA C. SECRETARIA: Los Diputados que
se quieran anotar en contra, favor de manifestarse, el Diputado Jiménez
Mercado, Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: ¿A favor?
- LA C. SECRETARIA: El Diputado Antonio
Cano a favor.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea?
Adelante compañero Jaime Jiménez Mercado, haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Siento
que, con la venia de la Presidencia, integrantes de la Mesa Directiva,
compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público asistente. Yo creo que uno
de los aspectos insoslayables de la discusión que pueda haber en un Congreso
como éste o probablemente en todo grupo humano es la gran carga de carácter
Subjetivo que se tiene en las discusiones y el hecho de sentir que esto puede
manejarse desde el punto de vista estrictamente emocional. Por supuesto que no
podemos reclamar de nadie que deje la carga anímica ni la circunstancia que la
entusiasma para hablar en un sentido o en otro; pero yo quiero simple y
sencillamente hacer una referencia muy rápida a los dos aspectos que ha tocado
a la persona que habla a favor de la reforma, dice que las Comisiones
Permanentes son, bueno utiliza los dos términos, habla de una Comisión en
receso y habla de una Comisión Permanente y dice que es una Oficialía de Partes
que tiene escasas funciones o atribuciones y de ahí salta a hablar del trabajo
en las Comisiones dictaminadoras y demás, y luego se va, o sea hace una
referencia el Artículo 39 diciendo que entre otras cosas se puede convocar a
reuniones de asambleas extraordinarias para trabajar dictaminando o en un momento
determinado legislando o fiscalizando profundamente y demás. Bueno, pues yo
creo que tenemos el tiempo suficiente en este Congreso para haber experimentado
lo que puede hacerse tanto en la Legislatura Ordinaria como en la Comisión
Permanente, esta Comisión Permanente entre otras cuestiones tiene, en el
Artículo 39 fracción I, actualmente, la facultad de convocar a una asamblea
extraordinaria y a la mayoría de los presentes aquí, incluyendo ... y que he
convocado a una buena cantidad de asambleas extraordinarias, probablemente el
número mayor a las asambleas que se realizan por las Comisiones Ordinarias en
Período Ordinario, incluso hemos tenido asambleas extraordinarias que han
trabajado por varias días y hemos tenido un producto legislativo y fiscalizador
bastante importante que si lo revisamos desde el punto de vista estadístico
pues echan por tierra la cuestión de que no se trabaja simple y sencillamente
porque se trata de una Comisión Permanente o cómo se le ha llamado en receso
también aquí en esta ocasión. No entra en receso, es una Comisión Permanente
para desarrollar un trabajo que es indispensable para la buena marcha de la
legislatura, es un trabajo que se requiere para que las gentes puedan en un
momento determinado estructurar correctamente sus apreciaciones de la realidad
y sus propuestas de modificación, yo estoy seguro que le dejaríamos un paquete
de difícil solución a cualquier legislatura simple y sencillamente por quitar
esta sabia disposición; no creo que ni propios ni extraños acepten el argumento
de que antiguamente se tenía esa Comisión Permanente para los efectos de que la
gente fueran a sus Distritos, yo simple y sencillamente como una persona que se
ha sumado a algunos procesos de carácter constitucional importante como los de
los cortes de cádiz de 1811 o 12, como los que en un momento determinado dan
lugar a nuestras Constituciones de 1824 a las bases Constitucionales de 1836, a
las reformas de 1842, a las de 57, a todo el período en que regía esta
Constitución y la modificación que se hace en el movimiento pues revolucionario
de 1910 a partir del 05 de febrero de 1917 que entran en vigor precisamente en
el mes de mayo y todas las modificaciones que han hecho a iniciativa del
federal, yo creo que no se ha pensado en modificar esta circunstancia por el
hecho de que las gentes tengan que viajar a sus Distritos, no, no es esto, la
cuestión está en qué tanto tiempo tiene la persona para reflexionar, para
estudiar, para profundizar en los argumentos en los que habrá de sustentar sus
iniciativas o sus argumentos en favor o en contra de las propuestas que hagan
los demás legisladores. Yo creo que pues que el trabajo debe de ser mucho más
profundo, más reflexivo y en un momento determinado debe de contar más que la
cantidad la calidad del producto final. De nada nos sirve tener una Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales que cada semana baje una buena cantidad
de Dictámenes simple y sencillamente, y que sean para ser aprobados, y que
entren en vigor en la comunidad, si no tenemos gentes ni siquiera en las
Instituciones de estudio de carácter jurídico suficientes y lo ágiles como para
entender cuáles van a ser las repercusiones de esas Leyes. El pueblo necesita
una vida sencilla, una vida segura, una vida que en un momento determinado aprenda
a manejar y no una vida que esté constantemente modificándosele por el hecho de
que hay un grupo de personas que quieren quedar bien con la crítica que pueden
hacer los medios en un momento determinado. Por eso, independientemente de que
es importante la crítica, independientemente de que es importante la evaluación
que haga, no solamente algunas personas en lo particular que escriban o
comentan en los diferentes medios, sino también grupos organizados de la
sociedad no gubernamental, de las organizaciones no gubernamentales y la misma
población, independientemente de que esto es muy importante, es muy importante
que el Diputado tenga uno, dos o tres proyectos; pero de buena calidad, aquí
tuvimos ya la oportunidad en la Comisión de Legislación y Puntos
Constitucionales, cuando me correspondió participar en ella en forma integrada,
que teníamos qué estar legislando para mejorar las propuestas que una cantidad
enorme de, y sobre todo uno o dos Diputados habían hecho, teníamos qué estar
recibiendo buenas intenciones u ocurrencias que no tenían nada de iniciativa,
que al final de cuentas no hacen más que distraer, que entorpecen el trabajo,
que son frivolidades, que son ni más ni menos que golpes de audacia para que su
nombre aparezca en los medios y en un momento determinado ganar unos votos,
gentes que dicen “tenemos un problema muy grande con los perros sarnosos en la
calle y con los perros que en un momento determinado no son controlados por sus
dueños o aquellos que se han reproducido sin control”, y dice “y voy a proponer
una institución para proteger a ese tipo de perro callejero”, pero no da ni un
artículo, ni un fundamento, ni un
argumento, independientemente de que existen los perros y son un verdadero
problema en Baja California. Lo mismo nos sucede con los bosques que se abaten
indebidamente y con los recursos naturales, etcétera, etcétera, pero esas
gentes que proponen institutos para esto, instituto para lo otro, sin saber ni
siquiera lo que es un Instituto, porque no han estudiado si un instituto es una
organización de, o una asociación civil o es un momento determinado una
organización que comparte tanto el derecho público como el derecho privado y
hace en un momento determinado una coparticipación del gasto público, hay
gentes que han propuesto aquí cada cosa que simple y sencillamente ha
multiplicado el gasto público y que en un momento determinado ha dado pretexto
para que grupos burocráticos muy cuantiosos, muy numerosos dispongan malamente
de recursos públicos, repitiendo una función que al final de cuentas nadie
cumple porque es muy fácil decir “no es de mi competencia, vaya usted a tal y
cual otra oficina”. Yo siento pues que si tenemos Diputados que en un momento
determinado puedan estudiar y reflexionar en esas Comisiones Permanentes o que
en un momento determinado se integren, no a la Comisión que le pueda interesar
a una persona, sino a la que le fue asignada o que solicitó ser asignado al
inicio de la Legislatura y hace su trabajo en ella, es ahí donde debe de hacer
el buen trabajo que le corresponde y bajarla, aquí tenemos ejemplos claros de
la buena calidad y la buena disposición de algunos compañeros que presiden
Comisiones que dan resultados óptimos y que presentan buenas, que presentan un
buen producto finalmente; pero hablar de una Comisión constante que esté
trabajando como si fuera una Comisión Ordinaria, va a generar que en cualquier
momento en que una persona que defienda un punto de vista en beneficio de la
población o un grupo de personas que se encuentren atendiendo alguna comisión
fuera del Recinto Parlamentario, simple y sencillamente porque no tuvieron la
noticia a tiempo de que alguien iba a bajar ese Dictamen específicamente en ese
día, que por algún motivo justificado se pretendió no asistir, puede ser que
fácilmente tengamos albazos legislativos que en un momento determinado va a ser
muy difícil de resolver y de reparar. Yo siento pues que en independientemente
de la carga emocional, tenemos que tener también la reflexión suficiente para
saber si es muy prudente, si es tan conveniente que constantemente se esté
reuniendo una Legislatura que probablemente genere un cúmulo tal de decisiones
que difícilmente van a ser entendidas por la población, aceptabas u obedecidas,
y yo no estoy de acuerdo con el argumento de que las gentes, independientemente
de las Leyes hacen lo que pueden y lo que quieren. Por el contrario, yo pienso
que las Leyes deben de ser pocas; pero con determinación y con alguna sabiduría
para que las gentes puedan cumplirlas y puedan vivir en armonía y paz social.
De otra manera lo único que tenemos es la necesidad de especialistas para
recoger basura, especialistas para en un momento determinado poder recaudar el
voto, especialistas para todos y cada una de las actividades y que además van a
ponerse a discutir si la doctrina está de acuerdo con ellos o no y que
finalmente nos vamos a enfrentar a algo que es peor todavía o un Poder Judicial
que difícilmente va a dirimir los conflictos que surjan de esa enorme cantidad
de leyes que ya existen y que seguramente existirán en la forma en que está
previsto. Yo siento pues que debemos de tener Comisiones Legislativas que sean
un filtro para todas esas malas iniciativas que se presentan, que no deben ni
siquiera de llegar, en algunos casos deberíamos de establecer alguna Comisión
de arbitraje interno para que quien insista en una necedad, pues se discuta
antes de poderla bajar aquí al Pleno y tener que enfrentarnos a cosas que son
imposiciones o disposiciones de gentes que sí son perversas, porque
probablemente aquí los ingenuos seamos los Diputados que nos dejamos llevar por
la presión, por la disposición, por la línea como le llaman algunos torpemente,
y algunas otras gentes por una serie de argumentos que definitivamente ni
siquiera deberían de mencionarse en esta alta Tribuna Estatal.
- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas
gracias compañero Diputado Jiménez Mercado, compañero Cano haga uso de la
Tribuna.
- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su
permiso señor Presidente. Yo quiero expresar en primer término el
reconocimiento al promoventa de esta Iniciativa porque es esta una intención
que lejos, muy, muy lejos a lo que aquí se ha dicho, lo que seguramente le
traerá al pueblo de Baja California es un Poder Legislativo más dinámico, con
mayores responsabilidades, es cierto, un Poder Legislativo que esté
continuamente atendiendo a las demandas de la sociedad en cualquiera de los
ámbitos de las competencias que tiene el Congreso del Estado. Me congratulo de
tener la oportunidad de debatir con el Diputado Jiménez Mercado, y me sorprende
mucho al mismo tiempo planteamientos en el sentido de la responsabilidad tan
recurrente en el discurso de la necesidad de que los Legisladores atendamos con
mayor atingencia los asuntos que nos plantea, de que la Ley está bien como
está, que la Constitución no debe modificarse en lo absoluto, actitudes que son
más conservadoras que los conservadores que a veces hacen uso de esta Tribuna,
es decir una Constitución debe ser dinámica desde mi punto de vista, una
Constitución a intención de su modificación debe expresar en sí misma la
evolución de la sociedad, creo que no hay Constitución perfecta y en lo que se
refiere a la responsabilidad, yo me pregunto qué es más irresponsable si no
aprovechar la Legislación actual para solicitar licencias y ausentarse precisamente
de la voluntad soberana del pueblo, expresada en la intención de que un
legislador venga aquí a cumplir con esa responsabilidad de la que tanta alusión
se hace. Creo compañeras y compañeros Diputados, que los argumentos aquí
vertidos en términos de una intencionalidad de dar mayor claridad al trabajo
legislativo se desvanecen cuando persiste pues la intención de venir aquí y
después ausentarse para competir por posiciones de elección y después regresar
cómodamente después de haberse ausentado de los trabajos como ya sido evidente
en muchos casos. Se dijo aquí que la Comisión Permanente, y aquí el Diputado
Jiménez Mercado hacía alusión de que él en las dos ocasiones que fue Presidente
de la Comisión Permanente convocó a más sesiones extraordinarias que cualquier
otro y se trataron asuntos de la mayor importancia que cualquier otro y fueron
productos de mejor calidad que cualquier otro, bueno, si reconoce tácitamente
la necesidad de que la Comisión Permanente esté convoque y convoque a
extraordinarios para tratar estos asuntos, por qué no establecer en Ley
entonces que estos sean de manera Ordinaria. Es decir, a mí me parece una
contradicción en la argumentación vertida, califica y descalifica iniciativas
de los Diputados a diestra y siniestra, se convierte en el gran juzgador de las
iniciativas presentadas por respetables compañeros legisladores que todos
hacemos y sépalo usted Diputado, el mayor de los esfuerzos, le imprimimos la
mayor de nuestras capacidades para tratar de hacer un buen trabajo como
seguramente usted intenta hacerlo, y en donde dejamos de lado esa arrogancia
intelectual que de nada, que en nada contribuye a promover entre los compañeros
legisladores quizá, la posibilidad de ascender en el, en la calidad de los
trabajos que se presentan; no hay que olvidar que aquí estamos representantes
del pueblo, no doctos en la materia jurídica, para eso tenemos Departamentos
que nos auxilian, para eso hay brillantes abogados como usted que puede
ayudarnos a corregir el rumbo y no sólo a destrozar con sus calificativos las
iniciativas que presentan los compañeros. Dice el Dictamen: “La Comisión
Permanente ha nacido en nuestra Constitución a imagen y semejanza de la que se
instituyen en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como
esta lo adoptó de la Legislación Española, que se remonta al siglo XIII de la
cual los autores de renombre, como el Maestro Felipe Tena, seguramente íntimo
amigo suyo; el Maestro Emilio Rabasa, seguramente íntimo amigo suyo; el Maestro
Jorge Seyej, también si es que no su pupilo o discípulo, su Maestro o su amigo íntimo; el Maestro Ignacio Burgoa
Orihuela, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, el Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la U.N.A.M. y el Instituto Iberoamericano de
Derecho Constitucional, todos ellos, todos ellos coinciden en que niegan
utilidad alguna a la Comisión Permanente bajo el argumento coincidente de que
su existencia obedece sólo a la forzocidad de promulgar las funciones de los
Congresos ante la actividad constante de los Poderes Ejecutivo y Judicial, por
su necesaria interacción, no obstante que dicha Comisión no responde a una
función de naturaleza legislativa y tampoco por su composición se ajusta a
nuestro Régimen representativo, de ahí pues que se requiere darle continuidad y
permanencia a las funciones del Congreso del Estado. Yo coincido con todos sus
colegas, quiero decirle, quiero decirles compañeras y compañeros Diputados que
debemos aprobar este Dictamen porque es una exigencia de la sociedad
bajacaliforniana, es una exigencia recurrente, las responsabilidades que
tenemos los Legisladores no debemos rehuir a ellas, la de gestión, sólo
aquellos que están alejados de la población, sólo aquellos que viven mucho,
mucho muy arriba de los que menos tienen o al menos creen que viven encima de
ellos, son quienes se oponen a que los Legisladores atendamos a la ciudadanía
ahora cuando menos y a iniciativa de esta Legislatura, en módulos de atención
ciudadana en donde ciertamente no estaremos todos los días porque tenemos una
responsabilidad aquí; pero tenemos afortunadamente el apoyo logístico
suficiente para que estas oficinas funcionen y atiendan a esos ciudadanos que
exigen un lugar a dónde acudir para ser escuchados por su legislador, esta
función de fiscalización que es más que vidente y necesaria y que requiere, y
que requiere de exhaustivo análisis a todos y cada uno de los documentos
presentados, la propia función legislativa fundamental en nuestra tarea. Baja
California lo exige, es evidente, los Diputados somos alta y seriamente
cuestionados a veces, precisamente por la falta de producción, precisamente
porque hay la impresión de que los recursos que percibimos, los emolumentos de
cada legislador a veces no son debidamente correspondidos al esfuerzo que
debemos dar, trabajar todo el año no implica las exageraciones que aquí se han
venido planteando de ser Diputados, de 24 horas al días, todos los días, no,
aquí debemos reconocer que si vamos a trabajar todo el año también tenemos
derecho a descansar como lo hace cualquier trabajador en este País, es una
exageración venir y decir que con esta modificación a la Constitución los
Diputados estaremos los 365 días
metidos en las Comisiones o en el Recinto Parlamentario, es una grave
exageración, se trata de congruencia, se trata de responderle al pueblo de Baja
California, se trata de decirles “sí aquí estamos y nos estamos obligando a
trabajar de acuerdo a lo que exiges”. Por eso pues los invito compañeras y
compañeros Diputados, a que demos nuestro voto a favor del Dictamen presentado
por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales; es cuanto.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas
gracias compañero Cano...
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su
curul) Por alusión.
- EL C. PRESIDENTE: Ha concluido la
segunda ronda en relación a este...
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: (Desde su
curul) Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Sí me permite
compañero? Hemos terminado con la segunda ronda en este debate, solamente
daríamos oportunidad al compañero Jiménez Mercado que participe en la Tribuna
por alusión, nada más.
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Con la
venia de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados, público
asistente. Repito, yo creo que independientemente de aceptar que pudiera haber
sido exagerado el hecho de decir que estaríamos trabajando 24 horas, 365 días
al año, no entiendo el porqué, que en un momento determinado una persona que
habla de Constitución dinámica, que exprese la sensibilidad social, deba de ser
de un dinamismo que probablemente no lo explicó, pero que probablemente
signifique el estar trabajando
cotidianamente en la modificación de esta Constitución; es obvio que los
tiempos biológicos de los seres humanos no son compatibles con las edades o los
tiempos de los grupos sociales y en un momento determinado probablemente
nosotros estemos hablando de épocas de la historia que no compaginen con la
edad de cada uno de los seres humanos que han vivido en estos momentos. Yo esto
de acuerdo que las Constituciones deben de ser dinámicas, la Constitución de
los Estados Unidos de Norteamérica es dinámica y en 200 años recibió 5
modificaciones; la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la
Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica y la Constitución de los
Estados Unidos Mexicanos solamente en un sexenio recibió más de 100
modificaciones; en este momento, si consultamos con muchos de los especialistas
citados por la persona que me antecedió en el uso de la palabra, pues tendremos
la gran sorpresa de ver cómo van a estar pidiendo el texto para ver si la
Constitución a la que ellos se refieren o que trataron de hacer en un momento determinado apoyar sus
argumentos, está o no vigente. Por eso yo siento pues que las Constituciones
deben de tener una firmeza suficiente para darle sustento a la vida ciudadana y
no soy un conservador como lo expresó el que me antecedió en el uso de la
palabra, en el sentido que pretendió, que normalmente se utiliza como algo
peyorativo que nada tiene que ver conmigo. Es la primera vez que ejerzo una
función pública y es la primera vez que tengo yo acceso a una derogación o
alguna oportunidad de vivir respecto al presupuesto y debo explicar, porque
probablemente por no estar aquí algunas gentes no se enteraron que si bien es
cierto que yo solicité permiso conforme está previsto en la Ley para presentar
mi precandidatura o mi aspiración a ser candidato a la Gubernatura del Estado,
jamás he faltado a una reunión del trabajo injustificadamente, ni siquiera
cuando solicité ese permiso. Por lo demás, parece ser que lo que haz hecho aquí
es una convocatoria a votar en contra de Jaime Jiménez Mercado, y eso significa
que van a votar a favor de una reforma a la Constitución, pues vaya manera de
legislar tan más especial, extraordinaria y diferente a la que yo supongo que debería
hacerse. Acepto que hay gentes que hacen un esfuerzo extraordinario, acepto que
aquí tenemos una experiencia magnífica, esto es muy grande y que se ha tenido
una oportunidad de conocer muy buenas inquietudes y que hemos tenido muy buen
producto en algunos casos; pero yo no me refería a esos casos, sino me referí a
los casos distractores en los que hemos tenido qué trabajar las gentes que
hemos revisado iniciativas en las que permanente y constantemente se ha dicho
por quien me antecedió en el uso de la palabra, que no tiene tiempo de ir a esa
Comisión porque él está ocupado en otra Comisión, cosa que se entiende
perfectamente; tampoco puedo yo pedirle a la persona que atiende la Comisión de
Salud, como la que atiende a otra Comisión, etcétera, que esté en todas las
demás Comisiones, es imposible y no se trata de eso, yo creo simple y
sencillamente que debemos de reflexionar respecto del paso que vamos a dar,
independientemente de las personas que hayamos participado con un argumento a
favor o en contra, sino precisamente tomando o desechando el argumento, porque
si se trata pues de simpatía, pues seguramente que yo perderé la elección y
entonces la Constitución Política de los Estados Unidos de Baja California van
a apoyarse, solamente quiero recordar a Aristóteles que pues es muy simpático,
porque el buen humor es magnífico y voy a tener que clavar los espolones a
algunos de mis compañeros, que mientras hacían alusiones a mi persona pues se
estaban riendo, y dijo Aristóteles que la risa abunda en la boca de los
imbéciles, hay que tener buen humor, nada mas.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces
tenemos, hemos concluido con la segunda ronda, vamos a, les preguntamos esta
Presidencia si se considera la asamblea que el asunto ha sido suficientemente
discutido; de ser así, pasamos a la, ha concluido el debate y pasamos a la
votación, compañera Secretaria...
- EL C. DIP. DOMINGUEZ ROCHA: (Desde su
curul) Diputado Presidente, yo le solicitaría un receso antes de entrar a la
votación.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces
continuamos compañera Diputada.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, atendiendo sus
instrucciones, les pedimos a los Diputados, a la Diputada de esta XVI
Legislatura emitir el sentido de su voto por vía nominal, iniciando por la derecha,
de el Dictamen 152 presentado por el Diputado Martín Domínguez Rocha, por la
derecha, Diputados.
- Antonio Cano, a favor.
- Héctor Esparza, a favor.
- Edgar Fernández, a favor y me reservo
en lo particular el punto resolutivo en referencia al Artículo 45.
- Raquel Casillas, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Jaime Jiménez Mercado, en contra.
- Ulises Arce Salvador, me abstengo.
- Ruvalcaba, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a favor.
- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- Alejandro Bahena Flores, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar? ¿Algún Diputado falta por emitir su voto? Por la Mesa
Directiva.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado
faltó?
- Guillermo Aguilar, a favor.
- EL C. PRESIDENTE: Guillermo Aguilar
Kaiten, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar? Por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- Flores Muñoz Gilberto, a favor.
- LA C. SECRETARIA: 17 a favor,
Diputado Presidente, uno en contra, una abstención y una reserva en lo
particular al Artículo 45.
- EL C. PRESIDENTE: Entonces, en lo
general tenemos, ¿cuántos votos a favor? 17 a favor, uno en contra y una
abstención.
- LA C. SECRETARIA: Y una reserva en lo
particular, en el Artículo 45, del Diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante.
- EL C. PRESIDENTE: Entonces, se
aprueba en lo general y pasaríamos, primero vamos a solicitarle al Maestro
Ulises que sustente su abstención para concluir con este primer trámite.
- EL C. DIP. ARCE SALVADOR: Ciudadano
Presidente, me abstengo porque no tengo conocimiento sobre ello.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, gracias.
Entonces, se aprueba en lo general con 18 votos a favor, uno en contra y una
abstención; entonces pasaríamos a ventilar la reserva en lo particular que nos
hace el Diputado Edgar Arturo Fernández, en lo que se refiere al Artículo 45.
Compañero Edgar Arturo Fernández, haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con
su permiso señor Presidente, el podium está muy electrizado o traemos demasiada
energía. Compañeras, distinguidas compañeras legisladoras, compañeros
Diputados. Hice mi reserva en lo particular al Artículo 45 que es planteamiento
y materia del propio Dictamen en relación a la Iniciativa formulada por los
siguientes aspectos: En su texto actual el Artículo 45 o más bien dicho con la
reforma que se plantea al Artículo 45 se habla de la ausencia del Gobernador
del Estado en relación al territorio o bien, de la separación de sus funciones
hasta por 30 días, y dice el Artículo que solamente dará aviso al Congreso y en
esos casos, el Secretario de Gobierno se hará cargo del despacho, en términos
generales es el planteamiento en relación a la propuesta en el Artículo 45 que
con la modificación que se plantea en la Iniciativa nada más es suprimir la
Comisión Permanente; sin embargo, compañeros ha sido tema de debate y discusión
al seno de esta Legislatura las ... si el ejecutivo del Estado, solamente dando aviso a
este Congreso, pueda ausentarse del territorio nacional, dicho de otra manera,
si el Ejecutivo del Estado, vale únicamente que de aviso al Congreso del Estado
para realizar viajes al extranjero, donde manifiesta que va en relación a
viajes respecto a la promoción económica, a la promoción turística y demás
aspectos del desarrollo del Estado de Baja California, pero el debate no se ha
centrado en relación a si efectivamente esos viajes al extranjero se encuentran
previamente sustentados e informado a este Congreso para efecto de hacer una
valoración, respecto del programa, objetivos, y presuntivamente resultados que
pudieran darse respecto de un viaje al extranjero y ha sido muy claro al
interior de este Congreso y al interior del debate político en el Estado, que
el Gobernador del Estado, cuando realice estos viajes al extranjero, este
Congreso del Estado, por no decir nunca, casi nunca está informado de las
acciones, objetivos y programas que se persiguen en un viaje de esta
naturaleza, podemos preguntarnos cada uno de los diputados que estamos aquí
sentados, si en los viajes que se han hecho al extranjero, durante la gestión
del actual Gobernador, en relación a esta Legislatura que le compete
analizarlo, les podemos preguntar algunos de nosotros si tenían conocimiento
del programa de los objetivos y de las acciones que se iban a realizar en ese
viaje al extranjero que se llevó a cabo, no solamente en el caso del viaje a
Europa, sino también el viaje a Asia, los dos viajes que se realizaron, y estoy
seguro que si les preguntamos a cada uno de los diputados aquí presentes en
este Recinto Legislativo, pocos, casi todos podemos tener acceso a esta información,
el motivo, entonces de esta reforma, conlleva lo siguiente, se que algunos de
mis compañeros subirán a argumentar en contra de la presente planteamiento,
esgrimiendo el sentido de que el Ejecutivo del Estado por su tarea natural,
requiere continuamente de viajar y realizar acciones de esta naturaleza, yo les
diría, es excepcional que el Ejecutivo del Estado tenga que ir al extranjero,
podría ser motivo de un trabajo cotidiano, respecto al ejercicio de sus propias
acciones, el viaje dentro del territorio nacional, con motivo del quehacer en
relación a las gestiones con el gobierno federal a la ciudad de México, pero
aquí no se está cuestionando la ausencia o separación del Gobernador del
Estado, dentro del Territorio Nacional, con motivo del ejercicio de su función,
respecto a acciones o gestiones que tenga que hacer en el centro del país, en
relación al Gobierno Federal, aquí el cuestionamiento es que el Ejecutivo del
Estado, deberá de informar previamente a este Congreso del Estado y solicitarle
su autorización, cuando pretenda o más bien dicho, cuando su ausencia sea fuera
del territorio nacional con motivo de un viaje al extranjero para que esta
Soberanía, tenga los elementos necesarios y el Ejecutivo tenga ese mecanismo de
coordinación que debe haber entre poderes para que sepamos previamente cuales
son las acciones, los objetivos, el programa y los posibles resultados que se
pretenden realizar con un viaje de esta naturaleza, en relación abandonar el
territorio nacional, ahora bien, la propuesta en concreto, aún cuando tendre
oportunidad, una vez de que se suba a debatir algunos de los compañeros en
contra de poderlo hacer de nueva cuenta, es articulo 45.- El Gobernador podrá
ausentarse del territorio del Estado o separarse de sus funciones hasta 30
días, dando aviso al Congreso, y en caso de que la separación implique la
ausencia del Ejecutivo del Territorio Nacional, solicitará autorización al
Congreso, en esos casos el Secretario de Gobierno, se hará cargo del despacho
con las atribuciones que establezca la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Baja California, los invito compañeros, a que bajo un
esquema de esta naturaleza, esta Legislatura, las próximas legislaturas tengan
la oportunidad que para que se realice un viaje al extranjero, por parte del
Ejecutivo del Estado, que es en vía excepcional y que no se cuestione en el
debate y en este momento no lo pongo a consideración, si resulta adecuado o
inadecuado, tenga esta Legislatura la oportunidad de que previa información que
se plantee y el análisis del programa objetivos y metas a alcanzar con esa
ausencia al extranjero, esta Legislatura tenga la oportunidad de valorar, si
concede o no la autorización del Gobernador del Estado, ausentarse del
territorio nacional, lo dejo en la mesa del debate y es cuanto señor
Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias, entonces se abre el debate, en torno a la reserva
en lo particular que nos ha hecho el compañero diputado, Edgar Arturo
Fernández, por favor haga una lista de oradores en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Diputados que estén en contra, de la reserva en particular del
artículo 45, sustentado por el diputado Edgar Arturo Fernández Bustamante, en
contra, no hay en contra, diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor, sin lugar a dudas no deja de ser
interesante, nosotros hicimos Iniciativa de reformas sobre este artículo con el
mismo contenido que ha planteado el compañero Edgar Fernández, yo espero que
los compañeros diputados, nos demos el tiempo suficiente para revisar esa
Iniciativa, y enriquecerla pues con la visión que ha presentado el compañero
Edgar Fernández, les parece bien, bien, entonces no habiendo diputados en
contra, no procede a favor, levantemos el sentido del voto de cada uno de los
compañeros, en torno a la reserva que ha hecho el compañero Edgar Fernández, es
nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Los compañeros diputados, diputada favor de emitir el sentido de su
voto, por vía nominal, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano
a favor,
- Héctor Esparza
a favor,
- Edgar
Fernández a favor,
- Raquel
Casillas a favor,
- Sergio Avitia
Nalda a favor,
- David
Gutiérrez Piceno a favor,
- Jaime Jiménez
Mercado a favor,
- Ulises Arce
Salvador a favor,
- Ruvalcaba a
favor,
- Martín
Domínguez en contra,
- Sócrates
Bastida Hernández en contra,
- Gómez Mora en
contra,
- Alejandro
Pedrín Marquez en contra,
- Héctor
Baltazar Chiprés en contra,
- Molina en
contra,
- Miguel Delfín
Castro en contra,
- Alejandro
Bahena Flores en contra,
- Gillermo
Aguilar Kaiten en contra,
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Falta por votar algún diputado?,
por la Mesa Directiva-
- Héctor Magaña
Mosqueda en contra,
- Olivia
Villalaz a favor,
- José Arango
en contra,
- Flores Muñoz
Gilberto a favor,
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, tenemos doce votos a favor y once votos en
contra, cero abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, debido a que se trata de una reserva en lo particular que
tiene la intención de reformar la Constitución, que se requiere mayoría
calificada por lo tanto no procede, sin embargo seguiremos insistiendo en este
asunto, y entonces haremos la declaratoria de la aprobación de este dictamen,
del dictamen 152, que se aprueba en lo general y en lo particular con...
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, si es tan amable, para que conste en el
diario de debates, la mecanica del proceso, se debe declarar primero si así
fuese el sentido de la votación, la reserva en particular improcedente, por la
relaciones que haga y después aprobar, si pero no han desechado la reserva en
lo particular.
- EL C.
PRESIDENTE: Hemos dicho que el resultado de la votación, fueron doce votos a
favor, once en contra y cero abstenciones, en lo que se refiere a la reserva en
lo particular del artículo 45, por lo tanto no procede y se desecha, si ya lo
había dicho pues, de que se requiere votación calificada, debido a que se trata
de una reforma constitucional, bien, entonces, volviendo al asunto, se aprueba
el dictamen No. 152, en lo general por 18 votos a favor, uno en contra y una
abstención, en lo general y en lo particular dije, una vez aprobado en lo
general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el dictamen No. 152 de
la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en los términos que fue
leído por el diputado Martín Domínguez Rocha. Dado en el Salón de Sesiones Lic.
Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de
abril del año dos mil uno y se declara un receso de una hora (Receso: 14:07 Reanuda: 20:12) Se reinicia la sesión,
buenas tardes compañeros, compañera diputada secretaria, Olivia Villalaz,
haganos el favor de pasar, de verificar el quorum, de la asamblea.
- LA C.
SECRETARIA: Quince diputados presentes, existe quorum, diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos con el sexto punto del orden del día,
que es informe o dictámenes que rinden las comisiones especiales o permanentes,
tenemos en el orden el dictamen No. 148, que presenta la comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales, que dará lectura el compañero Edgar
Fernández, diputado Edgar Fernández.
- EL C. DIP.
MAGAÑA MOSQUEDA: No se encuentra señor Presidente, pero puede dejar pendiente,
cuando venga podemos presentarlo, no hay problema.
- EL C.
DOMINGUEZ ROCHA: Lealo Usted diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Yo sería de la idea compañeros que desahogaramos, bueno pues
entonces a continuación, bien, un receso de cinco minutitos. (Receso: 20:13
Reanuda: 20:14) compañero Edgar Fernández Bustamante, solicitamos que pase a
hacer uso de la Tribuna para que exponga ante este Pleno el dictamen No. 141,
que la Presidencia de la Comisión de la cual Usted forma parte, lo ha
distinguido dictamen No. 141.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su permiso señor Presidente, compañeras diputadas.
Con su venia señor Presidente, si me permite, en virtud de que hay una petición
de algunos compañeros que quieren hacer un análisis más pormenorizado del
dictamen No. 141, pues vamos a pedir por acuerdo de la Comisión y por acuerdo
de la presidencia, presentarlo en la próxima sesión, muchas gracias.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien pasamos a la Comisión de Hacienda y Crédito Público,
solicitamos al compañero Sócrates Bastida, haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP.
BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compermiso compañeros
diputados, H. Asamblea, Dictámenes que presenta la Comisión de Hacienda y
Administración, dictamen 148, que se refiere a Cuentas Públicas del XV y XVI
Ayuntamiento de Tijuana, por el ejercicio fiscal de 1998, que será leído por el
de la voz, dictamen No. 149, Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de
Ensenada, por el ejercicio fiscal 1998, que será leído por el diputado Antonio
Cano; Dictamen No. 152, Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, por el
ejercicio fiscal 1998, será leído por el diputado Bahena; Dictamen NO. 473,
Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Mexicali, por el ejercicio fiscal
1999, será leído por el diputado Héctor Esparza; Dictamen 488, Cuentas Públicas
del Gobierno del Estado, por el ejercicio fiscal 1999, será leído por el de la
voz; Dictamen No. 501, Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tijuana, por el
ejercicio fiscal 1999, será leído por el diputado Antonio Cano; Dictamen No.
503, Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de Tecate, por el ejercicio fiscal
1999, será leído por el diputado Alejandro Bahena; Dictamen 153, Cuentas
Públicas del Poder Judicial por el ejercicio fiscal 1998, será leído por el
diputado Héctor Esparza; Dictamen 474, Cuentas Públicas del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, por ejercicio fiscal 1999, será leído por el de la voz, y
el dictamen No. 487, Cuentas Públicas del Poder Judicial por el ejercicio
fiscal de 1999, que será leído por el diputado Gilberto Flores Muñoz; bien, un
momento nada más. El suscrito diputado, Sócrates Bastida Hernández, en mi
carácter de Presidente de la Comisión de Hacienda y Administración, solicito al
pleno de este Congreso, la dispensa de trámite que se refiere al artículo 130
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
relativo a la entrega de los dictámenes, a los diputados tres días antes de su
discusión en el Pleno, con el fin de que se presente a la consideración de la
H. Asamblea, los dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, es la solicitud que
hacemos, toda vez que no fueron entregados con los días que se mencionan, sin
embargo, ya fueron entregados desde el lunes trempano, a su vez también, otra
petición que es la siguiente, que sea dispensada la lectura total de los
dictámenes para que únicamente se lea el proemio y los resolutivos, serían dos
solicitudes, señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, muy bien, muchas gracias, compañero Sócrates Bastida, vamos a
proceder inicialmente, solicitar la autorización de la dispensa de trámite de
entrega de los dictámenes, con 72 horas de anticipación, se refiere a los
dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, el resto de los dictámenes ya se han
entregado con anticipación, entonces compañera diputada, haga, se abre el
debate, y por favor haga una lista de oradores en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Los diputados que estén en contra de la dispensa de trámite de la
entrega de las 72 horas, de los dictámenes 148, 149, 501, 503 y 474, y la
dispensa total de la lectura...
- EL C.
PRESIDENTE: No primero vamos a empezar con una solicitud.
- LA C.
SECRETARIA: Y dispensa de trámite, entrega de las 72 horas de los dictámenes
antes mencionados, por favor sírvanse manifestarse los que estén en contra, no
hay oradores en contra.
- EL C.
PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por favor solicite
el sentido del voto a cada uno de los diputados presentes por vía nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Los diputados favor de manifestarse su sentido de votación por vía
nominal, iniciando por la derecha, la dispensa del trámite de entrega de 72 horas
de los dictámenes antes mencionados, favor de manifestarse por vía nominal, su
sentido de votación iniciando por la derecha.
- Antonio Cano
a favor,
- Héctor
Esparza a favor,
- Edgar
Fernández a favor,
- Raquel
Casillas a favor,
- Sergio Avitia
Nalda a favor,
- David
Gutiérrez Piceno a favor,
- Jaime Jiménez
Mercado me abstengo,
- Ulises Arce
Salvador, me abstengo,
- Martín
Domínguez a favor,
- Guillermo
Aguilar Kaiten a favor,
- Gómez Mora a
favor,
- Alejandro
Pedrín Marquez a favor,
- Sócrates
Bastida Hernández a favor,
- Héctor
Baltazar Chiprés, a favor,
- Molina a
favor,
- Miguel Delfín
Castro a favor,
- Alejandro
Bahena Flores a favor,
- LA C.
SECRETARIA: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?,
por la Mesa Directiva.
- Olivia
Villalaz a favor,
- José Arango a
favor,
- Flores Muñoz
Gilberto a favor,
- LA C.
SECRETARIA: Diputado presidente, tenemos 18 votos a favor de la dispensa del
trámite de la entrega de 72 horas de los dictámenes antes mencionados y tenemos
dos abstenciones, una abstención del diputado Jiménez Mercado y la otra
abstención del diputado Arce Salvador Ulises.
- EL C.
PRESIDENTE: Compañero Jiménez Mercado, haga uso de la Tribuna para sustentar su
abstención por favor.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: Me he manifestado en abstención de esto, con su venia diputado
Presidente, integrantes de la Mesa Directiva, compañeras diputadas, compañeros
diputados, porque si a las personas integrantes de la Comisión de Hacienda, y
Administración, les tomó horas de debate y análisis y recurrir a todo un equipo
de aproximadamente 250 empleados de la Contaduría Mayor de Hacienda para llegar
a una conclusión, que todavía venimos a discutir aquí, si será correcta o
incorrecta y aún así, no tienen tiempo de entregarla con un mínimo de 72 horas,
o una semana o quince días antes, y además, porque se ha convertido en una
rutina, eso de pedir, que se, esa excepción que está prevista en la ley para
que se pida la dispensa de trámite, en algunos casos pues aquí se ha convertido
en una regla, y yo creo que estamos abusando pecaminosamente de ese tipo de
cosas, o actitudes porque al final de cuentas, yo quisiera quien está lo
suficientemente comprenetado del contenido de esos dictámenes, aparte de las
gentes que acuden a la Comisión de Hacienda y Administración, como para
manifestarse en sentido aprobatorio o negativo o aprobar o rechazar un dictamen
de esa naturaleza, es cuanto.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias, compañero Jiménez Mercado, compañero diputado
Ulises Arce Salvador.
- EL C. DIP.
ARCE SALVADOR: Ciudadano Presidente, me abstengo porque no tengo conocimiento
sobre ello.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba la solicitud de dispensa de trámite de
entrega con 72 horas, por 17 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, pasaríamos
a la siguiente solicitud, que se refiere a la dispensa de lectura total de los
dictámenes y solamente, los vamos a circunscribir a la lectura de los proemios
y los resolutivos, entonces, compañeros, se inicia el debate y le pedimos a la
compañera Secretaria que haga una lista de oradores en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Oradores en contra, no se observa ningún orador en contra.
- EL C.
PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por lo tanto someta
a votación, por vía nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros diputados, favor de emitir el sentido de su voto por vía
nominal de la dispensa total de la lectura y nada más se lean los proemios y
resolutivos, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano
a favor,
- Héctor
Esparza a favor,
- Edgar
Fernández a favor,
- Raquel
Casillas a favor,
- Sergio Avitia
Nalda a favor,
- David
Gutiérrez Piceno a favor,
- Jiménez
Mercado se abstiene,
- Ulises Arce
Salvador, se abstiene,
- Sócrates
Bastida Hernández a favor,
- Guillermo
Aguilar Kaiten a favor,
- Gómez Mora a
favor,
- Alejandro
Pedrín Marquez a favor,
- Héctor
baltazar Chiprés a favor,
- Molina a
favor,
- Miguel Delfín
Castro a favor,
- Alejandro
Bahena a favor,
- Domínguez a
favor,
- EL C.
PRESIDENTE: ¿Algún diputado falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?,
por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña
Mosqueda a favor,
- Olivia
Villalaz a favor,
- José Arango a
favor,
- Flores Muñoz
Gilberto a favor,
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, dicienueve votos a favor y dos abstenciones.
- EL C. PRESIDENTE:
Compañeros diputados por favor pasen a hacer uso de la Tribuna para sustentar
su abstención.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: Con su venia de la presidencia, a la Mesa Directiva,
compañeras diputadas, compañeros diputados, público asistente, si estime hace
un momento que era ya bastante temerario dispensar el trámite de la entrega con
anticipación para leer el escrito y ahora aquí se pide permiso de ni siquiera
escuchar la lectura del dictamen, bueno pues si ya están ustedes totalmente,
¿Cómo le llaman Ustedes?, ¿Negociados o de acuerdo, o “cuaimados, o como
quieran decirlo?, ¿Pues porque no lo someten a votación directamente? y
evitamos esta “charlotada”.
- EL C.
PRESIDENTE: Compañero Ulises.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Una moción, señor Presidente, es decir, el término “charlotada”,
me parece que es ofensivo para el trabajo de los compañeros de la Comisión y
nada más hacer la aclaración que fue enviado todos los diputados, una
invitación muy cordial para que acudieran al debate y la discusión de todas y
cada de las cuentas públicas que se van a realizar el día de hoy, reuniones a
las que no asistió el señor diputado en referencia por lo tanto yo nada más la
moción es para solicitar más respeto al trabajo de los compañeros diputados. Es
cuanto señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Aceptado compañero, si diga.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: Unicamente para decirle al compañero Cano Jiménez, “charlote”
es diminutivo de Carlos en Francés.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, muchas gracias.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: ¿Cuaimado?, que nos aclare que es cuaimado.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Para mi es ofensivo.
- EL C.
PRESIDENTE: Compañero diputado...
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, con todo respeto, si nos hacen favor de
traernos un diccionario para establecer lo que quiere decir cuaimado y si es
ofensivo para estos diputados, pediría que se disculpara.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante compañero, pues, solicitamos al Oficial que nos traiga un
diccionario, enciclopédico, si compañero, yo creo que está aceptada la moción.
- LA C. DIP.
VILLALAZ BECERRA: Compañero Presidente, solicito un receso.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante compañera, (Receso:20:29 horas Reanuda:20:30 horas) a esta
Mesa Directiva, le voy a solicitar le de lectura a la definición que nos hace
el diccionario enciclopedico ilustrado oceano uno de la edición 93, compañera
aquí viene el concepto, solamente viene el concepto de coima, de lectura
compañera.
- LA C.
SECRETARIA: Bueno, lo que tenemos aquí a la vista sobre el significado de la palabra
coima, entre parentesis tenemos manceba, y la explicación que nos da dice, lo
que cobra el dueño del garito, dinero con que se soborna, cuaimado quiere decir
soborno.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Señor Presidente, con todo respeto le pido a la
Presidencia de esta Legislatura, en relación a que nos debemos de conducir con
el respeto debido de acuerdo a la propia Ley Orgánica, que en expresiones de
esta naturaleza, la Presidencia conmine a los compañeros diputados que hagan
expresiones de esa naturaleza, a todo, a toda la XVI Legislatura, a los
diputados que la componemos, que no haya expresiones de esta naturaleza en
relación al trabajo.
- EL C.
PRESIDENTE: De mi parte considere que vamos a estar muy atentos, que los
compañeros, que todos nos conduzcamos con respeto dentro del recinto
legislativo, compañero Jaime Jiménez Mercado, pues le solicito a Usted que
tenga a bien a conducirse de otra manera diferente que no ofenda a esta
Honorable Legislatura, compañero.
- EL C. DIP.
JIMENEZ MERCADO: Así lo hare diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias, entonces continuamos, aquí tenemos otra definición
para completar nuestros conocimientos del contenido que guarda ese concepto de
cuaimado.
- LA C.
SECRETARIA: Coimado. Manceba, concubina, barragana.
- EL C.
PRESIDENTE: Bueno, vamos a continuar y vamos a ...
- EL C. DIP. JIMENEZ MERCADO: Fíjese que curioso, diputado Presidente,
porque resulta que el apehido Barragan, entonces significa que es descendiente
de una barragana.
- EL C.
PRESIDENTE: Si, vamos adelante, nos ha ofendido diputado, no hay que olvidar,
porque a nosotros nadie nos ha sobornado. Bien, vamos a continuar con los
trabajos, se ha aprobado de la dispensa de la lectura por diecisiete votos a
favor, dos abstenciones, el compañero Ulises, le solicitamos que pase a hacer
uso de la Tribuna para sustentar su abstención.
- EL C. DIP.
ARCE SALVADOR: Ciudadano Presidente, Gilberto Muñoz, con mucho respeto, ignoro
sobre el asunto.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, adelante, una vez aprobado pues iniciamos la discusión del
análisis de cada uno de los dictámenes que nos han propuesto a consideración,
la Comisión de Hacienda y Administración, iniciamos con el primero que es el
148, que dará lectura el diputado Sócrates Bastida, se refiere a las cuentas
públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Tijuana por el ejercicio fiscal de 1998,
compañero Sócrates Bastida, por favor haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP.
BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas,
compañeros diputados, Comisión de Hacienda y Administración, dictamen No. 148,
Honorable Asamblea. Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen
correspondiente, el oficio Nº DASC/OP026/99 de fecha 25 de junio de 1999,
mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las
Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, por el
ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998.
Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio,
análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los
siguientes: ANTECEDENTES: PRIMERO.-
Con fecha 31 de marzo de 1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la
Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 31 de agosto de 1998, la Contaduría Mayor de
Hacienda inició auditoría de estados financieros del Ayuntamiento de Tijuana,
Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a
lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo
con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector
gubernamental. TERCERO.- Con fecha
15 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera y
de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad,
concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual
correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado,
el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como
se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22
de la Constitución Política Local. SEGUNDO.-
Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una
comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a
la Comisión de Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de
asuntos relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal
o municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado
de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de
Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión
de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del
Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e
Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece
en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California. QUINTO.-
Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización aplicables,
como resultado de la revisión se formularon observaciones a las Cuentas
Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a
satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a) La Entidad al cierre del ejercicio depuró partidas en
conciliación, cargos bancarios por la cantidad de $ 1’097,318 y depósitos no
registrados por
$ 88,925 provenientes de los ejercicios de 1996, 1997 y 1998 de varias cuentas
bancarias, sin contar con la respectiva documentación comprobatoria, así mismo
en la cuenta de deudores diversos se tiene un saldo de $ 144,928 originado
principalmente por cargos bancarios no aclarados, los cuales se eliminan de las
conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores, se desconocen los posibles
efectos que se pudiesen derivar. b) Durante
el ejercicio se detectaron diversas disposiciones de efectivo mediante
movimientos bancarios irregulares, lo cual ocasionó que se inhabilitara a
servidores públicos, motivando que el XV Ayuntamiento de Tijuana, B.C.,
presentara denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado
la cual se encuentra en proceso de averiguación previa. c) Proveniente de administraciones anteriores,
se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de
fondos por $ 72,511 con los cuales se presume que fueron pagadas contribuciones
municipales, los cuales no han sido localizados. La Entidad celebró en 1996
Convenio de Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por
apoyo económico otorgado por la cantidad de $ 5’058,388 para sufragar
compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús
Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30%
anual no registrados por los períodos del 23 de enero al 31 de diciembre de
1996 y del 1º de enero al 14 de mayo de 1997, por un monto aproximado de $
1’248,809 y
$ 557,000, respectivamente, existiendo incertidumbre acerca de la existencia de
los productos financieros a favor de la Entidad por el segundo período debido a
que en el Convenio Modificatorio suscrito con fecha 15 de mayo de 1997, se establece
que el crédito otorgado no generará productos a favor del Ayuntamiento por el
capital otorgado en préstamo el cual se incrementó $ 3’710,126 para formar un
total de $ 8’768,514 dado que no se precisa la fecha de inicio de vigencia de
los términos del Convenio
Modificatorio señalado, así
mismo, existe incertidumbre sobre el registro de los intereses devengados
durante 1996 que ascienden a $ 1’248,809 importe que se incluyó en el costo de
la obra derramada para la determinación de los créditos fiscales por concepto
de Impuesto de Plusvalía. e) Al cierre del ejercicio la Entidad presenta
en cuentas por cobrar diversos saldos de deudores por la cantidad de $ 106,678
que corresponde a 33 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que se
haya proporcionado evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los
cuales existe la incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad. f) Se
determinaron diferencias de $ 5’434,978 entre los saldos registrados
contablemente en cuentas de orden por $ 44’881,369 y el saldo que arrojan los
padrones de la Recaudación de Rentas por $ 39’446,391 de los conceptos de:
Línea Amarilla, Multas de Tránsito, Multas de Estacionómetros, y Multas
Federales No Fiscales; en relación al padrón de adeudos de contribuyentes del
Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio y del Impuesto
Predial se desconoce el saldo de los mismos debido a que se proporcionaron los
padrones sin totalizar, desconociéndose los posibles efectos que pudieran
resultar al comparar las cifras contables de $ 144’611,740 con los saldos que
arrojan dichos padrones; por otra parte no se encuentran reconocidas en los
estados financieros las cuentas por cobrar derivadas de los créditos fiscales
del Impuesto de Plusvalía relativo a la obra de urbanización del Boulevard
Manuel de Jesús Clouthier del Rincón con saldos según el padrón de
$ 30’389,656 que incluye financiamiento a 60 meses, cifra que se encuentra
sujeta a depuración, así como no se proporcionó padrón al 31 de diciembre de
1998 de los Derechos de Uso o Goce de la Zona Marítima Federal ni se registró
en registros contables los adeudos correspondientes de acuerdo a la práctica
contable de la Entidad. Los estados financieros incluyen $ 2’495,787 de Adeudos
por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca
prestados directamente por el Departamento Administrativo de la Policía
Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía
de 30 días a 5 años debido a que las contribuciones derivadas del
servicio de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes
de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la
Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998. h) La Entidad según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997,
autorizó la posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes
municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de
Playas de Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos
correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO
Transitorio del Decreto No. 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e
inmuebles por un valor de $ 6’278,345, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos,
y sin contar con la autorización de desincorporación, por parte de la
Legislatura Constitucional del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el
Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del
Estado de Baja California, así mismo no se ha efectuado una conciliación entre
ambas Entidades, entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y
reconocidos por Playas de Rosarito. i) La Entidad proporcionó padrón de bienes
muebles de Oficialía Mayor el cual no se encuentra totalizado debido a que se
encuentra en proceso de depuración, desconociéndose el monto global del mismo;
y el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al comparar las cifras
contables de $ 141’376,688 con las cifras que arroje el padrón mencionado. j) La Entidad no efectuó conciliación entre
partidas de gasto de Inmuebles, Planta y Obra Pública correspondientes al grupo
500 por $ 98’781,778 y las cifras presentadas en el documento del cierre de
inversión de obra pública hasta por un monto de $ 234’383,324, cifra que
incluye inversión federal, estatal, municipal y de la comunidad, existiendo
incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar. Se tiene registrado
contablemente en bienes inmuebles, así como en el padrón de bienes inmuebles de
Oficialía Mayor la superficie de terreno de 255,372.55 m² del predio conocido
como “Cañón de las Rosas” mismo que se integra según registros por: Panteón
Municipal 4 y Unidad Deportiva
“Gran Tenochtitlán”, la superficie donada al Municipio por particular
fue de 23-00-00 hectáreas de acuerdo a escritura pública de donación, siendo la
superficie real del polígono según plano elaborado por dependencia municipal de
235,326.174 m² la cual incluye la superficie de 79,051.542 m² de área
habitacional que está siendo regularizada a favor de los posesionarios, la
Entidad no ha dado de baja la superficie regularizada al 31 de diciembre de
1998, ni ha aclarado la diferencia de la superficie recibida en donación con la
registrada por 25,372.55 m². l) La Entidad al 31 de diciembre de 1998 tiene
registrada dentro de la cuenta bienes inmuebles, el terreno con clave catastral
PT-122-001 con superficie de 22,800 m² el cual corresponde al Complejo
Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de $ 19’824,101
que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la documentación
legal que sustente su propiedad; adicionalmente, sobre el mismo inmueble existe
diferencia de 9,350 m² entre la superficie registrada contablemente y la
señalada en el Decreto Nº 194 de fecha 20 de julio de 1983 mediante el cual la
X Legislatura Constitucional del Estado autorizó la desincorporación del
patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a
título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C. m) La Entidad al 31 de diciembre de 1998 no
reconoce adeudo a favor del proveedor Universal Metal, S.A. de C.V., por un
monto de $ 252,450 por los servicios de mantenimiento, modificación de chasis,
y compra de llantas, servicios e instalaciones realizadas a los camiones de
recolección de basura y modificaciones a contenedores, según lo amparan las
facturas Nos. 1598, 1600, 1604 de fechas 26 de octubre y 27 de noviembre de
1998 expedidas por el proveedor, existiendo incertidumbre sobre los posibles
efectos que pudiesen resultar. n) La
Entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus
registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua,
existiendo una diferencia de menos en registros contables de
$ 7’466,288, de los cuales se registraron $ 7’418,397 en cuentas de orden,
aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo,
existiendo incertidumbre sobre los efectos que pudiesen resultar de dicha
conciliación. ñ) La Entidad presenta en
sus estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $ 108,649 que se
integra por saldos provenientes de los años de 1996 y 1997, los cuales están
siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los
mismos. o) La entidad durante el ejercicio
pagó la cantidad de $ 3’268,705 correspondiente a 10 días de aguinaldo
adicional a los 40 días que se establecen en el Artículo 44 de la Ley del
Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado,
Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, al personal de
confianza lo cual no fue expresamente autorizado por el Cabildo. p) En la obra:
Segunda Etapa de la Construcción de la Lanzadera de Transporte Público,
Tijuana, B.C., amparada en el contrato No. C-OPM-98-CPE-01, la Entidad elaboró
contrato modificatorio, rebasando el porcentaje establecido del 25% tanto en
plazo como en monto para dichos contratos, no obstante lo anterior, adicionalmente
celebró un convenio adicional, no apegándose con ello a lo indicado en el
Artículo 44 de la Ley Estatal de Obras Públicas de Baja California. q) La Entidad no dio cumplimiento al Artículo
26 Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, toda vez que no se valuaron los Programas de su
Presupuesto de Egresos, desconociéndose en consecuencia el gasto autorizado y
ejercido en cada uno de los programas, en los términos de lo dispuesto en los
Artículos 56, 58, 59 y 61 de la misma Ley. r) El
Presupuesto de Egresos autorizado y el ejercido de la Policía Comercial,
Bancaria e Industrial parte integrante del Presupuesto de Egresos del Municipio
de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, no fue publicado en el
Periódico Oficial del Estado de conformidad con lo previsto en los Artículos 43
Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del
Estado de Baja California y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California. s) Se
determinaron deficiencias en la definición, cuantificación y evaluación de las
metas proyectadas, y en su caso de las realizadas, de los programas del
Departamento de Inventario y Almacén dependiente de Oficialía Mayor;
Departamento de Informática dependiente de la Tesorería Municipal; Policía y
Tránsito; Subdirección de Planeación y Proyectos de la Dirección de Planeación,
Desarrollo Urbano y Ecología, así como del programa denominado “Otorgar Ayudas
Económicas a los ciudadanos que lo requieran y justifiquen para la resolución
de problemas de tipo personal de la comunidad” del Presupuesto de Egresos,
situación que limita el conocer en forma precisa el seguimiento programático
del avance de las metas. t) La Entidad durante el ejercicio no dio cumplimiento
a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas
Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación de
solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y
remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la
documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual,
debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de
Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 21 y 105 días posteriores del plazo
de Ley, respectivamente; así mismo, porque no se han identificado 30 hojas de
nóminas pagadas desconociéndose su monto, porque algunas nóminas no contienen
la firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones
por $ 6’386,770, y porque no se comprobaron erogaciones efectuadas con recursos
del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal por la
cantidad de $ 698,752. SEXTO.- Que
la opinión emitida por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos
sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. SEPTIMO.- Que en Sesión de Comisión de
Hacienda y Administración celebrada el 21 de julio de 1999, comparecieron los
CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y C.P. Víctor Daniel Amador Barragán,
Presidente y Tesorero del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California,
respectivamente, a efecto de hacer las aclaraciones a las observaciones
contenidas en la Opinión de la Contaduría Mayor de Hacienda en relación con la
Cuenta Pública del período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998 del
XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California. OCTAVO.- Que derivado del análisis efectuado por la Comisión de
Hacienda y Administración y de las aclaraciones presentadas por los
responsables del manejo y administración de la Cuenta Pública del XVI
Ayuntamiento de Tijuana, B.C. se consideró necesaria la eliminación de la
observación relativa a la obra pública de la Segunda Etapa de la Construcción
de la Lanzadera de Transporte Público, en virtud de que la observación que
hacía referencia a que el convenio modificatorio que amplió el plazo de
ejecución de la obra debió de denominársele como adicional, se considera
subsanada cuando la propia entidad celebra el 25 de septiembre convenio
adicional mediante el cual se incrementó tanto el monto como el plazo de
ejecución, quedando comprendido dentro del nuevo plazo el que se consideró en
el convenio objeto de la observación; así como eliminar y adecuar la
observación relativa a que el Presupuesto de Egresos autorizado del Municipio
de Tijuana, B.C. para el ejercicio fiscal de 1998 publicado en el Periódico
Oficial del 31 de diciembre de 1997 no contiene el desglose a nivel de ramos,
programas y partidas como se señala en el Artículo 30 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California toda vez que la
reforma a esta disposición entró en vigor el primero de enero de 1998, por otra
parte el cierre presupuestal fue publicado en el Periódico Oficial del 2 de
julio de 1999 sin embargo no contiene el desglose a nivel de ramos y programas
como se establece en el Artículo 30 del ordenamiento antes citado. Por todo lo
anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la
Cuenta Pública Patrimonial del XV Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a
los CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y
C.P. Víctor Daniel Amador Barragán, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de
noviembre de 1998, por motivo que la Entidad al cierre del ejercicio depuró
partidas en conciliación, cargos bancarios y depósitos no registrados provenientes
de los ejercicios de 1996, 1997 y 1998 de varias cuentas bancarias, sin contar
con la respectiva documentación comprobatoria, así mismo porque en la cuenta de
deudores diversos se tiene un saldo originado principalmente por cargos
bancarios no aclarados, los cuales se eliminaron de las conciliaciones
bancarias de ejercicios anteriores, desconociéndose los posibles efectos que se
pudiesen derivar; así como porque durante el ejercicio se detectaron diversas
disposiciones de efectivo mediante movimientos bancarios irregulares, lo cual
ocasionó que se inhabilitara a servidores públicos, motivando que el XV
Ayuntamiento de Tijuana, B.C., presentara denuncia penal ante la Procuraduría
General de Justicia del Estado la cual se encuentra en proceso de averiguación
previa; porque se tiene registrado contablemente en bienes inmuebles, así como
en el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor la superficie de terreno de
255,372.55 m² del predio conocido como “Cañón de las Rosas” mismo que se
integra según registros por: Panteón Municipal No. 4 y Unidad Deportiva “Gran
Tenochtitlán”, la superficie donada al Municipio por particular fue de 23-00-00
hectáreas de acuerdo a la escritura pública de donación, siendo la superficie
real del polígono según plano elaborado por dependencia municipal de 235,326.17
m² la cual incluye la superficie de 79,051.54 m² de área habitacional que está
siendo regularizada a favor de los posesionarios, la Entidad no ha dado de baja
la superficie regularizada al 31 de diciembre de 1998, ni ha aclarado la
diferencia de la superficie recibida en donación con la registrada por
25,372.55 m²; y porque no se reconoce adeudo a favor del proveedor Universal
Metal, S.A. de C.V., por un monto de $ 252,450 por los servicios de
mantenimiento, modificación de chasis, y compra de llantas, servicios e
instalaciones realizadas a los camiones de recolección de basura y
modificaciones a contenedores, según lo amparan las facturas Nos. 1598, 1600,
1604 de fechas 26 de octubre y 27 de noviembre de 1998 expedidas por el
proveedor, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudiesen
resultar. SEGUNDO.- Es de otorgarse
y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta
Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XV Ayuntamiento
de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. José Guadalupe Osuna Millán y C.P.
Víctor Daniel Amador Barragán, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de
noviembre de 1998. TERCERO.- Es de
otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la
Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta
Pública de Deuda Pública del XVI
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California a los CC. Lic. Francisco Arturo
Vega de Lamadrid y C.P. Roberto Zavala Gutiérrez, en su carácter de Presidente
Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero al 31 de
diciembre de 1998. CUARTO.- Con
motivo de lo señalado en el Punto Resolutivo Primero, así como porque
proveniente de administraciones anteriores, se encuentran registrados
contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos con los cuales se
presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido
localizados; debido a que se celebró en 1996 Convenio de Colaboración con la
Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado para
sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd. Manuel de Jesús
Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste, intereses del 30%
anual no registrados por los períodos del 23 de enero al 31 de diciembre de
1996 y del 1º de enero al 14 de mayo de 1997, existiendo incertidumbre acerca
de la existencia de los productos financieros a favor de la Entidad por el
segundo período debido a que en el Convenio Modificatorio suscrito con fecha 15
de mayo de 1997, se establece que el crédito otorgado no generará productos
financieros a favor del Ayuntamiento por el capital otorgado en préstamo el
cual se incrementó, dado que no se precisa la fecha de inicio de vigencia de
los términos del Convenio Modificatorio señalado, así mismo, existe
incertidumbre sobre el registro de los intereses devengados durante 1996
importe que se incluyó en el costo de la obra derramada para la determinación
de los créditos fiscales por concepto de Impuesto de Plusvalía; así como porque
al cierre del ejercicio se presenta en cuentas por cobrar 33 saldos de deudores
provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia
de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe la incertidumbre en
cuanto a su recuperabilidad; debido a que se determinaron diferencias entre los
saldos registrados contablemente en cuentas de orden y el saldo que arrojan los
padrones de la Recaudación de Rentas por los conceptos de: Línea Amarilla,
Multas de Tránsito, Multas de Estacionómetros, y Multas Federales No Fiscales;
en relación al padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto sobre
Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio y del Impuesto Predial se
desconoce el saldo de los mismos debido a que se proporcionaron los padrones
sin totalizar, desconociéndose los posibles efectos que pudieran resultar al
comparar las cifras contables con los saldos que arrojan dichos padrones; por
otra parte no se encuentran reconocidas en los estados financieros las cuentas
por cobrar derivadas de los créditos fiscales del Impuesto de Plusvalía
relativo a la obra de urbanización del Boulevard Manuel de Jesús Clouthier del
Rincón que incluyen financiamiento a 60 meses, cifra que se encuentra sujeta a
depuración, así como no se proporcionó padrón al 31 de diciembre de 1998 de los
Derechos de Uso o Goce de la Zona Marítima Federal ni se registró en registros
contables los adeudos correspondientes de acuerdo a la práctica contable de la
Entidad; porque existen Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los
Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por el Departamento
Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, mismos que
presentan una antigüedad que varía de 30 días a 5 años, debido a que las
contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son pagadas
por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo dispuesto
en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998; así como
porque según Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997 se autorizó la
posesión y transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales
destinados al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de
Rosarito, mediante los procedimientos legales y administrativos
correspondientes, como a su vez se asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO
Transitorio del Decreto No. 166, disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e
inmuebles, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la
autorización de desincorporación, por parte de la Legislatura Constitucional
del Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California,
así mismo no se ha efectuado una conciliación entre ambas Entidades, entre los
bienes cedidos por Tijuana y los bienes recibidos y reconocidos por Playas de
Rosarito; porque se proporcionó padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor el
cual no se encuentra totalizado debido a que se encuentra en proceso de
depuración, desconociéndose el monto global del mismo; y el efecto de posibles
ajustes que pudieran resultar al comparar las cifras contables con las cifras
que arroje el padrón mencionado; porque no se efectuó conciliación entre
partidas de gasto de Inmuebles, Planta y Obra Pública correspondientes al grupo
500 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de obra
pública, cifra que incluye inversión federal, estatal, municipal y de la
comunidad, existiendo incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen
resultar; porque se tiene registrado dentro de la cuenta bienes inmuebles, el terreno
con clave catastral PT-122-001 con superficie de 22,800 m² el cual corresponde
al Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José que incluye
terreno y construcción, del cual se carece de la documentación legal que
sustente su propiedad; adicionalmente, sobre el mismo inmueble existe
diferencia de 9,350 m² entre la superficie registrada contablemente y la
señalada en el Decreto Nº 194 de fecha 20 de julio de 1983 mediante el cual la
X Legislatura Constitucional del Estado autorizó la desincorporación del
patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a
título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C.; debido a que no se
ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros
contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de
Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua, existiendo una
diferencia de menos en registros contables, de los cuales se registraron
parcialmente en cuentas de orden, aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos
no le corresponden del todo, existiendo incertidumbre sobre los efectos que
pudiesen resultar de dicha conciliación; así como porque se presenta en sus
estados financieros cuentas por pagar que se integra por saldos provenientes de
los años de 1996 y 1997, los cuales están siendo investigados por la Entidad,
para determinar la procedencia de los mismos; porque durante el ejercicio se
pagaron 10 días de aguinaldo adicional a los 40 días que se establecen en el
Artículo 44 de la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los
Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja
California, al personal de confianza lo cual no fue expresamente autorizado por
el Cabildo, así como porque la Entidad no dio cumplimiento al Artículo 26
Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
de Baja California, toda vez que no se valuaron los Programas de su Presupuesto
de Egresos, desconociéndose en consecuencia el gasto autorizado y ejercido en
cada uno de los programas, en los términos de lo dispuesto en los Artículos 56,
58, 59 y 61 de la misma Ley; debido a que el Presupuesto de Egresos autorizado
de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial parte integrante del Presupuesto
de Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, no
fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de conformidad con lo previsto
en los Artículos 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California y 30 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, así mismo porque el
cierre presupuestal publicado el 2 de julio de 1999 no contiene el desglose a
nivel de ramos y programas como se señala en el Artículo 30 antes mencionado;
porque se determinaron deficiencias en la definición, cuantificación y
evaluación de las metas proyectadas, y en su caso de las realizadas, de los
programas del Departamento de Inventario y Almacén dependiente de Oficialía
Mayor; Departamento de Informática dependiente de la Tesorería Municipal;
Policía y Tránsito; Subdirección de Planeación y Proyectos
de la Dirección de Planeación, Desarrollo Urbano y Ecología, así como del
programa denominado “Otorgar Ayudas Económicas a los ciudadanos que lo
requieran y justifiquen para la resolución de problemas de tipo personal de la
comunidad” del Presupuesto de Egresos, situación que limita el conocer en forma
precisa el seguimiento programático del avance de las metas; y porque durante
el ejercicio no se dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que
establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas de la documentación comprobatoria y justificatoria del
ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones de
la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 21 y 105 días
posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque no se han
identificado 30 hojas de nóminas pagadas desconociéndose su monto, porque
algunas nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que
recibieron las percepciones, y porque no se comprobaron las erogaciones
efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tijuana,
Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
lo conducente. QUINTO.- Con motivo
de la revisión especial efectuada sobre el presunto daño patrimonial causado a
la Hacienda Pública Municipal por la posible comisión de delitos por servidores
públicos que se desempeñaban en la Entidad, y de la denuncia penal que le es
relativa, presentada por la Autoridad Municipal, túrnese a la Sindicatura de la
XVI Ayuntamiento de Tijuana, B.C. el asunto en comento, para que con los
elementos que obran en su poder, así como los derivados de la revisión y
análisis practicado por la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso del
Estado, y los elementos documentales que se requieran adicionalmente obtener de
terceros, principalmente de las instituciones bancarias relacionadas, para que
se concluya la revisión en proceso, debiéndose ampliar las pruebas de revisión
sobre movimientos bancarios bloqueados y eliminados indebidamente del sistema
de conciliaciones bancarias de los ejercicios fiscales de 1998 y 1997, para que
se aclare, determine y se cuantifique el daño patrimonial causado en el
ejercicio de 1998 y en su caso la comisión de delitos en el ejercicio de 1997. DADO.- En la Sala de Juntas de la
Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de
Mexicali, Baja California, a los seis días del mes de abril del dos mil uno.
Firman DIP. SOCRATES BASTIDA HERNANDEZ PRESIDENTE DIP. ANTONIO RICARDO CANO
JIMENEZ SECRETARIO, con reserva, DIP. ALEJANDRO BAHENA FLORES VOCAL DIP. HECTOR
ESPARZA HERRERA con reserva VOCAL DIP. GILBERTO FLORES MUÑOZ VOCAL.
Es cuanto y lo ponemos a la consideración de la Honorable Asamblea, señor
Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas
gracias compañero diputado Sócrates Bastida, leído el dictamen 148, se inicia
el debate, compañera diputada, realice una lista, solicite quien desea
participar en contra del dictamen.
- LA C. SECRETARIA: Los diputados que
estén en contra del dictamen presentado por la Comisión de Hacienda y
Administración No. 148, favor de manifestarse, los que estén en contra, el
diputado Héctor Esparza Herrera.
- EL C. PRESIDENTE: A favor, Sócrates
Bastida, por favor compañero Esparza pase a hacer uso de la Tribuna.
-
EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Con su permiso diputado Presidente y Honorable Mesa
Directiva, compañeras diputadas, compañeros diputados, me registré en contra
porque una vez que analizamos la opinión, los estados financieros, los informes
presupuestales y programáticos, e informes especiales adjuntos a la propia
opinión, al amparo de los preceptos anotados en la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas, se hacen las siguientes consideraciones, en lo relativo a
cuenta de ingresos, el artículo 23 fracción, inciso a), precisa como finalidad
precisar perdón, el ingreso propio de Ley y los demás ingresos que perciban las
entidades, en el capítulo quinto de aprovechamientos, numeral siete de la
opinión y la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 1998, presenta el
rubro, aportaciones del Gobierno del Estado o de la Federación, para obras y
servicios públicos o programas especiales, bajo el cual se debió haber
registrado el ingreso que se presume, obtuvo el municipio por 135´603,546
pesos, según se desprende de la nota adicional que se presenta en la hoja
cuatro del informe presupuestal y programático que a la letra dice, la entidad
no efectuó la consideración, entre partidas de gastos de inmuebles, planta y
obra pública correspondiente al grupo 500 por 98´781,768 pesos y las cifras
presentadas en el documento del cierre de inversión de obra pública hasta por
un monto de 234´383,324 pesos, cifra que incluye inversión federal, estatal, el
importe no incorporado en la cuenta pública, es de 135´601,546 pesos
equivalente al 14.60 % del ingreso de ley reportado en la cuenta pública,
considero importante, hacer notar que algunos de los programas de inversión,
citados en el párrafo anterior, corresponden a los fondos provenientes del ramo
33 de la federación que aparecen registrados debidamente en la cuenta de
ingresos, razón por la cual surgen mayores dudas al no corresponderse con los
egresos relativos, derivados del informe adicional que se cita en la salvedad
No. 2, relativa a que durante el ejercicio se detectaron diversas disposiciones
de efectivo, mediante movimientos bancarios irregulares en sus hojas 40, 41 y
42 y anexos 3 y 4 se precisa que en estos movimientos irregulares se incluyen
fondos provenientes de pagos en bancos de impuesto predial, que afectan
directamente a la cuenta pública de ingresos, es conveniente obtener la
información del Contador Mayor, sobre elaboración del sistema del control
interno del manejo de los fondos públicos, capítulo que no se aborda en el
informe especial, la conclusión, respecto a la cuenta pública de ingresos, con
base en los comentarios expuestos, el ingreso propio de ley, no incluye
conceptos que importan 135´601,546 pesos equivalente repito al 14.60 % del
importe de la cuenta pública de ingresos, por lo que, y considerando lo
establecido en el artículo 23 fracción inciso a) de la Ley de Fiscalización y
en el boletín a 6 y párrafo 21, integrante de los principios de contabilidad,
generalmente aceptados y expedidos por el Instituto Mexicanos de Contadores
Públicos A. C., aplicable a la admisión pública en el Estado de Baja
California, por lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de baja California, que lo que nos
interesa dice: existen parámetros que en la práctica corriente a los negocios,
se usan frecuentemente par distinguir y evaluar la importancia que tienen
ciertos eventos u operaciones de las empresas, atendiendo a estas prácticas, la
comisión de principios de contabilidad quiere señalar a manera de orientación
que dependiendo las circunstancias, siempre y cuando se tomen las bases
adecuadas de comparación, las partidas menores del 5% podrían ser consideradas
como no importantes, del 5 al 10% algunas podrían considerarse importantes y
otras no y por último, arriba del 10% como es el caso, generalmente podrían
tener un impacto significativo en la información financiera, considero que
existen bases técnicas suficientes para expedir un dictamen no aprobatorio de
la cuenta pública de ingresos, del municipio de Tijuana, por el ejercicio
fiscal de 1998, que abarca ambas gestiones, en lo relativo a la cuenta pública
de egresos, quiero decir que el artículo 23 fracción segunda, inciso a), tiene
como objeto precisar el gasto público, todo lo comentado en el apartado de la
cuenta pública de ingresos es aplicable para este inciso, de la de egresos, ya
que al omitirse el registro en el ingreso propio de ley, también se omitió el
registro a través del gasto público o egreso de ley, el importe de 135´601,546,
equivale al 14.57 del presentado en la cuenta pública de egresos, el artículo
23, fracción segunda en su inciso b) dice: que el comprobante del gasto público
se ajustó a los presupuestos de egresos y a los requisitos que establece esta
Ley y demás disposiciones que rigen a la materia, el Ayuntamiento no registró
como gasto público la cantidad de 135´601,546 pesos........ Las consideraciones
de partidas de gastos de inmuebles, planta y obra pública, correspondientes al
grupo 500 por 98´781,768 pesos y las cifras presentadas en el documento del
cierre de inversión de obra pública, hasta por el monto de 234´383,324 pesos,
cifra que incluye inversión federal, estatal, violando los siguientes
preceptos, se viola el artículo 16 de la ley de Presupuesto, Contabilidad y
Gasto Público del Estado, que indica, que el gasto público se basará en
presupuestos que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos,
metas, beneficios y unidades, responsables de su ejecución, los presupuestos se
elaborarán de acuerdo a la calendarización que al efecto se establezcan, en el
informe presupuestal y programático se omite la mención, sobre de si se publicó
o no el presupuesto de egresos modificado al cierre del ejercicio como lo
establece el artículo 30, el anexo 7 al informe presupuestal y programático
respecto a la evaluación de los programas del Ayuntamiento, presenta información
referente a las dependencias por ramos 04 a 07, omitiéndose las
correspondientes al resto de los 23 ramos o dependencias en contravención al
artículo 15, fracción IV, de la Ley de Fiscalización de las cuentas públicas
para el Estado de Baja California, las salvedades 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21,
de la opinión que nos otorga la Comisión de Hacienda y Administración, deja la
evidencia del incumplimiento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público en el ejercicio del gasto público en el ejercicio del gasto público,
así como en la solventación de las observaciones efectuadas por el órgano
fiscalizador del Congreso del Estado, respecto a las cuentas de ingresos y
egresos, la conclusión es la siguiente, considerando los elementos de juicio asentados
en la conclusión expuesta para la cuenta de ingresos que son aplicables para la
de egresos y el resto de ilegalidades señaladas, considero que existen bases
técnicas suficientes para negar la aprobación de la cuenta pública de egresos,
es cuanto diputado Presidente y queda a consideración de esta Honorable
Asamblea, la no aprobación de la cuenta pública de ingresos y egresos y yo
conmino con elementos técnicos únicamente para que valoremos esta situación y
el pleno del Congreso del Estado determine la no aprobación de la cuenta
pública de ingresos y de la cuenta pública de egresos.
- EL C. PRESIDENTE: Usted está
planteando la negación de las cuentas públicas de ingresos y egresos.
- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Estoy en
contra del dictamen, la reserva de la votación que presenté.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, compañero
Sócrates pase a hacer uso de la Tribuna para que someta a consideración su
opinión a favor del dictamen.
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su
permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, me he
anotado a favor del dictamen, independientemente que fueron varias
observaciones, como pudieron percibir en la lectura del dictamen, enuncié los
Resolutivos, todos los puntos que efectivamente vienen anotados en el dictamen,
en el cual bastaría hacer una referencia, recordar cual ha sido el esquema con
el que planteamos los dictámenes en la Comisión de Hacienda, recordar que
efectivamente, son muy largos los resolutivos y siendo que si ustedes se fijan
el caso de la cuenta de la pública de Tijuana, se está negando exclusivamente
la patrimonial, a manera de redacción pudiésemos haber optado por redactar, se
negó la patrimonial y hacer la referencia a las observaciones que tienen que
ver con la negación de esa cuenta, y obviar o no presentar las otras
incidencias u observaciones que incidirían las cuentas públicas de ingresos, de
egresos o de deuda pública, sin embargo por criterio de la Comisión y de los
diputados que se pidió en su oportunidad, ya tenemos dos años sobre esta discusión,
se acordó que era conveniente que independientemente que no incidieran en los
resolutivos que presenta la Comisión, se presenten en el documento,
independientemente que no tienen nada que ver o sea no inciden en un criterio
que nos obligue a negar cuenta pública pero si el señalarlo, porque recuerden
ustedes que esta Comisión de Hacienda y Administración, efectivamente es una
revisión de todo el manejo presupuestal y legar de las entidades públicas y
encontramos como ustedes escucharon observaciones o hacemos observaciones en
las cuales decimos aquí hay falla administrativa, pero efectivamente no son
fallas si que redunden en un mal manejo del recurso, que nos obliguen a negar
precisamente las cuentas públicas, si se fijan en el resolutivo en donde se
está presentando la negación de la cuenta pública patrimonial que es el
resolutivo primero, es donde hacemos toda una descripción, el porque se niega
la cuenta pública patrimonial, y en los siguientes resolutivos, el segundo, el
tercero y el cuarto, hacemos un enunciado de las situaciones que consideramos
que deben ser turnadas precisamente a la Contaduría Mayor, digo perdón a la
sindicatura municipal para que haga lo conducente, dentro de una de las cosas
que alcancé a captar de lo que mencionó el diputado Esparza, vamos a hablar del
punto de opinión No. 10, en donde se dice que la entidad no efectuó una
conciliación de partidas de gastos de inmuebles, planta y obra pública
correspondiente al grupo 500 por 98 millones y la presentada en el documento
del cierre de la inversión pública, hasta por un monto de 234´383,000 pesos
cifra que incluye inversión estatal, municipal y de la comunidad, existiendo
incertidumbre acerca de los efectos que pudiesen resultar, en cuanto a este
punto se señaló que se desconoce la intención y motivación de la observación,
cuando se habla de una conciliación entre reportes independientes, de los
cuales no existe la obligatoriedad de efectuar, ya que hemos mencionado que se
presenta la información del grupo de gastos en el grupo 500 que es el de
inversión de acuerdo al catálogo de cuentas, propios del Ayuntamiento, y se
presenta la información en esta federal, municipal, paramunicipal, y de la
comunidad, la revisión de la cuenta pública del Ayuntamiento versa sobre el
ejercicio del gasto público respaldado en partidas de gasto, y como lo menciona
la observación del grupo 500 corresponde a la obra realizada por la
administración central, no por organismos descentralizados, así como la obra
pública de la comunidad, por lo que lejos de ser una omisión es de resaltar la
acción del Ayuntamiento de hacer del conocimiento del monto consolidado de la
inversión pública y de la comunidad al cierre del ejercicio, esto es
básicamente, que si bien, esta observación va a hacer repetitiva en todos los
Ayuntamientos lo van a escuchar en los demás municipios cuando lleguemos al
punto de revisión de la cuenta pública, se habla de entregar un resumen
consolidado en donde se clarifique cual es la inversión federal, la estatal y
la municipal y la inversión ciudadana, hasta ahorita ese punto lo analizamos en
la comisión, coincidimos en que no existe ningún lineamiento legal que obligue
a entregar ese documento, es una práctica buena, que se señale y se tenga un
documento fiel en donde podamos estar ciertos para revisar los programas
propuestos por los Ayuntamientos más no hay una obligación para hacerlo, antes
en el caso de Tijuana que es la cuenta pública que estamos revisando, se
entregue información en donde se dice específicamente cuanto se recibió por los
vecinos, cuanto se recibió por el Gobierno Federal y se hace esa consideración,
pero no es resultante o no es condicionante ni nos ponen una tesitura de negar
cuenta pública, insisto este señalamiento no nos obliga o nos permite tan
siquiera decir o pensar que sea causal de negación de cuenta pública de
ingresos ni de egresos, porque efectivamente de acuerdo a la Ley el presentar
presupuestos por partida se cumplió con ello se encuentran los registros del
recurso federal, del recurso estatal y del recurso municipal y del recurso
ciudadano, de tal manera que no hay elementos para negar la cuenta pública de
ingresos y la cuenta pública de egresos, por lo tanto considero que este
dictamen que presenta la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos
de negar la cuenta pública patrimonial y aprobar la cuenta pública de ingresos
y egresos y deuda pública, procede de tal manera que pueden estar ustedes
seguros señores diputados de que el otorgar su voto aprobatorio a esta
propuesta que hace la Comisión están haciendo lo correcto, es cuanto.
- EL C. PRESIDENTE: Muy bien, muchas
gracias, en segunda ronda, en este desarrollo del debate solicitamos, diputados
que se manifiesten en contra del dictamen, compañera, por favor elabore una
lista de diputados.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
diputados, atendiendo al diputado Presidente, por favor de anotarse si algún
diputado o diputada se encuentra, está en contra de este dictamen, no hay en
contra diputado.
- EL C. PRESIDENTE: No da lugar a
favor, preguntaría, entonces en vista de que no hay oradores que deseen
continuar con el debate, vamos a someter a votación el dictamen, compañera
diputada, solicite el sentido del voto a cada uno de los diputados presentes
por vía nominal.
- LA C. SECRETARIA: Los Compañeros, compañeras
diputadas, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal al dictamen de
Comisión de Hacienda y Administración, No. 148, vamos a pedir a los compañeros
diputados emitir el sentido de su voto, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano a favor en lo general y
me reservo el resolutivo segundo en lo particular.
- Héctor Esparza en contra,
- Edgar Fernández en contra,
- Raquel Casillas en contra,
- Sergio Avitia Nalda en contra,
- Gutiérrez Piceno David en contra,
- Ulises Arce Salvador a favor,
- Martín Domínguez a favor,
- Sócrates Bastida Hernández a favor,
- Gómez Mora a favor,
- Alejandro Pedrín Marquez a favor,
- Héctor Baltazar Chiprés a favor,
- Molina a favor,
- Miguel Delfín Castro a favor,
- Alejandro Bahena Flores a favor,
- Guillermo Aguilar Kaiten a favor,
- EL C. SECRETARIO: ¿Algún diputado
falta por votar?, ¿Algún diputado falta de votar?, por la Mesa Directiva,
compañero Magaña.
- Héctor Magaña Mosqueda a favor,
- Olivia Villalaz en contra,
- José Arango a favor,
- Flores Muñoz Gilberto a favor,
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, contamos con 14 votos a favor, seis en contra y tenemos una reserva
en lo particular en el resolutivo segundo del diputado Edgar Arturo
Fernández...
- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Yo
voté en contra.
- LA C. SECRETARIA: Perdón del diputado
Ricardo Antonio, Antonio Ricardo Cano Jiménez.
- EL C. PRESIDENTE: Se aprueba el
dictamen en lo general con 16, 14 votos a favor, seis en contra y cero
abstenciones, con una reserva en lo particular del resolutivo segundo,
planteada por el compañero diputado Cano Jiménez, compañero Cano Jiménez, por
favor pase a hacer uso de la Tribuna para sustentar su reserva, relativa al
resolutivo segundo.
- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su
permiso señor Presidente, miren compañeros, compañeras diputadas, el resolutivo
segundo dice: “Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la cuenta pública
de ingresos, de la cuenta pública de egresos y de la cuenta pública de deuda
pública, del XV Ayuntamiento de Tijuana Baja California, a los Licenciados,
José Guadalupe Osuna Millán y Víctor Daniel Amador Barraga, en su carácter de
Presidente Municipal y Tesorero respectivamente por el período del primero de
enero al 30 de noviembre de 1998”, me he reservado por que considero y quiero
proponer a esta Honorable Asamblea no aprobemos, es decir votemos en el sentido
de que sea negada la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos
del Ayuntamiento de Tijuana, del XV Ayuntamiento de Tijuana y miren ustedes
porque, porque adicionalmente a las observaciones planteadas con toda
puntualidad por el diputado Héctor Esparza damos cuenta aquí de que hay, 21
observaciones en esta cuenta, y todos conocen de que el XV Ayuntamiento en el
ejercicio de 1998, fue sujeto de una serie de irregularidades que llevaron
incluso a los Tribunales para perseguir delitos de carácter penal contra
algunos funcionarios que obraron mal y en donde todavía existe la incertidumbre
respecto de la resolución de algunos de estos asuntos, pero además el
Ayuntamiento no reconoce adeudos, hace falta conciliación de saldos entre lo
asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de
Servicios Públicos, la CESPT, por siete millones, casi siete millones y medio
pesos, aquí hemos venido pugnando por que los Municipios paguen a la Comisión
Estatal de Servicios Públicos porque son de los mayores deudores y ésto genera
el encarecimiento de los servicios que ofrece la CESPT, tanto en agua potable
como drenaje, no ha pagado el Municipio de Tijuana, también en su estados
financieros en cuentas por pagar, hay saldos provenientes de 1996, y 97, los
cuales están siendo investigados y yo quiero pedirles mucho atención en esto,
las palabras están siendo investigados como seguramente al señor diputado dio
cuenta con su voto aprobatorio en la revisión que hizo exhaustiva de este
dictamen, es decir hay asuntos aquí que están pendientes y en donde van a
escuchar ustedes también, se desconoce el efecto que pudiera causar a la cuenta
pública, si no lo sabemos, hay incertidumbre pues, ojo con esto, les voy a
decir porque, están siendo investigados en los estados financieros, las cuentas
por pagar, del 96 y 97, es todos estos años no ha sido posible resolverlo, la
entidad además pagó 3´268,000, correspondientes a diez días de aguinaldo
adicional a los 40 días que establecen los artículos 44 de la ley de Servicio
Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios e
Instituciones Descentralizadas al personal de confianza, es decir tomaron
simple y sencillamente la decisión de erogar más de tres millones de pesos, sin
la autorización expresa del Cabildo, de aguinaldos adicionales al personal de
confianza del gobierno, los Regidores, son los representantes ciudadanos, que
deben autorizar este tipo de erogaciones, yo no digo que no lo devenguen, quizá
este bien devengado por los servidores públicos de confianza, pero el hacerlo
de manera autoritaria y sin la consideración del Cabildo, a mi parece que es un
elemento que no debemos dejar pasar, en la obra segunda etapa de la
construcción de la lanzadera de transporte público en Tijuana, amparada por el
contrato que ya se explicó aquí, el municipio elaboró contrato modificatorio,
rebasando el porcentaje establecido del 25%, tanto en plazo como en monto para
dichos contratos, no obstante lo anterior adicionalmente celebró un convenio
adicional no apegándose con ello, a lo indicado en el artículo 44 de la Ley
Estatal de obra Pública del Estado, nomás faltó que nos dijeran que era recurso
internacional y que no aplicaba la Ley de obra Pública, es decir, por otra
parte la entidad no dio cumplimiento al artículo 26 fracción segunda de la ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,
toda vez que no se evaluaron los programas de su presupuesto de egresos, ojo,
desconociéndose consecuencia y gasto autorizado, y ejercido en cada uno de los
programas en los términos que dispone la misma ley de presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público, se desconoce en consecuencia el gasto autorizado, dicen las
observaciones, y miren compañeros diputados, de aprobar nosotros, la cuenta
pública de ingresos, y la cuenta pública de egresos, me voy a permitir decirles
que es lo que pasa en consecuencia, de acuerdo con la ley de Fiscalización de
las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, en su artículo 43, dice
lo siguiente, la aprobación de la cuenta pública anual que haga el Congreso del
Estado, produce los siguientes efectos, respecto de la misma, y yo aquí si
quisiera pedirles la mayor de sus atenciones, uno, extinguen las obligaciones
derivadas de fianzas, garantías, o cauciones de los funcionarios o empleados
que manejen fondos o valores públicos, dos, extinguen las responsabilidades
fiscales, administrativas, y políticas de los titulares, funcionarios o
empleados de las entidades, es decir habla también el artículo 43, de que las
responsabilidades de carácter civil y penal, se extinguirán conforme a las
leyes de la materia, si nosotros aprobamos éstas cuentas de ingresos y de
egresos, con todos los argumentos que estamos planteando, simple y
sencillamente estamos exonerando a los funcionarios que quizá, de buena o de
mala fe, no lo sabemos haya incertidumbre dice, el propio dictamen, no sabemos
cual vaya a ser el resultado de las revisiones, nosotros ya estamos exonerando
cualquier posibilidad de acción legal en contra de los malos funcionarios a los
cuales combatimos, sean del partido que sean y del municipio que sean, en lo
personal yo no estoy dispuesto a que sí el análisis técnico de la Contaduría
Mayor de Hacienda, que se ha distinguido por su trabajo objetivo, claro nos
señala aquí incertidumbre en tantos rubros personalmente compañeros diputados,
yo no estoy dispuesto a ser cómplice, en un momento determinado de generar la
extinción de responsabilidades aprobando las cuentas públicas en este sentido,
es decir, y quiero dejarlo muy claro, no estoy acusando a nadie, no estoy
señalando en lo particular a ningún funcionario, simple y sencillamente la
incertidumbre con la que reiteradamente se habla tanto en la opinión como en el
dictamen, de la Comisión de Hacienda, me dice a mi que son asuntos no resueltos
y antes de conocer el resultado de estas revisiones, ya estamos aprobando para
extinguir de responsabilidad a quienes la pudieran tener, luego entonces
negando las cuentas, dejaríamos abierta esta posibilidad, dejaríamos en
libertad, a la autoridad para que sancionara a los servidores públicos que
incumplieron, de no ser así, bueno, aprobaríamos una vez conociendo los
resultados, las cuentas con la certeza de que estamos haciendo lo correcto y no
aprobando a partir deposiciones de incertidumbre en los efectos que puedan
tener estas 21 observaciones que tiene la cuenta pública 1998 del XV
Ayuntamiento de Tijuana, por eso propongo a la Mesa Directiva, someter a la
consideración, la no aprobación de la cuenta pública de ingresos y de la cuenta
pública de egresos, del XV Ayuntamiento de Tijuana para el ejercicio fiscal
1998, toda vez insisto que hay incertidumbre respecto de las responsabilidades
que se tienen en el cumplimiento estricto de la ley en materia de fiscalización
de presupuestación que debe uno de hacer a la legislación, que corresponde al
Estado de Baja California, es cuanto señor Presidente, muchas gracias,
compañero diputado, Cano Jiménez, iniciaríamos el debate en relación a la
reserva en lo particular del resolutivo segundo que ha propuesto que ha
sometido a consideración el diputado Cano a esta Soberanía, compañera diputada,
por favor elabore una lista de diputados que estén en contra de la reserva que
ha hecho el diputado Cano Jiménez.
- LA C. SECRETARIA: Señores diputados,
los que estén en contra de la reserva presentada por el diputado Antonio
Ricardo Cano Jiménez, favor de manifestarse, el diputado Sócrates Bastida
Hernández en contra.
- EL C. PRESIDENTE: Diputados que estén
a favor, compañero Edgar Fernández, en primera ronda, adelante compañero
Sócrates Bastida.
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su
permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados,
público asistente, me he inscrito en contra de la propuesta de modificar el
resolutivo segundo, negando la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública
de egresos, toda vez que la fundamentación, algunas de las fundamentaciones que
se dieron tenían que ver precisamente con algunas observaciones que se hacen en
el propio cuerpo del dictamen, y para recordarle más o menos a los compañeros,
dice: “La entidad no ha efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado
en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Tijuana, respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua,
existiendo una diferencia de menos en registros contables de 7 millones
cuatrocientos sesenta y seis, de los cuales se registraron siete millones cuatrocientos
dieciocho de lo cual vislumbramos a que hay una diferencia de 300,000 mil pesos
o poco menos, perdón 46,000 mil pesos, 47,000 mil para ser exactos, ese es el
punto que se refiere como para negar la cuenta pública, porque efectivamente
hay la intención de apoyar a los organismos operadores del agua para que en
ninguna entidad tenga adeudos y que limite el flujo defectivo de la entidad
operadora del agua y que al rato tenga que repercutir en el alza de tarifas a
los usuarios, lo entendemos y estamos de acuerdo con ello, más creo que había
que leer mejor este punto porque se da la impresión de que la entidad no ha
hecho su parte y quiero referenciarlo esta diferencia en cuanto a los siete
millones que presenta la entidad contablemente y la registrada porque
efectivamente son 47,000 mil pesos la diferencia, son 47,000 mil pesos que el
municipio de Tijuana ha venido disminuyendo de un adeudo original que le
cobraba la Comisión Estatal de Servicios Públicos de alrededor de trece
millones de pesos, originalmente es el saldo que la Comisión Estatal de
Servicios Públicos, le decía al municipio de Tijuana, me debes trece millones y
en base precisamente a estas revisiones a estas conciliaciones, es que se ha
llegado a un saldo que todavía está en discusión en donde el municipio de
Tijuana, dice: “todavía traigo diferencias contigo por 47,000 mil pesos, que es
muy diferente a la forma de plantear las cosas. Adelante.
- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: ¿Cuanto le
debe el Ayuntamiento de Tijuana a la CESPT?
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Siete
millones. Pero quiero que se vea esta situación, debo insistir en la forma como
se plantea, efectivamente eso es lo que adeuda, pero ante las cuentas que
presentaba la Comisión Estatal de Servicios Públicos decía que debía trece millones
el Ayuntamiento y en base a revisar y revisar y hasta ponerse de acuerdo se ha
llegado a medio conciliar un saldo de siete millones, pero todavía hay una
diferencia de 47 mil pesos, yo digo que todo funcionario público, tiene la
obligación, como lo hizo el Ayuntamiento de Tijuana, sus derechos y sus
obligaciones, si esta es una obligación, no tan fácilmente van a decir, ahora
te pago 13 millones porque le dice la otra entidad que debe de pagar 13
millones, lo que debe hacer la entidad, efectivamente, lo que está haciendo,
ajustar cuanto peso tenga que aclarar, pero pagarle lo justo, lo que deba de
pagarle la Comisión Estatal de Servicios Públicos, creo que ese es el trabajo
que tiene que hacer el organismo y aquí está demostrado, están haciendo cuentas
hasta que estén claros de lo que efectivamente le adeudan a la Comisión Estatal
de Servicios Públicos y hay intención de pagar porque actualmente el municipio
de Tijuana, es de los que van al día en el pago a la Comisión Estatal de
Servicios Públicos en el gasto corriente o en el consumo corriente, creo que
con esto, es muy diferente el planteamiento como se deja ver, de que hay la
negativa de pagar siete millones de pesos, cuando originalmente la entidad
pretendía cobrarles trece millones, con respecto al aguinaldo, se dice de que
el organismo o la entidad pagó diez días más de aguinaldo que recordarán todos
los compañeros diputados en ese año coincidió de que hubo una disposición que
si bien no ha sido plasmada en ley, todavía, que está presentada, ya a la
Comisión correspondiente esta revisión, pero efectivamente la Ley del Servicio
Civil estipula que son cuarenta días de aguinaldo y actualmente se pagan 60
días, en esa ocasión el Ayuntamiento de Tijuana, bueno como fue general se pagó
a todo el personal de confianza y alguien dice: “que a trabajo igual salario
igual, y que todos somos iguales”, independientemente que no estaba contemplado
y el sindicato si logró que se le pagará esa cantidad a todo el personal de
base, lo justo era que se hiciera con el personal de confianza, también son
trabajadores y esa fue la gran falta que aparentemente se está señalando,
insisto son compromisos laborales que bueno, estará a juicio de todos ustedes
definir si por esto vamos a negarle la cuenta pública de egresos a una entidad
que cumplió con su obligación laboral, como patrón, pagarle lo correspondiente,
con respecto a los programas, los compañeros diputados que participamos en la
Comisión de Hacienda, recordarán que efectivamente y cuando iniciamos con la
cuenta pública del 98, en las demás entidades se acordó turnarle a todas las
entidades, escritos en los cuales se les aclaraba y se les decía a todos las 87
entidades públicas, que eran en aquel tiempo de que a partir del próximo año,
al año siguiente de la revisión de la cuenta pública 98, si no daban
cumplimiento a los titulares de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto
público a la cabalidad en cuanto a señalar, objetivos, metas, programas, iba a
ser causal de señalamiento de cuenta pública pero que quede claro, fue después
del 98, luego entonces no cae en este concepto lo señalado como causal para
negar la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública de egresos, bueno hasta
aquí son los principales puntos que me permití, que pude escuchar, que se
planteaban como elementos suficientes para negar la cuenta pública de ingresos
y cuenta pública de egresos, esto independientemente que somos compañeros que
compartimos trabajo en la misma comisión, yo creo que esto nos queda claro para
todos los compañeros que estamos hoy aquí presentes, integrantes de esta XVI
Legislatura, de que así como hoy estamos debatiendo, lo mismo hacemos en la
comisión, o sea no es un trabajo “cuaimado” como dijo nuestro compañero
anteriormente, no hay tal, es un trabajo serio de revisar, cuenta por cuenta,
hacer los análisis y los criterios necesarios y suficientes para poder plasmar
una opinión de aprobación o de negación de cuenta pública, entendiendo la alta
responsabilidad que tenemos con respecto a fin de cuentas de los conceptos que se
puedan vertir con respecto a los funcionarios que se pueden ver señalados como
malos funcionarios por una mala apreciación que podamos tener, por lo tanto no
estoy de acuerdo en esta solicitud que se hace o esta reserva en lo particular,
donde se plantea que son causales suficientes estos puntos que acabo de
enunciarles porque a mi juicio creo que están solventados, de tal manera que no
encuentro motivo para negar la cuenta pública de ingresos y la cuenta pública
de egresos, es cuanto señor Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Adelante, tiene el
uso de la voz el compañero Edgar Fernández que se ha anotado a favor.
- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con
su venia, señor Presidente, compañeros diputados, resulta interesante analizar
y que bueno que de alguna manera se hizo un análisis exhaustivo por parte de la
Comisión y que bueno también que de acuerdo a las técnicas que se aplican en la
opinión de la contaduría Mayor, establecen todos estos aspectos que derivan en
21 observaciones, efectivamente 21 observaciones que se refieren a diferentes
aspectos, que se refieren al patrimonio del XV Ayuntamiento, que se refieren a
ingresos del XV Ayuntamiento y que se refieren a egresos del XV Ayuntamiento,
yo quiero decirles a ustedes para ser breve, ya que mi compañero Antonio Cano
fue muy claro en algunas precisiones que dio, nada más de estas 21
observaciones, varias se refieren en caso concreto una de ellas, el inciso “d”,
aspectos de ingresos y me llama mucho la atención que precisamente la
Contaduría Mayor y ahí es donde me llama la atención, plantea en múltiples
ocasiones, dentro de las diversas observaciones que hace la incertidumbre
respecto al resultado en relación a los datos que aquí se precisan, no conoce
el efecto que va a tener y en consecuencia el resultado que esto dé, y esto es
grave por el hecho de una exposición ya precisada, si hay una incertidumbre
respecto a los efectos que produzca la precisión en la observación, que no es
posible en este futuro incierto establecer o cuantificar su resultado en el
daño que se le pueda ocasionar al patrimonio del XV Ayuntamiento por
disposiciones inadecuadas en el ejercicio de los egresos o por ineficiencia en
la realización de acciones, para cuantificar los ingresos, no es posible que
aprobemos una cuenta pública de ingresos y egresos, que al final de cuentas,
con la ley, ya dio lectura el diputado Antonio Cano, dice: “que extingue de
cualquier responsabilidad si hay una aprobación de cuenta pública por parte de
esta Legislatura, luego entonces, hablando de ingresos decía el punto No. 4,
pero hablan de egresos de ineficiencia en el manejo de los recursos públicos,
en la observación que se plantean el inciso “f”, el inciso “o”, el inciso “p”,
el inciso “q”, el inciso “r”, el inciso “s” y el inciso “t”, todos estos
incisos hablan de la ineficiencia en el manejo del recurso en materia de cuenta
pública de egresos y en algunos de ellos me llama la atención, daré lectura
rápida porque la mayoría de los diputados creo que tienen en sus manos el
dictamen respectivo y nada más para refrescar lo que aquí plantea, fíjense
ustedes dice en el inciso “t” y que se refiere a egresos dice: “las nóminas
pagadas, dice asimismo, porque no se ha identificado hojas de nóminas pagadas
desconociéndose su monto, o sea no identificación de las hojas de nóminas, si
se desconoce el monto que fue pagado, porque algunas nóminas aparte de que no
hay hojas de nóminas que se desconoce y el monto del que se fue pagado,
textualmente leo lo que dice el dictamen, además de eso dice, “porque algunas
nóminas no contienen la firma de recibí”, debería decir de recibido, supongo
yo, aunque dice aquí de recibí, “de los servidores públicos que recibieron las
percepciones, fíjense o sea no hay nóminas firmadas, se desconoce si éstas
percepciones le fueron pagadas a los trabajadores porque no consta en la firma,
de nada más de la cantidad de seis millones 386 mil setecientos setenta pesos,
pero además dice, el propio inciso “t”, “ no se comprobaron erogaciones
efectuadas con recursos del fondo 3 de aportaciones para la infraestructura
municipal por la cantidad de 698,752 pesos, quiere decir que se hiciera una
serie de erogaciones así como las mencioné en los diversos incisos que el
propio dictamen contiene que tienen que ver con egresos con una disposición de
recursos del erario público que no se acredita en los términos en que la Ley
establece que debieron de haber sido ejercidos y por otro lado, aquí en esta
legislatura se solicita aprobar, la cuenta pública de ingresos y la de egresos
y con esa aprobación que esta legislatura de, aprioristicamente, esto quiere
decir, sin hacer, sin tener los elementos necesarios para saber si no hay
efectos que resulten en el detrimento del patriminio del XV Ayuntamiento y en
consecuencia en el patrimonio de los ciudadanos de Tijuana, nosotros, vamos a
exonerar a los funcionarios públicos, porque como ustedes saben compañeros
diputados, en la propia comparecencia, que en su oportunidad hizo el Contralor,
en aquel entonces, el C. P. José Guadalupe Zamorano, si mal no recuerdo, el
mismo nos dijo a todos nosotros en su comparecencia, le dice, señores diputados
como vamos a ejercer acciones, las que correspondan si la propia Ley de
Responsabilidades y la Ley que corresponde, la Ley de Fiscalización establece
que si se aprueban las cuentas públicas, no hay acciones que realizar por parte
de la Contraloría, porque ya fueron exonerados los servidores públicos, que
esta Legislatura, aprobó en función de las cuentas públicas, de tal suerte,
para ser y terminar mi intervención, es correcto que esta Legislatura apruebe
la cuenta pública de ingresos y la de egresos, con todas las observaciones que
aquí se plantean en la materia y con el caso concreto y específico de que si se
da esta aprobación, los funcionarios públicos responsables, si así lo fuese, porque
algo curioso la mayoría de los aspectos que aquí se precisan hablan de la
incertidumbre, no se conoce el efecto, del resultado que de, porque está
pendiente en saberse lo que va a suceder, pero de antemano nosotros ya
resolvimos exhonerarlos de cualquier responsabilidad sin conocer a futuro lo
que va a suceder, es cuanto señor Presidente y queda a cada quien en
conciencia, para establecer si los exoneramos sin conocer las acciones que
puedan ejercerse, es cuanto señor Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, muchas
gracias, compañeros, es la primera ronda, en segunda ronda, preguntaríamos, ¿Si
hay diputados en contra?, no hay, por lo tanto no procede a favor y entonces
iniciaríamos con la votación por vía nominal, compañera solicite el sentido del
voto, de cada uno de los diputados presentes en la asamblea.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
diputados, compañera diputada, favor de emitir el sentido de su voto de manera
nominal de la reserva en lo particular presentada por el diputado Antonio
Ricardo Cano Jiménez, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano a favor,
- Héctor Esparza a favor,
- Edgar Fernández a favor,
- Raquel Casillas a favor,
- Sergio Avitia Nalda a favor,
- David Gutiérrez Piceno a favor,
- Ulises Arce Salvador me abstengo,
- Martín Domínguez en contra,
- Sócrates Bastida Hernández en contra,
- Gómez Mora en contra,
- Alejandro Pedrín Marquez en contra,
- Héctor Baltazar Chiprés en contra,
- Molina en contra,
- Miguel Delfín Castro en contra,
- Alejandro Bahena Flores en contra,
- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún diputado
falta por votar?, ¿Algún diputado falta por votar?, por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda en contra,
- Olivia Villalaz a favor,
- José Arango en contra,
- Flores Muñoz Gilberto en contra,
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, tenemos siete votos a favor, once en contra y una abstención, del
diputado Ulises Arce Salvador.
- EL C. PRESIDENTE: Compañero Ulises,
diputado Ulises, por favor pase a sustentar su abstención.
- EL C. DIP. SALVADOR ULISES: Ciudadano
Presidente Gilberto Muñoz, me abstengo porque no tengo conocimiento sobre de
ello.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, esta Presidencia hace la declaratoria en relación a la
reserva del diputado Cano Jiménez, en relación al resolutivo segundo, con la
siguiente votación, siete votos a favor, once en contra y una abstención, por
lo tanto no procede la reserva en lo particular, entonces esta Presidencia
establece que el dictamen 148, es aprobado en lo general y en lo particular y
es de aprobarse y se aprueba el dictamen No. 148 de la Comisión de Hacienda y
Administración, en los términos que fue leído por el diputado Sócrates Bastida
Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García, del
Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de abril del año dos mil
uno. Adelante y continuamos con el dictamen No. 149, del cual dará lectura el
compañero diputado Antonio Cano Jiménez, compañero Cano, adelante.
-
EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su permiso, señor Presidente, Honorable Asamblea.
Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el
oficio Nº DASC/OP027/99 de fecha 25 de junio de 1999, mediante el cual el
Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del
XV y XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, por el ejercicio fiscal
comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen
se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente,
resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo de
1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el
Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 10 de septiembre de 1998, la Contaduría
Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del XV Ayuntamiento
de Ensenada, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 8 de junio de 1999, se
llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la
revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los
Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia
con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo
48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión
ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en
los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades:
a) La Entidad presenta saldo de
deudores diversos por concepto de cheques devueltos por insuficiencia de fondos
con los que se presume fueron pagadas contribuciones municipales por la
cantidad de $ 112,710, de los cuales no se localizaron $ 91,989 que incluyen $
65,968 provenientes del ejercicio anterior. b) La
Entidad presenta en sus estados financieros diversas cuentas por cobrar por
conceptos distintos a adeudos fiscales, que no presentan movimiento durante
1998 por la cantidad de $ 506,134, sin que se haya proporcionado evidencia de
la realización de gestiones de cobro, existiendo incertidumbre acerca de su
recuperabilidad. c) La Entidad registró
en cuentas por cobrar la cifra de $ 263,660 provenientes de partidas en
tránsito de conciliaciones bancarias por cargos bancarios de los períodos de
agosto a septiembre de 1996, enero a
diciembre de 1997 y enero de 1998, los cuales se encuentran sujetos a
investigación y aclaración, por lo que se desconoce los posibles efectos que
pudieran resultar. d) La Entidad no ha
incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles por $ 8’615,425 a valor catastral,
debido a que no cuenta con la documentación legal que acredite los derechos de
propiedad o uso sobre bienes inmuebles que se destinan a parques públicos,
gimnasio municipal, biblioteca, unidades deportivas y oficinas administrativas
entre otros, los cuales se encuentran registrados contablemente en cuentas de
orden. e) La Entidad efectuó ajuste a
su patrimonio incrementando el saldo contable de la cuenta de bienes muebles
por $ 8’588,247, dicho ajuste se determinó en forma global por diferencia, al
comparar el padrón de bienes muebles que arroja la cantidad de $ 34’516,577,
con el saldo que existía en registros contables de $ 25’928,330,
consecuentemente no se identifican los bienes dados de alta y en su caso de
baja que generaron dicha diferencia. f) La
Entidad dispuso de recursos propios y del Ramo 33 Federal Fondo IV
Fortalecimiento de los Municipios, para otorgar préstamos por la cantidad de $
2’030,564, a contratistas que ejecutaron obras del Ramo 20 específicamente del
Programa 100 Ciudades, siendo que las disposiciones legales vigentes en materia
de obra pública, sólo contempla el pago de anticipos a contratistas, no consignan
otro tipo de financiamiento. g) La
Entidad liquidó pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de
Ensenada por la cantidad de $ 5’612,847 con base en Contrato de Pago de Adeudo
mediante Cesión de Bienes y Transmisión de Dominio de Inmueble y Compensación
celebrado el 28 de abril de 1998, donde el XV Ayuntamiento cedió un terreno con
una superficie de 22-45-13.80 hectáreas ubicadas dentro del desarrollo urbano
del Ejido Chapultepec del Municipio de Ensenada, que corresponde a los terrenos
que fueron transferidos por el Fideicomiso para la Administración y Desarrollo
de las Reservas Territoriales (FIADERT), sobre el cual este último ya había
acordado que el terreno se donara a favor de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Ensenada (CESPE) para la construcción de una planta de tratamiento
de aguas negras, no habiéndose presentado acta de revocación por parte del
FIADERT y autorización del Cabildo para enajenar el bien inmueble de dominio
privado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 123 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Municipal de Estado de Baja California. h) La Entidad presenta saldo por pagar de $
882,141 derivado de cuentas por pagar que no tuvieron movimiento durante el año
por $ 330,743 a favor de acreedores diversos y de $ 551,398 a favor del
Gobierno Federal y Estatal, por la participación que les corresponde de la
recaudación municipal de los ejercicios de 1996 y 1998 por concepto del uso o
goce de Zona Federal Marítima y Multas Federales no Fiscales. i) Se efectuó ajuste por la cantidad de $
4’847,187 por cancelación de recargos generados por cuotas y aportaciones no
pagadas en los plazos de Ley al ISSSTECALI en los ejercicios de 1996, 1997 y
1998, afectándose la cuenta de Patrimonio subcuentas Resultado de Ejercicios
Anteriores 1996 y 1997 y la partida presupuestal de egresos 238 Impuestos y
Descuentos por la cantidad de $ 3’025,416 y $ 1’821,771, respectivamente, dicho
ajuste no fue autorizado por el Cabildo, existiendo incertidumbre acerca de la
condonación de esos recargos por parte de la Junta Directiva del ISSSTECALI al
no haberse proporcionado documento que sustente la condonación. j) La Entidad
presenta en sus estados financieros cuentas por pagar por la cantidad de $
840,854 que se integran por saldos provenientes de los ejercicios de 1995 y
1997 de las subcuentas Fondo de Desarrollo Social por $ 511,469 y Fondo I
(Secas) por $ 329,385 que corresponden a remanentes de recursos que no fueron
aplicados en obras, determinándose una diferencia de $ 246,328 entre los saldos
bancarios de las cuentas Bital No. 400352165-5 y Serfín Nos. 01-515512-6 y
15157374 por $ 594,526 y lo registrado como cuenta por pagar, dichos saldos se
encuentran en proceso de depuración, desconociéndose los posibles efectos que
pudiesen resultar al concluirse su depuración. k) Se practicó ajuste disminuyéndose el pasivo a favor del
Consejo de Urbanización Municipal de Ensenada (CUME), afectándose la cuenta
contable de Resultados de Ejercicios Anteriores por $ 301,348, resultante de efectuar
conciliación de saldos con el organismo, sin contar con documentación que
ampare el origen de la cancelación contable ni con la autorización de Cabildo
al respecto. l) La Entidad en el ejercicio
de 1998, recibió aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportación
para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 31’130,675, los
cuales se registraron como partidas transitorias en cuentas de pasivo,
disminuyendo el saldo con las salidas de recursos, no reconociéndose como
ingresos y egresos de Ley, por lo tanto no se remitió la documentación
comprobatoria original de la aplicación de los recursos del Fondo III a la
Contaduría Mayor de Hacienda en los términos de lo previsto en el Artículo 17
de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja
California, a los recursos federales percibidos por $ 31’130,675, se le
adicionan las aportaciones de los vecinos según registros contables de $ 1’669,004 se obtienen recursos
por la suma de $ 32’779,679 respecto a la cual se aprobó obra, entrega de becas
y despensas por la cantidad de $ 33’571,284 a la que posteriormente se le
disminuyó $ 2’635,276 según autorización del Consejo de Desarrollo Municipal
por resultar excedentes en las obras, registrándose estos como ingresos
propios, resultando un neto a ejecutar de $ 30’936,008 determinándose un importe sin asignar
de $ 1’843,671, por otro
lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión
ejercida al cierre del ejercicio de $ 27’965,712 se obtiene que el saldo de
efectivo disponible es de $ 4’813,967 sin embargo el saldo real en bancos según
registros contables es de $ 3’592,473 existiendo diferencia en bancos no
aclarada de $ 1’221,494, así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de
haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33
Fracciones I y III que consigna que los Municipios deberán hacer del
conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar,
el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficios, así como informar a sus
habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados. m) La Entidad en el ejercicio de 1998,
registró como ingresos y egresos de Ley las aportaciones federales provenientes
del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la
cantidad de $ 23’288,245, de los cuales sólo se proporcionó el desglose de
erogaciones por la cantidad de $ 18’920,787, omitiéndose la información detallada
sobre el destino específico de recursos por la cantidad de $ 4’367,458, por
otro lado, al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la
inversión presuntamente ejercida al cierre del ejercicio de $ 22’980,338 cifra
derivada de reporte emitido por el departamento de contabilidad, se obtiene que
el saldo de efectivo disponible es de $ 307,907, sin embargo el saldo real en
bancos según registros contables es de $ 1’732,756, existiendo un excedente en
bancos no aclarado de $ 1’424,849. n) Se
otorgaron descuentos del 15% por pronto pago a los contribuyentes del Impuesto
Predial que cubrieron anualmente el gravamen en los meses de marzo a mayo de
1998 principalmente, por aproximadamente $ 569,990 contraponiéndose a lo
dispuesto en el Artículo 3 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ensenada,
B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, que establece los plazos para el pago
del impuesto, consignando que éste deberá cubrirse anualmente en los meses de
enero y febrero o en dos exhibiciones semestrales, la primera en enero y
febrero, siendo la segunda en los meses de julio y agosto. ñ) La Entidad no proporcionó 16 recibos
oficiales de contribuciones municipales pagados en la Delegación de San
Quintín, en tanto que 23 recibos son ilegibles, sobre los cuales no se
identificó su ingreso en Recaudación de Rentas Municipal, desconociéndose el
destino de los mismos, y en su caso, el monto de los ingresos recaudados. o) Para determinar el Impuesto Predial
sobre predios rústicos a cargo de los contribuyentes la Entidad aplicó durante
el ejercicio al valor fiscal de los predios la tasa del 5 al millar, misma que
no se encuentra prevista en la Ley de Ingresos para el Municipio de Ensenada,
B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en forma extemporánea para incorporar la
tasa en Ley, en el mes de septiembre de 1998 el Cabildo del XV Ayuntamiento de
Ensenada aprobó solicitar al Congreso del Estado mediante la Iniciativa
correspondiente la reforma para adicionar en Ley la tasa en comento. p) Durante el ejercicio se cobraron
contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a cuotas fijas de 3
a 6 salarios mínimos o a través de valores unitarios determinados por la
Oficina de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, sin
proporcionar el sustento documental sobre las bases aplicadas para su
determinación, ni proporcionarnos la autorización correspondiente,
contraviniendo lo dispuesto en la Tabla de Valores Catastrales Unitarios, Base
del Impuesto Predial del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal
de 1998, en donde se consigna que lo no previsto y las controversias en la
tabla será decidido por la dependencia mencionada comparando las
características del caso de que se trate y siguiendo el criterio establecido
por el Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario, según el grado de
urbanización y uso del suelo de que se trate, dando aviso por escrito de su
resolución a la Tesorería Municipal. q) Durante el ejercicio se adquirieron 16
vehículos, que de acuerdo a la Entidad fueron adquiridos 8 a proveedor
extranjero y 8 a negocios de la localidad que se dedican a la venta de autos
usados, el costo de las unidades según registros contables es de $ 200,395 y $
395,524, respectivamente, sin embargo según confirmación del proveedor
extranjero las 16 unidades se le adquirieron a $ 421,876, determinándose
diferencias al comparar el costo de adquisición registrado y pagado por la
Entidad y el importe que confirma el vendedor por la cantidad de $ 174,043,
estas operaciones están siendo sujetas a revisión por la Sindicatura Municipal,
de lo que podría derivarse en su caso la aplicación de responsabilidades. r) La
Entidad aplicó precios unitarios en el concepto estampado de concreto en
banquetas y pasos peatonales, en los que difieren los costos de algunos materiales
con respecto a los autorizados, motivando un pago de más por $ 26,879 S/IVA,
además de no apegarse a lo establecido en el Artículo 46 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas, en relación a la supervisión de la obra así como de
verificar las anomalías indicadas en bitácora en el proceso de la ejecución de
los trabajos, lo anterior en la obra: Demoliciones, pavimentos, banquetas, agua
potable y drenaje en Calle Primera, tramo de Av. Macheros a Av. Ryerson,
Ensenada, B.C., correspondiente al contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-5D-01. Con
respecto a la construcción de puente vehicular de la Calle Once y Av. Mar,
Ensenada, B.C., al amparo del contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-SI-01, la Entidad
en estimación Nº 4 en el concepto colocación de acero de refuerzo, por error en
los números generadores pagó de más $ 16,663 S/IVA; además en estimaciones Nos.
7, 8, 9 y 10 que comprenden un período de ejecución del 11 de octubre al 5 de
diciembre de 1998, estimó conceptos por un importe de $ 335,432 S/IVA pagados
el 19 y 26 de noviembre y el 8, 17 y 22 de diciembre de 1998 y que no estaban
ejecutados de acuerdo a lo observado en visitas efectuadas a la obra los días
13 de noviembre de 1998 y 29 de enero de 1999; igualmente pagó un importe de $
48,901 S/IVA por el concepto de zampeado de piedra bola que no se ejecutó;
también el haber elaborado convenio adicional incrementando el monto
inicialmente contratado de $ 4’506,927 C/IVA a $ 6’938,426 C/IVA (54%) y el
plazo de ejecución de 123 días a 226 días (84%), observándose que se debió
principalmente por no haberse apegado a lo establecido en el Artículo 19 de la
Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. s) La
Entidad no efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles,
Construcciones y Servicios Públicos, correspondientes al grupo 500 por $
24’575,771 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de
obra pública hasta por un monto de $ 46’007,138 que incluye las aportaciones
federal, estatal, municipal y de la comunidad, así como conciliación con las cifras
según registros contables que asciende a $ 24’034,851, existiendo incertidumbre
acerca de los efectos que pudiesen resultar. t) La
Entidad elaboró el primer avance trimestral de los programas de Presupuesto de
Egresos determinando las metas logradas en forma porcentual, situación que se
modificó a partir del segundo trimestre del ejercicio, sin embargo, este hecho
limitó el poder conocer la cuantificación de las metas logradas durante el
ejercicio. u) No fue proporcionada documentación comprobatoria que respalde las
metas realizadas en el Programa 02 de la Dirección de Obras y Servicios
Públicos, así mismo, se omitió la cuantificación de metas realizadas de algunos
programas que seleccionamos para revisión del Presupuesto de Egresos, situación
que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las
metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. v) La Entidad durante el ejercicio aperturó en
el mes de febrero de 1998 dos cuentas bancarias con la institución bancaria
Bital, S.A.; siendo éstas las Nº 4011809530 y Nº 4011809522 para el manejo y
control de los recursos provenientes de los Fondos III y IV, respectivamente,
incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, el cual señala que
“Los titulares de las Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley
informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y
nombre de la institución bancaria correspondiente, dentro de los quince días
posteriores a su apertura e informarán sobre su cancelación dentro de los
siguientes quince días a que esto ocurra” toda vez que se dio aviso en forma extemporánea
en el mes de abril de 1999. w) La Entidad celebró Contrato de Permuta mediante
el cual permutó a la Sociedad Cooperativa de Transportes de Pasajeros de
Ensenada, S.C.L. de I.O. el lote s/n de la manzana s/n con superficie de
726.949 m² de la Col. Ampliación Hidalgo, obteniendo la fracción 8 de la
Colonia El Aguajito con superficie de 1,159.417 m², según consta en inscripción
en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de fecha 8 de junio de
1998, no habiéndose proporcionado el contrato celebrado ni los avalúos
correspondientes. x) La Entidad
durante el ejercicio no dio cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la
Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California
que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones
de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta 127 y 137 días
posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida
por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en
Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. SEPTIMO.- Que en Sesión de
Comisión de Hacienda y Administración celebrada el 21 de julio de 1999,
comparecieron los CC. Manuel Montenegro Espinoza y la C.P. Ofelia Lencioni
Rosas, Presidente y Tesorero del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California,
respectivamente, a efecto de hacer las aclaraciones a las observaciones
contenidas en la Opinión de la Contaduría Mayor de Hacienda en relación con la
Cuenta Pública del período del primero de enero al 30 de noviembre de 1998 del
XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California. OCTAVO.- Que como parte de las
aclaraciones efectuadas por el Presidente Municipal del XV Ayuntamiento de
Ensenada, B.C., se entregó escrito de fecha 12 de julio de 1999, suscrito por
el C. Ignacio González Oros, representante y vendedor de negociación de autos
usados con domicilio en el extranjero a la cual el Ayuntamiento adquirió 8
vehículos de diversos modelos y años, en dicho documento se relacionan cada uno
de los vehículos adquiridos y su valor, y se manifiesta también que en la
confirmación de saldos entregada a la Contaduría Mayor de Hacienda se
encuentran algunos errores involuntarios en relación a los precios reales de
compra venta según facturas; así mismo, se entregó copia del escrito s/n de
fecha 20 de julio de 1999 de Importadora Mexicana IMEX Comercializadora firmado
por el C. Roberto Favio Urbina Loya en su carácter de Administrador de la
empresa, remitido a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Ensenada, Baja
California, en este documento se certifica que todos los trámites de
importación y facturación de 8 vehículos que fueron adquiridos por el XV
Ayuntamiento de Ensenada, relacionándose diversos modelos con sus costos,
fueron realizados totalmente por la propia empresa, ya que dichos trámites no
pueden ser efectuados si no se cuenta con el “Padrón sectorial”
correspondiente, y el Ayuntamiento no lo tiene y la empresa sí; en consecuencia
de lo anterior se considera procedente modificar los importes señalados en la
observación correspondiente. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión
que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea,
los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta de Pública
de Egresos del XV Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los CC. Manuel
Montenegro Espinoza y C.P. Ofelia Lencioni Rosas, en su carácter de Presidente
Municipal y Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al
30 de noviembre de 1998, por motivo que la Entidad dispuso de recursos propios
y del Ramo 33 Federal Fondo IV Fortalecimiento de los Municipios, para otorgar
préstamos por la cantidad de $ 2’030,564, a contratistas que ejecutaron obras
del Ramo 20 específicamente del Programa 100 Ciudades, siendo que las
disposiciones legales vigentes en materia de obra pública, sólo contempla el
pago de anticipos a contratistas, no consignan otro tipo de financiamiento;
debido a que se recibieron aportaciones federales provenientes del Fondo de
Aportación para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $
31’130,675, los cuales se registraron como partidas transitorias en cuentas de
pasivo, disminuyendo el saldo con las salidas de recursos, no reconociéndose
como ingresos y egresos de Ley, por lo tanto no se remitió la documentación
comprobatoria original de la aplicación de los recursos del Fondo III a la
Contaduría Mayor de Hacienda en los términos de lo previsto en el Artículo 17
de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja
California, a los recursos federales percibidos por $ 31’130,675, se le
adicionan las aportaciones de los vecinos según registros contables de $
1’669,004 se obtienen recursos por la suma de $ 32’779,679 respecto a la cual
se aprobó obra, entrega de becas y despensas por la cantidad de $ 33’571,284 a
la que posteriormente se le disminuyó $ 2’635,276 según autorización del
Consejo de Desarrollo Municipal por resultar excedentes en las obras,
registrándose estos como ingresos propios, resultando un neto a ejecutar de $
30’936,008 determinándose un importe sin asignar de $ 1’843,671, por otro lado
al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión
ejercida al cierre del ejercicio de $ 27’965,712 se obtiene que el saldo de
efectivo disponible es de $ 4’813,967 sin embargo el saldo real en bancos según
registros contables es de $ 3’592,473 existiendo diferencia en bancos no
aclarada de $ 1’221,494, así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de
haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33
Fracciones I y III que consigna que los Municipios deberán hacer del
conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a
realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficios, así como
informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados
alcanzados; porque se registraron como ingresos y egresos de Ley las
aportaciones federales provenientes del Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 23’288,245, de los
cuales sólo se proporcionó el desglose de erogaciones por la cantidad de $
18’920,787, omitiéndose la información detallada sobre el destino específico de
recursos por la cantidad de $ 4’367,458, por otro lado, al comparar los
recursos federales recibidos con el monto de la inversión presuntamente
ejercida al cierre del ejercicio de $ 22’980,338 cifra derivada de reporte
emitido por el departamento de contabilidad, se obtiene que el saldo de
efectivo disponible es de $ 307,907, sin embargo el saldo real en bancos según
registros contables es de $ 1’732,756, existiendo un excedente en bancos no
aclarado de $ 1’424,849; así
como porque durante el ejercicio se adquirieron 16 vehículos, que de acuerdo a la
Entidad fueron adquiridos 8 a proveedor extranjero y 8 a negocios de la
localidad que se dedican a la venta de autos usados, el costo de las unidades
según registros contables es de $ 200,395 y $ 395,524, respectivamente, sin
embargo según confirmación de los proveedores las 16 unidades se adquirieron en
$ 559,773, determinándose diferencias al comparar el costo de adquisición
registrado y pagado por la Entidad y el importe que confirman los vendedores
por la cantidad de $ 36,146, estas operaciones están siendo sujetas a revisión
por la Sindicatura Municipal, de lo que podría derivarse en su caso la
aplicación de responsabilidades; debido a que la Entidad aplicó precios
unitarios en el concepto estampado de concreto en banquetas y pasos peatonales,
en los que difieren los costos de algunos materiales con respecto a los
autorizados, motivando un pago de más por $ 26,879 S/IVA, además de no apegarse
a lo establecido en el Artículo 46 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas,
en relación a la supervisión de la obra así como de verificar las anomalías
indicadas en bitácora en el proceso de la ejecución de los trabajos, lo
anterior en la obra: Demoliciones, pavimentos, banquetas, agua potable y
drenaje en Calle Primera, tramo de Av. Macheros a Av. Ryerson, Ensenada, B.C.,
correspondiente al contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-5D-01. Con respecto a la
construcción de puente vehicular de la Calle Once y Av. Mar, Ensenada, B.C., al
amparo del contrato Nº XV-AYTO-ENS-BC-98-SI-01, la Entidad en estimación Nº 4
en el concepto colocación de acero de refuerzo, por error en los números
generadores pagó de más $ 16,663 S/IVA; además en estimaciones Nos. 7, 8, 9 y
10 que comprenden un período de ejecución del 11 de octubre al 5 de diciembre
de 1998, estimó conceptos por un importe de $ 335,432 S/IVA pagados el 19 y 26 de
noviembre y el 8, 17 y 22 de diciembre de 1998 y que no estaban ejecutados de
acuerdo a lo observado en visitas efectuadas a la obra los días 13 de noviembre
de 1998 y 29 de enero de 1999; igualmente pagó un importe de $ 48,901 S/IVA por el concepto de
zampeado de piedra bola que no se ejecutó; también el haber elaborado convenio
adicional incrementando el monto inicialmente contratado de $ 4’506,927 C/IVA a
$ 6’938,426 C/IVA (54%) y el plazo de ejecución de 123 días a 226 días (84%),
observándose que se debió principalmente por no haberse apegado a lo
establecido en el Artículo 19 de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas;
porque no se efectuó conciliación entre partidas de gasto de Inmuebles,
Construcciones y Servicios Públicos, correspondientes al grupo 500 por $
24’575,771 y las cifras presentadas en el documento del cierre de inversión de
obra pública hasta por un monto de $ 46’007,138 que incluye las aportaciones
federal, estatal, municipal y de la comunidad, así como conciliación con las cifras
según registros contables que asciende a $ 24’034,851, existiendo incertidumbre
acerca de los efectos que pudiesen resultar; así como porque no se elaboró el
primer avance trimestral de los programas de Presupuesto de Egresos
determinando las metas logradas en forma porcentual, situación que se modificó
a partir del segundo trimestre del ejercicio, sin embargo, este hecho limitó el
poder conocer la cuantificación de las metas logradas durante el ejercicio y
porque no fue proporcionada documentación comprobatoria que respalde las metas
realizadas en el Programa 02 de la Dirección de Obras y Servicios Públicos, así
mismo, se omitió la cuantificación de metas realizadas de algunos programas que
se seleccionaron para revisión del Presupuesto de Egresos, situación que limitó
efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas en los
términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. SEGUNDO.- Es de
otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la
Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública al XV
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los CC. Manuel Montenegro Espinoza
y C.P. Ofelia Lencioni Rosas, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 30 de
noviembre de 1998. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la
Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública
de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de
Ensenada, Baja California a los CC. Dr. Daniel Quintero Peña y C.P. Samuel
Jaime Aguilar, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero,
respectivamente, por el período del primero al 31 de diciembre de 1998.
CUARTO.- Con motivo de lo señalado en el Resolutivo Primero, así como porque la
Entidad presenta saldo de deudores diversos por concepto de cheques devueltos
por insuficiencia de fondos de los cuales no se localizaron la totalidad de los
cheques registrados, de los cuales algunos provienen del ejercicio anterior;
porque se presentan diversas cuentas por cobrar por conceptos distintos a
adeudos fiscales, que no presentan movimiento durante 1998, sin que se haya
proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo
incertidumbre acerca de su recuperabilidad; debido a que se registraron en
cuentas por cobrar partidas en tránsito de conciliaciones bancarias por cargos
bancarios de los períodos de agosto a septiembre de 1996, enero a diciembre de
1997 y enero de 1998, los cuales se encuentran sujetos a investigación y
aclaración, por lo que se desconoce los posibles efectos que pudieran resultar;
así como porque se presenta saldo por pagar derivado de cuentas por pagar que
no tuvieron movimiento durante el año a favor de acreedores diversos y a favor
del Gobierno Federal y Estatal, por la participación que les corresponde de la
recaudación municipal de los ejercicios de 1996 y 1998 por concepto del uso o
goce de Zona Federal Marítima y Multas Federales no Fiscales, así como porque
no se han incorporado al patrimonio diversos bienes inmuebles a valor
catastral, debido a que no se cuenta con la documentación legal que acredite
los derechos de propiedad o uso sobre bienes inmuebles que se destinan a
parques públicos, gimnasio municipal, biblioteca, unidades deportivas y
oficinas administrativas entre otros, los cuales se encuentran registrados
contablemente en cuentas de orden; porque se efectuó ajuste al patrimonio
incrementando el saldo contable de la cuenta de bienes muebles determinándose
dicho ajuste en forma global por diferencia, al comparar el padrón de bienes
muebles con el saldo que existía en registros contables, consecuentemente no se
identifican los bienes dados de alta y en su caso de baja que generaron dicha
diferencia; porque se liquidó pasivo a favor de la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Ensenada con base en Contrato de Pago de Adeudo mediante
Cesión de Bienes y Transmisión de Dominio de Inmueble y Compensación celebrado
el 28 de abril de 1998, donde el XV Ayuntamiento cedió un terreno con una
superficie de 22-45-13.80 hectáreas ubicadas dentro del desarrollo urbano del
Ejido Chapultepec del Municipio de Ensenada, que corresponde a los terrenos que
fueron transferidos por el Fideicomiso para la Administración y Desarrollo de
las Reservas Territoriales (FIADERT), sobre el cual este último ya había
acordado que el terreno se donara a favor de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Ensenada (CESPE) para la construcción de una planta de tratamiento
de aguas negras, no habiéndose presentado acta de revocación por parte del
FIADERT y autorización del Cabildo para enajenar el bien inmueble de dominio
privado, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 123 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California; porque se
efectuó ajuste por cancelación de recargos generados por cuotas y aportaciones
no pagadas en los plazos de Ley al ISSSTECALI en los ejercicios de 1996, 1997 y
1998, dicho ajuste no fue autorizado por el Cabildo, existiendo incertidumbre
acerca de la condonación de esos recargos por parte de la Junta Directiva del
ISSSTECALI al no haberse proporcionado documento que sustente la condonación;
así como porque se presenta en los estados financieros cuentas por pagar que se
integran por saldos provenientes de los ejercicios de 1995 y 1997 de las
subcuentas Fondo de Desarrollo Social y Fondo I (Secas) que corresponden a
remanentes de recursos que no fueron aplicados en obras, determinándose una
diferencia entre los saldos bancarios de las cuentas Bital No. 400352165-5 y
Serfín Nos. 01-515512-6 y 15157374 y lo registrado como cuenta por pagar,
dichos saldos se encuentran en proceso de depuración, desconociéndose los
posibles efectos que pudiesen resultar al concluirse su depuración; porque se
practicó ajuste disminuyéndose el pasivo a favor del Consejo de Urbanización
Municipal de Ensenada (CUME), afectándose la cuenta contable de Resultados de
Ejercicios Anteriores resultante de efectuar conciliación de saldos con el
organismo, sin contar con documentación que ampare el origen de la cancelación
contable ni con la autorización de Cabildo al respecto; así como porque se
otorgaron descuentos del 15% por pronto pago a los contribuyentes del Impuesto
Predial que cubrieron anualmente el gravamen en los meses de marzo a mayo de
1998 principalmente, contraponiéndose a lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley
de Ingresos del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal de 1998,
que establece los plazos para el pago del impuesto, consignando que éste deberá
cubrirse anualmente en los meses de enero y febrero o en dos exhibiciones
semestrales, la primera en enero y febrero, siendo la segunda en los meses de
julio y agosto; debido a que no se proporcionaron 16 recibos oficiales de
contribuciones municipales pagados en la Delegación de San Quintín, en tanto
que 23 recibos son ilegibles, sobre los cuales no se identificó su ingreso en
Recaudación de Rentas Municipal, desconociéndose el destino de los mismos, y en
su caso, el monto de los ingresos recaudados; porque el Impuesto Predial sobre
predios rústicos a cargo de los contribuyentes la Entidad aplicó durante el
ejercicio al valor fiscal de los predios la tasa del 5 al millar, misma que no
se encuentra prevista en la Ley de Ingresos para el Municipio de Ensenada,
B.C., para el ejercicio fiscal de 1998, en forma extemporánea para incorporar
la tasa en Ley, en el mes de septiembre de 1998 el Cabildo del XV Ayuntamiento
de Ensenada aprobó solicitar al Congreso del Estado mediante la Iniciativa
correspondiente la reforma para adicionar en Ley la tasa en comento; porque se
cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a cuotas
fijas de 3 a 6 salarios mínimos o a través de valores unitarios determinados
por la Oficina de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, sin
proporcionar el sustento documental sobre las bases aplicadas para su
determinación, ni proporcionarnos la autorización correspondiente,
contraviniendo lo dispuesto en la Tabla de Valores Catastrales Unitarios, Base
del Impuesto Predial del Municipio de Ensenada, B.C., para el ejercicio fiscal
de 1998, en donde se consigna que lo no previsto y las controversias en la
tabla será decidido por la dependencia mencionada comparando las
características del caso de que se trate y siguiendo el criterio establecido
por el Consejo Municipal del Catastro Inmobiliario, según el grado de
urbanización y uso del suelo de que se trate, dando aviso por escrito de su
resolución a la Tesorería Municipal; en virtud de que se aperturaron en el mes
de febrero de 1998 dos cuentas bancarias con la institución bancaria Bital,
S.A.; siendo éstas las Nº 4011809530 y Nº 4011809522 para el manejo y control de
los recursos provenientes de los Fondos III y IV, respectivamente, incumpliendo
con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en
forma extemporánea en el mes de abril de 1999; porque se celebró Contrato de
Permuta mediante el cual se permutó a la Sociedad Cooperativa de Transportes de
Pasajeros de Ensenada, S.C.L. de I.O. el lote s/n de la manzana s/n con
superficie de 726.949 m² de la Col. Ampliación Hidalgo, obteniendo la fracción
8 de la Colonia El Aguajito con superficie de 1,159.417 m², según consta en
inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de fecha 8 de
junio de 1998, no habiéndose proporcionado el contrato celebrado ni los avalúos
correspondientes; y porque durante el ejercicio no se dio cumplimiento a la
disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California que establece la obligación de solventar
dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y remitidas por
la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación
comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la
solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos
fue remitida hasta 127 y 137 días posteriores del plazo de Ley,
respectivamente, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Ensenada,
Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda
del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a
los seis días del mes de abril del dos mil uno. - EL C. DIP. CANO JIMENEZ: ... Firman todos los Diputados
que integramos la Comisión de Hacienda y Administración”. Esta a su
consideración de esta Honorable Asamblea el Dictamen 149.
- EL C. PRESIDENTE: Muy bien Diputado
Cano Jiménez, excelente su lectura. Bien, entonces vamos a iniciar con el
debate, le vamos a solicitar aquí a nuestra compañera Diputada Secretaria
Olivia Villalaz, realice una lista de oradores que estén en contra del
Dictamen.
- LA C. SECRETARIA: Oradores,
¿Diputados oradores en contra del Dictamen 149? presentado por el Diputado
Antonio Ricardo Cano Jiménez.
- EL C. PRESIDENTE: No hay Diputados
que estén en contra del Dictamen, por lo tanto no hay lugar a favor, compañera
Diputada por favor solicite el sentido del voto de los Diputados presentes en
este Recinto Legislativo, en relación del Dictamen No. 149 que se refiere a las
Cuentas Públicas del XV y XVI Ayuntamiento de Ensenada, por el ejercicio fiscal
de 1998, leído atinadamente por el compañero Cano Jiménez.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros,
compañera Diputada, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal, del
Dictamen referido 149, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a favor.
- Raquel Casillas, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Molina, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Batida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a favor.
- Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar?
- Héctor Esparza, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar? Por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- Flores Muñoz Gilberto, a favor.
- LA C. SECRETARIA: 18 votos a favor,
cero en contra, cero abstenciones, Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: 18 votos a favor,
cero en contra y cero abstenciones. Bien, se aprueba en lo general el Dictamen
149, en lo general y en lo particular el Dictamen 149 por 18 votos a favor,
cero en contra, cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo
particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen No. 149 de la Comisión de
Hacienda y Administración, en los términos que fue leído por el Diputado
Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito
Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, a los diez días del mes de
abril del año 2001. Y continuamos con el análisis de los Dictámenes de la
Comisión de Hacienda, y continuamos, ¿desean que se haga un receso?
Continuamos, quedamos que a las once nos vamos a retirar, quedan 45 minutos.
Continuamos con el Dictamen 152, Cuentas Públicas del Gobierno del Estado, por
el ejercicio fiscal de 1998, el cual dará lectura el compañero Diputado
Alejandro Bahena Flores, adelante compañero.
- EL C. DIP. BAHENA FLORES:
Honorable Asamblea, Comisión de Hacienda y Administración, Dictamen No. 152,
compañeras Diputadas. “Recibió esta Comisión para
su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP040/99 de
fecha 30 de agosto de 1999, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda
emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Gobierno del Estado de
Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31
de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se
efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente,
resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 18 de marzo de
1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del
Gobierno del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el
Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado
de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 25 de marzo de 1998, la Contaduría
Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del Gobierno del
Estado de Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 22 de junio de 1999, se
llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la
revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los
Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia
con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo
48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión
ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en
los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a) Al cierre del ejercicio en conciliaciones
bancarias de 28 cuentas bancarias activas se presentan partidas en conciliación
provenientes de los ejercicios de 1992 a 1998, las cuales se encuentran en
proceso de investigación y depuración; así como se presentan en los estados
financieros 20 cuentas bancarias que dejaron de operar en los años de 1996 y
1997, con saldo contable acreedor neto de $ 11’030,439 (sobregiro), estas
cuentas no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en
conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos
que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 48 cuentas
bancarias en comento. b) La Entidad en la cuenta Deudores Diversos, subcuenta
Anticipos de Obra y Otros presenta diversos saldos de naturaleza acreedora,
originados en el ejercicio de 1998, por haberse efectuado diversos abonos sin
reconocerse previamente las cuentas por cobrar correspondientes, presentándose
al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos acreedores por la cantidad de $
639,515; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos subcuentas:
Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos, cuentas por
cobrar por la cantidad de $ 5’157,742 que se integra por diversos saldos
provenientes principalmente de ejercicios de 1992, 1995 y 1997, de lo cual se
presume que la cifra de $ 4’600,637 corresponde a apoyos económicos otorgados a
Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron
registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el
derecho de cobro de las mismas, así como diversos saldos que no presentan
movimiento durante 1998, por la cantidad de $ 557,105, sin que se haya
proporcionado evidencia de la realización de gestiones de cobro, existiendo
incertidumbre sobre su recuperabilidad; dichos saldos se encuentran en proceso
de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar. c) No se ha efectuado conciliación
entre el saldo en registros contables de bienes inmuebles de $ 1,300’526,378 con las
cifras que arroja el control de bienes inmuebles de Oficialía Mayor de $
859’022,313, precisándose que la cifra de los registros de Oficialía Mayor no
incluyen el ajuste contable por la actualización de valores de los inmuebles
efectuada en el ejercicio de 1991 por la cantidad de $ 880’846,067, de lo cual
se determina que la diferencia a aclarar mediante conciliación asciende a $
439’342,002 de menos en registros contables, encontrándose actualmente en
proceso un programa de actualización y depuración de los padrones de
inventarios de bienes inmuebles del Poder Ejecutivo implementado por la
Entidad, que incluye el control y el registro de los mismos, desconociéndose
los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y efectuarse la
conciliación entre el padrón y los registros contables. d) Se determinó
diferencia de $ 4’367,638 entre los registros contables de los ingresos
federales contra la compensación por concepto de participaciones federales al
Estado, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal, del Convenio de
Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y de los Convenios de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, habiéndose practicado
ajuste por dicha cantidad para cancelar de la cuenta contable de Impuestos
Cobrados por Cuenta de la Federación subcuenta Impuestos Coordinados Cuenta
Corriente particularmente en la sub-subcuenta Aplicación Constancias de
Compensación, efectuándose cargo a la cuenta de Afectación Patrimonial del
ejercicio de 1996, desconociéndose el origen de la diferencia ajustada debido a
que no fue proporcionada documentación comprobatoria que sustente el movimiento
contable efectuado. e) La Entidad en el mes de julio de 1998 efectuó pago de
nóminas de “aclaraciones” por un monto de $ 1’977,847, expedida por la
Secretaría de Educación y Bienestar Social que comprende pagos al magisterio
del sistema estatal de los meses de julio y agosto de 1998, no habiéndose
aclarado los conceptos pagados, ni proporcionado la documentación comprobatoria
que compruebe y justifique fehacientemente las erogaciones efectuadas. f) En la
obra: Construcción de vialidad y conducción del cauce del Río Nuevo en un
desarrollo de 8.7 kilómetros, comprendidos entre el Puente Reforma y Boulevard
Unión, al amparo del contrato Nº C-PRON-96-MXL-74-03, no se llevó un adecuado
seguimiento a la obra por parte de la supervisión, ya que ésta presenta en
general mala calidad de ejecución, como lo son una gran cantidad de
agrietamientos en la carpeta asfáltica, así como zonas en donde se aprecia la
pérdida de finos del agregado pétreo, asentamientos de la estructura del
pavimento, guarniciones de concreto fracturadas y con mal acabado, juntas
transversales y longitudinales muy marcadas, lo anterior, sin que se hayan
adoptado las medidas para prevenir tales situaciones ni evidencia de que se
hayan corregido. g) La Entidad no se apoyó en programas que señalen objetivos,
metas específicas y unidades responsables de su ejecución, para la elaboración
del Presupuesto de Egresos autorizado y del ejercido en los códigos
programáticos de conformidad con lo previsto en los Artículos 16 y 26 Fracción
II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja
California; así como porque no fue proporcionada en forma completa la
documentación comprobatoria que respalde las metas realizadas de algunos
programas y subprogramas del Presupuesto de Egresos asignado de la Secretaría
Jurídica y de Prevención Social así como de la Secretaría General de Gobierno,
situación que limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance
de las metas en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así
mismo, la Entidad no fue consistente en la cuantificación de las metas
trimestrales de algunos programas de la Secretaría General de Gobierno y de la
Secretaría de Planeación y Finanzas, debido a que las metas proyectadas y
alcanzadas durante el ejercicio se determinaron de manera porcentual,
desconociéndose en consecuencia las metas cuantificadas por unidad, tanto de
los programas como de los resultados logrados; y porque algunos programas y
subprogramas del Presupuesto de Egresos de la Procuraduría General de Justicia,
Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Educación y Bienestar Social
y Secretaría Jurídica y Prevención Social en su evaluación programática no
presentan metas alcanzadas, se presume que durante el ejercicio se
reestructuraron los programas y subprogramas que le son relativos, sin que se
haya remitido al Congreso del Estado en su oportunidad las modificaciones
programáticas al Presupuesto de Egresos autorizado. h) El Presupuesto de Egresos
del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1998 modificado por
el Congreso del Estado ascendió a $ 7,539’589,591, el Presupuesto de Egresos
ejercido al cierre del ejercicio fiscal fue de $ 7,489’642,884, cifra que
incluye modificaciones presupuestales por transferencias de partidas de $
308’983,709 y $ 358’930,416 de aumentos y disminuciones, respectivamente, éstas
a su vez incluyen modificaciones a partidas de ampliación automática por
$274’893,999 y $ 273’952,838, al respecto la Entidad no solicitó autorización
del Congreso del Estado de las partidas presupuestales modificadas y ejercidas
al cierre del ejercicio presupuestal de 1998 por la cantidad de $ 34’089,710,
incumpliendo lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público del Estado de Baja California, que establece que el Ejecutivo
del Estado solicitará por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas la
autorización del Congreso del Estado para efectuar transferencias, ampliación,
creación o supresión de partidas del Presupuesto de Egresos autorizado que
deberá obtenerse antes de ejercer la modificación presupuestal. i) La Entidad
durante el ejercicio aperturó y canceló diversas cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el
Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las
Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría
Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución
bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e
informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto
ocurra”, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio de
1999. j) La Entidad durante el ejercicio no dio debido cumplimiento a la
disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo
establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación
comprobatoria y justificatoria del gasto e ingreso público mensual parte
integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas
y documentación comprobatoria de ingresos que se remitió hasta con 82 y 140
días de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado
ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de
treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de
Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y
justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la
Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 51 y 290 días
posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue
analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y
Administración. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se
permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes
puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de
otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la
Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta
Pública de Deuda Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC.
Lic. Héctor Terán Terán y Dr. Víctor Adán López Camacho en su carácter de
Gobernador Constitucional del Estado de Baja California y Secretario de
Planeación y Finanzas, respectivamente, por el período del primero de enero al
4 de octubre de 1998. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la
Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta
Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del Gobierno del
Estado de Baja California a los CC. Lic. Rodolfo Valdez Gutiérrez y Dr. Víctor
Adán López Camacho, en su carácter de Secretario General de Gobierno Encargado
del Despacho y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por los
días 5 y 6 de octubre de 1998. TERCERO.- Es de otorgarse y se otorga la
aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos,
de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del
Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Alejandro González
Alcocer y Dr. Víctor Adán López Camacho, en su carácter de Gobernador
Constitucional del Estado de Baja California y Secretario de Planeación y
Finanzas, respectivamente, por el período del 7 de octubre al 31 de diciembre
de 1998. CUARTO.- Con motivo de que la Entidad, al cierre del ejercicio en
conciliaciones bancarias de 28 cuentas bancarias activas presenta partidas en
conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1998, las cuales se
encuentran en proceso de investigación y depuración; así como se presentan en
los estados financieros 20 cuentas bancarias que dejaron de operar en los años
de 1996 y 1997, las cuales no se han cancelado contablemente por encontrarse
sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración,
desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de
depuración de las 48 cuentas bancarias en comento; debido a que en la cuenta
Deudores Diversos, subcuenta Anticipos de Obra y Otros se presentan diversos
saldos de naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1998, por haberse
efectuado diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar
correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos
acreedores; así mismo, porque se presentan en la cuenta de Deudores Diversos
subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos,
cuentas por cobrar que se integran por diversos saldos provenientes
principalmente de los ejercicios de 1992, 1995 y 1997, de lo cual se presume
que una parte importante corresponde a apoyos económicos otorgados a Entidades
Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron registrados
como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el derecho de
cobro de las mismas, así como diversos saldos que no presentan movimientos
durante 1998, sin que se haya proporcionado evidencia de la realización de
gestiones de cobro, existiendo incertidumbre sobre su recuperabilidad; dichos
saldos se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose los
efectos que se pudieran derivar; porque no se ha efectuado conciliación entre
el saldo en registros contables de bienes inmuebles con las cifras que arroja
el control de bienes inmuebles de Oficialía Mayor, precisándose que la cifra de
los registros de Oficialía Mayor no incluyen el ajuste contable por la
actualización de valores de los inmuebles efectuada en el ejercicio de 1991,
siendo la diferencia a aclarar por una cantidad menor en registros contables,
encontrándose actualmente en proceso un programa de actualización y depuración
de los padrones de inventarios de bienes inmuebles del Poder Ejecutivo
implementado por la Entidad, que incluye el control y el registro de los
mismos, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse dicho
programa y efectuarse la conciliación entre el padrón y los registros
contables; porque se determinó diferencia entre los registros contables de los
ingresos federales contra la compensación por concepto de participaciones
federales al Estado, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal, del
Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, y de los
Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, habiéndose
practicado ajuste para cancelar de la cuenta contable de Impuestos Cobrados por
Cuenta de la Federación subcuenta Impuestos Coordinados Cuenta Corriente
particularmente en la sub-subcuenta Aplicación Constancias de Compensación,
efectuándose cargo a la cuenta de Afectación Patrimonial del ejercicio de 1996,
desconociéndose el origen de la diferencia ajustada debido a que no fue
proporcionada documentación comprobatoria que sustente el movimiento contable
efectuado; así como debido a que la Entidad en el mes de julio de 1998 efectuó
pago de nóminas de “aclaraciones”, expedida por la Secretaría de Educación y
Bienestar Social que comprende pagos al magisterio del sistema estatal de los
meses de julio y agosto de 1998, no habiéndose aclarado los conceptos pagados,
ni proporcionado la documentación comprobatoria que compruebe y justifique
fehacientemente las erogaciones efectuadas; porque en la obra: Construcción de
vialidad y conducción del cauce del Río Nuevo en un desarrollo de 8.7
kilómetros, comprendidos entre el Puente Reforma y Boulevard Unión, al amparo
del contrato Nº C-PRON-96-MXL-74-03, no se llevó un adecuado seguimiento a la
obra por parte de la supervisión, ya que ésta presenta en general mala calidad
de ejecución, como lo son una gran cantidad de agrietamientos en la carpeta
asfáltica, así como zonas en donde se aprecia la pérdida de finos del agregado
pétreo, asentamientos de la estructura del pavimento, guarniciones de concreto
fracturadas y con mal acabado, juntas transversales y longitudinales muy
marcadas, lo anterior, sin que se hayan adoptado las medidas para prevenir
tales situaciones ni evidencia de que se hayan corregido; debido a que la
Entidad no se apoyó en programas que señalen objetivos, metas específicas y
unidades responsables de su ejecución, para la elaboración del Presupuesto de
Egresos autorizado y del ejercido de algunos códigos programáticos de
conformidad con lo previsto en los Artículos 16 y 26 Fracción II de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así
como porque no fue proporcionada en forma completa la documentación
comprobatoria que respalde las metas realizadas de algunos programas y
subprogramas del Presupuesto de Egresos asignado de la Secretaría Jurídica y de
Prevención Social así como de la Secretaría General de Gobierno, situación que
limitó efectuar un adecuado seguimiento programático del alcance de las metas
en los términos de lo dispuesto en el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California; así mismo porque la
Entidad no fue consistente en la cuantificación de las metas trimestrales de
algunos programas de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de
Planeación y Finanzas, debido a que las metas proyectadas y alcanzadas durante
el ejercicio se determinaron de manera porcentual, desconociéndose en
consecuencia las metas cuantificadas por unidad, tanto de los programas como de
los resultados logrados; debido a que algunos programas y subprogramas del
Presupuesto de Egresos de la Procuraduría General de Justicia, Secretaría de
Planeación y Finanzas, Secretaría de Educación y Bienestar Social y Secretaría
Jurídica y Prevención Social en su evaluación programática no presentan metas
alcanzadas, se presume que durante el ejercicio se reestructuraron los
programas y subprogramas que le son relativos, sin que se haya remitido al
Congreso del Estado en su oportunidad las modificaciones programáticas al
Presupuesto de Egresos autorizado; así como porque la Entidad no solicitó
autorización del Congreso del Estado de las partidas presupuestales modificadas
y ejercidas al cierre del ejercicio presupuestal de 1998 incumpliendo lo
dispuesto en el Artículo 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California, que establece que el Ejecutivo del
Estado solicitará por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas la
autorización del Congreso del Estado para efectuar transferencias, ampliación,
creación o supresión de partidas del Presupuesto de Egresos autorizado que deberá
obtenerse antes de ejercer la modificación presupuestal; porque la Entidad
durante el ejercicio aperturó y canceló diversas cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el
Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea en
el mes de junio de 1999; y porque durante el ejercicio no se dio debido
cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la
remisión en el plazo establecido a la
Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y
justificatoria del gasto e ingreso público mensual parte integrante de la
Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas y documentación
comprobatoria de ingresos que se remitió hasta con 82 y 140 días de atraso, así
como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que
establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la Cuenta Pública
de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 51 y 290 días posteriores del
plazo de Ley, respectivamente, túrnese a la Dirección de Control y Evaluación
Gubernamental para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda
del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a
los veintinueve días del mes de marzo del dos mil uno. -Nada más permítame
hacer una pequeña consulta- Firman los Diputados integrantes de la Contaduría
Mayor, perdón, de la Comisión de Hacienda y Administración. Diputado
Presidente, Sócrates Bastida Hernández; Diputado Secretario, Antonio Ricardo
Cano Jiménez; Diputado Vocal, Héctor Esparza Herrera; Diputado Vocal, Gilberto
Flores Muñoz; y Diputado Vocal, Alejandro Bahena Flores”. Hago entrega, señor
Presidente, del Dictamen No. 152.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Muchas gracias Diputado, se abre el debate en lo que respecta
al Dictamen 152 de la Comisión de Hacienda y Administración, compañera Diputada
Secretario sírvase elaborar una lista de oradores que estén en contra del
Dictamen.
- LA C.
SECRETARIA: Diputados que estén en contra del Dictamen, favor de manifestar, no
se observa Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Por lo tanto no procede elaborar lista de oradores a favor, le
solicito tome el sentido del voto de los compañeros Diputados en votación
nominal, por la derecha.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el sentido de su voto de
manera nominal, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano,
en contra.
- Héctor
Esparza, en contra.
- Gutiérrez
Piceno, en contra.
- Casillas, en
contra.
- Sergio Avitia
Nalda, en contra.
- Ruvalcaba, en
contra.
- Martín
Domínguez, a favor.
- Sócrates
Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Pedrín
Márquez, a favor.
- Héctor
Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a
favor.
- Miguel Delfín
Castro, a favor.
- Alejandro
Bahena Flores, a favor.
- Guillermo
Aguilar Kaiten, a favor.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: ¿Falta algún Diputado por votar? Por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña
Mosqueda, a favor.
- Olivia
Villalaz, en contra.
- José Arango,
a favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, son 12 votos a favor, 7 en contra y cero
abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces se aprueba el Dictamen No. 152 en lo general y en lo
particular, por 12 votos a favor, 7 en contra y cero abstenciones. Una vez
aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el
Dictamen No. 152 de la Comisión de Hacienda y Administración, que fue leído por
el Diputado Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado
Benito Juárez García, del Honorable Poder Legislativo, a los diez días del mes
de abril del año dos mil uno. Entonces, continuamos con los trabajos y sigue el
Dictamen 473 que se refiere a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de
Mexicali, por el ejercicio fiscal de 1999, que dará lectura el Diputado Héctor
Esparza.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: Con su permiso Diputado Presidente, Honorable Mesa Directiva,
compañeras Diputadas, compañeros Diputados. Comisión de Hacienda y
Administración, Dictamen No. 473. “Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión,
para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº
DASC/OP030/2000 de fecha 9 de junio del 2000, mediante el cual el Contador
Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI
Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido
del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del
presente dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la
información correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.-
Con fecha 30 de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la
Cuenta Pública Anual del Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, en
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 29 de
septiembre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados
financieros del Ayuntamiento de Mexicali, Baja California, en el domicilio
legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2,
7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y
procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con
fecha 9 de junio del 2000, se llevó a cabo la confronta de información
financiera y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la
Entidad, concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual
correspondiente al ejercicio fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es
facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del
Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII
en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.-
Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una
comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo
dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas
Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y
Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los
ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal, para lo cual,
entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta
Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de
Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el
Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para
la revisión de la Cuenta Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo
del Estado, el Poder Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e
Instituciones que administren o manejen fondos o valores públicos, como se
establece en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las
disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la
revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad,
mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las
siguientes salvedades:
a)
La Entidad ajustó por diferencia las
cantidades de $ 807,896 y $ 241,706 provenientes de ejercicios anteriores y de
1999, respectivamente, que resultan de comparar el saldo contable de la cuenta
Inventario de Refacciones y Accesorios de $ 2’480,469 con el saldo del
inventario físico practicado por la
Oficialía Mayor que asciende a $ 1’403,755, disminuyéndose del saldo en
inventarios afectándose Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores,
dicho registro carece de documentación que lo sustente ni fue sometido a
consideración y aprobación del Cabildo.
b)
b) La Entidad
proporcionó padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial
determinado por colonias que emite el sistema de informática, el cual arroja
las cifras de cuenta corriente y rezago por las cantidades de $19’101,606 y $
34’505,029, respectivamente, de las cuales sólo se encuentra registrada
contablemente en Cuentas de Orden como rezago la cantidad de $ 34’505,029,
cifra que corresponde a los adeudos de 1998 y anteriores, omitiéndose el
registro del adeudo generado en el año de 1999, adicionalmente no se
proporcionó el padrón de adeudos de contribuyentes integrado por ejercicios
fiscales debido a que el sistema no permite emitir esta información sólo la
impresión de estados de cuenta en el sistema de caja del Impuesto Predial; así
mismo, se proporcionó padrón de adeudos de Multas de Tránsito impuestas en el
ejercicio fiscal de 1999 que asciende a $ 11’169,389, cifra que coincide con el
registro contable en Cuentas de Orden, sin embargo el padrón y los estados
financieros no presentan los adeudos de ejercicios anteriores, debido a que el
sistema de informática sólo arroja el saldo correspondiente al adeudo del
último ejercicio fiscal, desconociéndose por lo tanto el importe total del
adeudo de años anteriores.
c) La Entidad incrementó sus registros contables en la cuenta de
Bienes Muebles y de Patrimonio por $ 3’528,180 para igualar el saldo contable
con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor, registrando ajuste por
diferencia por lo que carece de soporte documental, dicha diferencia proviene
de ejercicios anteriores.
d) La Entidad no cuenta con la totalidad de la documentación que
acredite la propiedad legal de los bienes inmuebles registrados contablemente,
así mismo se encuentra en proceso de investigación e integración la situación
legal de inmuebles en uso, no registrados contablemente que se encuentran
incorporados en padrones elaborados por administraciones municipales
anteriores; encontrándose actualmente en proceso un programa de regularización
de bienes inmuebles propiedad del Ayuntamiento, por lo que se desconoce el
efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al concluirse dicho programa.
e) La Entidad registró al cierre del ejercicio pasivos por la
cantidad de $ 22’420,938 afectando presupuestal y contablemente el resultado
del ejercicio, sobre los cuales no se proporcionó la documentación
comprobatoria que sustente que corresponden a gastos devengados en el ejercicio
fiscal de 1999 y en consecuencia que representen obligaciones reales a cargo
del Ayuntamiento por adquisiciones, servicios y obra ejecutada.
f) Se efectuaron ajustes por depuración de saldos contables que
afectaron la cuenta de Rectificación de Resultado de Ejercicios Anteriores,
cancelándose saldos de Deudores Diversos por la cantidad de $ 12,340 debido a
imposibilidad práctica de cobro, Acreedores Diversos que se integran por
movimientos provenientes de 1998 y años anteriores por $ 427,455 y saldos
deudores en la cuenta de pasivo de Inversiones por Realizar por $ 522,657, los
cuales provienen de ejercicios anteriores.
g) Durante el ejercicio, la Entidad debió pagar a Banpaís, S.A.
amortizaciones de capital e interés en período de amortización la cantidad de $
7’447,557 que equivalen a 1’950,528 y 837,496 UDI’S respectivamente valuados al
valor de la UDI’S al 31 de diciembre de 1999 de $ 2.671267 por UDI’S adeudo que
no se liquidó debido a que la Entidad tramitó ante la institución de crédito la
reestructuración de la deuda pública contratada por la cantidad de 11’703,181
UDI’S para modificar únicamente el término de la vigencia del crédito del año
2003 al 2014, a la fecha dicha reestructuración no se ha concretado a pesar de
las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la Entidad
hubiera pagado aproximadamente la cantidad de $ 4’466,097 que corresponde al
pago de capital e interés de 1’021,726 y 650,177 UDI’S, respectivamente; en
consecuencia la deuda pública se incrementó por las UDI’S no pagadas en los
años de 1998 y 1999, la cual no incluye intereses moratorios; existiendo
incertidumbre acerca de las repercusiones que pudiesen derivar de esta
suspensión de pagos.
h) La Entidad no
reconoce en sus estados financieros adeudo a favor de la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Mexicali por la cantidad de $ 34'971,299, por consumo de
agua del ejercicio de 1999 y anteriores, correspondientes a unidades
deportivas, parques, jardines, glorietas y camellones; dicho saldo se está
negociando con el organismo estatal acreedor, conjuntamente con los pasivos que
adeudan las paramunicipales: Patronato del Bosque y Zoológico de la Ciudad de
Mexicali y Desarrollo Social Municipal, quienes tienen un adeudo $ 18’612,142,
cifra que según se ha declarado la absorberá el Ayuntamiento de Mexicali.
i) Para eliminar partidas en las conciliaciones bancarias la
Entidad incrementó el saldo en las cuentas bancarias por abonos efectuados por
los bancos en los años de 1996, 1997 y 1998, afectándose la cuenta de
Rectificación de Resultados de Ejercicios Anteriores por la cantidad de $
136,183, desconociéndose el origen de dichos ingresos, omitiéndose además la
elaboración de los recibos de ingresos correspondientes en los términos de lo
dispuesto en el Artículo 14 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California.
j) La Entidad durante el
ejercicio de 1999 recibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de
Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social por la cantidad de $ 34’306,050 ejerciéndose recursos presupuestales
según el reporte de inversión por la cantidad de $ 33’255,543 y según registros
contables de $ 33’341,726, determinándose una diferencia de $ 86,183 la cual
corresponde a la aportación del gobierno municipal a obras del programa, por
otra parte la Entidad no proporcionó información sobre los accesorios
provenientes de los intereses financieros por la inversión temporal de los
excedentes de efectivo, ni sobre la aplicación de los mismos, por otro lado al
comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida
al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública se obtiene que el
saldo del efectivo disponible teórico es de $ 1’050,507 sin incluir accesorios,
sin embargo el saldo contable de la cuenta bancaria en la que se depositan las
aportaciones es de $ 5,817, existiendo una diferencia en bancos de $ 1’044,690
debido a que no se lleva control estricto de los recursos en cuentas bancarias
específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de este
fondo.
La Entidad durante el ejercicio
de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos
de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios por la cantidad de $ 110’275,356 los cuales generaron intereses
financieros por $ 9’732,757 cifra que se determinó aplicando la tasa promedio
mensual del mercado de dinero a los recursos recibidos mensualmente sin
disminuir los egresos por la aplicación de los mismos obteniéndose en global
recursos hasta por $ 120’008,113 los cuales según reportes y registros
presupuestales y contables se ejercieron en su totalidad; sin embargo se
observó que en el reporte de inversión pública como monto ejercido se incluyen
dentro del Programa de Infraestructura Deportiva la obra construcción de Centro
Recreativo Juventud 2000 por $ 15’220,000, en el Programa de Construcción la
obra construcción de la Comandancia de Policía en González Ortega–Oriente por $ 4’000,000 y en el Programa de
Remodelación la obra Remodelación de la Casa de la Cultura por $ 1’940,281, que
en conjunto suman $ 21’160,281 que corresponden a obras no ejecutadas que
fueron provisionadas al cierre del ejercicio, al comparar el saldo contable en la
cuenta bancaria en la que se depositan
las aportaciones del Fondo IV que presenta saldo de $ 1,578 con el saldo
teórico disponible de $ 21’160,281 se obtiene una diferencia en bancos de $
21’158,703 resultante de la falta de un control estricto de los recursos en
cuentas bancarias específicas en las que se controlen exclusivamente las
entradas y salidas de este fondo; por otra parte se determinó diferencia de $
30’256,513 entre los montos de inversión pública aprobados por el Comité de
Planeación para el Desarrollo Municipal de Mexicali (COPLADEMM) y los montos
ejercidos según reporte de inversión pública aprobados por el Cabildo al
autorizar las modificaciones presupuestales de las partidas del grupo 500 de
Inmuebles y Construcciones.
SEXTO.- Que la opinión
emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus
aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por lo expuesto anteriormente, la
Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable
Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se
otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de
Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda
Pública del XVI Ayuntamiento de Mexicali, Baja California a los CC. Arq. Víctor
Hermosillo Celada y C.P. Manuel Aguilar Bojórquez en su carácter de Presidente
Municipal y Tesorero respectivamente, por el período del primero de enero al 31
de diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo que la Entidad ajustó por diferencia
saldos provenientes de ejercicios anteriores y de 1999, resultantes de comparar
el saldo contable de la cuenta Inventario de Refacciones y Accesorios con el
saldo del inventario físico practicado por la Oficialía Mayor, disminuyéndose
del saldo en inventarios afectándose Rectificación de Resultado de Ejercicios
Anteriores, careciendo dicho registro de documentación que lo sustente ni fue
sometido a consideración y aprobación del Cabildo; así como a que se
proporcionó padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial
determinado por colonias que emite el sistema de informática, el cual arroja
las cifras de cuenta corriente y rezago de las cuales sólo se encuentra
registrada contablemente en Cuentas de Orden como rezago la cifra que
corresponde a los adeudos de 1998 y anteriores, omitiéndose el registro del
adeudo generado en el año de 1999, adicionalmente no se proporcionó el padrón
de adeudos de contribuyentes integrado por ejercicios fiscales debido a que el
sistema no permite emitir esta información sólo la impresión de estados de
cuenta en el sistema de caja del Impuesto Predial; así mismo, se proporcionó
padrón de adeudos de Multas de Tránsito impuestas en el ejercicio fiscal de
1999 que coincide con el registro contable en Cuentas de Orden, sin embargo el
padrón y los estados financieros no presentan los adeudos de ejercicios
anteriores, debido a que el sistema de informática sólo arroja el saldo
correspondiente al adeudo del último ejercicio fiscal, desconociéndose por lo
tanto el importe total del adeudo de años anteriores; porque se incrementó el
registro contable en la cuenta de Bienes Muebles y de Patrimonio para igualar
el saldo contable con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor,
registrando ajuste por diferencia por lo que carece de soporte documental,
dicha diferencia proviene de ejercicios anteriores; debido a que no se cuenta
con la totalidad de la documentación que acredite la propiedad legal de los
bienes inmuebles registrados contablemente, así mismo se encuentra en proceso
de investigación e integración la situación legal de inmuebles en uso, no
registrados contablemente que se encuentran incorporados en padrones elaborados
por administraciones municipales anteriores, encontrándose actualmente en proceso un programa de
regularización de bienes inmuebles propiedad del Ayuntamiento, por lo que se
desconoce el efecto de posibles ajustes que pudieran resultar al concluirse
dicho programa; porque se registró al cierre del ejercicio pasivos afectando
presupuestal y contablemente el resultado del ejercicio, sobre los cuales no se
proporcionó la documentación comprobatoria que sustente que corresponden a
gastos devengados en el ejercicio fiscal de 1999 y en consecuencia que
representen obligaciones reales a cargo del Ayuntamiento por adquisiciones,
servicios y obra ejecutada; así como debido a que se efectuaron ajustes por
depuración de saldos contables que afectaron la cuenta de Rectificación de
Resultado de Ejercicios Anteriores, cancelándose saldos de Deudores Diversos
debido a imposibilidad práctica de cobro, Acreedores Diversos que se integran
por movimientos provenientes de 1998 y años anteriores y saldos deudores en la
cuenta de pasivo de Inversiones por Realizar los cuales provienen de ejercicios
anteriores; porque durante el ejercicio, la Entidad debió pagar a Banpaís, S.A.
amortizaciones de capital e interés en período de amortización la cantidad de
1’950,528 y 837,496 UDI’S respectivamente, adeudo que no se liquidó debido a
que la Entidad tramitó en 1998 ante la institución de crédito la
reestructuración de la deuda pública contratada por la cantidad de 11’703,181
UDI’S para modificar únicamente el término de la vigencia del crédito del año
2003 al 2014, a la fecha dicha reestructuración no se ha concretado a pesar de
las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la Entidad
hubiera pagado aproximadamente la cantidad de 1’021,726 y 650,177 UDI’S que
corresponden al pago de capital e interés, respectivamente; en consecuencia la
deuda pública se incrementó por las UDI’S no pagadas en los años de 1998 y
1999, la cual no incluye intereses moratorios, existiendo incertidumbre acerca
de las repercusiones que pudiesen derivar de esta suspensión de pagos; debido a
que no se reconoció en los estados financieros adeudo a favor de la Comisión
Estatal de Servicios Públicos de Mexicali, por consumo de agua del ejercicio de
1999 y anteriores, correspondientes a unidades deportivas, parques, jardines,
glorietas y camellones; dicho saldo se está negociando con el organismo estatal
acreedor, conjuntamente con los pasivos que adeudan las paramunicipales:
Patronato del Bosque y Zoológico de la Ciudad de Mexicali y Desarrollo Social
Municipal, adeudo que según se ha declarado lo absorberá el Ayuntamiento de Mexicali;
así como porque para eliminar partidas en las conciliaciones bancarias la
Entidad incrementó el saldo en las cuentas bancarias por abonos efectuados por
los bancos en los años de 1996, 1997 y 1998, afectándose la cuenta de
Rectificación de Resultados de Ejercicios Anteriores, desconociéndose el origen
de dichos ingresos, omitiéndose además la elaboración de los recibos de
ingresos correspondientes en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de
la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja
California; debido a que durante el ejercicio de 1999 se recibieron recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para la Infraestructura Social ejerciéndose recursos presupuestales
según el reporte de inversión por cantidad distinta a la de registros
contables, determinándose una diferencia la cual corresponde a la aportación
del gobierno municipal a obras del programa, por otra parte la Entidad no
proporcionó información sobre los accesorios provenientes de los intereses
financieros por la inversión temporal de los excedentes de efectivo, ni sobre
la aplicación de los mismos, por otro lado al compararse los recursos federales
recibidos con el monto de la inversión ejercida al cierre del ejercicio según
el informe de inversión pública se obtiene que el saldo del efectivo disponible
teórico sin incluir accesorios, no coincide con el saldo contable de la cuenta
bancaria en la que se depositan las aportaciones, existiendo una diferencia en
bancos debido a que no se lleva control estricto de los recursos en cuentas
bancarias específicas en las que únicamente se operen las entradas y salidas de
este fondo; y porque durante el ejercicio de 1999 se percibieron recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios los cuales generaron
intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual
del mercado de dinero a los recursos recibidos mensualmente sin disminuir los
egresos por la aplicación de los mismos obteniéndose el global de recursos los
cuales según reportes y registros presupuestales y contables se ejercieron en
su totalidad; sin embargo se observó que en el reporte de inversión pública
como monto ejercido se incluyen dentro del Programa de Infraestructura
Deportiva la obra construcción de Centro Recreativo Juventud 2000, en el
Programa de Construcción la obra construcción de la Comandancia de Policía en
González Ortega–Oriente y en el Programa de Remodelación la obra Remodelación
de la Casa de la Cultura, que corresponden a obras no ejecutadas que fueron
provisionadas al cierre del ejercicio, al comparar el saldo contable en la
cuenta bancaria en la que se depositan
las aportaciones del Fondo IV con el saldo teórico disponible se obtiene una
diferencia en bancos resultante de la falta de un control estricto de los
recursos en cuentas bancarias específicas en las que se controlen
exclusivamente las entradas y salidas de este fondo; por otra parte se
determinó diferencia entre los montos de inversión pública aprobados por el
Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Mexicali (COPLADEMM) y los
montos ejercidos según reporte de inversión pública aprobados por el Cabildo al
autorizar las modificaciones presupuestales de las partidas del grupo 500 de
Inmuebles y Construcciones, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de
Mexicali, Baja California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se
apliquen las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del
Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor
de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja
California, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil uno. Y firman:
El Diputado Sócrates Bastida Hernández, Presidente; el Diputado Antonio Ricardo
Cano Jiménez, Secretario, con reserva; el Diputado Alejandro Bahena Flores,
Vocal; el Diputado Gilberto Flores Muñoz, Vocal; y el de la voz, Diputado
Héctor Esparza Herrera, Vocal, con reserva también”. Queda a consideración de
esta Honorable Asamblea la aprobación del Dictamen No. 473.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien compañero, gracias, muchas gracias. Bien, entonces pues
vamos a iniciar el debate compañera Diputada, elabore una lista de Diputados
que estén en contra del Dictamen.
- LA C.
SECRETARIA: Señores Diputados, los que estén en contra del Dictamen 473 de la
Comisión de Hacienda y Administración, favor de manifestarse, ¿oradores en
contra? No existen Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor. Entonces, vamos a someter a
votación el Dictamen 473 por la vía nominal, solicite el sentido del voto de
los compañeros Diputados presentes en este Recinto Legislativo.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados, favor de emitir el
sentido de su voto relativo al Dictamen 473 de la Comisión de Hacienda y
Administración por vía nominal, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a favor en lo general, con reserva en lo particular en
el Resolutivo Primero.
- Héctor Esparza
Herrera, a favor en lo general con reserva en lo particular, en el Primer
Resolutivo.
- Gutiérrez
Piceno, a favor.
- Raquel Casillas,
a favor.
- Avitia Nalda, a
favor.
- Ruvalcaba, a
favor.
- Martín Domínguez,
a favor.
- Sócrates Bastida
Hernández, a favor.
- Alejandro Bahena
Flores, a favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Alejandro Pedrín
Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar
Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Guillermo
Aguilar Kaiten, a favor.
- EL C. PRESIDENTE:
¿Algún Diputado falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar? Por la Mesa
Directiva.
- Héctor Magaña
Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz,
a favor.
- José Arango, a
favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, 18 votos a favor con dos reservas del Diputado
Antonio Ricardo Cano Jiménez y del Diputado, del Resolutivo Primero, cero en
contra, del Resolutivo Primero, y Héctor Esparza Herrera.
- EL C.
PRESIDENTE: Compañero Antonio Ricardo Cano Jiménez, tenga a bien hacer uso de
la Tribuna para presentar su reserva en lo particular, en lo que se refiere al
Resolutivo Primero del Dictamen 473, y se prepara el compañero Héctor Esparza.
- EL C. DIP. CANO
JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente, compañeras y compañeros Diputados.
Miren ustedes, no sé por qué tengo la impresión de que voy a perder este
debate, pero de cualquier manera quiero dejar constancia de que hay, de la
oposición, algo por ahí me dice que quizá no prospere, les voy a leer otras vez
el Artículo 43 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, digo para que se lo vayan grabando y vean la
consecuencia posterior que va a tener el que ustedes aprueben lo que van a
aprobar. “Artículo 43.- La aprobación de la Cuenta Pública Anual que haga el
Congreso del Estado produce los siguientes efectos respecto de la misma: 1.-
Extinguen las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los
funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos. 2.- Extinguen las
responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares,
funcionarios o empleados de las Entidades, las responsabilidades de carácter
civil y penal se extinguen conforme a las Leyes en la Materia”. ¿Sí les queda
claro? Bueno, otra vez para el Diputado, con mucho gusto Diputado Baltazar.
Dice el Artículo 43.- “La aprobación de la Cuenta Pública Anual que haga el
Congreso del Estado produce los siguientes efectos respecto de la misma: 1.-
Extinguen las obligaciones derivadas de fianzas, garantías o cauciones de los
funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos. 2.- Extinguen
las responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares,
funcionarios o empleados de las Entidades, las responsabilidades de carácter
civil y penal se extinguen conforme a las Leyes en la Materia”. Ahora sí ya queda claro, miren si nosotros
aprobamos la Cuenta Pública de Deuda Pública del Ejercicio Fiscal de 1999, del
XVI Ayuntamiento de Mexicali, estamos extinguiendo la posible sanción a la
posible comisión de una serie de irregularidades en materia de deuda pública, y
les voy a decir porqué, durante el ejercicio la entidad debió pagar a BANPAIS
amortizaciones de capital a intereses en el Período de amortización de la
cantidad de 1 millón 950 mil 528 y 837 mil 496 udis, respectivamente. Fíjense
bien, adeudo que no se liquidó debido a que la Entidad tramitó en el 98 ante la
Institución de Crédito, ante el 98, o sea aquí el problema es que a la hora que
lleguemos a la Cuenta Pública del 98, del Ayuntamiento, nos vamos a encontrar
la misma irregularidad, lo vamos a aprobar ahorita y así extinguimos cualquier
posible responsabilidad en el año del 99, cuando lleguemos al 98 se van a dar
cuenta que bueno, no es posible aprobar la deuda pública del Ayuntamiento, la
Cuenta de Deuda Pública. Dice ante la Institución de Crédito, la
reestructuración de la deuda contratada por la cantidad de 11 millones 703 mil
181 udis para modificar únicamente el término de la vigencia en el Crédito, del
año 2003 al año 2014 a la fecha, dicha reestructuración no se ha concretado, a
pesar de las gestiones realizadas por la Entidad, de haberse formalizado la
Entidad hubiera pagado aproximadamente la cantidad de 1 millón 21 mil 726 pesos
y 650 mil 177 udis, que corresponden al pago de capital e intereses
respectivamente. En consecuencia, la deuda pública del Ayuntamiento de
Mexicali, fíjense, la deuda pública del Ayuntamiento de Mexicali se incrementó
por udis no pagadas en los años de 98 y 99, lo cual no incluye intereses
moratorios, -y ojo otra vez con esto- existiendo incertidumbre acerca de las
repercusiones que pudiesen derivar de esta suspensión de pagos; es decir, aquí
hay una serie de repercusiones que puede tener esta cuenta y la van a aprobar
con toda seguridad ahorita, la van a aprobar y van a extinguir cualquier
responsabilidad que hayan cometidos los funcionarios del Ayuntamientos, es
decir a priori sin conocer dada la incertidumbre que se plantea en el Dictamen,
ya están ustedes extinguiendo cualquier responsabilidad, bonita fiscalización
compañeros Diputados; pero en fin, como lo dije al principio, no sé porqué
presiento que no tendrá éxito mi argumento
y mejor ahí me detengo. Creo que he quedado claro, creo que ha quedado
perfectamente claro que serán cómplices de extinguir de responsabilidad la
posible comisión de faltas a la legislación en materia de deuda pública, en su
conciencia lo hallarán. Es cuanto, señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañero. Compañero, usted también tiene una reserva
en el resolutivo uno, lo invito a que sustente la reserva, si se trata de algún
aspecto este, diferente.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: (Desde su curul) Deme nada más la oportunidad de...
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: (Desde su curul) de hacer uso de la Tribuna.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante, haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP.
ESPARZA: Sí, básicamente, con su venia Diputado Presidente, Mesa Directiva,
compañeras Diputadas, compañeros Diputados. En efecto, la petición que voy a
hacer es para pedir que se incluya en el Diario de los Debates la sustentación
que hace mi compañero Antonio Cano Jiménez, en torno a la reserva en lo
particular; sin embargo, quiero adicionar un poco diciendo que debemos de
pensar con mucha tranquilidad la aprobación de esta cuenta pública,
específicamente la de deuda pública, ya que ustedes podrán ver en los
Dictámenes que normalmente no se hacen las consideraciones necesarias para
elaborar los programas financieros de las Entidades, con la finalidad de
provisionar los recursos necesarios para que poco a poco las Entidades Públicas
vayan finiquitando la Deuda Pública, y aquí reitero lo que he dicho en otras
ocasiones, hay corresponsabilidad en la Legislatura al no tomar en cuenta esta
carencia de programación de recursos para efecto de saldar cuentas públicas. Es
cuanto, los invito a que razonemos y no aprobemos la deuda pública del XVI
Ayuntamiento de Mexicali.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, compañera Diputada María Villalaz, Secretaria de esta Mesa
Directiva, le solicito que elabore una lista de oradores en contra de las
reservas que han hecho los compañeros Diputado Cano Jiménez y Héctor Esparza.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, los que estén en contra de las reservas
presentadas al Dictamen 473 de los Diputados Antonio Ricardo Cano Jiménez y
Héctor Esparza Herrera, favor de anotarse los que estén en contra, no hay en
contra Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: No da lugar, no hay Diputados en contra, no da lugar a favor, por
lo tanto, no da lugar a favor, por lo tanto la reserva, le solicito que
solicite el sentido del voto de los compañeros presentes en torno al Dictamen,
a la reserva en particular del Resolutivo Primero del Dictamen 473.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros Diputados,
favor de emitir el sentido de su voto en lo referente a la reserva de los
Diputados Antonio Ricardo Cano Jiménez y Héctor Esparza Herrera, por vía
nominal, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a
favor.
- Héctor Esparza,
a favor.
- Raquel Casillas,
a favor.
- Edgar Fernández,
a favor.
- Sergio Avitia
Nalda, a favor.
- David Gutiérrez
Piceno, a favor.
- Ruvalcaba, a
favor de la reserva.
- Martín
Domínguez, en contra.
- Sócrates Bastida
Hernández, en contra.
- Gómez Mora, en
contra.
- Pedrín Márquez,
en contra.
- Héctor Baltazar
Chipres, en contra.
- Molina, en
contra.
- Miguel Delfín
Castro, en contra.
- Alejandro Bahena
Flores, en contra.
- Aguilar kaiten
Guillermo, en contra.
- EL C.
PRESIDENTE: ¿Algún Diputado falta de votar? ¿Algún Diputado falta de votar? Por
la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña
Mosqueda, en contra.
- Olivia Villalaz,
a favor.
- José Arango, en
contra.
- Flores Muñoz
Gilberto, me abstengo.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, son 11 votos en contra, 8 a favor y una
abstención del Diputado Gilberto Flores Muñoz.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Diputado Gilberto Flores, haga el favor de sustentar su
abstención.
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Miren compañeros, esta es la única abstención que voy a hacer en
todo este proceso de revisión de Cuentas Públicas, me voy a referir en lo
general a los nueve Dictámenes que vamos a ventilar a lo largo de este día y
del que viene, en relación a este asunto, de la revisión de nueve cuentas
públicas que se van a hacer, por la Contaduría mayor de Hacienda, determinó 175
observaciones que tienen que ver con el egreso, el ingreso, patrimonio, deuda
pública, legalidad y aspectos administrativos contables, mismas que se
realizaron una por una en el seno de la Comisión de Hacienda y Administración,
esto originó a nivel de Dictamen la no aprobación de cinco cuentas públicas de
35, que corresponden a las Entidades en cuestión, como son los Ayuntamientos y
el Gobierno del Estado. Para normar nuestro criterio es necesario comentar
brevemente las irregularidades de mayor trascendencia de deuda pública, estoy
hablando en general, es un posicionamiento en general que atañe a todas las
Cuentas Públicas que vamos a ventilar, deuda pública, básicamente se observaron
los incumplimientos contractuales adquiridos con instituciones financieras
previamente aprobadas por el Congreso del Estado, por ello es de no aprobarse
la Cuenta Pública...
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Diputado Flores, ¿me permite? Lo quieren interpelar Diputado...
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) Una pregunta al Diputado Gilberto Flores
Muñoz...
- EL C.
VICEPRESIDENTE: ¿Lo quiere interpelar Diputado? Diputado Gilberto...
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) No es un anecdotario ni síntesis de
todas las Cuentas Públicas...
- EL C.
VICEPRESIDENTE: ¿Acepta la interpelación Diputado?
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul) Que razone su abstención en cuanto al
Dictamen.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Permítame Diputado, Diputado Gilberto Flores, ¿acepta la
interpelación?
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: No la acepto compañero.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Adelante por favor, adelante.
- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Trato de posesionarnos en torno
al análisis de las cuentas públicas, y creo que con el objeto de no estar
repitiendo lo mismo en cada Dictamen, estoy tratando de resumir, ¿verdad?
- EL C. VICEPRESIDENTE: Prosiga Diputado.
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Por ello es de no aprobarse la Cuenta Pública cuando no cumplen
con el pago de sus deudas tal y como se exponen aquí, de egreso, se observa
repetidamente nóminas no firmadas, en todos los Ayuntamientos se dan
irregularidades en el ejercicio del Ramo 33 de los fondos 3 y 4, desviando
recursos a fines distintos a lo que la Ley señala. Es consistente la no
aclaración de diferencias detectadas en el presupuesto ejercido en inversiones
y en obras con el reporte de inversión de obra pública, estos dos informes que
se refieren a lo mismo; pero que no coincide en cantidad, por lo cual es
necesario aclarar. En obras públicas se detectan pagos no recuperables,
financiaron a contratistas, pagan estimaciones de obra no ejecutada, así como
mala calidad en algunas de ellas. En relación con el egreso, es constante el
incumplimiento de ordenamientos legales, principalmente los Artículos 14 Bis,
16, 27, 30, 37, 43, 56 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público,
referentes a la comprobación de gasto, cuantificación y evaluación de
programas, evaluación de metas y otros asuntos relacionados con el presupuesto
de egresos que no son sólo incumplimientos legales, sino que una parte de los
presupuestos no se pueden evaluar ni verificar. Todas las Entidades que estamos
analizando, incumplieron los Artículos 17 y 35 de la Ley de Fiscalización de
las Cuentas Públicas en cuanto a la entrega de documentación a la Contaduría
Mayor de Hacienda y la solventación de observaciones hechas por la misma. Es
notorio también el incumplimiento del Artículo 33 de la Ley de Coordinación
Fiscal por no informar a los habitantes los resultados obtenidos de las obras
ejecutadas con recursos del Ramo 33. En lo que se refiere a la Cuenta de
Ingreso, se detectan aplicaciones incorrectas de Tablas de Valores Catastrales
para el pago del predial, así como condonaciones de recargos y descuentos por
pronto pago indebidos. Es notoria la falta de acciones para recuperar adeudos
vencidos del impuesto predial, provocando la no interrupción de la prescripción
de créditos fiscales, cuando los Municipios necesitan más recursos. En algunos
casos se detecta la no expedición de recibos oficiales o deficiencias en los
mismos. En todos los casos se encontraron o se encuentran diferencias en las
cifras de ingresos de sus oficinas de recaudación contra las cifras contables.
En lo que se refiere a la Cuenta de Patrimonio, son las más comunes y
repetitivas, porque consisten en deficiencias contables y situaciones que
provocan insuficiencia en la información financiera, lo cual debe de ser
corregido porque pueden poner en duda la razonabilidad de los Estados
Financieros de las Entidades. En particular, es de resaltar la situación legal
de los bienes muebles e inmuebles de las Entidades en cuestión que provoca
incertidumbre jurídica sobre la propiedad o uso de los mismos, así como también
se le hizo una serie de ajustes contables a Cuentas Patrimoniales de ... y expectativas
de la vida democrática que reclama los ciudadanos, también nos queda claro que
la fiscalización de las cuentas públicas no debe terminar en la aprobación o no
aprobación de las mismas, porque ello no reciben un problema de fondo, es más
en algunos casos lo empeora porque la aprobación de las cuentas extingue
responsabilidades administrativas, fiscales y políticas de los Funcionarios;
aprobamos y no aprobamos cuentas por facultad constitucional, la Ley de
Fiscalización sería en forma precisa en su Artículo 23, cuál es el objeto de la
revisión de las cuentas públicas de ingresos, egresos, patrimonio y deuda
pública pero no nos dice cuándo debemos aprobar o rechazarla, por lo cual se da
origen a un margen de elementos subjetivos para esta determinación; en nuestra
opinión consideramos que es de mayor importancia prevenir las irregularidades,
fomentar la transparencia, combatir la corrupción, la discrecionalidad, la
ineficiencia y la impunidad en el manejo de los recursos públicos de invertir
tiempo en aprobar o no aprobar las cuentas públicas, pretendiendo darles una
calificación en lugar de combatir el problema de fondo. Tercero.- El
funcionamiento del sistema de fiscalización del Poder Legislativo y en general
el marco legal y funcional del control gubernamental se debe dar atendiendo
varios conceptos, fortalecer al Poder Legislativo mediante la creación del
órgano superior de fiscalización, contemplando sus facultades a nivel
constitucional para garantizar su independencia técnica y de gestión, la
capacidad de imponer sanciones administrativas y denuncias penales o civiles
por sí mismo, protección legal en las gerencias de cualquier índole, obligación
de hacer público el resultado de las denuncias entre otras, obligar
constitucionalmente a las Entidades hacer del conocimiento público sus cuentas
independientemente de la publicación oficial, adecuar la Ley de
Responsabilidades de los Funcionarios Públicos para que las responsabilidades
prescriban en su cinco y no en tres meses, en cinco años, y no en tres meses, es
indispensable hacer funcionar los órganos de los Cabildos en materia de
administración y cuenta pública, ya que es ahí donde se pueden corregir de
primera mano las irregularidades además de contribuir al equilibrio interno y a
la vida democrática del Municipio, redefinir orgánicamente a la Contraloría
Estatal y a las Sindicaturas en un marco de coordinación y complementariedad en
la función de control gubernamental con el órgano de fiscalización del Poder
Legislativo, esto permite enfocar los dos ámbitos del control interno destello
hacia un mismo objetivo dentro de su marco de competencia legal y funcional,
resulta impostergable la implementación en serie del servicio civil de carrera,
elementos indispensable para la profesionalización, la productividad en la
administración y gestión de gobierno, no es suficiente ni debe apostarse a la
composición plural en el Congreso para garantizar el equilibrio razonable entre
los Poderes que permita por sí mismo una fiscalización independiente de los
intereses del Ejecutivo, en algunos países Europeos se otorga por Ley la
comisión legislativa correspondiente a la fiscalización a los legisladores de
oposición, sin embargo esto no garantiza funcionalmente el Legislativo esté
mejor capacitado para fiscalizar y sea más independiente del Ejecutivo lo único
que cuenta, lo único que contribuye a la fiscalización eficaz de los recursos
públicos es la aplicación estricta de la Ley de todos los actores que
interviene. Así es que esta es la posición nuestra con respecto a todas estas
cuentas públicas que estamos..
- EL C.
PRESIDENTE: Permítame Diputado, acepta la interpelación Diputado? Adelante.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: (Desde su curul). Creo que con todo respeto y reconocimiento
la acuciosidad, la capacidad analítica y el trabajo que hace también como
compañero miembro de la Comisión de Hacienda, el decirle que mi reconocimiento
y mi respeto y mi felicitación, y ahora sí viene la interpelación, sí ese
resumen que usted hace en este escrito que presenta, yo quiero preguntarle, por
qué no votó en contra las anteriores cuentas públicas que se aprobaron?
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Bueno yo creo que eso es una decisión, verdad cada Diputado toma
sus decisiones, hay criterios, criterios de la ciencia contable que hemos
acordado todos en la Comisión de Hacienda y bueno se considera que cuando los
efectos no vayan más allá del 5%, que impacten más allá del 5% se consideran
aceptable los resultados y por eso los hemos aprobado, y esto lo hemos este,
quiero decirles a ustedes que lo hemos consultado con otros contadores que no
forman parte de la Comisión de Hacienda y bueno están de acuerdo en esa
situación; sin embargo nosotros en nuestro posicionamiento al respecto
consideramos que hay una serie de ineficiencias verdad, ineficacias en el
manejo de los recursos públicos, por esa razón nosotros hemos hecho al respecto
para combatir ese problema.
- EL C.
PRESIDENTE: Lo quiere interpelar Diputado, acepta la interpelación Diputado
Gilberto Flores. Sí la acepta, adelante.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul). Es rápida y breve, los aspectos
contables o la técnica nos indica que los efectos no exceden del 5% como dice
usted Diputado Gilberto Flores Muñoz, no existe es aceptable, qué pasa cuando
en las precisiones que hace la cuenta pública no sabe, y hay incertidumbre de
los efectos de resultados que estaba, en qué criterios se apoyan para poder...
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Mire compañero le voy a contestar de manera muy sencilla, usted
ha insistido en este asunto de la prescripción, en este asunto, desde que
inició su actividad aquí en el Congreso ha señalado verdad este asunto, sin
embargo no he observado de su parte que haga una propuesta de reforma, yo sería
de la idea, a la reforma de Ley de Fiscalización, yo sería de la idea compañero
que en lugar verdad de que se extinga la responsabilidad en el momento que
aprobemos la cuenta pública, bueno, por qué no extender esta extinción hasta
que la Contraloría la Sindicatura le envíe al Congreso, le envíe al Congreso el
estudio de cada una de las observaciones que hacemos aquí en el Congreso, pero
no lo ha hecho compañero.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: (Desde su curul). Compañero nomás quiero aclararle algo
rápidito, en primera, sí se da cuenta hay una propuesta de su servidor de reforma
al Artículo 43 sin más no recuerdo y que duerme el sueño de los justos, de la
Comisión de Hacienda, donde se establece que no se extingan las obligaciones ni
responsabilidades administrativas, quiero decirles, hasta en tanto no se
solvente todas las observaciones de la legislatura, y la propuesta se hizo hace
un año.
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Adelante compañero, vamos a continuar trabajando hasta que se
acabe.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces ya quedó el 473. En relación a la reserva en lo
particular del Resolutivo Primero, planteada aquí por los compañeros Diputados
Cano y Esparza sobre el Dictamen 473 los resultados fueron los siguientes: 8 a
favor, 11 en contra y una abstención. Por lo tanto no procede la reserva en lo
particular que han hecho los compañeros; entonces, se aprueba el Dictamen 473
en lo general y en lo particular, por 18 votos
a favor, cero en contra, cero abstenciones; una vez aprobada en lo
general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen número 473
de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por
el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado
Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los diez días del mes de
abril del año 2001. (Me están señalando que ya son las once la compañera
Secretaria tiene ganas de retirarse, preguntamos a la Asamblea si continuamos
ventilando el Dictamen 458 a sus órdenes, ustedes decidan, a ver se pide, vamos
a someterlo a votación compañera, vamos a someterlo a votación, compañera
Diputada Secretaria por favor solicite el sentido del voto en relación a la
propuesta de que en este momento hagamos un receso y continuamos el día de
mañana con los trabajos de este Congreso, compañera.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, los que estén a favor de un receso para
continuar con los trabajos de la Comisión de Hacienda y Administración, del
Congreso del Estado, favor de emitir su voto por vía económica.
- EL C.
PRESIDENTE: Un receso de tres minutos, (Receso 20:13 horas). (Se reanuda la
sesión 20:14 horas). Vamos a decretar un receso para continuar el día de
mañana, a las 11 de la mañana para continuar con los trabajos de este Congreso
en relación de las cuentas públicas pendientes, se levanta la sesión a las
20:15 horas.
- EL C. PRESIDENTE:
Se reinician los trabajos de esta Honorable Legislatura, compañera diputada,
por favor pase lista de asistencia, para verificar el quórum.
- LA C. SECRETARIA: Con gusto diputado Presidente, atendiendo su
petición: Aguilar Kaiten Guillermo, Bahena Flores Alejandro, Baltazar Chiprés
Héctor, Bastida Hernández Sócrates, Cano Jiménez Antonio Ricardo, Casillas
Muñoz Raquel, Domínguez Rocha Martín, Ezparza Herrera Héctor, Fernández
Bustamante Edgar Arturo, Flores Muñoz Gilberto, Gutiérrez Piceno David, Magaña
Mosqueda Héctor, Molina Rodríguez Juan Manuel, Pedrín Marquez Alejandro,
Villalaz Becerra María del Refugio Olivia. Quince diputados presentes, existe
quórum diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañera, iniciamos los trabajos y vamos a ventilar
el dictamen 488, que se refiere a cuentas públicas del Gobierno del Estado por
el ejercicio fiscal 1999, hace el uso de la Tribuna el compañero Sócrates
Bastida, adelante compañero.
- EL C. DIP.
BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso diputado Presidente, compañeras diputadas,
compañeros diputados, COMISIÓN DE
HACIENDA Y ADMINISTRACION DICTAMEN NO. 488 HONORABLE ASAMBLEA: Recibió esta
Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº
DASC/OP029/2000 de fecha 20 de junio del 2000, mediante el cual el Contador
Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Gobierno
del Estado de Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero
de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente
dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 3
de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública
Anual del Gobierno del Estado de Baja California, en cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California. SEGUNDO.-
Con fecha 4 de septiembre de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda inició
auditoría de estados financieros del Gobierno del Estado de Baja California, en
el domicilio legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los
Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para
el Estado de Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y
procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 20 de junio del
2000, se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de
la revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.-
Que es facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual
tanto del Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27,
Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política
Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión
ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.-
Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de
las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la Comisión de
Hacienda y Administración, le corresponde el conocimiento de asuntos
relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o municipal,
para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de la
revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el Artículo 2
de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.-
Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente
y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que
están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del
Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o
manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las
disposiciones legales de fiscalización aplicables, como resultado de la
revisión se formularon observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad,
mismas que fueron solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las
siguientes salvedades: Al cierre del ejercicio en conciliaciones bancarias de
73 cuentas bancarias activas se presentan partidas en conciliación provenientes
de los ejercicios de 1992 a 1999, las cuales se encuentran en proceso de
investigación y depuración; así mismo se presentan en los estados financieros
22 cuentas bancarias que dejaron de operar principalmente en los años de 1996 y
1997, con saldo contable acreedor neto de $
9’661,315 (sobregiro), estas cuentas no se han cancelado contablemente por
encontrarse sus partidas en conciliación sujetas a investigación y depuración,
desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al concluirse el proceso de
depuración de las 95 cuentas bancarias en comento; por otra parte, se
cancelaron 3 cuentas bancarias inactivas sin saldos en bancos, y se cancelaron
partidas en conciliación de 1 cuenta activa, eliminando los movimientos
contables que originaban partidas en conciliación por un importe neto de $
178,157, afectándose contablemente en la cuenta de Afectación Patrimonial sin
haberse proporcionado la documentación que sustente los movimientos realizados.
b) Durante el ejercicio fiscal de
1999 se efectuó depuración, de las conciliaciones bancarias específicamente de
partidas provenientes de los años de 1993 a 1998 de las diversas cuentas de
bancos con las que opera la Entidad, sin que se haya proporcionado la
documentación comprobatoria o elementos que justifiquen los movimientos
efectuados contablemente o en el sistema de conciliaciones, así mismo, se
encuentran en proceso de depuración 47 cuentas bancarias que durante el primer
semestre del año 2000 se investigaron y eliminaron de las conciliaciones
bancarias, sin haberse proporcionado la evidencia documental que sustente los
movimientos practicados. c) Se recibió de la Federación en el mes de diciembre
de 1999 la cantidad de $ 444,675 la cual se depósito en la cuenta bancaria Nº
05802305935 de Serfín, S.A. aperturada a nombre de la Dirección de Protección
Civil del Estado, esta cuenta no se encuentra incorporada en los registros
contables de la Entidad debido a que a esta dependencia se le dio el carácter
de organismo desconcentrado de la administración pública estatal, al cierre del
ejercicio la cuenta bancaria en comento presenta saldo de $ 456,180; así mismo,
por este mismo motivo tampoco se registró la cuenta bancaria Nº 05802313407 del
mismo banco con saldo de $ 154,689, en dicha cuenta se manejaron los recursos
presupuestales asignados en el Ramo 4 Secretaría General de Gobierno, partida
669 Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado de
Baja California para el ejercicio fiscal de 1999, por la cantidad de $
3’641,750. d) Al 31 de diciembre de
1999 se presenta en los estados financieros en la cuenta contable de Egresos
por Aplicar dentro del saldo de Efectivo e Inversiones Temporales, saldo deudor
por la cantidad de $ 4'249,762, el cual no fue aclarado ni
depurado, omitiéndose el registro de movimientos de efectivo en las cuentas
correspondientes; por otra parte se registraron cargos a la cuenta bancaria
número 65500114464 de Banco Santander Mexicano, S.A. por la cantidad de $
5’649,981 dichos movimientos se realizaron con la finalidad de cancelar el
saldo de la cuenta Traspasos de Bancos, los cuales no fueron aclarados ni
documentados. e) La Entidad operó hasta el año de 1998 el programa de obra:
“Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras” (Conacal), el cual se llevó a
cabo en su totalidad con recursos provenientes de la Federación, para el manejo
de estos recursos se utilizó exclusivamente la cuenta bancaria de Santander
Mexicano, S.A. Nº 655000152399, sin embargo esta cuenta bancaria no tuvo
movimientos durante el ejercicio de 1999 y refleja al cierre del ejercicio un
saldo contable de $ 3’211,104, por lo que se presume que estos recursos no
fueron ejercidos en el programa de obra antes mencionado, desconociéndose los
efectos que se deriven de la falta de aplicación de dicho saldo. f) En la cuenta de Deudores Diversos,
subcuenta Anticipos de Obra y Otros la Entidad presenta diversos saldos de
naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado
diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar
correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos
acreedores por la cantidad de $
1’595,671; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos
subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos,
cuentas por cobrar por la cantidad de $ 8’190,781 que se integra por diversos
saldos provenientes principalmente de ejercicios de 1992, 1996,1997 y 1998 de
los cuales se presume que la cifra de $ 4’760,610 corresponde a apoyos
económicos otorgados a Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos
sociales, que fueron registrados como cuentas por cobrar sin existir
documentación que sustente el derecho de cobro de las mismas, los saldos
mencionados se encuentran en proceso de análisis y depuración, desconociéndose
los efectos que se pudieran derivar. g) Sin evidencia documental que sustente
el origen de los saldos y de las gestiones de cobro realizadas, la Entidad canceló
por un importe total de $ 1’173,795 diversos saldos en cuentas por cobrar con
antigüedad mayor de 5 años, correspondientes a diversos organismos
paraestatales, municipales y asociaciones civiles de conformidad al oficio Nº
1324 de fecha 16 de junio del 2000, emitido por la Procuraduría Fiscal del
Estado fundamentando la prescripción de las mismas, en lo dispuesto en el
Artículo 37 del Código Fiscal del Estado de B.C. h) La Entidad otorgó apoyo transitorio recuperable a favor del
Fideicomiso Río Tijuana Tercera Etapa en el mes de marzo de 1998 por la
cantidad de $ 28’600,000, el cual fue recuperado el 16 de julio del mismo año,
sin embargo no fueron cubiertos los intereses estipulados en el convenio
firmado el 25 de marzo de 1998 que establece se pagará costo financiero a la
tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días, los cuales
serán capitalizables desde la fecha de disposición hasta el reintegro total del
apoyo, el interés devengado no pagado al 31 de diciembre de 1999 asciende aproximadamente
a $ 1’900,000. i) No fue proporcionado el padrón de bienes inmuebles de la
Oficialía Mayor de Gobierno con saldos al 31 de diciembre de 1999, siendo el
saldo contable de $ 1,399’939,062 que incluye la actualización de valores de
los inmuebles efectuada en 1991 por la cantidad de $ 880’846,067, actualmente se encuentra en proceso un
programa de actualización y depuración del padrón en comento implementado en
ejercicios recientes, sobre el cual se tiene un avance reportado del 80%, mismo
que incluye el control y registro de terrenos y construcciones a partir de la
integración de expedientes, desconociéndose los efectos que pudieran resultar
al concluirse dicho programa y al efectuarse la conciliación entre el padrón
resultante y los registros contables. En la cuenta de Acreedores Diversos Otros
Fondos Pendientes de Invertir, la Entidad presenta diversos saldos de
naturaleza deudora por $ 407,882 originados principalmente en el ejercicio de
1999, por haberse efectuado diversos cargos sin reconocer previamente los
pasivos correspondientes, desconociéndose el origen de dichos saldos; se
presentan además en la cuenta de Acreedores Diversos, retenciones a empleados y
otros fondos pendientes de invertir, pasivos por la cantidad de $ 1’220,312 que
se integran por diversos saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin
movimiento en el presente ejercicio; adicionalmente, se registraron diversos
movimientos para cancelar y disminuir saldos de diversas cuentas de pasivo por
la cantidad de $ 1’779,428, afectándose la cuenta de Afectación Patrimonial,
sin haberse proporcionado la justificación y documentación comprobatoria que
sustente los movimientos contables practicados. k) La Entidad no solventó la totalidad de las diferencias
determinadas al comparar el importe que arroja el Reporte Diario de Recaudación
y el importe de los ingresos de los cortes de caja y recibos oficiales
remitidos mensualmente en los términos de Ley a la Contaduría Mayor de Hacienda
como parte de la Cuenta Pública de Ingresos, siendo el monto no solventado
de $ 5’717,008. l) La Entidad no efectuó conciliación entre
partidas de gastos del Grupo 500 Inmuebles y Construcciones por $ 582’162,443 y las cifras del
documento de inversión de obra pública remitido como parte de la Cuenta
Pública, que arroja el monto de $ 1,293’063,323, cifra que incluye inversión
directa estatal por $ 348’511,830, e inversión federal, estatal, municipal, de
la comunidad y crediticia, existiendo incertidumbre sobre los efectos que
pudiesen resultar de las diferencias no aclaradas. m) La Entidad ejerció al cierre del ejercicio modificaciones
presupuestales consistentes en ampliaciones por un monto de $ 78’194,201,
principalmente en las partidas presupuestales asignables al grupo 100, omitiendo
solicitar aprobación o dar aviso al Congreso del Estado de conformidad con lo
establecido en el Artículo 43 Fracción I de la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público del Estado de Baja California. La Entidad durante el ejercicio
no dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo
relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de
Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y
egreso público mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual,
principalmente en lo referente a nóminas y documentación comprobatoria de
egresos que se remitió hasta con 24 y 137 días de atraso, así como tampoco a lo
dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la obligación
de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y
remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la
documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual,
debido a que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue
remitida hasta con 163 y 232 días posteriores del plazo de Ley,
respectivamente, y porque no solventó la totalidad de las observaciones
formuladas y remitidas, debido a que se omitió la remisión de documentación
original comprobatoria de egresos por la cantidad de $ 2’664,648, y se remitió
copia de documentación comprobatoria de egresos debiendo enviarse documentación
original por $ 3’960,128, y no se solventaron observaciones relativas a
diferencias resultantes de comparar el monto de diversas nóminas pagadas con el
importe de su registro presupuestal y contable por $ 99’960,987, así como, porque no se remitieron 78 folios de
nóminas. ñ) La cantidad celebró contrato
Nº C-SEGOBE-SAHOPE-BC-97-02 con fecha 15 de diciembre de 1997 para llevar a
cabo la obra: construcción de un centro de readaptación social de seguridad
media del Estado de Baja California para 1,500 internos, ubicada en el Municipio
de Tecate, B.C., habiéndose dado por terminado en forma anticipada el contrato
el día 18 de junio de 1999, lo anterior a solicitud presentada por el
contratista el día 27 de mayo de dicho año, el cual argumentó la imposibilidad
para poder continuar y concluir la obra por las adversas condiciones
climatológicas del lugar donde ésta se ejecuta las cuales constituyeron según
lo manifestado por la contratista y confirmado por la SAHOPE una situación de
caso fortuito o fuerza mayor, posteriormente y derivado de dicha terminación
anticipada, la Entidad elaboró con fecha 16 de noviembre de 1999 finiquito en
el cual consideró gastos no recuperables a favor del contratista: equipo
inactivo $ 3’807,309; gastos de administración por personal inactivo de oficina
y campo $ 717,314, observándose que la normatividad de obra pública no
establece este tipo de consideraciones a favor del contratista cuando el
contrato se dé por terminado anticipadamente a solicitud del propio contratista
por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, observándose además que no
está debidamente sustentado la existencia del caso fortuito ya que si bien el
clima de la región dificulta la realización de los trabajos ello no impide
totalmente el ejecutar la obra y es un dato que el propio contratista debió
conocer y considerar al elaborar su propuesta, adicionalmente los importes por
gastos no recuperables no están
debidamente soportados. De igual forma en el finiquito se consideraron los
materiales en almacén adquiridos por el contratista por un monto de $
1’198,364, observándose que estos no fueron incluidos en el presupuesto
correspondiente al recontratar la obra, tampoco han sido entregados a la
empresa que fue contratada para continuar con los trabajos ni esta última ha
aceptado adquirirlos. Por otra parte, existe un saldo de anticipo no amortizado
de $ 7’798,905 el cual no ha
sido recuperado por la Entidad, asimismo se observa obra estimada y pagada que
no fue ejecutada por $
5’348,038, lo anterior conforme a lo indicado en el referido finiquito, el cual
no se ha hecho efectivo debido a que el contratista interpuso juicio de amparo
en contra del mismo y posteriormente recurso de revisión el cual se encuentra
en proceso de resolución. Asimismo, la Entidad celebró contrato Nº
APA-SAHOPE-BC-97-59C con fecha 24 de noviembre de 1997 para llevar a cabo la
obra: construcción de planta de tratamiento de aguas residuales “El Naranjo”,
ubicada en Ensenada, B.C., habiendo aprobado el pago de la estimación Nº 34, la
cual contempló trabajos ejecutados en el período comprendido del 30 al 31 de
diciembre de 1998, este pago se realizó en tres parcialidades efectuadas los
días 4, 20 y 25 de mayo de 1999, a través del Banco Nacional de Obras y
Servicios Públicos y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada,
observándose que la estimación referida incluyó el concepto: prueba y puesta en
marcha de la planta por un importe de $ 1’134,864 y fue pagada no obstante que
este concepto no se había realizado, ya que en la bitácora de obra se asentó
que el 8 de julio de 1999 se inició la prueba y puesta en marcha de la planta y
en el oficio de rescisión del contrato la propia Entidad manifestó que al 28 de
enero del 2000 el concepto prueba y puesta en marcha no estaba totalmente
terminado. Por otra parte, la Entidad efectuó en los ejercicios de 1996 y 1997
la licitación y contratación de obras teniendo como base proyectos que no
estaban acorde con las necesidades reales de las mismas, sin haberse efectuado
previamente a estos actos las adecuaciones pertinentes, por lo cual tuvieron
que realizarse durante la ejecución de los trabajos, ocasionando prolongaciones
a los plazos de ejecución y demoras en la continuación y conclusión de las
obras debido a la falta de recursos, además de los costos adicionales por los
conceptos de obra extraordinaria generada, lo anterior determinado conforme a
las modificaciones efectuadas a los contratos hasta el cierre del ejercicio de 1999. o) La Secretaría de Planeación y
Finanzas del Estado, a través de la Dirección de Inversión Pública, efectuó la
recepción y el trámite de pago de cuentas por liquidar certificadas que
amparaban estimaciones por trabajos con períodos de ejecución comprendidos
dentro del ejercicio fiscal 1999, observándose que fueron liberados los pagos
de dichas cuentas no obstante que contemplaban trabajos que no habían sido
ejecutados, lo anterior determinado conforme a las visitas de inspección y
levantamientos físicos de trabajos realizados en los respectivos sitios de las
obras, esto se observó en contratos de obra pública celebrados por organismos
descentralizados de la administración pública estatal a quienes el Gobierno del
Estado les encomendó la ejecución de las mismas. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría mayor de Hacienda,
fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y
Administración. SEPTIMO.- Que en
fecha posterior a la emisión de la opinión de la Contaduría Mayor la Secretaría
de Planeación y Finanzas efectuó aclaraciones y remitió documentación comprobatoria
del Ingreso y del Gasto Público para solventar las diferencias que arroja el
reporte diario de recaudación y el importe de los ingresos de los cortes de
caja y recibos oficiales, disminuyéndose el importe observado de $ 5’717,008 a
$ 1’317,303; así mismo, en cuanto a la diferencia resultante de comparar el monto de nóminas pagadas con el
registro presupuestal y contable se efectuaron aclaraciones por un monto de $
92’453,085, disminuyéndose el importe observado de $ 99’960,987 a $ 7’507,902.
Por lo expuesto anteriormente, la Comisión que suscribe se permite someter a la
consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse
y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública
de Ingresos, de la Cuenta Pública de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda
Pública del Gobierno del Estado de Baja California a los CC. Lic. Alejandro
González Alcocer y Dr. Víctor Adán López Camacho en su carácter de Gobernador
Constitucional del Estado de Baja California....
- EL C. PRESIDENTE:
Compañero, suspendemos la sesión, parece que no tenemos quórum, bien,
continuando tenemos quórum, compañero adelante.
- EL C. DIP. CANO
JIMENEZ: Una moción señor Presidente, nada más para dejar constancia de mi
inconformidad por la irresponsabilidad con la que se conducen algunos
compañeros de no acudir puntualmente a las sesiones.
- EL C.
PRESIDENTE: Atendida su observación.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: Me dirijo respetuosamente a la Mesa, la posibilidad de leer la
ley orgánica del Poder Legislativo, artículo 15 y 16.
- EL C.
PRESIDENTE: Como no compañero, con mucho gusto, compañera Secretaria, hágame el
favor de atender la petición, compañero Sócrates, le solicito que nos de
oportunidad para que, atender la petición del compañero, creo es una petición
de interés para este Poder Legislativo.
- LA C.
SECRETARIA: Atendiendo su petición diputado Presidente, artículo 15 de la ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, a la letra dice
lo siguiente, queda estrictamente prohibido a los diputados, ausentarse durante
el desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso, o de las Comisiones o
Subcomisiones, sin el permiso previo de su Presidente, en caso de que un
diputado abandone el recinto donde se desarrolle la sesión, sin permiso previo,
se entenderá que renuncia a concurrir a las sesiones subsiguientes del período
ordinario o extraordinario y se llamará a su suplente, en el caso de sesiones
de las comisiones o subcomisiones, se entenderá que renuncia a su puesto, y se
estará a lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley; Artículo 16.- Se
consideran ausentes a una sesión para todos los efectos legales ademas de lo
previsto en el artículo anterior a los diputados que no se encuentren
presentes, Primero. Al pasar el Secretario lista de asistencia y Segundo. Al
realizarse alguna votación. Es cuanto diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias, me parece que nos debemos de observar la Ley
vigente y tenemos una obligación de esta Presidente, de ser garantes,
vigilantes que se cumpla con la ley y vamos a tener que hacer efectivo la
legalidad vigente, damos constancia de la presencia de los diputados Alejandro
Bahena Flores, perdón, de Avitia Nalda Sergio, de Gómez Mora Sergio, quien, de
Ruvalcaba Flores David, ¿Alguien más?, bien, adelante compañero, entonces ya
escucharon hay una demanda muy propia y, de los compañeros diputados y que la
hago mía, que atendamos los trabajos de este Poder Legislativo en los términos
que establece la Ley vigente, mientras no la cambiemos, esa es la ley y que hay
que cumplir con la Ley, compañero Sócrates Bastida, haga uso de la Tribuna, por
favor.
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Y
continuo, y Secretario de Planeación y Finanzas, respectivamente, por el
período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo de que la Entidad, al cierre del ejercicio en
conciliaciones bancarias de 73 cuentas bancarias activas presenta partidas en
conciliación provenientes de los ejercicios de 1992 a 1999, las cuales se
encuentran en proceso de investigación y depuración; así mismo se presentan en
los estados financieros 22 cuentas bancarias que dejaron de operar
principalmente en los años de 1996 y 1997, con sobregiro contable, estas
cuentas no se han cancelado contablemente por encontrarse sus partidas en
conciliación sujetas a investigación y depuración, desconociéndose los efectos
que pudiesen resultar al concluirse el proceso de depuración de las 95 cuentas
bancarias en comento; por otra parte, se cancelaron 3 cuentas bancarias
inactivas sin saldos en bancos, y se cancelaron partidas en conciliación de 1
cuenta activa, eliminando los movimientos contables que originaban partidas en
conciliación afectándose contablemente en la cuenta de Afectación Patrimonial
sin haberse proporcionado la documentación que sustente los movimientos
realizados; así como porque durante el ejercicio fiscal de 1999 se efectuó
depuración, de las conciliaciones bancarias específicamente de partidas
provenientes de los años de 1993 a 1998 de las diversas cuentas de bancos con
las que opera la Entidad, sin que se haya proporcionado la documentación
comprobatoria o elementos que justifiquen los movimientos efectuados
contablemente o en el sistema de conciliaciones, así mismo debido a que se
encuentran en proceso de depuración 47 cuentas bancarias que durante el primer
semestre del año 2000 se investigaron y eliminaron de las conciliaciones, sin haberse proporcionado la
evidencia documental que sustente los movimientos practicados; debido a que se
recibieron recursos de la Federación en el mes de diciembre de 1999 los cuales
se depositaron en la cuenta bancaria Nº 05802305935 de Serfín, S.A. aperturada
a nombre de la Dirección de Protección Civil del Estado, esta cuenta no se
encuentra incorporada en los registros contables de la Entidad debido a que a
esta dependencia se le dio el carácter de organismo desconcentrado de la
administración pública estatal, al cierre del ejercicio dicha cuenta bancaria
presenta saldo; así mismo, tampoco se registró la cuenta bancaria Nº
05802313407 del mismo banco, en la cual se manejaron los recursos
presupuestales asignados en el Ramo 4 Secretaría General de Gobierno, partida
669 Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado de
Baja California para el ejercicio fiscal de 1999; porque se presenta en los
estados financieros en la cuenta contable de Egresos por Aplicar dentro del
saldo de Efectivo e Inversiones Temporales, saldo deudor el cual no fue
aclarado ni depurado, omitiéndose el registro de movimientos de efectivo en las
cuentas correspondientes; por otra parte se registraron cargos a la cuenta
bancaria número 65500114464 de Banco Santander Mexicano, S.A. dichos
movimientos se realizaron con la finalidad de cancelar el saldo de la cuenta
Traspasos de Bancos, los cuales no fueron aclarados ni documentados; así como
porque la Entidad operó hasta el año de 1998 el programa de obra: “Comisión
Nacional de Carreteras Alimentadoras” (Conacal), el cual se llevó a cabo en su
totalidad con recursos provenientes de la Federación, para el manejo de estos
recursos se utilizó exclusivamente la cuenta bancaria de Santander Mexicano,
S.A. Nº 655000152399, sin embargo esta cuenta bancaria no tuvo movimientos
durante el ejercicio de 1999 y refleja al cierre del ejercicio saldo contable,
por lo que se presume que estos recursos no fueron ejercidos en el programa de
obra antes mencionado, desconociéndose los efectos que se deriven de la falta
de aplicación de dicho saldo; debido a que en la cuenta de Deudores Diversos,
subcuenta Anticipos de Obra y Otros la Entidad presenta diversos saldos de
naturaleza acreedora, originados en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado
diversos abonos sin reconocerse previamente las cuentas por cobrar
correspondientes, presentándose al cierre del ejercicio por dicho motivo saldos
acreedores; así mismo, se presentan en la cuenta de Deudores Diversos
subcuentas: Organismos Paraestatales, Anticipos de Obra y Otros, y Diversos,
cuentas por cobrar que se integran por diversos saldos provenientes
principalmente de ejercicios de 1992, 1996, 1997 y 1998 de los cuales se
presume que algunos saldos corresponden a apoyos económicos otorgados a
Entidades Públicas para el cumplimiento de sus objetivos sociales, que fueron
registrados como cuentas por cobrar sin existir documentación que sustente el
derecho de cobro de las mismas, los saldos mencionados se encuentran en proceso
de análisis y depuración, desconociéndose los efectos que se pudieran derivar;
así como porque sin evidencia documental que sustente el origen de los saldos y
de las gestiones de cobro realizadas, se cancelaron diversos saldos en cuentas
por cobrar con antigüedad mayor de 5 años, correspondientes a diversos
organismos paraestatales, municipales y asociaciones civiles de conformidad al
oficio Nº 1324 de fecha 16 de junio del 2000, emitido por la Procuraduría
Fiscal del Estado fundamentando la prescripción de las mismas, en lo dispuesto
en el Artículo 37 del Código Fiscal del Estado de B.C.; debido a que se otorgó
apoyo transitorio recuperable a favor del Fideicomiso Río Tijuana Tercera Etapa
en el mes de marzo de 1998, el cual fue recuperado el 16 de julio del mismo
año, sin embargo no fueron cubiertos los intereses estipulados en el convenio
firmado el 25 de marzo de 1998 que establece que se pagará costo financiero a
la tasa de interés interbancaria de equilibrio a plazo de 28 días, los cuales
serán capitalizables desde la fecha de disposición hasta el reintegro total del
apoyo; porque no fue proporcionado el padrón de bienes inmuebles de la
Oficialía Mayor de Gobierno con saldos al 31 de diciembre de 1999,
encontrándose en proceso un programa de actualización y depuración del padrón,
mismo que fue implementado en ejercicios recientes, sobre el cual se tiene un
avance reportado del 80%, mismo que incluye el control y registro de terrenos y
construcciones a partir de la integración de expedientes, desconociéndose los
efectos que pudieran resultar al concluirse dicho programa y al efectuarse la
conciliación entre el padrón resultante y los registros contables; debido a que
en la cuenta de Acreedores Diversos Otros Fondos Pendientes de Invertir, la
Entidad presenta diversos saldos de naturaleza deudora originados
principalmente en el ejercicio de 1999, por haberse efectuado diversos cargos
sin reconocer previamente los pasivos correspondientes, desconociéndose el
origen de dichos saldos; se presentan además en la cuenta de Acreedores
Diversos, retenciones a empleados y otros fondos pendientes de invertir, que se
integran por diversos saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin
movimiento en el presente ejercicio; adicionalmente, se registraron diversos
movimientos para cancelar y disminuir saldos de diversas cuentas de pasivo,
afectándose la cuenta de Afectación Patrimonial, sin haberse proporcionado la
justificación y documentación comprobatoria que sustente los movimientos
contables practicados; así como porque no se solventaron la totalidad de las
diferencias determinadas al comparar el importe que arroja el Reporte Diario de
Recaudación y el importe de los ingresos de los cortes de caja y recibos
oficiales remitidos mensualmente en los términos de Ley a la Contaduría Mayor
de Hacienda como parte de la Cuenta Pública de Ingresos; porque no se efectuó
conciliación entre partidas de gastos del Grupo 500 Inmuebles y Construcciones
y las cifras del documento de inversión de obra pública remitido como parte de
la Cuenta Pública, que incluye inversión directa estatal e inversión federal,
estatal, municipal, de la comunidad y crediticia, existiendo incertidumbre
sobre los efectos que pudiesen resultar de las diferencias no aclaradas; debido
a que se ejerció al cierre del ejercicio modificaciones presupuestales
consistentes en ampliaciones, principalmente en las partidas presupuestales
asignables al grupo 100, omitiendo solicitar aprobación o dar aviso al Congreso
del Estado de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 Fracción I de la
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California;
así mismo debido a que durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la
disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo
establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación
comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso público mensual parte
integrante de la Cuenta Pública Anual, principalmente en lo referente a nóminas
y documentación comprobatoria de egresos que se remitió hasta con 24 y 137 días
de atraso, así como tampoco a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado
ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del plazo de
treinta días las observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor
de Hacienda resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y
justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de la
Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 163 y 232 días
posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque no solventó la
totalidad de las observaciones formuladas y remitidas, debido a que se omitió
remisión de documentación original comprobatoria de egresos y se remitió copia
de documentación comprobatoria de egresos debiendo enviarse documentación
original, y no se solventaron observaciones relativas a diferencias resultantes
de comparar el monto de diversas nóminas pagadas con el importe de su registro
presupuestal y contable, así como, porque no se remitieron 78 folios de
nóminas; porque se celebró contrato Nº C-SEGOBE-SAHOPE-BC-97-02 con fecha 15 de
diciembre de 1997 para llevar a cabo la obra: construcción de un centro de
readaptación social de seguridad media del Estado de Baja California para 1,500
internos, ubicada en el Municipio de Tecate, B.C., habiéndose dado por
terminado en forma anticipada el contrato el día 18 de junio de 1999, lo
anterior a solicitud presentada por el contratista el día 27 de mayo de dicho
año, el cual argumentó la imposibilidad para poder continuar y concluir la obra
por las adversas condiciones climatológicas del lugar donde ésta se ejecuta las
cuales constituyeron según lo manifestado por la contratista y confirmado por
la SAHOPE una situación de caso fortuito o fuerza mayor, posteriormente y
derivado de dicha terminación anticipada, la Entidad elaboró con fecha 16 de
noviembre de 1999 finiquito en el cual consideró gastos no recuperables a favor
del contratista: equipo inactivo; gastos de administración por personal
inactivo de oficina y campo, observándose que la normatividad de obra pública
no establece este tipo de consideraciones a favor del contratista cuando el
contrato se dé por terminado anticipadamente a solicitud del propio contratista
por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, observándose además que no
está debidamente sustentado la existencia del caso fortuito, adicionalmente los
importes por gastos no recuperables no
están debidamente soportados, de igual forma en el finiquito se consideraron
los materiales en almacén adquiridos por el contratista, observándose que éstos
no fueron incluidos en el presupuesto correspondiente al recontratar la obra,
tampoco han sido entregados a la empresa que fue contratada para continuar con
los trabajos ni esta última ha aceptado adquirirlos; por otra parte, existe un
saldo de anticipo no amortizado el cual no ha sido recuperado por la Entidad,
asimismo se observó obra estimada y pagada que no fue ejecutada, lo anterior
conforme a lo indicado en el referido finiquito, el cual no se ha hecho
efectivo debido a que el contratista interpuso juicio de amparo en contra del
mismo y posteriormente recurso de revisión el cual se encuentra en proceso de
resolución; asimismo, porque la Entidad celebró contrato Nº
APA-SAHOPE-BC-97-59C con fecha 24 de noviembre de 1997 para llevar a cabo la
obra: construcción de planta de tratamiento de aguas residuales “El Naranjo”,
ubicada en Ensenada, B.C., habiendo aprobado el pago de la estimación Nº 34, la
cual contempló trabajos ejecutados en el período comprendido del 30 al 31 de
diciembre de 1998, este pago se realizó en tres parcialidades efectuadas los
días 4, 20 y 25 de mayo de 1999, a través del Banco Nacional de Obras y
Servicios Públicos y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada,
observándose que la estimación referida incluyó el concepto: prueba y puesta en
marcha de la planta y fue pagada no obstante que este concepto no se había
realizado, ya que en la bitácora de obra se asentó que el 8 de julio de 1999 se
inició la prueba y puesta en marcha de la planta y en el oficio de rescisión
del contrato la propia Entidad manifestó que al 28 de enero del 2000 el
concepto prueba y puesta en marcha no estaba totalmente terminado; por otra
parte, la Entidad efectuó en los ejercicios de 1996 y 1997 la licitación y
contratación de obras teniendo como base proyectos que no estaban acorde con
las necesidades reales de las mismas, sin haberse efectuado previamente a estos
actos las adecuaciones pertinentes, por lo cual tuvieron que realizarse durante
la ejecución de los trabajos, ocasionando prolongaciones a los plazos de
ejecución y demoras en la continuación y conclusión de las obras debido a la
falta de recursos, además de los costos adicionales por los conceptos de obra
extraordinaria generada, lo anterior determinado conforme a las modificaciones
efectuadas a los contratos hasta el
cierre del ejercicio de 1999 y porque la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado, a través de la
Dirección de Inversión Pública, efectuó la recepción y el trámite de pago de
cuentas por liquidar certificadas que amparaban estimaciones por trabajos con
períodos de ejecución comprendidos dentro del ejercicio fiscal 1999,
observándose que fueron liberados los pagos de dichas cuentas no obstante que
contemplaban trabajos que no habían sido ejecutados, lo anterior determinado
conforme a las visitas de inspección y levantamientos físicos de trabajos
realizados en los respectivos sitios de las obras, esto se observó en contratos
de obra pública celebrados por organismos descentralizados de la administración
pública estatal a quienes el Gobierno del Estado les encomendó la ejecución de
las mismas, túrnese
a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental para que en un plazo que
no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas que correspondan y se
informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del
Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los
treinta días del mes de marzo del dos mil uno. Firman los DIP. SOCRATES BASTIDA
HERNANDEZ PRESIDENTE DIP. ANTONIO RICARDO CANO JIMENEZ SECRETARIO en contra,
DIP. ALEJANDRO BAHENA FLORES VOCAL DIP. GILBERTO FLORES MUÑOZ VOCALD DIP.
HECTOR ESPARZA HERRERA vocal en contra. Es cuanto lo ponemos a la consideración
de la Honorable Asamblea, señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, muchas gracias, compañero diputado, antes de continuar con
los trabajos damos constancia de la presencia de los compañeros diputados,
Arango Pérez José Félix, bienvenido, Delfín Castro Miguel, bienvenido
compañero, entonces se inicia el debate, compañero por favor elabore una lista
de oradores que estén en contra del dictamen 488, que se refiere a las cuentas
públicas del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal de 1999.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
diputados, que estén en contra del dictamen 488, favor de anotarse, el diputado
Héctor Esparza Herrera.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Alguien más desea
participar en contra?, a favor, en contra el compañero, Héctor Esparza, el
compañero Edgar Fernández, a favor el compañero Cano Jiménez.
- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: No, si me
permite nada más una moción de la presidencia, si fueran tan amables de
responder positivamente a una solicitud, en el sentido de que la Secretaría,
haga favor de dar lectura al artículo 43, de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas que es materia del debate, señor Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Adelante, compañera
por favor, de lectura.
- LA C. SECRETARIA: Atendiendo la
petición del diputado Presidente, vamos a dar lectura al artículo 43 de la Ley
de Fiscalización, dice a la letra lo siguiente, la aprobación de la cuenta
pública anual, que haga el Congreso del Estado, produce los siguientes efectos,
respecto de la misma, primero, extingue las obligaciones derivadas de fianzas,
garantías o cauciones de los funcionarios empleados que manejen fondos o
valores públicos, segunda, extinguen las responsabilidades fiscales,
administrativas y políticas de los titulares, funcionarios o empleados de las
entidades, las responsabilidades de carácter civil y penal se extinguirán
conforme a las leyes de la materia, es cuanto diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Atendida su moción
compañero, bien entonces adelante, a favor, compañero Sócrates Bastida,
¿Alguien más desea participar?, Alejandro Bahena, bien en primera ronda, se
inician el debate con el compañero Héctor Esparza, compañero por favor haga uso
de la Tribuna.
- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Muchas
gracias diputado Presidente, y Honorable Mesa Directiva, compañeras diputados, compañeras,
la noche de anoche como diría el poeta, me motivó la participación que hizo el
diputado Presidente, cuando en su documento señala una serie de irregularidades
que existen en la admisión pública, tanto estatal como municipal, en todas y
cada una de las entidades públicas, existen irregularidades y ya lo manifestaba
alguna publicación, en días pasados, existe desorden, en el contenido de su
documento señala, la necesidad de que los diputados cumplamos con nuestra
obligación y nos centremos a elaborar leyes que pongan orden a la admisión
pública del Estado, lamentaba que no hubieramos hecho nuestra función, sin
embargo en el transcurso de su participación, la interpele al diputado
Fernández Bustamante, le dice que él en lo particular si presentó una
iniciativa que tiene como finalidad normal, algunas acciones de la admisión
pública y si bien es cierto, hace algunas aseveraciones filosóficas el
Presidente del Congreso, yo quiero precisar y dar a todos ustedes, que con la
legislación actual, si se pueden calificar las cuentas públicas de tal manera
que se corrijan errores, irregularidades o deficiencias, para ello, por
principio daré lectura al artículo 23 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y
Gasto Público, que a la letra dice, la revisión de la cuenta pública de las
entidades tiene por objeto, I.- Cuenta pública de Ingresos. a) Precisar el
ingreso propio de Ley los demás ingresos que perciban las entidades, b)
Verificar que el ingreso deriva de la aplicación de las leyes de ingresos,
leyes fiscales especiales, decretos, acuerdos y demás disposiciones que a la
materia. II. Cuenta pública de Egresos. a) Precisar el gasto público. b)
Comprobar que el gasto público se ajustó a los presupuestos de egresos y a los
requisitos que establece esta Ley y demás disposiciones que rigen a la materia.
c) Verificar el cumplimiento de programas y subprogramas. III. Cuenta pública
de patrimonio. a) Determinar el resultado de la gestión y situación financiera
de las entidades. b) Verificar que los Estados financieros estén preparados de
conformidad con los principios básicos de contabilidad gubernamental, le dejo
hasta aquí, esto es para probar, que si existe el marco normativo en Baja
California, que nos permita corregir el desorden y las irregularidades en la
Administración pública del Estado, en el caso concreto que nos ocupa la cuenta
pública del gobierno del Estado, en 1999, todos nos hemos percatado de que trae
una serie de irregularidades fuertes, me referiré solamente a alguna de ellas,
por lo cansado que es el tema, en el inciso b), dice que durante el ejercicio
fiscal de 1999, se efectuó depuración de las consideraciones bancarias,
específicamente que justifique los movimientos efectuados, contablemente en el
sistema de conciliaciones, dice también que se encuentra en el proceso de
depuración 47 cuentas bancarias, que durante el primer semestre del año dos
mil, se investigaron y eliminaron, el inciso H, nos dice que la entidad otorgó
apoyo transitorio recuperable, sin tener facultades que es la posición de su servidor,
sin tener facultades para ello, al fideicomiso Río Tijuana tercera etapa, en el
mes de marzo del 98, por la cantidad de 28´600,000 pesos, no fueron cubiertos
los intereses de este préstamo, aún existiendo un convenio firmado, el inciso L
dice que la entidad no efectuó conciliación y esto es práctica común y
corriente, la entidad no efectuó conciliación entre partidas de gasto de grupo
quinientos, inmuebles y construcciones, por 582 millones de pesos
aproximadamente, el inciso m, la entidad ejerció al cierre del presupuesto del
ejercicio modificaciones presupuestales consistentes en ampliaciones por un
monto de 78 millones aproximadamente principalmente en las partidas
presupuestales, asignables al grupo 100, omitiendo solicitar aprobación o dando
aviso al Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido, en el artículo
43 a que dió lectura, la compañera Secretaria, al artículo 43 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, en ese mismo inciso, perdón en el
inciso n), también nos podemos dar cuenta que la entidad, trae un monto en
nóminas pagadas, que no fueron solventadas, diferencias resultantes de comparar
el monto de diversas nóminas pagadas, con el importe de su registro
presupuestal y contable por 99´960,000 pesos aproximadamente, estas son algunas
de las muchas irregularidades, pero el comentario y el motivo de mi
participación es hacer sentir a la asamblea, que si existe el ordenamiento
jurídico, el marco normativo, que nos permita ser responsables con nuestros
representados y decirles que podemos castigar a quienes no cumplen con la ley y
en la Comisión de Hacienda, decía, quien ahora se encuentra en la Presidencia
de este H. Congreso, que es el diputado Gilberto Flores Muñoz, el decía esos
comentarios, en el trabajo cotidiano, porque si no aplicamos la ley, nunca pasa
nada, la impunidad y la corrupción, seguirá galopando en nuestro Estado de Baja
California, es cuanto diputado Presidente. Nada más para comentar que yo les
pido nuevamente se razone el voto al momento de definir esta cuenta pública del
Gobierno del Estado en el ejercicio de 1999.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces
continuamos en el debate en lo que se refiere a los diputados en contra del
dictamen, tiene el uso de la palabra, bien, entonces si tenemos a favor al compañero
Sócrates Bastida, por favor haga uso de la Tribuna en primera ronda de
oradores.
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Con su
permiso diputado Presidente, compañeras diputadas, compañeros diputados, me he
anotado a favor del dictamen que presenta la Comisión de Hacienda y
Administración en los términos aprobatorios como viene el dictamen, toda vez
que como ustedes han sido testigos, han escuchado y han tenido la oportunidad
de leer el dictamen 488, al cual nos estamos refiriendo, efectivamente al
momento de hacer la revisión de la cuenta pública del Gobierno del Estado,
ejercicio fiscal 99, bueno nos percatamos precisamente de todos los movimientos
que se realizaron por el organismo, estamos hablando que el Gobierno del
Estado, de manera directa ejerció un presupuesto de Nueve mil millones de
pesos, para esto habría que recordar, todos los compañeros aquí presentes, que
al revisar este tipo de entidades, todas las que hemos venido realizando,
normalmente ubicamos, cual es el marco que estamos realmente analizando y
tratar de ser lo más objetivo posible, de manera que ustedes tengan, diputados,
elementos suficientes para tomar las decisiones, en este caso ha sido muy
común, ustedes han sido testigos, han escuchado en las otras cuentas que hemos
presentado a su consideración, las fallas de tipo administrativo que se han
presentado, afortunadamente son situaciones que hemos localizado la Contaduría
Mayor de Hacienda, la ponemos a consideración, los analizamos y son situaciones
que ustedes pueden perfectamente analizar, que es precisamente el trabajo que
se realiza en las comisiones, aquí este día, el estar en el Pleno es muy
complicado, intentar llegar y darles un análisi pormenorizado de lo que
representa el análisis de cada una de las cuentas bancarias, en el caso de la
observación que se hizo referencia, de la depuración de las conciliacionres
bancarias, que se habla de que son alrededor de 47 cuentas, el llegar a
análisis de este tipo de documentación, en el cual precisamente vemos el
trabajo que realiza la Contaduría, que realiza la propia Secretaría de
Planeación y Finanzas, para llegar y presentarles a todos nosotros los anexos
correspondiente del trabajo que se realiza y que nos de los elementos
suficientes, para nosotros percatarnos de que el trabajo se está haciendo,
imaginense ustedes un presupuesto de nueve mil millones de pesos, la cantidad
nada más de personal que se maneja en Magisterio, son 16,000 maestros o sea la
cantidad de cheques que se tienen que elaborar, la cantidad de cuentas,
recursos federales, estatales, municipales e ingresos propios, todos los
movimientos que genera el Gobierno del Estado, sector centralizado que es la
cuenta que estamos revisando, de tal manera y que hay normatividad federal en
cuanto a aperturar cuentas, por que son en este fondo es para esta cuenta, este
fondo para esta, hay que abrir una cuenta para este otro y representa todo un
movimiento que se tiene que dar, y en esto hay terceros, como es el caso de las
instituciones bancarias, ustedes han escuchado en donde es repetitivo que las
conciliaciones bancarias, hasta cierto punto es un tanto complicado, poder
hacer un análisis completo de lo que se está sucitando precisamente por la
emisión de la cantidad de cheques que se plantea, y esto es lo que nosotros
venimos revisando y es lo que se analiza en la Comisión de Hacienda, si
nosotros viesemos que es una actitud estática de dejar ser, de no buscar la
eficiencia administrativa, porque básicamente es esto y no es el desorden total
como se plantea, bueno estaríamos de acuerdo en negarla, pero estamos viendo el
trabajo que se está realizando y como se está realizando y lo complicado que es
poder tener al día estas conciliaciones, por todos los programas
computacionales que ustedes quieran para cruzar ingreso de egreso, cheques, es
complicado porque ya lo hemos visto precisamente en todos los municipios, en el
gobierno central, de tal manera que a nuestro juicio y si nos vamos por los
criterios contables que se hicieron referencia, de importancia relativa, eso
tiene que ver precisamente a lo que mencionaba, es una entidad del Gobierno del
Estado que manejan para este caso 99, un presupuesto de nueve mil millones de
pesos, contablemente una auditoría normal, hay parámetros para considerar que
se encuentran dentro del rango de aceptabilidad y es precisamente parte de lo
que se analiza los criterios, la Contaduría Mayor para presentar su opinión,
insisto es una opinión técnica, y es una opinión técnica que plasma la
Contaduría Mayor y a la cual nosotros nos estamos basando en este sentido, si
dudasemos de los criterios presentados por la Contaduría Mayor, pues entonces
hagamos nosotros, el otro dictamen, en este caso en especial, estamos
analizando de conjunto con la Contaduría Mayor, con toda la gente tan
profesional que hay en ella, analizamos punto por punto de cada una de las
observaciones presentadas, de tal manera que satisface a los integrantes, a la
mayoría de los integrantes de la Comisión los criterios aplicados o presentados
para aprobar las cuentas públicas que se presentan, hay varios puntos que
fueron mencionados como fue lo del fideicomiso tercer etapa, que es un tema que
ya lo hemos visto aquí, que legamente hay un criterio jurídico en donde
procede, es una entidad centralizada que le presta a un fideicomiso paraestatal
para realizar sus fines propios de desarrollo urbano, que hay un compromiso de
pago y que está documentado, no hay ninguna evasión, no hay ninguna situación
de la cual se diga de que se prestó y que no se pretenda pagar, está
documentado, el grupo 500, es decir que eso es de la inversión de obra, vuelvo
a insistir, están la inversión tanto federal como estatal, la de la comunidad
registrada, tal vez no en el formato que se quiere pero estamos en vías ya de
ubicar en las próximas cuentas públicas, esta solicitud que hace la Contaduría,
que insisto y vuelvo a recordarles no se encuentra inserta en ninguna ley, que
lo obligue a llevarlo así, en términos generales hay el caso de la otra
observación que se hacía de una ampliación que no fue solicitada al Congreso,
la aprobación de 78 millones de pesos, recuerden que el grupo 100 se refiere a
sueldos y salarios o remuneraciones al trabajo personal de tal manera que son
de ampliación automática, de los salarios se tiene que pagar,
independientemente de que se pueda dar aviso al Congreso del Estado, con
respecto a las nóminas que se hizo referencia.....
- EL C. PRESIDENTE: Compañero, acepta
la interpelación del compañero...
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ: Ya que
concluya por favor, hay otro dato también que se presenta, que es el tema de
las nóminas, bueno este caso también recordar de que inclusive el gobierno del
Estado solicitó la Oficialía Mayor el que se considerara el pago vía
electrónica al personal toda vez lo complicado que ha resultado el tener al día
las firmas de las nóminas y que es algo que se puede verificar perfectamente,
no lo hemos concluido nosotros, nos hemos dado ese criterio para que
efectivamente la Oficialía Mayor lleve a cabo este procedimiento que ya lo
utilizan las mayoría de las empresas, la mayoría de las entidades públicas y no
se ha podido concretar en este caso y recordar que este inclusive le cuesta al
pueblo, cada día de pago, varias horas de los trabajadores que se van a los
bancos a cobrar su cheque y es algo que puede verificarse perfectamente,
recordar que son nóminas de personal de maestros de trabajadores que están
hasta San Quintín, están en todo el Estado, y ha sido muy complicado el poder
tener las nóminas en su oportunidad, en términos generales pues son alguno de
los temas que fueron planteados aquí como propuesta para negar la cuenta
pública o las cuentas públicas presentadas, de tal manera que nosotros, al
menos yo en lo personal considero que no hay elementos, toda vez que fue una
revisión muy exhautiva por parte de la Contaduría Mayor, nosotros estuvimos
trabajando con ellos, entendiendo todo lo presentado de tal manera que nos
satisfaciera, que estuvieramos ciertos de que el trabajo está bien hecho y que
podam tener confianza que aún cuando se pretenda decir que es un desorden total
es falso, es una situación, un trabajo normal, el cual se está llevando a cabo
con una normalidad, que podamos estar concientes de que estamos haciendo todos
nosotros los señores legisladores, el trabajo correspondiente de fiscalización
que nos obliga la ley, es cuanto señor Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, compañero
Esparza, por favor.
- EL C. DIP. ESPARZA HERRERA: Bien, es
muy interesante escuchar la posición del diputado Sócrates Bastida, cuando dice
que es muy complejo llevar las cuentas bancarias, con aproximadamente nueve mil
millones de pesos, yo en lo particular he dado mi opinión de que el Estado de
Baja California no maneja nueve mil millones de pesos, actualmente en dos mil
uno ha dicho que maneja 26 mil millones de pesos, es punto de vista contrario a
lo que afirma quien administra, sin embargo la pregunta diputado Presidente, en
el campo de la Iniciativa Privada, ¿Qué sucede cuando un Contador, no me lleva
las consideraciones bancarias, los asientos contables y los demás actos contables
que se requieren para que mi empresa no fracase?, ¿Qué haríamos en un caso
concreto en la Iniciativa privada, diputado Presidente?.
- EL C. DIP. BASTIDA HERNANDEZ:
Desconozco aquí, cual sería el criterio que tomarían otras personas, aquí está
registrado, que eso es lo que al fin de cuentas nos debe interesar, no está
perdido, no está como cuenta incobrable, está registrado como cuentas para
depurar.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces continuamos....
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Si me permite una moción diputado Presidente, en virtud de que
tiene que, estricta relación con asuntos que se están tratando, quisiera
solicitar a la compañera, a la Secretaría, de lectura al artículo 15 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas.
- EL C.
PRESIDENTE: Adelante compañero. Estamos aprovechando es una oportunidad para
revisar la ley de fiscalización.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Para que no vayan a caer en irresponsabilidades y aprobar cosas
que no deben compañeros.
- LA C.
SECRETARIA: Le vamos a dar lectura al artículo 15 de la Ley de Fiscalización de
las Cuentas Públicas por instrucciones de la Presidencia que a la letra
compañeros, compañera diputada, dice lo siguiente “Artículo 15.- La cuenta
pública anual de las entidades se integra por las cuentas públicas de ingresos,
egresos, patrimonio y deuda pública, la Cuenta Pública anual de las entidades
está constituida por la siguiente documentación, Primero.- Los estados
contables y financieros y demás información que muestre la incidencia de las
operaciones en las inversiones, obligaciones y en su patrimonio, incluyendo el
origen de aplicación de recursos, segundo, el resultado de las operaciones de
las entidades, derivado de la aplicación de las leyes de ingresos, leyes
fiscales especiales, decretos o acuerdos que rijan en la materia y del
ejercicio de los presupuestos de egresos, tercero.- Los estados detallados de
la deuda pública y la información estadística, es cuanto diputado Presidente,
¡ah! cuarto, perdón, Cuarto.- Los programas y subprogramas de los presupuestos
de egresos, los estados presupuestales y cualquier otro relativo a la
administración y operación de las entidades que estas formulen, así como por
los siguientes documentos: a) Informe de los efectos económicos y sociales
obtenidos con la aplicación de los recursos asignados y el avance en la
ejecución del Plan de Desarrollo respectivo. b) Informe del avance físico y
financiero de los programas de inversión, señalando en cada uno, objetivo,
metas, costos de unidad de responsables de su ejecución, c) Informe de alcance
de metas, programas, programas especiales, específicando en caso de variaciones
las causas que las originaron, d) Informe sobre la aplicación de los recursos
por transferencias y aportaciones, específicando importes, causas y la finalidad
de las erogaciones, así como el destino último de aplicación y quinto.- En
general, toda información que se considere útil para demostrar en forma clara y
concreta las acciones realizadas, es cuanto diputado Presidente, hago entrega.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, gracias compañera, ¿Atendida su petición compañero?.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Espero haya servido de algo compañero.
- EL C.
PRESIDENTE: Si, es un marco de referencia para tomar la decisión, desde luego
en este Congreso, bien, entonces se abre una segunda ronda de oradores,
¿Oradores en contra?.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Ya estaba anotado en la primer.
- EL C.
PRESIDENTE: ¿Ah Usted?, desea continuar, si yo creo que concluimos con la
primera, iniciamos la segunda, entonces ¿En contra?, Don Edgar Fernández, en
contra, a favor el compañero Alejandro Bahena, a favor, adelante compañero
Edgar.
- EL C. DIP.
FERNANDEZ BUSTAMANTE: Con su permiso señor Presidente, compañeras distinguidas
legisladoras, compañeros diputados, que interesante resulta la honrosa
oportunidad de poder en esta Máxima Tribuna, argumentar y analizar algo que nos
es una responsabilidad compartida, cuidar el dinero de los bajacalifornianos y
resulta sumamente importante, porque no obstante pudiesemos argumentar una
serie de detalles, todo indica al parecer que hay decisiones ya tomadas sin que
las razones prevalezcan, pero no obstante esas circuntancias, yo espero que en
conciencia cada quien tomemos la posibilidad de emitir nuestro voto, me resulta
interesante la participación del diputado Sócrates Bastida, cuando menciona que
hacer un análisis exhautivo del patrimonio del Estado, y esto me refiero a
todos los activos, pasivos y acciones de carácter gubernamental que el Gobierno
del Estado realiza, pues resultaría imposible, esta Legislatura llevarlo a
cabo, no obstante reconocer un esfuerzo que hace la Contaduría Mayor y que
además lo traduce en un dictamen, de aproximadamente ocho hojas, para aprobar
no solamente dinero, sino programas, acciones, objetivos, metas y resultados de
todo un ejercicio de todo un año de un ejercicio de un gobierno del Estado, la
aprobación de una cuenta pública, no es simplemente aprobar el sentido en que
un gobierno se conduce, no se traduce exclusivamente el dinero erogado, o
dinero ingresado, se traduce en mejores condiciones de vida a los
bajacalifornianos, respecto de la eficiencia de acciones de programas y de
metas, respecto de circunstancias que mejoren las condiciones de vida de los
bajacalifornianos y que no necesariamente se traduce en una fórmula matemática
y en esto veo lo que dijo el diputado Sócrates que es imposible que tantas
cuentas bancarias, se puede llevar un control en el dinero que se maneja por
ser, es complicado, bien, para recordar exactamente sus palabras, es
complicado, vamos a decirles a los bajacalifornianos que el dinero que generan
producto de su trabajo y su esfuerzo es complicado que el gobierno del Estado
lo maneje a través de todas las cuentas bancarias que son múltiples las que se
llevan a cabo en este ejercicio, vamos a decirle a los ciudadanos eso que es
complicado y que por eso que es complicado este Congreso no tiene la
posibilidad de saber cuando abren cuentas, cuando cierran cuentas, como giran
el dinero, como lo egresan y como realizan una serie de acciones y programas y
objetivos que debieron de haberse establecido y que la propia ley exige que
estas acciones, programas y objetivos, se lleven a cabo a través del Plan
Estatal de Desarrollo que es aprobado, eso hay que decirle a los ciudadanos de
Baja California, pero bueno, yo quiero mencionarles algo para que no se les
olvide de nueva cuenta o no se les olvide a todos nosotros, todos decimos que
el Estado de Baja California, es vanguardia en el desarrollo, económico, social
y político, que en Baja California, se han dado los grandes avances en los
procesos de democratización, que esto no implica nada más el sentido de
carácter políticos, sino de todas las acciones transparentes que deben de darse
en un gobierno, si eso es lo que nosotros queremos y avanzamos, si es en verdad
lo que en Baja California, todos queremos que se lleve a cabo, luego entonces
porque si hay una serie de irregularidades en temas o en acciones mejor dicho
tan importantes, por mencionar algunas como el caso del cerezo en el hongo,
donde no se sabe ahí el porque, una obra que no se concluye y que dicen que por
causa de fuerza mayor o caso fortuito como aquí se menciona, se da por
concluido el contrato, pero además liquidan al contratante, le dan una serie de
erogaciones que no sabemos ni siquiera cuanto es el monto de lo que le están
perdonando y luego contratan una nueva empresa y todos los inventarios que
había, tampoco se incluyen en el nuevo contrato de la nueva empresa y no
sabemos a cuanto dinero asciende, el caso del fideicomiso tercera etapa del
río, el gobierno del Estado le presta una cantidad que yo no se ahora si ya va
en se sesenta o setenta millones que hasta la fecha y es claro, no ha pagado el
fideicomiso tercera etapa del río al gobierno del Estado, con todos los
intereses desde la fecha en que celebró el contrato y tampoco pasa nada, es por
eso compañeros y por otras cosas que a continuación, voy a mencionar en forma
precisa y breve, nomás para que no se nos olvide, al parecer todo lo realizado
en el ejercicio del año 99 y como digo no nomás es en relación al ejercicio del
dinero como ingresa o como se egresa, sino acciones, programas, trabajo, metas
y resultados está en orden y está en orden porque al aprobar nosotros la cuenta
pública de ingresos de egresos patrimonial y de deuda pública está en orden
todo el ejercicio del 99, si ni siquiera sabemos los efectos como aquí
mencionan y que adelante precisaré de que no se sabe cual a hacer el resultado
del efecto que se tenga, que la Contaduría Mayor no cuenta con la documentación
para saber cuales son los efectos que se van a dar en nóminas, en cuentas de
cheques, en fin y una serie de documentación que no tuvo oportunidad de valorar
y en consecuencia hay una incertidumbre para saber como se manejó ese dinero,
como ingresó y como se erogó, pero nosotros aquí y le voy a dar lectura para
que no se nos olvide, la propia ley dice en el artículo 43, la aprobación de la
cuenta pública anual, que haga el Congreso del Estado, produce los siguientes
efectos: 1.- Extingue esto es, ya nosotros al aprobar las cuentas públicas, ya
la eximimos de cualquier responsabilidad porque todo está en orden al Gobierno
del Estado de Baja California, por lo que hace a este ejercicio del año de
1999, ya estamos en paz y nos podemos ir a nuestra casa, extingue las obligaciones
derivadas, fíjense ustedes de fianzas, garantías o cauciones de los
funcionarios o empleados que manejan fondos o valores públicos y esto conlleva
también a todas aquellas acciones de contratantes que tuvieran esas
circunstancias con el propio Gobierno del Estado, nosotros lo aprobamos, ya no
se puede exigir ninguna responsabilidad porque está en orden. 2.- Extingue las
responsabilidades fiscales administrativas y políticas de los titulares o
funcionarios o empleados de las entidades, ya estamos en paz, no obstante todas
estas observaciones de problemas y de irregularidades que hay, estamos en paz.
3.- Las responsabilidades de carácter civil y penal, se van a extinguir
conforme a las leyes de la materia. En el propio dictamen de la cuenta pública
en mención, en uno de sus apartados dice, se recibieron recursos de la
federación en diciembre del 99, los cuales se depositaron en la cuenta bancaria
No. x del banco Serfín, está aperturada a nombre de la dirección de protección
civil del Estado y luego dice, esta cuenta ... público estatal, dice, al cierre
del ejercicio dicha cuenta bancaria presenta saldo, tampoco se registró la
cuenta bancaria del mismo banco, va en el número, el cual dice, no se registró
esa cuenta la abrieron y no la registró el Gobierno del Estado, sin embargo se
manejaron recursos asignados a la Secretaría General de Gobierno, partida 669
de la Unidad Estatal de Protección Civil del Presupuesto de Egresos del Estado
de Baja California para el ejercicio fiscal 99; no se sí se sepa cuánto dinero
manejaron, cómo manejaron el dinero y en su momento por qué no está incorporada
dichas cuentas a la Entidad como el Gobierno del Estado y Protección Civil de
alguna manera se encuentre incorporada a la Secretaría General, luego en otra fíjense, hablan del
programa de obra de Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras, algo que le
debe de importar mucho al Diputado kaiten que no está presente, que ha sido un
precursor importante de que las carreteras y que en un momento dado estén
mejores los caminos aquí en Baja California, sin embargo dice, abrieron una
cuenta en Santander, la número X que aquí se menciona, dice, fíjense, esta
cuenta que le aplicaron recursos de la Federación para el programa de la
Comisión Nacional de Carreteras Alimentadoras, en el dictamen dice, esta cuenta
bancaria no tuvo movimiento durante el ejercicio de 1999, ni un movimiento tuvo
los recursos o al menos eso es lo que el dictamen aquí nos menciona, y refleja
el cierre del ejercicio saldo contable, por lo que se presume que estos
recursos no fueron ejercidos, fíjense ustedes, por lo que se presume que estos
recursos no fueron ejercidos en el programa de obra antes mencionado, ¿dónde
están? En qué parte se ejercieron estos recursos? ¿cuál es el monto de estos
recursos? Sí se dieron para un programa de carreteras que le preocupaba mucho
al Diputado Kaiten y había recursos y no se ejercieron estos en ese programa,
en qué se ejercieron los recursos destinados a este programa, sin embargo,
estamos aprobando o nos están proponiendo aprobar la cuenta pública total del
Gobierno del Estado, y en fin son muchos los aspectos, hay otro apartado del
dictamen que nos habla que no hay una conciliación entre las partidas del grupo
500, de inmuebles y construcciones, en relación al documento de inversión
pública, aquí es un asunto de menor trascendencia es la inversión de obra
pública que hace el Gobierno del Estado, son la mayoría de los recursos que se
traducen en obra de servicio social, de carreteras, en fin de todo lo que en un
momento dado implica la inversión pública, sin embargo, aquí no se sabe y
existe incertidumbre, al no haber conciliación, no se sabe pues, no hay un dato
que nos diga cómo se invirtió el dinero en obra pública, no hay un dato y
textualmente voy a leer lo que dice: Existe incertidumbre sobre los efectos que
pudiese resultar de las diferencias no aclaradas, qué nos lleva a esto, el
programa de inversión de obra pública ni siquiera está claro, que hay
incertidumbre, pues desde luego que hay una incertidumbre de la aplicación de
recursos, cómo se aplicaron, quien autorizó que se realizará de tal o cual
manera, otro dato, pagaron nóminas al personal de confianza, y ni siquiera las
acreditaron, hay una serie de nóminas, aquí hay una serie de detalles y de
aspectos, la propia Contaduría Mayor que se pagaron a un sin número del grupo
100, y sin comprobar no sabemos ni cuánto dinero representa porque no hay datos
en relación a conciliar nóminas, en fin compañeros, podría llevarme un tiempo
más aquí argumento el por qué no debemos de aprobar las cuentas públicas, pero
yo espero que no apliquemos los criterios en que tengamos oídos sordos para que
con la cara de frente podamos ir los ciudadanos los que creemos en esto, que
estamos cuidando que su dinero, que su dinero en Baja California en verdad como
dice o algunos en discurso manifiestan que el Estado de Baja California, es un
Estado de vanguardia; tengo dudas altamente razonables en la aprobación de
estas cuentas, los invito y no con esto establecer presunciones de responsabilidad
de funcionarios, sólo se hablará de responsabilidad de funcionarios cuando estos se acrediten un
procedimiento respectivo, pero no nos constituyamos ahorita en los liberadores
de estar en paz con aquellos funcionarios que no cumplieron cabalmente con la
representación que tiene, porque al aprobar estas cuentas no habrá ninguna
acción de ninguna índole, para que el pueblo de Baja California a través de
este Congreso nos pueda representar de exigirles que cumplan con su
responsabilidad, es cuanto señor Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Edgar, y en el uso de la voz el compañero
Alejandro Bahena Flores, adelante.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Con su permiso Diputado Presidente, compañeros Diputados. Hacer
algunos comentarios breves para solicitar su voto en favor del dictamen,
tomando en consideración los siguientes argumentos. Conciliaciones bancarias,
se ha hablado mucho esta mañana de lo que son las conciliaciones bancarias, yo
quiero decirles compañeros Diputados que solamente en el área de Magisterio,
donde se pagan catorcenalmente, alrededor de 14 mil cheques, 15 mil cheques
cada quince días, y cuando hay un pago extraordinario como puede ser el pago de
prima vacacional o puede ser el aguinaldo primera parte o el aguinaldo segunda
parte, bueno estos cheques en el mes de diciembre en lugar de ser 15, pues
estamos hablando de que el mes de diciembre fácilmente se pueden entregar cerca
de 60 mil cheques, y estos 60 mil cheques los maestros no todos van y los
cambias a los bancos, muchas veces estos cheque se utilizan para pagar adeudos
que los maestros tenemos con una mueblería o cualquier proveedor o con
cualquier Entidad, con lo que los maestros tenemos créditos, muchas veces estos
cheques giran bastante, dan muchas vueltas en el mercado, y llega el momento en
que a la hora de conciliar solamente estoy hablando de 60 mil cheques emitidos
durante un mes, en el mes diciembre, enero, considero estos cheques no es una
tarea fácil, sí tomamos en cuenta que además de estos 60 mil cheques habría que
a sumar los de burocracia y hay que sumar los de proveedores, y bueno, pensar
que es fácil tener al corriente al mes la conciliación bancaria, pues es
suponer algo que ningún tipo de entidad administrativa lo puede hacer, la
lógica nos dice que las conciliaciones bancarias toman tiempo y que se requiere
de una enorme cantidad de personal para que esta tarea se esté haciendo, al
momento en que la Contaduría Mayor de Hacienda, al momento en que la Contaduría
Mayor de Hacienda realiza la revisión de estas conciliaciones bancarias, lo que
señalan la Contaduría es que efectivamente hay algunos cheques que no han sido
conciliados o algunos cargos bancarios que estos no han sido conciliados y de
ahí la palabra incertidumbre, cuando se habla de incertidumbre se está diciendo
que se desconoce los efectos contables que se van a tener en el momento en que
no podemos anticipar que todos los cargos que hace el banco sean correctos, o
que todos los cheques van a llegar a cobrarse, incluso hay cheques y lo sabemos
que cheques que extravían los maestros y que hay que esperar un cierto tiempo
para lograr su reposición o verificar sí estos cheques fueron cobrados
ilegalmente cuando el maestro extravía su cartera o es producto de una pedidas
de este documento o incluso cuando se da el caso de documentos que se destruyen
en forma sarosa, de modo tal, que la palabra incertidumbre no significa no
tiene esa significación que muchas veces se le quiere dar de que no se sabe sí
hay dolo o mala fe en lo que se está haciendo, simplemente no se conoce el
resultado contable de estas conciliaciones. Con relación a la apertura de
cuentas, igual se habla de la apertura de cuentas, en lo que está claro
compañeros Diputados es que no hay cuentas secretas, todas las cuentas son
declaradas al momento de que la Contaduría Mayor de Hacienda hace su revisión,
quizás alguna Entidad o muchas veces el gobierno central se retrasa en el envío
de el aviso de una apertura de cuenta cuando llega la supervisión que hace la
Contraloría, estas cuentas de cheque están registradas se le notifican a los
inspectores que van de la Contaduría Mayor de Hacienda, de modo tal que estas
cuentas no están ocultas, simplemente se comete el error de no reportarlas con
oportunidad.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Me permite una pregunta.
- EL C.
PRESIDENTE: Pregunta o interpelación.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Voy a pedirle Diputado que aguarde a que concluya y con mucho
gusto contesto las preguntas que usted me desea realizar.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Gracias.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: En cuanto al Cereso, ya se ha dicho muchas veces aquí que el
arranque de esta obra fue licitada por la Federación y no el Gobierno del
Estado, igualmente una mala decisión que no fue del Gobierno del Estado de
asignar la obra a una empresa que no conoce la plaza, hace que esta empresa
decida dar por cancelado su contrato en la ejecución de esta obra, y bueno una
licitación que no hace el Estado se le responsabiliza de ello, una empresa que
no fue seleccionada por el Gobierno del Estado se le responsabiliza al Estado
de que esta empresa no haya podido cumplir con el contrato, que hay un litigio
en relación a esta empresa, bueno, esta empresa está en su derecho civil de que
sí no está de acuerdo con el finiquito que se está haciendo, hasta la parte que
ejecutó la obra, está en su derecho de acudir a los Tribunales, y hoy en día
está en los Tribunales la discusión de la corrección del finiquito que se está
negociando con el Gobierno del Estado; se habla mucho también de la extinción
de las responsabilidades, yo quiero recordarles compañeros Diputados, que es
muy clara la ley en el sentido de que no se extinguen las responsabilidades
penales, sí hubiese una denuncia y esta se acredita, la ley no exime de
responsabilidades penales a quien con un acto de dolo o mala fe haya sustraídos
recursos del Erario Público, y puede y hay todas las garantías legales para que
a pesar de que la cuenta pública haya sido aprobada, el funcionario público que
dolosamente haya realizado una acción que tiene que ver con el Código Penal
este puede ser proceso y de ninguna manera la aprobación de la cuenta pública
lo exime de responsabilidades, igualmente se magnifican algunas cuestiones, y
voy a regresar otra vez al Magisterio; en el caso del Magisterio efectivamente
en los meses de vacaciones de junio a julio se hicieron algunos pagos al
Magisterio y se dice que efectivamente nosotros ya tuvimos en las nóminas en
nuestro poder, y en estas nóminas especiales el Gobierno del Estado omitió
decir en forma explícita los conceptos que se están pagando a Magisterio en
estas nóminas especiales, de estos pagos que se hicieron, pero las nóminas
existen, las firmas existen, los conceptos y las percepciones y los descuentos
existen en la nómina, los tuvimos ya en nuestro poder, el error aquí es de que
por tratarse de exigencias naturales de los maestros de recibir sus
percepciones al momento de retirarse de vacaciones, percepciones y derechos que
no necesariamente son dados de alta en su fecha de contratación, sino son
derechos que se van generando como los quinquenios y otro tipo de
características como puede ser los ascensos por carrera magisterial o los
ascensos por movimiento en el escalafón horizontal es que se van dando estas
reclamaciones y se van emitiendo estas nóminas especiales y muchas veces el
sindicato y los maestros tienen el interés de salir a vacaciones habiendo
cobrado el total de sus percepciones; luego entonces en este asunto de las
nóminas de Magisterio, igual no hay nada oculto, no hay nada doloso, no hay
razón para presumir que se están haciendo actos que podamos nosotros calificar
de corrupción; están pendientes estas aclaraciones, pero insisto el hecho de
que existan las nóminas y que estén firmadas las nóminas, no nos permite a
nosotros suponer que hay desvío de recursos o actos de ilegalidad; es cuanto
compañero Presidente y estamos listo para contestar la pregunta, sí es que si
lo deseo, que me desea hace el Diputado Cano.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Diputado hablan que no se extingue
responsabilidades, yo quisiera que nos explicara entonces cuáles se extinguen
de acuerdo en lo que es el Artículo 43 de la Ley de Fiscalización; qué entiende
usted cuando esta habla de que extingue las obligaciones derivadas de fianzas,
garantías o cauciones de los Funcionarios empleados que manejan los fondos
públicos, qué entiende usted por la extinción de las responsabilidades
fiscales, administrativas, responsabilidades administrativas y políticas de los
Titulares Funcionarios o empleados de las Entidades y qué entiende usted por la
extinción de las responsabilidades de carácter civil y penal conforme a las
leyes de la materia, es decir, a mi me parece que genéricamente hablar de que
no extinguen responsabilidades que creo que es tan exagerado como decir que
extingue todas y queda claro, pero aquí el señalamiento que hace es en el
sentido, y la otra, es decir la primera que iba hacer es ésta, tiene que ver
con la cuenta del 99, cuál fue el resultado para yo poder votar a favor como lo
pide, cuál fue el resultado de la revisión que se hizo por ejemplo de las
cuentas bancarias de la penitenciaría, aquellas que no nunca estuvieron
registradas, es decir.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Bien compañeros Diputados, cuando se dice que no se extinguen
las responsabilidades penales de acuerdo a las leyes de la materia, pues
obviamente sí estamos hablando de responsabilidades penales, estamos hablando
de los códigos penales, y luego entonces, sí una persona está acusada ante un
tribunal o es acusada por un delito del código penal, no es la Ley de
Contabilidad, Gasto Público, la que lo está responsabilizando, es un ejercicio
penal y aquí estamos hablando de delitos como es el robo, y estos no son de
ninguna manera extinguibles, porque estamos hablando de las leyes de la
materia, y en este caso las leyes de la materia son, las leyes penales.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Y las responsabilidades administrativas qué
extinguen entonces.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Las responsabilidades administrativas sí extinguen compañero
Diputado y aclaro el asunto, sí el Secretario de Educación en este caso aprueba
con el visto bueno del Oficial Mayor de que a estos maestros se le pague en una
nómina especial sus incrementos por quinquenios, por haber ascendido de maestro
de grupo a director o haber ascendido de director a inspector, y se encuentra
en las nóminas y todo está en orden, no hay responsabilidad administrativa que
se le pueda fincar al Secretario de Educación, porque está actuando de manera
correcta, solamente que se demostrase que uno de estos pagos tiene que ver con
actitudes fraudulentas, entonces, puede ser acusado penalmente y esta
responsabilidad penal no extingue una vez que se le demuestra que actuó con
dolo y que cometió un delito y entonces de acuerdo a nuestras leyes puede ser
acusado, vencido y después aplicaba la ley que los propios códigos penales
establecen; de modo tal compañero Diputado que yo insisto, es muy claro, de que
cuando estamos hablando de responsabilidades penales, estamos hablando también
de las leyes penales. Las administrativas ya lo comenté Diputado. Y en cuanto a
la otra pregunta que hacía el Diputado cuál era.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Sobre el resultado de la investigación respecto
de las dos cuentas aperturadas en la penitenciaría, que no han sido
fiscalizadas, que no fueron remitidas al Congreso, etc.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Compañero Diputado, esas cuentas están en investigación, no
tenemos nosotros todavía el resultado, pero habría, compañero Diputado nada más
no se le olvide que estas cuentas no fueron aperturadas en forma oficial,
fueron aperturadas por un particular, en este caso estamos hablando de una
religiosa, que realiza trabajos dentro de la penitenciaría y que entendemos
nosotros que se cometieron errores por parte de algún funcionario que
permitió..
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: (Desde su curul). Y la responsabilidad Diputado.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Compañero Diputado, sí usted demuestra que actuó de mala fe,
tiene toda la personalidad jurídica y capacidad política para ir ante un
Tribunal y acusarlo formal y penalmente, y esta acusación tendrá sus causes y
sus resultados sí usted demuestra que se actuó con mala fe y desde luego tendrá
que sufrir este funcionario las consecuencias de incumplir o de haber realizado
actos fraudulentos; desde luego que no estamos de acuerdo con su criterio
compañero Diputado, son mis puntos de vista y sí no estamos de acuerdo bueno
pues evidentemente no lo vamos a estar, es cuanto ciudadano Presidente.
- EL C. PRESIDENTE:
El compañero Esparza lo quiere interpelar, acepta la interpelación.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: (Desde su curul). Sí, bueno como miembro también de la
Comisión de Hacienda, yo quisiera saber cómo se enteró él que la cuenta, las
cuentas bancarias a que se hace referencia el Diputado Cano, no se abrió un
particular, porque yo aún estoy en espera del resultado de la investigación
especial que se iba a llevar a cabo en torno a estas cuentas bancarias, están
abiertas hasta donde sabemos a nombre del Gobierno del Estado, pero la firma y
su respuesta que las abrió un particular, yo quisiera tener información también
para no poder seguir especulando, sí hay responsabilidad o no hay
responsabilidad del Gobierno del Estado.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Festejo mucho compañeros Diputados sus comentarios; porque dice
usted que no tenemos información oficial y efectivamente no la tenemos, por eso
yo decía hace rato que no tenemos el resultado de la investigación y que si no
tenemos el resultado de la investigación no podemos ni debemos calificar el
trabajo de todo un Gobierno del Estado, por eso precisamente es que yo estoy
convencido de que debemos de votar en favor de estas cuentas públicas,
presuponer que se actuó con dolo, bueno es este demasiado aventurado y yo
festejo mucho su comentario Diputado en el sentido de que dice que no tenemos
información oficial al respecto y sí no tenemos información oficial al
respecto, por qué calificar una cuenta como no aprobatoria y por una situación
desconocida descalificar el trabajo de un funcionario, lo cual me parece a mi
injusto y no hay que olvidar el criterio jurídico que todos queremos seguir
disfrutando en México, al menos yo quisiera seguir disfrutando en México de que
todos somos inocentes hasta que se nos demuestre lo contrario, es cuanto
Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien compañeros, muchas gracias. Bien, hemos concluido con la
segunda ronda, yo preguntaría a los compañeros Diputados sí ha quedado
completamente o suficientemente discutido el asunto en cuestión, ya está
completamente discutido. Bien, entonces vamos a iniciar la votación
correspondiente al Dictamen 488, compañera por favor solicite el sentido del
voto de cada uno de los compañeros Diputados en relación al Dictamen 488 por
vía nominal.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, por instrucciones de la Presidencia favor de
emitir el sentido de su voto por vía nominal del Dictamen 488 de la Comisión de
Hacienda y Administración, iniciamos por la derecha.
- Antonio Cano,
en contra de la impunidad y por tanto en contra del dictamen.
- Héctor
Esparza, en contra.
- Edgar
Fernández, en contra.
- Raquel
Casillas, en contra.
- Sergio Avitia
Nalda, en contra.
- David
Gutiérrez Piceno, en contra.
- Ruvalcaba, en
contra.
- Martín
Domínguez, a favor.
- Sócrates
Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Alejandro
Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor
Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a
favor.
- Alejandro
Bahena Flores, a favor.
- Guillermo
Aguilar kaiten, a favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Algún Diputado falta de votar; algún Diputado falta de votar; por
la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña
Mosqueda, a favor del Dictamen 488 de la Comisión de Hacienda y Administración.
- Olivia
Villalaz, en contra.
- José Arango,
a favor.
- Gilberto
Flores Muñoz, se abstiene.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente el resultado de la votación es el siguiente,
tenemos ocho votos en contra, diez a favor y una abstención.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Puede usted hacer uso de la palabra para razonar su abstención
compañero.
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Muchas gracias compañero. Miren la verdad que me cuesta mucho
tomar una decisión al respecto de la cuenta pública, les decía ayer que nos
hemos dado a la tarea de revisar doce cuentas públicas que se han revisado con
el auxilio de la Contaduría Mayor de Hacienda y la Comisión de Hacienda y
Administración de este Congreso, y nos encontramos alrededor de 238
irregularidades, y nomás para que tengan una idea, por ejemplo los Gobiernos de
Acción Nacional tenemos Entidades que tienen nueve irregularidades y otros que
tiene 32 irregularidades, en el caso de los Gobiernos del P.R.I., uno que tiene
22 irregularidades y otro que tiene 28 irregularidades, irregularidades que son
de carácter administrativo, deuda pública, egresos, egreso y legalidad, ingreso,
ingreso y legalidad, ingreso y patrimonio, patrimonio y patrimonio ilegalidad;
de estas las de egresos alrededor del 20%, irregularidades de alrededor del
20%, de egreso ilegalidad alrededor 17% y de patrimonio el 32%, estas tres
irregularidades conforman el 70% de todas las irregularidades encontradas en
estas cuentas, y estamos hablando de 12 cuentas públicas, tenemos 100 Entidades
Públicas que se están revisando, esto nos queda claro que hay un enorme
deficiencia de carácter administrativa y que obviamente afecta a la eficacia
del gobierno, a nosotros nos queda claro que muchas de estas irregularidades
están fincadas en un modelo de gobierno presidencial, centralista que da lugar
a la discrecionalidad en el ejercicio de las acciones de gobierno, nos queda
claro también que la legislación vigente no, no permite resolver todas estas
irregularidades, poder negar las cuentas públicas y ténganlo por lo seguro que
esto en nada va a contribuir a resolver todas estas irregularidades que
tenemos; yo creo que es urgente que este Congreso tome las cosas en serio
verdad, y proceda a iniciar la creación de nuevas leyes que de una vez por
todas resuelvan estos problemas que estamos ventilando, esto nos queda claro
que esto ha sido una oportunidad para esta XVI Legislatura llegar a esta etapa,
porque en esta etapa estamos haciendo un balance por lo menos de los dos
últimos años del ejercicio de gobierno de todas las Entidades Públicas del
Estado, yo compañeros Diputados los invito verdad a que en el poco tiempo que
nos queda hagamos un esfuerzo para fincar un modelo más apropiado en el Estado
de Baja California, que nos permita avanzar en la transición democrática, esto
nos indica claramente que hay que replantearnos el ejercicio de gobierno, hay
que hacer una verdadera reforma en las instituciones públicas, y bueno pues yo
creo que esta Legislatura el poco tiempo que le queda puede contribuir verdad,
dejarle claro el camino a la próxima Legislatura por donde debe de la
eficiencia administrativa que hay en los gobiernos, de quienes gobiernan en
este momento en Baja California, sería una irresponsabilidad de nuestra parte,
y por otro lado también sería si no empezamos a definir un camino que dé marcha
atrás a esta situación; por eso yo me he abstenido verdad en esta votación,
porque no me satisface, la verdad que no me satisface, creo que el asunto este,
este candado que la misma Ley de Fiscalización señala en el que permite la
extinción de las responsabilidades, bueno pues eso no es nada más que, no es
más que fortalecer el modelo presidencial, discrecional, autoritario, central,
etc., etc., que da lugar por necesidad y así lo creo yo a la deficiencia, da
lugar a la deficiencia, da a lugar a la discrecionalidad, entonces tenemos que
modificar, o sea no es posible que en el momento que aprobemos una cuenta
pública, ya se extinguió toda responsabilidad de carácter fiscal, de carácter
administrativo, yo creo que eso es importante lo tenemos que revisar, tenemos
que modificar la ley, las cosas no quedan aquí, nosotros esperemos, y yo creo
que es responsabilidad de este Congreso darle seguimiento al curso que sigan
las investigaciones que van a realizar tanto la Contraloría del Estado, como
las Sindicaturas, sin embargo nosotros creemos que tal como están conformadas
las Sindicaturas que no son, las Sindicaturas y la Contraloría que no son
Entidades de peso y contrapeso, porque forman parte de los Ejecutivos, pues
creo que muy poco también van a ser, yo creo que es importante modificar estas
instituciones para que verdaderamente se encarguen de vigilar que el ejercicio
de gobierno se apegue total y absolutamente de acuerdo al marco legal vigente,
o del marco legal que debiera de dar pie a la modificación, porque el vigente,
el marco legal vigente seguramente no permite que se resuelvan estos problemas,
por lo tanto se debe de reformar, se debe de cambiar y fortalecer a estas dos
instituciones, hay quienes señalan que en el caso de la Contraloría debería,
debería haber Contraloría dentro del
Gobierno, de los Gobierno Central y de los Ayuntamientos, pero también debería
haber una Contraloría ciudadana, verdad que esté, que sea una vigilancia
externa y no solamente se vigilen así mismo los Poderes y los Ayuntamientos, en
fin, esto ha sido una oportunidad extraordinaria para esta XVI Legislatura y
particularmente para nosotros verdad, de la Fracción Parlamentaria del P.R.D.,
que nos ha permitido ve, tener una visión del bosque, y no solamente de las
ramas sobre los problemas de eficiencia administrativa que hay en los gobiernos
que actualmente conducen los destinos de Baja California, entonces yo los
invito a que hagamos un esfuerzo extraordinario en el poco tiempo que nos queda
para, por ejemplo trabajar en el Organo Superior de Fiscalización verdad, este
es de fundamental importancia y ya lo habíamos dicho el día de ayer en que
términos, cuál sería el contenido de este Organo Superior de Fiscalización, y
muchas gracias por su atención compañeros.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, entonces pues hemos concluido con el debate del Dictamen 488
y se aprueba en lo general por 10 votos a favor, 8 en contra y una abstención,
se aprueba en lo. Una vez aprobado en lo general y en lo particular, es de
aprobarse y se aprueba el Dictamen 488 de la Comisión de Hacienda y
Administración en los términos que fue leído por el Diputado Sócrates Bastida
Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año 2001.
Entonces pasaríamos al siguiente Dictamen que es el número 501 del cual dará
lectura el compañero Antonio Cano Jiménez, que se refiere a las cuentas
públicas del XVI Ayuntamiento de Tijuana por el ejercicio fiscal de 1999.
- EL C. DIP.
CANO JIMENEZ: Con su permiso señor Presidente. Recibió esta Comisión, para su
estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP031/2000 de
fecha 16 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda
emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento de
Tijuana, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de
enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente
dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 30
de marzo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública
Anual del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 4 de octubre de 1999, la
Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad,
para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 16 de junio del 2000,
se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la
revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los
Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia
con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo
48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión
ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en
los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes
salvedades: a) La Entidad al 31 de diciembre de 1999 presenta diversas partidas en
conciliación, tales como: cargos bancarios por la cantidad de $ 629,533;
cheques de caja cobrados por $ 321,204 que provienen de 1998; depósitos no
considerados por el banco por $ 98,094; y depósitos bancarios no registrados en
libros por $ 105,838 provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 1999
de varias cuantas bancarias, movimientos bancarios que no han sido aclarados a
la fecha, así mismo en la cuenta de Deudores Diversos se tiene un saldo de $
124,981 originado principalmente por el traspaso de cargos bancarios no
aclarados, los cuales se eliminaron de las conciliaciones bancarias de
ejercicios anteriores. b) Principalmente proveniente de administraciones
anteriores, se encuentran registrados contablemente cheques devueltos por
insuficiencia de fondos por $ 80,649 con los cuales se presume que fueron
pagadas contribuciones municipales, los cuales no han sido localizados. c) La
Entidad celebró el 23 de enero de 1996 Convenio de Colaboración con la Unidad
Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico otorgado por la cantidad de
$ 5’058,388 para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra
Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de
éste, intereses del 30% anual; con fecha 15 de mayo de 1997, se celebró
convenio modificatorio incrementándose el apoyo en $3’710,126 para formar un
total de $ 8’768,514; con fecha 17 de julio de 1998 se celebró un segundo
convenio modificatorio, estableciéndose como fecha para la restitución o
compensación de las sumas otorgadas el día 30 de noviembre de 1998,
incumpliéndose lo convenido ya que hasta la fecha, no se ha recuperado cantidad
alguna, presentándose cuenta por cobrar por la cantidad de $14’509,095, de la
cual $ 8’768,514 corresponden a los apoyos y $5’740,581 a los intereses. d) Al
cierre del ejercicio la Entidad presenta en cuentas por cobrar diversos saldos
de deudores por la cantidad de $ 128,927 que corresponde a 24 saldos
provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado evidencia
de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe la incertidumbre en
cuanto a su recuperabilidad. e) Se determinó diferencia por $ 27’362,670 entre
el saldo contable de Bienes Muebles de $188’545,434 con el saldo que arroja el
padrón emitido por Oficialía Mayor por $161’182,764, la cual se encuentra
sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran
resultar al concluirse su aclaración; por otro lado se realizó inspección
física en forma selectiva de los bienes muebles, no localizándose el equipo el
cual corresponde a la Dirección de Seguridad Pública, mismo que consiste en 19
radios portátiles, 39 chalecos antibalas, 2 armas y diverso equipo de oficina;
por lo que respecta a Bienes Inmuebles se determinó diferencia de $ 17’596,771
entre el saldo contable en la cuenta de Bienes Inmuebles de $ 1,585’949,919,
con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor de $ 1,568’353,148, mismo
que no ha sido aclarado ni ajustado, desconociéndose los efectos que pudieran
resultar al aclararse la diferencia en comento. f) La Entidad según
Acuerdo de Cabildo de fecha 17 de febrero de 1997, autorizó la posesión y
transferencia de oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados
al servicio de la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante
los procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se
asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto Nº 166,
disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles por un valor de $
6’278,345, sin incluir la totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la
autorización de desincorporación por parte de la Legislatura Constitucional del
Estado, incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo
no se ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por Tijuana y los
bienes recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito. g) La
Entidad adquirió durante el ejercicio de 1998 equipo de transporte, equipo de
cómputo y de oficina, equipo de radio comunicación y otros equipos por la
cantidad de $ 820,430 con recursos asignados para los gastos indirectos del
Programa de Obra Social Fondo III Infraestructura Social Municipal, los cuales
se reconocieron en el egreso, sin haberse capitalizado e incorporado al padrón
de bienes muebles de Oficialía Mayor. h) La
Entidad al 31 de diciembre de 1999 tiene registrado dentro de la cuenta de
Bienes Inmuebles y en el padrón de Oficialía Mayor, el terreno con clave
catastral PT-122-001 con superficie de 32,150 m², el cual corresponde al
Complejo Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José con un valor de
$ 26’588,856 que incluye terreno y construcción, del cual se carece de la
documentación legal que sustente su propiedad, mismo que de acuerdo al Decreto
No. 194 de fecha 20 de julio de 1983 fue autorizada su desincorporación del
patrimonio del dominio público del Gobierno del Estado y la enajenación a
título gratuito a favor del Ayuntamiento de Tijuana, B.C. i)
La
Entidad no ha
incorporado a su patrimonio diversos bienes inmuebles con valor catastral de $
491’132,682, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la
Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, mismos que se
encuentran registrados contablemente en cuentas de orden. j) La
Entidad no ha
efectuado una conciliación de saldos entre lo asentado en sus registros
contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de
Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por concepto de consumo de agua,
existiendo una diferencia de menos en registros contables de $ 302,334 toda vez
que la CESPT presenta cargos por $ 8’728,413, de los cuales se registraron
$7’418,397 en cuentas de orden, y $ 1’007,682 como pasivo, aduciendo el
Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo, existiendo
incertidumbre sobre los efectos que al respecto pudiesen resultar. k)
La Entidad presenta en sus estados financieros cuentas por pagar por la
cantidad de $ 1’601,478 que se integra por saldos provenientes de los años de
1996, 1997 y 1998, los cuales están siendo investigados por la Entidad, para
determinar la procedencia de los adeudos. Se determinaron diferencias de $
86’045,140 entre los saldos registrados contablemente en cuentas de orden por $
519’065,067 y el saldo que arrojan los padrones de la Recaudación de Rentas por
$ 433’019,927 de los conceptos de: Rezago de Impuesto Predial e Impuesto por
Plusvalía del Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del Rincón; por lo que respecta
al padrón de Línea Amarilla se valúo incorrectamente, toda vez que los derechos
a cargo de los contribuyentes se cuantificaron considerando una cuota tarifaria
promedio, arrojando un valor al 31 de diciembre de 1999 de $ 5’607,533, en
tanto que los recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto
del padrón, dado que estos se expiden conforme a la tarifa establecida que
corresponde según su ubicación de acuerdo a lo previsto en la Ley de Ingresos
vigente. m) Los estados financieros incluyen $ 1’319,146 de Adeudos por Cobrar
derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados
directamente por el Departamento Administrativo de la Policía Comercial,
Bancaria e Industrial, mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días
a 7 años, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia
policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el
servicio, conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del
Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999; por otro lado, la
operación realizada durante el ejercicio por la Policía Comercial, Bancaria e
Industrial le causó a la Entidad un déficit operativo por la cantidad de $
6’443,973, el cual es resultado de comparar los ingresos obtenidos por $
25’189,406 con los egresos efectuados por
$ 31’633,379, de los cuales $ 29’869,393 corresponden al pago de sueldos
y prestaciones. n) Entidad durante el ejercicio de 1999
percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la
Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $
46’645,872, los cuales generaron intereses financieros por $ 3’120,945 cifra
que se determinó aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los
excedentes de efectivo, obteniéndose en global recursos hasta por $ 49’766,817
de los cuales se ejercieron recursos según reporte de inversión por la cantidad
de $ 46’627,679 y según
registros contables de $ 46’644,584, determinándose una diferencia de $ 16,905;
por otra parte la Entidad no proporcionó relación de las obras realizadas con
los accesorios provenientes de la inversión temporal de los excedentes. Por
otro lado al comparar los recursos federales recibidos con el monto de la
inversión ejercida al cierre del ejercicio según el informe de inversión
pública, se obtiene que el saldo del efectivo disponible es de $ 18’193, sin
incluir los accesorios, sin embargo el saldo contable de la cuenta bancaria en
la que se depositan las aportaciones es de $ 810,712, existiendo una diferencia
en bancos de $ 792,519, debido a que no se lleva control estricto de los
recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se operen las
entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó documentación de
los expedientes de obra referente a alguna de las obras realizadas en el
ejercicio. ñ) La Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad
de $ 157’101,396 los cuales
generaron intereses financieros por $ 2’912,845 cifra que se determinó
aplicando la tasa promedio mensual de mercado de dinero a los excedentes de
efectivo, obteniéndose en global recursos hasta por $160’014,241, los cuales
según reporte de asignación de recursos se ejercieron $157’101,396, sin haberse
aplicado los accesorios, desconociéndose el destino especifico de dichos
recursos, toda vez que el saldo en la cuenta bancaria en la que se depositan
las aportaciones del Fondo IV presenta saldo al cierre del ejercicio de $
3,603, debido a que no se contó con una cuenta bancaria exclusiva en la que se
controlen las entradas y salidas de este fondo; por otro lado no se proporcionó
información en la que se señale en que obras o acciones se utilizaron los
recursos por la cantidad de $ 5’500,000 aportados a la paramunicipal Instituto
Municipal del Deporte de Tijuana (IMDET), así mismo la Entidad no proporcionó
evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el
Artículo 33 Fracción III que consigna que los Municipios deberán informar a sus
habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados. Como
se describe en Informe Adicional, se determinaron algunas deficiencias y fallas
de control interno administrativo en la cancelación de adeudos de Impuesto
Predial por prescripción de créditos fiscales sustentados en algunos casos con
solicitudes de prescripción no promovidas y firmadas directamente por los
contribuyentes registrados en el catastro y en el padrón de adeudos, sin
gestionarse la modificación correspondiente previo trámite y pago de las
contribuciones municipales correspondientes, así como contraviniendo la
política establecida se aplicó prescripción de créditos fiscales aún cuando los
contribuyentes no efectuaron liquidación de adeudos a su cargo de ejercicios
subsecuentes a los cancelados; adicionalmente se observó que se eliminaron del
padrón de rezagos de Impuesto Predial adeudos del ejercicio fiscal de 1994 y
años anteriores en virtud de que en los términos de Ley no se efectuaron
acciones legales para hacer efectivos esos créditos fiscales mediante el
procedimiento administrativo de ejecución que se consigna en los Artículos 112
y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California; así como
se identificaron 2,067 recibos mediante los cuales los contribuyentes pagaron
su contribución de Impuesto Predial en la Recaudación de Rentas Municipal, en
las Delegaciones y en bancos, que arrojan la suma de $ 2’278,659 que no fueron
registrados en su oportunidad en el sistema de Impuesto Predial de la
Recaudación de Rentas Municipal por problemas técnicos, posteriormente se
registraron 889 de estos recibos por un importe de $1’486,036 situación que
ocasiona que algunos adeudos del padrón no sean correctos. p) Como se detalla en Informe Adicional, la
Entidad efectuó cobros de gastos de ejecución en el año de 1999 a
contribuyentes del Impuesto Predial sin haberse proporcionado la evidencia
documental que acredite que efectivamente los contribuyentes fueron requeridos
mediante el procedimiento administrativo de ejecución, que se establece en los
Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja
California, así mismo sin sustento legal que lo establezca, se pagaron gastos
de ejecución al personal administrativo del Departamento de Impuesto Predial y
del Departamento de Informática dependientes de la Tesorería Municipal,
incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 de la Ley en comento, en
donde se establece que los gastos de ejecución entre otros conceptos comprenden
los honorarios de los ejecutores que practicaron los requerimientos así como
que consigna el procedimiento de distribución de honorarios al personal
administrativo de un 1% del monto del adeudo, debiendo distribuirse
mensualmente con base al sueldo presupuestal que devenguen. q) Entidad efectuó cobro de contribuciones
municipales por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de
Ingresos del Municipio de Tijuana, B.C. vigentes en el ejercicio fiscal en que
se dio el hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia de
Impuesto Predial, siendo el monto cobrado de menos de $ 378,227, sobre el cual
no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por
la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas; así
mismo, se omitió remitir 17,921 recibos oficiales de ingresos habiéndose
remitido en algunos casos en copia y en otros casos se presume que por fallas
en el sistema de recaudación no se expidieron, sin embargo no se remitió oficio
donde el área de informática certifique el hecho; así como no se solventaron 53
recibos oficiales en los que se efectuaron pagos de rezagos de Impuesto Predial
sin haberse cobrado recargos, según manifiesta la autoridad fiscal por tratarse
de primer avalúo. r) Como se describe en Informe Adicional en los
meses de abril a junio se detectaron 650 vales duplicados con un mismo número
de folio, así como, se suministraran en la Delegación de Playas de Tijuana
1,170 vales que originalmente fueron asignados para consumo de otra Delegación
o de la Zona Centro o que no se identifican o no se localizaron los controles
donde se registra la asignación original de los vales, haciéndose efectivos en
forma irregular la cantidad de 1,187 vales de gasolina, siendo el monto
cuantificado del presunto daño patrimonial causado a la hacienda municipal por
la posible comisión de delitos por servidores públicos que se desempeñaban en
la Entidad, la cantidad de $ 205,561.67, motivo por el cual la Sindicatura
Municipal inhabilitó a 4 servidores públicos y promovió denuncia penal ante la
Procuraduría General de Justicia del Estado por perjuicio al patrimonio del
Ayuntamiento por $ 96,311, reservándose el derecho de ampliar la querella en
virtud que la revisión aún se encontraba en proceso. A través de Desarrollo Social Municipal y conjuntamente con la
Comisión de Obra, integrada esta última por representantes de los vecinos, se
celebró contrato Nº 99/0195, por un monto de $ 494,872 para la realización de
la obra de electrificación de la colonia Xicoténcatl II, Tijuana, B.C.,
observándose que para llevar a cabo la contratación de la obra referida no se
dio cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas, Equipamientos,
Suministros y Servicios relacionados con la misma del Estado de Baja
California, al no haberse efectuado el concurso conforme a los requisitos,
procedimientos y lineamientos que estipulan los Artículos 33, 34, 43, 44, 45,
48 y 49 de la mencionada Ley, observándose que la responsabilidad del proceso
para la selección del contratista y adjudicación del contrato recayó sobre la
Comisión de Obra, situación que no está prevista en la Ley en comento; de igual
forma se observó que del importe erogado por $ 448,804, de los cuales $ 380,000
corresponden a recursos del Ramo 33 Fondo III, sólo fueron proporcionadas las
facturas sin existir evidencia documental en el expediente técnico del soporte
comprobatorio de los trabajos que fueron realizados y pagados, tales como:
resumen de conceptos y cantidades de obra ejecutados con cargo a cada una de
las facturas, datos y números generadores con las referencias de ubicación de
la obra ejecutada, lo anterior debidamente autorizado y firmado por la
supervisión de obra. Por otra parte, en la revisión documental de la
integración de los expedientes se observó que no se ha llevado a cabo el acto
de entrega-recepción de algunas obras, situación que de conformidad a lo expresado por la Entidad, se debe
principalmente a la falta de pago de la aportación de la parte correspondiente
a los vecinos, en las siguientes obras: SECTOR SALVATIERRA: Electrificación de
la Colonia Xicoténcatl; SECTOR LOS PINOS: Pavimentación Avenida de las Rosas,
Loma Dorada, Pavimentación Calle Angelina, Fracc. Campos; SECTOR MIGUEL ALEMAN:
Pavimentación Calle La Costa, Col. Puerta del Sol; SECTOR FLORIDO:
Pavimentación Calle Mitla, Col. Matamoros Centro; SECTOR LA MESA: Pavimentación
Calle Laguna Salada, Col. Los Santos, Pavimentación Calle San Felipe, Col. Los
Santos, Pavimentación Avenida Acueducto, Col. Camino Verde; SECTOR SANCHEZ
TABOADA: Pavimentación Calle Huitzilopochtli, Col. Cuauhtémoc, Pavimentación
Calle Rumorosa, Col. Felipa V.; SECTOR CENTRO: Pavimentación Calle 24 de Abril,
Fracc. La Remosa. El Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de
Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, autorizados inicialmente por
el Cabildo no incluyen las cifras relativas a los presupuestos del Departamento
de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial, debido a que no se elaboraron,
manifestando la Entidad que se rigen con presupuesto de egresos base cero, en
consecuencia tampoco se elaboraron ni se apoyaron en programas que señalen
objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, situación que impidió
efectuar un seguimiento presupuestal y programático del gasto público,
incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 26 Fracción II, Artículo 30 párrafo
segundo y Artículos 56 y 58 y demás aplicables de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público y Artículo 43 Fracción XXI de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Municipal, ambas del Estado de Baja California. u) La
Entidad incumplió con lo previsto en el Artículo 43 Fracción IV de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda
vez que no remitió al Congreso del Estado dentro de los quince días siguientes
a la fecha en que se efectuaron los avisos de las modificaciones presupuestales
resultantes de ampliaciones automáticas de $ 82’401,129 y transferencias presupuestales de $
5’271,945; así como con excepción de la modificación presupuestal del área
Junta Municipal de Controversias se incumplió con lo dispuesto en el penúltimo
párrafo de la disposición legal en comento, debido a que no se acompañó a los
avisos de modificación presupuestal la información sobre los programas y
subprogramas creados o afectados. v) La Entidad durante el ejercicio no dio cabal
cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la Ley de Fiscalización de las
Cuentas Públicas para el Estado de Baja California que establece la obligación
de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones formuladas y
remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la revisión de la
documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual,
debido a que la solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de
Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 173 y 152 días posteriores del
plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque algunas nóminas no contienen la
firma de recibí de los servidores públicos que recibieron las percepciones por
$3’925,373 no se comprobaron erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III
de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal por la cantidad de
$105,390 y se remitieron comprobantes en copia por $ 59,500, así como porque no
se remitió la documentación comprobatoria correspondiente a la aportación
municipal del Convenio Estado-Municipio por obra social comunitaria por
$1’497,606. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se
permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes
puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la
Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos, de la Cuenta Pública
de Egresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI Ayuntamiento de
Tijuana, Baja California a los CC. Lic. Francisco Arturo Vega de Lamadrid y
C.P. Roberto Zavala Gutiérrez, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de
diciembre de 1999. SEGUNDO.- Con motivo de que la Entidad al cierre del
ejercicio presenta diversas partidas en conciliación, tales como: cargos
bancarios; cheques de caja cobrados que provienen de 1998; depósitos no
considerados por el banco; y depósitos bancarios no registrados en libros
provenientes de los ejercicios de 1996, 1997, 1998 y 1999 de varias cuentas
bancarias, movimientos bancarios que no han sido aclarados a la fecha, así
mismo porque en la cuenta de Deudores Diversos se tiene un saldo originado
principalmente por el traspaso de cargos bancarios no aclarados, los cuales se
eliminaron de las conciliaciones bancarias de ejercicios anteriores; así mismo
porque principalmente proveniente de administraciones anteriores, se encuentran
registrados contablemente cheques devueltos por insuficiencia de fondos con los
cuales se presume que fueron pagadas contribuciones municipales, los cuales no
han sido localizados; porque se celebró el 23 de enero de 1996 Convenio de
Colaboración con la Unidad Municipal de Urbanización (UMU) por apoyo económico
otorgado para sufragar compromisos derivados de la ejecución de la obra Blvd.
Manuel de Jesús Clouthier del Rincón, derivándose en los términos de éste,
intereses del 30% anual; con fecha 15 de mayo de 1997, se celebró convenio
modificatorio incrementándose el apoyo; con fecha 17 de julio de 1998 se
celebró un segundo convenio modificatorio, estableciéndose como fecha para la
restitución o compensación de las sumas otorgadas el día 30 de noviembre de
1998, incumpliéndose lo convenido ya que hasta la fecha, no se ha recuperado
cantidad alguna, presentándose en los estados financieros cuenta por cobrar la
cual se integra por apoyos otorgados y por los intereses; debido a que se
presenta en cuentas por cobrar diversos saldos de deudores que corresponden a
24 saldos provenientes de ejercicios anteriores, sin que se haya proporcionado
evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, de los cuales existe
incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad; porque se determinó diferencia
entre el saldo contable de Bienes Muebles con el saldo que arroja el padrón
emitido por Oficialía Mayor, la cual se encuentra sujeta a conciliación y
aclaración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse su
aclaración; por otro lado se realizó inspección física en forma selectiva de
los bienes muebles, no localizándose equipo el cual corresponde a la Dirección
de Seguridad Pública, mismo que consiste en 19 radios portátiles, 39 chalecos
antibalas, 2 armas y diverso equipo de oficina; por lo que respecta a Bienes
Inmuebles se determinó diferencia entre el saldo contable en la cuenta de
Bienes Inmuebles, con el saldo que arroja el padrón de Oficialía Mayor, mismo
que no ha sido aclarado ni ajustado; así como porque según Acuerdo de Cabildo
de fecha 17 de febrero de 1997, se autorizó la posesión y transferencia de
oficinas, archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de
la comunidad del nuevo Municipio de Playas de Rosarito, mediante los
procedimientos legales y administrativos correspondientes, como a su vez se
asienta en el Artículo DECIMOSEGUNDO Transitorio del Decreto Nº 166,
disminuyendo de su patrimonio bienes muebles e inmuebles, sin incluir la
totalidad de los bienes cedidos, y sin contar con la autorización de
desincorporación por parte de la Legislatura Constitucional del Estado,
incumpliendo con ello lo señalado en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Municipal del Estado de Baja California, así mismo no se
ha efectuado una conciliación entre los bienes cedidos por Tijuana y los bienes
recibidos y reconocidos por Playas de Rosarito; porque se adquirió durante el
ejercicio de 1998 equipo de transporte, equipo de cómputo y de oficina, equipo
de radio comunicación y otros equipos con recursos asignados para los gastos
indirectos del Programa de Obra Social Fondo III Infraestructura Social
Municipal, los cuales se reconocieron en el egreso, sin haberse capitalizado e
incorporado al padrón de bienes muebles de Oficialía Mayor; debido a que al
cierre del ejercicio se tiene registrado dentro de la cuenta de Bienes
Inmuebles y en el padrón de Oficialía Mayor, el terreno con clave catastral
PT-122-001 con superficie de 32,150 m², el cual corresponde al Complejo
Turístico Plaza México conocido como Cortijo San José que incluye terreno y
construcción, del cual se carece de la documentación legal que sustente su
propiedad, mismo que de acuerdo al Decreto No. 194 de fecha 20 de julio de 1983
fue autorizada su desincorporación del patrimonio del dominio público del
Gobierno del Estado y la enajenación a título gratuito a favor del Ayuntamiento
de Tijuana, B.C.; así mismo porque no se ha incorporado al patrimonio diversos
bienes inmuebles, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de la
Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, mismos que se
encuentran registrados contablemente en
cuentas de orden; porque no se ha efectuado una conciliación de saldos entre lo
asentado en sus registros contables y lo confirmado por la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), respecto a los adeudos por concepto de
consumo de agua, existiendo una diferencia de menos en registros contables,
aduciendo el Ayuntamiento que dichos adeudos no le corresponden del todo,
existiendo incertidumbre sobre los efectos que al respecto pudiesen resultar;
debido a que se presenta en los estados financieros cuentas por pagar que se
integran por saldos provenientes de los años de 1996, 1997 y 1998, los cuales
están siendo investigados por la Entidad, para determinar la procedencia de los
adeudos; así como porque se determinaron diferencias entre los saldos
registrados contablemente en cuentas de orden y el saldo que arrojan los
padrones de la Recaudación de Rentas de los conceptos de: Rezago de Impuesto
Predial e Impuesto por Plusvalía del Blvd. Manuel de Jesús Clouthier del
Rincón; por lo que respecta al padrón de Línea Amarilla se valúo
incorrectamente, toda vez que los derechos a cargo de los contribuyentes se
cuantificaron considerando una cuota tarifaria promedio, en tanto que los
recibos oficiales emitidos por el sistema difieren con el monto del padrón,
dado que estos se expiden conforme a la tarifa establecida que corresponde
según su ubicación de acuerdo a lo previsto en la Ley de Ingresos vigente;
porque los estados financieros incluyen Adeudos por Cobrar derivados de los
Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados directamente por
el Departamento Administrativo de la Policía Comercial, Bancaria e Industrial,
mismos que presentan una antigüedad que varía de 30 días a 7 años, debido a que
las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia policiaca no son
pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el servicio, conforme a lo
dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tijuana,
B.C., para el ejercicio fiscal de 1999; por otro lado, la operación realizada
durante el ejercicio por la Policía Comercial, Bancaria e Industrial le causó a
la Entidad un déficit operativo; porque durante el ejercicio de 1999 se
percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la
Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal, los cuales generaron
intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual de
mercado de dinero a los excedentes de efectivo, determinándose una diferencia
entre los recursos ejercidos según reporte de inversión y contabilidad; por
otra parte no proporcionó relación de las obras realizadas con los accesorios
provenientes de la inversión temporal de los excedentes, por otro lado al
comparar los recursos federales recibidos con el monto de la inversión ejercida
al cierre del ejercicio según el informe de inversión pública, se obtiene una
diferencia en bancos no aclarada; debido a que no se llevó un control estricto
de los recursos en cuentas bancarias específicas en las que únicamente se
operen las entradas y salidas de este fondo; así mismo, no se proporcionó
documentación de los expedientes de obra referente a alguna de las obras
realizadas en el ejercicio; así como debido a que se percibieron recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios los cuales generaron
intereses financieros que se determinaron aplicando la tasa promedio mensual de
mercado de dinero a los excedentes de efectivo del monto global, según reporte
de asignación de recursos se ejercieron los recursos sin haberse aplicado los
accesorios, desconociéndose el destino especifico de dichos recursos, toda vez
que el saldo en la cuenta bancaria en la que se depositan las aportaciones del
Fondo IV presenta un saldo mínimo al cierre del ejercicio debido a que no se
contó con una cuenta bancaria exclusiva en la que se controlaran las entradas y
salidas de este fondo; por otro lado no se proporcionó información en la que se
señale en que obras o acciones se utilizaron los recursos aportados a la
paramunicipal Instituto Municipal del Deporte de Tijuana (IMDET); debido a que
se determinaron algunas deficiencias y fallas de control interno administrativo
en la cancelación de adeudos de Impuesto Predial por prescripción de créditos
fiscales sustentados en algunos casos con solicitudes de prescripción no
promovidas y firmadas directamente por los contribuyentes registrados en el
catastro y en el padrón de adeudos, sin gestionarse la modificación
correspondiente previo trámite y pago de las contribuciones municipales
correspondientes, así como contraviniendo la política establecida se aplicó
prescripción de créditos fiscales aún cuando los contribuyentes no efectuaron
liquidación de adeudos a su cargo de ejercicios subsecuentes a los cancelados;
adicionalmente se observó que se eliminaron del padrón de rezagos de Impuesto
Predial adeudos del ejercicio fiscal de 1994 y años anteriores en virtud de que
en los términos de Ley no se efectuaron acciones legales para hacer efectivos
esos créditos fiscales mediante el procedimiento administrativo de ejecución
que se consigna en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del
Estado de Baja California; así como se identificaron 2,067 recibos mediante los
cuales los contribuyentes pagaron su contribución de Impuesto Predial en la
Recaudación de Rentas Municipal, en las Delegaciones y en bancos, que no fueron
registrados en su oportunidad en el sistema de Impuesto Predial de la
Recaudación de Rentas Municipal por problemas técnicos, posteriormente se
registraron 889 de estos recibos situación que ocasiona que algunos adeudos del
padrón no sean correctos; porque se efectuaron cobros de gastos de ejecución en
el año de 1999 a contribuyentes del Impuesto Predial sin haberse proporcionado
la evidencia documental que acredite que efectivamente los contribuyentes
fueron requeridos mediante el procedimiento administrativo de ejecución, que se
establece en los Artículos 112 y 113 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado
de Baja California, así mismo sin sustento legal que lo establezca, se pagaron
gastos de ejecución al personal administrativo del Departamento de Impuesto
Predial y del Departamento de Informática dependientes de la Tesorería
Municipal, incumpliéndose lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 de la Ley en
comento, en donde se establece que los gastos de ejecución entre otros
conceptos comprenden los honorarios de los ejecutores que practicaron los
requerimientos así como que consigna el procedimiento de distribución de
honorarios al personal administrativo de un 1% del monto del adeudo, debiendo
distribuirse mensualmente con base al sueldo presupuestal que devenguen; así
como porque se efectuó cobro de contribuciones municipales por montos
inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del Municipio de
Tijuana, B.C. vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el hecho generador
del crédito fiscal, principalmente en materia de Impuesto Predial sobre el cual
no se proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por
la autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas; así
mismo, se omitió remitir 17,921 recibos oficiales de ingresos habiéndose
remitido en algunos casos en copia y en otros casos se presume que por fallas
en el sistema de recaudación no se expidieron, sin embargo no se remitió oficio
donde el área de informática certifique el hecho; así como no se solventaron 53
recibos oficiales en los que se efectuaron pagos de rezagos de Impuesto Predial
sin haberse cobrado recargos, según manifiesta la autoridad fiscal por tratarse
de primer avalúo; porque en los meses de abril a junio se detectaron 650 vales
duplicados con un mismo número de folio, así como, se suministraron en la
Delegación de Playas de Tijuana 1,170 vales que originalmente fueron asignados
para consumo de otra Delegación o de la Zona Centro o que no se identifican o
no se localizaron los controles donde se registra la asignación original de los
vales, haciéndose efectivos en forma irregular la cantidad de 1,187 vales de
gasolina, cuantificándose presunto daño patrimonial causado a la hacienda
municipal por la posible comisión de delitos por servidores públicos que se
desempeñaban en la Entidad, motivo por el cual la Sindicatura Municipal
inhabilitó a 4 servidores públicos y promovió denuncia penal ante la
Procuraduría General de Justicia del Estado por perjuicio al patrimonio del
Ayuntamiento, reservándose el derecho de ampliar la querella en virtud que la
revisión aún se encontraba en proceso; así mismo porque a través de Desarrollo
Social Municipal y conjuntamente con la Comisión de Obra, integrada esta última
por representantes de los vecinos, se celebró contrato Nº 99/0195 para la
realización de la obra de electrificación de la Colonia Xicoténcatl II,
Tijuana, B.C., observándose que para llevar a cabo la contratación de la obra
referida no se dio cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas,
Equipamientos, Suministros y Servicios relacionados con la misma del Estado de
Baja California, al no haberse efectuado el concurso conforme a los requisitos,
procedimientos y lineamientos que estipulan los Artículos 33, 34, 43, 44, 45,
48 y 49 de la mencionada Ley, observándose que la responsabilidad del proceso
para la selección del contratista y adjudicación del contrato recayó sobre la
Comisión de Obra, situación que no está prevista en la Ley en comento; de igual
forma se observó que del importe erogado una parte corresponde a recursos del
Ramo 33 Fondo III, sólo fueron proporcionadas las facturas sin existir
evidencia documental en el expediente técnico del soporte comprobatorio de los
trabajos que fueron realizados y pagados, tales como: resumen de conceptos y
cantidades de obra ejecutados con cargo a cada una de las facturas, datos y
números generadores con las referencias de ubicación de la obra ejecutada, lo anterior
debidamente autorizado y firmado por la supervisión de obra. Por otra parte, en
la revisión documental de la integración de los expedientes se observó que no
se ha llevado a cabo el acto de entrega-recepción de algunas obras, situación que de conformidad a lo expresado por la
Entidad, se debe principalmente a la falta de pago de la aportación de la parte
correspondiente a los vecinos, en las siguientes obras: SECTOR SALVATIERRA:
Electrificación de la Colonia Xicoténcatl; SECTOR LOS PINOS: Pavimentación
Avenida de las Rosas, Loma Dorada, Pavimentación Calle Angelina, Fracc. Campos;
SECTOR MIGUEL ALEMAN: Pavimentación Calle La Costa, Col. Puerta del Sol; SECTOR
FLORIDO: Pavimentación Calle Mitla, Col. Matamoros Centro; SECTOR LA
MESA: Pavimentación Calle Laguna Salada, Col. Los Santos, Pavimentación Calle
San Felipe, Col. Los Santos, Pavimentación Avenida Acueducto, Col. Camino
Verde; SECTOR SANCHEZ TABOADA: Pavimentación Calle Huitzilopochtli, Col.
Cuauhtémoc, Pavimentación Calle Rumorosa, Col. Felipa V.; SECTOR CENTRO:
Pavimentación Calle 24 de Abril, Fracc. La Remosa; debido a que el Presupuesto
de Ingresos y Egresos del Municipio de Tijuana, B.C., para el ejercicio fiscal
de 1999, autorizados inicialmente por el Cabildo no incluyen las cifras relativas
a los presupuestos del Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e
Industrial, debido a que no se elaboraron, manifestando la Entidad que se rigen
con presupuesto de egresos base cero, en consecuencia tampoco se elaboraron ni
se apoyaron en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables
de su ejecución, situación que impidió efectuar un seguimiento presupuestal y
programático del gasto público, incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 26
Fracción II, Artículo 30 párrafo segundo y Artículos 56 y 58 y demás aplicables
de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y Artículo 43 Fracción
XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, ambas del Estado
de Baja California; porque se incumplió con lo previsto en el Artículo 43
Fracción IV de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
de Baja California, toda vez que no se remitió al Congreso del Estado dentro de
los quince días siguientes a la fecha en que se efectuaron los avisos de las
modificaciones presupuestales resultantes de ampliaciones automáticas y
transferencias presupuestales; así como con excepción de la modificación
presupuestal del área Junta Municipal de Controversias se incumplió con lo
dispuesto en el penúltimo párrafo de la disposición legal en comento, debido a
que no se acompañó a los avisos de modificación presupuestal la información
sobre los programas y subprogramas creados o afectados y porque durante el
ejercicio no se dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 35 de la
Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California
que establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones
de la Cuenta Pública de Ingresos y de Egresos fue remitida hasta en 173 y 152
días posteriores del plazo de Ley, respectivamente; así mismo, porque algunas
nóminas no contienen la firma de recibí de los servidores públicos que
recibieron las percepciones y se omitió parcialmente la comprobación de
erogaciones efectuadas con recursos del Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal y se remitieron algunos comprobantes en copia, así como porque
no se remitió parte de la documentación comprobatoria correspondiente a la
aportación municipal del Convenio Estado-Municipio por obra social comunitaria,
túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tijuana, Baja California para
que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las medidas correctivas
que correspondan y se informe al Congreso del Estado para lo conducente. DADO.-
En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder
Legislativo, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los seis días del mes
de abril del dos mil uno. Está leído el Dictamen 501 y está a su consideración
para el rechazo correspondiente.
- EL C. PRESIDENTE:
Muchas gracias, se abre el debate, compañera Diputada Secretaria, por favor
elabore una lista de oradores en contra.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados que estén en contra del Dictamen 501 leído por
el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez, Secretario de la Comisión de Hacienda
y Administración, favor de manifestarse. No hay en contra Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Por lo tanto no da lugar a favor, vamos a iniciar la votación
solicite el sentido del voto de cada uno de los compañeros Diputados, en
relación al Dictamen 501 por vía nominal, empezando por el lado derecho.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados favor de emitir el sentido de su voto por vía
nominal del Dictamen 501 iniciando por la derecha.
- Antonio Cano,
en contra.
- Héctor
Esparza, en contra.
- Edgar
Fernández, por todas las observaciones que aquí se acabaron hasta el alfabeto,
le faltaron letras, a la mejor allá prima en contra.
- Raquel
Casillas, en contra.
- Sergio Avitia
Nalda, en contra.
- David
Gutiérrez Piceno, en contra.
- Martín
Domínguez, a favor.
- Sócrates
Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Alejandro
Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor
Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a
favor.
- Aguilar
Kaiten, a favor.
- Miguel Delfín
Castro, a favor.
- Alejandro
Bahena Flores, a favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Falta algún Diputado de votar; algún Diputado falta de votar; por
la Mesa Directiva.
- Olivia
Villalaz, en contra.
- José Arango,
a favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, se abstiene.
- EL C.
PRESIDENTE: Entonces me da el resultado.
- LA C.
SECRETARIA: Sí Diputado, el resultado que arroja la votación son 10 votos a
favor, 6 en contra y una abstención.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Favor de razonar su abstención Diputado Gilberto Flores.
- EL C. DIP.
FLORES MUCHOS: En los mismos términos que el anterior.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Muchas gracias compañero.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente, rectifico siete votos en contra.
- EL C.
PRESIDENTE: Siete votos en contra, bien entonces se aprueba el Dictamen 501 en
lo general por 10 votos a favor, 7 en contra y una abstención; una vez aprobada
en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 501
de la Comisión de Hacienda y Administración en los términos que fue leído por
el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días
del mes de abril del año 2001. Y pasamos al siguiente Dictamen que se refiere
al Dictamen número 503 que habrá de ser leído por el compañero Alejandro Bahena
Flores y se refiere a las cuentas públicas del XVI Ayuntamiento de Tecate por
el ejercicio fiscal.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Con su permiso ciudadano Presidente. Comisión de Hacienda y
Administración Dictamen número 503. Honorable Asamblea:
Recibió esta
Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº
DASC/OP034/2000 de fecha 28 de junio del 2000, mediante el cual el Contador
Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del XVI Ayuntamiento
de Tecate, Baja California, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de
enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente
dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 3
de mayo del 2000, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública
Anual del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California, en cumplimiento a lo
dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 8 de octubre de 1999, la
Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del XVI
Ayuntamiento de Tecate, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad,
para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley
de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría aplicables
al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 23 de junio del 2000, se llevó a
cabo la confronta de información financiera y de resultados de la revisión con
los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma fecha la
revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de
1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del Estado, el
revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los Municipios como se
establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia con el Artículo 22 de
la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado de Baja California, establece que la Comisión
de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria de dictamen legislativo.
TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado de Baja California y 42 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, a la
Comisión de Hacienda y Administración le corresponde el conocimiento de asuntos
relacionados con los ramos de hacienda y administración pública estatal o
municipal, para lo cual, entre otros asuntos, dictaminará sobre el resultado de
la revisión de la Cuenta Pública Anual de las Entidades señaladas en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada. CUARTO.- Que la Contaduría
Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización, dependiente y auxiliar del
Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta Pública que están obligados
a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, los
Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren o manejen fondos
o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización
aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las
Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a
satisfacción, excepto por las siguientes salvedades: a) Se presenta dentro del
saldo de efectivo la cantidad de $ 1´457,332, el cual corresponde al saldo
contable neto de 8 cuentas bancarias canceladas durante el ejercicio, esta cifra
difiere a lo asentado en las conciliaciones bancarias las cuales no presentan
saldo contable, debido a que éstas se elaboran con base en registros
extralibros, dichos saldos se encuentran en proceso de investigación y
depuración, desconociéndose los efectos que pudieran resultar. b) La
Entidad el 13 de enero de 1999, canceló 1a cuenta bancaria con Serfín, S.A.
número 094-122869-0, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de
la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja
California, el cual señala que “Los titulares de las Dependencias y Entidades
reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría Mayor de Hacienda el saldo,
número, tipo de cuenta y nombre de la institución bancaria correspondiente,
dentro de los quince días posteriores a su apertura e informarán sobre su
cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto ocurra”, toda vez
que dio aviso en forma extemporánea el día 26 de junio del 2000. Al cierre del
ejercicio la Entidad presenta en sus registros contables diversas cuentas por
cobrar por la cantidad de $ 141,274 el cual se integra de 24 saldos
provenientes de ejercicios anteriores, sin que haya sido proporcionado
evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, sobre los cuales existe
incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad. La Entidad presenta en sus
estados financieros al 31 de diciembre de 1999 un saldo por recuperar por
concepto de Rezago de Impuesto Predial por la cantidad de $ 68’009,770, el cual
no se encuentra depurado, toda vez que éste presenta deficiencias como: predios
que tributan con dos claves catastrales distintas, diferencias en las
superficies registradas en el padrón, omisión de adeudos y diferencias en la
determinación de los adeudos; además se presenta un saldo de $ 4’801,341 por
concepto de obras por recuperar derivado de obras de pavimentación y
electrificación, realizadas durante los ejercicios 1989 a 1992 y de 1996 a
1999, del cual algunos saldos que lo integran carecen de la documentación que
ampare el derecho de cobro de los mismos, por lo que existe incertidumbre sobre
la recuperabilidad de la totalidad del saldo en comento. Por otro lado, la
Entidad no dio cabal cumplimiento a lo establecido en los Artículos 112 y 113
de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, toda vez que
durante el ejercicio se emitieron requerimientos de notificación de adeudos de
años anteriores, los cuales no fueron diligenciados en su totalidad,
presentándose en cuentas de orden, adeudos de contribuyentes por un importe de
$ 78’299,813 que se detalla en el anexo en comento; así mismo, se determinó una
diferencia de $ 86’718 resultante de comparar el monto de las multas
notificadas en el ejercicio de 1999 a la Entidad por parte de la Procuraduría
Federal del Consumidor (PROFECO) por $ 180,784 con el importe en que se
incrementó el padrón de adeudos durante el ejercicio por $ 85’845, considerando
que por estas multas sólo se recuperó e ingresó la cantidad de $ 8,221. e) Se determinó diferencia por $ 4´070,959
al compararse el saldo contable de Bienes Muebles de $ 10´851,186 con el saldo
que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por $ 6´780,227, la cual se
encuentra sujeta a conciliación y aclaración, desconociéndose los efectos que
pudieran resultar al concluirse la depuración; por otro lado, se proporcionó el
padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor que asciende a $ 52´361,393, en
el cual sólo se detallan predios por la cantidad de $ 28´172,988, por lo que
respecta a la diferencia por $ 24´188,405 sólo se argumenta que son
construcciones, sin identificarse éstas ni el costo de las mismas; así mismo,
se carece de la documentación que acredite la propiedad legal de las 10
hectáreas de terreno del Parque Los Encinos adquirido en 1998 a Inmobiliaria
Urbana Las Praderas, S.A. de C.V. f) La Entidad tiene registrados bienes
muebles en desuso, los cuales son considerados chatarra; sobre dichos bienes no
se han realizado los trámites necesarios ante el Cabildo y ante el Congreso del
Estado para su desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en
los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Municipal del Estado de Baja California y su consecuente
baja patrimonial; así mismo con fecha 22 de abril de 1998 el Cabildo autorizó
la baja de algunos bienes del dominio privado, los cuales aún se encuentran
registrados contablemente. En Sesión de Cabildo de fecha 17 de diciembre de
1997, se autorizó la comercialización de terrenos provenientes de las áreas de
donación de los Fraccionamientos Cucapah, Andalucía, Fundadores y Lomas de
Santa Anita, esto por medio del Instituto de Promoción del Desarrollo Urbano de
Tecate, B.C. (INPRODEUR), acordándose que el importe obtenido se destinaría a
abonar el adeudo que se tiene con ISSSTECALI; durante el ejercicio el INPRODEUR
obtuvo entradas de efectivo por la venta en parcialidades de algunos predios de
los Fraccionamientos Andalucía y Cucapah por la cantidad de $ 52,269, dichos
recursos no fueron transferidos al Ayuntamiento no habiéndose reconocido como
ingresos, ni se aplicó a cubrir el adeudo con ISSSTECALI; en cuanto a los
Fraccionamientos Cucapah y Fundadores, los predios sujetos a venta no se
encuentran registrados como patrimonio municipal, debido a que aún no se
concluye el trámite de autorización de los fraccionamientos, ni se formaliza la
donación de los predios a favor de la Entidad.h) La Entidad no ha incorporado a su patrimonio diversos
bienes inmuebles con valor catastral de
$ 6’242,541, correspondientes a los terrenos por regularizar a favor de
la Entidad, provenientes de la autorización de fraccionamientos, que datan
desde 1995 hasta el ejercicio fiscalizado, mismos que se encuentran registrados
contablemente en cuentas de orden; así mismo, durante el ejercicio fueron autorizados
2 fraccionamientos, cuyas áreas de donación a favor del Municipio no se han
registrado contablemente dentro del patrimonio, ni en cuentas de orden. i) Existe
diferencia no aclarada sujeta a depuración de $ 808,253, resultante de comparar
el saldo registrado en contabilidad como adeudo a favor de proveedor de
concreto hidráulico por $ 755,071, después de haber aplicado los anticipos
otorgados durante los ejercicios de 1997 y 1998, con el saldo confirmado
directamente por el proveedor por la cantidad de $ 1’563,324, desconociéndose
los efectos que se pudiesen derivar al efectuarse la conciliación entre ambos
saldos; así mismo, proveniente de 1997 persiste saldo presuntamente pagado de
más a contratista por $ 49,978 sin que haya sido depurado hasta la fecha. La
Entidad no ha efectuado el pago del Impuesto sobre la Renta retenido sobre
sueldos y salarios y del 10% sobre honorarios pagados, provenientes desde los
años de 1990 y 1994 respectivamente, por la cantidad de $ 6’325,687, sin
incluir recargos y actualización; así mismo, se presentan en los estados
financieros adeudos por concepto de retenciones y aportaciones de seguridad
social al ISSSTECALI de $ 16’337,760 sin incluir recargos, cifra proveniente de
los años de 1997 a 1999, que se incrementa quincenalmente de acuerdo a las
nóminas pagadas, cubriéndose durante el ejercicio como abono mensual el importe
de $ 100,000 retenido de las participaciones federales, por parte de la
Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado, sin que la Entidad haya celebrado
convenio con el ISSSTECALI y el Gobierno del Estado de B.C., existiendo
situación de contingencia respecto al efecto financiero y legal, sobre una
posible exigencia del cumplimiento de dichas obligaciones, por parte de las
autoridades respectivas. k) En Cuentas
por Cobrar se presentan saldos deudores de Cuentas por Pagar pendientes de
depurar por la cantidad de $ 1’055,864, originados por haberse efectuado
diversos cargos a las cuentas por pagar sin haberse reconocido previamente el
pasivo correspondiente, siendo la contrapartida de esta cuenta los egresos por
aplicar, cuenta de resultados utilizada durante el ejercicio de 1998, la cual
presentó un saldo acreedor de $2’028,061, cifra que se presentó disminuyendo el
importe de los egresos de ese ejercicio, a la fecha ambas cuentas son sujetas
de análisis para su depuración, desconociéndose los efectos que se pudiesen
derivar. l) Se presenta en sus estados financieros Cuentas por Pagar por
la cantidad de $ 1´503,506 que se integra por saldos provenientes de los años
de 1992 a 1998, de los cuales algunos son sujetos de análisis por la Entidad
para determinar la procedencia de los mismos, por otro lado no se ha liquidado
adeudo a favor de Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tecate (CESPTE) por
la cantidad de $ 6´017,731 por el consumo de agua del ejercicio y ejercicios
anteriores.m) Se determinó diferencia registrada de menos por $ 102,972 entre
el saldo confirmado por Citibank, S.A./Confía por $ 20’343,014, y el saldo
según registros contables por $20’240,042; además durante el ejercicio se
cubrieron intereses por la cantidad de $ 6’435,333 y se provisionaron al cierre
$ 437,215 sin que haya sido posible verificar el cálculo de los mismos, toda
vez que no se proporcionaron las tasas utilizadas para su determinación. n) Se
determinó diferencia de $ 627,744 al comparar los Ingresos que se presentan en
los estados financieros por $95’645,092 y las cifras del Estado Comparativo
Presupuestal al cierre del ejercicio de $ 95’017,348, la cual no fue aclarada
por la Entidad, toda vez que no proporcionó conciliación entre ambas cifras. ñ) Resultante de la glosa durante el
ejercicio se observaron 217 recibos oficiales, mediante los cuales se cobraron
contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a los valores de la
tabla contenida en el Artículo 7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tecate,
B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, aplicándose las tasas del 1.05% y del
.25% sobre su valor, sin sustentarse documentalmente el carácter de predios
rústicos o dedicados a la actividad agropecuaria que corresponde a las tasas
aplicadas; así mismo, en otros 236 casos para determinar la base del Impuesto
Predial se aplicaron valores catastrales que no se identifican de acuerdo a su
clave catastral en la tabla de valores unitarios que se establece en el
Artículo 2 de la Ley citada, o si se identifican se aplicaron valores distintos
a los previstos sin proporcionarse las bases para su determinación ni la
autorización correspondiente; así mismo se observaron 866 recibos oficiales
relativos a Impuesto Predial sobre predios urbanos no edificados o baldíos con
servicios de agua, electricidad y drenaje, para lo que se aplicó una tasa
variable distinta a las establecidas en Ley debido a que en tanto conserven la
calidad de baldíos la tasa se incrementa automáticamente cada año hasta los 10
años, sin embargo la Entidad no proporcionó información para verificar la
razonabilidad de la tasa aplicable y en consecuencia el cobro adecuado de las
contribuciones municipales. Derivado de la glosa se observaron 145 recibos
oficiales mediante los cuales se pagaron derechos por servicios de recolección
de basura y de servicios por depósitos de residuos al relleno sanitario, por
los que no se proporcionó la información necesaria para la comprobación de los
cobros efectuados la cual no se contiene en los recibos oficiales expedidos;
así mismo no se remitieron 2 recibos oficiales registrados por un importe de $
12,366; adicionalmente se efectuaron cobros de contribuciones municipales por
montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del
Municipio de Tecate, B.C., vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el
hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia del Impuesto
Predial, siendo el monto cobrado de menos por $ 392,415, sobre el cual no se
proporcionó evidencia documental de las gestiones legales efectuadas por la
autoridad municipal para la recuperación de las contribuciones omitidas, ni en
su defecto, se efectuaron las aclaraciones correspondientes. p) La
Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones
contenidas en el Artículo 33 Fracciones I y III de la Ley de Coordinación
Fiscal que consigna que los Municipios deben hacer del conocimiento de sus
habitantes, los montos que reciban y acciones a realizar, el costo de cada una,
su ubicación y beneficiarios, así mismo informar a sus habitantes al término de
cada ejercicio sobre los resultados alcanzados respecto a las aportaciones del
Fondo IV de Aportaciones para el Fortalecimiento a los Municipios. q) Durante
el ejercicio de 1999 se percibieron recursos provenientes del Ramo 33 del
Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para
Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $ 4’164,660 y aportación
por parte de los vecinos por $ 2’236,935, obteniéndose en global recursos hasta
por $ 6’401,595, de los cuales se ejercieron recursos según reporte de
inversión por la cantidad de $ 6’486,700, y según registros contables de $
6’287,829, determinándose al comparar dichas cifras diferencia no aclarada de
menos en registros contables por $ 196,170 toda vez que en la cuenta bancaria
correspondiente a dicho fondo se tiene un saldo de $ 2,701; por otro lado, la
Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones
contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que
consigna que los Municipios deben informar a sus habitantes al término de cada
ejercicio, sobre los resultados alcanzados respecto a las aportaciones del
Fondo III en comento. r) La Entidad no efectuó conciliación
contable presupuestal entre las partidas de gastos de Mantenimiento y
Aportación de Obra correspondientes al grupo 500 por $ 14’320,174 y las cifras
del cierre de inversión de obra pública por $ 10’019,000 que incluye inversión
federal, estatal y municipal, existiendo incertidumbre sobre el origen de dicha
diferencia y de los efectos que pudieran resultar. s) La Entidad
incumplió lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público del Estado de Baja California, debido a que el Presupuesto de
Egresos no se sustentó en programas que señalen objetivos, metas y unidades
responsables de su ejecución, situación que impidió efectuar las evaluaciones
programáticas periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56,
58, 59 y 61, así como, no se informó al Congreso del Estado trimestralmente la
evaluación financiera del ejercicio presupuestal en función de programas en los
términos del Artículo 56 Bis de la Ley en comento. t) La Entidad valuó su Presupuesto de Egresos autorizado y ejercido
al cierre del ejercicio a nivel de programas de manera global, sin presentar el
detalle analítico de partidas que integran cada uno de los programas, situación
que limitó analizar el presupuesto a nivel programa - partida en el transcurso
del ejercicio, desconociéndose la razonabilidad de la cuantificación global de
los costos de los programas conceptualizados. u) La Entidad no dio cumplimiento
a lo previsto en el Artículo 27 en su Fracción I de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, en cuanto a la
obligación de remitir al Congreso del Estado, sus programas y subprogramas
acompañados del Acta de Cabildo en que fueron aprobados, para su conocimiento y
efecto de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de 1999. v) La Entidad durante el ejercicio no dio
cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización
de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo relativo a la
remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la
documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y gasto público
mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual debido a que remitió hasta
con 39 y 21 días de retraso, respectivamente, así como tampoco se dio cabal
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que
establece la obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda
resultantes de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria
del ingreso y egreso mensual, debido a que la solventación de las observaciones
de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida hasta en 356 y 134 días
posteriores del plazo de Ley, respectivamente. SEXTO.- Que la opinión emitida
por la Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en
Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por todo lo anteriormente
expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la
Honorable Asamblea, los siguientes puntos RESOLUTIVOS: PRIMERO.- No se aprueba
la Cuenta Pública de Egresos del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja California a
los CC. Constantino León Gutiérrez y C.P. Carlos Ramos Camacho, en su carácter
de Presidente Municipal y Tesorero del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja
California, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de 1999, por
motivo que la Entidad durante el ejercicio de 1999 percibió recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal por la cantidad de $
4’164,660 y aportación por parte de los vecinos por $ 2’236,935, obteniéndose
en global recursos hasta por $ 6’401,595, de los cuales se ejercieron recursos
según reporte de inversión por la cantidad de $ 6’486,700, y según registros
contables de $ 6’287,829, determinándose al comparar dichas cifras diferencia
no aclarada de menos en registros contables por $ 196,170 toda vez que en la
cuenta bancaria correspondiente a dicho fondo se tiene un saldo de $ 2,701; por
otro lado, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las
disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de
Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deben informar a sus
habitantes al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados
respecto a las aportaciones del Fondo III en comento; debido a que no se efectuó
conciliación contable presupuestal entre las partidas de gastos de
Mantenimiento y Aportación de Obra correspondientes al grupo 500 por $
14’320,174 y las cifras del cierre de inversión de obra pública por $
10’019,000 que incluye inversión federal, estatal y municipal, existiendo
incertidumbre sobre el origen de dicha diferencia y de los efectos que pudieran
resultar; así como porque se incumplió lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California,...
- EL C.
VICEPRESIDENTE: No tenemos quórum, compañera Secretaria le pido de favor que en
forma parcial lea el Artículo 15 de nuestra Ley Orgánica, por favor.
- LA C.
SECRETARIA: Con gusto Diputado Presidente, atendiendo a su petición vamos a dar
lectura al Artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Congreso
del Estado de Baja California, que a letra nos dice lo siguiente; por segunda
ocasión estamos dándole lectura: Artículo 15: Queda estrictamente prohibido a
los Diputados ausentarse durante el desarrollo de las sesiones del Pleno del
Congreso o de las Comisiones o
Subcomisiones, sin el permiso previo de su Presidente, en caso de que un
Diputado abandone el Recinto donde se desarrolle la sesión sin permiso previo,
se entenderá que renuncia a concurrir a las sesiones subsiguientes del período
ordinario o extraordinario y se llamará a su suplente; en el caso de sesiones
de las comisiones o subcomisiones se entenderá que renuncia a su puesto y se
estará a lo dispuesto en el Artículo 81 de esta Ley. Es cuanto Diputado
Presidente.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Gracias. Adelante Diputado.
- EL C. DIP.
BAHENA FLORES: Con su permiso. Debido a que el Presupuesto de Egresos no se
sustentó en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de
su ejecución, situación que impidió efectuar las evaluaciones programáticas
periódicas en los términos de lo previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61, así
como, no se informó al Congreso del Estado trimestralmente la evaluación
financiera del ejercicio presupuestal en función de programas en los términos
del Artículo 56 Bis de la Ley en comento; debido a que la Entidad valuó el
Presupuesto de Egresos autorizado y ejercido al cierre del ejercicio a nivel de
programas de manera global, sin presentar el detalle analítico de partidas que
integran cada uno de los programas, situación que limitó analizar el
presupuesto a nivel programa - partida en el transcurso del ejercicio,
desconociéndose la razonabilidad de la cuantificación global de los costos de
los programas conceptualizados y porque La Entidad no dio cumplimiento a lo
previsto en el Artículo 27 en su Fracción II de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, en cuanto a la
obligación de remitir al Congreso del Estado, sus programas y subprogramas
acompañados del Acta de Cabildo en que fueron aprobados, para su conocimiento y
efecto de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal de 1999. SEGUNDO.- Es de
otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la
Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta Pública de Deuda Pública del XVI
Ayuntamiento de Tecate, Baja California a los CC. Constantino León Gutiérrez y
C.P. Carlos Ramos Camacho, en su carácter de Presidente Municipal y Tesorero,
respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de diciembre de
1999. TERCERO.- Con motivo de lo
señalado en el Punto Resolutivo Primero, así como porque la Entidad presenta
dentro del saldo contable de efectivo, el saldo de 8 cuentas bancarias canceladas
durante el ejercicio, esta cifra difiere a lo asentado en las conciliaciones
bancarias las cuales no presentan saldo contable, debido a que éstas se
elaboran con base en registros extralibros, dichos saldos se encuentran en
proceso de investigación y depuración, desconociéndose los efectos que pudieran
resultar; porque el 13 de enero de 1999, se canceló 1a cuenta bancaria con
Serfín, S.A. número 094-122869-0, incumpliéndose con lo establecido en el
Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea el
día 26 de junio del 2000; debido a que al cierre del ejercicio se presenta en
los registros contables diversas cuentas por cobrar que se integran de 24 saldos
provenientes de ejercicios anteriores, sin que haya sido proporcionada
evidencia de las gestiones de cobro efectuadas, sobre los cuales existe
incertidumbre en cuanto a su recuperabilidad; así como porque se presenta en
los estados financieros un saldo por recuperar por concepto de Rezago de
Impuesto Predial, el cual no se encuentra depurado, toda vez que éste presenta
deficiencias como: predios que tributan con dos claves catastrales distintas,
diferencias en las superficies registradas en el padrón, omisión de adeudos y
diferencias en la determinación de los adeudos, además se presenta un saldo por
concepto de obras por recuperar derivado de obras de pavimentación y
electrificación, realizadas durante los ejercicios 1989 a 1992 y de 1996 a
1999, del cual algunos saldos que lo integran carecen de la documentación que
ampare el derecho de cobro de los mismos, por lo que existe incertidumbre sobre
la recuperabilidad de la totalidad del saldo. Por otro lado, la Entidad no dio
cabal cumplimiento a lo establecido en los Artículos 112 y 113 de la Ley de
Hacienda Municipal del Estado de Baja California, toda vez que durante el
ejercicio se emitieron requerimientos de notificación de adeudos de años
anteriores, los cuales no fueron diligenciados en su totalidad, presentándose
en cuentas de orden, los adeudos de los contribuyentes, así mismo, se determinó
una diferencia resultante de comparar el monto de las multas notificadas en el
ejercicio de 1999 a la Entidad por parte de la Procuraduría Federal del
Consumidor (PROFECO) con el importe en que se incrementó el padrón de adeudos
durante el ejercicio, considerando que por estas multas sólo se recuperó e
ingresó un monto mínimo; porque se determinó diferencia al compararse el saldo
contable de Bienes Muebles con el saldo que arroja el padrón emitido por
Oficialía Mayor, la cual se encuentra sujeta a conciliación y aclaración,
desconociéndose los efectos que pudieran resultar al concluirse la depuración;
por otro lado, se proporcionó el padrón de bienes inmuebles de Oficialía Mayor,
en el cual sólo se detallan algunos predios, por lo que respecta a la
diferencia sólo se argumenta que son construcciones, sin identificarse éstas ni
el costo de las mismas; así mismo, se carece de la documentación que acredite
la propiedad legal de las 10 hectáreas de terreno del Parque Los Encinos
adquirido en 1998; debido a que se tienen registrados bienes muebles en desuso,
los cuales son considerados chatarra; sobre dichos bienes no se han realizado
los trámites necesarios ante el Cabildo y ante el Congreso del Estado para su
desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos
de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California y su consecuente baja
patrimonial; así mismo con fecha 22 de abril de 1998 el Cabildo autorizó la
baja de algunos bienes del dominio privado, los cuales aún se encuentran
registrados contablemente; porque en Sesión de Cabildo de fecha 17 de diciembre
de 1997, se autorizó la comercialización de terrenos provenientes de las áreas
de donación de los Fraccionamientos Cucapah, Andalucía, Fundadores y Lomas de
Santa Anita, esto por medio del Instituto de Promoción del Desarrollo Urbano de
Tecate, B.C. (INPRODEUR), acordándose que el importe obtenido se destinaría a
abonar el adeudo que se tiene con ISSSTECALI; durante el ejercicio el INPRODEUR
obtuvo entradas de efectivo por la venta en parcialidades de algunos predios de
los Fraccionamientos Andalucía y Cucapah, dichos recursos no fueron
transferidos al Ayuntamiento no habiéndose reconocido como ingresos, ni se
aplicó a cubrir el adeudo con ISSSTECALI, en cuanto a los Fraccionamientos
Cucapah y Fundadores, los predios sujetos a venta no se encuentran registrados
como patrimonio municipal, debido a que aún no se concluye el trámite de
autorización de los fraccionamientos, ni se formaliza la donación de los
predios a favor de la Entidad; así como porque no se han incorporado al
patrimonio diversos bienes inmuebles, correspondientes a los terrenos por
regularizar a favor de la Entidad provenientes de la autorización de
fraccionamientos, que datan desde 1995 hasta el ejercicio fiscalizado, mismos
que se encuentran registrados contablemente en cuentas de orden, así mismo
porque durante el ejercicio fueron autorizados 2 fraccionamientos, cuyas áreas
de donación a favor del Municipio no se han registrado contablemente dentro del
patrimonio, ni en cuentas de orden; debido a que existe diferencia no aclarada
sujeta a depuración, resultante de comparar el saldo registrado en contabilidad
como adeudo a favor de proveedor de concreto hidráulico, después de haber
aplicado los anticipos otorgados durante los ejercicios de 1997 y 1998, con el
saldo confirmado directamente por el proveedor, desconociéndose los efectos que
se pudiesen derivar al efectuarse la conciliación entre ambos saldos; así
mismo, proveniente de 1997 persiste saldo presuntamente pagado de más a
contratista sin que haya sido depurado hasta la fecha; porque no se ha
efectuado el pago del Impuesto sobre la Renta retenido sobre sueldos y salarios
y del 10% sobre honorarios pagados, provenientes desde los años de 1990 y 1994
respectivamente, así mismo, se presentan en los estados financieros adeudos por
concepto de retenciones y aportaciones de seguridad social al ISSSTECALI, sin
incluir recargos, que provienen de los años de 1997 a 1999, que se incrementa
catorcenalmente de acuerdo a las nóminas pagadas, cubriéndose durante el
ejercicio abono mensual retenido de las participaciones federales, por parte de
la Secretaria de Planeación y Finanzas del Estado, sin que la Entidad haya
celebrado convenio con el ISSSTECALI y el Gobierno del Estado de Baja
California, existiendo situación de contingencia respecto al efecto financiero
y legal, sobre una posible exigencia del cumplimiento de dichas obligaciones,
por parte de las autoridades respectivas; así como porque en Cuentas por Cobrar
se presentan saldos deudores de Cuentas por Pagar pendientes de depurar,
originados por haberse efectuado diversos cargos a las cuentas por pagar sin
haberse reconocido previamente el pasivo correspondiente, siendo la
contrapartida de esta cuenta los egresos por aplicar, cuenta de resultados
utilizada durante el ejercicio de 1998, la cual presentó un saldo acreedor,
cifra que se presentó disminuyendo el importe de los egresos de ese ejercicio,
a la fecha ambas cuentas son sujetas de análisis para su depuración,
desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar; debido a que se presentan
en los estados financieros Cuentas por Pagar que se integran por saldos
provenientes de los años de 1992 a 1998, de los cuales algunos son sujetos de
análisis por la Entidad para determinar la procedencia de los mismos, por otro
lado no se ha liquidado adeudo a favor de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Tecate (CESPTE) por el consumo de agua del ejercicio y ejercicios
anteriores; porque se determinó diferencia registrada de menos entre el saldo
confirmado por Citibank, S.A./Confía y el saldo según registros contables, además
durante el ejercicio se cubrieron intereses y se provisionaron al cierre sin
que haya sido posible verificar el cálculo de los mismos, toda vez que no se
proporcionaron las tasas utilizadas para su determinación; debido a que se
determinó diferencia al comparar los Ingresos que se presentan en los estados
financieros y las cifras del Estado Comparativo Presupuestal al cierre del
ejercicio, la cual no fue aclarada por la Entidad, toda vez que no proporcionó
conciliación entre ambas cifras; así como porque resultante de la glosa durante
el ejercicio se observaron 217 recibos oficiales, mediante los cuales se
cobraron contribuciones por concepto de Impuesto Predial de acuerdo a los
valores de la tabla contenida en el Artículo 7 de la Ley de Ingresos del Municipio
de Tecate, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999, aplicándose las tasas del
1.05% y del .25% sobre su valor, sin sustentarse documentalmente el carácter de
predios rústicos o dedicados a la actividad agropecuaria que corresponde a las
tasas aplicadas; así mismo, en otros 236 casos para determinar la base del
Impuesto Predial se aplicaron valores catastrales que no se identifican de
acuerdo a su clave catastral en la tabla de valores unitarios que se establece
en el Artículo 2 de la Ley citada, o si se identifican se aplicaron valores
distintos a los previstos sin proporcionarse las bases para su determinación ni
la autorización correspondiente; así mismo se observaron 866 recibos oficiales
relativos a Impuesto Predial sobre predios urbanos no edificados o baldíos con
servicios de agua, electricidad y drenaje, para lo que se aplicó una tasa
variable distinta a las establecidas en Ley debido a que en tanto conserven la
calidad de baldíos la tasa se incrementa automáticamente cada año hasta los 10
años, sin embargo la Entidad no proporcionó información para verificar la
razonabilidad de la tasa aplicable y en consecuencia el cobro adecuado de las
contribuciones municipales; porque derivado de la glosa se observaron 145
recibos oficiales mediante los cuales se pagaron derechos por servicios de
recolección de basura y de servicios por depósitos de residuos al relleno
sanitario, por los que no se proporcionó la información necesaria para la
comprobación de los cobros efectuados la cual no se contiene en los recibos
oficiales expedidos; así mismo no se remitieron 2 recibos oficiales
registrados; adicionalmente se efectuaron cobros de contribuciones municipales
por montos inferiores a los que se establecen en las Leyes de Ingresos del
Municipio de Tecate, B.C., vigentes en el ejercicio fiscal en que se dio el
hecho generador del crédito fiscal, principalmente en materia del Impuesto
Predial, sobre los cuales no se proporcionó evidencia documental de las
gestiones legales efectuadas por la autoridad municipal para la recuperación de
las contribuciones omitidas, ni en su defecto, se efectuaron las aclaraciones
correspondientes y porque durante el ejercicio no se dio cabal cumplimiento a
la disposición del Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas
para el Estado de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo
establecido a la Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación
comprobatoria y justificatoria del ingreso y gasto público mensual parte
integrante de la Cuenta Pública Anual debido a que remitió hasta con 39 y 21
días de retraso, respectivamente, así como tampoco se dio cabal cumplimiento a
lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la
obligación de solventar dentro del plazo de treinta días las observaciones
formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda resultantes de la
revisión de la documentación
comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, debido a que la
solventación de las observaciones de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos
fue remitida hasta en 356 y 134 días posteriores del plazo de Ley,
respectivamente, túrnese a la Sindicatura del XVI Ayuntamiento de Tecate, Baja
California para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen las
medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado para
lo conducente. DADO .- En la Sala de
Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en
la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los siete días del mes de abril del
dos mil uno. Firman por la Comisión de Hacienda y Administración Diputado
Presidente Sócrates Bastida Hernández, Diputado Secretario Antonio Ricardo Cano
Jiménez, Diputado Vocal Gilberto Flores Muñoz, Diputado Vocal Héctor Esparza
Herrera y Diputado Vocal Alejandro Bahena Flores. Hago entrega del Dictamen
Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado. Bien, pues se abre el debate,
Diputados que estén en contra sírvanse anotarse con la compañera Diputada
Olivia Villalaz.
- LA C. SECRETARIA:
En contra el Diputado Héctor Esparza Herrera, ¿a favor? El Diputado Sócrates
Bastida Hernández.
- EL C.
PRESIDENTE: En primer ronda tenemos al compañero Héctor Esparza que va a
sustentar su opinión en contra.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: Muchas gracias Diputado Presidente, Honorable Mesa Directiva,
compañeras Diputadas, compañeros Diputados. Hago uso de mi derecho para
argumentar en contra, pero no es para justificar, sino al contrario, es para
reiterar que lo que hace un momento dije que existe desorden en administración
pública en el Estado y en los Municipios, aquí se vuelve a palpar, nos podemos
dar cuenta de que también en Tecate hay desorganización administrativa y se
magnificó la idea de que el Diputado Esparza dijo que había un desorden, lo reitero,
hay desorden incluyendo a Tecate; ustedes pudieron escuchar y los Diputados ver
en su dictamen que Tijuana por ejemplo traía 17 mil 921 recibos, Tecate trae
866 recibos faltantes, hay desorden, por qué, porque una administración debe
ser eficiente y eficaz, ahora hay que reflexionar también en cuanto a la
necesidad de que la Contraloría del Estado también participe, toda vez que
sabemos los Diputados que este órgano de Gobierno, esta Contraloría reciba
recursos cuando se hace obra pública, lamentablemente no vemos la actuación
durante el transcurso de la realización de la obra, no vemos la función de la
Contraloría del Estado, únicamente le dejamos la carga al Organo Auxiliar
Técnico de la Contaduría Mayor de Hacienda, una vez que se concluyó un ejercicio
y como decimos vulgarmente a toro pasado. La presencia de su servidor como
Representante Popular que todos ustedes saben del Séptimo Distrito, no es con
la intención de solapar ni proteger a nadie, prueba de ello que la votación se
definirá el voto particular de su servidor, y manifestar que y aclarar que esta
Entidad pública en el dictamen de referencia ya está haciendo sancionada al no
aprobar una cuenta pública, por lo tanto no vengo a defender, vengo aclarar lo
que se dijo en un momento dado que se magnificaba el desorden, ahí está
presente el que la hace la debe pagar y debemos mejorar la misión pública de
todas las entidades públicas, gracias.
- EL C.
PRESIDENTE: Bienvenidas sus opiniones compañero. Compañero Sócrates, declina, bien en primer ronda declina el
compañero Sócrates; pasaríamos a la segunda ronda, sí algún Diputado que desee
participar en contra; bien, no habiendo Diputados en contra no da lugar a favor
en la segunda ronda, pasaríamos a la votación, compañera Diputada por favor solicite
el sentido del voto por la vía nominal, empezando por el lado derecho.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, compañera Diputada favor de emitir el sentido
de su voto por vía nominal del Dictamen 503 de la Comisión de Hacienda y
Administración presentado por el Diputado Alejandro Bahena Flores, compañeros
Diputados, iniciamos por la derecha.
- Héctor
Esparza, a favor.
- Edgar
Fernández, a favor.
- Raquel
Casillas, a favor.
- Sergio Avitia
Nalda, a favor.
- David
Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín Domínguez,
a favor.
- Alejandro
Bahena Flores, a favor.
- Alejandro
Pedrín Márquez, a favor.
- Guillermo
Aguilar Kaiten, a favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Algún Diputado faltó de votar; algún Diputado faltó de votar.
- Antonio Cano,
en contra.
- Miguel Delfín
Castro, a favor.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, por la Mesa Directiva.
- Magaña, a
favor del Dictamen 503 de la Comisión de Hacienda y Administración.
- Olivia
Villalaz, en contra.
- José Arango,
a favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, se abstiene.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente contamos con 16 votos a favor, 2 en contra y
una abstención del Diputado Gilberto Flores Muñoz.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Compañero Diputado Gilberto Flores Muñoz favor de razonar la
abstención de su voto.
- EL C. DIP.
FLORES MUÑOZ: Bien compañeros tal como lo señalaba hace el día de ayer y hoy lo
reiteré, la dificultad verdad que tenemos para decidir sí aprobamos o
rechazamos una cuenta pública, el Artículo 23 de la Ley de Fiscalización no
establece cuándo se va a rechazar, cuándo se va aprobar y la prueba está por
ejemplo de los dictámenes que hemos revisado, por el ejemplo el Dictamen de las
cuentas pública del Ayuntamiento de Ensenada en el 98 tenía 27 observaciones y
sin embargo pues lo aprobaron la mayoría de los compañeros del Revolucionario
Institucional, por otro lado, tenemos la cuenta pública del Ayuntamiento de
Mexicali del ejercicio fiscal 99 con once observaciones y lo aprobaron en
contra, digo lo votaron en contra, en este caso tenemos la cuenta pública de
Tecate que tiene 22 observaciones, sin embargo, mucho de la mayoría de los
compañeros del Revolucionario Institucional están aprobando el dictamen,
entonces, me parece pues de que hay que revisar claramente verdad este asunto
de las cuentas públicas, les decíamos que solamente se puede resolver sí
llegáramos a contar con un órgano superior de fiscalización del Estado de Baja
California, que donde le garanticemos su independencia técnica y de gestión y
que tenga capacidad de imponer sanciones administrativas denuncias penales o civiles
por sí mismo; entonces, pues esta es la razón del por qué me abstengo de
aprobar esta cuenta pública del Municipio de Tecate; muchas gracias compañeros.
- EL C.
VICEPRESIDENTE: Muchas gracias Diputado.
- EL C.
PRESIDENTE: Se hace la declaratoria. Se aprueba el Dictamen 503 en lo general y
en lo particular por 16 votos a favor,
2 en contra y una abstención; una vez aprobado en lo general y en lo
particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 503 de la Comisión de
Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado
Alejandro Bahena Flores. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez
García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril del año
2001. Bien, vamos a decretar un receso para escuchar a los ciudadanos
manifestantes.
- LA C.
SECRETARIA: Secundado Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: Vamos a darle el tiempo necesario para que nos expongan a esta
Soberanía el problema que nos trae a este Recinto Legislativo. (Receso 15:37
horas). (Se reanuda la sesión 15:56 horas). Diputada Olivia Villalaz, llamar a
los Diputados y de inmediato verifique el quórum legal.
- LA C.
SECRETARIA: Como no Diputado Presidente, atendiendo las instrucciones les
pedimos a los compañeros Diputados por favor tomar sus curules y vamos a
iniciar la verificación del quórum, Diputado Presidente contamos con 9
Diputados a la lista, no hay quórum, 10 Diputados, 11 Diputados, nos faltan dos
Diputados más para iniciar, uno más, existe quórum Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE:
Bien, vamos a continuar con los trabajos, nomás quiero informarles que nos ha
hablado el Diputado Jiménez, disculpándose por no asistir a la Asamblea debido
a que tuvo fallas mecánicas, el Diputado Jiménez Mercado. Bien, compañeros se
disculpa el compañero y seguimos con el siguiente Dictamen que se refiere a las
cuentas públicas del Poder Judicial por el ejercicio fiscal del año de 1998,
hará uso de la voz, dará lectura del mismo el Diputado Héctor Esparza, adelante
compañero, es el Dictamen 153.
- EL C. DIP.
ESPARZA HERRERA: Con su venia Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz,
compañeros de la Mesa Directiva, compañeras Diputadas, compañeros Diputados.
Comisión de Hacienda y Administración Dictamen número 153 Honorable Asamblea:
Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, el
oficio Nº DASC/OP024/99 de fecha 25 de junio de 1999, mediante el cual el
Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las Cuentas Públicas del
Poder Judicial, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31
de diciembre de 1998. Para efectos de la emisión del presente dictamen se
efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información correspondiente,
resultando los siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo de
1999, el Congreso del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del
Poder Judicial, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
SEGUNDO.- Con fecha 26 de febrero de 1999, la Contaduría Mayor de Hacienda
inició auditoría de estados financieros del Poder Judicial, en el domicilio
legal de la Entidad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2,
7, 23 y 25 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California, el examen se efectuó de acuerdo con las normas y
procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con
fecha 4 de junio de 1999, se llevó a cabo la confronta de información financiera
y de resultados de la revisión con los servidores públicos de la Entidad,
concluyendo en esa misma fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual
correspondiente al ejercicio fiscal de 1998. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es
facultad del Congreso del Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del
Estado como de los Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII
en concordancia con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.-
Que el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California, establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una
comisión ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo
dispuesto en los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado
de Baja California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para
el Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción. SEXTO.- Que la opinión emitida por la
Contaduría Mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de
Comisión de Hacienda y Administración. Por todo lo anteriormente expuesto, la
Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable
Asamblea, el siguiente punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de otorgarse y se otorga la
aprobación de la Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y
de la Cuenta Pública de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja
California, a los CC. Lic. Marco Antonio Jiménez Carrillo y Lic. Sergio
Peñuelas Romo en su carácter de Presidentes del Consejo de la Judicatura del
Estado de Baja California, por el período comprendido del primero de enero al
31 de octubre y del primero de noviembre al 31 de diciembre de 1998,
respectivamente. DADO.- En la Sala de
Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en
la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintisiete días del mes de marzo
del dos mil uno. Lo firman el Diputado Sócrates Bastida Hernández Presidente,
el Diputado Antonio Ricardo Cano Jiménez Secretario, el Diputado Alejandro
Bahena Flores Vocal, el Diputado Gilberto Flores Muñoz Vocal y el de la voz el
Diputado Héctor Esparza Herrera Vocal, es cuanto Diputado Presidente, es una
buena administración por este ejercicio del Poder Judicial.
- EL C.
PRESIDENTE: Muy bien, muchas gracias compañero Héctor Esparza, compañera por
favor elabore una lista de oradores que estén en contra del Dictamen.
- LA C.
SECRETARIA: Oradores en contra del Dictamen 153, señores Diputados, no hay
oradores en contra Diputado Presidente.
- EL C.
PRESIDENTE: No hay oradores en contra, no da lugar a favor, por favor verifique
el sentido del voto de los compañeros Diputados por vía nominal, empezando por
la derecha.
- LA C.
SECRETARIA: Compañeros Diputados, compañera Diputada, favor de emitir el
sentido de su voto por vía nominal iniciando por la derecha.
- Héctor
Esparza, a favor.
- Antonio Cano,
a favor.
- Edgar
Fernández, a favor.
- Raquel
Casillas, a favor.
- David
Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín
Domínguez, a favor.
- Sócrates
Bastida Hernández, a favor.
- Alejandro
Bahena Flores, a favor.
- Gómez Mora, a
favor.
- Alejandro
Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor
Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a
favor.
- Guillermo
Aguilar kaiten, a favor.
- Miguel Delfín
Castro, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Algún Diputado falta por votar; algún Diputado falta por votar.
- EL C.
PRESIDENTE: Por la Mesa Directiva.
- Olivia
Villalaz, a favor.
- José Arango,
a favor.
- Flores Muñoz
Gilberto, a favor.
- LA C.
SECRETARIA: Diputado Presidente el sentido de la votación son 17 votos a favor,
cero en contra, cero abstenciones.
- EL C.
PRESIDENTE: Bien, se aprueba el Dictamen 153 en lo general y en lo particular,
una vez por 17 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Una vez
aprobado en lo general y en lo particular, es de aprobarse y se aprueba el
Dictamen 153 de la Comisión de Hacienda y Administración, en los términos que
fue leído por el Diputado Héctor Esparza Herrera. Dado en el Salón de Sesiones
Licenciado Benito Juárez García del Honorable Poder Legislativo, a los once
días del mes de abril del año 2001. Y pasaríamos al Dictamen 474 cuentas
públicas del Primer Ayuntamiento de Playas de Rosarito por el ejercicio fiscal
de 1999, del cual dará lectura el compañero Diputado Sócrates Bastida.
Compañero Sócrates Bastida por favor haga uso de la Tribuna.
- EL C. DIP.
BASTIDA HERNANDEZ: Con su permiso Diputado Presidente, compañera Diputada,
compañeros Diputados. Comisión de Hacienda y Administración Dictamen número 474
Honorable Asamblea: Recibió esta Comisión, para su estudio, análisis y dictamen
correspondiente, el oficio Nº DASC/OP033/2000 de fecha 30 de junio del 2000,
mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite su opinión respecto a las
Cuentas Públicas del I Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Baja California, por
el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de
1999. Para efectos de la emisión del presente dictamen se efectuó el estudio,
análisis y evaluación de la información correspondiente, resultando los
siguientes ANTECEDENTES: PRIMERO.- Con fecha 31 de marzo del 2000, el Congreso
del Estado recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, Baja California, en cumplimiento a lo dispuesto en el
Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado
de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 4 de octubre de 1999, la Contaduría
Mayor de Hacienda inició auditoría de estados financieros del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, Baja California, en el domicilio legal de la Entidad, para
dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 27 de junio del 2000,
se llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la
revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los
Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia
con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo
48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión ordinaria
de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los
Artículos 53 de la ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que
administren o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el
Artículo 2 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de
Baja California. QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de
fiscalización aplicables, como resultado de la revisión se formularon
observaciones a las Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron
solventadas y aclaradas a satisfacción, excepto por las siguientes salvedades:
Las conciliaciones bancarias correspondientes a 16 cuentas, presentan un
sobregiro neto de $ 4’100,466, cantidad que difiere del sobregiro asentado en
registros contables por la cantidad de $ 5’480,473 determinándose diferencia de
$ 1’380,007, debido a que las conciliaciones bancarias se elaboran con base en
registros extralibros o en su caso las cuentas fueron canceladas, dichas
diferencias se encuentran en proceso de investigación y depuración,
desconociéndose los efectos que se pudieran resultar al concluirse dicho
proceso; así mismo no fueron proporcionadas 2 conciliaciones bancarias de
cuentas que se utilizan para gasto corriente. b) Los estados financieros incluyen $ 256,187 de Adeudos por Cobrar
derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia Policiaca prestados
directamente por el Departamento de la Policía Comercial, Bancaria e
Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio de vigilancia
policiaca no son pagadas por el solicitante antes de proporcionarse el
servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley de
Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de
1999. c) Se determinó diferencia de menos en el padrón de contribuyentes
del Impuesto Predial al 31 de diciembre de 1999, por la cantidad de $ 46’738,204 por ajustes
aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial,
resultante de efectuar amarre global de las cifras que arroja el padrón al 31
de diciembre de 1998 por $ 119’431,902, disminuyéndole los pagos recibidos
durante el ejercicio por concepto del rezago del impuesto por $ 3’416,364 e
incrementándole los adeudos no cubiertos durante el ejercicio por $ 44’220,894,
resultando un saldo teórico del padrón de adeudos por un monto de $
160’236,432, sin embargo el registro contable del saldo del padrón de rezagos
al 31 de diciembre de 1999 asciende a $ 113’498,228, dicha diferencia no fue integrada
y aclarada por la Entidad; así mismo, al comparar selectivamente el importe de
88 recibos de adeudos de Impuesto Predial emitidos por el sistema por un monto
de $ 50’782,065, contra el padrón de adeudos, se determinó una diferencia de $
3’503,881, toda vez que estas mismas claves en el padrón se encuentran
registradas por un monto de $47’278,184.
La Entidad presenta en la cuenta de almacén, subcuenta almacén de
materiales, saldo proveniente del ejercicio de 1998 por la cantidad de $ 219,304, mismo que no incluye el
inventario físico de papelería, artículos de limpieza y refacciones el cual al
31 de diciembre de 1999 valuado en $ 209,871, importe que se afectó
directamente al gasto, no habiéndose ejercido un control básico sobre los materiales
adquiridos en el ejercicio no consumidos, al no llevarse un control
administrativo ni contable de las entradas y salidas de los mismos. e) La
Entidad tiene registrado en inversiones fijas y cuentas de orden inmuebles por
la cantidad de $ 19’265,485 y $ 45’499,367, respectivamente, de los cuales se
carece de la documentación legal que acredite su propiedad o uso;
adicionalmente, le fueron transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de
Tijuana al crearse el Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los
cuales no se ha regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por
lo que a su vez no han sido registrados contablemente. f) Se determinó
diferencia por $ 9’823,162 entre el saldo contable de bienes inmuebles de $
46’696,537 con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía Mayor por
$36’873,375, así mismo se determinó diferencia de $ 3’006,978 entre el saldo
contable de bienes muebles de $ 13’615,957 con el saldo que arroja el padrón
emitido por Oficialía Mayor por $ 16’622,935, ambas diferencias no han sido
conciliadas ni aclaradas, desconociéndose los efectos que pudiesen resultar al
concluirse el programa de conciliación entre los padrones y los registros
contables que se encuentra en proceso. La Entidad incumplió lo señalado en los
Artículos 174 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 62
del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California, toda vez que
en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 27 de noviembre de 1998
se autorizó la realización del Fraccionamiento Chula Vista, y al cierre del
ejercicio de 1999 aún no se había publicado dicho Acuerdo, en consecuencia, no
se han formalizado los predios que serán donados a favor del Municipio, no
obstante con fecha 22 de marzo y 22 de abril de 1999 se celebraron 2 Convenios
de aportación social en los cuales el Ayuntamiento por conducto del
fraccionador donó a particulares 2 terrenos ubicados en el Fraccionamiento
Chula Vista, sin contar con la propiedad legal de los mismos, ni con la
autorización del Congreso del Estado sobre la desincorporación del patrimonio
del dominio público municipal, en los términos de lo dispuesto en el Artículo
119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de
Baja California. h) La Entidad realizó la baja contable de 4 armas de fuego
extraviadas, sin contar con la autorización de Cabildo, ni con la autorización
del Congreso del Estado, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 119 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Baja
California. i) La Entidad tiene registrados bienes muebles en desuso, los
cuales según diagnóstico mecánico y actas de baja no se considera costeable su
reparación, actualmente por dichos bienes no se han realizado los trámites
necesarios ante Cabildo y en su caso ante el Congreso del Estado para su
desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos
de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California, y para su posterior baja
patrimonial. j) La Entidad no reconoce adeudos a favor de
la Comisión Federal de Electricidad por la cantidad de $3’788,001 por consumo
de energía eléctrica no facturados de los años de 1996, 1997 y del primero de
enero al 31 de agosto de 1998, resultante del censo de lámparas de alumbrado
público levantado por el propio Organismo Federal, por lo que el Ayuntamiento
promovió amparo en contra del Organismo Federal en virtud del cobro requerido y
del corte del suministro de energía eléctrica, existiendo incertidumbre sobre
los posibles efectos que pudieran resultar al concluir el proceso legal
interpuesto. k) Se reconocen en los estados financieros Cuentas por Pagar
por la cantidad de $ 234,381 provenientes de los ejercicios fiscales de 1996,
1997 y 1998 las cuales se encuentran en proceso de aclaración a través de
identificar la documentación que les dio origen para su análisis y determinar
la procedencia de su pago, o en su caso, la corrección o cancelación del
registro contable del pasivo. l) La Entidad presenta en sus estados financieros
Cuentas por Pagar por la cantidad de $ 116,028 que se integra por diversos
saldos provenientes de los ejercicios de 1996 a 1998 que se presume
corresponden a remanentes que no fueron aplicados en su momento en obras y en
los programas de becas y empleo temporal, y que de acuerdo con la normatividad
que les fue aplicable a estos recursos, debieron reintegrarse los remanentes,
dichos saldos se encuentran en proceso de depuración para en su caso determinar
el destino de los recursos según corresponda.
m) La Entidad omitió reconocer
al cierre del ejercicio, pasivo a favor de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Tijuana (CESPT) por $ 196,540 correspondiente al consumo de agua de
las instalaciones, unidades deportivas y áreas verdes. n) La Entidad presenta saldo por pagar a
favor del Gobierno Federal y Estatal por $1’204,844 derivado de la
participación que les corresponde de la recaudación municipal de los ejercicios
de 1998 y 1999 por concepto del uso o goce de Zona Federal Marítima. ñ) Existe
diferencia no aclarada de $ 272,987 resultante de comparar el saldo por pagar a
favor de proveedor de concreto hidráulico por $234,288 generado durante el
ejercicio de 1999, con el saldo confirmado directamente por el proveedor por la
cantidad de $ 507,275 desconociéndose los efectos que se pudiesen derivar al
efectuarse la conciliación entre ambos saldos.
o) La Entidad
presenta en los estados financieros adeudos
que denotan rezago por concepto de retenciones de cuotas y aportaciones
de seguridad social al ISSSTECALI por la cantidad de $ 2’409,050 sin incluir
recargos, cifra que corresponde al período del 15 de mayo al 31 de diciembre de
1999. La Entidad no dio cumplimiento a
lo dispuesto en el Artículo 30 último párrafo de la Ley de Ingresos del
Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999 el cual
establece que los permisionarios que no revaliden sus permisos para la venta o
almacenaje de bebidas con graduación alcohólica y alcohol en forma oportuna o
quienes lo hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la Ley de la
materia, causarán sanción económica de 20 a 150 veces el salario mínimo
independientemente de las sanciones administrativas a que tuviese lugar, toda
vez que según reporte emitido por el área de Recaudación de Rentas al 31 de
diciembre de 1999 existen 21 permisos que no se revalidaron durante el
ejercicio, adeudándose por concepto de derechos el total de $ 38,848. q)Se
observaron 63 recibos oficiales de pago de la contribución de Impuesto Predial
en los que indistintamente se observó que los valores fiscales unitarios no se
identifican en la Tabla de Valores Catastrales, Base del Impuesto Predial para
el Municipio de Playas de Rosarito, B.C., que los predios objeto del impuesto
no se identificaron en el plano de zonas homogéneas del Departamento de
Catastro y en algunos casos no se proporcionaron los elementos necesarios para
la determinación de los valores fiscales de los predios costeros y con frente
al Boulevard Benito Juárez. r) El
Impuesto para Mantenimiento y Conservación de las Vías Públicas fue recaudado
directamente por el Gobierno del Estado conjuntamente con las contribuciones relativas
a la expedición o revalidación anual de placas de circulación, habiéndose
cobrado indebidamente al cuantificarse y cobrarse sobre la base del salario
mínimo de $ 30.20 debiendo ser $ 34.45, dejándose de cobrar aproximadamente $
83,644; omitiéndose cobrar los impuestos adicionales: Impuesto para el Fomento
Deportivo y Educacional e Impuesto para el Fomento Turístico y Desarrollo Integral de la Familia previstos en los
Artículos del 5 al 9 de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito,
Baja California, para el ejercicio fiscal de 1999, las contribuciones omitidas
ascienden aproximadamente a la cantidad de $ 169,502. La Entidad no proporcionó
documentación de los expedientes de obras ni aclaró diversas situaciones
relacionadas con las mismas, respecto a obras realizadas en el ejercicio de
1999 con recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la
Federación, del Fondo de Infraestructura Social Municipal, así mismo, no
proporcionó evidencia de haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas
en el Artículo 33 Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna
que los Municipios deberán informar a sus habitantes, al término de cada
ejercicio, sobre los resultados alcanzados.
t) La Entidad durante el
ejercicio de 1999 percibió recursos provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de
Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de
los Municipios por la cantidad de $ 7’382,364 los cuales generaron intereses
por $ 310,567 obteniéndose en global recursos hasta por $ 7’692,931, cantidad a
la cual se le incluyeron recursos no ejercidos del ejercicio de 1998 por la
cantidad de $ 68,163, resultando el monto de recursos por aplicar de $
7’761,094, los cuales según reporte de asignación de recursos se ejercieron por
$ 5’869,045, quedando un remanente por ejercer de $ 1’892,049, mismo que al
compararlo con las cuentas bancarias que se utilizan para controlar las
entradas y salidas de recursos, presenta una diferencia de menos en registros
contables por $ 310,698 toda vez que el saldo en las cuentas bancarias en las
que se depositan las aportaciones del fondo IV presentan un saldo contable al
cierre del ejercicio de $ 1’581,351; por otro lado, se señala que se utilizaron
recursos por $2’811,396 en gastos sin señalarse en que conceptos específicos se
aplicaron; así mismo, la Entidad no proporcionó evidencia de haber dado
cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33 Fracción III de
la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios deberán informar
a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados
alcanzados. u) Al comparar los reportes de nóminas que emite el sistema de
Oficialía Mayor por $37’228,621 con los registros contables de las nóminas
pagadas en el ejercicio por
$ 40’681,869, se determinó una diferencia de menos en los reportes de
Oficialía Mayor de $ 3’453,248 cantidad que se disminuyó en $ 1’191,285 por las
aclaraciones presentadas, quedando una diferencia no aclarada de $ 2’261,963,
la cual según manifestó la Entidad obedece a deficiencias en el sistema
electrónico de la
misión de los reportes acumulativos de las nóminas pagadas.
v) Con fecha 23 de septiembre de 1999 se celebró
contrato Nº A-ROS-PRON-99-CT-03B para llevar a cabo la obra: Tratamiento de
terracerías y colocación de concreto hidráulico en Blvd. Guerrero, por un monto
de $1’850,960, posteriormente el día 27 de diciembre de 1999, mediante la
celebración de convenio adicional se incrementó el monto contratado a $
3’884,630, el motivo principal de la celebración del convenio fue la ampliación
del tramo de vialidad a construirse de 0.82 kms. a 1.62 kms., considerándose lo
anterior como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la
Entidad no dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de
Obras Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la
Misma del Estado de Baja California, el cual estipula que las entidades
contratantes podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y
cuando no se modifique sustancialmente el proyecto, debiendo haberse sometido a
concurso el segundo tramo de la vialidad en comento. w) La Entidad durante el
ejercicio canceló 5 cuentas bancarias, incumpliendo con lo establecido en el
Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Baja California, el cual señala que “Los titulares de las
Dependencias y Entidades reguladas por esta Ley informarán a la Contaduría
Mayor de Hacienda el saldo, número, tipo de cuenta y nombre de la institución
bancaria correspondiente, dentro de los quince días posteriores a su apertura e
informarán sobre su cancelación dentro de los siguientes quince días a que esto
ocurra”, toda vez que dio aviso en forma extemporánea en el mes de junio del
2000. x) La Entidad no estableció la
vinculación de las líneas de acción contenidas entre el Plan Municipal de
Desarrollo y la programación anual del Presupuesto de Egresos, de conformidad
con lo establecido en los Artículos 4 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto
Público del Estado de Baja California y 22 de la Ley de Planeación del Estado
de Baja California. La Entidad incumplió parcialmente lo dispuesto en el
Artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
de Baja California, toda vez que el Presupuesto de Egresos no se sustenta en su
totalidad en programas, habiéndose omitido la integración de programas por $ 26’867,460 que representa el 49% del
Presupuesto de Egresos autorizado y la programación del 51% restante no señala unidad
de medida, cuantificación de metas, beneficios y calendarización, situación que
limitó efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo
previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la Ley en comento; así mismo, no
se proporcionó la conciliación de egresos, existiendo una diferencia de $
2’054,403, al comparar los egresos del Estado de Resultados de $ 89’329,983 y
el comparativo presupuestal al cierre del ejercicio por $ 87’275,580. z) La
Entidad durante el ejercicio, no dio cabal cumplimiento a la disposición del
Artículo 17 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado
de Baja California en lo relativo a la remisión en el plazo establecido a la
Contaduría Mayor de Hacienda, de la documentación comprobatoria y
justificatoria del gasto público mensual parte integrante de la Cuenta Pública
Anual, que se remitió el mes de diciembre de 1999 con 74 días de atraso, así
como a lo dispuesto en el Artículo 35 del citado ordenamiento que establece la
obligación de solventar dentro del plazo de treinta días naturales, las
observaciones formuladas y remitidas por la Contaduría Mayor de Hacienda como
resultado de la revisión de la documentación comprobatoria y justificatoria del
ingreso y egreso mensual, toda vez que la solventación de la Cuenta Pública de
Ingresos y Egresos fue remitida hasta con 41 y 207 días posteriores del plazo
de Ley, respectivamente, y porque se omitió remitir la documentación
comprobatoria por $ 239,989 que incluye $ 200,920 de Mantenimiento de Planteles
Educativos del Convenio Estado-Municipio celebrado el 26 de mayo de 1999 para
la realización del Programa de Obra Social Comunitaria. SEXTO.- Que la opinión
emitida por la Contaduría mayor de Hacienda, fue analizada en todos sus
aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda y Administración. Por lo expuesto anteriormente, la Comisión
que suscribe se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea,
los siguientes puntos RESOLUTIVOS:
PRIMERO.- No se aprueba la Cuenta Pública de Egresos del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, Baja California a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y
C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de
diciembre de 1999, por motivo de que no se proporcionó documentación de los
expedientes de obras ni aclaró diversas situaciones relacionadas con las
mismas, respecto a obras realizadas en el ejercicio de 1999 con recursos
provenientes del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo
de Infraestructura Social Municipal, así mismo, no se proporcionó evidencia de
haber dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 33
Fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal que consigna que los Municipios
deberán informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los
resultados alcanzados; porque se percibieron recursos provenientes del Ramo 33
del Presupuesto de Egresos de la Federación, del Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios por la cantidad de $ 7’382,364 los cuales
generaron intereses por $ 310,567 obteniéndose en global recursos hasta por $
7’692,931, cantidad a la cual se le incluyeron recursos no ejercidos del
ejercicio de 1998 por la cantidad de $ 68,163, resultando el monto de recursos
por aplicar de $ 7’761,094, los cuales según reporte de asignación de recursos
se ejercieron por $ 5’869,045, quedando un remanente por ejercer de $
1’892,049, mismo que al compararlo con las cuentas bancarias que se utilizan para
controlar las entradas y salidas de estos recursos, presenta una diferencia de
menos en registros contables por $310,698, toda vez que el saldo en las cuentas
bancarias en las que se depositan las aportaciones del fondo IV presentan un
saldo contable al cierre del ejercicio de $ 1’581,351; por otro lado, se señala
que se utilizaron recursos por $2’811,396 en gastos sin señalarse en que
conceptos específicos se aplicaron; así como porque al compararse los reportes
de nóminas que emite el sistema de Oficialía Mayor por $ 37’228,621 con los
registros contables de las nóminas pagadas en el ejercicio por $ 40’681,869, se
determinó una diferencia de menos en los reportes de Oficialía Mayor de $
3’453,248, cantidad que se disminuyó en $ 1’191,285 por las aclaraciones
presentadas, quedando una diferencia no aclarada de $ 2’261,963, la cual según
manifestó la Entidad obedece a deficiencias en el sistema electrónico de la
emisión de los reportes acumulativos de las nóminas pagadas; debido a que con
fecha 23 de septiembre de 1999 se celebró contrato Nº A-ROS-PRON-99-CT-03B para
llevar a cabo la obra: Tratamiento de terracerías y colocación de concreto
hidráulico en Blvd. Guerrero, por un monto de $ 1’850,960, posteriormente el día 27 de diciembre
de 1999, mediante la celebración de convenio adicional se incrementó el monto
contratado a $ 3’884,630,
el motivo principal de la celebración del convenio fue la ampliación del tramo
de vialidad a construirse de 0.82 kms. a 1.62 kms., considerándose lo anterior
como una modificación sustancial al proyecto original, por lo cual la Entidad
no dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley de Obras
Públicas, Equipamientos, Suministros y Servicios Relacionados con la Misma del
Estado de Baja California, el cual estipula que las entidades contratantes
podrán celebrar convenios para modificar los contratos siempre y cuando no se
modifique sustancialmente el proyecto, debiendo haberse sometido a concurso el
segundo tramo de la vialidad en comento; debido a que no se estableció la
vinculación de las líneas de acción contenidas entre el Plan Municipal de
Desarrollo y la programación anual del Presupuesto de Egresos, de conformidad
con lo establecido en los Artículos 4 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y
Gasto Público del Estado de Baja California y 22 de la Ley de Planeación del
Estado de Baja California; y se incumplió parcialmente lo dispuesto en el
Artículo 16 de la Ley de Presupuesto mencionada, toda vez que el Presupuesto de
Egresos no se sustentó en su totalidad en programas, habiéndose omitido la
integración de programas por $ 26’867,460 que representa el 49% del Presupuesto
de Egresos autorizado y la programación del 51% restante no señala unidad de
medida, cuantificación de metas, beneficios y calendarización, situación que
limitó efectuar las evaluaciones programáticas periódicas en los términos de lo
previsto en los Artículos 56, 58, 59 y 61 de la multicitada Ley; así mismo, no
se proporcionó la conciliación de egresos, existiendo una diferencia de $
2’054,403, al comparar los egresos según el Estado de Resultados de $ 89’329,983 y el comparativo
presupuestal al cierre del ejercicio por $ 87’275,580; y porque durante el ejercicio no se
dio cabal cumplimiento a la disposición del Artículo 17 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California en lo
relativo a la remisión en el plazo establecido a la Contaduría Mayor de
Hacienda, de la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto público
mensual parte integrante de la Cuenta Pública Anual, que se remitió el mes de
diciembre de 1999 con 74 días de atraso, así como a lo dispuesto en el Artículo
35 del citado ordenamiento que establece la obligación de solventar dentro del
plazo de treinta días naturales, las observaciones formuladas y remitidas por
la Contaduría Mayor de Hacienda como resultado de la revisión de la
documentación comprobatoria y justificatoria del ingreso y egreso mensual, toda
vez que la solventación de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos fue remitida
hasta con 41 y 207 días posteriores del plazo de Ley, respectivamente, y porque
se omitió remitir la documentación comprobatoria por $ 239,989 que incluye $
200,920 de Mantenimiento de Planteles Educativos del Convenio Estado-Municipio
celebrado el 26 de mayo de 1999 para la realización del Programa de Obra Social
Comunitaria. SEGUNDO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la Cuenta
Pública Patrimonial y de la Cuenta Pública de Ingresos del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito, Baja California a los CC. Lic. Silvano Abarca Macklis y
C.P. Germán Morales Martínez, en su carácter de Presidente Municipal y
Tesorero, respectivamente, por el período del primero de enero al 31 de
diciembre de 1999. TERCERO.- Con motivo de lo señalado en el Punto Resolutivo
Primero, así como porque las conciliaciones bancarias correspondientes a 16
cuentas, presentan un sobregiro que difiere del sobregiro asentado en registros
contables debido a que las conciliaciones bancarias se elaboran con base en
registros extralibros o en su caso las cuentas fueron canceladas, así mismo
porque no fueron proporcionadas 2 conciliaciones bancarias de cuentas que se
utilizan para gasto corriente; así como porque los estados financieros incluyen
Adeudos por Cobrar derivados de los Derechos por los Servicios de Vigilancia
Policiaca prestados directamente por el Departamento de la Policía Comercial,
Bancaria e Industrial, debido a que las contribuciones derivadas del servicio
de vigilancia policiaca no son pagadas por el solicitante antes de
proporcionarse el servicio, contraviniendo así lo dispuesto en el Artículo 29
de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de Rosarito, B.C., para el
ejercicio fiscal de 1999; porque se determinó diferencia de menos en el padrón
de contribuyentes del Impuesto Predial al 31 de diciembre de 1999, por ajustes
aplicados en el padrón de adeudos de contribuyentes del Impuesto Predial,
resultante de efectuar amarre global de las cifras que arroja el padrón al 31
de diciembre de 1998 disminuyéndole los pagos recibidos durante el ejercicio
por concepto del rezago del impuesto e incrementándole los adeudos no cubiertos
durante el ejercicio, resultando un saldo teórico del padrón de adeudos, dicha
diferencia no fue integrada y aclarada por la Entidad; así mismo porque al
comparar selectivamente el importe de 88 recibos de adeudos de Impuesto Predial
emitidos por el sistema, contra el padrón de adeudos, se determinaron
diferencias no aclaradas; así mismo porque se presenta en la cuenta de Almacén,
subcuenta Almacén de Materiales, saldo proveniente del ejercicio de 1998, mismo
que no incluye el inventario físico de papelería, artículos de limpieza y
refacciones el cual al 31 de diciembre de 1999 se afectó directamente al gasto,
no habiéndose ejercido un control básico sobre los materiales adquiridos en el
ejercicio no consumidos, al no llevarse un control administrativo ni contable
de las entradas y salidas de los mismos; debido a que se registraron inmuebles
en inversiones fijas y cuentas de orden, de los cuales se carece de la
documentación legal que acredite su propiedad o uso, adicionalmente, le fueron
transferidos en patrimonio por el Ayuntamiento de Tijuana al crearse el
Municipio de Playas de Rosarito 35 terrenos, sobre los cuales no se ha
regularizado la situación legal de propiedad de los mismos, por lo que a su vez
no han sido registrados contablemente; porque se determinó diferencia entre el
saldo contable de bienes inmuebles con el saldo que arroja el padrón emitido
por Oficialía Mayor, así mismo se determinó diferencia entre el saldo contable
de bienes muebles con el saldo que arroja el padrón emitido por Oficialía
Mayor, ambas diferencias no han sido conciliadas ni aclaradas; debido a que se
incumplió lo señalado en los Artículos 174 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Estado de Baja California y 62 del Reglamento de Fraccionamientos del Estado de
Baja California, toda vez que en Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de
fecha 27 de noviembre de 1998 se autorizó la realización del Fraccionamiento
Chula Vista, y al cierre del ejercicio de 1999 aún no se había publicado dicho
Acuerdo, en consecuencia, no se han formalizado los predios que serán donados a
favor del Municipio, no obstante con fecha 22 de marzo y 22 de abril de 1999 se
celebraron 2 Convenios de aportación social en los cuales el Ayuntamiento por
conducto del fraccionador donó a particulares 2 terrenos ubicados en el
Fraccionamiento Chula Vista, sin contar con la propiedad legal de los mismos,
ni con la autorización del Congreso del Estado sobre la desincorporación del
patrimonio del dominio público municipal, en los términos de lo dispuesto en el
Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del
Estado de Baja California; así como porque se realizó la baja contable de 4
armas de fuego extraviadas, sin contar con la autorización de Cabildo, ni con
la autorización del Congreso del Estado, en los términos de lo dispuesto en el
Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del
Estado de Baja California; debido a que se tienen registrados bienes muebles en
desuso, los cuales según diagnóstico mecánico y actas de baja no se considera
costeable su reparación, sobre dichos bienes no se han realizado los trámites
necesarios ante Cabildo y en su caso ante el Congreso del Estado para su
desincorporación del patrimonio del dominio público municipal en los términos
de lo dispuesto en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Municipal del Estado de Baja California, y para su posterior baja
patrimonial; debido a que no se reconocen adeudos a favor de la Comisión
Federal de Electricidad por consumo de energía eléctrica no facturados de los
años de 1996, 1997 y del primero de enero al 31 de agosto de 1998, resultante
del censo de lámparas de alumbrado público levantado por el propio Organismo
Federal, por lo que el Ayuntamiento promovió amparo en contra del Organismo
Federal en virtud del cobro requerido y del corte del suministro de energía
eléctrica, existiendo incertidumbre sobre los posibles efectos que pudieran
resultar al concluir el proceso legal interpuesto; debido a que se reconocen
Cuentas por Pagar provenientes de los ejercicios fiscales de 1996, 1997 y 1998
las cuales se encuentran en proceso de aclaración a través de identificar la
documentación que les dio origen para su análisis y determinar la procedencia
de su pago, o en su caso, la corrección o cancelación del registro contable del
pasivo; porque se presentan en los estados financieros Cuentas por Pagar que se
integran por diversos saldos provenientes de los ejercicios de 1996 a 1998 que
se presume corresponden a remanentes que no fueron aplicados en su momento en
obras y en los programas de becas y empleo temporal, y que de acuerdo con la
normatividad que les fue aplicable a estos recursos, debieron reintegrarse los
remanentes; debido a que se omitió reconocer al cierre del ejercicio pasivo a
favor de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT)
correspondiente al consumo de agua de las instalaciones, unidades deportivas y
áreas verdes; porque se presenta saldo por pagar a favor del Gobierno Federal y
Estatal derivado de la participación que les corresponde de la recaudación
municipal de los ejercicios de 1998 y 1999 por concepto del uso o goce de Zona
Federal Marítima; debido a que existe diferencia no aclarada resultante de
comparar el saldo por pagar a favor de proveedor de concreto hidráulico
generado durante el ejercicio de 1999, con el saldo confirmado directamente por
el proveedor; porque se presentan en los estados financieros adeudos que
denotan rezago por concepto de retenciones de cuotas y aportaciones de
seguridad social al ISSSTECALI sin incluir recargos, que corresponden al
período del 15 de mayo al 31 de diciembre de 1999; porque no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el
Artículo 30 último párrafo de la Ley de Ingresos del Municipio de Playas de
Rosarito, B.C., para el ejercicio fiscal de 1999 el cual establece que los
permisionarios que no revaliden sus permisos para la venta o almacenaje de
bebidas con graduación alcohólica y alcohol en forma oportuna o quienes lo
hagan fuera de los plazos establecidos, conforme a la Ley de la materia,
causarán sanción económica de 20 a 150 veces el salario mínimo independientemente
de las sanciones administrativas a que tuviese lugar, toda vez que según
reporte emitido por el área de Recaudación de Rentas al 31 de diciembre de 1999
existen 21 permisos que no se revalidaron durante el ejercicio; porque se
observaron 63 recibos oficiales de pago de la contribución de Impuesto Predial
en los que indistintamente se observó que los valores fiscales unitarios no se
identifican en la Tabla de Valores Catastrales, Base del Impuesto Predial para
el Municipio de Playas de Rosarito, B.C., y los predios objeto del impuesto no
se identificaron en el plano de zonas homogéneas del Departamento de Catastro y
en algunos casos no se proporcionaron los elementos necesarios para la
determinación de los valores fiscales de los predios costeros y con frente al
Boulevard Benito Juárez; debido a que el Impuesto para Mantenimiento y
Conservación de las Vías Públicas fue recaudado directamente por el Gobierno
del Estado conjuntamente con las contribuciones relativas a la expedición o
revalidación anual de placas de circulación, habiéndose cobrado indebidamente
al cuantificarse y cobrarse sobre la base del salario mínimo de $30.20 debiendo
ser $ 34.45, omitiéndose también cobrar los impuestos adicionales: Impuesto
para el Fomento Deportivo y Educacional e Impuesto para el Fomento Turístico y Desarrollo Integral de la
Familia previstos en los Artículos del 5 al 9 de la Ley de Ingresos del
Municipio de Playas de Rosarito, Baja California, para el ejercicio fiscal de
1999; y porque durante el ejercicio se cancelaron 5 cuentas bancarias,
incumpliendo con lo establecido en el Artículo 14 Bis de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, toda vez que se dio aviso en forma extemporánea
en el mes de junio del 2000, túrnese a la Sindicatura del I Ayuntamiento de
Playas de Rosarito para que en un plazo que no exceda de 60 días, se apliquen
las medidas correctivas que correspondan y se informe al Congreso del Estado
para lo conducente. DADO .- En la Sala de Juntas de la Contaduría Mayor de
Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en la Ciudad
de Mexicali, Baja California, a los siete días del mes de
abril del dos mil uno. Firman los Diputados Sócrates Bastida
Hernández, Antonio Ricardo Cano Jiménez, Alejandro Bahena Flores, Héctor
Esparza Herrera y Gilberto Flores Muñoz”. Es cuanto y lo ponemos a la
consideración de la Honorable Asamblea.
- EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias
compañero Diputado Sócrates Bastida, una vez leído se abre el debate, compañera
elabore una lista de oradores en contra.
- LA C.
SECRETARIA: ¿Oradores en contra del Dictamen 474? Leído por el Diputado
Sócrates Bastida Hernández, Diputados favor de manifestarse los que estén en
contra de este Dictamen, no hay oradores en contra Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da
lugar a favor, compañera Diputada este, no da lugar a inscribir a favor, por lo
tanto damos por concluido el debate, por favor compañera Diputada Secretaria
levante el sentido del voto de los compañeros Diputados en relación al Dictamen
474, empezando por la derecha y que sea por vía nominal.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
Diputados, favor de emitir el sentido de su voto de manera nominal iniciando
por la derecha.
- Antonio Cano, en contra.
- Héctor Esparza, a favor.
- Edgar Fernández, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a favor.
- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Guillermo Aguilar Kaiten, en contra.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- Alejandro Bahena Flores, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar?
- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa
Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- Flores Muñoz Gilberto, se abstiene.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, el resultado de la votación es 15 votos a favor, 2 en contra y una
abstención del Diputado Presidente Gilberto Flores Muñoz.
- EL C. PRESIDENTE: Muy bien.
- EL C. VICEPRESIDENTE: Compañero
Diputado Gilberto Flores Muñoz, se le concede el uso de la voz para que razone
el motivo de su abstención.
- EL C. DIP. FLORES MUÑOZ: Muchas
gracias, estuve a punto de votar a favor, ¿verdad? dado que era la primera
administración; sin embargo, me abstengo, ¿verdad? tengo mis dudas y yo
quisiera esperar el veredicto final de la Sindicatura para este, tener un
juicio con mayor contenido y pues solamente solicito, ¿verdad? que parte de las
sustentaciones que he hecho en las abstenciones anteriores, se transcriban en
esta ocasión en relación a este Dictamen.
- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias
Diputado.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se
aprueba el Dictamen 474 en lo general y en lo particular por 15 votos a favor,
2 en contra y una abstención. Una vez aprobado en lo general y en lo
particular, es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 474 de la Comisión de
Hacienda y Administración en los términos que fue leído por el Diputado
Sócrates Bastida Hernández. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito
Juárez García del Honorable Poder Legislativo a los once días del mes de abril
del año dos mil uno. Damos por concluido y pasamos al siguiente Dictamen que es
el 487 que habrá de ser leído por su servidor, el compañero Cano, bueno
compañero Cano adelante, ventilamos más rápido.
- EL C. DIP. CANO JIMENEZ: Con su
permiso señor Presidente. Honorable Asamblea: “Recibió esta Comisión, para su
estudio, análisis y dictamen correspondiente, el oficio Nº DASC/OP028/2000 de
fecha 6 de junio del 2000, mediante el cual el Contador Mayor de Hacienda emite
su opinión respecto a las Cuentas Públicas del Poder Judicial, por el ejercicio
fiscal comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de 1999. Para efectos de la emisión del presente
dictamen se efectuó el estudio, análisis y evaluación de la información
correspondiente, resultando los siguientes ANTECEDENTES:
PRIMERO.- Con fechas 30 de marzo y 19 de abril del 2000, el Congreso del Estado
recibió formalmente la Cuenta Pública Anual del Poder Judicial, en cumplimiento
a lo dispuesto en el Artículo 16 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas
Públicas para el Estado de Baja California. SEGUNDO.- Con fecha 21 de febrero
del 2000, la Contaduría Mayor de Hacienda inició auditoría de estados
financieros del Poder Judicial, en el domicilio legal de la Entidad, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 2, 7, 23 y 25 de la Ley de
Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California, el
examen se efectuó de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoría
aplicables al sector gubernamental. TERCERO.- Con fecha 6 de junio del 2000, se
llevó a cabo la confronta de información financiera y de resultados de la
revisión con los servidores públicos de la Entidad, concluyendo en esa misma
fecha la revisión de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio
fiscal de 1999. CONSIDERANDOS: PRIMERO.- Que es facultad del Congreso del
Estado, el revisar la Cuenta Pública Anual tanto del Estado como de los
Municipios como se establece en el Artículo 27, Fracción XII en concordancia
con el Artículo 22 de la Constitución Política Local. SEGUNDO.- Que el Artículo
48 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California,
establece que la Comisión de Hacienda y Administración es una comisión
ordinaria de dictamen legislativo. TERCERO.- Que de acuerdo a lo dispuesto en
los Artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja
California y 42 de la Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el
Estado de Baja California, a la Comisión de Hacienda y Administración, le
corresponde el conocimiento de asuntos relacionados con los ramos de hacienda y
administración pública estatal o municipal, para lo cual, entre otros asuntos,
dictaminará sobre el resultado de la revisión de la Cuenta Pública Anual de las
Entidades señaladas en el Artículo 2 de la Ley de Fiscalización mencionada.
CUARTO.- Que la Contaduría Mayor de Hacienda es el Organo de Fiscalización,
dependiente y auxiliar del Congreso del Estado, para la revisión de la Cuenta
Pública que están obligados a rendir el Poder Ejecutivo del Estado, el Poder
Judicial del Estado, los Ayuntamientos y los Organismos e Instituciones que administren
o manejen fondos o valores públicos, como se establece en el Artículo 2 de la
Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California.
QUINTO.- Que con fundamento en las disposiciones legales de fiscalización
aplicables, como resultado de la revisión se formularon observaciones a las
Cuentas Públicas de la Entidad, mismas que fueron solventadas y aclaradas a
satisfacción. SEXTO.- Que la opinión emitida por la Contaduría Mayor de
Hacienda, fue analizada en todos sus aspectos en Sesión de Comisión de Hacienda
y Administración. Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe
se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
punto RESOLUTIVO: UNICO.- Es de otorgarse y se otorga la aprobación de la
Cuenta Pública Patrimonial, de la Cuenta Pública de Ingresos y de la Cuenta
Pública de Egresos del Poder Judicial del Estado de Baja California, a los CC.
Lic. Sergio Peñuelas Romo y Lic. Raúl González Arias en su carácter de
Presidentes del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, por el
período comprendido del primero de enero al 31 de octubre y del primero de
noviembre al 31 de diciembre de 1999, respectivamente. DADO.- En la Sala de
Juntas de la Contaduría Mayor de Hacienda del Honorable Poder Legislativo, en
la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los veintisiete días del mes de marzo
del dos mil uno. Y firman la totalidad de los integrantes de la Comisión de
Hacienda y Administración”. Está a su consideración, señores Diputados.
- EL C.
PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Cano Jiménez. Compañera Secretaria,
Diputada Olivia Villalaz, por favor elabore una lista de oradores en contra.
- LA C. SECRETARIA: Diputados que estén
en contra del Dictamen 487, favor de manifestarse, no hay en contra Diputado
Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: En vista de que no
hay Diputados que se anote en contra del Dictamen, no da lugar a favor
compañera y ha concluido el debate, compañera por favor verifique el sentido
del voto de los compañeros.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
Diputados, por instrucciones de la Presidencia favor de emitir el sentido de su
voto por vía nominal iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a favor.
- Héctor Esparza, a favor.
- Edgar Fernández, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Bastida Hernández, a favor.
- Gómez Mora, a favor.
- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Guillermo Aguilar Kaiten, a favor.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- Alejandro Bahena Flores, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Algún Diputado
falta por votar? ¿Algún Diputado falta por votar?
- EL C. PRESIDENTE: Por la Mesa
Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- Flores Muñoz Gilberto, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, el resultado de la votación son 18 votos a favor, cero en contra,
cero abstenciones.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, se aprueba el
Dictamen 487 en lo general y en lo particular por 18 votos a favor, cero en
contra, cero abstenciones. Una vez aprobado en lo general y en lo particular,
es de aprobarse y se aprueba el Dictamen 487 de la Comisión de Hacienda y
Administración, en los términos que fue leído por el Diputado Antonio Ricardo
Cano Jiménez. Dado en el Salón de Sesiones Licenciado Benito Juárez García del
Honorable Poder Legislativo, a los once días del mes de abril del año 20001.
Hemos concluido compañeros con el sexto punto del orden del día y pasaríamos al
séptimo punto que se refiere a Asuntos Generales. Compañeros Diputados les
preguntamos si existe algún asunto qué tratar, un asunto, un asunto de la
Comisión de Asuntos Legislativos. ¿El compañero Cano tiene otro asunto?
Compañero Héctor Magaña, le quiero pedir de favor que antes de que exponga su
punto de acuerdo solicitarle al compañero Coordinador del Grupo Parlamentario
del Partido Revolucionario Institucional, nos exponga ante este Pleno unos
asunto relacionados con las licencias de los compañeros Diputados Manuel Ramos
Rubio, ¿y Sergio Loperena? Nada más de Manuel, adelante compañero.
- EL C. DIP. GUTIERREZ PICENO: Con su
permiso señor Presidente, Diputado Gilberto Flores Muñoz. Presidente de la Mesa
Directiva de este Honorable Congreso, compañeras y compañeros. “El pasado 15 de
marzo del año en curso, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 44, 45
de la fracción I y II del Artículo 46 y 81 último párrafo, de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado, la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias presentó a la
consideración de este Honorable Pleno, solicitud de licencia y separación de
manera provisional del cargo de Diputado del C. Ing. Manuel Alberto Ramos
Rubio, hasta por 100 días a partir del 05 de abril del año en curso. Procesado
que fue y al haberse aprobado por esta Legislatura la solicitud en comento, me
permito, en mi calidad de Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional solicitar respetuosamente a la Mesa Directiva de
este Congreso se proceda formalmente a llamar a la C. Gloria González Rosas,
Diputada Suplente por el II Distrito Local Electoral, con cabecera en Mexicali,
para sustituir al C. Dip. Manuel Alberto Ramos Rubio. Atentamente: Sufragio
Efectivo, a 10 de abril, el Coordinador de la Fracción Parlamentaria”.
-
EL C. PRESIDENTE: Muchas gracias compañero Diputado, ¿es todo lo que va a
tratar al respecto? Bien, esta Presidencia instruye al C. Oficial Mayor del
Congreso para que cite a la C. Gloria González Rosas, Diputada Suplente por el
II Distrito Local Electoral, con cabecera en Mexicali, para que se presente en
la próxima Asamblea Ordinaria de este Poder Legislativo y tomarle la Protesta
de Ley. Muchas gracias compañero, atendida su petición compañero. Entonces,
pasaríamos al siguiente punto de Asuntos Generales, tiene el uso de la voz el
compañero Héctor Magaña Mosqueda.
-
EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Quiero
hacer una pregunta a la Presidencia, esta Iniciativa de Punto de Acuerdo
ya fue dada su lectura en este Pleno, no sé si por la urgencia, nada más leer
el proemio y el resolutivo, ¿están de acuerdo?
- EL C.
PRESIDENTE: Aprobado, en votación económica manifiesten el sentido de su voto
respecto a la petición que hace el compañero. ¿A favor compañeros? ¿En contra?
Bien, se aprueba compañero, adelante.
- EL C. DIP. MAGAÑA MOSQUEDA: Con su
permiso señor Presidente, distinguidos miembros de la Mesa Directiva,
compañeros Diputados. “La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en
ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 44, 48, fracción I, 61,
67, 114 fracción III, 116, 121, 126, 129 y 130 y demás relativos de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, sometemos a la consideración de esta Soberanía
la presente Iniciativa de Acuerdo Económico, para que esta Comisión sea
designada Comisión Especial, con el objeto de que implemente el seguimiento al
proceso de evaluación para la ratificación en su caso, de los Magistrados
integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, de conformidad al
siguiente Resolutivo: “Unico.- Se aprueba la designación de la Comisión de
Legislación y Puntos Constitucionales como Comisión Especial para el desahogo
del proceso, evaluación, oyendo en su defensa a los Magistrados integrantes del
Tribunal Superior de Justicia del Estado, para efectos de la ratificación, en
su caso, y para presentar al Pleno de esta XVI Legislatura Dictamen que la
misma Comisión Especial elabore debidamente fundado y motivado. Dado en la Sala
de Comisiones Dr. Francisco Dueñas Montes de este Honorable Poder Legislativo,
en la ciudad de Mexicali, B.C., a los 28 días del mes de marzo del años dos mil
uno”. Y en vista de que, de los razonamientos ya anotados, se solicita a la
Mesa Directiva someta a votación el acuerdo que se propone, aplicando la dispensa
de trámite que los Artículos 31 de la Ley Suprema del Estado y el 126 de la Ley
Orgánica de este Poder Legislativo prevé para los asuntos de obvia y urgente
resolución.
- EL C. VICEPRESIDENTE: Muchas gracias
compañero. Abrimos el debate en lo que respecta a la dispensa de trámite,
compañera Secretario favor de elaborar una lista de los compañeros Diputados
que estén en contra.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
Diputados que estén en contra de la dispensa de trámite, favor de manifestarse.
El Diputado Pedrín, Alejandro Pedrín Márquez en contra, Diputado.
- EL C. VICEPRESIDENTE: No, Diputados
en contra.
- LA C. SECRETARIA: ¿Diputados en
contra? No hay ninguno señor Diputado.
- EL C. VICEPRESIDENTE: Por tanto no
procede registrar, inscribir a favor. Le solicito compañera Secretaria se sirva
tomar el sentido de la votación en forma nominal, iniciando por la derecha.
- LA C. SECRETARIA: Señores Diputados,
favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a favor.
- Héctor Esparza, a favor.
- Edgar Fernández, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Bastida Hernández, a favor.
- Alejandro Bahena Flores, a favor.
- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- EL C. VICEPRESIDENTE: ¿Falta algún
Diputado por votar?
- Gilberto Flores Muñoz, a favor.
- LA C. SECRETARIA: ¿Falta algún
Diputado por votar? Por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Diputado
Presidente, tenemos, el sentido de la votación son 16 votos a favor, cero en
contra, cero abstenciones.
- EL C. PRESIDENTE: Se aprueba la dispensa
del trámite de entrega con 72 horas, ¿no? Entonces continuamos, se abre el
debate en torno al punto de acuerdo que ha presentado el Diputado Héctor
Magaña, por favor elabore una lista de oradores en contra.
- LA C. SECRETARIA: Diputados,
¿oradores en contra? No hay Diputado Presidente.
- EL C. PRESIDENTE: Por lo tanto no da
lugar a favor
- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: (Desde su
curul) Yo quiero hacer una reserva en lo particular...
- EL C. PRESIDENTE: Diputada
Secretaria, le solicito que verifique el sentido del voto de los compañeros
Diputados por vía nominal, empezando por el lado derecho.
- LA C. SECRETARIA: Diputados, favor de
emitir el sentido de su voto de manera nominal, iniciando por la derecha.
- Antonio Cano, a favor.
- Héctor Esparza, a favor.
- Edgar Fernández, a favor.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, a favor.
- Martín Domínguez, a favor.
- Sócrates Bastida Hernández, a favor.
- Alejandro Bahena Flores, a favor.
- Alejandro Pedrín Márquez, a favor.
- Héctor Baltazar Chipres, a favor.
- Molina, a favor.
- Miguel Delfín Castro, a favor en lo
general y me reservo en lo particular el punto resolutivo.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado
faltó de votar? ¿Algún Diputado falta de votar? Por la Mesa Directiva.
- Héctor Magaña Mosqueda, a favor.
- Olivia Villalaz, a favor.
- José Arango, a favor.
- Flores Muñoz Gilberto, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Diputado el sentido
de la votación, 16 votos a favor, una reserva en lo particular única por el
Diputado Miguel Delfín Castro.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces se
aprueba en lo general por 15 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
Compañeros Delfín, por favor exponga la reserva en lo particular.
- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: Bueno,
únicamente para efecto de punto único, es para ya, como ya está en su
contenido, donde dice “la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales”,
yo solicito este, participar en esta Comisión Especial, ya no necesariamente
que sea la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, mi adéndum sería
este, la participación en lo particular ahí también en la Comisión Especial.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Solamente usted o
abierto a otros compañeros?
- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: No sé si
alguien más considera hacer otra propuesta.
- EL C. PRESIDENTE: O sea, solamente
usted, bien entonces cuál sería, ¿tiene la propuesta de redacción?
- EL C. DIP. DELFIN CASTRO: Señor
Presidente, como no se entregó, no tengo la redacción. En una forma particular,
que se me incorpore a la Comisión.
- EL C. PRESIDENTE: Aprobamos ya la
dispensa. Bien, entonces pues miren, vamos a abrir el debate en relación a la
reserva en lo particular que hace del punto de acuerdo el compañero Delfín
Castro Miguel. Compañera Diputada este, vamos a iniciar el debate, por favor
haga una, elabore una lista de oradores en contra de la reserva en lo
particular que nos hace el compañero Delfín.
- LA C. SECRETARIA: ¿Oradores en contra
de la reserva en lo particular que presentó el compañero Diputado Miguel Delfín
Castro? Se retira el Diputado Héctor Magaña Mosqueda.
- EL C. PRESIDENTE: Bien, entonces no
hay Diputados en contra de la reserva en lo particular, por lo tanto vamos a
someter a votación la reserva que hace el compañero Diputado Delfín Castro.
Compañera, solicite el sentido del voto de los compañeros Diputados presentes
en este Recinto, en relación a la reserva en lo particular que hace el
compañero Delfín Castro.
- LA C. SECRETARIA: Compañeros
Diputados, favor de emitir el sentido de su voto por vía nominal, de la reserva
presentada por el compañero Miguel Delfín Castro, les solicito que iniciemos
por la derecha.
- Antonio Cano, en contra.
- Héctor Esparza, en contra.
- Edgar Fernández, en contra.
- Sergio Avitia Nalda, a favor.
- David Gutiérrez Piceno, en contra.
- Martín Domínguez, en contra.
- Alejandro Bahena Flores, en contra.
- Héctor Magaña Mosqueda, en contra.
- Sócrates Bastida Hernández, en
contra.
- Alejandro Pedrín Márquez, en contra.
- Héctor Baltazar Chipres, en contra.
- Molina, en contra.
- Miguel Delfín Castro, a favor.
- EL C. PRESIDENTE: ¿Algún Diputado
faltó de votar? ¿Algún Diputado faltó de votar? Por la Mesa Directiva.
- Olivia Villalaz, en contra.
- José Arango, a favor.
- Gilberto Flores Muñoz, a favor.
- LA C. SECRETARIA: Bueno, tenemos el
siguiente resultado de la votación, son 12 en contra, 3 a favor, cero
abstenciones, 4, perdón. Son 12 en contra y 4 a favor.
- EL C. PRESIDENTE: A favor 4, en
contra 12, abstenciones cero. Bien, entonces pues se desecha la reserva en lo
particular compañero...
- EL C. DIP. FERNANDEZ BUSTAMANTE:
(Desde su curul) Señor Presidente, una Comisión Especial, aún cuando sea la
Comisión de Legislación, es ampliada, cualquier Diputado puede estar presente.
- EL C.
PRESIDENTE: Es un derecho, por eso votamos a favor, compañeros, porque es un
derecho. Bien, entonces, agostado el séptimo punto del orden del día que es
asuntos generales, agotado el orden del día se cita a los ciudadanos Diputados
integrantes de la XVI Legislatura del Estado, para el día jueves 19 de abril a
las once horas en este Recinto Oficial. Se levanta la Sesión. (Termina: 16:45. Hrs.)